575154
NORMAS LEGALES
Domingo 10 de enero de 2016 /
El Peruano
Bases Estandarizadas y otros instrumentos referidos a la
aplicación de la normativa de contrataciones del Estado y
a la mejora del sistema de contratación pública, así como
de mantener actualizados los instrumentos normativos
referidos a la aplicación de la normativa de contrataciones
del Estado;
Que, en el marco de la referida facultad, la Dirección
Técnico Normativa con el visado de la Sub Dirección
de Normatividad, a través del Informe Nº 018-2016/
DTN, propone el proyecto de Directiva que establece el
procedimiento para la "Participación de proveedores en
consorcio en las contrataciones del Estado";
Que, el artículo 54º de la Ley de Contrataciones del
Estado, establece que el Consejo Directivo es el máximo
órgano del OSCE;
Que, el literal a) del artículo 8º del ROF del OSCE,
señala como función del Consejo Directivo aprobar las
Directivas de alcance general en materia de contrataciones
del Estado;
Que, en ese sentido, el Consejo Directivo mediante
Acuerdo Nº 002-002-2016/OSCE-CD de la Sesión
Ordinaria Nº 002-2016/OSCE-CD, de fecha 09 de enero
de 2016, acordó dejar sin efecto la Resolución Nº 391-
2012-OSCE/PRE que aprobó la Directiva Nº 016-2012-
OSCE/CD "Participación de proveedores en consorcio
en las contrataciones del Estado", y aprobar la Directiva
"Participación de proveedores en consorcio en las
contrataciones del Estado";
Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto
resolutivo formalizando el citado Acuerdo del Consejo
Directivo;
De conformidad con el literal k) del artículo 11º del
Reglamento de Organización y Funciones del OSCE,
aprobado por Resolución Ministerial Nº 789-2011-EF/10,
modificado por Decreto Supremo Nº 006-2014-EF, con
los artículos 6º y 7º inciso 8) del Reglamento Interno de
Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE; y con
las visaciones de la Dirección Técnico Normativa, la
Oficina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 002-2016-
OSCE/CD "Participación de proveedores en consorcio
en las contrataciones del Estado", que forma parte de la
presente Resolución.
Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 391-
2012-OSCE/PRE que aprobó la Directiva Nº 016-2012-
OSCE/CD "Participación de proveedores en consorcio en
las contrataciones del Estado"
.
Artículo 3º.- Publicar la Directiva Nº 002-2016-OSCE/
CD aprobada en el artículo 1º, en el Portal Web del
Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y el Portal Web del
Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
OSCE (www.osce.gob.pe).
Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente
Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MAGALI ROJAS DELGADO
Presidenta Ejecutiva
1332095-2
Aprueban Directiva "Plan Anual de
Contrataciones"
RESOLUCIÓN Nº 010-2016-OSCE/PRE
Jesús María, 9 de enero de 2016
VISTOS:
El Acta del Consejo Directivo Nº 002-2016/OSCE-
CD, de fecha 09 de enero de 2016, correspondiente a
la Sesión Ordinaria Nº 002-2016/OSCE-CD, el Informe
Nº 004-2016/DTN, de fecha 07 de enero de 2016, de la
Dirección Técnico Normativa y el Informe Nº 021-2016/
OAJ, de fecha 08 de enero de 2016, de la Oficina de
Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 51º de la Ley de Contrataciones del
Estado, aprobada mediante la Ley Nº 30225, establece
que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del
Estado OSCE es un organismo técnico especializado
adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con
personería jurídica de derecho público, que constituye
pliego presupuestal y goza de autonomía técnica,
funcional, administrativa, económica y financiera;
Que, el literal f) del artículo 52º de la Ley de
Contrataciones del Estado, señala que el Organismo
Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE tiene
entre sus funciones el emitir Directivas en las materias de
su competencia;
Que, los literales d) y e) del artículo 48º del Reglamento
de Organización y Funciones - ROF del OSCE, aprobado
por Resolución Ministerial Nº 789-2011-EF/10, modificado
por Decreto Supremo Nº 006-2014-EF, disponen como
funciones de la Dirección Técnico Normativa elaborar
y proponer Directivas de alcance general en materia
de contrataciones del Estado, en coordinación con los
Órganos de Línea del OSCE; así como elaborar manuales
y otros instructivos referidos a la aplicación de la
normativa de contrataciones del Estado y a la orientación
en materias de su competencia;
Que, el artículo 49º del referido Reglamento, señala que
la Sub Dirección de Normatividad de la Dirección Técnico
Normativa es responsable de la formulación de Directivas,
Bases Estandarizadas y otros instrumentos referidos a la
aplicación de la normativa de contrataciones del Estado y
a la mejora del sistema de contratación pública, así como
de mantener actualizados los instrumentos normativos
referidos a la aplicación de la normativa de contrataciones
del Estado;
Que, literal j) del artículo 62º del Reglamento de
Organización y Funciones del OSCE establece que la
Dirección del SEACE coordinará con la Dirección Técnico
Normativa la elaboración de Directivas relacionadas
con la aplicación de la normativa de contrataciones del
Estado;
Que, en el marco de la referida facultad, la Dirección
Técnico Normativa con el visado de la Sub Dirección de
Normatividad, a través del Informe Nº 004-2016/DTN,
propone el proyecto de Directiva del "Plan Anual de
Contrataciones";
Que, el artículo 54º de la Ley de Contrataciones del
Estado, establece que el Consejo Directivo es el máximo
órgano del OSCE;
Que, el literal a) del artículo 8º del ROF del OSCE,
señala como función del Consejo Directivo aprobar las
Directivas de alcance general en materia de contrataciones
del Estado;
Que, en ese sentido, el Consejo Directivo mediante
Acuerdo Nº 003-002-2016/OSCE-CD de la Sesión
Ordinaria Nº 002-2016/OSCE-CD, de fecha 09 de enero
de 2016, acordó dejar sin efecto la Resolución Nº 169-
2009-OSCE/PRE que aprobó la Directiva Nº 005-2009-
OSCE/CD "Plan Anual de Contrataciones", y aprobar la
Directiva del "Plan Anual de Contrataciones";
Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto
resolutivo formalizando el citado Acuerdo del Consejo
Directivo;
De conformidad con el literal k) del artículo 11º del
Reglamento de Organización y Funciones del OSCE,
aprobado por Resolución Ministerial Nº 789-2011-EF/10,
modificado por Decreto Supremo Nº 006-2014-EF, con
los artículos 6º y 7º inciso 8) del Reglamento Interno de
Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE; y con
las visaciones de la Dirección Técnico Normativa, la
Oficina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 003-2016-OSCE/
CD "Plan Anual de Contrataciones", que forma parte de la
presente Resolución.
575155
NORMAS LEGALES
Domingo 10 de enero de 2016
El Peruano
/
Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 169-
2009-OSCE/PRE que aprobó la Directiva Nº 005-2009-
OSCE/CD "Plan Anual de Contrataciones".
Artículo 3º.- Publicar la Directiva Nº 003-2016-OSCE/
CD aprobada en el artículo 1º, en el Portal Web del
Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y el Portal Web del
Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
OSCE (www.osce.gob.pe).
Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente
Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MAGALI ROJAS DELGADO
Presidenta Ejecutiva
1332095-3
Aprueban Directiva "Lineamientos para la
contratación en la que se hace referencia a
determinada marca o tipo particular"
RESOLUCIÓN Nº 011-2016-OSCE/PRE
Jesús María, 9 de enero de 2016
VISTOS:
El Acta del Consejo Directivo Nº 002-2016/OSCE-
CD, de fecha 09 de enero de 2016, correspondiente a
la Sesión Ordinaria Nº 002-2016/OSCE-CD, el Informe
Nº 017-2016/DTN,de fecha 07 de enero de 2016, de la
Dirección Técnico Normativa y el Informe Nº 020-2016/
OAJ, de fecha 08 de enero de 2016, de la Oficina de
Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 51º de la Ley de Contrataciones del
Estado, aprobada mediante la Ley Nº 30225, establece
que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del
Estado OSCE es un organismo técnico especializado
adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con
personería jurídica de derecho público, que constituye
pliego presupuestal y goza de autonomía técnica,
funcional, administrativa, económica y financiera;
Que, el literal f) del artículo 52º de la Ley de
Contrataciones del Estado, señala que el Organismo
Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE tiene
entre sus funciones el emitir Directivas en las materias de
su competencia;
Que, los literales d) y e) del artículo 48º del Reglamento
de Organización y Funciones - ROF del OSCE, aprobado
por Resolución Ministerial Nº 789-2011-EF/10, modificado
por Decreto Supremo Nº 006-2014-EF, disponen como
funciones de la Dirección Técnico Normativa elaborar
y proponer Directivas de alcance general en materia
de contrataciones del Estado, en coordinación con los
Órganos de Línea del OSCE; así como elaborar manuales
y otros instructivos referidos a la aplicación de la
normativa de contrataciones del Estado y a la orientación
en materias de su competencia;
Que, el artículo 49º del referido Reglamento, señala que
la Sub Dirección de Normatividad de la Dirección Técnico
Normativa es responsable de la formulación de Directivas,
Bases Estandarizadas y otros instrumentos referidos a la
aplicación de la normativa de contrataciones del Estado y
a la mejora del sistema de contratación pública, así como
de mantener actualizados los instrumentos normativos
referidos a la aplicación de la normativa de contrataciones
del Estado;
Que, en el marco de la referida facultad, la Dirección
Técnico Normativa con el visado de la Sub Dirección
de Normatividad, a través del Informe Nº 017-2016/
DTN, propone el proyecto de Directiva que establece
los "Lineamientos para la contratación en la que se hace
referencia a determinada marca o tipo particular", la cual
ha cumplido con desarrollar los aspectos específicos que
la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento
ordenan, indicando las precisiones que deben ser
consignadas en los procedimientos de contratación donde
se requiera determinada marca o tipo particular;
Que, el artículo 54º de la Ley de Contrataciones del
Estado, establece que el Consejo Directivo es el máximo
órgano del OSCE;
Que, el literal a) del artículo 8º del ROF del OSCE,
señala como función del Consejo Directivo aprobar las
Directivas de alcance general en materia de contrataciones
del Estado;
Que, en ese sentido, el Consejo Directivo mediante
Acuerdo Nº 004-002-2016/OSCE-CD de la Sesión
Ordinaria Nº 002-2016/OSCE-CD, de fecha 09 de enero
de 2016, acordó dejar sin efecto la Resolución Nº 358-
2009-OSCE/PRE que aprobó la Directiva Nº 010-2009-
OSCE/CD, y aprobar la Directiva que establece los
"Lineamientos para la contratación en la que se hace
referencia a determinada marca o tipo particular";
Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto
resolutivo formalizando el citado Acuerdo del Consejo
Directivo;
De conformidad con el literal k) del artículo 11º del
Reglamento de Organización y Funciones del OSCE,
aprobado por Resolución Ministerial Nº 789-2011-EF/10,
modificado por Decreto Supremo Nº 006-2014-EF, con
los artículos 6º y 7º inciso 8) del Reglamento Interno de
Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE; y con
las visaciones de la Dirección Técnico Normativa, la
Oficina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 004-2016-OSCE/
CD "Lineamientos para la contratación en la que se hace
referencia a determinada marca o tipo particular", que
forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 358-
2009-OSCE/PRE que aprobó la Directiva Nº 010-2009-
OSCE/CD "Lineamientos para la contratación en la que
se hace referencia a determinada marca o tipo particular".
Artículo 3º.- Publicar la Directiva Nº 004-2016-OSCE/
CD aprobada en el artículo 1º, en el Portal Web del
Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y el Portal Web del
Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
OSCE (www.osce.gob.pe).
Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente
Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MAGALI ROJAS DELGADO
Presidenta Ejecutiva
1332095-4
Aprueban Directiva "Procedimiento de
selección de Subasta Inversa Electrónica"
RESOLUCIÓN Nº 012-2016-OSCE/PRE
Jesús María, 9 de enero de 2016
VISTOS:
El Acta del Consejo Directivo Nº 002-2016/OSCE-
CD, de fecha 09 de enero de 2016, correspondiente a
la Sesión Ordinaria Nº 002-2016/OSCE-CD, el Informe
Nº 008-2016/DTN, de fecha 07 de enero de 2016, de la
Dirección Técnico Normativa y el Informe Nº 017-2016/
OAJ, de fecha 08 de enero de 2016, de la Oficina de
Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 51º de la Ley de Contrataciones del
Estado, aprobada mediante la Ley Nº 30225, establece
que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del
Estado OSCE es un organismo técnico especializado
adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con