AÑO DEL BUEN  SERVICIO AL CIUDADANO
Domingo  15 de octubre  de 2017
MINISTERIO DEL INTERIOR
DECRETO SUPREMO
Nº 026-2017-IN
REGLAMENTO DEL DECRETO
LEGISLATIVO Nº 1267,
LEY DE LA POLICÍA
NACIONAL DEL PERÚ
SEPARATA ESPECIAL
2
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
DECRETO SUPREMO
Nº 026-2017-IN
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1267 se aprueba la Ley de la Policía Nacional del Perú, que establece
y norma la estructura, organización, competencias, funciones y atribuciones de la Policía Nacional del Perú, así
como, sus regímenes especiales;
Que, el artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1267 determina la estructura orgánica de la Policía Nacional del
Perú; asimismo,  señala que las  funciones y organización  interna de  los órganos y unidades  orgánicas que la
conforman se establecerán  en el Reglamento  del citado Decreto  Legislativo y se sujetarán  a los  lineamientos
establecidos en las normas que regulan la organización y funciones de las entidades delEstado;
Que,  la  Primera  Disposición   Complementaria  Final  del  Decreto  Legislativo  Nº   1267,  dispone  que  el
Reglamento de la Ley de la Policía Nacional del Perú  se aprueba por Decreto Supremo en un plazo máximo de
treinta (30) días hábiles, contados a partir de la vigencia de dicho Decreto Legislativo;
Que, a  mérito de  ello, se  ha formulado  el Reglamento  de la  Ley de  la Policía  Nacional del  Perú, el  que
establece  y regula  la  organización  interna y  funciones  generales  y especí?cas  de  los  órganos y  unidades
orgánicas que conforman la Policía Nacional del Perú;
Que, la nueva organización  interna contribuirá a fortalecer y mejorar  la labor operativa policial de  la Policía
Nacional del Perú en la lucha contra la delincuencia común y el crimen organizado, permitiéndole adecuarse a las
distintas necesidades de la ciudadanía y a los cambios sociales, políticos y económicos de su entorno;
De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley
Nº 29158, Ley  Orgánica del Poder  Ejecutivo; la Ley Nº 27658,  Ley Marco de Modernización  de la Gestión del
Estado; el Decreto Legislativo  Nº 1266, Ley de Organización  y Funciones del Ministerio del Interior;  el Decreto
Legislativo Nº  1267, Ley de  la Policía  Nacional del Perú;  el Decreto  Supremo Nº 004-2017-IN,  que aprueba el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
Apruébese el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, el mismo que
consta de Dos (02) Títulos, Nueve (09) Capítulos, Cinco (05) Subcapítulos, Doscientos Cuarenta (240) Artículos
y Doce (12)  Disposiciones Complementarias Finales; cuyo  texto en anexo forma  parte integrante del presente
Decreto Supremo, así como el Organigrama de la Policía Nacional del Perú.
Artículo 2.- Publicación
El Reglamento aprobado en  el artículo 1 precedente se publica en  el Diario O?cial El Peruano, en  el Portal
Institucional y de Transparencia del Ministerio del Interior (www.mininter.gob.pe)  y en el Portal Institucional y de
Transparencia de la Policía Nacional del Perú (www.pnp.gob), el mismo día que se publique el presente Decreto
Supremo en el Diario O?cial El Peruano.
Artículo 3.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro del Interior.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA
ÚNICA.- Modi?cación del artículo 37 del Decreto Supremo Nº 005-2017-IN, que aprueba el Reglamento
del Decreto Legislativo Nº 1268, que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú
Modi?case el  artículo 37  del Decreto  Supremo Nº  005-2017-IN, que  aprueba el  Reglamento  del Decreto
Legislativo  Nº 1268,  que regula  el  Régimen Disciplinario  de  la Policía  Nacional del  Perú,  en los  siguientes
términos:
“Artículo 37.- Creación de Inspectorías Descentralizadas y O?cinas de Disciplina
El Inspector  General de  la Policía  Nacional del  Perú, propone  al Director  General la  creación, supresión
o  fusión  de las  Inspectorías  Descentralizadas  u  O?cinas  de Disciplina  a  nivel  nacional,  de acuerdo  a  las
necesidades, contando previamente con la respectiva previsión presupuestal.”
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de octubre del año dos mil diecisiete.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
CARLOS BASOMBRÍO IGLESIAS
Ministro del Interior
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
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REGLAMENTO DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 1267,
LEY DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ
TÍTULO I
de Estado;  así como,  a diplomáticos,  dignatarios y  otras
personalidades  que   determine  la   legislación  sobre   la
materia;
DISPOSICIONES GENERALES
8)
Prevenir, combatir, investigar y denunciar la comisión
Artículo 1.- Finalidad
de los delitos y faltas previstos en el Código Penal y leyes
especiales; incluyendo  la intervención  e investigación  de
aquellos que se cometen en el transporte aéreo, marítimo,
?uvial y lacustre;
9)  Obtener, custodiar,  asegurar,  trasladar y  procesar
indicios, evidencias y  elementos probatorios relacionados
con la  prevención e  investigación del  delito, poniéndolos
oportunamente a disposición de la autoridad competente;
10) Practicar y emitir peritajes o?ciales de criminalística
para efecto de procesos judiciales  y otros derivados de la
función policial;
El presente Reglamento  tiene por ?nalidad establecer
y  normar  la  estructura  orgánica  de  la Policía  Nacional
del  Perú; así  como,  la organización  interna  y funciones
generales   y  especí?cas   de   los   órganos  y   unidades
orgánicas que la conforman.
Artículo 2.- Naturaleza
La  Policía  Nacional  del  Perú  es una  institución  del
Estado con  calidad de órgano  ejecutor, que depende  del
Ministerio  del Interior;  con  competencia  administrativa y
autonomía operativa para el ejercicio de la función policial
en todo el territorio nacional, en el marco de lo previsto en
el artículo 166º de la Constitución Política del Perú y en el
Decreto Legislativo Nº 1267 y sus modi?catorias.
Es  profesional, técnica,  jerarquizada,  no deliberante,
disciplinada  y subordinada  al  poder  constitucional; y  se
deben al cumplimiento de  la Ley, el Orden y  la Seguridad
en toda la República.
11)  Practicar y  emitir peritajes  técnicos  - vehiculares
para efectos de la investigación de accidentes de tránsito,
robo de vehículos y otros con ?nes policiales;
12)  Realizar  las  funciones  de  investigación  policial,
de  o?cio  o   bajo  la  conducción  jurídica  del   Fiscal,  en
concordancia con el  Código Procesal Penal y  leyes de la
materia;
13) Investigar la desaparición  y trata de personas; así
como, el trá?co ilícito de migrantes;
Participa en el sistema de  defensa nacional y defensa
civil;  así como,  coadyuva  en  el desarrollo  económico  y
social del país.
14)  Administrar   el  sistema   de  inteligencia  policial,
produciendo
inteligencia   y   contrainteligencia   para   el
Sistema de Inteligencia Nacional  y la Policía Nacional del
Perú, en  el marco  de su  misión, funciones  y las normas
que regulan dicho Sistema;
15) Vigilar  y controlar las  fronteras; así como,  prestar
apoyo  a  la  Superintendencia   Nacional  de  Migraciones
para el cumplimiento de las disposiciones legales sobre el
control migratorio;
Artículo 3.- Ámbito de Competencia
La  Policía   Nacional  del  Perú   en  su   condición  de
fuerza pública  del Estado ejerce competencia  funcional y
exclusiva a  nivel nacional  en materia  de orden  interno y
orden  público; y  competencia compartida  en  materia de
seguridad ciudadana.
En el marco de las mismas presta protección y ayuda a
las personas y a  la comunidad; garantiza el cumplimiento
de las leyes, la seguridad del patrimonio público y privado;
previene, investiga,  combate  la delincuencia  y el  crimen
organizado; vigila y controla las fronteras.
Asimismo,  vela  por  la  protección,  seguridad  y  libre
ejercicio de  los derechos fundamentales  de las personas
y el normal desarrollo de las actividades de la población; y,
presta apoyo a  las instituciones públicas y  privadas en el
ámbito de su competencia.
16) Fiscalizar el cumplimiento de las normas de tránsito
por parte  de los  usuarios  de la  infraestructura vial;  y de
manera subsidiaria las normas de transporte en la red vial
nacional; así como, prevenir, investigar y denunciar ante la
autoridad competente los accidentes de tránsito;
17)   Garantizar  el   cumplimiento   de   los   mandatos
escritos del Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Jurado
Nacional  de  Elecciones,  Ministerio  Público  y la  O?cina
Nacional de  Procesos Electorales,  en el  ejercicio de sus
funciones;
18)
Participar subsidiariamente, a solicitud del Instituto
Artículo 4.- Funciones
Son  funciones  de  la  Policía  Nacional  del   Perú  las
siguientes:
Nacional  Penitenciario  (INPE),  en   la  seguridad  de  los
establecimientos  penitenciarios   y  en   la  seguridad   del
traslado de los procesados y sentenciados de conformidad
con la normatividad vigente;
1)
Garantizar, mantener y restablecer el orden interno,
19) Participar en la política de eco e?ciencia del Estado
y  en el  cumplimiento de  las  disposiciones relativas  a  la
Mantener  la paz  y  la  convivencia  social pací?ca,      protección y conservación de los  recursos naturales y del
medio ambiente;
orden público y la seguridad ciudadana;
2)
garantizando la seguridad, tranquilidad y el orden público;
3)
Promover
e
implementar
mecanismos
de
20)  Velar por  la  seguridad de  los  bienes y  servicios
públicos,  en   coordinación  con  las  entidades   estatales
correspondientes;
21) Garantizar la seguridad y  protección de los bienes
integrantes  del  Patrimonio  Cultural  de  la   Nación  y  de
aquellos que se presuman como tales; así como, la de los
turistas y sus bienes;
coordinación  y   articulación   en  favor   de  la   seguridad
ciudadana;
4)
Garantizar   el  cumplimiento   de   las  leyes   y   la
seguridad del patrimonio público y privado;
Garantizar  los   derechos   fundamentales  de   las
5)
personas y  la protección  de sus  bienes, privilegiando de
manera especial a la población en riesgo, vulnerabilidad y
en abandono moral y material,  incorporando los enfoques
de derechos  humanos, género  e interculturalidad  en sus
intervenciones;
22) Participar en la  Defensa Nacional, Defensa Civil y
coadyuvar al desarrollo económico y social del país;
23)  Identi?car   a  las  personas   con  ?nes   policiales
policiales,
oscurecidas   y   otros
y
expedir
certi?cados
de
antecedentes
6)
Coordinar  y requerir  el apoyo  de  las autoridades,
autorización
de
uso
de
lunas
entidades   públicas  y   privadas,   personas   naturales  y
jurídicas, cuando las  circunstancias así lo requieran en  el
cumplimiento  de sus  funciones,  estando los  mismos  en
forma obligatoria a proporcionarlo;
relacionados con el cumplimiento de sus funciones;
24)   Registrar  y   centralizar  la   estadística   criminal,
requisitorias
judiciales,   conducciones    compulsivas   e
impedimentos de salida del país; así como, las referencias
policiales para uso exclusivo de prevención e investigación
policial;
7)
Brindar seguridad al  Presidente de la República en
ejercicio o  electo y  a los  Ex Presidentes;  a los  Jefes de
Estado en  visita o?cial, a los  Presidentes de los  Poderes
25) Colaborar en el control y en el transporte de armas
de  fuego, munición,  explosivos  y productos  pirotécnicos
con la Superintendencia Nacional  de Control de Servicios
Públicos
y
de
los
organismos
constitucionalmente
autónomos, a los Congresistas  de la República, Ministros
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NORMAS LEGALES
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Domingo 15 de octubre de 2017 /
de  Seguridad, Armas,  Municiones  y  Explosivos  de Uso
Civil – SUCAMEC; así como apoyar a esta entidad cuando
lo solicite para el cumplimiento de sus funciones;
1) Alta Dirección
1.1 Dirección General
1.2 Sub Dirección General
1.3 Inspectoría General
26)
Participar en Operaciones de Paz convocadas  por
la  Organización de  las  Naciones  Unidas (ONU)  y  otros
organismos internacionales; y,
27)
Ejercer  las  demás  funciones  que  le  señalen  la
1.3.1 Dirección de Inspecciones
1.3.2 Dirección de Investigaciones
Constitución, las leyes y sus reglamentos.
Artículo 5.- Atribuciones
Son atribuciones del Personal Policial las siguientes:
2)
Secretaría Ejecutiva
2.1
2.2
Unidad de Trámite Documentario
Dirección de Comunicación e Imagen Institucional
1.
Representar a la autoridad en el cumplimiento  de la
Ley, el Orden y la Seguridad en toda la República;
Intervenir cuando el ejercicio de la función policial así
2.
3)
Órgano de Control Institucional
Órgano de Control Institucional
lo requiera, por considerar que sus efectivos se encuentran
de servicio en todo momento y circunstancia;
3.1
3.
Requerir la identi?cación de cualquier persona, a ?n
de realizar la comprobación correspondiente, con ?nes de
prevención del delito o  para obtener información útil en la
averiguación de un hecho punible;
4)
5)
Comité de Asesoramiento
Órganos Consultivos
4.
Intervenir  y   registrar  a  las   personas  y   realizar
de     domicilios,    instalaciones,     naves,
5.1
5.2
5.3
5.4
Consejo de Alta Dirección
Consejo de Cali?cación
Consejos de Investigación
Comisiones Consultivas
inspecciones
motonaves,  aeronaves  y  otros  vehículos  y  objetos,  de
acuerdo a la Constitución y la Ley; pudiendo las personas y
vehículos automotores si fuera  necesario, ser conducidos
a la  dependencia  policial correspondiente  para su  plena
identi?cación;
6)
Órganos de Administración Interna
Órganos de Asesoramiento
Dirección de Asesoría Jurídica
5.
Intervenir, citar, conducir compulsivamente, retener y
6.1
detener a las personas de conformidad con la Constitución
y la Ley;
6.1.1
6.
Requerir el mani?esto de pasajeros de empresas de
transporte, registro de huéspedes de los  establecimientos
de   hospedaje  y   registro   de  ingreso   de   vehículos  a
talleres de mecánica,  de reparación automotriz, factorías,
ensambladoras,  playas   o  centros  de   estacionamiento,
custodia  y  guardianía, en  el  marco  de  la  prevención e
investigación del delito;
6.1.1.1
División  de  Desarrollo  Jurídico  y   Proyectos
Normativos
6.1.1.2   División  de   Sistematización   y   Supervisión
Jurídico Policial
6.1.1.3 División de Defensa Legal
7.
Realizar  la   inspección  física   o  química   de  los
vehículos siniestrados  y emitir  protocolos periciales  para
las acciones administrativas o judiciales;
6.1.2 Dirección de Planeamiento Institucional
6.1.2.1 División de Planeamiento Institucional
6.1.2.2   División    de    Modernización   y    Desarrollo
Institucional
6.1.2.3 División de Inversiones
6.2 Órganos de Apoyo Administrativo
6.2.1 Dirección de Administración
8.
Prevenir, investigar y denunciar ante las autoridades
corresponda,   los   accidentes   de   tránsito,   y   las
que
infracciones previstas en la normatividad vigente;
Realizar  pruebas de  alcoholemia,  estupefacientes
9.
y  drogas ilícitas  a  los  usuarios  de la  red  vial  urbana y
nacional, en campo o laboratorio de la Policía Nacional del
Perú;
10. Hacer uso de la fuerza, de acuerdo a la normatividad
vigente,    Código     de    Conducta    para     Funcionarios
Encargados de Hacer Cumplir la Ley, y Principios Básicos
sobre el  Empleo de  la Fuerza y  de Armas  de Fuego, en
el  marco  de  los acuerdos  adoptados  por  las  Naciones
Unidas;
Poseer,   portar   y   usar   armas   de   fuego,   de
conformidad con la Constitución y la Ley;
Realizar  constataciones policiales,  a  solicitud de
6.2.1.1
6.2.1.2
6.2.1.3
División de Economía
División de Logística
División de Infraestructura
11.
6.6.2
Dirección de Recursos Humanos
12.
6.2.2.1
6.2.2.2
6.2.2.3
División de Movimiento de Recursos Humanos
División de Altas, Bajas y Licencias
parte o por requerimiento de las autoridades competentes
conforme a Ley;
División
de
Promoción,
Nombramiento,
13.
Tener  pase  libre  en  vehículos de  transporte  de
Incentivos, Bene?cios y Producción de Planillas
División de  Sistematización de  la Información
de la Carrera Policial y Administración de Legajos
servicio público;
6.2.2.4
14.
para el cumplimiento de sus funciones;
Tener ingreso gratuito  a los espectáculos públicos
6.2.2.5
6.2.2.6
6.2.2.7
División de Procesos Disciplinarios
División de Talento Humano
División de Control de Recursos Humanos
15.
Coordinar,  cooperar  e  intercambiar   información
Organismos   Internacionales    e   Instituciones
con
los
Policiales extranjeras con ?nes de  prevención y represión
de la delincuencia y el crimen organizado, de conformidad
los   Convenios    y/o   Acuerdos    de   Cooperación
Interinstitucional suscritos; y,
Ejercer  las   demás  atribuciones  que   señala  la
6.2.3
Dirección de Bienestar y Apoyo al Policía
División   de  Bienestar,   Asistencia  Social   y
con
6.2.3.1
Servicios Educativos
6.2.3.2
6.2.3.3
6.2.3.4
6.2.3.5
16.
Constitución, las leyes y sus reglamentos.
División de Pensiones
Fondos de Seguro
Fondo de Vivienda Policial
Fondo de Apoyo Funerario
TÍTULO II
DESCRIPCIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA
6.2.4
Dirección  de  Tecnología  de   la  Información  y
CAPÍTULO I
ESTRUCTURA ORGÁNICA
Comunicaciones
Artículo 6.- Estructura Orgánica
Para  el  cumplimiento   de  sus  funciones,   la  Policía
Nacional  del   Perú  cuenta   con  la   estructura  orgánica
siguiente:
6.2.4.1 División de Informática
6.2.4.2 División de Telecomunicaciones
6.2.4.3 División de Infraestructura Tecnológica y Redes
6.2.4.4 División de Estadística
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NORMAS LEGALES
5
6.3
Órganos de Apoyo Policial
4)  Dirigir   y  controlar   la  efectiva   ejecución  de   las
políticas, planes y programas en materia de orden interno,
orden público  y  seguridad ciudadana,  de acuerdo  a sus
competencias y  los  lineamientos del  Gobierno Nacional,
del  Sector  Interior   y  en  concordancia  a  los   Objetivos
Institucionales;
6.3.1
Policial
6.3.2
6.3.3
6.3.4
6.3.5
6.3.6
Escuela   Nacional  de   Formación   Profesional
Dirección de Asuntos Internacionales
Dirección de Aviación Policial
Dirección de Inteligencia
Dirección de Criminalística
Dirección de Sanidad Policial
5)  Aprobar,  dirigir  y  supervisar  el  desarrollo  de  las
estrategias institucionales en el ámbito de su competencia;
6) Participar en  la formulación de  políticas en materia
de orden  interno y seguridad  pública y las  demás que  el
Sector Interior le asigne;
7)
Órganos de Línea
Dirección Nacional de Investigación Criminal
7)
Gerenciar el desarrollo institucional, de conformidad
7.1
con la Constitución Política del Perú y la normatividad legal
y administrativa vigente;
8)   Promover,   orientar   y   supervisar   la   formación
profesional  policial   que  se   brinda  en   las  Escuelas  y
7.1.1
7.1.2
7.1.3
7.1.4
7.1.5
7.1.6
Ilícito de Migrantes
7.1.7
7.1.8
Dirección de Medio Ambiente
Dirección Antidrogas
Dirección Contra el Terrorismo
la
actualización,   especialización   y   perfeccionamiento
Dirección de Investigación Criminal
Dirección de Investigación de Lavado de Activos
Dirección contra  la Trata  de Personas y  Trá?co
continuo del personal policial, para  fortalecer el desarrollo
institucional  al servicio  del ciudadano  en  todo el  ámbito
nacional;
9)
Preservar,  controlar  y   supervisar  la  disciplina  y
Dirección Contra la Corrupción
Dirección de Policía Fiscal
la moral  del personal;  así como, la  imagen y  el prestigio
institucional;
10)
Promover   las  relaciones   interinstitucionales   e
7.2
Dirección Nacional de Orden y Seguridad
intersectoriales, nacionales  y extranjeras, que coadyuven
al desarrollo de la función policial;
7.2.1
7.2.2
7.2.3
7.2.4
Dirección de Seguridad del Estado
Dirección de Operaciones Especiales
Dirección de Seguridad Integral
11)
Asesorar  a  la  Alta  Dirección  del   Ministerio  del
Interior y  demás entidades  de la  Administración Pública,
en asuntos relacionados con su competencia;
Dirección  de Tránsito,  Transporte  y  Seguridad
12)
Proporcionar información  oportuna al Ministro  del
Vial
Interior  sobre  asuntos  de  con?ictividad  social  y  graves
7.2.5
7.2.6
Dirección de Seguridad Ciudadana
Dirección de Turismo
alteraciones al orden interno o seguridad pública;
13)
Proponer   a  través   del   Ministerio   del  Interior
legislativas   y   normas   en    materia   de   su
iniciativas
8)
Órganos Desconcentrados
competencia;
14)
Presidir el  Consejo de  Alta Dirección,  el Consejo
8.1
8.2
8.3
Macro Regiones
Regiones y Frentes Policiales
Comisarías
de Cali?cación, los Consejos de Investigación de O?ciales
Generales y las Comisiones Consultivas;
15)
Aprobar el Plan  Estratégico de la Policía Nacional
del Perú  y el Plan  Operativo Anual, en concordancia  con
los lineamientos del Sector Interior;
CAPÍTULO II
ALTA DIRECCIÓN
16)
Disponer  el  seguimiento   de  la  implementación
de  recomendaciones del  Sistema Nacional  de  Control y
Contraloría General de la República;
SUBCAPÍTULO I
DIRECCIÓN GENERAL
17)
Suscribir
acuerdos
y
convenios,
Policía   Nacional
dentro
del
del
ámbito
de
competencia
de
la
Artículo 7.- Dirección General
La Dirección General es el órgano de comando de más
Perú,  con  entidades  públicas  y  privadas,  nacionales  o
internacionales,  previamente  aprobados  por  Resolución
Ministerial del Ministro del Interior;
alto nivel  de la  Policía  Nacional del  Perú, encargado  de
plani?car, organizar, dirigir y  supervisar el desarrollo de la
gestión administrativa  y  operativa de  la Policía  Nacional
del Perú para  el ejercicio de  la función policial en  todo el
territorio nacional,  en un contexto  de mejor atención  a la
ciudadanía y  e?ciente  uso de  los recursos,  en el  marco
de las políticas sectoriales aprobadas por el  Ministerio del
Interior.
La  Dirección   General  está   a  cargo   de  un  O?cial
General  de  Armas  de  la  Policía  Nacional  del  Perú  en
situación  de actividad,  en el  grado  de Teniente  General
y  su  designación  se  efectuará  conforme   a  lo  previsto
en el  artículo 8  del  Decreto Legislativo  Nº 1267,  Ley de
la  Policía Nacional  del  Perú; pudiendo  designarse  a un
O?cial General  de Armas de la  Policía Nacional del  Perú
en situación de actividad, en el grado de General, siempre
que no existieran  Tenientes Generales, cuya  designación
recaerá de entre los  tres Generales de mayor antigüedad
en el escalafón de o?ciales.
18)
Aprobar,  en  el   marco  de  su  competencia,   las
resoluciones, manuales,  reglamentos, directivas y demás
documentos  normativos de  carácter interno  que  regulen
el funcionamiento  operativo y administrativo  de la Policía
Nacional del Perú para el ejercicio de la función policial; y,
19)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que el
Ministro del Interior le asigne.
El  Director  General de  la  Policía  Nacional  del Perú
puede  delegar  funciones  en  el  Sub  Director,  Inspector
Secretario   Ejecutivo,   Directores   Nacionales,
General,
Director de la Escuela Nacional de  Formación Profesional
Policial, Director de  Administración, Director de Recursos
Humanos,   Director  de   Bienestar  y   Apoyo  al   Policía,
Director de Sanidad Policial y Jefes de las Macro Regiones
Policiales.
El Director General recibe la denominación de General
de  Policía,  y  ostentará  los  distintivos  correspondientes
para efectos de su representatividad y jerarquía policial.
La Dirección  General de  la Policía Nacional  del Perú
tiene las funciones siguientes:
La Dirección  General de  la Policía Nacional  del Perú
cuenta con la  unidad orgánica denominada Secretaría de
la Dirección General.
Artículo 8.- Secretaría de la Dirección General
La  Secretaría de  la  Dirección  General  de la  Policía
Nacional  del  Perú   es  la  unidad  orgánica   responsable
1)
Ejercer el comando y la representación de la Policía
Nacional del Perú;
de
brindar
apoyo
administrativo
y
asesoramiento
2)
Administrar  la Institución  Policial  a  través  de sus
especializado e inmediato al Director General, con el ?n de
contribuir a  la gestión y  toma de decisiones  en el ámbito
operativo y administrativo.
órganos  competentes  y  los  recursos  que  se  le  asigne
a la  Policía  Nacional del  Perú, en  concordancia con  los
lineamientos de política del  Sector Interior y sus objetivos
institucionales;
Depende del  Director  General de  la Policía  Nacional
del Perú y está a cargo de un O?cial Superior de Armas de
Evaluar  los niveles  de  e?ciencia  y  e?cacia  de la      la Policía Nacional del Perú en situación de actividad en el
grado de Coronel.
La  Secretaría de  la  Dirección  General  de la  Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
3)
Policía  Nacional del  Perú,  disponiendo  las  acciones de
comando   pertinentes  para   mejorar   el  nivel   operativo
institucional en todos sus ámbitos a nivel nacional;
6
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
1)
Asistir al Director General en la toma de decisiones,
3)   Disponer  la   formulación  y   aprobar   los  Planes
Generales que deberán desarrollar y ejecutar los diversos
órganos y  unidades orgánicas  de la  Policía Nacional del
Perú,  en  el marco  del  ejercicio  operativo  de la  función
policial  para  cumplir con  la  ?nalidad  fundamental  de la
Institución Policial;
4) Aprobar los Planes de  Operaciones formulados por
los órganos de la Policía Nacional del Perú; con excepción
de  aquellos que  proceden de  los  órganos dependientes
de las  Direcciones Nacionales, que  serán aprobados por
estos, siempre que no se comprometa el apoyo de órganos
o unidades orgánicas  sobre los cuales  no tienen relación
de dependencia;
5)  Supervisar  el rendimiento  operativo  de  la  Policía
Nacional del Perú y ejecutar las disposiciones de comando
para mejorar los  niveles de e?ciencia y  e?cacia operativa
institucional;
6)  Priorizar y  determinar  los  recursos  institucionales
para  garantizar  el  cumplimiento oportuno  de  la  función
policial;
7)   Promover  y   proponer   al   Director   General  las
propuestas para  la suscripción  de convenios  y acuerdos
de cooperación interinstitucional en el ámbito nacional, de
conformidad con los objetivos institucionales, estrategias y
planes de  la Policía Nacional  del Perú; así  como, revisar
y  evaluar  periódicamente  la  pertinencia,  oportunidad  y
efectividad de los mismos, supervisando y  velando por su
cumplimiento;
en concordancia con los lineamientos de política del Sector
Interior y los objetivos institucionales de la Policía Nacional
del Perú;
2)
Realizar la gestión administrativa y documentaria de
la Dirección General de la Policía Nacional del Perú;
Transmitir  las disposiciones  de comando  dictadas
3)
por el Director General, orientadas al logro de la e?ciencia
y e?cacia institucional; así como, a salvaguardar los bienes
jurídicos de  la Policía Nacional  del Perú, de  conformidad
con  la   Constitución   Política  y   el  marco   normativo  y
administrativo vigente;
4)
Articular  las  coordinaciones  interinstitucionales  e
intersectoriales de la Dirección General, en asuntos  de su
responsabilidad y competencia funcional;
5)
Supervisar que la gestión documental tramitada ante
la Dirección General para la toma de  decisiones, cumplan
con la  formalidad exigida  por el  ordenamiento normativo
interno y las disposiciones legales vigentes;
6)
Brindar   asesoramiento  técnico-legal   al  Director
General, en el ámbito de su competencia;
Efectuar   el    seguimiento   de   los    expedientes
administrativos de  competencia de  la Dirección  General,
para el  cumplimiento de las  disposiciones impartidas  por
la Dirección General;
7)
8)
Transmitir  las  disposiciones  de comando  para  la
implementación  de   las   recomendaciones  del   Sistema
Nacional de Control y Contraloría General de la República;
9)
Dirección
Mantener  coordinación   permanente  con  la   Sub
8)
Proponer
al
Director    General   proyectos
reglamentos,    directivas
carácter   interno
de
y
General,
Inspectoría
General,
Secretaría
resoluciones,
manuales,
Ejecutiva, Comité deAsesoramiento, Órganos Consultivos,
Órganos  de  Administración  Interna,  Órganos  de  Línea
y  Desconcentrados,  a ?n  de  coadyuvar  al  logro de  los
objetivos y metas institucionales;
demás
documentos
de
que
sean
necesarios  para  el  mejor  funcionamiento   operativo  de
la Institución  Policial,  en  el marco  del  cumplimiento  del
ejercicio  operativo de las  funciones policiales  del ámbito
de su competencia;
de
criminalística en el marco de la prevención e investigación
del delito y  en la lucha  contra la delincuencia común  y el
crimen organizado;
10)
Administrar los  recursos asignados a  la Dirección
e?ciencia        e?cacia
conformidad con el marco legal vigente;
Supervisar  la  efectividad   y  oportunidad  de  las
General,
con
criterios
de
y
de
9)
Coordinar
y
supervisar
las
actividades
11)
acciones comunicacionales de la Dirección General, tanto
al público  interno como  externo, de  conformidad con  los
lineamientos que determine la Dirección de Comunicación
e Imagen Institucional de la Policía Nacional del Perú;
10)
Coordinar
y
supervisar
las
actividades
y
operaciones  de   inteligencia  y   contrainteligencia  en   la
Policía Nacional del Perú;
12)
Veri?car la  oportuna y  adecuada  atención de  las
11) Orientar,  coordinar y  supervisar la  gestión de  los
servicios  de  salud del  Régimen  de  Salud  de la  Policía
Nacional del Perú;
12)  Orientar, coordinar  y  supervisar  las operaciones
aéreas  de  apoyo  a  los  diferentes  órganos  y  unidades
orgánicas de la Policía Nacional del Perú;
audiencias  solicitadas  por  el  personal  policial  y  civiles
con el  Director General, de  conformidad al ordenamiento
normativo vigente; y,
13)
acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que el
Director General de la Policía Nacional del Perú le asigne.
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
13)  Promover, orientar  y  supervisar  las acciones  de
cooperación  policial recíproca  a  nivel internacional  para
la  lucha  contra  la  delincuencia  y  el crimen  organizado
transnacional;
Orientar,   coordinar   y   supervisar   los   planes,
y   actividades   de  las   Macro   Regiones   y
SUBCAPÍTULO II
SUB DIRECCIÓN GENERAL
14)
Artículo 9.- Sub Dirección General
estrategias
La  Sub  Dirección  General  es  el  órgano  encargado
de  proponer,   asesorar,  disponer,  evaluar   y  supervisar
Regiones  Policiales,  en  el  marco  del   cumplimiento  de
las funciones  policiales  que ejecutan  en la  demarcación
territorial que comprende a cada una de ellas;
la
implementación,   operatividad   y   ejecución   de    las
estrategias  y planes  a  cargo  de la  Policía  Nacional del
Perú para su  buen desempeño operativo.  Depende de la
Dirección General.
15)Aprobar el Plan de TrabajoAnual de las Direcciones
Nacionales y las  Macro Regiones Policiales que  contiene
actividades en  materia de  investigación  criminal y  orden
y  seguridad,  en  el  marco   de  sus  respectivos  ámbitos
territoriales;
La Sub  Dirección General  está a  cargo de  un O?cial
General  de  Armas  de  la  Policía  Nacional  del  Perú  en
situación de actividad en el grado de Teniente General. En
los casos que la designación  del Sub Director General de
la Policía Nacional del Perú, recaiga en un O?cial General
de Armas de la  Policía Nacional del Perú  en situación de
actividad, en el grado de General, que sigue en antigüedad
al Director General, éste será ascendido al grado inmediato
superior.
El Sub  Director  General asume  la Dirección  General
de la  Policía Nacional del  Perú de  manera temporal, por
ausencia o impedimento del titular.
La Sub  Dirección  General de  la Policía  Nacional del
Perú tiene las funciones siguientes:
16)  Emitir  resoluciones administrativas  en  el  ámbito
de competencia de la Sub Dirección  General de la Policía
Nacional del Perú; así como, en las materias delegadas;
recursos
17)
Resolver
en
última
instancia
los
administrativos,   según  corresponda   al   ámbito   de   su
competencia;
18) Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su competencia;
19) Asesorar al Director General de la Policía Nacional
del Perú en asuntos de su competencia; y,
20)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que el
Director General de la Policía Nacional del Perú le asigne.
1)
Disponer, evaluar  y  supervisar la  implementación,
operatividad y  ejecución de las estrategias  y planes para
el buen  desempeño operativo  de la  Policía Nacional  del
Perú;
Artículo 10.- Estructura de la Sub Dirección General
La Sub Dirección General para el cumplimiento de sus
funciones cuenta con los órganos siguientes:
2)
Promover, coordinar y supervisar  el funcionamiento
articulado  de  los  órganos  y  unidades   orgánicas  de  la
Policía Nacional  del Perú, para coadyuvar  a una efectiva
coherencia  e  interacción  en  el  quehacer  de  la  función
policial a través de una gestión por procesos, en bene?cio
de los ciudadanos;
a. Dirección de Asuntos Internacionales;
b. Dirección de Aviación Policial;
c. Dirección de Inteligencia;
d. Dirección de Criminalística; y,
e. Dirección de Sanidad Policial.
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
7
Asimismo,
cuenta
con
las
unidades
orgánicas
internacionales y optimizar  los mecanismos de asistencia
y cooperación internacional policial;
denominadas:  Secretaría  de  la  Sub  Dirección  General;
División  de   Supervisión,  Evaluación   de   Estrategias  y
Planes Institucionales; División de Evaluación en Con?ictos
Sociales; y, Central de Operaciones Policiales.
9)  Promover  y  supervisar  la  cooperación  recíproca
de la  O?cina Central  Nacional INTERPOL-  Lima con  los
países  miembros   de  la  Organización   Internacional  de
Policía  Criminal -  OIPC INTERPOL  para el  logro  de los
objetivos institucionales en la lucha  contra la delincuencia
y   el   crimen  organizado   transnacional,   cibercrimen   y
terrorismo transnacional;
Artículo 11.- Dirección de Asuntos Internacionales
La
Dirección
de
Asuntos
Internacionales
es
el
órgano  de  apoyo policial  de  carácter  técnico,  operativo
y  especializado;  responsable  de   promover  y  gestionar
las  relaciones  de cooperación  policial  recíproca  a  nivel
internacional,   para  la   lucha  contra   la   delincuencia  y
10)
Promover   el   intercambio   técnico   -   cientí?co
y   tecnológico  en   materia   policial   con   organismos  e
instituciones policiales  extranjeras  y demás  agencias de
seguridad  internacionales  homólogas  de  vanguardia en
el mundo, para enfrentar de manera  e?caz la criminalidad
nacional y transnacional, concordante con los lineamientos
del  Ministerio  del  Interior  y  la  Dirección  General de  la
Policía Nacional del Perú;
el
crimen
terrorismo
organizado   transnacional,    cibercrimen,   el
internacional   y    sus   nuevas   modalidades
delictivas, en  el  marco de  la Constitución,  las leyes,  los
tratados y convenios internacionales suscritos por el Perú,
la  Declaración  Universal de  los  Derechos  Humanos,  el
Estatuto  y Reglamento  de  la Organización  Internacional
de Policía Criminal - OIPC INTERPOL.
11)  Orientar,  promover  y  dirigir  la  formalización   de
becas,
pasantías,   seminarios,   congresos,   simposios,
Depende de  la Sub Dirección  General y está  a cargo
de un O?cial General  de Armas de la Policía Nacional del
Perú en situación de actividad, en el grado de General.
La Dirección  de Asuntos Internacionales de  la Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
conferencias y demás eventos internacionales, que tengan
carácter  técnico   profesional   policial,  y/o   acuerdos  de
cooperación  interinstitucional  de  intercambio académico
y  profesional en  materia  policial  y de  seguridad  a nivel
internacional, a ?n de potenciar la formación, capacitación
y  perfeccionamiento  del  personal  policial,  realizando  el
proceso de  selección y efectuando las  propuestas de los
participantes, con  excepción de  los eventos  académicos
internacionales   de  similar   naturaleza   para  cadetes   y
alumnos, cuya propuesta y selección se realizará a través
de la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial;
12) Promover y supervisar la participación del personal
policial en eventos internacionales que coadyuven al logro
de la misión e imagen institucional;
13) Dirigir  el proceso de  convocatoria y  selección del
personal policial que participará en las Misiones de Paz de
las Naciones Unidas - ONU;
14)   Representar   a   la  Policía   Nacional   del   Perú
ante   el  Ministerio   de  Relaciones   Exteriores,   Fuerzas
Armadas y  demás  organismos y  entidades en  el ámbito
de las relaciones de cooperación policial  recíproca a nivel
internacional;
15)  Conducir  y  supervisar  la  gestión  administrativa
para la seguridad, apoyo logístico y atención protocolar de
las visitas a la Policía Nacional del Perú de personalidades
y  funcionarios  policiales  extranjeros, a  ?n  de  mantener
y  coadyuvar   a  la   buena  imagen   institucional  a   nivel
internacional;
16) Conducir y  supervisar las acciones  y operaciones
especiales de  inteligencia y  contrainteligencia policial  en
el ámbito  de  su competencia  funcional, pudiendo  contar
con la  cooperación y apoyo  de agencias internacionales,
de conformidad  con  los lineamientos  de la  Dirección  de
Inteligencia de la Policía Nacional del Perú;
1)
Proponer, dirigir,  ejecutar y  evaluar las  estrategias
en materia de relaciones de cooperación policial recíproca
a nivel internacional que se promueva y/o gestione a través
de la Policía Nacional del Perú, orientadas a la lucha contra
la  delincuencia   y  el   crimen  organizado  transnacional,
cibercrimen y terrorismo internacional;
2)
Promover  y proponer  al  Sub Director  General  de
la  Policía  Nacional  del  Perú  los  convenios y  acuerdos
de
de
cooperación
entendimiento
multilaterales,
delincuencia
cibercrimen,
modalidades
policial
internacional,
documentos
memorándum
y
otros
bilaterales
o
relacionados
con
la
lucha
contra
la
y
el
crimen
organizado
transnacional,
terrorismo
delictivas,
internacional   y    sus    nuevas
su   suscripción    previa
para
aprobación por el Ministerio  del Interior; así como, revisar
y  evaluar  periódicamente  la  pertinencia,  oportunidad  y
efectividad de los mismos; supervisando y  velando por su
cumplimiento;
3)
Participar,  consolidar y  sustentar  la programación
de actividades anual  articulado al cuadro de necesidades
y  asignación  presupuestal, proponiendo  los  indicadores
de  productos  y  procesos;  así  como,  formular,  aprobar,
ejecutar y evaluar el Plan de Trabajo Anual de la Dirección
a su cargo, concordante con el Plan Operativo Anual de la
Policía Nacional del  Perú, Planes Generales  y Planes de
Operaciones;
4)
Dirigir, coordinar,  evaluar, controlar  y supervisar  la
formulación de los Planes de Operaciones de la Dirección
a su  cargo, en  el marco  del cumplimiento  de los  Planes
Generales dispuestos  y  aprobados por  la Sub  Dirección
General de la Policía Nacional del Perú; así  como evaluar
y supervisar el cumplimiento de los mismos, considerando
en  el planeamiento  los  documentos  de inteligencia  que
correspondan;
17) Representar a la  Policía Nacional del Perú, en los
eventos que  se organicen  y desarrollen  en el  ámbito de
las  relaciones  de cooperación  policial  recíproca  a  nivel
internacional;
Dirigir   y   supervisar   el   proceso   de   registro,
recopilación  y análisis  de la  información  estadística que
produzca la Dirección a su cargo, para una adecuada toma
de decisiones,  de conformidad  con los  lineamientos que
dicte la  División de Estadística  de la Policía Nacional  del
Perú;
18)
5)
Aprobar las  Ordenes de Operaciones  que deberán
desarrollar y ejecutar las diversas unidades orgánicas que
componen la Dirección a su cargo; de conformidad con los
Planes  Generales  y Planes  de  Operaciones  dispuestos
y aprobados  por  la Sub  Dirección General  de  la Policía
Nacional del Perú, para el ejercicio operativo de la función
policial;
19) Transmitir información para  alimentar los registros
y  bases  de  datos  del  Registro  Nacional  de  Seguridad
Pública que  administra  la Dirección  de Tecnología  de la
Información y  Comunicaciones de la  Policía Nacional del
Perú;
6)
Implementar las estrategias y disponer las acciones
necesarias   orientadas  a   coadyuvar   con   los   órganos
competentes  en  la   lucha  contra  el  crimen  organizado
transnacional  en   sus  diversas   modalidades  delictivas,
cibercrimen y terrorismo internacional;
la
cooperación con los organismos policiales internacionales,
representaciones  diplomáticas,   agregadurías  policiales,
militares  y  O?cinas   de  Enlace  extranjeras  acreditadas
o?cialmente ante el  Gobierno del Perú, para  intercambiar
información, asistencia y cooperación policial internacional
en   los  diferentes   campos   de   la   actividad  funcional,
a?anzando  las  relaciones   policiales  internacionales  en
el  ámbito  de  su  competencia;  de  conformidad  con  los
lineamientos del Ministerio  del Interior y las disposiciones
del Director General de la Policía Nacional del Perú;
20)  Coordinar  y gestionar  ante  la  Escuela  Nacional
de
Formación
Profesional
Policial
la
capacitación,
especialización  y actualización  permanente del  personal
policial de la Dirección a su cargo, en materias relacionadas
con su campo funcional;
7)
Promover,
coordinar,
dirigir
y
supervisar
21) Administrar los  recursos asignados a  la Dirección
a  su   cargo,  con  criterios  de   e?ciencia  y  e?cacia,   de
conformidad con el marco legal vigente;
22) Asesorar a la Alta Dirección de  la Policía Nacional
del  Perú  en materia  de  relaciones  interinstitucionales  y
de cooperación policial  recíproca a nivel internacional, en
concordancia con  los lineamientos  del Estado, Ministerio
del Interior y Ministerio de Relaciones Exteriores;
23) Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su competencia; y,
8)
Orientar,  controlar  y   supervisar  la  labor   de  los
Agregados Policiales y Enlaces  de la Policía Nacional del
24)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
Perú en  el exterior, con  el ?n de  fortalecer las relaciones
8
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
el Sub Director General  de la Policía Nacional del Perú le
asigne.
territorio nacional, a ?n de que puedan ser extraditados vía
los canales y procedimientos diplomáticos respectivos;
7)
Ejecutar  las  extradiciones   activas  y  pasivas  de
Artículo 12.- Estructura de la Dirección de Asuntos
Internacionales
ciudadanos
nacionales   o   extranjeros,  requeridos   por
la   autoridad  judicial   nacional  o   extranjera   y  que   se
encuentren  en territorio  nacional o  internacional,  vía los
canales y  procedimientos diplomáticos  correspondientes,
en  el marco  de  la legislación  vigente y  los  Tratados de
Extradición de los cuales el Perú es parte;
La
Dirección   de  Asuntos   Internacionales   para   el
cumplimiento de  sus  funciones cuenta  con las  unidades
orgánicas siguientes:
a. O?cina Central Nacional INTERPOL - Lima;
b.  División  de Cooperación  Internacional,  Enlaces  y
Agregadurías;
8) Proponer  al personal  policial de  la O?cina  Central
Nacional  de  INTERPOL  -  Lima,  que  participará en  los
procedimientos  de  extradiciones  activas  y  pasivas,  por
la  comisión de  los  diversos  delitos  contemplados en  el
Código  Penal  y  Tratados  Internacionales,  tramitados  a
través de la Unidad de  Cooperación Judicial Internacional
de  la Fiscalía  de  la  Nación  y aprobados  por  el  Estado
Peruano;
c. División de Administración de Becas Internacionales;
y,
d.
División
de
Inteligencia
contra
el
Crimen
Transnacional.
Artículo 13.-  O?cina Central  Nacional INTERPOL -
Lima
9)  Promover   y   proponer  el   intercambio  técnico   -
cientí?co en materia policial con organismos e instituciones
policiales extranjeras de  vanguardia en el mundo, para  la
capacitación y especialización del personal policial;
Procesar   y   veri?car   la   identi?cación   de   los
ciudadanos  extranjeros detenidos  o  intervenidos por  los
diferentes  órganos  o  unidades  orgánicas  de  la  Policía
Nacional  del  Perú  a  través  del  Sistema   de  Búsqueda
Automática  (SBA);  y  solicitar   información  a  través  del
Sistema I-24/7 de  posibles requisitorias y/o  antecedentes
a su país de origen;
La  O?cina  Central   Nacional  INTERPOL  -  Lima   es
la   unidad  orgánica   de   carácter   técnico,   operativo  y
especializado;   responsable  de   coordinar,   promover   y
ejecutar  la   cooperación  policial   y  judicial   reciproca  a
nivel internacional,  para  la lucha  de la  delincuencia y  el
crimen organizado transnacional, cibercrimen y terrorismo
10)
internacional,
dentro   del    marco   de   la    Constitución
Política  del  Perú y  sus  leyes,  los  tratados y  convenios
internacionales
suscritos   por   el  país,   la   Declaración
los   Derechos   Humanos,  el   Estatuto   y
Universal
de
11) Expedir la Ficha de Canje Internacional por cambio
de calidad migratoria u otros supuestos que correspondan,
a  través  del   Sistema  de  Búsqueda  Automática  (SBA)
y  solicitar  información  a   través  del  Sistema  I-24/7  de
posibles requisitorias  y/o antecedentes  al país  de origen
de los ciudadanos extranjeros;
12) Coordinar  en el ámbito de  su competencia con  la
Superintendencia Nacional de Migraciones, a ?n detectar el
ingreso al país de personas con antecedentes, referencias
o requisitorias internacionales;
Reglamento  de la  Organización  Internacional de  Policía
Criminal  –   OIPC  INTERPOL,   cuya  sede  central   está
ubicado en Lyon - Francia.
Depende de la Dirección de Asuntos Internacionales y
está a cargo de un O?cial Superior de Armas de la Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
La O?cina  Central  Nacional INTERPOL  - Lima  de la
Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
13)
Formular  y proponer  los Planes  de  Operaciones
1)
Promover, dirigir,  coordinar,  ejecutar y  controlar el
para
su
respectiva
aprobación,
documentos
considerando
en
el
intercambio y  transmisión  de información  por el  sistema
de comunicaciones  I-24/7  de INTERPOL,  en materia  de
asistencia  y cooperación  judicial  y  policial internacional,
tanto   con  la   Secretaría   General  de   la   Organización
Internacional de  Policía Criminal  – OIPC INTERPOL  con
sede en Lyon – Francia como con la O?cina Regional para
América del Sur con sede en BuenosAires -Argentina y las
planeamiento
correspondan;
los
de
inteligencia
que
14) Desarrollar y ejecutar las Órdenes de Operaciones
que le  sean  impartidas, para  el ejercicio  operativo de  la
función policial;
15)  Administrar los  recursos  asignados  con criterios
de e?ciencia y e?cacia, de conformidad con el marco legal
vigente;
16) Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su competencia;
17) Asesorar al Director de Asuntos Internacionales de
la Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia;
y,
18)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que el
Director de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional
del Perú le asigne.
190
O?cinas Centrales Nacionales de los países miembros
a nivel mundial, para  combatir la delincuencia y el  crimen
transnacional;   cibercrimen,    el   terrorismo
organizado
internacional y sus nuevas modalidades delictivas;
Participarycolaborarenelámbitodesucompetencia,
2)
con  el  Ministerio  de  Justicia,  Procuraduría  General  de
la  República,  Poder   Judicial,  Ministerio  de  Relaciones
Exteriores, Unidad de Cooperación Judicial Internacional y
Extradiciones del Ministerio Público, autoridades judiciales
extranjeras   y  otras   entidades   gubernamentales  y   no
gubernamentales, en los procedimientos  de extradiciones
activas
y
pasivas;
así
como,
otras
diligencias
de
Artículo 14.- División de Cooperación Internacional,
Agregadurías y Enlaces
cooperación internacional;
Centralizar,  gestionar   y  tramitar   a  los   órganos
3)
competentes
La División de Cooperación Internacional,Agregadurías
y  Enlaces   es  la  unidad   orgánica  de  carácter   técnico
y   especializado;   responsable   de   proponer,  fomentar,
monitorear  y   evaluar  los   instrumentos  en  materia   de
asistencia  técnica   y  cooperación  policial   internacional;
así   como,  administrar   y  potenciar   el   intercambio  de
información  a  través  de  la  Comunidad  de   Policías  de
América  (AMERIPOL),   la   O?cina  Europea   de  Policía
(EUROPOL) y de las Agregadurías  de la Policía Nacional
del  Perú en  el  exterior y  las  extranjeras acreditadas  en
nuestro país.
de   la   Policía    Nacional   del   Perú,   los
pedidos de  asistencia e información  policial internacional
proveniente de las diversas O?cinas Centrales Nacionales
de INTERPOL a nivel mundial;
4)
Establecer  enlace  permanente  con  las  Unidades
de   la    Policía   Nacional   del   Perú    y
Especializadas
otros  organismos  policiales  del  mundo,  en   materia  de
intercambio de  información para su  oportuna explotación
en el marco de la  lucha contra la delincuencia y el crimen
internacional;
5)
Recibir y registrar en la  Base de Datos de la OIPC-
Depende de la Dirección de Asuntos Internacionales y
está a cargo de un O?cial Superior de Armas de la Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
La División de Cooperación Internacional,Agregadurías
y Enlace de la Policía Nacional del Perú tiene las funciones
siguientes:
INTERPOL  con   sede   en   Lyon-Francia,  a   través   del
Sistema  I-LINK, los  pedidos  de órdenes  de  ubicación y
captura internacional  y los ceses  de búsqueda  y captura
internacional  procedentes  de  las  autoridades  judiciales
peruanas competentes,  para  su respectiva  aprobación y
difusión internacional;
6)
Organizar,   dirigir   y   realizar   diligencias   y    las
acciones  necesarias   para   la  identi?cación,   búsqueda,
ubicación   y  captura   de  personas   requeridas   por  las
autoridades  judiciales   extranjeras  por  diversos  delitos,
que se encuentren registradas en el Sistema de Búsqueda
Automática  (SBA) de  la  OIPC  INTERPOL con  sede  en
Lyon-Francia y  que se  encuentren dentro  del ámbito  del
1)   Coordinar   con   los   organismos   internacionales
policiales los asuntos para el cumplimiento y  ejecución de
los planes  operativos  anuales, compromisos  y acuerdos
internacionales;
Realizar   el   monitoreo   y    seguimiento   de   los
compromisos asumidos por la Policía Nacional  del Perú a
2)
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
9
través de los acuerdos interinstitucionales de cooperación
internacional suscritos; así como,  evaluar el cumplimiento
y logros obtenidos;
Formular   y   proponer   proyectos   de   acuerdos,
convenios u otros  concernientes a la  cooperación policial
internacional  con  los  cuerpos  de policías  extranjeros  u
organismos internacionales en  materia de lucha contra  el
crimen organizado  transnacional,  cibercrimen, terrorismo
internacional  y  sus   nuevas  modalidades  delictivas,  en
el  marco de  los lineamientos  establecidos  por el  Sector
Interior;
19) Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su competencia;
20) Asesorar al Director de Asuntos Internacionales de
la Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia;
y,
21)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que el
Director de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional
del Perú le asigne.
3)
Artículo 15.-  División de Administración  de Becas
Internacionales
4)
Gestionar y ejecutar las acciones necesarias para la
atención y  respuesta de los  requerimientos y actividades
que se deriven de los acuerdos y compromisos adquiridos
como miembro  de la  Comunidad de Policías  de América
(AMERIPOL);
La División deAdministración de Becas Internacionales
es la unidad orgánica responsable de promover, coordinar
y   formalizar  con   entidades   nacionales  u   organismos
extranjeros, las becas,  pasantías, seminarios, congresos,
simposios,  conferencias  y   demás  eventos  académicos
internacionales,  que tengan  carácter  técnico  profesional
5)
Canalizar la información de cooperación en  materia
de capacitación  y doctrina,  intercambio de  información y
de experiencias; así como, de asistencia técnico-cientí?ca      policial, y/o acuerdos  de cooperación interinstitucional  de
policial con las  instituciones integrantes de la  Comunidad
de Policías de América (AMERIPOL) y la  O?cina Europea
de Policía  (EUROPOL) cuando el  Perú se integre  a esta
última;
intercambio  académico y  profesional  en  materia policial
y  de  seguridad  a  nivel  internacional,  para  optimizar  la
formación,  capacitación y  perfeccionamiento  a favor  del
personal policial en el extranjero.
La División deAdministración de Becas Internacionales
está a cargo de un O?cial Superior de Armas de la Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
6)
Emitir   opinión  técnica   sobre   los  proyectos   de
acuerdos,conveniosuotrosconcernientesalacooperación
policial internacional de interés institucional;
7)
Coordinar a nivel institucional los requerimientos de
información u otras que requieran las Entidades del Estado
o  la comunidad  policial internacional,  en  el marco  de la
cooperación policial internacional;
La División deAdministración de Becas Internacionales
de   la  Policía   Nacional  del   Perú   tiene  las   funciones
siguientes:
8)
Gestionar,  administrar  y  controlar  los  recursos  y
actividades  que  cumplen  los  Agregados  y  Enlaces   de
la  Policía Nacional  del  Perú  en el  extranjero;  así como
las  referidas a  las  Misiones  de Paz,  requeridos  por las
Naciones Unidas;
1) Promover, formalizar y ejecutar las becas y diversas
actividades académicas internacionales, eventos  técnicos
profesionales   policiales  y/o   acuerdos   de  cooperación
interinstitucional en materia policial y  de seguridad a nivel
internacional, para  optimizar la  formación profesional  del
personal policial en sus diversos niveles;
9)
Fomentar a través de las Agregadurías de la Policía
Nacional del Perú en el exterior la suscripción y aplicación
de  los  mecanismos  de   cooperación  internacional  para
la transferencia  e  intercambio de  experiencias y  buenas
prácticas en materia policial;
2) Promover y coordinar  con las entidades nacionales
Embajadas,
de     Enlace,
competentes
en
becas
internacionales,
Consulados,
Agregadurías,
O?ciales
10)
Organizar la  Reunión de  Altos Mandos Policiales
representaciones
diplomáticas
extranjeras
acreditadas
que se desarrollan anualmente con los  países fronterizos,
cuando el Perú sea sede;
relaciones
interinstitucionales por medio de vínculos protocolares, de
amistad, camaradería  entre  la Policía  Nacional del  Perú
y  las Agregadurías  Castrenses y  Policiales,  Embajadas,
Consulados, O?cinas de Enlace y demás representaciones
acreditadas  o?cialmente  ante  el   gobierno  peruano,  de
o?cialmente   ante  el   gobierno   peruano  y/o,   Agencias
de  Seguridad  Internacional,   a  efectos  de  concretar  la
participación  del personal  policial  en  becas y/o  eventos
académicos que coadyuve en el combate contra el crimen
organizado transnacional;
3) Formular y proponer los per?les del personal policial
y ejecutar el proceso de selección para el otorgamiento de
becas de estudios en el extranjero;
4)  Coordinar y  ejecutar  el  proceso  de selección  del
personal policial que represente a la Institución Policial en
el extranjero,  para su participación  en cursos,  pasantías,
seminarios, congresos,  simposios, conferencias y  demás
eventos   internacionales,  que   tengan   carácter   técnico
profesional   policial;    con   excepción   de    los   eventos
académicos internacionales  de similar naturaleza  dirigido
a cadetes y alumnos de las distintas Escuelas de la Policía
Nacional del Perú, cuya propuesta y selección se realizará
a través de la Escuela Nacional de Formación Profesional
Policial;
11)
Establecer
y
estrechar
las
conformidad
con
los
lineamientos
que
determine
la
Dirección  de Comunicación  e Imagen  Institucional  de la
Policía Nacional del Perú;
12)
Participar   en   las  reuniones   de   coordinación
sobre
en
viajes
al
extranjero     del    personal    policial
servicio     o   misión     diplomática,
comisión
de
convocado  por  los  organismos  gubernamentales    y no
gubernamentales;
13)
Realizar   la   gestión   correspondiente   para   la
autorización de los viajes al extranjero del personal policial,
en comisión de servicio  o misión diplomática; y, proyectar
la correspondiente Resolución;
5) Participar  en  las reuniones  de coordinación  sobre
viajes  al  extranjero  del  personal  policial   en  misión  de
estudios, convocado por los organismos gubernamentales
y no gubernamentales;
Realizar   la    gestión   correspondiente    para   la
14)
Representar  a  la  Policía  Nacional  del  Perú  en
el proceso  de elaboración  de la  matriz y Plan  de Acción
sobre los  Planes Operativos  Anuales (POA)  con Bolivia,
Colombia,   Ecuador  y   otros  que   se  implementen,   en
coordinación con  el Ministerio de Relaciones  Exteriores;
6)
autorización de los viajes al extranjero del personal policial,
en  misión  de  estudios;  y,  proyectar  la  correspondiente
Resolución;
15)
Organizar y  coordinar las visitas  profesionales de
los Agregados  Castrenses  y  Policiales acreditados  ante
el gobierno  peruano,  a los  distintos órganos  y  unidades
orgánicas de la Policía Nacional  del Perú, con la ?nalidad
de  intercambiar conocimientos,  experiencias  y  elevar la
imagen de la Institución Policial;
7) Informar  y emitir  opinión técnica sobre  asuntos de
su competencia;
8) Asesorar al Director deAsuntos Internacionales de la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
9) Las demás funciones que le corresponda de acuerdo
a las disposiciones legales vigentes y otras que el Director
de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú
le asigne.
16)
Evaluar
y
proponer
el
otorgamiento
de
la
Condecoración
Honorí?ca
“Mariano
Santos
Mateos
Gran General  de la  Policía Nacional  del Perú”  por parte
del  Director  General  de  la  institución a  personalidades
y/o  policías  extranjeros,   que  con  sus  acciones   hayan
contribuido al desarrollo e imagen institucional;
Artículo  16.-   División   de  Inteligencia   contra  el
Crimen Transnacional
17)
Formular  y proponer  los Planes  de  Operaciones
para
su
respectiva
aprobación,
documentos
considerando
en
el
La
División
de
Inteligencia
contra
el
Crimen
planeamiento
correspondan;
18)
que  le sean  impartidas  para el  ejercicio  operativo de  la
función policial;
los
de
inteligencia
que
Transnacional   es    la   unidad    orgánica
operativa;   responsable   de   producir   Inteligencia    y
contrainteligencia policial en materia de crimen organizado
transnacional; pudiendo contar con la cooperación y apoyo
de  agencias   internacionales,  de   conformidad  con   los
especializada
y
Desarrollar y ejecutar las Órdenes de Operaciones
10
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
lineamientos de  la Dirección de  Inteligencia de  la Policía
Nacional del Perú.
en  el planeamiento  los  documentos  de inteligencia  que
correspondan;
Forma
parte
del
Sistema
de
Inteligencia
Policial
6) Aprobar las  Ordenes de Operaciones  que deberán
desarrollar y ejecutar las diversas unidades orgánicas que
componen  la Dirección  a su  cargo;  de conformidad  con
los Planes Generales  dispuestos y aprobados  por la Sub
Dirección General de la Policía Nacional del Perú y Planes
de Operaciones aprobados,  para el ejercicio operativo de
la función policial;
7)  Aprobar  los  Planes  de  Instrucción,  así   como  el
Programa   de  Entrenamiento   y   Pro  e?ciencia   de   las
tripulaciones aéreas;
(SIPOL) que dirige la Dirección de Inteligencia de la Policía
Nacional del Perú.
Depende de la Dirección de Asuntos Internacionales y
está a cargo de un O?cial Superior de Armas de la Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de  Coronel   o  Comandante,   debidamente  cali?cado   y
especializado en inteligencia policial.
La División de Inteligencia  de Asuntos Internacionales
de   la  Policía   Nacional  del   Perú   tiene  las   funciones
siguientes:
8)  Dirigir,  coordinar, articular  y  ejecutar  operaciones
aéreas  policiales conjuntas  con  los órganos  y  unidades
orgánicas especializadas de  la Policía Nacional del  Perú;
así como, participar en los operativos de apoyo en la lucha
contra  el  terrorismo,  trá?co  ilícito de  drogas,  el  crimen
organizado y otros delitos que por su naturaleza requieren
de la  participación de la Aviación  Policial, garantizando y
restableciendo el  orden interno y  el orden público a  nivel
nacional;
1)
Producir inteligencia y contrainteligencia policial para
coadyuvar en  la lucha  contra la delincuencia  y el  crimen
organizado  transnacional,  el   cibercrimen,  el  terrorismo
internacional  y  sus   nuevas  modalidades  delictivas;  de
conformidad  con   los  lineamientos  de   la  Dirección   de
Inteligencia de la Policía Nacional del Perú;
2)
Ejecutar operaciones especiales de  inteligencia, en
el marco del campo funcional de su competencia;
y
9)
Dirigir,  coordinar,  articular y  ejecutar  operaciones
3)
Articular
las
acciones
de
inteligencia
de intervención  aérea de  apoyo en situaciones  de crisis,
desastres,  búsqueda, ubicación,  rescate, salvamento  de
alta montaña,  acuático y  acciones especiales;  así como,
en  apoyo a  los  órganos del  Ministerio de  Interior,  en la
ejecución de actividades de acción cívica  y las orientadas
a contribuir en el desarrollo nacional;
contrainteligencia  policial   de  los   diversos  órganos   de
inteligencia  dependientes   de  la   Dirección  de  Asuntos
Internacionales, para  asegurar  y mantener  un adecuado
?ujo  de  información   e  inteligencia  con  el   Sistema  de
Inteligencia  Policial  (SIPOL)  de  la  Policía  Nacional  del
Perú;
10)  Gestionar,  administrar  y  garantizar  los recursos
humanos   y   logísticos   relacionados    con   los   bienes,
4)
Obtener información en el ámbito de sus  funciones,
en apoyo  a los órganos de  inteligencia que conforman  el
Sistema de Inteligencia Policial (SIPOL);
servicios, equipos y mantenimiento preventivo, progresivo
y programado de aviones y  helicópteros a ?n de asegurar
su operatividad;
5)
Asesorar al Director deAsuntos Internacionales de la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
Las demás funciones que le corresponda de acuerdo
11)
Orientar, controlar y supervisar las actividades que
6)
garanticen la  salud  médica, física  y mental  del personal
policial que desarrolle operaciones policiales aéreas, en el
marco del ejercicio operativo  aéreo de la Policía Nacional
del Perú  y en  coordinación con  la Dirección  de Sanidad
Policial;
Dirigir   y   supervisar   el   proceso   de   registro,
recopilación  y análisis  de la  información  estadística que
produzca la Dirección a su cargo, para una adecuada toma
de decisiones,  de conformidad  con los  lineamientos que
dicte la  División de Estadística  de la Policía Nacional  del
Perú;
a las disposiciones legales vigentes y otras que el Director
de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú
le asigne.
Artículo 17.- Dirección de Aviación Policial
12)
La Dirección de Aviación Policial es el órgano de apoyo
policial  de  carácter  técnico,   operativo  y  especializado;
responsable  de la  ejecución  de  las operaciones  aéreas
policiales en  apoyo  a los  órganos y  unidades  orgánicas
de  la  Policía  Nacional del  Perú  en  el  cumplimiento  de
funciones   policiales   a  nivel   nacional;   así   como,
las
13)
Gestionar ante la  Escuela Nacional de Formación
Policial    la    capacitación,   especialización
presta apoyo  a los  órganos del  Ministerio del  Interior en
las actividades  de acción  cívica y  aquellas orientadas  al
desarrollo nacional.
Profesional
y
actualización   permanente   del  personal   de   pilotos,
mecánicos y tripulantes aéreos  que presta servicios en la
Dirección a su  cargo, en materias  relacionadas al campo
funcional de ésta;
Se encarga también de  la instrucción y entrenamiento
de su personal, y del mantenimiento y equipamiento de las
aeronaves policiales.
Depende de  la Sub Dirección  General y está  a cargo
de un O?cial General  de Armas de la Policía Nacional del
Perú en situación de actividad, en el grado de General.
La  Dirección de  Aviación Policial  tiene  las funciones
siguientes:
14)
Administrar los  recursos asignados a  la Dirección
a  su   cargo,  con  criterios  de   e?ciencia  y  e?cacia,   de
conformidad con el marco legal vigente;
15)
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
su competencia;
16)
Asesorar a la Alta Dirección de  la Policía Nacional
del Perú en los asuntos relacionados con sus funciones; y,
1)
Planear,   organizar,    coordinar,   dirigir,   ejecutar
17)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
y  supervisar   las  operaciones  aéreas   en  apoyo  a   los
diferentes órganos  y unidades orgánicas de  la Institución
Policial,  a  ?n  de  garantizar  el  orden  interno,  el   orden
público y la seguridad ciudadana a nivel nacional;
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Sub Director General  de la Policía Nacional del Perú le
asigne.
2)
Disponer las  acciones que garanticen  la seguridad
preservando   la   integridad   del   potencial
Artículo 18.- Estructura de la Dirección de Aviación
Policial
La Dirección de Aviación Policial  para el cumplimiento
de  sus   funciones  cuenta  con   las  unidades  orgánicas
siguientes:
operacional,
humano y  logístico a  cargo de  la Aviación Policial;  en el
marco de  la normativa interna,  aeronáutica civil,  militar y
de transporte aéreo;
3)
Participar,  consolidar y  sustentar  la programación
de actividades anual  articulado al cuadro de necesidades
y  asignación  presupuestal, proponiendo  los  indicadores
de  productos  y  procesos;  así  como,  formular,  aprobar,
ejecutar y evaluar el Plan de Trabajo Anual de la Dirección
a su cargo, concordante con el Plan Operativo Anual de la
Policía Nacional del  Perú, Planes Generales  y Planes de
Operaciones;
a. División de Operaciones Aéreas;
b. División de Seguridad Aérea;
c. División de Mantenimiento Aéreo;
d. División de Salvamento de Alta Montaña; y,
e. Escuela de Aviación Policial.
Artículo 19.- División de Operaciones Aéreas
4)
Ejercer   las  funciones   de   unidad  ejecutora   de
La  División   de  Operaciones   Aéreas  es   la  unidad
inversionesconformealSistemaNacionaldeProgramación
Multianual y Gestión de Inversiones;
orgánica
responsable   de    planear,   organizar,    dirigir,
coordinar y controlar  las operaciones aéreas,  las mismas
que deben efectuarse dentro  de las normas de seguridad
y  en   concordancia  con  las   disposiciones  vigentes  de
Aviación.
5)
Dirigir, coordinar,  evaluar, controlar  y supervisar  la
formulación de los Planes de Operaciones de la Dirección
a su  cargo, en  el marco  del cumplimiento  de los  Planes
Generales dispuestos  y  aprobados por  la Sub  Dirección
General de la Policía Nacional del Perú; así  como evaluar
y supervisar el cumplimiento de los mismos, considerando
Depende de la  Dirección de Aviación Policial  y está a
cargo de un O?cial Superior de Armas (Aviador Policial) de
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
11
la Policía Nacional del Perú en situación de actividad, en el
grado de Coronel o Comandante.
La  División   de  Operaciones   Aéreas  de   la  Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
la Policía Nacional del Perú en situación de actividad, en el
grado de Coronel o Comandante.
La División de Seguridad Aérea de  la Policía Nacional
del Perú tiene las funciones siguientes:
1)
Planear,
organizar,
orientar,
dirigir
y
controlar
1)  Formular  anualmente  el  Programa  de  Seguridad
Aérea para la aprobación del Director de Aviación Policial;
así como ejecutar, evaluar y controlar su cumplimiento;
2)  Desarrollar   e  implementar  mecanismos   para  la
detección oportuna  de todos  los riesgos  potenciales que
puedan ocasionar accidentes o incidentes;
3) Determinar las causas de los accidentes suscitados
en el desarrollo  de las operaciones aéreas  de la aviación
policial, a ?n de realizar las acciones correctivas necesarias
y evitar que no se repitan;
las  operaciones  aéreas  que  realiza  el personal  policial
a   las   aeronaves   policiales,   observando  la
asignado
normatividad  de la  Aviación  Policial y  en  lo que  resulte
aplicable la normatividad  vigente de la aeronáutica  civil o
militar;
2)
Supervisar el cumplimiento de las normas que rigen
las actividades  aéreas dentro  del  territorio nacional,  que
sean aplicables a la Policía Nacional del Perú;
3)
Controlar  y supervisar  la  formulación  y ejecución
de  los   Planes   de   Instrucción   para   la  cali?cación   y
4)   Analizar   y   emitir   recomendaciones   sobre   los
habilitación   de  aviadores   policiales   de  ala   ?ja  y  ala      Reportes  de  Acciones  y/o  Condiciones   Inseguras  que
rotatoria;
4)
elabore el personal de la aviación policial;
Expedir los certi?cados de récord de horas de vuelo
5)  Efectuar   coordinaciones   permanentemente   con
los  representantes    de  Prevención   de   Accidentes   de
las  diferentes   unidades  orgánicas   de  la  Dirección  de
Aviación  Policial,   a  ?n  de  alcanzar   la  operatividad   y
seguridad  para las operaciones  de evacuación  ante una
emergencia;
a solicitud  de las  Juntas de Investigación  de Accidentes,
tripulantes o por disposición superior;
5)
Formular   y  proponer   los   Planes,  Órdenes   de
Operaciones   y  Órdenes   de   Misión   para  cumplir   las
operaciones en apoyo a los órganos y unidades orgánicas
de la Institución Policial, efectuando el  seguimiento de las
operaciones aéreas a nivel nacional;
6) Dirigir y controlar  las actividades a ?n de garantizar
la salud  médica, física y  mental del personal  policial que
desarrolle operaciones  policiales aéreas; en el  marco del
ejercicio operativo aéreo de la Policía  Nacional del Perú y
en coordinación con la Dirección de Sanidad Policial;
6)
Coordinar  los   diferentes  tipos  de   vuelo  con   la
Dirección   de  Defensa   Aérea,  Comando   de   Defensa,
Puesto de Comando  de la Fuerza Aérea del  Perú, Naval,
Ejército Peruano,  Corporación Peruana de Aeropuertos  y
Aviación  Comercial,  y,  demás autoridades  competentes
que  sean necesarias  para  el cumplimiento  de  la misión
asignada;
7)
Proponer   al   Director   de   Aviación    Policial   la
conformación  e implementación  de las  Brigadas  para el
cumplimiento de sus funciones frente a riesgos y desastres
naturales, así como la capacitación y entrenamiento de los
brigadistas para su acreditación correspondiente;
8) Orientar y dirigir las acciones necesarias tendientes
a  mejorar   los   mecanismos  de   respuesta  oportuna   y
e?ciente ante emergencias por desastres naturales;
9) Informar  y emitir  opinión técnica sobre  asuntos de
su competencia;
7)
Racionalizar  el   uso  de  horas   de  vuelo   de  las
aeronaves  policiales en  función  de  las necesidades  del
servicio, velando por el uso adecuado de las mismas;
8)
Orientar,  dirigir   y  evaluar  permanentemente   las
actividades vinculadas  a las operaciones  que se realizan
con  los  Aviones, Helicópteros  y  Drones  de  la  Aviación
Policial;
10) Asesorar al Director de Aviación Policial en asuntos
de su competencia; y,
11)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que el
Director de Aviación Policial le asigne.
9)
Controlar y  supervisar la  vigencia operativa de  los
Aviadores Policiales;
10)
Designar las  tripulaciones con  la respectiva  Hoja
de Nombramiento,  para el  cumplimiento de  las misiones
aéreas, veri?cando que  éstas se encuentren cali?cadas y
habilitadas en el tipo de aeronave a volar  y la operación a
realizar;
Artículo 21.- División de Mantenimiento Aéreo
La  División   de  Mantenimiento  Aéreo  es   la  unidad
orgánica responsable del mantenimiento de las aeronaves
asignadas a  la Aviación  Policial; así  como,  del equipo  y
material.
Depende de la  Dirección de Aviación Policial  y está a
cargo de un O?cial Superior de Armas (Aviador Policial) de
la Policía Nacional del Perú en situación de actividad, en el
grado de Coronel o Comandante.
La  División  de   Mantenimiento  Aéreo  de  la   Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
11)
Planear, formular, dirigir y evaluar, en coordinación
con  la   Escuela  de  Aviación   Policial,  el  Programa   de
e?ciencia   de   las   tripulaciones
aéreas, fomentando la unidad de criterio y procedimientos
operativos,estandarizándolosenbuscadelprofesionalismo
de las tripulaciones;
Entrenamiento
y
Pro
12)
Evaluar   en  forma   inopinada   y/o   programada
a  los  Aviadores   Policiales  operativos   en  coordinación
con  la  Escuela de  Aviación  Policial,  a  ?n  de mantener
un  óptimo  grado  de  profesionalismo  y  así  proponer  al
personal  de aviadores  que  deberán  cubrir las  vacantes
para la cali?cación y/o habilitación en aeronaves de mayor
performance;
1)
Programar,   organizar,    ejecutar   y    evaluar    el
mantenimiento preventivo  y correctivo  de las  aeronaves,
equipos y materiales de laAviación Policial; así como poner
en conocimiento de las unidades orgánicas competentes la
situación detallada de las aeronaves de la Policía Nacional
del Perú;
13)
Revisar, analizar y  emitir recomendaciones, sobre
los  cambios  en  la  literatura  de  Manuales,  Directivas  y
Guías de entrenamiento de la tripulación;
14)
Supervisar el cumplimiento  de lo dispuesto en  las
2) Establecer mecanismos de control relacionados con
el mantenimiento de las aeronaves policiales;
3)  Expedir  los  certi?cados  de  aeronavegabilidad de
conformidad a las regulaciones internas de la Dirección de
Aviación Policial sobre la materia;
4)  Coordinar  permanentemente   con  la  División   de
Operaciones  Aéreas,  a   ?n  de  evaluar   y  proporcionar
las  aeronaves  operativas   necesarias  para  atender  los
requerimientos de mayor urgencia;
5) Gestionar la capacitación del personal de mecánicos
y otros a su cargo, tanto en  el país como en el extranjero;
así como, promover al personal en sus diferentes niveles;
6)  Supervisar  los  trabajos de  mantenimiento  de  las
aeronaves  y  garantizar  la  calidad  de  los  componentes
adquiridos  que  son   establecidos  por  el   fabricante  y/o
diseñador  de  los  diferentes  modelos  de  aeronaves  de
la Policía  Nacional del  Perú, de  acuerdo a  las normas y
procedimientos de los manuales técnicos;
Directivas vigentes  relacionadas con  la Aviación  Policial;
así como,  lo establecido  en la  Guía de  Entrenamiento y
Estandarización de la Policía Nacional del Perú;
15)
Informar y emitir opinión técnica sobre los  asuntos
de su competencia;
16)
Asesorar al Director de Aviación Policial en asuntos
de su competencia; y,
17)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que el
Director de Aviación Policial le asigne.
Artículo 20.- División de Seguridad Aérea
La División de Seguridad Aérea  es la unidad orgánica
responsable  de  plani?car,  organizar,  ejecutar,   controlar
y evaluar  todos  los asuntos  relacionados a  la seguridad
operacional,
para   neutralizar   peligros   potenciales   de
accidentes;  asimismo, se  encarga de  la  conformación e
implementación  de  brigadas  policiales  para la  atención
oportuna frente a emergencias y desastres naturales.
Depende de la  Dirección de Aviación Policial  y está a
cargo de un O?cial Superior de Armas (Aviador Policial) de
7) Informar  y emitir  opinión técnica sobre  asuntos de
su competencia;
8) Asesorar al Director de Aviación Policial en  asuntos
de su competencia; y,
12
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
9)
Las demás funciones que le corresponda de acuerdo
mecánicos  aeronáuticos,  tripulantes auxiliares  abordo  y
otros; conforme a la normativa sobre la materia;
Planear,   organizar   y   ejecutar   el   proceso   de
selección y nombramiento  del personal idóneo nombrado
por  la Junta  de  Evaluación  y  Propuesta de  la  Aviación
Policial que  debe cubrir  Becas tanto en  el país  como en
el  extranjero,  otorgado  dentro  del  Convenio Antidrogas
Perú  - Estados  Unidos; en  coordinación  con la  Escuela
Nacional de Formación  Profesional Policial o la  Dirección
de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú,
según corresponda;
a las disposiciones legales vigentes y otras que el Director
de Aviación Policial le asigne.
7)
Artículo
Montaña
22.-   División   de   Salvamento   de   Alta
La División de Salvamento deAlta Montaña es la unidad
orgánica  de carácter  técnico,  operativo y  especializado;
responsable  de  realizar  las operaciones  policiales  para
atender oportunamente los accidentes o incidentes de alta
montaña que implique el auxilio o rescate de las personas
en el territorio nacional.
8) Informar  y emitir opinión  técnica sobre los  asuntos
de su competencia;
Depende  de la  Dirección  de Aviación  Policial y  está
a  cargo  de un  O?cial  Superior  de  Armas  de la  Policía
Nacional del Perú en situación de actividad, en el grado de
Coronel o Comandante.
La  División  de  Salvamento  de  Alta  Montaña  de  la
Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
9) Asesorar al Director de Aviación Policial en  asuntos
de su competencia; y,
10)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director  de Aviación Policial  de la Policía  Nacional del
Perú le asigne.
1)
Planear,
organizar,
ejecutar
y
evaluar
las
operaciones  policiales  para  atender  oportunamente  los
accidentes o  incidentes de  alta montaña  que implique el
auxilio o rescate de las personas;
Artículo 24.- Dirección de Inteligencia
La  Dirección  de Inteligencia  es  el  órgano de  apoyo
policial
de
carácter
técnico,
operativo
y
sistémico,
2)
Auxiliar  y  rescatar  a  las  personas  extraviadas  o
normativo  y  especializado  en  inteligencia;  responsable
accidentadas  por  realizar  actividades  en  ríos,  lagunas,
alta montaña y otros, empleando para el efecto los medios
disponibles asignados;
Realizar   actividades   especí?cas    de   patrullaje
preventivo  e   intervención  según   la  naturaleza  de   los
eventos que ocurran, en el marco de su competencia;
de
y
desarrollar
operativas
actividades    técnicas,    administrativas
para   la   producción    de   inteligencia   y
contrainteligencia  policial para el  Sistema de Inteligencia
Nacional  –  SINA y  la  Policía  Nacional  del  Perú,  en  el
marco del cumplimiento  de la ?nalidad fundamental  de la
Institución Policial.
Asimismo, en el ámbito de su competencia representa
a la Policía Nacional del Perú en el Sistema de Inteligencia
Nacional – SINA.
Depende de  la Sub Dirección  General y está  a cargo
de un O?cial General  de Armas de la Policía Nacional del
Perú en situación de actividad, en el grado de General.
La Dirección de Inteligencia  de la Policía Nacional del
Perú tiene las funciones siguientes:
3)
4)
Administrar los recursos  asignados con criterios de
e?ciencia  y e?cacia,  de conformidad  con  el marco  legal
vigente;
5)
Informar y  emitir opinión  técnica sobre asuntos  de
su competencia;
6)
Asesorar al Director de Aviación Policial en  asuntos
de su competencia; y,
7)
Las demás funciones que le corresponda de acuerdo
a las disposiciones legales vigentes y otras que el Director
de Aviación Policial le asigne.
1)  Dirigir  y  coordinar  a  nivel  nacional,  la  ejecución
del  proceso lógico  racional  a que  debe ser  sometida  la
información  para  convertirla  en   un  instrumento  útil  en
la toma  de  decisiones de  la Alta  Dirección de  la Policía
Nacional del Perú, Sector Interior y Gobierno Nacional;
2)  Dirigir   la   planeación,  búsqueda,   procesamiento
y  difusión  de  la  información  relacionada  con  el  Orden
Interno, Orden Público, Seguridad Ciudadana y Seguridad
así   como,   administrar,   centralizar   y
sistematizar la información obtenida;
Artículo 23.- Escuela de Aviación Policial
La Escuela  de Aviación Policial es  la unidad orgánica
responsable de formar, capacitar y especializar al personal
policial en actividades de vuelo, mantenimiento aeronáutico
y  soporte  logístico aéreo  mediante  el  desarrollo  de  los
planes curriculares diseñados y aprobados por  la Escuela
Nacional de  Formación Profesional  Policial; así como  en
el  entrenamiento  de  vuelo,  seguridad   aérea  y  empleo
de  tecnologías  de   avanzada  que  permita  contar   a  la
Policía Nacional  del Perú con  personal profesional, en  la
especialidad de aviador policial.
Depende de la  Dirección de Aviación Policial  y está a
cargo de un O?cial Superior de Armas (Aviador Policial) de
la Policía Nacional del Perú en situación de actividad, en el
grado de Coronel o Comandante.
La  Escuela  de  Aviación  Policial  tiene  las  funciones
siguientes:
Gubernamental;
3)   Producir  inteligencia   estratégica   y  operacional,
respecto  a las  amenazas que  afectan  el Orden  Interno,
Orden    Público,
Gubernamental;
4)   Dirigir    a
Seguridad
Ciudadana
y
Seguridad
nivel
nacional
las
actividades
de
contrainteligencia  que  permitan  garantizar  la  seguridad
del  personal,   las  instalaciones,  los   documentos  y  las
comunicaciones  de   la  Policía   Nacional  del   Perú,  así
como, administrar, centralizar y sistematizar la información
obtenida;
5)  Dirigir   y  administrar   el  Sistema  de   Inteligencia
Policial (SIPOL) en el marco de las normas que regulan el
Sistema Nacional de Inteligencia;
6) Evaluar y reorientar la producción de inteligencia del
Sistema de Inteligencia Policial (SIPOL);
1)
De?nir   y  proponer   a   la   Escuela  Nacional   de
Formación Profesional Policial los planes curriculares para
la formación,  capacitación y  especialización del personal
de la Aviación Policial, en la especialidad aeronáutica;
2)
Ejecutar y evaluar el cumplimiento de los programas
de   formación,  capacitación   y   especialización  para   la
habilitación del  personal policial  en las  actividades de  la
Aviación Policial;
Formular,   proponer   y   ejecutar  los   Planes   de
Instrucción, así  como los Programas  de Entrenamiento y
Pro e?ciencia  para la habilitación  del personal policial  en
las actividades de la Aviación Policial; en coordinación con
la División de Operaciones Aéreas;
7) Asegurar el funcionamiento del canal de inteligencia
en el Sistema de Inteligencia Policial (SIPOL);
8)  Participar, consolidar  y  sustentar la  programación
de actividades anual  articulado al cuadro de necesidades
y asignación  presupuestal, estableciendo  los indicadores
de  productos  y  procesos;  así  como,  formular,  aprobar,
ejecutar y evaluar el Plan de Trabajo Anual de la Dirección
a su cargo, concordante con el Plan Operativo Anual de la
Policía Nacional del  Perú, los Planes Generales y  Planes
de Operaciones;
Formular   y   proponer   el   Plan  Institucional   de
Inteligencia  de  la  Policía  Nacional  del   Perú  y  el  Plan
General de Búsqueda de Información; así como, establecer
los  lineamientos   técnicos  y  protocolos   en  materia  de
inteligencia policial;
10)Administrar, centralizar y sistematizar la información
de inteligencia policial producida en la Policía Nacional del
Perú o de  aquellas provenientes de  los diversos órganos
de inteligencia  que conforman  el Sistema de  Inteligencia
Nacional  –   SINA,  facilitando   su   acceso,  obtención   y
procesamiento necesario  con la ?nalidad  de fortalecer  la
3)
4)
De?nir  los criterios  de  evaluación y  desarrollar  el
proceso de selección del personal policial a ser propuesto
para becas de estudios, especialización y/o entrenamiento,
a  ?n  de  incrementar  el  conocimiento  y  la  preparación
técnica operativa  de la  aviación policial,  en coordinación
con la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial
o  la Dirección  de  Asuntos  Internacionales de  la  Policía
Nacional del Perú, según corresponda;
9)
5)
Expedir los Certi?cados de Habilitación del personal
policial, Pilotos  Policiales de Ala  Fija y  Ala Rotatoria; así
como, de los demás tripulantes aéreos;
Convocar   y   nombrar   los   instructores   idóneos
para  los  cursos  de   formación  de  aviadores  policiales,
6)
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
13
seguridad ciudadana y la lucha frontal contra la criminalidad
en todas sus modalidades delictivas;
1) Dirigir, administrar y mantener actualizado el Sistema
Criminalístico Policial;
11)
Dirigir  y  controlar las  actividades  y  operaciones
2)  Obtener, custodiar,  asegurar,  trasladar y  procesar
indicios, evidencias y  elementos probatorios relacionados
con la  prevención e  investigación del  delito, poniéndolos
oportunamente a disposición  de la autoridad competente,
en observancia de la respectiva cadena de custodia;
3) Practicar y emitir  Peritajes O?ciales Criminalísticos,
en sus diferentes especialidades de su campo funcional;
4) Asesorar técnica  y cientí?camente en  los aspectos
de   criminalística  a   los   diversos  órganos   y   unidades
orgánicas de la Policía Nacional del Perú;
especiales de inteligencia y  contrainteligencia policial que
realizan las Bases de Inteligencia a nivel nacional;
12)
Proporcionar  complementariamente   inteligencia
policial a  los órganos  y unidades  orgánicas operativas  y
especializadas  de la  Policía  Nacional  del  Perú, para  el
desarrollo de  sus operaciones  policiales en  el ámbito de
sus funciones;
13)
Apoyar  funcional,  técnica   y  operativamente  en
el  esfuerzo  particular  de  inteligencia  de  los  órganos  y
unidades orgánicas especializadas  de la Policía Nacional
del Perú para el cumplimiento de sus respectivas funciones;
5) Identi?car a  las personas naturales en  el marco de
las investigaciones policiales;
14)
Desarrollar
y
estandarizar
los
procesos
de
6)   Identi?car  a   los   cadáveres  y   restos   humanos
mediante  especialidades   forenses  y   uso  de   sistemas
tecnológicos;
inteligencia para el cumplimiento de sus funciones;
Impulsar cambios en la normatividad de inteligencia,
con la ?nalidad de mejorar los procesos en esta materia;
Dirigir la  investigación, desarrollo y  difusión de  la
doctrina en materia de inteligencia policial;
Administrar   los  recursos   humanos,   logísticos,
15)
7)
Supervisar   el   registro,   la   centralización   y   la
expedición de los  certi?cados de antecedentes policiales,
así  como  su  anulación,  de conformidad  con  el  Código
Procesal Penal y normas sobre la materia;
16)
17)
8)
Administrar el  Registro Nacional Criminalístico  y la
base de datos de la Central de Información Forense;
Participar,  consolidar y  sustentar  la programación
económicos,  tecnológicos y  otros  a?nes  asignados a  la
Dirección a su cargo, garantizando el cumplimiento de sus
funciones;
9)
de actividades anual  articulado al cuadro de necesidades
y asignación  presupuestal, estableciendo  los indicadores
de  productos  y  procesos;  así  como,  formular,  aprobar,
ejecutar y evaluar el Plan de Trabajo Anual de la Dirección
a su cargo, concordante con el Plan Operativo Anual de la
Policía Nacional del  Perú, Planes Generales  y Planes de
Operaciones;
18)
Fomentar la investigación y  desarrollo tecnológico
en apoyo de  las actividades de inteligencia, al  interior del
Sistema de Inteligencia Policial - SIPOL;
19)
Proponer la  suscripción de acuerdos bilaterales  o
multilaterales que faciliten la cooperación con los servicios
de inteligencia y organismos de seguridad de otros países,
para el fortalecimiento de  las capacidades del sistema de
inteligencia policial;
de
cooperación con organismos  de inteligencia nacionales  e
internacionales, para mejorar la producción de inteligencia;
10)
Supervisar  el  registro y  la  centralización  de  las
referencias policiales para  uso exclusivo de  prevención e
investigación policial;
20)
Establecer
y
fortalecer
las
relaciones
11)
Promover,  incentivar  e  impulsar la  investigación
criminalística, orientada  a  crear, actualizar  y mejorar  los
procedimientos, técnicas, guías o protocolos de actuación
en criminalística;
21)
Dirigir  el proceso  de  selección  de  personal que
ingresará  a  la especialidad  de  inteligencia  y  evaluar  la
permanencia  del  que ya  labora  en  la  especialidad;  así
como  proponer  a los  jefes  de  los  diversos  órganos de
inteligencia  que   conforman  el  Sistema  de   Inteligencia
Policial – SIPOL a nivel nacional;
12)
Proponer   manuales,   protocolos,   lineamientos
técnicos  y  otros  en  materia  de  Criminalística,  para  su
aprobación por el  Director General de la  Policía Nacional
del Perú;
22)
Formular y  proponer los  respectivos documentos
13)
Administrar
el
Registro   Nacional   de   Peritos
expedir       las       acreditaciones
técnicos normativos para regular el Sistema de Inteligencia
Policial (SIPOL) a nivel nacional de la Policía Nacional del
Perú;
Criminalísticos
y
correspondientes;
14)
Supervisar   la   administración  del   Sistema   de
23)
Gestionar ante la  Escuela Nacional de Formación
Huellas  Dactilares AFIS  y  del  Sistema de  Identi?cación
Profesional   Policial  la   capacitación,   especialización  y
actualización permanente del personal que presta servicios
en la  Dirección  a su  cargo, en  materias  relacionadas al
campo funcional de ésta; y,
Balística - IBIS;
15)
Proponer la  celebración  de convenios  de interés
becas,   pasantías   y   otros   de   carácter
criminalístico,
académico  -   cientí?co,  para   el  personal   del  Sistema
24)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
Criminalístico
internacional,
Policial,   tanto   a    nivel   nacional   como
en   coordinación   con  la   Sub   Dirección
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Sub Director General  de la Policía Nacional del Perú le
asigne.
General o la Dirección  de Asuntos Internacionales, según
corresponda;
Dirigir   y   supervisar   el   proceso   de   registro,
recopilación  y análisis  de la  información  estadística que
produzca la Dirección a su cargo, para una adecuada toma
de decisiones,  de conformidad  con los  lineamientos que
dicte la  División de Estadística  de la Policía Nacional  del
Perú;
16)
Artículo
Inteligencia
25.-
Estructura
de
la
Dirección
de
La Dirección de Inteligencia  de la Policía Nacional del
Perú para el cumplimiento de sus funciones a nivel nacional
cuenta  con   unidades   orgánicas,  cuya   organización  y
funciones serán determinadas mediante Decreto Supremo,
en  el marco  del  proceso  de modernización  institucional
sobre   esta  materia,   establecida   mediante  Resolución
Ministerial Nº 291-2017-IN.
17)
Transmitir  y  recibir  información   a  través  de  la
plataforma de interoperabilidad  electrónica y los  registros
y  bases  de  datos  del  Registro  Nacional  de  Seguridad
Pública que  administra  la Dirección  de Tecnología  de la
Información y  Comunicaciones de la  Policía Nacional del
Perú;
Artículo 26.- Dirección de Criminalística
La Dirección  de Criminalística  es el órgano de  apoyo
de   carácter   técnico,   sistémico   y   normativo,
operativo  y especializado  en  criminalística;  responsable
de  organizar, dirigir,  sistematizar,  supervisar  y practicar
18)
Gestionar ante la  Escuela Nacional de Formación
policial
Profesional   Policial  la   capacitación,   especialización  y
actualización permanente del personal que presta servicios
en la  Dirección  a su  cargo, en  materias  relacionadas al
campo funcional de ésta;
a
nivel   nacional   los   peritajes   o?ciales   y   emitir   los
informes   periciales  de   criminalística   para  efectos   de
la  investigación  que  se derivan  del  cumplimiento  de  la
función  policial, solicitadas  por  los  diversos órganos  de
la  Policía Nacional  del  Perú  o por  el Ministerio  Público
y  Poder Judicial;  en  el marco  de  la  normativa sobre  la
materia.
19) Administrar los  recursos asignados a  la Dirección
a  su   cargo,  con  criterios  de   e?ciencia  y  e?cacia,   de
conformidad con el marco legal vigente;
20) Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su competencia;
21) Asesorar a la Alta Dirección de  la Policía Nacional
del Perú en asuntos de su competencia; y,
22)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Sub Director General  de la Policía Nacional del Perú le
asigne.
Depende de  la Sub Dirección  General y está  a cargo
de un O?cial General  de Armas de la Policía Nacional del
Perú en situación de actividad, en el grado de General.
La Dirección  de  Criminalística de  la Policía  Nacional
del Perú tiene las funciones siguientes:
14
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
Artículo
27.-
Estructura
de
la
Dirección
de
e impacto  y factores  determinantes de  la variación de  la
trayectoria;
Criminalística
La  Dirección  de  Criminalística para  el  cumplimiento
de  sus   funciones  cuenta  con   las  unidades  orgánicas
especializadas siguientes:
3)  Implementar,  administrar  y  mantener  actualizado
el  Registro del  Sistema de  Identi?cación  Balística sobre
las armas  de  fuego de  uso civil,  en coordinación  con la
Superintendencia  Nacional  de  Control  de  Servicios   de
Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil;
4)  Realizar  exámenes  de  Ingeniería  Forense  sobre
restos de  disparo, restos de  explosivos, exámenes  físico
a. División de Investigación en la Escena del Crimen;
b. División de Laboratorio Criminalístico; y,
c. División de Identi?cación Criminalística.
químicos, siniestros  y otros  elementos que  hayan sido
Artículo 28.- División de Investigación en la Escena     utilizados en la comisión del delito;
del Crimen
5) Realizar peritajes grafotécnicos sobre el documento
La División de  Investigación en la  Escena del Crimen
es  la  unidad  orgánica  de  carácter  técnico,  operativo  y
especializado;   responsable  de   realizar   las  diligencias
técnico cientí?cas  preliminares  en la  escena del  crimen,
en equipos,  medios de  transportes y  otros espacios  que
se relacionan con la investigación del hecho delictuoso, en
apoyo a los órganos y unidades orgánicas de la Institución
Policial y autoridades competentes para el esclarecimiento
del delito investigado.
Depende del Director  de Criminalística y está  a cargo
de un O?cial Superior de Armas de la Policía Nacional del
Perú en situación de actividad, en el grado de Coronel.
La División de Investigación en la Escena del Crimen de
la Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
y  sus  elementos   constitutivos,  a  ?n   de  determinar  la
autenticidad,  falsedad,  procedencia;  así  como,  resolver
otros cuestionamientos de naturaleza documental;
6)
Formular  peritajes químico  toxicológicos  y  dosaje
etílico,  bromatológicos,   análisis  de   drogas  e   insumos
químicos ?scalizados, bebidas alcohólicas, medicamentos,
cosméticos, productos  de  uso agrícola  y otros,  tanto  en
muestras  biológicas  como  no   biológicas,  dentro  de  la
especialidad de Farmacia y Bioquímica;
7)
Realizar
exámenes
médico
forenses,
ginecobstétricos,
estudios
patológicos,
citológicos,   y
de  antropología  forense,  identi?cación  por  imágenes  y
rehabilitación de tejidos,  con la ?nalidad  de determinar la
ubicación, naturaleza, data, y causas de lesiones recientes
y/o antiguas que presenta la persona o cadáver;
1)
Efectuar investigaciones criminalísticas  de carácter
8)
Realizar exámenes en muestras biológicas; análisis
inmunológico,    ecológico    y    genética
técnico cientí?co en la escena del crimen, a solicitud de los
órganos y  unidades orgánicas  de la  Institución Policial  y
autoridades competentes;
evidencias
y   trasladarlas  de   conformidad   con  los   estándares   y
protocolos de  seguridad  correspondientes al  Laboratorio
Criminalístico para su análisis respectivo;
microbiológico,
molecular,  asimismo  realiza  investigaciones  en biología
forense;
2)
Buscar,
ubicar,
recoger
indicios,
9)
Formular  peritajes  psicológicos,  elaborar  per?les
psicológicos del  criminal que opera  en nuestro  medio de
acuerdo  a los  diferentes  tipos y  modalidades  delictivas,
de
practicar
estudios
grafológicos
e
información
3)
Recibir, registrar  y procesar  las muestras  que son
documentos  manuscritos  (cartas, textos  y  otros)  con  la
remitidas  por  los  órganos  y  unidades  orgánicas   de  la
Institución  Policial   y  autoridades  competentes   para  el
revelado  de   huellas  en  diferentes   soportes,  mediante
?nalidad de determinar rasgos de personalidad;
10)
Realizar  exámenes  periciales  en  audio  y  video
forense,  informática  forense,  telefonía  forense   y  sobre
cualquier otro medio,  soporte analógico o  digital; velando
por la integridad de la evidencia digital;
procesos
especiales   de    laboratorio,   asegurando   su
integridad;
4)
Realizar investigaciones criminalísticas integrando el
11)
Realizar exámenes  periciales contables,  peritajes
equipo multidisciplinario de la Dirección de Criminalística;
Efectuar la  perennización de  la escena del  crimen
mediante técnicas y procedimientos adecuados;
Formular los  informes periciales que  se relacionan
en  vehículos   naves  y   aeronaves,  odorología  forense,
peritajes en literatura y traducciones, peritajes en patentes
y marcas y arqueología forense;
5)
6)
12)
Asegurar la  cadena de  custodia  de las  muestras
y evidencias criminalísticas que sean de su competencia;
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
con la labor forense;
7)
Asegurar la  cadena de custodia  de las  muestras y
13)
evidencias criminalísticas que sean de su competencia;
su competencia;
8)
Realizar  la   investigación   y  desarrollo   sobre  la
14)
Asesorar al Director de Criminalística  de la Policía
dinámica del delito en la escena del crimen para su difusión
al personal policial;
Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
15)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
9)
Informar y  emitir opinión  técnica sobre asuntos  de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director de Criminalística de la Policía Nacional del Perú
le asigne.
su competencia;
10)
Asesorar al Director de Criminalística  de la Policía
Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
11)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
Artículo30.-DivisióndeIdenti?caciónCriminalística
La División de Identi?cación Criminalística es la unidad
orgánica de carácter técnico y especializado; responsable
de  proporcionar  el  apoyo  técnico  -  criminalístico  a  los
diferentes órganos  y unidades orgánicas de  la Institución
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director de Criminalística de la Policía Nacional del Perú
le asigne.
Artículo 29.- División de Laboratorio Criminalístico
La División  de Laboratorio Criminalístico  es la unidad
orgánica de carácter técnico y especializado; responsable
de analizar los indicios y evidencias hallados en la escena
del crimen  o los producidos por  la comisión de  un hecho
criminal,   mediante  procedimientos   técnicos   cientí?cos
de sus  distintos campos  funcionales  forenses; en  apoyo
técnico cientí?co  a los  órganos y  unidades orgánicas  de
la Institución  Policial, Ministerio  Publico, Poder Judicial  y
autoridades  competentes en  la  investigación de  hechos
penales.
Policial;
así   como,   a   las    autoridades   competentes,
mediante la  identi?cación de  las personas  naturales y  la
emisión de dictámenes periciales  de identi?cación policial
en  el  marco de  la  investigación  que  se  realiza  bajo la
conducción  jurídica del  Ministerio  Público o  de  aquellos
derivados del cumplimiento de la función policial.
Depende del Director  de Criminalística y está  a cargo
de un O?cial Superior de Armas de la Policía Nacional del
Perú, en situación de actividad en el grado de Coronel.
La División de Identi?cación Criminalística de la Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
Depende del Director  de Criminalística y está  a cargo
de un  O?cial Superior de  la Policía Nacional  del Perú en
situación de actividad, en el grado de Coronel.
1) Realizar procedimientos de identi?cación biométrica
La División  de Laboratorio Criminalístico de  la Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
en  personas naturales  y  cadáveres,  mediante métodos,
criminalísticos,
solicitadosporlasautoridadescompetentesanivelnacional,
emitiendo los informes periciales correspondientes;
2) Efectuar exámenes de identi?cación criminalística en
todas sus especialidades, solicitados por el Poder Judicial,
Ministerio  Publico,  órganos y  unidades  orgánicas  de  la
Policía Nacional del Perú y otras entidades competentes a
nivel nacional, emitiendo el respectivo peritaje o?cial;
técnicas
y
procedimientos
cientí?co
1)
Recibir,  registrar   y  procesar   las  muestras   que
son  remitidas para  estudio  y análisis  por  los  órganos y
unidades orgánicas de la Institución Policial  y autoridades
competentes;
2)
Realizar  investigación   en  balística  y   explosivos
forense, materialización de  trayectorias, punto de disparo
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
15
3)
Evaluar,  investigar   y  difundir  métodos,   técnicas
y asignación  presupuestal, estableciendo  los indicadores
de  productos  y  procesos;  así  como,  formular,  aprobar,
ejecutar y  evaluar el Plan  de Trabajo Anual de  la Unidad
Ejecutora  de  la Dirección  a  su  cargo,  concordante con
el Plan  Operativo Anual  de la  Policía Nacional  del Perú,
Planes Generales y Planes de Operaciones;
9)  Aprobar  el  Plan  Anual  de   Contrataciones  de  la
Unidad Ejecutora a su cargo;
10) Formular  y  tramitar la  propuesta de  presupuesto
de  la Unidad  Ejecutora  a su  cargo,  en el  marco  de las
estrategias y objetivos institucionales;
y  procedimientos  de  identi?cación  criminalística  a  nivel
nacional e internacional;
4)
de antecedentes  policiales,  así como  anular los  mismos
según lo dispuesto por la autoridad judicial de conformidad
con el Código Procesal Penal;
5)
del Sistema  de Huellas Dactilares AFIS  y del Sistema de
Identi?cación Balística - IBIS;
6)
Registrar,   centralizar  y   expedir  los   certi?cados
Registrar  y  mantener  actualizada  la   información
Emplear  los sistemas  de  identi?cación  biométrica
automatizados en personas naturales y cadáveres;
Proponer  Directivas   que  optimicen   la  labor   de
identi?cación                                                                      y
estandarizada a nivel nacional;
Asegurar la  cadena de custodia  de las  muestras y
evidencias criminalísticas que sean de su competencia;
Centralizar y procesar las referencias policiales para
uso exclusivo de prevención e investigación policial;
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
11)  Ejercer   las  funciones   de  unidad   ejecutora  de
inversionesconformealSistemaNacionaldeProgramación
Multianual y Gestión de Inversiones;
12) Emitir resoluciones administrativas en el ámbito de
competencia de  la Dirección  y  la Unidad  Ejecutora a  su
cargo; así como, en las materias delegadas;
13)  Proponer   convenios  en   materia  de  educación
en  salud  y  otros  relacionados   a  los  ?nes  propios  del
Régimen de Salud Policial, para el trámite de aprobación y
suscripción correspondientes;
7)
criminalística
de
manera
sistémica
8)
9)
10)
su competencia;
11)
Asesorar al Director de  Criminalística de la Policía
14) Controlar  y supervisar  el  diseño de  programas o
paquetes de  prestación de servicios  de salud, y  suscribir
convenios para  su contratación con  otros prestadores de
salud públicos o privados, a ?n de garantizar una adecuada
cobertura de  salud de  la familia  policial, en coordinación
con  el Fondo  de  Aseguramiento en  Salud  de la  Policía
Nacional del Perú (SALUDPOL);
las
Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
12)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director de Criminalística de la Policía Nacional del Perú
le asigne.
Artículo 31.- Dirección de Sanidad Policial
La Dirección de Sanidad Policial es el órgano de apoyo
policial responsable  de planear, organizar, normar,  dirigir,
controlar y  supervisar las  actividades de los  servicios de
salud en  la  Institución Policial,  con el  ?n de  atender  las
necesidades de  salud y  tratamiento médico  del personal
policial,  cadetes   y  alumnos  de   las  distintas  Escuelas
de  la Policía  Nacional  del Perú,  para  garantizar que  se
encuentren aptos para el desempeño de la función policial.
Asimismo,  se encarga  de  administrar la  atención de
salud que se otorga a los  familiares derechohabientes del
personal policial;  de conformidad con  las normas legales
que regulan el Régimen de Salud de la Institución Policial.
Asimismo,  constituye  la  Unidad   de  Gestión  de  las
Instituciones  Prestadoras  de  Servicios  de   Salud  de  la
Policía Nacional del Perú.
15)
Proponer
los
proyectos
de
inversión,
concesiones; así  como, los  convenios de  aseguramiento
y prestacionales especí?cos con Instituciones Prestadoras
de Servicios de Salud a nivel nacional e internacional;
16) Gestionar ante  la Escuela Nacional de  Formación
Profesional   Policial  la   capacitación,   especialización  y
actualización permanente del personal que presta servicios
en la  Dirección y  de las IPRESS  a su  cargo, en  materia
de  salud;  en  el  marco del  diagnóstico  de  necesidades
realizado;
17)  Diseñar y  ejecutar  acciones  para el  intercambio
prestacional  con otras  instituciones  de  salud públicos  y
privados;
Determinar   y   proyectar   el   requerimiento   de
personal para  las  Instituciones Prestadoras  de Servicios
de Salud de la Policía Nacional del Perú (IPRESS PNP) en
las diferentes especialidades y del personal no asistencial
de la Sanidad Policial;
18)
Depende de  la Sub Dirección  General y está  a cargo
de un  O?cial  General de  Servicios Médico  de  la Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de General.
La  Dirección de  Sanidad  Policial tiene  las  funciones
siguientes:
19)  Implementar, desarrollar  y  mantener  actualizado
un   Programa  de   Salud   Ocupacional   destinado   a  la
investigación, prevención, diagnóstico y tratamiento de las
enfermedades prevalentes relacionadas directamente con
la prestación del servicio policial;
20)  Implementar   el  programa  de   telesalud  en   las
Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS)
de la Institución Policial que no tengan capacidad resolutiva
su?ciente,  a ?n  de  permitir la  realización  de atenciones
médicas  especializadas   y  actividades   de  capacitación
en  salud  a  distancia, en  coordinación  con  la  Dirección
de Tecnología  de la Información  y Comunicaciones de  la
Policía Nacional del Perú;
21) Coordinar con la Dirección  de Recursos Humanos
de la Policía Nacional del Perú, la contratación de personal
profesional y técnico en salud de la Sanidad de las Fuerzas
Armadas  y la  Policía Nacional  del  Perú en  situación de
retiro, a ?n de que presten servicios de salud en  las áreas
vinculadas al servicio de salud del personal policial;
1)
Dirigir,
coordinar,
evaluar
y
supervisar
la
implementación de los programas, proyectos y actividades
de  la  salud  policial  en  el  marco  del  Sistema  Nacional
de  Salud,  con la  ?nalidad  de  garantizar  una  adecuada
asistencia y tratamiento médico;
2)
Proponer normas legales,  directivas y lineamientos
para el buen desarrollo de las acciones en favor de la salud
del personal policial  y sus derechos habientes,  cadetes y
alumnos de  las distintas  Escuelas de la  Policía Nacional
del Perú;
3)
Proponer al Directorio del Fondo  de Aseguramiento
en Salud de  la Policía Nacional del  Perú (SALUDPOL) el
diseño y mejoras de la cobertura a los bene?ciarios;
4)
Gestionar las Instituciones Prestadoras de Servicios
de Salud  de la Policía Nacional  del Perú (IPRESS  PNP),
proponiendo su funcionamiento, creación o desactivación;
22)   Dirigir   y   supervisar   el   proceso   de    registro,
recopilación  y análisis  de la  información  estadística que
produzca la Dirección a su cargo, para una adecuada toma
de decisiones,  de conformidad  con los  lineamientos que
dicte la  División de Estadística  de la Policía Nacional  del
Perú;
23) Administrar  los  recursos asignados,  con criterios
de e?ciencia  y e?cacia  que permitan  el cumplimiento  de
los objetivos institucionales y  del Régimen de Salud de la
Policía Nacional del Perú;
5)
Promover y supervisar las prestaciones  de carácter
preventivo, promocional,  recuperativo  y de  rehabilitación
e?ciencia,
en
óptimas   y   adecuadas   condiciones   de
equidad,  oportunidad,  calidad   y  dignidad  del   personal
policial y  sus derechos habientes,  cadetes y  alumnos de
las  distintas  Escuelas  de  la  Policía  Nacional del  Perú,
con pleno  respeto  de los  derechos fundamentales  de la
persona;
6)
Establecer estándares de gestión y de calidad de los
24) Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su competencia;
servicios de salud,  así como los indicadores para  evaluar
a los mismos, en concordancia  con la política nacional de
salud;
25) Asesorar a la Alta Dirección de  la Policía Nacional
del Perú en asuntos de su competencia; y,
26)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Sub Director General  de la Policía Nacional del Perú le
asigne.
7)
Promover el desarrollo  de la investigación aplicada
para el mejoramiento de la salud del personal policial;
Participar,  consolidar y  sustentar  la programación
de actividades anual  articulado al cuadro de necesidades
8)
16
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
Artículo 32.- Estructura de la Dirección de  Sanidad     Dirección  General,  concordante  con   el  Plan  Operativo
Policial
Anual de la Policía Nacional del Perú, Planes Generales y
Planes de Operaciones que correspondan;
La Dirección de Sanidad  Policial para el cumplimiento
de  sus funciones  a  nivel  nacional cuenta  con  unidades
11)  Dirigir y  supervisar  el  registro  de la  información
orgánicas,
cuya
organización
y
funciones
serán
estadística
orgánicas
que
produzcan
los
órganos   y   unidades
General,   así   como
determinadas mediante Decreto Supremo, en el marco del
proceso de modernización institucional sobre esta materia,
establecida mediante Resolución Ministerial Nº  859-2016-
IN.
de
la
Sub
Dirección
centralizar y  analizar la misma; para  una adecuada toma
de decisiones,  de conformidad  con los  lineamientos que
dicte la  División de Estadística  de la Policía Nacional  del
Perú;
Artículo 33.- Secretaría de la Sub Dirección General
La Secretaría de la Sub Dirección General de la Policía
Nacional del  Perú es  la unidad  orgánica responsable  de
brindarapoyoadministrativoyasesoramientoespecializado
e inmediato al Sub Director General, con el ?n de contribuir
a la gestión  y toma de decisiones oportunas  en el ámbito
operativo y administrativo de su competencia.
Depende   del  Sub   Director  General   de   la  Policía
Nacional del Perú y está a cargo de un O?cial Superior de
Armas en situación de actividad, en el grado de Coronel.
Las  secretarías  a  nivel nacional  de  los  órganos  de
la Policía  Nacional del  Perú se  encuentran sujetas  a los
lineamientos que  dicte la  Secretaría de  la Sub Dirección
General   en  lo   que   se   re?ere  a   las   actividades   de
planeamiento operativo, en el ámbito de su competencia y
en la ejecución operativa de la función policial para cumplir
con la ?nalidad fundamental de la Institución Policial.
La Secretaría de la Sub Dirección General de la Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
12)  Administrar   los  recursos   asignados   a  la   Sub
Dirección General, con criterios de e?ciencia y  e?cacia de
conformidad con el marco legal vigente;
13)
Velar
por
una
adecuada
infraestructura,
equipamiento y empleo de tecnologías de la información y
estadística institucional;
14)
Proponer  e  implementar la  cultura  de  probidad,
transparencia, justicia y  servicio público establecida en  el
Código de Ética de la Función Pública, de conformidad con
las normas de la materia;
15)
Procesar y tramitar los proyectos de  Resoluciones
Supremas,  Ministeriales   y  Directorales  formulados  por
los distintos  órganos que  dependen de  la Sub  Dirección
General de la Policía Nacional del Perú;
16)
Formular y tramitar las resoluciones administrativas
de competencia de la Sub Dirección  General en el ámbito
de sus funciones;
17)
Supervisar  la  efectividad  y   oportunidad  de  las
acciones comunicacionales  de la Sub  Dirección General,
tanto  al  público  interno  como  externo,  de  conformidad
con   los  lineamientos   que  determine   la   Dirección  de
Comunicación e Imagen Institucional de la Policía Nacional
del Perú;
1)
Asistir  al   Sub  Director  General   en  la  toma   de
decisiones,  en   concordancia  con   los  lineamientos   de
política del Sector Interior y los objetivos institucionales de
la Policía Nacional del Perú;
18)
Gestionar ante la  Escuela Nacional de Formación
Profesional   Policial  la   capacitación,   especialización  y
actualización permanente del personal que presta servicios
en  la Sub  Dirección  General  de la  Policía  Nacional del
Perú,  en  materias  relacionadas  al  campo  funcional  de
ésta; y,
2)
Realizar la gestión administrativa y documentaria de
la Sub Dirección General de la Policía Nacional del Perú;
Transmitir  las disposiciones  de comando  dictadas
3)
por  el   Sub  Director   General,  orientadas   a  evaluar   y
supervisar la implementación, operatividad y  ejecución de
las estrategias  y planes  institucionales a ?n  de optimizar
el desempeño operativo de la Policía Nacional del Perú;
19)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Sub Director General  de la Policía Nacional del Perú le
asigne.
4)
Diseñar y conducir las actividades  de planeamiento
para  la ejecución  de los  Planes  Generales y  Planes  de
Operaciones que los  órganos y unidades orgánicas  de la
Institución Policial desarrollarán en el cumplimiento de sus
funciones a nivel  nacional, coadyuvando a una adecuada
y  efectiva  coherencia  e  interacción  de  la  labor  policial
mediante una gestión por procesos y objetivos, en el marco
del orden  interno,  orden público  y seguridad  ciudadana,
tendiente a reforzar el binomio policía – comunidad;
Artículo  34.- División  de  Supervisión,  Evaluación
de Estrategias y Planes Institucionales
La División de Supervisión,  Evaluación de Estrategias
y Planes Institucionales es la unidad orgánica responsable
de orientar, evaluar, controlar y supervisar el cumplimiento
de las estrategias y planes de la Policía Nacional del Perú
orientadas al  logro de la  e?ciencia y e?cacia  institucional
en el ámbito operativo.
Depende de  la Sub Dirección  General y está  a cargo
de un O?cial Superior de Armas de la Policía Nacional del
Perú en situación de actividad, en el grado de Coronel.
La División de Supervisión,  Evaluación de Estrategias
y  Planes Institucionales  de  la Policía  Nacional  del Perú
tiene las funciones siguientes:
5)
Formular los Planes  Generales para su aprobación
por  el  Sub Director  General  de  la  Policía  Nacional  del
Perú,  que  deberán   desarrollar  y  ejecutar  los  diversos
órganos  y  unidades  orgánicas  de  la Institución  Policial
a  nivel nacional,  en  el  marco del  ejercicio  operativo de
la  función policial  y cumplir  a  cabalidad con  la  ?nalidad
fundamental de la Policía  Nacional del Perú, coordinando
con la Dirección de Inteligencia para  la formulación de los
documentos de inteligencia de su competencia;
1)
Orientar, plani?car, evaluar  y controlar las acciones
6)
Evaluar  los Planes  de  Operaciones que  formulen
de implementación, operatividad y ejecución de los planes
y estrategias  para  el óptimo  desempeño operativo  de la
Policía Nacional del Perú, en el ámbito de su competencia;
los  diversos  órganos  de  la Institución  Policial,  que  por
su   naturaleza,  trascendencia   e  importancia   requieren
necesariamente la aprobación del Sub Director General de
la Policía  Nacional  del Perú,  en el  cumplimiento  de sus
funciones policiales;
2)
Evaluar el impacto y oportunidad con  que se brinda
los servicios policiales a nivel nacional;
Orientar   y   supervisar   el   cumplimiento   de    la
implementación de planes de contingencia, de continuidad
operativa y  de  seguimiento de  riesgos, vinculados  a  los
procesos funcionales de  los órganos que dependen de  la
Sub Dirección General;
3)
7)
Articular  las  coordinaciones  interinstitucionales  e
intersectoriales de la  Sub Dirección General de  la Policía
Nacional  del Perú,  en  asuntos  de su  responsabilidad  y
competencia funcional;
8)
Controlar  y supervisar  que  la gestión  documental
4)   Evaluar   los   niveles   de    e?ciencia,   e?cacia   y
desempeño  de  los  órganos  de  apoyo  policial;  órganos
de línea y  órganos desconcentrados que dependen  de la
Sub Dirección General, identi?cando las oportunidades de
mejora;
5) Diseñar,  formular e  implementar los  convenios y/o
acuerdos   interinstitucionales,   con    entidades   públicas
o   privadas  del   ámbito  nacional,   en   el  marco   de   la
competencia  de la  Institución  Policial,  aprobados por  el
Ministerio del Interior;
tramitada  ante  la  Sub  Dirección  General  para  la  toma
de  decisiones,  cumpla con  la  formalidad  exigida  por el
ordenamiento normativo interno y las disposiciones legales
vigentes;  así   como,  organizar  y  supervisar   el  archivo
documentario de la Sub Dirección General;
9)
Brindar asesoramiento técnico y legal al Sub Director
General,  a  ?n  de   lograr  que  la  gestión   se  desarrolle
conforme a los lineamientos y objetivos institucionales;
10)
Participar, consolidar  y sustentar la  programación
de actividades anual  articulado al cuadro de necesidades
y  asignación  presupuestal, proponiendo  los  indicadores
de  productos  y  procesos;  así  como,  formular,  ejecutar
y evaluar  el Plan  de Trabajo Anual  aprobado por  la Sub
6)
Emitir
opinión
técnica
sobre
los
proyectos
de
acuerdos,
convenios
u
otros
concernientes   a   la
cooperación interinstitucional  que propongan los  órganos
que dependen de la Sub Dirección General;
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
17
7)
Realizar el monitoreo y evaluación del cumplimiento
General de la Policía Nacional del Perú, a ?n de garantizar
el trá?co e?ciente y e?caz de las informaciones operativas
u otros de interés institucional que permita una oportuna y
adecuada toma de decisiones.
de los convenios  y/o acuerdos suscritos con  instituciones
públicas o privadas del ámbito nacional;
Formular,   proponer    y   tramitar    proyectos   de
resoluciones, manuales,  reglamentos, directivas y demás
documentos de carácter interno que sean necesarios para
el mejor funcionamiento operativo de la Institución Policial,
en el ámbito de competencia de la Sub Dirección General;
8)
La  Central  de  Operaciones  Policiales  de  la  Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
1)  Dirigir,  organizar,  coordinar,  ejecutar,   controlar  y
supervisar las  actividades de  recopilación, centralización
y  procesamiento  de  la  información a  nivel  nacional  en
materia  operativa  de   los  servicios  y  ejecución   de  las
operaciones  policiales  realizadas  a  nivel  nacional,  que
dado  su  naturaleza  e  importancia  requieren  de  acción
inmediata  y   la  toma   de  decisiones   del  Sub   Director
General  de  la  Policía  Nacional  del  Perú,  los  que  una
vez  determinados  serán  ejecutados  por  los  órganos  y
unidades orgánicas  correspondientes en el  ámbito de  su
competencia funcional;
9)
Supervisar   la   implementación   y    cumplimiento
de  políticas de  salud a  favor  del personal  policial y  sus
derechohabientes;
10)
Medir  los rangos  de  aceptabilidad  de la  función
policial  en la  comunidad,  proponiendo las  acciones  que
permitan a?anzar  la función  policial y  mejorar  la imagen
institucional;
11)
Asesorar  al  Sub  Director  General  de  la  Policía
Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
12)
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Sub Director General  de la Policía Nacional del Perú le
asigne.
2) Evaluar, coordinar y retroalimentar las informaciones
de naturaleza operativa sobre la ejecución y resultados de
las  operaciones preventivas  y  de  respuesta, principales
y/o de apoyo  efectuadas a nivel nacional por  los distintos
Artículo 35.-  División de  Evaluación en Con?ictos      órganos  y  unidades   orgánicas  de  la   Policía  Nacional
sociales
del Perú,  en situaciones  de crisis  o emergencia,  para la
La División de Evaluación en  Con?ictos Sociales es la     adopción inmediata de actividades u operaciones policiales
unidad orgánica responsable  de la gestión operativa y  de
que garanticen el cumplimiento de la ?nalidad fundamental
de la Institución Policial;
asesoría en  materia  policial respecto  de la  con?ictividad
social
y/o
eventos
especiales,
coadyuvando
en
una
3)  Proponer   y  ejecutar  acciones   de  prevención   o
control,   que  permitan   reducir   o  resolver   riesgos   y/o
amenazas derivadas de situaciones de crisis o emergencia
que  afecten el  orden  interno  y el  orden  público  a nivel
nacional;
adecuada toma de decisiones del Sub Director General de
la Policía Nacional del Perú en dichas materias.
Depende de  la Sub Dirección  General y está  a cargo
de un O?cial Superior de Armas de la Policía Nacional del
Perú en situación de actividad, en el grado de Coronel.
La División de Evaluación en Con?ictos Sociales  de la
Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
4)  Coordinar  con  las  Direcciones  Nacionales  y  sus
órganos
Regiones
especializados,   Macro    Regiones   Policiales,
Policiales,   Frentes    Policiales    y   unidades
policiales  especializadas   en  el  ámbito  operativo,   para
transmitir  las  disposiciones  de   la  Alta  Dirección  de  la
Policía Nacional del Perú;
1)
Formular, coordinar y evaluar los Planes Generales o
Planes de Operaciones en materia de gestión de con?ictos
sociales para  su ejecución  por los  órganos de  la Policía
Nacional del Perú, en coordinación con los tres niveles de
gobierno;
5)   Monitorear  los   eventos,   desastres  naturales   u
otros
hechos
de
connotación
nacional,
reportando
permanentemente  aquellos   relevantes  al  Sub   Director
General de la Policía Nacional del Perú;
2)
Proponer  acciones  de  prevención  o  control  que
permitan reducir o resolver riesgos y/o amenazas derivadas
de con?ictos sociales y afecten la gobernabilidad, el orden
interno y el orden público a nivel nacional;
6)  Evaluar,   analizar   y  procesar   la  documentación
clasi?cada vinculada con  su ámbito funcional; priorizando
y accionando aquellas  que necesitan de una intervención
inmediata por parte del Sub Director General de  la Policía
Nacional del Perú;
7)   Dirigir    y   supervisar   el    proceso   de    registro,
recopilación  y análisis  de la  información  estadística que
produzca la Dirección a su cargo, para una adecuada toma
de decisiones,  de conformidad  con los  lineamientos que
dicte la  División de Estadística  de la Policía Nacional  del
Perú;
8)  Transmitir   y  recibir   información  a  través   de  la
plataforma de interoperabilidad  electrónica y los  registros
y  bases  de  datos  del  Registro  Nacional  de  Seguridad
Pública que  administra  la Dirección  de Tecnología  de la
Información y  Comunicaciones de la  Policía Nacional del
Perú;
3)
Administrar el mapa y registro histórico de los puntos
de con?ictos y de riesgos de incidencia social;
Coordinar  y  articular   actividades  con  la  O?cina
4)
Nacional  de  Diálogo y  Sostenibilidad  de  la  Presidencia
del Consejo  de Ministros  y la  Dirección de  Prevención y
Gestión de Con?ictos Sociales de la Dirección General de
Orden Público del Ministerio del Interior, sobre las posibles
intervenciones  del Estado,  que  podrían  generar riesgos
por con?ictividad social;
5)
Evaluar,  analizar  e  interpretar   las  informaciones
sobre posibles con?ictos sociales;
Monitorear  los con?ictos  sociales  de  connotación
6)
nacional,
reportando
permanentemente
los
eventos
relevantes al Sub  Director General de la  Policía Nacional
del Perú;
9)  Formular  y proponer  los  respectivos  documentos
técnicos  normativos  para  regular  las actividades  de  su
campo  funcional  a nivel  nacional  de  los  órganos  de la
Policía Nacional del Perú;
7)
Asesorar  al  Sub  Director   General  de  la  Policía
Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
8)
Las demás funciones que le corresponda de acuerdo
a  las disposiciones  legales  vigentes y  otras  que el  Sub
Director General de la Policía Nacional del Perú le asigne.
10)  Asesorar  al  Sub Director  General  de  la  Policía
Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
11)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
Artículo 36.- Central de Operaciones Policiales
La  Central  de  Operaciones  Policiales  es  la  unidad
orgánica responsable  de recopilar,  centralizar y procesar
la  información  en  materia  operativa  de  los  servicios  y
ejecución de las  operaciones policiales realizadas  a nivel
nacional, que  por su naturaleza  e importancia  deben ser
de conocimiento de la Alta Dirección de la Policía Nacional
del Perú;  así como, recomendar  las acciones inmediatas
para  la  toma  de   decisiones  del  Sub  Director  General
ante  situaciones  de  crisis  o  emergencia,  transmitiendo
sus  disposiciones  a  los  órganos  y  unidades  orgánicas
responsables de su ejecución.
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Sub Director General  de la Policía Nacional del Perú le
asigne.
SUBCAPÍTULO III
INSPECTORÍA GENERAL
Artículo 37.- Inspectoría General
La  Inspectoría  General  es  el   órgano  de  la  Policía
Nacional  del  Perú,  de  carácter   sistémico  y  normativo,
encargado
de   preservar,    controlar   y    supervisar   la
disciplina, la imagen  institucional, la ética  y la calidad del
servicio policial  a nivel  nacional.  Efectúa investigaciones
Depende de  la Sub Dirección  General y está  a cargo
de un O?cial Superior de Armas de la Policía Nacional del
Perú en situación de actividad, en el grado de Coronel.
administrativas
disciplinarias,
en
el
ámbito
de
su
competencia,  en   concordancia  con  la   normativa  legal
vigente.
Las
centrales   de   operaciones   policiales    a   nivel
nacional  de   los  órganos   de  la   Institución  Policial   se
encuentran sujetas a los lineamientos que dicte  la Central
de Operaciones Policiales (CEOPOL) de la  Sub Dirección
La  Inspectoría   General  de  la  Policía   Nacional  del
Perú   depende  funcionalmente   de   la  O?cina   General
de  Integridad  Institucional  del   Ministerio  del  Interior,  y
18
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
administrativamente de la  Dirección General de la Policía
Nacional del Perú.
La Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú
está a cargo de un  O?cial General de Armas de la Policía
Nacional del Perú en situación de actividad, en el grado de
Teniente General.
La  designación  del  Inspector  General  de  la  Policía
Nacional del  Perú recae  en  el O?cial  General de Armas
en situación de actividad, que sigue en  antigüedad al Sub
Director General; quien será ascendido al grado inmediato
superior, en caso que éste tenga el grado de General.
La Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú
tiene las funciones siguientes:
e?caz  funcionamiento   e   implementación  del   Régimen
Disciplinario de la Policía Nacional del Perú;
15) Liderar las acciones  en materia de lucha contra la
corrupción en la Institución Policial, de conformidad con los
lineamientos establecidos por el Ministerio del Interior  y la
Dirección General de la Policía Nacional del Perú;
16) Conducir y  supervisar las acciones  y operaciones
especiales de  inteligencia y  contrainteligencia policial  en
el ámbito  de  su competencia  funcional, pudiendo  contar
con la  cooperación y apoyo  de agencias internacionales,
de conformidad  con  los lineamientos  de la  Dirección  de
Inteligencia de la Policía Nacional del Perú;
17) Gestionar ante  la Escuela Nacional de  Formación
Profesional   Policial  la   capacitación,   especialización  y
actualización permanente del personal que presta servicios
en  la  Inspectoría  General,  en  materias relacionadas  al
campo funcional de ésta;
18) Emitir resoluciones administrativas en el ámbito de
su competencia; así como, en las materias delegadas;
19) Administrar los recursos asignados a la Inspectoría
General a  su cargo, con  criterios de e?ciencia  y e?cacia,
1)
Determinar los objetivos y estrategias para preservar
y  mantener la  disciplina, la  ética,  la calidad  del  servicio
policial  e  imagen  institucional,  de  conformidad  con  los
lineamientos establecidos  por la  Dirección General  de la
Policía Nacional del Perú y el Ministerio del Interior;
2)
Orientar,  evaluar y  supervisar  las  investigaciones
administrativas  disciplinarias en  el  marco  de la  Ley  del
Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, a ?n     de conformidad con el marco legal vigente;
de asegurar una  adecuada aplicación de las  sanciones o
medidas que correspondan;
20) Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su competencia;
3)
Dictar
normas
y
proponer
directivas
para
21) Asesorar al Director General de la Policía Nacional
del Perú en asuntos de su competencia; y,
establecer   procedimientos  destinados   a  optimizar   las
acciones  de   inspección,  supervisión   y  control   de  los
servicios policiales; así como, de la disciplina  institucional
en  el ámbito  nacional,  articulando  políticas,  estrategias
y  objetivos  dispuestos  por  la   Dirección  General  de  la
Policía Nacional  del Perú;
22)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que el
Director General de la Policía Nacional del Perú le asigne.
Artículo 38.- Estructura de la Inspectoría General
La  Inspectoría General  para  el cumplimiento  de  sus
funciones cuenta con los órganos siguientes:
4)
Proponer al Director General  de la Policía Nacional
del Perú la creación, supresión o fusión de las Inspectorías
Descentralizadas u O?cinas de Disciplinas a nivel nacional,
de acuerdo a las necesidades, contando  previamente con
la respectiva previsión presupuestal;
a. Dirección de Inspecciones; y,
b. Dirección de Investigaciones.
5)
Proponer al Director General  de la Policía Nacional
del  Perú  el  plan  de  difusión   y  capacitación  en  temas
disciplinarios en  todos los  órganos y unidades  orgánicas
de la Policía Nacional del Perú;
Asimismo,
cuenta
con
las
unidades
orgánicas
denominadas:  Secretaría   de  la   Inspectoría  General  y
División de Inteligencia de Inspectoría General.
6)
Preservar,  investigar  y sancionar  las  infracciones
establecidas  en  la Ley  del  Régimen  Disciplinario  de  la
Policía Nacional del Perú y su Reglamento;
Proponer   al    Director   General   de    la   Policía
Artículo 39.- Dirección de Inspecciones
La Dirección de Inspecciones es el órgano responsable
de plani?car y ejecutar acciones de inspección, supervisión
y   control   de   los   servicios   policiales,   seguimiento   y
veri?cación  de órdenes  impartidas  por  la Alta  Dirección
de la  Policía Nacional  del Perú  a los  diferentes órganos
y  unidades  orgánicas  de  la   Institución  Policial  a  nivel
nacional,  con   la   ?nalidad  de   evaluar  las   actividades
policiales y el  correcto empleo de los  recursos asignados
para la función policial.
7)
Nacional  del Perú,  el  nombramiento  de  los Inspectores
Descentralizados y  Jefes de  las O?cinas  de Disciplina  a
nivel  nacional que  cumplan  con  los requisitos  previstos
en la normativa  que regula el Régimen Disciplinario  de la
Institución  Policial; así  como, nombrar  con  la respectiva
Resolución a los suplentes;
8)
Efectuar el seguimiento  de las medidas correctivas
recomendadas y las sanciones  impuestas en el marco de
la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del
Perú y su Reglamento;
Asimismo,  se  encarga  de  establecer  la  e?ciencia y
e?cacia  de  los  distintos  servicios que  presta  la  Policía
Nacional  del Perú,  identi?cando  los logros,  de?ciencias,
limitaciones  y   carencias;  con  el   propósito  de  orientar
la  subsanación de  éstas,  en la  mejora  de  los procesos
que  permita  el  cumplimiento  de  las  metas  y  objetivos
institucionales.
Depende del Inspector  General de la Policía Nacional
del Perú y está a cargo de un O?cial General de Armas de
la Policía Nacional  del Perú en  situación de actividad, en
el grado de General.
La Dirección de Inspecciones de la Policía Nacional del
Perú tiene las funciones siguientes:
9)
Realizar actividades y exámenes de control interno;
de carácter  previo,  simultáneo y  posterior, en  relación a
la  correcta y  e?ciente  gestión  de los  recursos  y bienes
asignados por  el Estado para  el ejercicio  de la función  y
servicio policial;  así como supervisar  la ejecución de  sus
procesos internos;
10)
Participar, consolidar  y sustentar la  programación
de actividades anual  articulado al cuadro de necesidades
y  asignación  presupuestal, proponiendo  los  indicadores
de  productos  y  procesos;  así  como,  formular,  aprobar,
ejecutar y evaluar el Plan de TrabajoAnual de la Inspectoría
General, concordante  con el  Plan Operativo  Anual de  la
Policía Nacional del  Perú, Planes Generales  y Planes de
Operaciones;
1) Planear, organizar, programar, conducir, coordinar y
controlar las acciones de inspección, supervisión y control
de  los  servicios  policiales  en  los  diferentes  órganos  y
unidades orgánicas que conforman la Policía Nacional del
Perú a  nivel  nacional, de  conformidad a  la normatividad
legal vigente,  directivas y disposiciones  impartidas por el
Inspector General de la Policía Nacional del Perú; a ?n de
garantizar la calidad, e?ciencia y e?cacia en el ejercicio de
la función policial;
2) Dirigir y  supervisar el seguimiento  y veri?cación de
las órdenes, directivas y disposiciones emitidas por la Alta
Dirección  de  la Policía  Nacional  del  Perú;  identi?cando
logros,  de?ciencias,  limitaciones   y  carencias,  a  ?n  de
adoptar las medidas correctivas u orientar la subsanación;
3)  Participar, consolidar  y  sustentar la  programación
de actividades anual  articulado al cuadro de necesidades
y  asignación  presupuestal, proponiendo  los  indicadores
de  productos  y  procesos;  así  como,  formular,  aprobar,
ejecutar y evaluar el Plan de Trabajo Anual de la Dirección
a su cargo, concordante con el Plan Operativo Anual de la
11)
Dirigir y supervisar la ejecución de las inspecciones
de control interno a nivel nacional, para veri?car la calidad,
e?ciencia y e?cacia en el ejercicio de la función policial, en
el ámbito de su competencia;
12)
Dirigir
y
supervisar
la
ejecución
de
las
investigaciones extraordinarias  dispuestas por el  Ministro
del Interior  a  través de  la O?cina  General  de Integridad
Institucional  del Ministerio  del Interior,  en  los casos  que
resulte necesario;
13)
Coadyuvar  al   cumplimiento  de   la  función   del
Director  General   de  la   Policía  Nacional   del  Perú  en
la  supervisión   y  control   de  los   servicios   policiales  y
disposiciones  dictadas  a  nivel  nacional, para  el  óptimo
ejercicio de la  gestión operativa y administrativa de  todos
los órganos que conforman la Institución Policial;
14)
Proponer al Director General de la Policía Nacional
del  Perú  las   normas  que  resulten  necesarias  para   el
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
19
Policía Nacional del  Perú, Planes Generales  y Planes de
Operaciones;
Administrar   los   recursos   humanos,    logísticos,
asignado,  determinando  las  de?ciencias,  limitaciones  y
carencias para  el cumplimiento  de las  metas y  objetivos
propuestos; así  como, de  veri?car la subsanación  de las
anteriores debilidades inspeccionadas.
Depende de la Dirección de Inspecciones y está a cargo
de un O?cial Superior de Armas de la Policía Nacional del
Perú en situación de actividad, en el grado de Coronel.
La División de Inspecciones de  la Policía Nacional del
Perú tiene las funciones siguientes:
4)
tecnológicos, económicos  y otros  a?nes, de  la Dirección
de Inspecciones;
5)
Formular  el  Plan  Anual de  Inspecciones  para  el
año siguiente,  remitiéndolo al  Inspector General  para su
evaluación y aprobación correspondiente;
6)
disposiciones
Constatar
que
y
veri?car
regulan
el
cumplimiento
de
las
y
la
disciplina,
moralidad
responsabilidad en el desempeño de la función policial;
1) Dirigir, coordinar y supervisar las diferentes acciones
que ejecutan  los  Equipos de  Inspección de  la  Dirección
de  Inspecciones,  para  el  cumplimiento  e?ciente  de  las
funciones asignadas;
7)
Veri?car y evaluar el  uso apropiado de los recursos
humanos, logísticos, tecnológicos y económicos asignados
a los órganos y unidades orgánicas de la  Policía Nacional
del Perú a nivel nacional;
2)
Formular   y    proponer    recomendaciones   para
8)
Identi?car  los  aspectos  positivos  y  negativos  de
modi?car  y/o  perfeccionar  las Directivas  y  lineamientos
sobre  las   técnicas  y   procedimientos  a   ejecutarse  en
las  inspecciones,  a   mérito  de  las  recomendaciones   y
sugerencias planteadas por los Equipos de Inspección;
3) Disponer  apreciaciones inopinadas  de la  situación
de los órganos y unidades orgánicas de la Policía Nacional
del Perú a inspeccionar, a ?n de evitar interferencias en la
ejecución de la acción a realizar;
gestión en  los  diferentes órganos  y unidades  orgánicas;
a  efectos  de   que  previa  evaluación  se   determine  las
o   irregularidades,   planteando
bondades,
de?ciencias
alternativas o medidas coherentes de absolución;
InformaroportunamentealInspectorGeneralrespecto
9)
al resultado  de las diferentes inspecciones,  supervisión y
acciones de control realizadas a nivel nacional, a ?n que se
adopten las medidas más convenientes para la solución de
las de?ciencias encontradas;
4) Formular y  proponer al Director  de Inspecciones el
Plan Anual de Inspecciones para su aprobación, ejecución
y cumplimiento;
10)
Informar  al  Inspector  General  de  las  presuntas
infracciones  graves  y  muy  graves  constatadas  durante
una inspección a los órganos y/o unidades orgánicas de la
Policía Nacional del Perú, con la ?nalidad de que disponga
la investigación correspondiente;
5) Organizar, analizar, evaluar y coordinar los informes
que
formulan   los   diferentes   Equipos   de   Inspección
respecto  de   las  acciones   desarrolladas  en   el  ámbito
de su  competencia  derivando  copia al  órgano  o unidad
orgánica de  la Institución  Policial inspeccionada  para  su
absolución;
11)
Supervisar
la
implementación
de
las
recomendaciones  del   Sistema   Nacional  de   Control  y
Contraloría
General
de
la
República;
adoptando
se
las
su
6)   Proporcionar   información   oportuna   al   Director
medidas
que
correspondan
en
caso
detecte
de  Inspecciones para  la  formulación  de  los respectivos
documentos  que  solicita la  Alta  Dirección  de  la  Policía
Nacional del Perú;
incumplimiento;
12)
Establecer un servicio diario a ?n de que se ejerzan
acciones permanentes  de control  en el  personal policial,
órganos y  unidades orgánicas  de la  Policía Nacional del
Perú, ante  posibles hechos  o conductas  negativas en  el
desarrollo  de la  función  policial, asegurando  el  correcto
empleo de los recursos asignados;
7) Veri?car el cumplimiento de las ordenes, directivas y
disposiciones impartidas por la Alta Dirección de la Policía
Nacional del Perú, adoptando las medidas correctivas que
sean necesarias en caso de incumplimiento;
8) Veri?car la implementación de las recomendaciones
del Sistema Nacional de Control  y Contraloría General de
la República;
Ejecutar   las   acciones   y   medidas    pertinentes
para  resguardar   la  seguridad  de   las  informaciones   o
documentos en el ámbito de su competencia;
10) Emitir informes y opinión técnica sobre asuntos de
su competencia;
11) Asesorar al Director de Inspecciones en los asuntos
de su competencia; y,
13)
Impartir instrucciones, recomendaciones y orientar
los  procedimientos para  evaluar  los resultados  de  cada
inspección, supervisión y acción de control;
9)
14)
Propiciar  reuniones  de  trabajo  con  los  Equipos
responsables de  las acciones  de inspección, supervisión
y  control de  los  servicios  para evaluar  los  resultados  y
mejorar los  procedimientos para el  logro de los  objetivos
trazados;
15)
Dirigir  y   controlar  la   adopción  de  acciones   y
medidas para preservar la seguridad de las informaciones
y/o  documentación  clasi?cada,  mediante  la  inspección,
supervisión y acción de control;
Dirigir   y   supervisar   el   proceso   de   registro,
recopilación  y análisis  de la  información  estadística que
produzca la Dirección a su cargo, para una adecuada toma
de decisiones,  de conformidad  con los  lineamientos que
dicte la  División de Estadística  de la Policía Nacional  del
Perú;
12)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director de Inspecciones de la Policía Nacional del Perú
le asigne.
16)
Artículo 42.-  División de Control  y Supervisión  de
Servicios Policiales
La  División  de   Control  y  Supervisión  de   Servicios
Policiales es  la unidad  orgánica responsable  de planear,
organizar, ejecutar  y coordinar  las acciones  de  control y
supervisión  de  la prestación  de  los  servicios  policiales;
así como, la  veri?cación del cumplimiento de  las órdenes
impartidas por la Alta  Dirección de la Policía Nacional  del
Perú;  a ?n  de  garantizar un  servicio  policial oportuno  y
e?ciente y  el  uso adecuado  de los  recursos, cautelando
la  imagen  institucional  en  el  marco  de  los  objetivos  y
estrategias de la Institución Policial.
17)
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
su ámbito funcional;
18)
Asesorar al Inspector General de la Policía Nacional
del Perú en los asuntos de su competencia; y,
19)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el  Inspector General  de  la  Policía Nacional  del  Perú  le
asigne.
Las funciones de  la División de  Control y Supervisión
de Servicios  Policiales son ejercidas  por las Inspectorías
Descentralizadas por  delegación, con excepción de  Lima
y Callao.
Depende de la Dirección de Inspecciones y está a cargo
de un O?cial Superior de Armas de la Policía Nacional del
Perú en situación de actividad, en el grado de Coronel.
La  División  de   Control  y  Supervisión  de   Servicios
Policiales tiene las funciones siguientes:
Artículo
40.-
Estructura
de
la
Dirección
de
Inspecciones
La Dirección de Inspecciones de la Inspectoría General
para  el  cumplimiento  de  sus  funciones  cuenta con  las
unidades orgánicas siguientes:
a. División de Inspecciones; y,
b.  División   de  Control  y   Supervisión  de   Servicios
Policiales.
1)
Planear,  organizar,  dirigir,  coordinar  y  supervisar
Artículo 41.- División de Inspecciones
el  cumplimiento   de  las   disposiciones  del   Director  de
Inspecciones  de   la  Inspectoría   General  de  la   Policía
Nacional del Perú, relacionadas al control  de los servicios
policiales que desarrollan los órganos y unidades orgánicas
de la Institución Policial a nivel nacional;
La  División  de  Inspecciones  es  la  unidad  orgánica
responsable  de  ejecutar  las  inspecciones  inopinadas  o
programadas  a los  órganos  y unidades  orgánicas  de la
Policía Nacional del Perú a nivel  nacional, con la ?nalidad
de  veri?car el  uso  adecuado de  los  recursos  humanos,
logísticos,  tecnológicos  y  económicos  que  se le  hayan
2) Formular  y proponer el  Plan de Actividades  de los
Equipos de Control y Supervisión de los Servicios, a ?n de
20
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
veri?car el cumplimiento de las disposiciones dictadas por
3)  Verificar  la  adopción   de  medidas   disciplinarias
inmediatas   por parte   de los  órganos   de investigación
que conforman  la  Inspectoría  General  a nivel  nacional,
en  el  marco   de  la  Ley  de  Régimen   Disciplinario    de
la   Policía   Nacional   del   Perú   y  su   correspondiente
Reglamentación;
4)  Participar, consolidar  y  sustentar la  programación
de actividades anual  articulado al cuadro de necesidades
y  asignación  presupuestal, proponiendo  los  indicadores
de  productos  y  procesos;  así  como,  formular,  aprobar,
la Alta Dirección de la Policía Nacional del Perú;
3)
Disponer la supervisión y control  sobre la ejecución
de  los  servicios  policiales   en  los  órganos  y  unidades
orgánicas  de  la  Institución  Policial,  con  la  ?nalidad  de
veri?car la  disciplina, moral y  el empleo adecuado  de los
recursos,  impartiendo  las   recomendaciones  necesarias
para el  logro de los objetivos  institucionales; en el  marco
de la normativa sobre la materia;
4)
AsesoraralDirectordeInspeccionesdelaInspectoría
General en el  proceso de evaluación y veri?cación  de los     ejecutar y evaluar el Plan de TrabajoAnual de la Inspectoría
documentos de acción que efectúan los diferentes Equipos
de Ronda, proponiendo recomendaciones  o mejoras para
el cumplimiento de la función;
General, concordante  con el  Plan Operativo  Anual de  la
Policía Nacional del  Perú, Planes Generales  y Planes de
Operaciones;
5) Administrar los recursos asignados  a la Dirección a
su cargo, con criterios de e?ciencia, e?cacia, efectividad y
de conformidad con el marco legal;
6)   Diseñar,  implementar   y   disponer   la  aplicación
de  nuevas   técnicas   de  metodología   de  investigación
cientí?ca para  esclarecer oportunamente  los hechos que
se investiga;
5)
Administrar   los  diferentes   recursos   que   tenga
asignados y  formular  oportunamente los  requerimientos,
priorizando las necesidades básicas;
6)
Nombrar  a  los O?ciales  Superiores  de  la  Policía
Nacional  del Perú  conforme  al orden  de  antigüedad  en
el grado  de Coroneles y Comandantes,  a efectos de  que
realicen la  supervisión y control  de los servicios  en Lima
y Callao;
Informar   al    Director   de   Inspecciones    de   la
Inspectoría General sobre el resultado de  las acciones de
control y supervisión de los servicios que se ejecuta a nivel
nacional; así  como, de  las  medidas que  se adopten  por
de?ciencias o hechos irregulares constatados;
7)  Establecer  las  responsabilidades  del  caso  en  el
personal  policial  durante  los  procesos  de  investigación
y   adoptar   decisiones    durante   el   desarrollo   de   las
investigaciones administrativas disciplinarias;
7)
8) Orientar y controlar que los órganos que conforman
el  Sistema  Disciplinario  Policial  de  la  Policía  Nacional
8)
Orientar  e  instruir a  los  Equipos  de  Ronda  para
del
Perú
realicen
investigaciones
administrativo
que realicen sus labores conforme a  la normatividad legal
vigente, en concordancia con las disposiciones impartidas
por la Dirección de Inspecciones de la Inspectoría General
de la Policía Nacional del Perú;
disciplinarias   en las  que  se  encuentren  comprometido
personal  policial de  O?ciales  hasta el grado  de Coronel
y  Subo?ciales   de   la  Policía   Nacional   del   Perú,  por
conductas  que  revistan  gravedad  y  afecten  los  bienes
jurídicos  de la institución;
9)
Proponer
al
Director
de
Inspecciones
las
modi?caciones  en   el  proceso  de   acciones  de  control
y  supervisión  de los  servicios  que  prestan  los  órganos
y  unidades  orgánicas  de  la  Institución   Policial,  con  el
propósito de  que  sean de  calidad, e?caces  y  e?cientes,
contribuyendo a elevar la imagen institucional;
9)  Velar para  que  los  procesos de  investigación,  se
realicen  con  la  reserva  del caso  y  en  forma  oportuna,
excepto aquellos  que por  su naturaleza  requieran de  un
resultado inmediato;
10)
Ejecutar
las
investigaciones
extraordinarias
10)
Orientar  y  controlar  que  los  integrantes  de  los
dispuestas por el Ministro del Interior a través de la O?cina
General   de  Integridad   Institucional   del  Ministerio   del
Interior en los casos que resulte necesario;
diferentes Equipos de Ronda, guarden la reserva y el celo
profesional de las acciones que realizan  en el ejercicio de
sus funciones;
11)
Asesorar
al
la
Inspector   General    en   asuntos
disciplina   del   personal   policial,
generen     cultura
11)
Dirigir,
controlar
y
ejecutar
las
acciones
y
relacionados
promoviendo
responsabilidad
con
medidas pertinentes  para resguardar la  seguridad de  las
informaciones  y/o  documentación,  en  el   ámbito  de  su
competencia;
acciones
que
de
y
e?ciencia
en
las
investigaciones
administrativas  disciplinarias,  detectando  las  causas de
las conductas infractoras;
12)
Informar y emitir opinión técnica en los  asuntos de
su competencia;
12) Informar al Inspector General sobre el resultado de
las investigaciones administrativo disciplinarias realizadas
por  los  órganos del  Sistema  Disciplinario  Policial  de  la
Policía  Nacional   del  Perú   a  nivel   nacional,  mediante
los   documentos   de   acción   respectiva,    indicando   el
esclarecimiento de los hechos, determinando su veracidad
y la magnitud del daño producido;
13)
Asesorar al Director de Inspecciones en los asuntos
de su competencia; y,
14)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director de Inspecciones de la Policía Nacional del Perú
le asigne.
13)
Evaluar
las
responsabilidades
establecidas
en  el   personal   policial  sometido   a  un   procedimiento
administrativo disciplinario;
Artículo 43.- Dirección de Investigaciones
La   Dirección    de    Investigaciones   es    el   órgano
responsable a nivel nacional de orientar, dirigir, controlar y
supervisar las investigaciones administrativo disciplinarias
que   realizan  los   diversos   órganos   disciplinarios   que
conforman el  Sistema Disciplinario de la  Policía Nacional
del Perú; así como, de los  pronunciamientos o decisiones
que éstos realicen, sobre hechos irregulares en los que se
presuma la comisión de infracciones graves y muy graves,
en  donde  se  encuentre  comprometido personal  policial
hasta el grado  de Coronel, conforme  a lo regulado por  la
Ley del  Régimen Disciplinario  de la  Policía  Nacional del
Perú y su correspondiente Reglamento.
Depende  de   la  Inspectoría   General  de   la  Policía
Nacional  del Perú  y está  a  cargo de  un O?cial  General
de Armas de la  Policía Nacional del Perú  en situación de
actividad, en el grado de General.
La Dirección de Investigaciones de la  Policía Nacional
del Perú tiene las funciones siguientes:
14)  Establecer un  servicio  diario  con la  ?nalidad  de
realizar  investigaciones  preliminares  ante  situaciones  o
denuncias  recibidas  en  forma  directa  en la  Inspectoría
General   por  hechos   de   presunta  conducta   funcional
negativa del personal policial;
Dirigir   y   supervisar   el   proceso   de   registro,
recopilación  y análisis  de la  información  estadística que
produzca la Dirección a su cargo, para una adecuada toma
de decisiones,  de conformidad  con los  lineamientos que
dicte la  División de Estadística  de la Policía Nacional  del
Perú;
16)  Dirigir   y  controlar   la  adopción  de   acciones  y
medidas  para prestar  seguridad a  las  informaciones y/o
documentación clasi?cada de su competencia;
17) Informar y emitir opinión técnica en  los asuntos de
su competencia;
18)Asesorar al Inspector General de la Policía Nacional
del Perú en los asuntos de su competencia; y,
19)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el  Inspector General  de  la  Policía Nacional  del  Perú  le
asigne.
15)
1)
Planear,
organizar,
dirigir
y
coordinar
las
investigaciones  de   carácter   administrativo  disciplinario
contra el personal policial por presuntas irregularidades en
el ejercicio de la función policial;
2)
Orientar  con  autorización   del  Inspector  General
a  otros  órganos  del  Sistema  de  Control   de  la  Policía
Nacional  del Perú  u organismos  extra institucionales  en
la  correcta conducción  de  investigaciones  en  el ámbito
de  su competencia  y  conforme  a la  normativa  sobre la
materia;
Artículo
44.-
Estructura
de
la
Dirección
de
Investigaciones
La  Dirección   de  Investigaciones   de  la   Inspectoría
General para el cumplimiento de sus funciones cuenta con
las unidades orgánicas siguientes:
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
21
a. O?cinas de Disciplina; y,
5) Poner en  conocimiento de la autoridad competente
la existencia  de indicios  razonables que  hagan presumir
la comisión  de un  delito, sin perjuicio  de la  investigación
disciplinaria correspondiente;
6) Formular  el informe  administrativo disciplinario por
la  comisión de  infracciones  muy graves,  recomendando
las  acciones  o  sanciones  que  correspondan,  elevando
el mismo  por el  conducto correspondiente  al Tribunal de
Disciplina Policial, para su evaluación y resolución;
b. Inspectorías Descentralizadas.
Artículo 45.- O?cinas de Disciplina
Las O?cinas de Disciplina  son las unidades orgánicas
responsables de efectuar a  nivel nacional investigaciones
administrativo
disciplinarias   por    infracciones   graves,
cometidas  por   el  personal  policial   hasta  el  grado   de
Coronel,  en el  ámbito  de su  competencia  territorial que
le corresponda,  de conformidad  con la  Ley del  Régimen
7)
Resolver   en   instancia    única   con   Resolución
Disciplinario
Reglamento.
de
la
Policía
Nacional
del
Perú
y
su
debidamente  motivada,  el   procedimiento  administrativo
disciplinario
realizadas por  las  O?cinas de  Disciplina, según  el  lugar
donde se cometió la infracción;
por   la   comisión   de   infracciones   graves
Forma
parte
integrante
del
Sistema
Disciplinario
Policial de  la Policía  Nacional del  Perú, en  su condición
de órgano de investigación de la Inspectoría General de la
Institución Policial.
Dependen de  la Dirección de  Investigaciones y están
a  cargo  de un  O?cial  Superior  de  Armas  de la  Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
Las O?cinas  de  Disciplina de  la Policía  Nacional del
Perú tienen las funciones siguientes:
8)  Atender  el  pedido  de   informe  oral  que  pudiese
efectuar  el  presunto  infractor,  señalando lugar,  fecha  y
hora,  cuando  actúe  como órgano  de  decisión  para  las
infracciones graves;
9)  Disponer  que la  respectiva  O?cina  de  Disciplina,
según su  competencia territorial,  realice las  acciones de
investigación complementarias, en caso resulte necesario;
10) Noti?car al interesado la Resolución que en única y
de?nitiva instancia resuelve el procedimiento administrativo
disciplinario por la comisión de infracciones graves;
11) Poner en conocimiento de la Dirección de Recursos
Humanos de la Policía  Nacional del Perú para su registro
y ejecución  correspondiente,  la Resolución  debidamente
noti?cada al interesado, que en única y de?nitiva instancia
resuelve  el procedimiento  administrativo  disciplinario  de
infracciones graves;
1)
Realizar investigaciones administrativo disciplinarias
por  la  comisión  de  infracciones  graves,  cometidas  por
el personal  policial  hasta el  grado de  Coronel,  según el
ámbito de la circunscripción territorial asignada;
2)
Realizar   acciones   previas   para   el  acopio   de
indicios  y/o evidencias  que  sustenten  el inicio  o  no  del
procedimiento administrativo disciplinario;
3)
Emitir   y    noti?car   las   resoluciones    de   inicio
12) Administrar  los  recursos asignados,  con criterios
de e?ciencia,  e?cacia,  efectividad y  de conformidad  con
el marco legal;
del
procedimiento   administrativo    disciplinario   de   su
competencia;
4)
Disponer
o
levantar
las
medidas
preventivas
13)EjecutarelPlanAnual  deInspeccionesaprobadopor
la Dirección de Inspecciones,  asumiendo supletoriamente
en la parte que  sea pertinente, las funciones asignadas  a
la División de Inspecciones de la Inspectoría General de la
Policía Nacional del Perú, cuando su jurisdicción territorial
comprenda el ámbito  de una determinada Región Policial
ubicada  fuera de  Lima  o  de la  Provincia  Constitucional
del   Callao,   informando  del   resultado   al   Director   de
Inspecciones;
previstas en la Ley del Régimen Disciplinario de  la Policía
Nacional del Perú y su correspondiente Reglamento;
5)
Poner en conocimiento  de la autoridad competente
la existencia  de indicios  razonables que  hagan presumir
la comisión  de un  delito, sin perjuicio  de la  investigación
disciplinaria correspondiente;
6)
Formular el  informe administrativo  disciplinario por
la  comisión  de  infracciones  graves,  recomendando  las
acciones  o   sanciones  que  correspondan,   elevando  el
mismo  por el  conducto correspondiente  a  la Inspectoría
14) Asumir  supletoriamente  las funciones  asignadas
a  la   División  de   Control  y   Supervisión   de  Servicios
Policiales   en   la  parte   que   corresponda,   cuando   su
jurisdicción   territorial    comprenda   el   ámbito   de   una
determinada  Región Policial  ubicada fuera  de Lima o de
la Provincia  Constitucional   del Callao,  coadyuvando  en
la labor  de los Jefes  de las Macro  Regiones y  Regiones
Policiales;  y,
Descentralizada
resolución; y,
competente,   para    su   evaluación    y
7)
Las   demás  funciones   que   le   corresponda  de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director  de  Investigaciones de  la Policía  Nacional del
Perú le asigne.
15)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
Artículo 46.- Inspectorías Descentralizadas
Las  Inspectorías  Descentralizadas son  las  unidades
orgánicas   responsables  de   efectuar   a  nivel   nacional
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director  de  Investigaciones de  la Policía  Nacional del
Perú le asigne.
investigaciones
administrativo
disciplinarias
por
infracciones muy graves, cometidas por el personal policial
hasta  el grado  de  Coronel; así  como,  tomar  decisiones
para el  caso de  infracciones graves,  en el  ámbito de  su
competencia territorial que le corresponda, de conformidad
con la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Nacional
del Perú y su Reglamento.
parte   integrante   del   Sistema   Disciplinario
Policial de la Policía Nacional del Perú en su condición de
órgano de  investigación  de la  Inspectoría General  de  la
Institución Policial.
Artículo 47.- Secretaría de la Inspectoría General
La Secretaría  de la  Inspectoría General  de la Policía
Nacional  del  Perú   es  la  unidad  orgánica   responsable
de
brindar
apoyo
administrativo
y
asesoramiento
especializado  e   inmediato  al  Inspector   General  de  la
Policía  Nacional  del  Perú, con  el  ?n  de  contribuir  a  la
gestión y toma de decisiones oportunas.
Depende del Inspector  General de la Policía Nacional
del Perú y está a cargo de un O?cial Superior de Armas en
situación de actividad, en el grado de Coronel.
La Secretaría  de la  Inspectoría General  de la Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
Forma
Dependen de  la Dirección de  Investigaciones y están
a  cargo  de un  O?cial  Superior  de  Armas  de la  Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
1) Asistir al Inspector General de la Policía Nacional del
Perú en  la toma  de decisiones, en  concordancia con  los
lineamientos de política  del Sector Interior  y los objetivos
institucionales de la Policía Nacional del Perú;
2) Realizar la gestión administrativa y documentaria de
la Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú;
3) Transmitir  las  disposiciones de  comando  dictadas
por el Inspector General, orientadas a evaluar y supervisar
la   implementación,   operatividad   y   ejecución    de   las
estrategias  y   planes  institucionales   para   preservar  la
disciplina, ética, servicio policial e imagen  institucional, en
el marco  de los  lineamientos del  Ministerio del  Interior y
disposiciones del  Director General de  la Policía Nacional
del Perú;
Las
Inspectorías   Descentralizadas    de   la   Policía
Nacional del Perú tienen las funciones siguientes:
Realizar investigaciones administrativo disciplinarias
1)
por la comisión de infracciones muy graves, cometidas por
el personal  policial  hasta el  grado de  Coronel,  según el
ámbito de la circunscripción territorial asignada;
2)
Realizar
acciones
previas
para
el
acopio
de
indicios  y/o evidencias  que  sustenten  el inicio  o  no  del
procedimiento administrativo disciplinario;
Emitir   y    noti?car   las   resoluciones    de   inicio
procedimiento   administrativo    disciplinario   de   su
3)
del
competencia;
4)
Disponer
o
levantar
las
medidas
preventivas
4)  Controlar y  supervisar  que la  gestión  documental
tramitada  ante  la  Sub  Dirección  General  para  la  toma
de  decisiones,  cumpla con  la  formalidad  exigida  por el
previstas en la Ley del Régimen Disciplinario de  la Policía
Nacional del Perú y su correspondiente Reglamento;
22
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
ordenamiento normativo interno y las disposiciones legales
vigentes;
Administrar   el   sistema   de   archivo,   normando
23) Gestionar ante  la Escuela Nacional de  Formación
Profesional   Policial  la   capacitación,   especialización  y
actualización permanente del personal que presta servicios
en la Inspectoría General  de la Policía Nacional del Perú,
en materias relacionadas al campo funcional de ésta; y,
24)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el  Inspector General  de  la  Policía Nacional  del  Perú  le
asigne.
5)
el  funcionamiento   del  Archivo   Central  y   los  archivos
periféricos  y de  gestión de  la  Inspectoría General  de  la
Policía Nacional del Perú; de conformidad con la normativa
sobre la materia;
6)
Ejecutar y  controlar  el proceso  de sistematización
y  micro?lmación de  la  documentación requerida  por  los
distintos  órganos y  unidades  orgánicas de  la  Institución
Policial a nivel nacional; así como,  de aquellos solicitados
por las autoridades competentes;
Artículo 48.- División de Inteligencia de Inspectoría
General
7)
Dirigir  y  controlar  el  proceso  de  seguimiento  de
La División  de Inteligencia  de Inspectoría General  es
la unidad orgánica especializada y operativa; responsable
de  producir  inteligencia  y   contrainteligencia  policial  en
materia  disciplinaria y  de  lucha  contra la  corrupción  en
la Institución  Policial. Asimismo, coordina  y puede contar
con la cooperación y apoyo de organizaciones extranjeras
similares, en el ámbito de su competencia, de conformidad
con los lineamientos  de la Dirección  de Inteligencia de la
Policía Nacional del Perú.
los  expedientes  administrativos   de  competencia  de   la
Inspectoría  General  de  la  Policía Nacional  del  Perú,  a
?n  de  supervisar  el  cumplimiento  de  las  disposiciones
impartidas;
8)
Articular  las  coordinaciones  interinstitucionales  e
intersectoriales de  la Inspectoría General,  en asuntos  de
su responsabilidad y competencia funcional; conforme a la
normativa sobre la materia;
Forma  parte  integrante  del  Sistema  de  Inteligencia
Policial (SIPOL) que  dirige la Dirección de Inteligencia  de
la Policía Nacional del Perú.
Depende de la  Inspectoría General y  está a cargo de
un  O?cial Superior  de Armas  de  la Policía  Nacional del
Perú en  situación  de actividad,  en el  grado  de Coronel,
debidamente  cali?cado   y  especializado  en  inteligencia
policial.
La División  de Inteligencia de  Inspectoría General  de
la Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
9)
Brindar asesoramiento  técnico y  legal al  Inspector
General  de la  Policía Nacional  del  Perú, a  ?n de  lograr
que la gestión se desarrolle conforme a los lineamientos y
objetivos institucionales;
10)
Desarrollar,  proponer  y  difundir   la  doctrina  del
Régimen  y  Sistema  Disciplinario   Policial  de  la  Policía
Nacional del Perú;
11)
Proponer  convenios  educativos  con  escuelas  o
centros de instrucción de entidades públicas o privadas, a
?n de lograr un  óptimo intercambio de conocimientos que
permita la  e?ciencia en  las actividades  que desarrolla  la
Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú;
1)
Producir inteligencia y  contrainteligencia policial en
materia disciplinaria y  de lucha contra la  corrupción en la
Institución Policial, de conformidad con los lineamientos de
la Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional del Perú;
12)
Realizar el seguimiento a las actividades previstas
en el  Plan  Nacional de  Lucha Contra  la Corrupción;  así
como, el  cumplimiento de la  normatividad y  lineamientos
institucionales  relacionadas  con  dicha  problemática,  en
el  marco  de  la política  y  directivas  establecidas  por  el
Ministerio del  Interior  y el  Director General  de la  Policía
Nacional del Perú;
2)
Ejecutar operaciones especiales de  inteligencia, en
el marco del campo funcional de su competencia;
3)
Obtener información en el ámbito de sus  funciones,
en apoyo  a los órganos de  inteligencia que conforman  el
Sistema de Inteligencia Policial (SIPOL);
13)
Garantizar que el personal policial a nivel  nacional
4)
Asesorar al Inspector General de la Policía Nacional
realice el registro de sus Declaraciones Juradas de Bienes
y  Rentas, en  el  marco de  la normatividad  vigente  y los
lineamientos sobre  la materia del  Ministerio del Interior  y
del Director General de la Policía Nacional del Perú;
del Perú en asuntos de su competencia; y,
5)
Las demás funciones que le corresponda de acuerdo
a las disposiciones legales vigentes y otras que el Inspector
General de la Policía Nacional del Perú le asigne.
14)
Emitirinformesyabsolverlasconsultasquesoliciten
Disciplinarios   del   Sistema    Disciplinario
los
Órganos
CAPÍTULO III
SECRETARÍA EJECUTIVA
Policial y los distintos órganos y unidades orgánicas a nivel
nacional de la Policía Nacional del Perú;
15)
Dirigir  y   controlar  la   adopción  de  acciones   y
Artículo 49.- Secretaría Ejecutiva
medidas  para prestar  seguridad a  las  informaciones y/o
documentación  de  su  competencia;  en  el  marco  de  la
normativa sobre la materia;
La  Secretaria  Ejecutiva  es  el órgano  encargado  de
dirigir,  organizar, ejecutar,  evaluar,  desarrollar, coordinar
y  supervisar   la  gestión  administrativa   y  documentaria
de  la   Institución  Policial,  implementando   los  sistemas
administrativos  correspondientes,   en  el   marco  de   las
funciones que le competen a la Policía Nacional del Perú.
Asimismo,  es  la  encargada de  asistir  y  asesorar  al
Director General de la Policía Nacional del Perú en dichas
materias.
16)
Dirigir  y supervisar  el  registro  de la  información
estadística
que   produzcan   los   órganos    y   unidades
orgánicas de la Inspectoría General, así como, centralizar y
analizar la misma; para una adecuada toma de decisiones,
de conformidad con los  lineamientos que dicte la División
de Estadística de la Policía Nacional del Perú;
17)
Participar, consolidar  y sustentar la  programación
Depende  del Director  General y  está  a cargo  de  un
O?cial General  de Armas de la  Policía Nacional del  Perú
en  situación  de  actividad,   en  el  grado  de  General;   o
profesional civil  altamente cali?cado y/o  especializado en
los sistemas administrativos.
de actividades anual  articulado al cuadro de necesidades
y  asignación  presupuestal, proponiendo  los  indicadores
de  productos  y  procesos;  así  como,  formular,  ejecutar
y  evaluar   el  Plan  de   Trabajo  Anual  aprobado  por   la
Inspectoría  General, concordante  con  el Plan  Operativo
Anual de la Policía Nacional del Perú;
Tiene a  su cargo los  órganos de  asesoramiento y de
apoyo administrativo de la Policía Nacional del Perú.
Los  órganos  que  conforman la  Secretaría  Ejecutiva
estánacargodeO?cialesGeneralesenelgradodeGeneral
u O?ciales Superiores en el grado de Coronel de la Policía
Nacional del Perú, en situación de actividad o profesionales
civiles  altamente  cali?cados   y/o  especializados  en  los
sistemas administrativos.  Las funciones  de  cada uno  de
ellos se detallan en el presente Reglamento.
18)
Administrar los recursos asignados a la Inspectoría
e?ciencia        e?cacia    de
conformidad con el marco legal vigente;
General,
con
criterios
de
y
19)
Velar
por
una
adecuada
infraestructura,
equipamiento y  empleo de  tecnologías de la  información
y estadística;
20)
Formular y tramitar las resoluciones administrativas
de competencia de la Inspectoría General en el ámbito de
sus funciones;
La Secretaria Ejecutiva de la Policía Nacional del Perú
tiene las funciones siguientes:
21)
Supervisar  la  efectividad  y   oportunidad  de  las
acciones comunicacionales de la Inspectoría General, tanto
en el ámbito interno como externo, de conformidad con los
lineamientos que determine la Dirección de Comunicación
e Imagen Institucional de la Policía Nacional del Perú;
1)
Dirigir,  organizar, coordinar,  desarrollar,  evaluar  y
supervisar  la implementación  y  oportuna  gestión de  los
sistemas  administrativos a  cargo  de  la Policía  Nacional
del  Perú;  así   como,  de  las   acciones  de  los  órganos
de  asesoramiento   y  de   apoyo  administrativo  bajo   su
competencia;
22)
Proponer  e  implementar la  cultura  de  probidad,
transparencia,  justicia  y  servicio  público  establecida en
el Código de  Ética de la  Función Pública, conforme a  las
normas de la materia;
2)  Conducir   las   acciones  orientadas   a  la   mejora
continua de los procesos de la Policía Nacional del Perú;
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
23
3)
Brindar
asistencia,
asesoría,
apoyo
técnico
y
del  derecho   de  acceso   a  la   información  pública,   de
acuerdo  a  la   Ley  sobre  la  materia;  estableciendo   las
responsabilidades a nivel nacional mediante la emisión de
la Resolución correspondiente, para el cumplimiento de la
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública;
19) Supervisar la  sistematización y publicación  de los
dispositivos legales y actos administrativos de competencia
de la Policía Nacional del Perú en su página web;
Expedir   resoluciones    en   el    ámbito   de    su
competencia; así como, en las materias delegadas;
administrativo  a  los  órganos y  unidades  orgánicas  que
conforman  la Policía  Nacional  del Perú  en  las materias
de  su  competencia,  de  manera  articulada   con  la  Sub
Dirección General y las Direcciones Nacionales;
Promover   y   supervisar  la   implementación   del
4)
proceso  de   modernización  de   la  gestión  institucional,
proceso  de   simpli?cación  administrativa  y   proceso  de
mejor atención  a la ciudadanía,  en concordancia  con los
lineamientos  dictados por  el Ministerio  del  Interior en  el
marco del  sistema administrativo de  modernización de la
gestión pública y las disposiciones del Director General de
la Policía Nacional del Perú;
20)
21)
Resolver
en
última
instancia
los
recursos
administrativos,   según  corresponda   al   ámbito   de   su
competencia;
22) Supervisar el cumplimiento de  los lineamientos en
materia de gestión de  las unidades ejecutoras a cargo de
la Policía Nacional del Perú, de conformidad con la política
del Sector Interior y las disposiciones del Director General
de la Policía Nacional del Perú;
5)
Dirigir y supervisar el cumplimiento  de los procesos
de la gestión  documentaria, en lo que  respecta al trámite
documentario   y  archivo   de  la   Institución   Policial,  en
concordancia con la  normativa vigente y  los lineamientos
dictados por el Ministerio del Interior y las disposiciones del
Director General de la Policía Nacional del Perú;
23) Orientar  y supervisar el proceso  de consolidación
de las necesidades institucionales en materia de inversión
pública para el fortalecimiento de la función policial;
24) Conducir la formulación, evaluación y actualización
de los  documentos  de gestión  institucional de  la  Policía
Nacional del Perú, en el ámbito de su competencia;
25) Gestionar ante  la Escuela Nacional de  Formación
6)
Conducir y supervisar  el uso del  Sistema Único de
Tramite  Documentario del  Ministerio  del  Interior  por los
órganos y unidades orgánicas de la Institución Policial; de
conformidad con los lineamientos del Ministerio del Interior
y  las  disposiciones  del  Director   General  de  la  Policía
Nacional del  Perú; en  el marco de  la normativa  sobre la
materia;
Profesional
Policial
la
capacitación,
especialización
7)
Gestionar, coordinar y supervisar la implementación
y   actualización  permanente   del   personal   que  presta
servicios en la Secretaría Ejecutiva a su cargo, en materias
relacionadas al campo funcional de ésta;
y  sostenibilidad  de  las  mejoras  en   la  atención  de  los
procedimientos
de   tramite    documentario,   archivo    y
atención al ciudadano a través de  los distintos canales de
atención a la ciudadanía;
26)  Administrar los  recursos  asignados  con criterios
de e?ciencia y e?cacia de conformidad  con el marco legal
vigente;
27) Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su competencia;
28) Asesorar a la Alta Dirección de  la Policía Nacional
del Perú en asuntos de su competencia; y,
8)
Visar toda documentación o proyecto de Resolución
que requiera aprobación y/o ?rma del  Ministro del Interior,
Viceministros y Director General de la Policía Nacional del
Perú, en el ámbito de competencia de la Institución Policial;
9)
Administrar  y  supervisar  el  registro,  numeración,
publicación,  distribución  y  archivo  de  las  Resoluciones
que  expida  el  Director  General,  Sub  Director  General,
General,   Directores   Nacionales,   Secretario
Ejecutivo, Director  de la  Escuela Nacional  de Formación
Profesional  Policial, Director  de  Administración,  Director
de Recursos  Humanos, Director de  Bienestar y Apoyo  al
Policía, Director de  Sanidad Policial y Jefes de  las Macro
Regiones Policiales;
29)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que el
Director General de la Policía Nacional del Perú le asigne.
Inspector
Artículo 50.- Estructura de la Secretaría Ejecutiva
La Secretaría  Ejecutiva  para el  cumplimiento de  sus
funciones cuenta con los órganos siguientes:
10)
Promover,
orientar,
difundir
y
supervisar
el
a) Dirección de Asesoría Jurídica;
b) Dirección de Planeamiento Institucional;
c) Dirección de Administración;
cumplimiento de las  normas y acciones  relacionadas con
la transparencia, acceso a la información pública y la ética
pública;
d) Dirección de Recursos Humanos;
e) Dirección de Bienestar y Apoyo al Policía; y,
11)
Mantener  actualizada  la  base  de  datos   de  los
representantes  de  la  Policía  Nacional  del  Perú  en  las
comisiones,  consejos  y  grupos   de  trabajo  en  los  que
participa;
f)
Dirección
de
Tecnología
de
la
Información
y
Comunicaciones.
Asimismo,
cuenta
Unidad
con
de
las
unidades
orgánicas
y
12)
Dirigir,  coordinar  y   supervisar  las  acciones  de
denominadas:
Trámite
Documentario
comunicación,
prensa,
imagen
institucional,
eventos,
Dirección de Comunicación e Imagen Institucional.
protocolo y relaciones públicas de la Institución Policial, en
el marco de los lineamientos dictados por el  Ministerio del
Interior y  disposiciones del Director General  de la Policía
Nacional del Perú;
Artículo 51.- Dirección de Asesoría Jurídica
La Dirección deAsesoría Jurídica de la Policía Nacional
del Perú  es el  órgano de  asesoramiento responsable de
asesorar en  materia legal,  absolver consultas  jurídicas y
emitir opinión o  recomendaciones en asuntos de carácter
jurídico a la Alta  Dirección y demás órganos  de la Policía
Nacional del Perú que lo soliciten, analizando la legislación
concerniente  a  la  Policía  Nacional  del  Perú  y  normas
conexas,  así como  emitiendo  pronunciamiento  respecto
de la legalidad de actos remitidos para su opinión.
Asimismo,  está   encargada  de  plani?car,   organizar,
dirigir, evaluar  y supervisar las  actividades de asesoría  y
defensa legal del personal de la Policía Nacional del Perú,
de conformidad con la normativa sobre la materia.
La  Dirección  de Asesoría  Jurídica  dirige  el  Sistema
Jurídico Policial y en este marco las unidades de asesoría
jurídica a nivel  nacional que forman parte  de los diversos
órganos de la Institución  Policial, se encuentran sujetas a
los lineamientos que ésta dicte; conforme a  lo establecido
por el Ministerio del Interior y las disposiciones del Director
General de la Policía Nacional del Perú.
13)
Conducir el  proceso de  formulación y  evaluación
del  Plan  Estratégico  de  la Policía  Nacional  del  Perú  y
el  Plan   Operativo  Anual,   incluyendo   la  consolidación
de la  programación de  actividades  de los  órganos de  la
institución,  en   concordancia  con   los   lineamientos  del
Ministerio  del   Interior  y  las  disposiciones   del  Director
General de la Policía Nacional del Perú;
14)
Conducir el  proceso de  formulación y  evaluación
de los  proyectos  de inversión  de la  Policía Nacional  del
Perú, en el marco de la normatividad del Sistema Nacional
de Programación Multianual y Gestión de Inversiones;
15)
Conducir y supervisar los procesos de recopilación,
producción, análisis, monitoreo y difusión de la información
estadística de la Policía Nacional del Perú, en el marco de
la normativa sobre  la materia, a ?n de  facilitar la toma de
decisiones a nivel institucional;
16)
Conducir y supervisar la adecuada administración,
gestión  y desarrollo  del  personal policial;  así  como,  del
personal  civil  de  la Institución  Policial,  en  el  marco  de
los  lineamientos y  per?les establecidos  por  el Ministerio
del Interior  y las disposiciones  del Director General  de la
Policía Nacional del Perú;
Depende  de  la  Secretaria Ejecutiva  y  está  a  cargo
de un  O?cial General de Servicios  Abogado de la Policía
Nacional del  Perú, en situación  de actividad, en  el grado
de General.
La Dirección deAsesoría Jurídica de la Policía Nacional
del Perú tiene las funciones siguientes:
17)
Dirigir,   evaluar  y   supervisar   la  publicación   y
actualización permanente  de la página  web de  la Policía
Nacional del Perú y disponer las acciones respectivas;
18)
y  procesar   la  demanda   ciudadana  frente   al  ejercicio
Ejecutar  las  acciones  necesarias   para  atender
1)   Asesorar   y   absolver    consultas   que   le   sean
formuladas  por  la Alta  Dirección  y  demás órganos  que
24
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
conforman  la   Policía  Nacional  del   Perú,  en  aspectos
jurídicos y legales  relacionados con el  funcionamiento de
la Institución Policial y con el ejercicio de la función policial;
b. División  de Sistematización  y  Supervisión Jurídico
Policial; y,
c. División de Defensa Legal.
2)
Instruir   los  criterios   técnicos   normativos   y  de
interpretación en la Policía Nacional del Perú; en el marco
de  la  legislación concerniente  a  la  Institución  Policial y
normas conexas;
Artículo  53.-   División   de  Desarrollo   Jurídico  y
Proyectos Normativos
La
División   de   Desarrollo    Jurídico   y   Proyectos
Normativos es  la  unidad orgánica  responsable de  emitir
opinión,  absolver  consultas,  interpretar  disposiciones   y
normas jurídicas y pronunciarse sobre la legalidad de actos
que sean sometidos a su consideración, en el marco de la
función policial y la legislación concerniente a la Institución
Policial y normas conexas.
3)
Orientar,  gestionar   y  supervisar  las   actividades
jurídicas  de  asesoramiento,  opinión   jurídica,  informe  y
absolución de consultas a la Alta Dirección y a los órganos
de la Policía Nacional del Perú;
Orientar,   dirigir    y   supervisar    el   servicio   de
asesoramiento y defensa legal  en forma gratuita y a  nivel
nacional para el personal  de la Policía Nacional del  Perú,
cuando sea demandado en la vía civil o en la vía penal por
acciones, omisiones o decisiones adoptadas en el ejercicio
regular de sus funciones;
4)
Depende de  la Dirección  de Asesoría Jurídica  y está
a cargo de un O?cial Superior de Servicios Abogado de la
Policía Nacional del  Perú en situación  de actividad, en el
grado de Coronel.
La
División   de   Desarrollo    Jurídico   y   Proyectos
Normativos  de  la   Policía  Nacional  del   Perú  tiene  las
funciones siguientes:
5)
Planear,   organizar,    dirigir,   coordinar,   evaluar,
controlar y supervisar las actividades jurídicas del Sistema
Jurídico  Policial  a  nivel   nacional;  en  el  ámbito  de   su
competencia funcional;
1)
Establecer  los  criterios  técnicos normativos  y  de
6)
Revisar,  proponer,   visar  y/o   dar  trámite   según
interpretación a nivel nacional, orientados  al desarrollo de
análisis  de  expedientes,  redacción  jurídica,  formulación
de  dictámenes,  proyectos  de  contratos  y  demás  actos
jurídicos que  celebre o  proponga la  Policía Nacional  del
Perú; así  como, de interpretación  e integración jurídica  y
proyectos de iniciativa de la normatividad interna policial;
corresponda,  a   los  documentos   que,  de   conformidad
con  sus respectivas  funciones, formulen  los  órganos de
la  Policía  Nacional  del Perú  que  sean  sometidos  a  su
consideración;
7)
Revisar  y   visar  los  acuerdos   y  convenios   que
propongan los órganos de la Policía Nacional del Perú, para
el trámite de aprobación y suscripción correspondiente;
2)
Analizar  y  dictaminar  sobre  los aspectos  legales
de  las actividades  de  la Policía  Nacional  del  Perú, que
contengan controversia  jurídica y emitir opinión  sobre los
recursos impugnativos de su competencia;
8)
Orientar la correcta aplicación de  la normativa legal
vigente concerniente  a la Policía  Nacional del Perú en  el
desarrollo de la función policial a nivel nacional;
3)
Revisar  y   evaluar  los  proyectos  de   Resolución
9)
Emitir   opinión  jurídica   sobre  los   proyectos   de
y  dispositivos   legales,  para  su   visación,  emitiendo   el
dictamen correspondiente;
Ley y  demás  normas y  dispositivos que  son  materia de
competencia  de la  Policía Nacional  del  Perú, cuando  le
sean requeridos;
4)
Absolver  las  consultas  legales  relacionadas  a  la
formulación y ejecución  de resoluciones administrativas y
otros del campo  de su materia, aplicando la  normatividad
vigente que corresponda;
5) Veri?car  la adecuada formulación  de los proyectos
de  contratos,   convenios  y  demás   actos  jurídicos  que
proponga la  Policía Nacional del Perú,  para el trámite  de
aprobación y suscripción correspondiente;
10)
Supervisar  la   sistematización  y  difusión   de  la
normativa  legal  concerniente  a  la  Policía  Nacional  del
Perú;
11)
Emitir  los   dictámenes  en  las   reclamaciones  y
recursos  administrativos que  deban ser  resueltos  por la
Alta Dirección  de la Policía  Nacional del Perú,  cuando le
sean requeridos;
6)  Absolver  las  consultas  de   carácter  técnico-legal
sobre asuntos de su competencia a nivel nacional;
7) Analizar la normatividad interna  policial e identi?car
los vacíos legales  y de?ciencias normativas, proponiendo
el proyecto de iniciativa normativa correspondiente;
8) Establecer los criterios  de interpretación jurídica de
la normatividad aplicable a la Policía Nacional del Perú;
9) Informar y  emitir opinión legal sobre  asuntos de su
competencia;
12)
Participar, consolidar  y sustentar la  programación
de actividades anual  articulado al cuadro de necesidades
y  asignación  presupuestal, proponiendo  los  indicadores
de  productos  y  procesos;  así  como,  formular,  aprobar,
ejecutar y evaluar el Plan de Trabajo Anual de la Dirección
a su cargo, concordante con el Plan Operativo Anual de la
Policía Nacional del Perú;
13)
Administrar los  recursos asignados a  la Dirección
a  su   cargo,  con  criterios  de   e?ciencia  y  e?cacia,   de
10)  Asesorar al  Director  de  Asesoría  Jurídica  de la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
conformidad con el marco legal vigente;
14)
11)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
Formular y  proponer los  respectivos documentos
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director de Asesoría Jurídica  de la Policía Nacional del
Perú le asigne.
técnicos  normativos  para  regular  el  funcionamiento  del
Sistema Jurídico  Policial  a nivel  nacional; conforme  a la
normativa sobre la materia;
15)
Representar  a  la   Policía  Nacional  del   Perú  y
Artículo
54.-
División
de
Sistematización
y
participar  en  las  Mesas  de  Trabajo  promovidas  por  el
Ministerio del  Interior u otras  entidades, para  asuntos de
su competencia funcional;
Supervisión Jurídico Policial
La
División
de
Sistematización
y
Supervisión
Jurídico Policial  es la  unidad orgánica responsable  de la
sistematización y difusión de la  normatividad de la Policía
Nacional del Perú; así como, supervisar el cumplimiento de
la misma, en el marco de la función policial y la legislación
concerniente a la Institución Policial y normas conexas.
Depende de  la Dirección  de Asesoría Jurídica  y está
a cargo de un O?cial Superior de Servicios Abogado de la
Policía Nacional del  Perú en situación  de actividad, en el
grado de Coronel.
16)
Gestionar ante la  Escuela Nacional de Formación
Profesional   Policial  la   capacitación,   especialización  y
actualización   permanente  del   personal   policial   de  la
Dirección a su  cargo, en materias  relacionadas al campo
funcional de ésta;
17)
Informar y emitir opinión legal sobre asuntos de su
competencia;
18)
Asesorar a la Alta Dirección de  la Policía Nacional
del Perú en asuntos de su competencia; y,
La División  de Sistematización y  Supervisión Jurídico
Policial tiene las siguientes funciones:
19)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Secretario  Ejecutivo de la  Policía Nacional del  Perú le
asigne.
1)
Establecer   los   lineamientos   técnicos    para   el
ordenamiento jurídico  policial y jurisprudencia  vinculante,
orientados a la sistematización y difusión de la normatividad
de la Policía Nacional del Perú; así como, las estrategias y
procedimientos para la supervisión del cumplimiento de la
misma en la Policía Nacional del Perú;
Artículo 52.- Estructura de la Dirección de Asesoría
Jurídica
La Dirección de Asesoría Jurídica para el cumplimiento
de  sus   funciones  cuenta  con   las  unidades  orgánicas
siguientes:
2)
Sistematizar  y  administrar  la  normatividad  de  la
Policía  Nacional del  Perú  y  la  jurisprudencia vinculante
para lograr su unidad y coherencia;
a.
División
de
Desarrollo
Jurídico
y
Proyectos
3) Difundir a  nivel nacional, el compendio  o?cial de la
normatividad de la  Policía Nacional del Perú  por materia,
Normativos;
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
25
su  vigencia,  modi?cación   y  derogación,  con  el  ?n   de
1)  Dirigir el  proceso  de planeamiento  estratégico  de
la  Policía  Nacional del  Perú  articulado  al  planeamiento
estratégico del Sector Interior y del planeamiento operativo
anual; así como,  de otros planes,  programas y proyectos
en la Policía Nacional del Perú, en el marco de las políticas
públicas en  materia de orden  interno, orden público  y de
seguridad ciudadana; de conformidad con los lineamientos
dictados por el Ministerio del Interior y las disposiciones del
Director General de la Policía Nacional del Perú;
2) Conducir  y  orientar la  implementación de  criterios
y   metodologías  para   la  elaboración   de   líneas  base,
indicadores de  gestión y  toda  información relevante  que
sirva de  insumo para la  programación de actividades,  en
el  marco  de los  lineamientos  dictados  por  el Ministerio
del Interior  y las disposiciones  del Director General  de la
Policía Nacional del Perú;
garantizar la seguridad jurídica en la institución;
4)
Recopilar, digitalizar, clasi?car, concordar y actualizar
las normas legales; así como, la jurisprudencia vinculante;
Conducir las actividades jurídicas de asesoramiento,
5)
opinión  legal, informe  y  absolución  de consultas  de  los
órganos  y   unidades  orgánicas  de   la  Policía  Nacional
del  Perú;  así  como,   supervisar  el  cumplimiento  de  la
normatividad  sistematizada  y difundida  en  la  Institución
Policial;
6)
Instruir  jurídicamente a  nivel  nacional al  personal
policial  sobre  la aplicación  práctica  de  las  normas  que
regulan  el ejercicio  de las  operaciones  e intervenciones
policiales, en el marco de la legislación vigente que regula
esta materia;
7)
Informar y emitir  opinión legal sobre asuntos  de su
competencia;
3)  Participar,  conducir  y supervisar  la  consolidación
de la  programación de  actividades  de los  órganos de  la
institución  para la  elaboración  del Plan  Operativo Anual
de la  Policía Nacional del  Perú, en concordancia  con los
lineamientos  dictados por  el  Ministerio del  Interior  y las
disposiciones del  Director General de  la Policía Nacional
del Perú;
8)
Asesorar  al  Director  de  Asesoría  Jurídica  de   la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
9)
Las   demás  funciones   que   le   corresponda  de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director de Asesoría Jurídica  de la Policía Nacional del
Perú le asigne.
4)
Proponer el Plan Estratégico  de la Policía Nacional
Artículo 55.- División de Defensa Legal
del Perú y el Plan Operativo Anual de la Institución Policial
para su  aprobación por  el Director  General de  la Policía
Nacional  del  Perú,   en  concordancia  con  los  objetivos
institucionales y las normas en vigencia sobre la materia;
5)  Conducir  el  monitoreo,  evaluación  y  supervisión
de  la  ejecución  de  las  actividades  programadas  en  el
Plan Estratégico de la  Policía Nacional del Perú y  el Plan
OperativoAnual; en coordinación directa y permanente con
los órganos y unidades orgánicas de la Institución Policial,
evaluando los resultados e impactos de las mismas para la
toma de decisiones;
La  División de  Defensa Legal  es  la unidad  orgánica
responsable de organizar, ejecutar y controlar los servicios
de  asesoría  y  defensa  legal  gratuita  al  personal de  la
Policía Nacional del Perú, que afronta  un proceso penal o
civil derivado del cumplimiento de la función policial.
Depende de  la Dirección  de Asesoría Jurídica  y está
a cargo de un O?cial Superior de Servicios Abogado de la
Policía Nacional del  Perú en situación  de actividad, en el
grado de Coronel.
La División de Defensa Legal de la Policía Nacional del
Perú tiene las funciones siguientes:
6)  Conducir  y  supervisar  la  implementación  de  las
acciones  vinculadas  a  los   procesos  de  modernización
y   desarrollo  organizacional   en   la   Institución   Policial,
incluyendo simpli?cación administrativa y la mejor atención
al   ciudadano;  en   concordancia   con   los  lineamientos
dictados por  el Ministerio  del Interior  y  las disposiciones
del Director General de la Policía Nacional  del Perú; en el
marco del  sistema administrativo de  modernización de la
gestión pública;
1)
Ejecutar y controlar el  servicio de asistencia legal y
ejercer la  defensa en  forma gratuita  del personal policial
de la  Policía Nacional  del Perú, cuando  sea demandado
en la vía  civil o denunciado en  la vía penal  por acciones,
omisiones o  decisiones derivados del  cumplimiento de la
función policial;
2)
Orientar  y  asesorar  al  personal  policial  respecto
de los  servicios  de asistencia  legal y  defensa gratuita  a
ejercer, así como de los trámites y procedimientos a seguir
en los órganos jurisdiccionales competentes;
7) Conducir y orientar  en la formulación, actualización
y difusión  de  los documentos  de gestión  interna y  otros
documentos  técnicos  en  el  ámbito  de  su  competencia
funcional;
3)
Coordinar con las Procuradurías  Públicas y con los
distintos  órganos y  unidades  orgánicas de  la  Institución
Policial,  a  ?n   de  optimizar  la   labor  encomendada  en
materia de defensa legal;
8)  Dirigir  y  controlar  el  proceso  de  consolidación y
seguimiento  para la  atención  de  las  necesidades de  la
Policía Nacional del Perú en materia  de inversión pública,
en el marco del fortalecimiento de las funciones policiales;
9)  Controlar  y  orientar el  proceso  de  formulación  y
evaluación  de  los  proyectos  de  inversión  de la  Policía
Nacional del  Perú, declarando su  viabilidad; en  el marco
de la normatividad del Sistema Nacional de Programación
Multianual y Gestión de Inversiones;
10)  Controlar y  orientar  el proceso  de  consolidación
para la programación, formulación, ejecución, seguimiento
y evaluación  del presupuesto realizado  por las  Unidades
Ejecutoras de  la  Policía Nacional  del Perú,  en el  marco
del  Plan  Operativo  Anual  de  la  Institución   Policial,  de
conformidad con los lineamientos dictados por el Ministerio
del Interior  y las disposiciones  del Director General  de la
Policía Nacional del Perú;
11)   Dirigir   y   supervisar   el    proceso   de   registro,
recopilación  y análisis  de la  información  estadística que
produzca la Dirección a su cargo, para una adecuada toma
de decisiones,  de conformidad  con los  lineamientos que
dicte la  División de Estadística  de la Policía Nacional  del
Perú;
12) Gestionar ante  la Escuela Nacional de  Formación
Profesional   Policial  la   capacitación,   especialización  y
actualización permanente  del personal  de la  Dirección a
su cargo, en materias relacionadas al  campo funcional de
ésta;
13) Administrar los  recursos asignados a  la Dirección
a  su   cargo,  con  criterios  de   e?ciencia  y  e?cacia,   de
conformidad con el marco legal vigente;
14) Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su competencia;
4)
Interponer quejas y/o denuncias  ante las instancias
que  correspondan, en  el  ejercicio de  la  asistencia legal
y/o  defensa  del  personal  policial,   en  el  ámbito  de  su
competencia;
5)
Informar y  emitir opinión  técnica sobre asuntos  de
su competencia;
6)
Asesorar al Director de Asesoría Jurídica en asuntos
de su competencia; y,
7)
Las   demás  funciones   que   le   corresponda  de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director de Asesoría Jurídica  de la Policía Nacional del
Perú le asigne.
Artículo
Institucional
56.-
Dirección
de
Planeamiento
La Dirección de Planeamiento Institucional es el órgano
de asesoramiento  responsable de  dirigir el planeamiento
estratégico  de la  Policía Nacional  del  Perú articulado  al
planeamientoestratégicodelSectorInterioryseencargade
planear, proponer, formular, conducir, coordinar, promover,
integrar,  evaluar,   consolidar  y  efectuar   el  seguimiento
del proceso  de planeamiento  operativo anual;  así como,
de  otros  planes, programas  y  proyectos  en  materia  de
orden interno, orden  público y seguridad ciudadana;  y de
la modernización  de la  gestión institucional  en el  ámbito
de su  competencia; de conformidad  con los lineamientos
dictados por el Ministerio del Interior y las disposiciones del
Director General de la Policía Nacional del Perú.
Depende  de   la  Secretaría   Ejecutiva  de  la   Policía
Nacional del Perú y está a cargo de un O?cial Superior de
la Policía Nacional  del Perú en  situación de actividad, en
el grado de Coronel.
La Dirección de Planeamiento Institucional de la Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
15)  Asesorar  al   Secretario  Ejecutivo  de   la  Policía
Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
16)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
26
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
el Secretario  Ejecutivo de la  Policía Nacional del  Perú le
asigne.
8)
Orientar
y   establecer   mecanismos   para    una
adecuada
ejecución   presupuestaria   de  las   Unidades
Ejecutoras de  la  Policía Nacional  del Perú,  en el  marco
del  Plan  Operativo  Anual  de  la  Institución   Policial,  de
conformidad con los lineamientos dictados por el Ministerio
del Interior  y las disposiciones  del Director General  de la
Policía Nacional del Perú;
9) Analizar, proponer y sustentar proyectos de normas
de interés  de la Institución  Policial para  su incorporación
en la Ley de Presupuesto Anual del Sector Público, de ser
necesario;
Artículo
57.-
Estructura
de
la
Dirección
de
Planeamiento Institucional
La  Dirección  de  Planeamiento   Institucional  para  el
cumplimiento de  sus  funciones cuenta  con las  unidades
orgánicas siguientes:
a. División de Planeamiento Institucional;
b. División de Modernización y Desarrollo Institucional;
y,
10) Informar periódicamente a la Alta Dirección y a los
órganos  competentes de  la  Institución  Policial, sobre  la
evaluación del Plan Operativo Anual y de los otros planes,
programas y proyectos de la Policía Nacional del Perú;
11)   Dirigir,   controlar   y   evaluar   la   ejecución    del
Estratégico   de    Modernización,   Repotenciación,
c. División de Inversiones.
Artículo 58.- División de Planeamiento Institucional.
La División de Planeamiento  Institucional es la unidad
orgánica
responsable
de
desarrollar
el
proceso
de
Plan
planeamiento estratégico  de la Policía  Nacional del  Perú
articulado al  planeamiento estratégico  del Sector  Interior
y  del planeamiento  operativo  anual; así  como,  de otros
planes,  programas  y  proyectos   en  la  Policía  Nacional
del Perú;  en el  marco de  las políticas  públicas de orden
interno,  orden   público  y   de  seguridad   ciudadana;  de
conformidad con los lineamientos dictados por el Ministerio
del Interior  y las disposiciones  del Director General  de la
Policía Nacional del Perú.
Depende de la Dirección de Planeamiento Institucional
y está a cargo de un O?cial Superior de la Policía Nacional
del Perú en situación de actividad, en el grado de Coronel;
o profesional civil altamente cali?cado y/o especializado.
La División de Planeamiento Institucional  de la Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
Renovación, Reemplazo  y  Reparación del  Equipamiento
de la  Policía Nacional  del Perú; así  como, las  metas del
Plan Nacional de Seguridad Ciudadana;
12)
Proponerdirectivasydemásdocumentosdegestión
interna que  sean  de interés  de la  Institución Policial,  en
materia de planeamiento estratégico de la Policía Nacional
del Perú y el planeamiento operativo anual, en el marco de
los lineamientos del  Ministerio del Interior y disposiciones
del Director General de la Policía Nacional del Perú;
13)
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
su competencia;
14)
Asesorar al Director  de Planeamiento Institucional
de   la  Policía   Nacional   del   Perú  en   asuntos   de  su
competencia; y,
15)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el  Director  de  Planeamiento  Institucional   de  la  Policía
Nacional del Perú le asigne.
1)
Coordinar y  desarrollar las actividades del  proceso
de  planeamiento  estratégico  de  la Policía  Nacional  del
Perú  y  de planeamiento  operativo  anual;  así  como,  de
otros planes, proyectos y programas en la Policía Nacional
del Perú, sobre la base de las políticas públicas en materia
de orden interno, orden público y de seguridad ciudadana;
en el marco de  los lineamientos dictados por el Ministerio
del Interior  y las disposiciones  del Director General  de la
Policía Nacional del Perú;
Diseñar,   proponer    e   implementar   criterios    y
para   la    elaboración   de   líneas    base,
Artículo 59.- División de Modernización y Desarrollo
Institucional
La División de Modernización y Desarrollo Institucional
es
la
unidad
orgánica
responsable
de
coordinar,
desarrollar y evaluar las  acciones para la implementación
del proceso de modernización  y desarrollo organizacional
en la Policía Nacional del Perú, incluyendo la simpli?cación
administrativa   y  el   proceso   de   mejor  atención   a   la
2)
metodologías
indicadores de  gestión y  toda  información relevante  que
sirva de  insumo para la  programación de actividades;  en
el  marco  de los  lineamientos  dictados  por  el Ministerio
del Interior  y las disposiciones  del Director General  de la
Policía Nacional del Perú;
Dirigir,    coordinar,   consolidar    y    proponer   la
programación  de  actividades  anual  de  los  órganos  de
la  Institución  Policial,   de  manera  articulada   al  cuadro
ciudadanía,
conforme   al    sistema    administrativo   de
modernización de la gestión pública.
Depende de la Dirección de Planeamiento Institucional
y está a cargo de un O?cial Superior de la Policía Nacional
del Perú en situación de actividad, en el grado de Coronel;
o profesional civil altamente cali?cado y/o especializado.
La División de Modernización y Desarrollo Institucional
de   la  Policía   Nacional  del   Perú   tiene  las   funciones
siguientes:
3)
de
necesidades   y   asignación   presupuestal,   para   la
elaboración   del   Plan   Operativo  Anual   de   la   Policía
Nacional del Perú;
1)
Implementar  y  supervisar  las  actividades  de  los
procesos  de  modernización y  desarrollo  organizacional,
simpli?cación   administrativa,   la   mejora
continua  de  la organización  y  funciones,  la  gestión  del
cambio,  la  gestión  de  procesos  y  procedimientos; y  el
proceso de  mejor atención  a la  ciudadanía en  la Policía
Nacional del  Perú;  de conformidad  con los  lineamientos
dictados por el Ministerio del Interior y las disposiciones del
Director General de la Policía Nacional del Perú;
4)
Formular y proponer el Plan Estratégico de la Policía
Nacional  del  Perú  y  el   Plan  Operativo  Anual  para  su
aprobación por el  Director General de la  Policía Nacional
del  Perú  y  otros  planes,  programas  y  proyectos  de  la
Institución Policial,  en concordancia con  los lineamientos
dictados por el Ministerio del Interior y las disposiciones del
Director General de la Policía Nacional del Perú;
incluyendo
la
5)
Monitorear,  evaluar  y   supervisar  la  ejecución   y
cumplimiento de  las actividades  programadas en el  Plan
Estratégico  de  la  Policía  Nacional   del  Perú  y  el  Plan
Operativo Anual  y  otros  planes,  programas y  proyectos
2)
Formular,  proponer  y  actualizar;  en  coordinación
directa  y  permanente con  los  órganos  de  la  Institución
Policial,  los  documentos  de   gestión  institucional  de  la
Policía Nacional del Perú en el ámbito de su competencia,
en  concordancia  con   los  lineamientos  dictados  por  el
Ministerio  del   Interior  y  las  disposiciones   del  Director
General de la Policía Nacional del Perú;
de
la   Institución   Policial;   en   coordinación   directa  y
permanente con  los órganos  y unidades  orgánicas de la
Institución Policial, evaluando los resultados e impactos de
las mismas para la toma de decisiones;
6)
Orientar,   asesorar  y   supervisar  el   proceso  de
3)
Participar  en  la  formulación  del  Texto  Único   de
formulación y ejecución de los Planes de Trabajo Anual, a
?n que sean concordantes con el Plan Operativo Anual de
la Policía Nacional del Perú, el Plan Operativo Institucional
del  Ministerio del  Interior,  las  políticas, los  lineamientos
sectoriales sobre la materia y las disposiciones del Director
General de la Policía Nacional del Perú;
Procedimientos Administrativos y Texto Único de Servicios
No Exclusivos  del Ministerio  del Interior,  en la  parte que
corresponda a la Policía Nacional del Perú;
4)
Efectuar el  seguimiento en  el cumplimiento  de los
documentos de gestión institucional de la Policía Nacional
del Perú, en el ámbito de su competencia;
7)
programación,
Dirigir  y consolidar  la  información del  proceso  de
formulación,   ejecución,   seguimiento    y
5)
Dirigir y  coordinar la implementación de  proyectos,
servicios y actividades de  modernización de la gestión en
la Policía Nacional del Perú;
evaluación  del  presupuesto  realizado  por las  Unidades
Ejecutoras de  la  Policía Nacional  del Perú,  en el  marco
del  Plan  Operativo  Anual  de  la  Institución   Policial,  de
conformidad con los lineamientos dictados por el Ministerio
del Interior  y las disposiciones  del Director General  de la
Policía Nacional del Perú;
6)
Implementar los procesos  de mejora continua  y de
gestión de la calidad de  los servicios y trámites prestados
al ciudadano  y al personal  policial y civil  de la Institución
Policial, de conformidad con los lineamientos dictados por
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
27
el  Ministerio del  Interior  y las  disposiciones  del Director
General de la Policía Nacional del Perú;
estén
directamente
vinculados
con
los
objetivos
institucionales;
7)
Implementar medidas que promuevan la  gestión de
7) Elaborar  las  ?chas técnicas  y los  estudios de  pre
inversión  para los  proyectos  de inversión,  con  el ?n  de
sustentar  la  concepción  técnica  y  el  dimensionamiento
de los  proyectos  de inversión,  para la  determinación  de
su viabilidad,  teniendo en cuenta  los objetivos, metas  de
producto e  indicadores de  resultado previstos  en la  fase
de Programación Multianual; así como los recursos para la
operación y mantenimiento de los activos generados por el
proyecto y las formas de ?nanciamiento;
los procesos internos de la institución;
Orientar,  monitorear y  evaluar el  correcto  uso del
8)
Sistema  Único  de  Trámite  Documentario  del  Ministerio
del  Interior por  los  órganos y  unidades  orgánicas  de la
Policía Nacional del Perú, de conformidad con la normativa
vigente  y los  lineamientos dictados  por  el Ministerio  del
Interior  y  las  disposiciones  del  Director  General   de  la
Policía Nacional del Perú;
9)
Realizar  las  acciones  que  sean  necesarias  para
8)  Formular,  evaluar  y  declarar  la  viabilidad  de  los
proyectos de inversión de la Policía Nacional del Perú;
Aprobar   las   inversiones    de   optimización,   de
gestionar los recursos que permitan la sostenibilidad de la
atención de los procedimientos de trámite  documentario y
atención al ciudadano;
9)
ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación;
10) Registrar en el Banco de Inversiones los proyectos
de   inversión   y   las   inversiones   de   optimización,   de
ampliación marginal de reposición y de rehabilitación;
10)
Proponer  proyectos  de  reglamentos,  manuales,
directivas y  otros documentos  de gestión institucional  en
el  ámbito  de  su  competencia,  de  conformidad  con  los
lineamientos  dictados por  el  Ministerio del  Interior  y las
disposiciones del  Director General de  la Policía Nacional
del Perú;
11) Cautelar  que  las inversiones  de optimización,  de
ampliación  marginal,  de   reposición  y  de  rehabilitación
señaladas,   no   contemplen   intervenciones   que
constituyan proyectos de inversión;
antes
11)
Formular
y
proponer
informes
técnicos
que
sustenten  opinión  especializada  en  las  materias  de  su
competencia;
12) Evaluar  y determinar  el gasto a  ser reembolsado
por la elaboración de la  ?cha técnica o de los estudios de
pre inversión,  en los casos de  los proyectos de  inversión
de  la Policía  Nacional  del Perú  que  se realicen  bajo  la
modalidad de Obras por Impuestos, siempre que el Comité
Especial no llegue a conformarse;
13)  Brindar   asesoramiento  técnico  a   las  unidades
ejecutoras   de   inversión   y   otras   unidades   orgánicas
pertenecientes a la  Policía Nacional del  Perú, en materia
de formulación de  proyectos de inversión  en el marco de
los  objetivos  institucionales  y  del  Sistema  Nacional  de
Programación Multianual y Gestión de Inversiones;
14) Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su competencia;
15) Asesorar al Director  de Planeamiento Institucional
de   la  Policía   Nacional   del   Perú  en   asuntos   de  su
competencia; y,
16)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el  Director  de  Planeamiento  Institucional   de  la  Policía
Nacional del Perú le asigne.
12)
Coordinar y participar en el proceso de ?scalización
posterior de los procedimientos administrativos y servicios
prestados en  exclusividad a cargo  de la Policía  Nacional
del Perú contenidos  en el Texto Único de  Procedimientos
Administrativos del Ministerio del Interior;
13)
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
su competencia;
14)
Asesorar al Director  de Planeamiento Institucional
de   la  Policía   Nacional   del   Perú  en   asuntos   de  su
competencia; y,
15)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el  Director  de  Planeamiento  Institucional   de  la  Policía
Nacional del Perú le asigne.
Artículo 60.- División de Inversiones
La  División   de  Inversiones   es  la  unidad   orgánica
responsable  de la  fase  de formulación  y  evaluación del
Ciclo de  Inversión en  la Policía  Nacional del  Perú; en el
marco de  los  objetivos institucionales  y los  lineamientos
del  Sector   Interior  conforme   al   Sistema  Nacional   de
Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
Artículo 61.- Dirección de Administración
La Dirección de Administración es el  órgano de apoyo
administrativo  responsable de  plani?car,  dirigir,  ejecutar,
evaluar   y  supervisar   las   actividades   referidas   a  los
sistemas administrativos de presupuesto,  abastecimiento,
contabilidad y  tesorería, así  como del control  patrimonial
de la Unidad Ejecutora a su cargo.
Depende
de
la
Dirección
de
Planeamiento
Institucional  y está  a cargo  de un  O?cial  Superior de  la
Policía Nacional del Perú,  en situación de actividad, en el
grado de Coronel;  o profesional  civil altamente cali?cado
y/o especializado.
La División  de Inversiones  de la  Policía Nacional  del
Perú tiene las funciones siguientes:
Asimismo,  gestiona el  control patrimonial,  administra
la  infraestructura  y  los  recursos  logísticos  estratégicos
de  la  Policía   Nacional  del  Perú  a  ?n   de  atender  los
requerimientos   de   los   distintos   órganos   y   unidades
orgánicas  de la  Institución Policial  a  nivel nacional,  que
le sean encargados para  garantizar el cumplimiento de la
función policial.
Depende de la  Secretaría Ejecutiva y está a  cargo de
un  O?cial General  de  Armas de  la  Policía  Nacional del
Perú en situación de actividad, en el grado de General.
La Dirección  de Administración de la  Policía Nacional
del Perú tiene las funciones siguientes:
1)
Consolidar las necesidades en materia de inversión
pública  que se  requieran  a  nivel de  la  Policía Nacional
del  Perú,  para  el  fortalecimiento  de  la   función  policial
en  materia de  orden  interno, orden  público  y seguridad
ciudadana;
normas
2)
Proponer
los
lineamientos
técnicos,
técnicas, especi?caciones y estándares  para el desarrollo
de la  infraestructura  en la  Policía Nacional  del Perú,  en
el marco de los objetivos  institucionales y de conformidad
con las políticas  del Sector Interior  sobre la materia y  las
disposiciones del  Director General de  la Policía Nacional
del Perú;
1) Plani?car, dirigir,  ejecutar y supervisar los procesos
los
de
sistemas
administrativos
de
presupuesto,
3)
Participar
en
la
formulación
del
Plan
de
abastecimiento, contabilidad  y tesorería; así  como los de
control  patrimonial relativos  a  la  Unidad Ejecutora  a  su
cargo, de conformidad con la normativa vigente;
2) Gestionar  los procesos  de  control patrimonial  y la
administración  de  la   infraestructura  y  de  los   recursos
logísticos estratégicos asignados a la Policía  Nacional del
Perú,  para atender  los requerimientos  de  los órganos  y
unidades orgánicas  de la  Institución Policial  que le  sean
encargados; para garantizar el cumplimiento de la función
policial;
Infraestructura  de  la Policía  Nacional  del  Perú  a  cargo
de la O?cina  General de Infraestructura del  Ministerio del
Interior, el cual incluirá las  actividades y proyectos para la
construcción,  mejoramiento,  rehabilitación,  sustitución  y
equipamiento de la infraestructura policial a nivel nacional;
4)
Remitir y coordinar con  la O?cina de Programación
Multianual  de  Inversiones  del  Ministerio  del  Interior,  la
información  relacionada  a  las  inversiones de  la  Policía
Nacional del  Perú que estén  a su  cargo, en el  marco de
la  formulación  del  Programa  Multianual  de  Inversiones
Sectorial;
3)  Dirigir y  proponer  la programación  de actividades
anual  articulado al  cuadro de  necesidades  y asignación
presupuestal, estableciendo los  indicadores de productos
y procesos;
4)  Dirigir   y   supervisar  la   formulación  y   ejecución
del  Plan de  Trabajo Anual  de  la Unidad  Ejecutora  a su
cargo,  concordante  con  el  Plan  Operativo  Anual  de  la
Policía Nacional  del Perú,  el Plan  Operativo Institucional
del  Ministerio   del  Interior,  las  políticas   y  lineamientos
5)
Informar a la O?cina de Programación Multianual de
Inversiones del Ministerio  del Interior respecto  del estado
de las  inversiones a su  cargo, independientemente de  la
etapa del Ciclo de Inversión en que se encuentren;
6)
Aplicar  los   contenidos,  las   metodologías  y   los
parámetros
de   formulación,    para   la    formulación   y
evaluación de  los proyectos de  inversión cuyos objetivos
28
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
sectoriales sobre la materia y las disposiciones del Director
General de la Policía Nacional del Perú;
Artículo
62.-
Estructura
de
la
Dirección
de
Administración
5)
Dirigir y  supervisar los  procesos de programación,
La Dirección  de Administración  para  el cumplimiento
de  sus   funciones  cuenta  con   las  unidades  orgánicas
siguientes:
formulación,   ejecución,  seguimiento   y   evaluación   del
presupuesto  de   la  Unidad   Ejecutora  a   su  cargo,   de
conformidad con los lineamientos del Ministerio del Interior
y  las  disposiciones  del  Director   General  de  la  Policía
Nacional del Perú;
a. División de Economía;
b. División de Logística; y,
c. División de Infraestructura.
6)
Dirigir las actividades de control previo y concurrente
en cumplimiento de las disposiciones del Sistema Nacional
de Control y de los sistemas administrativos;
Artículo 63.- División de Economía
7)
Identi?car las  necesidades en materia de  inversión
La   División  de   Economía   es   la  unidad   orgánica
responsable de desarrollar los procesos de programación,
evaluación
que se  requieran a  nivel de  la Unidad  Ejecutora  para el
fortalecimiento de la función policial en bene?cio del orden
interno, el orden público y la seguridad ciudadana, para su
trámite ante la  División de Inversiones de  la Dirección de
Planeamiento Institucional de la Policía Nacional del Perú;
formulación,
ejecución,
seguimiento
y
presupuestal; así como de programar, organizar, coordinar,
dirigir y  supervisar los procesos técnicos  de los sistemas
administrativos  de tesorería  y contabilidad  de  la Unidad
Ejecutora a cargo de  la Dirección de Administración de la
Institución Policial.
8)
Dirigir y supervisar el proceso de formulación del Plan
Anual de Contrataciones de la Unidad Ejecutora a su cargo
y de los requerimientos estratégicos que se  le encarguen;
así como, su ejecución y difusión,  de conformidad con las
normas sobre la materia;
Depende  de  la  Dirección  de  Administración  y  está
a cargo  de un O?cial  Superior de  la Policía Nacional  del
Perú en  situación  de actividad,  en el  grado  de Coronel;
o profesional civil altamente cali?cado y/o especializado.
La  División de  Economía  de  la Policía  Nacional  del
Perú tiene las funciones siguientes:
9)
Nombrar los  Comités de  Selección por delegación
si fuera el caso, dentro del ámbito  de su competencia; así
como, resolver los diversos recursos impugnatorios, según
corresponda; de conformidad  con la normatividad vigente
sobre la materia;
1)
Plani?car,  dirigir,  ejecutar,  controlar  y  desarrollar
10)
Supervisar los  procedimientos  de selección  para
los  procesos  de  programación,   formulación,  ejecución,
la contratación de  bienes, servicios, ejecución de  obras y
consultorías de obras de la Unidad Ejecutora a su cargo, de
conformidad con la normatividad vigente sobre la materia;
seguimiento
y
evaluación
presupuestal;
así
como,
programar,  organizar,  coordinar,  dirigir  y  supervisar  los
procesos  técnicos   de  los  sistemas   administrativos  de
tesorería y contabilidad de la Unidad Ejecutora a cargo de
la Dirección de Administración de la Institución Policial;
11)
Administrar los  recursos ?nancieros  de la  Unidad
Ejecutora   a  su   cargo;   así   como,  dirigir,   controlar   y
supervisar los procesos de ejecución presupuestaria de la
Unidad Ejecutora;
2)
Participar, consolidar y sustentar la programación de
actividades anual  articulado al  cuadro  de necesidades  y
asignación presupuestal,  proponiendo los  indicadores de
productos y procesos; así como, formular, aprobar, ejecutar
y evaluar el Plan de Trabajo Anual de la Unidad Ejecutora a
cargo de la Dirección  de Administración, concordante con
el Plan Operativo Anual de la Policía Nacional del Perú, el
Plan Operativo  Institucional del Ministerio  del Interior, las
políticas y lineamientos  sectoriales sobre la  materia y las
disposiciones del  Director General de  la Policía Nacional
del Perú;
12)
Dirigir y  supervisar la elaboración  de los  Estados
Financieros,  Presupuestarios  y  Complementarios  de  la
Unidad Ejecutora a su cargo, para su aprobación y trámite
ante la  O?cina General de Administración  y Finanzas del
Ministerio del Interior, conforme a la normatividad vigente;
13)
Dirigir y supervisar el registro y control de los bienes
patrimoniales y  de infraestructura de  la Unidad Ejecutora
a  su cargo  y  cuando  corresponda  a nivel  nacional;  así
como el  saneamiento físico-legal,  de conformidad  con la
normatividad vigente;
3)
Formular el  proyecto de presupuesto  de la  Unidad
14)
Ejercer la titularidad de las cuentas corrientes de la
Ejecutora a cargo de  la Dirección de Administración en el
marco del sistema  administrativo de presupuesto público,
según  lo  establecido en  el  proyecto  de  Plan  Operativo
Anual  de  la   Policía  Nacional  del  Perú,   formulando  la
demanda global;
Unidad Ejecutora a su cargo; así como, dirigir y supervisar
el
manejo   adecuado    de   los    recursos   económicos
asignados;
15)
Monitorear los  procesos legales  y/o judiciales  de
los cuales forme parte la Unidad Ejecutora a su cargo;
Aprobar  los  lineamientos  técnicos,  resoluciones
4)
Realizarajustesenlademandaglobalsegúnelmarco
16)
del Presupuesto  Institucional de Apertura –  PIA asignado
al Pliego 007: Ministerio del Interior; así como gestionar los
reajustes al  Plan Operativo  Anual de  la Policía  Nacional
del Perú en caso existan modi?caciones en el Presupuesto
Institucional Modi?cado – PIM aprobado;
y  demás documentos  de  gestión interna  que  regulen el
funcionamiento y operatividad de la Unidad Ejecutora a su
cargo;
17)
Brindar  la  asistencia  y/o  asesoramiento  técnico
especializado a  los  órganos y  unidades orgánicas  de  la
Institución Policial, en los aspectos sobre el funcionamiento
y operatividad  de las  Unidades Ejecutoras  a cargo de  la
Policía Nacional del Perú;
5)
Ejecutar  el   presupuesto  asignado   a  la   Unidad
Ejecutora  a   cargo  de   la  Dirección   de  Administración
para  dar cumplimiento  a  los objetivos  y  metas físicas  y
?nancieras establecidas para el año ?scal correspondiente,
en el marco de una gestión orientada a resultados;
18)
Visar  los  proyectos  de  resoluciones,  contratos,
adendas y  convenios en el  ámbito de competencia  de la
Unidad Ejecutora a su cargo;
Dirigir   y   supervisar   el   proceso   de   registro,
recopilación  y análisis  de la  información  estadística que
produzca la Dirección a su cargo, para una adecuada toma
de decisiones,  de conformidad  con los  lineamientos que
dicte la  División de Estadística  de la Policía Nacional  del
Perú;
6)
Proponer
las
modi?caciones
presupuestarias
necesarias para el  cumplimiento de las metas  y objetivos
programados  de  la  Unidad  Ejecutora,  de  acuerdo a  la
normatividad vigente y de conformidad con los lineamientos
del Ministerio  del Interior  y las disposiciones  del Director
General de la Policía Nacional del Perú;
19)
7)
Elaborar  la conciliación  presupuestal  y ?nanciera;
así  como,  la  evaluación  del  presupuesto  a  nivel de  la
Unidad Ejecutora;
20)
Gestionar ante la  Escuela Nacional de Formación
Profesional   Policial  la   capacitación,   especialización  y
actualización permanente  del personal  de la  Dirección a
su cargo, en materias relacionadas al  campo funcional de
ésta;
8)
Informar  trimestralmente  a la  O?cina  General  de
Plani?cación y Presupuesto del Ministerio del Interior sobre
el  estado  de  avance presupuestal  y  metas  ?nancieras,
elaborando las proyecciones de gastos;
21)
Administrar los  recursos asignados a  la Dirección
9)
Garantizar   la    disponibilidad    de   los    créditos
a  su   cargo,  con  criterios  de   e?ciencia  y  e?cacia,   de
presupuestarios asignados en el Presupuesto Institucional
de Apertura  – PIA para  efectivizar los  compromisos, con
sujeción  a   la  Programación   de  Compromiso  Mensual
(PCM) concordante  a  la Programación  de Compromisos
Anual (PCA);
conformidad con el marco legal vigente;
22)
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
su competencia;
23)
Asesorar a la Alta Dirección de  la Policía Nacional
del Perú en asuntos de su competencia; y,
10)
Garantizar mediante la certi?cación presupuestal la
24)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
disponibilidad de recursos para la ejecución  de los gastos
corrientes y proyectos de inversión que le sean encargados
a la Unidad Ejecutora;
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Secretario  Ejecutivo de la  Policía Nacional del  Perú le
asigne.
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
29
11)
Registrar en el Sistema Integrado deAdministración
de   presupuesto  público,   contabilidad   y   tesorería,  de
conformidad con las  políticas sectoriales sobre la materia
y  las  disposiciones  del  Director   General  de  la  Policía
Nacional del Perú;
28)  Administrar los  recursos  asignados  con criterios
de e?ciencia y e?cacia, de conformidad con el marco legal
vigente;
29) Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su competencia;
30) Asesorar a la Alta Dirección de  la Policía Nacional
del Perú en asuntos de su competencia; y,
31)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que el
Director de Administración de la Policía Nacional  del Perú
le asigne.
Financiera  - SP  en el  Módulo Administrativo  la  fase del
devengado y girado de los diversos  tipos de operación de
la ejecución del gasto de la Unidad Ejecutora a cargo de la
Dirección de Administración;
12)
Contabilizar
en
el
Sistema
Integrado
de
Administración Financiera -SP  en el Módulo  Contable las
fases de ejecución del gasto y complementaria;
13)
Revisar, veri?car,  analizar y  conciliar la ejecución
del gasto de las diferentes cuentas contables de la Unidad
Ejecutora;
14)
Elaborar los Estados Financieros, Presupuestarios
y  Complementarios  de  la   Unidad  Ejecutora,  en  forma
mensual, trimestral, semestral y anual, a través del Sistema
Integrado de Administración Financiera – SP en el Módulo
Contable, transmitir  vía web  y tramitarlos  ante la  O?cina
General  de Administración  y Finanzas  del Ministerio  del
Interior;
Artículo 64.- División de Logística
División   de   Logística   es   la   unidad   orgánica
La
15)
administrativas
Supervisar  los  hechos   económicos  y  acciones
que   generen   obligaciones   ?nancieras
responsable de programar, coordinar, ejecutar,  controlar y
evaluar los  procesos  técnicos del  sistema administrativo
de abastecimiento, así  como del control patrimonial  de la
Unidad Ejecutora a cargo de la Dirección deAdministración,
de acuerdo a la normatividad vigente sobre la materia.
Asimismo,  está   encargada  de  gestionar   el  control
o  presupuestales,  asimismo   de  los  fondos  asignados,
encargos  internos  y  otros  con  cargo  a  toda  fuente  de
?nanciamiento de la Unidad Ejecutora, según corresponda;
16)
Consolidar  y   realizar  el  registro   administrativo
(determinado y  recaudado) de  los ingresos  por la fuente
de  ?nanciamiento  Recursos  Directamente   Recaudados
(RDR) en el  módulo administrativo del  Sistema Integrado
de  Administración  Financiera  -  SP,   previa  emisión  del
comprobante  de   pago  correspondiente   y  su  posterior
transferencia a la Cuenta Única de Tesoro Público;
patrimonial
y
administrar
los
recursos
logísticos
estratégicos  de  la Policía  Nacional  del  Perú  dentro del
ámbito  de  su  competencia,   con  el  ?n  de  atender   los
requerimientos
de   los   distintos   órganos   y   unidades
orgánicas  de la  Institución Policial  a  nivel nacional,  que
le sean encargados para  garantizar el cumplimiento de la
función policial, en  el marco de  los lineamientos dictados
por el Ministerio del Interior y las disposiciones del Director
General de la Policía Nacional del Perú.
Depende  de  la  Dirección  de  Administración  y  está
a cargo  de un O?cial  Superior de  la Policía Nacional  del
Perú en  situación  de actividad,  en el  grado  de Coronel;
o profesional civil altamente cali?cado y/o especializado.
La División de Logística de la Policía Nacional del Perú
tiene las funciones siguientes:
17)
Formular la  programación del calendario  de pago
mensual,  así  como  ejecutar,  distribuir  y  supervisar  los
recursos asignados;
18)
Orientar,  controlar  y  supervisar  las   rendiciones
de  cuenta de  las  comisiones de  servicio  y otros  gastos
por encargos  de la Unidad  Ejecutora; así como,  recibir y
custodiar la devolución de los  fondos por menores gastos
y otros correspondientes a las rendiciones de cuenta, para
su posterior  reversión al  Tesoro Público,  de conformidad
con la normatividad vigente;
19)
Organizar,
controlar
y
efectuar
el
pago
de
1)   Plani?car,    organizar,    ejecutar   y    controlar   el
desarrollo  de las  actividades  del  Sistema Administrativo
de Abastecimiento  para atender los  requerimientos de  la
Unidad  Ejecutora a  su cargo  así  como de  aquellos que
soliciten los  órganos  y unidades  orgánicas de  la  Policía
obligaciones y  compromisos contraídos  con proveedores
y otros;
20)
Dirigir, ejecutar y supervisar el registro en el módulo
administrativo   del  Sistema   Integral   de  Administración
Financiera – SP de los giros, pagos y rendición de cuentas
de fondos;
Nacional
del
Perú   que   tengan   carácter   estratégico,
en   el   cumplimiento    de   las   funciones
coadyuvando
21)
Ejecutar las  acciones necesarias para la  apertura
operativas de  la Institución Policial;  en el marco  del Plan
Estratégico  de  la  Policía  Nacional   del  Perú  y  el  Plan
Operativo Anual;
y/o  cancelación  de  cuentas  corrientes  bancarias  de  la
UnidadEjecutora;asícomo,elaboraryproponerelproyecto
de  Resolución que  designa  a los  responsables  titulares
y/o suplentes  de las  cuentas bancarias según  el registro
realizado   en  el   Sistema   Integrado  de   Administración
Financiera - SP;
2)  Planear,  organizar   y  coordinar   las  operaciones
de  mantenimiento   correctivo  de   la  ?ota  de  vehículos
de   transporte  terrestre   y   acuáticos   asignados   a  los
órganos  que conforman  la Unidad  Ejecutora a  cargo de
la Dirección  de Administración y los  que se le encarguen
cuando de  manera excepcional  lo disponga  la Dirección
General;
3)  Dirigir, plani?car,  coordinar,  controlar  y supervisar
el  proceso   de  mantenimiento  preventivo   y  revista   de
operatividad   mensual  y   auxilio   mecánico  de   la  ?ota
vehicular terrestre  y acuáticos que  han sido  asignados a
los órganos que conforman la Unidad Ejecutora a cargo de
la Dirección de Administración;
22)
Realizar el registro, custodia, control y recuperación
de  Fondos  de  Garantía,  Cartas Fianzas  y  otros  títulos
valores emitidos a favor de la Unidad Ejecutora y disponer
el trámite  de las liquidaciones de  estos fondos, así  como
las devoluciones de Cartas Fianza según corresponda;
23)
Supervisar  el  manejo  adecuado  de  los  Fondos
de  Caja   Chica  asignados   a  los   órganos  y   unidades
orgánicas de la Policía  Nacional del Perú que pertenecen
presupuestalmentealaUnidadEjecutora;asícomoefectuar
la apertura, cierre y  arqueos de caja, de conformidad  con
las Normas  Generales del Sistema  de Tesorería y la  Ley
General del Sistema Nacional de Tesorería;
4) Administrar el armamento, municiones  y explosivos
de la Policía Nacional del Perú a nivel nacional; así como,
programar y  realizar el  mantenimiento de tercer  y cuarto
escalón de las armas de fuego de la Institución Policial;
5)  Administrar   el  Parque   Automotor  de   la  Policía
Nacional   del  Perú   a   nivel   nacional,   programando  y
supervisando la asignación y distribución de  los vehículos
de transporte terrestre y acuático;
24)
Realizar  la  conciliación  de  los  movimientos  de
fondos de las cuentas bancarias; así como, la conciliación
de  los  saldos  de  las  cuentas  de  enlace  de  la  Unidad
Ejecutora;
25)
Monitorear  e  identi?car   en  forma  oportuna  los
riesgos operativos  y ?nancieros  a los que  esté expuesta
la Unidad Ejecutora, informando al Director de la Dirección
de Administración;
6)  Administrar los  combustibles  y  lubricantes de  los
vehículos  operativos  de  la  ?ota vehicular  de  la  Policía
Nacional
del   Perú,   de  transporte   terrestre,   aéreo   y
26)
Consolidar  y   efectuar  el  pago   de  los  tributos
maquinarias de uso policial;
ante
la
Superintendencia
Nacional
de
Aduanas
y
7) Administrar  los servicios  veterinarios; así  como, el
tratamiento y recuperación de  la salud del ganado equino
y canes de la Policía Nacional del Perú a nivel nacional;
8) Administrar  el  control patrimonial  de  la Institución
Policial;
Administración  Tributaria  (SUNAT),   Administradoras  de
Fondo  de  Pensiones   (AFP),  O?cina  de  Normalización
Previsional (ONP),  Seguro  Social de  Salud (ESSALUD),
Municipalidades  y  otros  que correspondan  a  la  Unidad
Ejecutora;
9)  Brindar  la   asistencia  y/o  asesoramiento   técnico
especializado a  los  órganos y  unidades orgánicas  de  la
Institución Policial, en los  aspectos relacionados a bienes
patrimoniales,  transportes,  mantenimiento  de  vehículos,
armamento y equipamiento policial;
27)
Elaborar  y  proponer  los   lineamientos  técnicos,
resoluciones y demás documentos de  gestión interna que
regulen  el  funcionamiento  y  operatividad  de  la  Unidad
Ejecutora  en  el  marco  de  los  sistemas  administrativos
30
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
10)
Aprobar  los  expedientes  de contratación  de  los
General  de la  Policía  Nacional del  Perú;  conforme  a la
normativa sobre la materia.
procedimientos   de  selección   para   la  contratación   de
bienes,  servicios,  ejecución y  consultorías  de  obras  de
la  Unidad  Ejecutora,  de  conformidad a  la  normatividad
vigente;
Depende  de  la  Dirección  de  Administración  y  está
a cargo  de un O?cial  Superior de  la Policía Nacional  del
Perú, en  situación de  actividad, en  el grado  de Coronel;
o profesional civil altamente cali?cado y/o especializado.
La División de Infraestructura de la Policía Nacional del
Perú tiene las funciones siguientes:
11)
Participar, consolidar  y sustentar  la programación
de actividades anual  articulado al cuadro de necesidades
y asignación presupuestal, proponiendo los indicadores de
productos y procesos; así como, formular, aprobar, ejecutar
y evaluar el Plan de Trabajo Anual de la Unidad Ejecutora a
cargo de la Dirección  de Administración, concordante con
el Plan Operativo Anual de la Policía Nacional del Perú, el
Plan Operativo  Institucional del Ministerio  del Interior, las
políticas y lineamientos  sectoriales sobre la  materia y las
disposiciones del  Director General de  la Policía Nacional
del Perú;
1) Controlar  y administrar  la  infraestructura asignada
o de propiedad de la  Policía Nacional del Perú; así como,
dirigir,  coordinar y  controlar  el  proceso de  saneamiento
físico-legal  de  bienes  inmuebles  y  su  registro ante  las
instancias
competentes
según
corresponda,
dentro
del  ámbito de  su  competencia y  de  conformidad con  la
normatividad vigente;
12)
Formular, programar,  proponer y  ejecutar el  Plan
2) Proponer los lineamientos técnicos, normas técnicas,
especi?caciones  y  estándares  para  el  desarrollo  de  la
infraestructura en la Policía Nacional del Perú, en el marco
de los  objetivos institucionales  y de  conformidad con las
políticas sectoriales  sobre la  materia  y las  disposiciones
del Director General de la Policía Nacional del Perú;
Anual  de   Contrataciones  de   la  Unidad   Ejecutora,  de
conformidad con la normatividad sobre la materia;
13)
Realizar  los  procedimientos   de  selección  para
la  contratación de  bienes,  servicios, ejecución  de  obras
y  consultorías   de   obras  de   la  Unidad   Ejecutora,  de
conformidad a la normatividad vigente;
3)
Consolidar
las
la
necesidades    en   materia
Policía   Nacional   del   Perú,
de
en
infraestructura
de
14)
Controlar  y supervisar  el  registro  en  el Sistema
coordinación con  la División  de Inversiones de  la Policía
Nacional del Perú;
Electrónico de  Contrataciones  del Estado  la información
relacionada a los procedimientos de selección convocados
que le han sido  asignados, el estado de los  mismos y los
contratos suscritos;
4)
Brindar
asistencia,
asesoría,
apoyo
técnico
y
administrativo a  los  órganos y  unidades orgánicas  de la
Policía Nacional del Perú, en el ámbito de su competencia;
15)
Suscribir los contratos con los postores adjudicados
5)
Participar como  miembro integrante del  Comité de
con la  Buena Pro en  los procedimientos de  selección de
conformidad  con   la  normatividad   correspondiente;  así
como supervisar su cumplimiento;
Inversiones del Sector Interior, cuando sea solicitado para
el  asesoramiento  relacionado  a  la infraestructura  de  la
Policía Nacional del Perú;
16)
presupuestaria en el Sistema Integrado de Administración
Financiera
Administrativo
servicios,  obras  y   consultoría  de  obras   de  la  Unidad
Ejecutora;
17)
Controlar  y  supervisar el  proceso  de  afectación
6)
Emitir  opinión   respecto  a   los  criterios  técnicos
con   la   programación   arquitectónica   en
relacionados
del
la
Sector    Público    (SIAF-SP)    Módulo
fase   del   compromiso   para   bienes,
la  formulación  de  proyectos  de  inversión  de  la  Policía
Nacional del Perú y el Ministerio del Interior;
7)
Coordinar con la O?cina General  de Infraestructura
del   Ministerio   del   Interior   y  emitir   opinión   respecto
de  los   anteproyectos  arquitectónicos   en   la  etapa   de
formulación  del  expediente  técnico de  las  obras y  plan
de contingencias;
Plani?car, organizar, conducir, controlar y supervisar
los procesos de  almacenamiento y distribución de  bienes
de la Unidad Ejecutora;
?scalización                              los
procedimientos de selección de la Unidad Ejecutora;
Controlar y supervisar el proceso de formulación de
18)
Realizar
la
posterior
de
8)
Dirigir,  controlar   y   supervisar  los   contratos  de
ejecución y  supervisión de obras de  los proyectos que  le
sean encargados;
19)
los términos de referencia para la cobertura de seguros de
los bienes patrimoniales;
9)
Evaluarelestadodehabitabilidaddelainfraestructura
asignada o de  propiedad de la Policía  Nacional del Perú,
mediante inspecciones oculares teniendo en consideración
la certi?cación de defensa civil;
20)
Controlar y supervisar el proceso  de altas, bajas y
transferencias de los bienes patrimoniales de la Institución
Policial,  en coordinación  con las  Unidades  Ejecutoras a
cargo de la Policía Nacional del Perú;
?nal   de   los   bienes
patrimoniales de la Policía Nacional del Perú;
Ejecutar las labores de control previo y concurrente
?nancieras
10)
Coordinar con la Unidad Ejecutora correspondiente
la liberación  de áreas para  la ejecución de  los proyectos
de inversión;
21)
Conducir
la
disposición
11)
Coordinar  la  emisión  de  la  constancia  de  libre
22)
disponibilidad de  terreno  en la  etapa de  formulación del
expediente técnico y para la convocatoria de ejecución de
la obra;
de
las
acciones
administrativas
y
en
cumplimiento  de  las  normas   del  Sistema  Nacional  de
Control;
12)
Participar   en  la   entrega   de   terreno   para  la
23)
Elaborar
y
proponer
las
resoluciones
y
demás  documentos  de  gestión   interna  que  regulen  el
funcionamiento y operatividad de la Unidad Ejecutora en el
marco del Sistema Administrativo de Abastecimiento;
elaboración de expedientes técnicos, en coordinación con
las unidades ejecutoras de inversiones;
Coordinar   y   determinar   la   Unidad   Ejecutora
con  la   que  se   realizarán  las   coordinaciones  para   la
13)
24)
Dirigir,  coordinar  y  supervisar  los  Proyectos  de
elaboración
y   ejecución   de   proyectos   de   inversión,
Inversión pública (PIP) asignados a la Unidad Ejecutora;
transferencia, operación, capacitación y mantenimiento de
la infraestructura;
de
25)
Administrar  los recursos  asignados  con  criterios
de e?ciencia y e?cacia, de conformidad con el marco legal
14)
Participar
en
la
formulación
del
Plan
vigente;
26)
su competencia;
27)
Infraestructura  de  la Policía  Nacional  del  Perú  a  cargo
de la O?cina  General de Infraestructura del  Ministerio del
Interior, el cual incluirá las  actividades y proyectos para la
construcción, mejoramiento, rehabilitación y sustitución de
la infraestructura policial a nivel nacional;
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
Asesorar a la Alta Dirección de  la Policía Nacional
del Perú en asuntos de su competencia; y,
28)
acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que el
Director de Administración de la Policía Nacional  del Perú
le asigne.
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
15)
Emitir opinión  técnica cuando  le sean  solicitadas
por la O?cina General de Infraestructura del  Ministerio del
Interior  para la  ejecución  de  inversiones  en materia  de
infraestructura;
16)
Supervisar que la operación y mantenimiento de la
Artículo 65.- División de Infraestructura
infraestructura de la  Policía Nacional del  Perú se efectúe
adecuadamente y  en  el marco  de la  normativa sobre  la
materia;
La  División de  Infraestructura  es  la unidad  orgánica
responsable  de controlar  y  administrar la  infraestructura
asignada o  de propiedad de  la Policía Nacional  del Perú
dentro del ámbito de su competencia; así como, proponer,
coordinar,   ejecutar,   controlar,   participar   y
evaluar   las  actividades   referidas   al   desarrollo  de   la
infraestructura en  la Institución Policial  y las  que le sean
encargadas, en el marco de los  lineamientos dictados por
el  Ministerio del  Interior  y las  disposiciones  del Director
17)
Elaborar  y  proponer  las  resoluciones  y   demás
documentos   de  gestión   interna   en  el   ámbito   de  su
competencia;
programar,
18)
su competencia;
19) Asesorar a la Alta Dirección de  la Policía Nacional
del Perú en asuntos de su competencia; y,
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
31
20)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
Policía Nacional del Perú, conforme a las normas vigentes
sobre la materia;
acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que el
Director de Administración de la Policía Nacional  del Perú
le asigne.
17)  Conducir  y  supervisar  los  procesos  de  lista de
revista del personal policial y civil, así como  hacer cumplir
la programación anual de vacaciones;
Artículo 66.- Dirección de Recursos Humanos
La Dirección  de Recursos  Humanos es  el órgano  de
apoyo administrativo responsable de conducir y supervisar
la  administración  y  gestión  del  personal  policial  y  civil
asignado a  los órganos  de  la Policía  Nacional del  Perú,
de conformidad  con los objetivos  institucionales y planes
de  la  Institución  Policial,  los  lineamientos  dictados  por
el  Ministerio del  Interior  y las  disposiciones  del Director
General de la Policía Nacional del Perú.
Depende de la  Secretaria Ejecutiva y está  a cargo de
un  O?cial General  de  Armas de  la  Policía  Nacional del
Perú en situación de actividad, en el grado de General.
La  Dirección  de   Recursos  Humanos  de   la  Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
18) Dirigir  y supervisar la  incorporación y  movimiento
personal   asignado,   reasignado,   destacado   y  en
del
tránsito; así  como, la  administración del personal  policial
que se encuentran en diferentes entidades u órganos extra
institucionales;
19) Participar,  consolidar y sustentar  la programación
de actividades anual  articulado al cuadro de necesidades
y  asignación  presupuestal, proponiendo  los  indicadores
de  productos  y  procesos;  así  como,  formular,  aprobar,
ejecutar y evaluar el Plan de Trabajo Anual de la Dirección
a su cargo, concordante con el Plan Operativo Anual de la
Policía Nacional del Perú;
20) Conducir la formulación, evaluación y actualización
de los  documentos  de gestión  institucional de  la  Policía
Nacional del Perú, en el ámbito de su competencia;
21)   Dirigir   y   supervisar   el   proceso   de    registro,
recopilación  y análisis  de la  información  estadística que
produzca la Dirección a su cargo, para una adecuada toma
de decisiones,  de conformidad  con los  lineamientos que
dicte la  División de Estadística  de la Policía Nacional  del
Perú;
22) Gestionar ante  la Escuela Nacional de  Formación
Profesional   Policial  la   capacitación,   especialización  y
actualización permanente  del personal  de la  Dirección a
su cargo, en materias relacionadas al  campo funcional de
ésta;
23) Administrar los  recursos asignados a  la Dirección
a  su   cargo,  con  criterios  de   e?ciencia  y  e?cacia,   de
conformidad con el marco legal vigente;
24) Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su competencia;
1)
Proponer a  la Alta Dirección de  la Policía Nacional
del Perú los lineamientos de política para la administración,
gestión y desarrollo de la carrera del personal policial;
Conducir,   controlar   y   supervisar  los   procesos
2)
técnicos de inicio  de la carrera, altas,  licencias, empleo y
cargo,  evaluación del  desempeño,  incentivos,  ascensos
y   término  de   la  carrera;   así   como  las   acciones  de
movimiento del personal  policial en actividad (asignación,
reasignación y destaque) a nivel  nacional, en el marco de
la normatividad vigente;
3)
Administrar  y   supervisar   los  procesos   técnicos
al     otorgamiento      de     remuneraciones,
referentes
asignaciones,
bene?cios,
incentivos,
promoción,
nombramiento; y,  la producción  de planillas  del personal
policial, en cumplimiento del marco normativo vigente;
4)
Conducir,   plani?car   y  supervisar   los   procesos
técnicos  vinculados  a la  incorporación  y  desvinculación
del personal civil  asignado a los órganos  de la Institución
25) Asesorar a la Alta Dirección de  la Policía Nacional
del Perú en asuntos de su competencia; y,
26)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Secretario  Ejecutivo de la  Policía Nacional del  Perú le
asigne.
Policial;
así   como,   las   acciones   de   desplazamiento
(asignación, reasignación y destaque), de conformidad con
los lineamientos dictados por el Ministerio del Interior y las
disposiciones del  Director General de  la Policía Nacional
del Perú, en el marco de la normativa sobre la materia;
5)
Proponer  las   necesidades  de  incorporación   del
Artículo 67.- Estructura de la Dirección de Recursos
Humanos
personal policial  de Armas  y  de Servicios,  así como  del
personal  civil,   según  los  requerimientos   de  la  Policía
Nacional del Perú;
La
Dirección
de
Recursos
funciones
Humanos
para
el
cumplimiento   de   sus
Proponer a la Alta Dirección  los per?les de puestos      orgánicas siguientes:
tiene
las
unidades
6)
del personal policial para  los procesos de incorporación y
reincorporación en la Policía Nacional del Perú;
a. División de Movimiento de Recursos Humanos;
b. División de Altas, Bajas y Licencias;
c. División  de  Promoción, Nombramiento,  Incentivos,
Bene?cios y Producción de Planillas;
d. División de  Sistematización de la Información  de la
Carrera Policial y Administración de Legajos;
e. División de Procesos Disciplinarios;
f. División de Talento Humano; y,
g. División de Control de Recursos Humanos.
7)
Administrar la ejecución de las medidas disciplinarias
derivadas     de     los     procedimientos     administrativos
disciplinarios del personal policial,  conforme a las normas
vigentes que regulan el Régimen Disciplinario de la Policía
Nacional del Perú;
8)
Supervisar  el   otorgamiento   de  las   condiciones
necesarias para el funcionamiento de la Secretaría Técnica
del procedimiento administrativo disciplinario  del personal
civil de la Policía Nacional del Perú;
9)
Administrar y  supervisar las  actividades referentes
Artículo 68.-  División de  Movimiento de  Recursos
Humanos
al
otorgamiento
de
remuneraciones,
subvenciones
económicas, estipendios  y dietas que  le corresponden al
personal civil, de acuerdo a la legislación vigente;
La  División  de   Movimiento  de  Recursos  Humanos
es
la
unidad
orgánica
responsable
de
organizar,
10)
Otorgar de o?cio el periodo de adaptación a la vida
ejecutar y  controlar los procesos  técnicos de  asignación,
reasignación, destaques  y permutas  del personal policial
y  civil de  la  Policía Nacional  del  Perú, de  acuerdo  a la
normatividad vigente.
civil de tres (3)  meses, previos a la fecha  que el personal
policial deba pasar a la situación de retiro por las causales
de límite  de edad  en el  grado o  por tiempo  de servicios
reales y efectivos;
Depende  de  la  Dirección  de  Recursos  Humanos  y
está a cargo de un O?cial Superior de Armas de la Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
La División  de Movimiento de  Recursos Humanos de
la Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
11)
Conducir y supervisar la actualización del Registro
Nacional de Sanciones Disciplinarias de la Policía Nacional
del Perú, en el marco de la normatividad vigente;
12)
Conducir
y
supervisar
los
procesos
de
administración de los legajos del personal policial y civil de
la Policía Nacional del Perú;
13)
Administrar  el Sistema  Integrado  de  Gestión  de
1) Organizar, ejecutar y controlar los procesos técnicos
de  asignación,  reasignación,  destaques  y  permutas  de
los O?ciales  y Subo?ciales  de Armas y  de Servicios;  así
como, del personal civil de la Policía Nacional del Perú, de
acuerdo a la normatividad vigente;
2) Coordinar con las Comisiones y  Juntas encargadas
de los  procesos  de cambios  de colocación  del  personal
policial y empleados civiles;
la Carrera  del  Personal de  la Policía  Nacional del  Perú,
sistematizando  y  digitalizando  la  información  contenida
en  sus  legajos  y  otros  documentos  de  interés  para  la
Institución Policial;
14)
Emitir resoluciones administrativas en el ámbito de
su competencia; así como, en las materias delegadas;
Resolver los recursos de reconsideración dentro de
15)
su ámbito de competencia;
3)   Coordinar  y   administrar   los  requerimientos   de
personal policial y civil de los órganos y unidades orgánicas
de la Policía Nacional del Perú, a nivel nacional;
16)
Reconocer  el  tiempo  de  servicios  prestados  al
Estado del personal policial y personal civil de carrera de la
32
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
4)
Formular
y
proponer
las
resoluciones
por
el Director  de Recursos  Humanos de la  Policía Nacional
del Perú le asigne.
asignaciones,  reasignaciones  y  destaques  del  personal
policial y civil;
5)
Registrar  y mantener  actualizado los  sistemas  de
información en el ámbito de su responsabilidad;
Administrar  los  requerimientos   para  el  pago  de
Artículo 70.- División de Promoción, Nombramiento,
Incentivos, Bene?cios y Producción de Planillas
La División  de Promoción, Nombramiento, Incentivos,
6)
Indemnización  por  Gasto  de  Viaje,  por  asignaciones  y
reasignaciones del personal;
Bene?cios   y   Producción   de   Planillas   es    la   unidad
orgánica  responsable  de organizar,  ejecutar  y  controlar
los procesos técnicos para la  promoción y nombramiento;
el  otorgamiento de  incentivos  y bene?cios;  así  como  la
producción de  planillas  del personal  policial y  civil de  la
Policía Nacional del Perú.
7)
Formular, proponer y actualizar, en coordinación con
los órganos de la Policía Nacional del Perú, los documentos
de gestión institucional, en el ámbito de su competencia;
8)
Informar y  emitir opinión  técnica sobre asuntos  de
su competencia;
Depende  de  la  Dirección  de  Recursos  Humanos  y
está a cargo de un O?cial Superior de Armas de la Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de  Coronel;  o  profesional  civil  altamente  cali?cado  y/o
especializado.
La División  de Promoción, Nombramiento, Incentivos,
Bene?cios y Producción de Planillas de la Policía Nacional
del Perú tiene las funciones siguientes:
9)
Asesorar  al Director  de Recursos  Humanos  de la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
10)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director  de Recursos  Humanos de la  Policía Nacional
del Perú le asigne.
Artículo 69.- División de Altas, Bajas y Licencias
1)
Plani?car,
dirigir,
organizar,   ejecutar,    evaluar,
proceso   de    promoción   y
La  División de  Altas, Bajas  y Licencias  es  la unidad
coordinar
y
controlar
el
orgánica
responsable   de    planear,   organizar,    dirigir,
nombramiento  del  personal policial  y  civil  de  la  Policía
Nacional del  Perú, en  el marco de  la normativa  sobre la
materia;
Programar,   organizar,   ejecutar    y   evaluar   las
ejecutar,  coordinar,  controlar  y monitorear  los  procesos
técnicos  para   otorgar  las  altas,   bajas  y  licencias   del
personal policial y civil de  la Policía Nacional del Perú, de
acuerdo a la normatividad vigente.
2)
actividades del  proceso  técnico para  el otorgamiento  de
remuneraciones,  descuentos,  boni?caciones,  bene?cios,
asignaciones,  incentivos y  otros que  le  correspondan al
personal  policial y  civil  de la  Policía  Nacional  del Perú,
conforme a la normatividad de la materia;
Depende  de  la  Dirección  de  Recursos  Humanos  y
está a cargo de un O?cial Superior de Armas de la Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de  Coronel;  o  profesional  civil  altamente  cali?cado  y/o
especializado.
La División  de Altas,  Bajas  y Licencias  de la  Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
3)
Formular,   proponer  y   tramitar  las   resoluciones
reconociendo  de o?cio,  sólo  para  efectos previsionales,
como tiempo  de servicios, el  periodo de formación  como
cadete o alumno para el cómputo de los años de servicios
a los O?ciales y Sub O?ciales  de Armas respectivamente;
en el marco de la normativa sobre la materia;
1)
Planear,   organizar,   dirigir,   ejecutar,    coordinar,
controlar y monitorear  los procesos técnicos  para otorgar
las altas, bajas  y licencias al personal policial  y civil de la
Policía Nacional  del  Perú, de  acuerdo a  la normatividad
vigente;
4)
Formular,   proponer  y   tramitar  las   resoluciones
reconociendo  de o?cio,  sólo  para  efectos previsionales,
como  tiempo  de servicios,  por  la  formación  profesional
para los  O?ciales  de Servicios  y el  tiempo del  curso  de
adaptación institucional para los Sub O?ciales de Servicios;
de conformidad con la normativa sobre la materia;
2)
Ejecutar los procesos técnicos de inicio de la carrera
del personal  policial que  ha concluido  satisfactoriamente
su  formación  profesional   policial  en  las   escuelas  que
conforman la Escuela  Nacional de Formación Profesional
Policial;
5)
Evaluar y tramitar los expedientes administrativos  a
los Consejos  de Investigación  o Consejo  de la  Orden al
Mérito de la Policía Nacional del Perú según corresponda,
sobre las acciones meritorias del  personal policial cuando
excedenelnormalcumplimientodelafunciónquemerezcan
el  reconocimiento  de  la  Institución  Policial,  formulando
las  resoluciones   que  otorgan  ascensos  póstumos   por
acción  de armas  y los  incentivos  de condecoraciones  o
felicitaciones, becas u otros, de conformidad a la normativa
sobre la materia;
3)
Ejecutar los procesos técnicos de inicio de la carrera
del  personal  policial   que  ha  ocupado   vacante  en  los
procesos de asimilación de profesionales y técnicos como
O?ciales y Subo?ciales de Servicios de la Policía Nacional
del Perú;
4)
Ejecutar el proceso de reingreso del personal policial
de la  Policía Nacional  del Perú que  se encuentren  en la
situación de disponibilidad;
5)
Formular,  proponer y  tramitar  las resoluciones  de
6)
Formular,  proponer y  tramitar  las resoluciones  de
pase  de la  situación  policial  de  actividad a  la  situación
de disponibilidad  y/o retiro  por la  causal a  su  solicitud y
por imperio  de la  Ley; las  resoluciones de  término de  la
carrera por  fallecimiento, incapacidad  psicosomática; así
como las  resoluciones administrativas de reincorporación
y cancelación por mandato  judicial (sentencias y medidas
cautelares) del personal policial de  la Policía Nacional del
Perú;
reconocimiento referidas  a la  acumulación  de tiempo  de
servicios, para efectos previsionales, del periodo prestado
en la Policía Nacional  del Perú antes de su  incorporación
como personal policial o cambio de categoría;
7)
Plani?car, organizar  y formular la  Planilla Única de
Pago del  personal  policial y  civil titular  y bene?ciario  de
la Policía Nacional  del Perú, en el  marco de la normativa
vigente;
6)
Conceder  permisos  a  cuenta  de  vacaciones  del
8)
Formular, proponer y actualizar, en coordinación con
siguiente año y autorizaciones para viajar al extranjero por
asuntos particulares al personal policial y civil de la Policía
Nacional del Perú;
los órganos de la Policía Nacional del Perú, los documentos
de gestión  institucional, en el  ámbito de su  competencia,
de conformidad con las normas sobre la materia;
7)
Mantener actualizado  los sistemas  de  información
en el ámbito de su competencia;
Formular, proponer  y tramitar las  resoluciones que
9)
Registrar  y mantener  actualizado los  sistemas  de
información en el ámbito de su responsabilidad;
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
8)
10)
otorgan de o?cio un periodo de adaptación a la vida civil de
tres (3) meses,  previos a la fecha que  el personal policial
de la Policía Nacional  del Perú, deba pasar a  la situación
de retiro por las  causales de límite de edad en  el grado o
por tiempo  de servicios reales  y efectivos, conforme  a la
normativa vigente sobre la materia;
su competencia;
11)
Asesorar al  Director de  Recursos Humanos de  la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
12)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director  de Recursos  Humanos de la  Policía Nacional
del Perú le asigne.
9)
Formular,   proponer  y   tramitar  las   resoluciones
de licencia  por maternidad  o paternidad,  conforme  a las
normas de la materia;
Artículo  71.-   División  de   Sistematización  de   la
Información de la Carrera Policial y Administración de
Legajos
La División de Sistematización de  la Información de la
Carrera Policial y Administración  de Legajos es  la unidad
orgánica responsable de administrar el Sistema  Integrado
de Gestión de  la Carrera del personal policial  y civil de la
10)
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
su competencia;
11)
Asesorar al  Director de  Recursos Humanos de  la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
12)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
33
Policía Nacional del Perú, sistematizando y digitalizando la
información contenida en sus  legajos y otros documentos
de interés para la institución.
Depende de la Dirección de Recursos Humanos y está
a cargo  de un O?cial  Superior de  la Policía Nacional  del
Perú en  situación  de actividad,  en el  grado  de Coronel;
o profesional civil altamente cali?cado y/o especializado.
La División de Sistematización de  la Información de la
Carrera Policial y Administración  de Legajos de la  Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
8)  Registrar y  mantener actualizado  los  sistemas de
información en el ámbito de su competencia;
9) Informar  y emitir  opinión técnica sobre  asuntos de
su competencia;
10) Asesorar al  Director de  Recursos Humanos de  la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
11)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director  de Recursos  Humanos de la  Policía Nacional
del Perú le asigne.
1)
Planear,  organizar,  administrar,  coordinar,   dirigir,
Artículo 73.- División de Talento Humano
ejecutar,  controlar   y  evaluar  el   Sistema  Integrado   de
Gestión  de la  Carrera  del  personal policial  y  civil de  la
Policía Nacional del Perú;
La División de  Talento Humano es  la unidad orgánica
responsable  de  plani?car,  dirigir,   organizar,  desarrollar,
coordinar,  evaluar   y  supervisar   los  procesos  técnicos
orientados  al   desarrollo  de   capacidades  y   la  gestión
del  rendimiento del  personal  de  la  Policía Nacional  del
Perú,  que  facilite  el  logro  de  los  objetivos  individuales
relacionados con  la función  policial, generando  actitudes
positivas y favorables.
Depende de la Dirección de Recursos Humanos y está
a cargo  de un O?cial  Superior de  la Policía Nacional  del
Perú en  situación  de actividad,  en el  grado  de Coronel;
o profesional civil altamente cali?cado y/o especializado.
La División de  Talento Humano de la Policía  Nacional
del Perú tiene las funciones siguientes:
2)
Administrar  la  Base  de  Datos  de  la  información
a  cargo   de   la  Dirección   de  Recursos   Humanos,  de
conformidad   con  los   estándares   de   la  Dirección   de
Tecnología  de  la  Información  y  Comunicaciones   de  la
Policía Nacional del Perú;
3)
Proponer aplicativos informáticos, así como requerir
su mantenimiento  y soporte para  las unidades  orgánicas
que conforman la Dirección de Recursos Humanos y otros
órganos y unidades orgánicas de la institución policial que
registran información del personal policial;
4)
Administrar, preservar  y mantener actualizados  los
legajos del  personal policial y  civil de  la Policía Nacional
del Perú;
1)
Programar, desarrollar, ejecutar, evaluar  y controlar
las actividades de los procesos de gestión  de rendimiento
y gestión del desarrollo de capacidades del personal de la
Policía Nacional del Perú;
5)
Sistematizar y digitalizar la información contenida en
los legajos  del  personal de  la Institución  Policial y  otros
documentos de  interés, estandarizando  y enlazándolo  al
Sistema Integrado  de Gestión de  la Carrera del  personal
policial y civil de la Policía Nacional del Perú;
2)
Formular  y  proponer   el  Plan  de   Desarrollo  del
Personal;  así  como,  dirigir   su  ejecución  y  evaluación,
conforme a la normativa sobre la materia;
6)
Proporcionar  información  contenida  en  el   legajo
3)
Elaborar en coordinación con los órganos y unidades
personal a los  titulares, órganos y unidades  orgánicas de
la  Institución Policial  y  autoridades  competentes  que lo
requieran, en  el marco  de la  normatividad vigente  sobre
la materia;
orgánicas de la Policía Nacional  del Perú, los Cuadros de
Necesidades de Capacitación del personal;
4)
profesionales
Diseñar
y
para
proponer
los
per?les
de
técnicos
selección,
los
procesos
7)
Informar y  emitir opinión  técnica sobre asuntos  de
incorporación,  formación  y reincorporación  del  personal
policial   de   la  Policía   Nacional   del   Perú,   según  los
requerimientos  de  la  Institución  Policial  y  en  el  marco
de los  objetivos institucionales  y planes  de la  Institución
Policial y los lineamientos dictados por el Director General
de la Policía Nacional  del Perú;
su competencia;
8)
Asesorar  al Director  de Recursos  Humanos  de la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
9)
Las demás funciones que le corresponda de acuerdo
a las disposiciones legales vigentes y otras que el Director
de Recursos Humanos  de la Policía  Nacional del Perú le
asigne.
5)
Formular,   proponer   e   implementar   estrategias
orientadas   a  fortalecer   la   cultura  organizacional   que
promueva
y   fomente   comportamientos   transparentes,
éticos y  honestos del personal  de la Policía  Nacional del
Perú;
Artículo 72.- División de Procesos Disciplinarios
La  División  de Procesos  Disciplinarios  es  la  unidad
responsable   de   sistematizar   las   sanciones
orgánica
6)
Diseñar  y  ejecutar   estrategias  de  desarrollo  de
disciplinarias  y las  resoluciones emitidas  por  el Sistema
Disciplinario  Policial; así  como,  las sentencias  judiciales
contra   el  personal   de   la  Policía   Nacional   del  Perú;
realizando  los   procesos  técnicos   en  el  marco   de  su
competencia funcional.
cambio actitudinal;
Evaluar   y   diagnosticar  el   comportamiento   del
personal de  la Policía  Nacional  del Perú,  en función  del
7)
análisis de competencias genéricas y especí?cas;
8)
Informar y  emitir opinión  técnica sobre asuntos  de
Depende  de  la  Dirección  de  Recursos  Humanos  y
está a cargo de un O?cial Superior de Armas de la Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
La  División  de Procesos  Disciplinarios  de  la  Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
su competencia;
9)
Asesorar  al Director  de Recursos  Humanos  de la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
10)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director  de Recursos  Humanos de la  Policía Nacional
del Perú le asigne.
1)
Sistematizar   las  sanciones   disciplinarias   y   las
resoluciones emitidas por el Sistema Disciplinario Policial;
Sistematizar  las   sentencias  judiciales   contra  el
personal de la Policía Nacional del Perú;
Administrar  y   mantener  actualizado   el  Registro
Artículo   74.-  División   de  Control   de   Recursos
Humanos
2)
La  División de  Control  de  Recursos Humanos  es  la
unidad  orgánica   responsable   de  ejecutar,   controlar  y
supervisar los procesos de lista de revista del personal de la
Policía Nacional del Perú asignado, reasignado, destacado
y/o referido; así como, de aquellos que se encuentran en la
situación de vacaciones,  permisos y/o comisiones  a nivel
nacional o en  el extranjero y los  que prestan servicios en
otras entidades u  órganos extra institucionales,  conforme
a las normas sobre la materia.
3)
Nacional de Sanciones Disciplinarias de la Policía Nacional
del Perú y del personal civil, conforme a la normativa sobre
la materia;
4)
Gestionar los procesos por Insu?ciencia Disciplinaria
conforme a la normativa sobre la materia;
Gestionar  los  procesos  del   pase  a  la  situación
5)
de  disponibilidad  o  retiro  del  personal  policial,  por  las
causales de sentencia judicial condenatoria e insu?ciencia
disciplinaria;
Asimismo,  controla   y  supervisa   al  personal   de  la
Institución Policial comprendido  en la Ley  Nº 12633 y  los
que  gozan  de  licencia  por cualquier  causal;  así  como,
las   noti?caciones   procedentes   del   Ministerio
Público,  Poder   Judicial,  Fuero   Militar  Policial   y  otros
provenientes de autoridades competentes.
6)
Gestionar   los   procesos    del   personal   policial
excarcelado de  la Policía Nacional del  Perú, en el  marco
de los dispositivos legales vigentes;
tramita
7)
Brindar   las    condiciones    necesarias   para    el
funcionamiento de la Secretaría Técnica del procedimiento
administrativo disciplinario  del personal civil  de la  Policía
Nacional del Perú, de  conformidad con la normativa de la
materia;
Depende  de  la  Dirección  de  Recursos  Humanos  y
está a cargo de un O?cial Superior de Armas de la Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
34
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
La  División de  Control  de Recursos  Humanos  de la
Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
4)  Dirigir,   y  supervisar   la  gestión  administrativa   y
pedagógica de  las Instituciones  Educativas de  la Policía
Nacional  del  Perú  a  nivel nacional,  en  el  marco  de  la
legislación vigente que regula a las entidades educativas;
5)  Proponer  la  suscripción  de  convenios  con  otras
entidades educativas en todos los niveles, en el  marco de
una adecuada y óptima prestación de servicios educativos
para el personal policial y sus derechohabientes;
6) Dirigir,  supervisar  y difundir  en forma  permanente
los derechos  y  bene?cios para  el personal  de la  Policía
Nacional del Perú y sus derechohabientes;
7) Proponer,  administrar y supervisar  el cumplimiento
de los convenios suscritos para la obtención de  créditos a
favor del personal  policial en actividad  y retiro; así como,
de los deudos  y sobrevivientes de la  Policía Nacional del
Perú;
1)
Controlar
y
supervisar
personal
el
movimiento
y/o
incorporación
del
asignado,
reasignado,
destacado y  en  tránsito; así  como, la  administración del
personal de la Policía Nacional del Perú que se encuentran
prestando servicios en otras entidades u organismos extra
institucionales, cuando corresponda;
2)
Controlar,   registrar  e   informar  la   situación  del
que   se   encuentre   con   licencia,   evacuado,
personal
hospitalizado, en tratamiento médico ambulatorio y los que
se encuentran comprendidos en la Ley Nº 12633;
3)
Efectuar  el  control  del  personal  a  nivel  nacional
a  través de  la Lista  de  Revista de  Presencia  Física del
Personal Policial;
4)
Coordinar con la División de Movimiento de Recursos
8)  Dirigir  y   supervisar  la  gestión  administrativa  de
los  diferentes  Fondos  de  la  Policía  Nacional  del  Perú
en  materia  de vivienda  policial,  seguro  de  vida,  auxilio
funerario y de retiro del personal policial, a nivel nacional;
9) Dirigir  y supervisar  la adecuada  administración de
la asignación de viviendas  de guarnición para el personal
policial a nivel nacional;
Humanos para la asignación del órgano o unidad orgánica
donde prestará  servicios el  personal policial  que ha sido
excarcelado o  que reingresa  o se  reincorpora al servicio
activo;
5)
Gestionar ante el Jurado Nacional de Elecciones las
dispensas electorales del personal policial a nivel nacional,
que  por  funciones propias  del  servicio  no  ejercieron  el
derecho de sufragio; asegurando al término de su trámite la
entrega al personal policial y/o distribución de las mismas;
10)  Plani?car,   conducir   y  supervisar   los  procesos
técnicos
para   el   reconocimiento   y   otorgamiento   de
pensiones  y  bene?cios  económicos  al  personal  policial
o  sus sobrevivientes,  conforme  a  la normatividad  de  la
materia, a nivel nacional;
6)
Supervisar  el  trámite  de  las  noti?caciones  a  los
efectivos policiales en actividad, procedentes del Ministerio
Público, Poder Judicial, Fuero Militar Policial y otros;
11) Gestionar y coordinar con  la Dirección de Sanidad
Policial   las   acciones   necesarias   para   la  promoción,
prevención,  atención   y   recuperación  de   la  salud   del
personal policial y sus  derechohabientes, en el marco del
Plan Anual de  Bienestar Social del personal  de la Policía
Nacional del Perú y  conforme a las políticas y estrategias
de desarrollo institucional;
12) Conducir y supervisar  la buena administración del
Montepío y  la  pensión de  la Caja  Militar Policial  para el
personal de la Policía Nacional del Perú;
13)  Dirigir,   promover  y  proponer  los   proyectos  de
inversión en los aspectos de bienestar  social del personal
de la Institución Policial y sus familiares bene?ciarios, en el
marco del Plan Estratégico de la Policía Nacional del Perú
y el Plan Operativo Anual;
14) Emitir resoluciones administrativas en el ámbito de
su competencia;
7)
Registrar  y mantener  actualizado los  sistemas  de
información en el ámbito de su responsabilidad;
Informar y  emitir opinión  técnica sobre asuntos  de
8)
su competencia;
9)
Asesorar  al Director  de Recursos  Humanos  de la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
10)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director  de Recursos  Humanos de la  Policía Nacional
del Perú le asigne.
Artículo  75.-  Dirección  de  Bienestar  y  Apoyo  al
Policía
La  Dirección   de  Bienestar   y  Apoyo   al  Policía  es
el
órgano
de
apoyo
administrativo
responsable
de
plani?car, organizar,  dirigir, ejecutar,  evaluar y supervisar
los   programas,  proyectos   y   actividades  de   bienestar
del  personal   de   la  Policía   Nacional  del   Perú  y   sus
15)  Administrar   los   recursos   humanos,   logísticos,
tecnológicos, económicos  y otros  a?nes, de  la Dirección
a su cargo;
derechohabientes,
en   materia    de   asistencia    social,
servicios  educativos, programas  y  servicios  de vivienda
policial, servicios  de salud y  servicio de auxilio  funerario,
a ?n  de contribuir  a  su desarrollo  integral; así  como, de
los procesos  técnicos para el otorgamiento  de pensiones
y bene?cios económicos que les corresponda, en el marco
de la normatividad legal que regula el régimen de bienestar
y pensiones de la Institución Policial.
16) Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su competencia;
17)
Dirigir   y   supervisar   el   proceso   de   registro,
recopilación  y análisis  de la  información  estadística que
produzca la Dirección a su cargo, para una adecuada toma
de decisiones,  de conformidad  con los  lineamientos que
dicte la  División de Estadística  de la Policía Nacional  del
Perú;
Los
Reglamentos
respectivos
norman
los
procedimientos,  modalidades,  condiciones,  bene?cios  y
otros,  a los  que tiene  derecho  el personal  de  la Policía
Nacional del Perú y sus derechohabientes.
Depende de la  Secretaría Ejecutiva y está a  cargo de
un  O?cial General  de  Armas de  la  Policía  Nacional del
Perú en situación de actividad, en el grado de General.
La Dirección de  Bienestar y Apoyo al Policía  tiene las
funciones siguientes:
18) Gestionar ante  la Escuela Nacional de  Formación
Profesional   Policial  la   capacitación,   especialización  y
actualización permanente  del personal  de la  Dirección a
su cargo, en materias relacionadas al  campo funcional de
ésta;
19) Asesorar a la Alta Dirección de  la Policía Nacional
del Perú en asuntos de su competencia; y,
20)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Secretario  Ejecutivo de la  Policía Nacional del  Perú le
asigne.
1)
Plani?car, organizar, dirigir, conducir  y supervisar la
ejecución  de los  programas, proyectos  y  actividades de
bienestar del personal de la Policía Nacional del Perú y sus
derechohabientes que contribuyan a su desarrollo integral,
en procura  de una vida  digna, acorde  con las políticas  y
estrategias de desarrollo institucional;
Artículo 76.- Estructura de la Dirección de Bienestar
y Apoyo al Policía
La Dirección  de Bienestar  y Apoyo  al Policía  para el
cumplimiento  de   su  función  cuenta   con  las  unidades
orgánicas siguientes:
2)
Proponer en  el mes de noviembre  de cada año,  el
Plan Anual de  Bienestar Social del personal  de la Policía
Nacional  del  Perú  concordante   con  el  Plan  Operativo
Anual de la  Policía Nacional del Perú  y el Plan Operativo
Institucional del Ministerio del  Interior, para su aprobación
por el Director General; así como, conducir y supervisar su
ejecución en el año ?scal siguiente;
a. División  de Bienestar, Asistencia Social  y Servicios
Educativos;
b. División de Pensiones;
c. Fondos de Seguro;
d. Fondo de Vivienda Policial; y,
e. Fondo de Apoyo Funerario.
3)
Participar,  consolidar y  sustentar  la programación
de actividades anual  articulado al cuadro de necesidades
y  asignación  presupuestal, proponiendo  los  indicadores
de  productos  y  procesos;  así  como,  formular,  aprobar,
ejecutar y evaluar el Plan de Trabajo Anual de la Dirección
a su cargo, concordante con el Plan Operativo Anual de la
Policía Nacional del Perú;
Artículo
77.-
División
de
Bienestar,   Asistencia
Social y Servicios Educativos
La División de Bienestar, Asistencia  Social y Servicios
Educativos
es   la    unidad   orgánica    responsable   de
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
35
plani?car, organizar, desarrollar, dirigir, ejecutar y controlar
los programas,  proyectos  y actividades  de bienestar  del
personal policial y sus derechohabientes, que comprenden
también  los  servicios  educativos,   de  asistencia  social,
servicios de  salud y  los  servicios de  vivienda policial  de
guarnición.
Depende  de  la  Dirección  de   Bienestar  y  Apoyo  al
Policía y está  a cargo de un O?cial  Superior de la Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de  Coronel;  o  profesional  civil  altamente  cali?cado  y/o
especializado.
1)
Programar,
ejecutar
y
controlar
los
procesos
técnicos para  el reconocimiento, otorgamiento,  variación,
recti?cación,  suspensión  y  cancelación  de pensiones  o
compensaciones al personal policial de la Policía Nacional
de Perú  en situación de  disponibilidad, retiro,  invalidez e
incapacidad,  y,  de  sus sobrevivientes  (viudez-orfandad-
ascendientes); conforme a los dispositivos legales vigentes
sobre la materia;
2) Programar, ejecutar y controlar los procesos técnicos
para  el   reconocimiento   y  otorgamiento   de  bene?cios
económicos, bene?cios sociales y asignaciones al personal
de la Policía Nacional de  Perú o sus sobrevivientes; en el
marco de la normativa que regula la materia;
La División de Bienestar, Asistencia  Social y Servicios
Educativos  de   la  Policía  Nacional   del  Perú  tiene   las
funciones siguientes:
3)
Emitir resoluciones administrativas  en el ámbito  de
su competencia;
4)
Autorizar  la transferencia  de  aportaciones para  el
1)
Planear, dirigir,  ejecutar y controlar  los programas,
otorgamiento de bene?cios previsionales y sociales;
proyectos y actividades de bienestar del personal policial y
sus derechohabientes;
5)
Programar, ejecutar  y controlar el  otorgamiento de
las promociones económicas en las pensiones, acorde con
las normas legales vigentes de la materia;
2)
Formular  y  proponer  el Plan  Anual  de  Bienestar
Social del  personal de  la Policía  Nacional del  Perú para
su  aprobación  por   el  Director  General  en   el  mes  de
noviembre del año anterior; así como, conducir y controlar
su ejecución;
6)
Reconocer  los bene?cios  previsionales  y sociales
por mandato judicial;
7)
Programar, ejecutar y controlar los procesos técnicos
para   el  reconocimiento   y   otorgamiento   de   subsidios
póstumos y de invalidez; en el marco de la normativa sobre
la materia;
3)
Planear,   ejecutar  y   evaluar   los  programas   de
asistencia  social, educativos,  psicológicos,  recreativos y
espirituales del personal policial y sus derechohabientes;
Dirigir   y   controlar   la   gestión  administrativa   y
pedagógica de  las Instituciones  Educativas de  la Policía
Nacional  del  Perú  a  nivel nacional,  en  el  marco  de  la
Política de  Educación y  lineamientos establecidos  por el
Ministerio  de Educación  y las  disposiciones  del Director
General de la Policía Nacional del Perú;
8)
Conducir y  supervisar la  buena administración  del
4)
Montepío y  la  pensión de  la Caja  Militar Policial  para el
personal de la Policía Nacional del Perú, de conformidad a
los dispositivos legales sobre la materia;
9)
Coordinar con  las entidades públicas  competentes
a ?n de optimizar y viabilizar los procesos previsionales;
10)
Administrar  los recursos  asignados  con  criterios
5)
Desarrollar   y   ejecutar   programas  y   proyectos
de e?ciencia y e?cacia, de conformidad con el marco legal
de  bienestar   y  apoyo   social  para   el  personal   y  sus
vigente;
11)
derechohabientes,
?nancieros que  se generan  mediante las  actividades del
Fondo de Bienestar Policial;
6)
con
los
recursos
económicos
y
Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su competencia;
12)
Asesorar a la Alta Dirección de  la Policía Nacional
Promover y  proponer  la suscripción  de convenios
del Perú en asuntos de su competencia; y,
13)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que el
Director de Bienestar y Apoyo al Policía le asigne.
con otras  entidades  educativas en  todos los  niveles,  en
procura  de un  óptimo  y  adecuado bene?cio  en  materia
de  servicio   educativo  para  el   personal  policial   y  sus
derechohabientes;
7)
Orientar,
dirigir,
coordinar,
difusión
evaluar,
ejecutar
y
Artículo 79.- Fondos de Seguro
Los
controlar
la
atención
y
permanente
de
los
Fondos
de
Seguro
son
responsables
de
derechos y  bene?cios  para el  personal policial  y de  sus
derechohabientes;
8)
acciones
administrar, organizar,  dirigir, evaluar, coordinar, controlar
y supervisar el Fondo de Seguro de Vida, Fondo de Retiro
de O?ciales y Fondo de Retiro de Personal de Subo?ciales
de Armas y  de Servicios de  la Policía Nacional  del Perú;
a ?n  de  otorgar en  forma oportuna  la devolución  de  los
bene?cios que le corresponde al personal de la Institución
Policial o sus sobrevivientes,  en el marco de la normativa
legal sobre la materia.
Coordinar  con  la   Dirección  de  Sanidad   Policial
de   promoción,   prevención,   atención   y
las
recuperación  de   la  salud   del  personal   policial  y   sus
derechohabientes, en el marco del PlanAnual de Bienestar
Social del personal de la Policía Nacional del Perú;
9)
Promover la formulación  de proyectos de  inversión
en  los  aspectos de  bienestar  social  del  personal  de la
Policía Nacional  del Perú  y sus  derechohabientes; en  el
marco de la normativa sobre la materia;
Proponer   y   evaluar   el   cumplimiento   de   los
Depende   administrativamente   de   la   Dirección  de
Bienestar y Apoyo  al Policía y  está a cargo  de un O?cial
Superior  de  Armas de  la  Policía  Nacional  del  Perú  en
situación de actividad, en el grado de Coronel.
10)
Asimismo,
depende   funcionalmente   del   Directorio
convenios suscritos para  la obtención de  créditos a favor
del personal policial en actividad y retiro;  así como, de los
deudos y sobrevivientes de la Policía Nacional del Perú;
respectivo  y su  organización y  funciones  especí?cas se
regulan con el Reglamento correspondiente.
Los Fondos de Seguro de la Policía  Nacional del Perú
tienen las funciones siguientes:
11)
Administrar y  controlar la asignación  de viviendas
de guarnición para el personal policial a nivel nacional;
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
12)
1)
Administrar el Fondo de Seguro de Vida del personal
su competencia;
de  la Policía  Nacional  del  Perú, de  conformidad  con la
normativa legal vigente;
13)
Asesorar al Director de Bienestar y Apoyo al Policía
en asuntos de su competencia; y,
2)
Administrar  el   Fondo  de   Seguro  de   Retiro  de
14)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
O?ciales de  Armas y de  Servicios de  la Policía  Nacional
acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que el
Director de Bienestar y Apoyo al Policía le asigne.
del Perú, en el marco de los dispositivos legales vigentes;
3)
Administrar  el   Fondo  de  Seguro   de  Retiro   del
Personal de  Subo?ciales  de Armas y  de  Servicios de  la
Policía Nacional  del Perú,  conforme a  las  normas sobre
la materia;
Artículo 78.- División de Pensiones
La   División  de   Pensiones   es  la   unidad  orgánica
de   organizar,    ejecutar   y   controlar    los
responsable
4)
Gestionar, obtener, controlar y cautelar los recursos
procesos técnicos  para el reconocimiento  y otorgamiento
de pensiones y  bene?cios económicos del personal  de la
Policía Nacional del Perú o sus sobrevivientes, en el marco
de la normatividad de la materia.
materiales, económicos y ?nancieros del Fondo de Seguro
de Vida y de Retiro del personal de la Policía Nacional del
Perú, velando  por una adecuada gestión  administrativa y
?nanciera; conforme a la normativa sobre la materia;
Depende  de  la  Dirección  de   Bienestar  y  Apoyo  al
Policía y está  a cargo de un O?cial  Superior de la Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de  Coronel;  o  profesional  civil  altamente  cali?cado  y/o
especializado.
La  División de  Pensiones  de la  Policía  Nacional del
Perú tiene las funciones siguientes:
5)
Realizar   las    acciones   de   control    que   sean
necesarias, en los Fondos  de Seguro de Vida y  de Retiro
del  personal  de  la  Policía  Nacional  del  Perú,  a ?n  de
asegurar  la  correcta  administración  y  utilización de  los
recursos materiales,  económicos y ?nancieros  asignados
para su gestión; en el marco de los dispositivos legales en
vigencia sobre esta materia;
36
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
6)
Representar a la Institución Policial, en su condición
1)   Planear,  organizar,   dirigir,  administrar,   ejecutar,
coordinar y controlar la  gestión administrativa, económica
y ?nanciera del patrimonio del Fondo de Apoyo Funerario,
tendiente al desarrollo y crecimiento de la organización, de
conformidad a la normativa de la materia;
y
decoroso  al personal  policial  aportante  y  sus familiares
derechohabientes, constituido  por el  otorgamiento de  un
servicio funerario  integral básico,  solventando los  gastos
establecidos en su respectivo Reglamento;
3) Investigar, analizar, proponer y ejecutar las acciones
que   permitan   ampliar   la   cobertura   de  los   servicios
funerarios  al personal  policial aportante  y  sus familiares
derechohabientes;
de delegado, participando en las reuniones de la Comisión
Consultiva Permanente  de los  Fondos de  Seguro de  las
Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú;
7)
e?ciencia  y e?cacia,  de conformidad  con  el marco  legal
vigente;
8)
ámbito funcional;
9)
del Perú en asuntos de su competencia; y,
10)
acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que el
Director de Bienestar y Apoyo al Policía le asigne.
Administrar los recursos  asignados con criterios de
2)
Brindar
un
servicio
funerario
oportuno
Informar y emitir opinión técnica sobre asuntos de su
Asesorar a  la Alta Dirección  de la Policía  Nacional
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
4)
Gestionar, obtener, controlar y cautelar los recursos
?nancieros
Artículo 80.- Fondo de Vivienda Policial
materiales,
económicos
y
del   Fondo   de
Apoyo  Funerario,   velando  por   una  adecuada   gestión
administrativa  y  ?nanciera en  la  prestación  del  servicio
funerario  al  personal  policial aportante  y  sus  familiares
derechohabientes;
El  Fondo   de  Vivienda   Policial  es   responsable  de
planear, organizar,  dirigir, administrar,  ejecutar, coordinar
y controlar  los programas  de vivienda y  otorgamiento de
préstamos  para  vivienda,  con  la  ?nalidad  de  brindar  y
contribuiralaccesodeunaviviendadignaoelmejoramiento
de una propiedad inmobiliaria al personal policial aportante
y sus familiares con derecho, en el  marco de la normativa
sobre la materia.
5)
Realizar las acciones de control que sean necesarias,
a ?n  de asegurar  la  correcta administración  y utilización
de  los   recursos  materiales,   económicos  y  ?nancieros
asignados para su gestión;
6)
Velar y  controlar que las  políticas y estrategias  del
Depende
administrativamente   de   la   Dirección   de
Fondo  de Apoyo  Funerario  se  desarrollen  en  el  marco
de los  lineamientos establecidos en  el Plan de  Bienestar
Social del personal de la Institución Policial y las directivas
establecidas por el Director General de la Policía Nacional
del Perú;
Bienestar y Apoyo al  Policía, y está a  cargo de un O?cial
Superior  de  Armas de  la  Policía  Nacional  del  Perú  en
situación de actividad, en el grado de Coronel.
Asimismo,
depende   funcionalmente   del   Directorio
respectivo, y  su organización  y funciones  especí?cas se
regulan en el Reglamento correspondiente.
El  Fondo   de  Vivienda   Policial  tiene  las   funciones
siguientes:
7)
Desarrollar   y  ejecutar   proyectos   que  permitan
ampliar una mejor cobertura  de infraestructura y servicios
funerarios a nivel nacional;
8)
Administrar los recursos  asignados con criterios de
e?ciencia  y e?cacia,  de conformidad  con  el marco  legal
1)
coordinar
Planear,   organizar,  dirigir,   administrar,  ejecutar,
y   controlar   los   programas   de   vivienda   y
vigente;
9)
Informar y emitir opinión técnica sobre asuntos de su
otorgamiento   de  préstamos   para   el   personal  policial
aportante  y  sus  familiares  con derecho;  conforme  a  la
normativa de la materia;
ámbito funcional;
10)
Asesorar a la Alta Dirección de  la Policía Nacional
del Perú en asuntos de su competencia; y,
2)
Gestionar, obtener, controlar y cautelar los recursos
?nancieros
11)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
materiales,
económicos
y
del   Fondo   de
Vivienda Policial  del  personal de  la Policía  Nacional  del
Perú, velando  por una adecuada gestión  administrativa y
?nanciera en el desarrollo y la ejecución de Programas de
construcción y/o adquisición de viviendas; de conformidad
con la normativa sobre la materia;
acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que el
Director de Bienestar y Apoyo al Policía le asigne.
Artículo
82.-   Dirección    de   Tecnología    de   la
Información y Comunicaciones
La   Dirección  de   Tecnología   de   la   Información  y
Comunicaciones  es  el  órgano  de  apoyo  administrativo
responsable  de  administrar,  organizar,  dirigir, coordinar,
ejecutar y controlar las actividades para la implementación
de   las  tecnologías   de  información   y   comunicaciones
necesarias  que  den soporte  a  la  función  policial, en  el
marco de  los  lineamientos dictados  por el  Ministerio del
Interior  y  las  disposiciones  del  Director  General   de  la
Policía Nacional del Perú.
3)
Realizar las acciones de control que sean necesarias,
a ?n  de asegurar  la  correcta administración  y utilización
de  los   recursos  materiales,   económicos  y  ?nancieros
asignados para su gestión;
4)
Velar y  controlar que las  políticas y estrategias  del
Fondo  de  Vivienda  Policial se  desarrollen  en  el  marco
de los  lineamientos establecidos en  el Plan de  Bienestar
Social del personal de la Institución Policial y las directivas
establecidas por el Director General de la Policía Nacional
del Perú;
Asimismo,
realiza   estudios   y   desarrolla   sistemas
informáticos,  propone   y  ejecuta   proyectos;  así   como,
brinda  soporte  técnico  para  optimizar  y/o  extender  los
servicios  informáticos  y   de  telecomunicaciones  en  los
órganos  y   unidades  orgánicas  de   la  Policía  Nacional
del  Perú, a  ?n  de garantizar  un  adecuado servicio  a  la
ciudadanía y coadyuvar en la lucha contra  la delincuencia
y el crimen organizado.
5)
e?ciencia  y e?cacia,  de conformidad  con  el marco  legal
vigente;
6)
ámbito funcional;
7)
del Perú en asuntos de su competencia; y,
8)
a las disposiciones legales vigentes y otras que el Director
de Bienestar y Apoyo al Policía le asigne.
Administrar los recursos  asignados con criterios de
Informar y emitir opinión técnica sobre asuntos de su
Asesorar a  la Alta Dirección  de la Policía  Nacional
Tiene  a su  cargo  la  conducción para  la  producción,
análisis, monitoreo y difusión de la información estadística
en la Policía Nacional del Perú, para la toma de decisiones.
Depende de la  Secretaría Ejecutiva y está a  cargo de
un  O?cial Superior  de Armas  de  la Policía  Nacional del
Perú en situación de actividad, en el grado de Coronel.
La   Dirección  de   Tecnología   de   la   Información  y
Comunicaciones de la  Policía Nacional del Perú  tiene las
funciones siguientes:
Las demás funciones que le corresponda de acuerdo
Artículo 81.- Fondo de Apoyo Funerario
El  Fondo   de  Apoyo  Funerario   es  responsable   de
planear, organizar, dirigir, administrar, ejecutar, coordinar y
controlar la gestión administrativa, económica y ?nanciera
del Fondo, con la ?nalidad de brindar un servicio funerario
integral  básico, oportuno  y decoroso  al  personal policial
aportante y sus  familiares derechohabientes, en el marco
de la normativa sobre la materia.
1)
Proponer  y  ejecutar  la  estrategia  tecnológica  de
la Policía  Nacional del Perú,  en el marco  de las políticas
de  Estado  sobre  gobierno   electrónico;  facilitando  a  la
O?cina   General  de   Tecnologías  de   la   Información  y
Comunicaciones del  Ministerio del  Interior la  información
necesaria para su incorporación en el Plan  Estratégico de
Gobierno Digital del Sector Interior y en el Plan Estratégico
de Tecnología de Información del Ministerio del Interior;
Depende
administrativamente   de   la   Dirección   de
Bienestar y Apoyo al  Policía, y está a  cargo de un O?cial
Superior  de  Armas de  la  Policía  Nacional  del  Perú  en
situación de actividad, en el grado de Coronel.
Asimismo,
depende   funcionalmente   del   Directorio
respectivo, y  su organización  y funciones  especí?cas se
regulan en el Reglamento correspondiente.
2)
Proponer, dirigir  y supervisar la implementación  de
los procesos y proyectos de integración en tecnologías de
la información y comunicaciones de la Policía Nacional del
Perú;
El Fondo de Apoyo Funerario de la Policía Nacional del
Perú tiene las funciones siguientes:
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
37
3)
Formular, proponer y ejecutar lineamientos técnicos,
18)   Supervisar  la   atención   de  los   requerimientos
de  soporte  técnico   de  los  servicios  informáticos  y   de
telecomunicaciones de la Policía Nacional del Perú;
19)  Dirigir,  centralizar  y   coordinar  los  procesos  de
recopilación,  producción,  análisis,  monitoreo   y  difusión
oportuna   de  la   información  estadística   de   la  Policía
Nacional del  Perú; en concordancia  con los lineamientos
dictados por el Ministerio del Interior y las disposiciones del
Director General de la Policía Nacional del Perú, conforme
a la normativa sobre la materia;
directivas  e  instrumentos   que  orienten  y   estandaricen
la  estrategia tecnológica  de  la  Institución Policial,  en  el
marco de  las políticas  sectoriales  sobre la  materia y  las
disposiciones del  Director General de  la Policía Nacional
del Perú;
4)
Monitorear  y  supervisar   el  cumplimiento  de  las
actividades  programadas   de   la  Institución   Policial  en
el  Plan   Estratégico  de   la  Policía   Nacional  del   Perú,
en  concordancia  con  el  Plan   Estratégico  de  Gobierno
Electrónico  del  Sector Interior  y  el  Plan  Estratégico  de
Tecnología  de   Información   del  Ministerio   del  Interior;
evaluando los resultados e impactos de las mismas para la
toma de decisiones;
20)
Conducir la  programación estadística  anual de la
Institución Policial de manera articulada al Plan Estadístico
Sectorial,  de conformidad  con  los lineamientos  dictados
por el Ministerio del Interior y las disposiciones del Director
General de la Policía Nacional del Perú;
5)
Dirigir y supervisar  la implementación del Gobierno
21)
Gestionar ante la  Escuela Nacional de Formación
Electrónico en  la  Institución Policial,  en el  marco  de los
lineamientos del Ministerio  del Interior y las disposiciones
del Director General de la Policía Nacional del Perú;
Profesional   Policial  la   capacitación,   especialización  y
actualización permanente  del personal  de la  Dirección a
su cargo, en materias relacionadas al  campo funcional de
ésta;
6)
Dirigir   y   supervisar  la   implementación   de   los
procesos y proyectos  de integración en tecnologías  de la
información y  comunicaciones en  la Policía  Nacional del
Perú, de  conformidad con los  lineamientos del  Ministerio
del Interior  y las disposiciones  del Director General  de la
Policía Nacional del Perú;
22)
Participar, consolidar  y sustentar la  programación
de actividades anual  articulado al cuadro de necesidades
y  asignación  presupuestal, proponiendo  los  indicadores
de  productos  y  procesos;  así  como,  formular,  aprobar,
ejecutar y evaluar el Plan de Trabajo Anual de la Dirección
a su cargo, concordante con el Plan Operativo Anual de la
Policía Nacional del Perú;
7)
Gestionar  y administrar  los  recursos  tecnológicos
de  los sistemas  de información  y  comunicaciones de  la
Policía  Nacional  del  Perú;  así  como,  la  infraestructura
física y plataforma tecnológica, asegurando la continuidad
de los servicios en materia de su competencia;
23)
Administrar los recursos asignados a la Dirección a
su cargo, con criterios de e?ciencia, e?cacia, efectividad y
de conformidad con el marco legal vigente;
8)
Administrar, dirigir y supervisar la implementación de
24)
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
la Plataforma de Georeferenciación y de  Interoperabilidad
de la  Policía Nacional del Perú;  así como, implementar  y
gestionar el Registro Nacional de Seguridad Pública;
su competencia;
25)
Asesorar a la Alta Dirección de  la Policía Nacional
del Perú en asuntos de su competencia; y,
9)
Administrar,  dirigir y  supervisar  la implementación
26)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
del  Gobierno  Electrónico,  el  Centro  Nacional  de  Video
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Secretario Ejecutivo de la Policía  de la Policía Nacional
del Perú le asigne.
Vigilancia,
Radiocomunicación,
Telecomunicaciones,
Sistemas  de   Patrullaje  Virtual,   Centros  de   Comando,
Centrales de Emergencia  y los Centros de Soluciones  de
Información para la Seguridad Ciudadana o los que hagan
sus veces;
Artículo
83.-
Estructura
de
la
Dirección
de
Tecnología de la Información y Comunicaciones
10)
Dirigir   y  supervisar   de   manera   articulada   el
La   Dirección  de   Tecnología   de   la   Información  y
Comunicaciones  para el  cumplimiento  de sus  funciones
cuenta con las unidades orgánicas siguientes:
desarrollo y  mantenimiento de  los servicios  informáticos,
de  telecomunicaciones  y  estadística  en   los  órganos  y
unidades orgánicas de la Policía Nacional del Perú;
11)
Establecer,  dirigir,  evaluar, ejecutar  y  supervisar
a. División de Informática;
los procesos, métodos y procedimientos para la adecuada
administración,  seguridad  y  el   correcto  funcionamiento
de  los sistemas  de información  y  comunicaciones de  la
Institución Policial, incluyendo la  página web de la Policía
Nacional del Perú;
b. División de Telecomunicaciones;
c. División de Infraestructura Tecnológica y Redes; y,
d. División de Estadística.
Artículo 84.- División de Informática
12)
Implementar metodologías  para la óptima  gestión
La  División   de  Informática   es  la   unidad  orgánica
responsable   de  investigar   y   desarrollar   los  sistemas
del  ciclo  de  vida  de  los  sistemas  informáticos  y de  la
seguridad de  la información almacenada  en los sistemas
informáticos, de conformidad con la normativa vigente;
Identi?car   e    implementar    oportunidades   de
optimización   de  los   procesos   informáticos   realizados
por  la   Institución   Policial,  empleando   las  tecnologías
informáticos,
realizar
estudios,
supervisar
asesorar,    coordinar,
sistemas    de
ejecutar
proyectos
y
los
información  de  la Policía  Nacional  del  Perú.  Asimismo,
diseña, optimiza,  implementa, despliega  y/o extiende  los
servicios informáticos  en la  Institución Policial,  aplicando
nuevas   tecnologías  en   el   desarrollo  y   seguridad   de
los  sistemas  de  información;  velando  por  el  adecuado
funcionamiento,  seguridad  e  integridad  de  los  mismos,
brindando el  apoyo  técnico que  se requiera  para tal  ?n,
13)
de
Modernización  y   Desarrollo  Institucional   de  la   Policía
Nacional del Perú en los casos que corresponda;
información,   en   coordinación  con   la   División   de
14)
Establecer los procesos, métodos y procedimientos
garantizar    la     custodia,    el     almacenamiento,
suministrando
información   que    permita   estandarizar
para
la  plataforma  de  Tecnologías  de  la  Información;  en  el
marco de los  lineamientos del Ministerio  del Interior y las
disposiciones del  Director General de  la Policía Nacional
del Perú.
la   realización  de   los   respaldos  de   información   y  la
disponibilidad  de   los  datos,  administrando   la  sala   de
servidores y  todo el equipamiento  que aloja los  sistemas
y   de   telecomunicaciones   de   la   Policía
Nacional del Perú;
informáticos
DependedelaDireccióndeTecnologíadelaInformación
y Comunicaciones, y está a cargo de un O?cial Superior de
la Policía Nacional  del Perú en  situación de actividad, en
el grado de Coronel; o profesional civil altamente cali?cado
y/o especializado.
La División  de  Informática de  la Policía  Nacional del
Perú tiene las funciones siguientes:
15)
Programar
y
ejecutar
el
mantenimiento
preventivo y  correctivo  de los  equipos informáticos  y de
telecomunicaciones  de la  Policía  Nacional  del Perú;  de
conformidad con la normativa sobre la materia;
16)
Evaluar,   proponer   y  determinar   los   servicios
informáticos  y de  comunicaciones  más  adecuados para
el servicio  policial, en  los diferentes  órganos  y unidades
orgánicas de la Policía Nacional del Perú a nivel nacional;
así como,  supervisar y  asegurar el adecuado  uso de  los
equipos y los servicios vinculados;
1)
Diseñar,  proponer  e  implementar   estrategias  de
innovación  tecnológica   y  de  gestión   de  proyectos  de
Tecnologías de Información,  en concordancia con el  Plan
Estratégico de  la  Policía Nacional  del Perú  articulado al
Plan   Estratégico  de   Gobierno   Electrónico  del   Sector
Interior y el Plan Estratégico de Tecnología de Información
del Ministerio del Interior;
17)
Administrar,  autorizar y  supervisar  la  asignación
de equipos  informáticos, software, accesorios  y otros, de
los sistemas  de información,  aplicaciones tecnológicas  y
de comunicaciones;  supervisando el  correcto uso  de los
mismos, en  el marco  de la  normatividad vigente  y  en el
logro de los objetivos institucionales;
2)
Investigar, analizar, desarrollar, gestionar,  implantar
actualizados   y   disponibles   los  sistemas
y
mantener
de   información  de   la   Policía  Nacional   del   Perú,  de
38
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
conformidad con los lineamientos del Ministerio del Interior
y  las  disposiciones  del  Director   General  de  la  Policía
Nacional del Perú;
Desarrollar   sistemas   y  aplicativos   informáticos
del Interior  y las disposiciones  del Director General  de la
Policía Nacional del Perú;
21)Proponer,implementar,evaluaryejecutarlosplanes
de  contingencia  aplicables  en  los  centros de  cómputo,
3)
que  permitan atender  las  necesidades y  requerimientos
informáticos  para   garantizar  el  logro   de  los   objetivos
institucionales, en el marco del cumplimiento de la ?nalidad
fundamental de la Policía Nacional del Perú;
arquitectura
informática
de
redes,
comunicaciones,
seguridad
controlando
y
otros
a?nes,
orientando
y
su  cumplimiento,  a  ?n  de  asegurar  la   continuidad  del
funcionamiento  de  la   infraestructura  tecnológica  de   la
Policía Nacional del Perú;
4)
Garantizar,   controlar    y   supervisar   el    normal
funcionamiento  de  los  sistemas  de  información  policial
asegurando  su  permanente   operatividad  y  el   correcto
funcionamiento de  los  servicios y  accesos a  la  base de
datos, incluyendo la página web de la Policía Nacional del
Perú;
22)
Investigar,
evaluar   y   aplicar
las     necesidades
las
de
tecnologías
seguridad,
emergentes
en
sostenibilidad, redundancia, con?abilidad, disponibilidad  y
velocidad de los servicios en materia  de tecnologías de la
información y de comunicaciones que posee  o requiere la
Policía Nacional del Perú;
5)
Implementar  metodologías para  la  óptima gestión
del  ciclo  de  vida  de  los  sistemas informáticos,  gestión
de  proyectos   de  desarrollo  de   soluciones  y  sistemas
informáticosenlaPolicíaNacionaldelPerú,deconformidad
con la normativa vigente sobre la materia;
23) Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su competencia;
24)Asesorar al Director de Tecnología de la Información
y  Comunicaciones  de  la  Policía  Nacional  del  Perú  en
asuntos de su competencia; y,
6)
Mantener  operativos los  sistemas  de  información
desarrollados  o  adquiridos  para la  Policía  Nacional  del
Perú u otros que se complementen con el Observatorio de
la Seguridad Ciudadana, soluciones de geo referenciación,
interoperabilidad,  soluciones  de  biometría,  software   de
analítica,  aplicaciones  móviles,  soluciones  comunitarias
o  en red  social  u  otros  a?nes; de  conformidad  con  los
lineamientos del Ministerio  del Interior y las disposiciones
del Director General de la Policía Nacional del Perú;
25)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que el
Director de Tecnología de la Información y Comunicaciones
de la Policía Nacional del Perú le asigne.
Artículo 85.- División de Telecomunicaciones
División   de  Telecomunicaciones   es   la   unidad
responsable    de    cautelar    y    asegurar    el
La
orgánica
7)
Investigar, diseñar, evaluar y aplicar las  tecnologías
funcionamiento de las comunicaciones policiales, a través
de  los sistemas  de  comunicación  radial  integrados que
posee la  Policía Nacional  del Perú,  a ?n  de satisfacer  y
optimizar  las  informaciones  que   requiere  la  Institución
Policial  en  el  ejercicio  de  sus   funciones  en  el  ámbito
nacional,  de conformidad  con  el  Plan Estratégico  de  la
Policía Nacional del Perú y el Plan Estratégico de Gobierno
Electrónico  del  Sector  Interior,  de  conformidad  con  los
lineamientos del Ministerio  del Interior y las disposiciones
del Director General de la Policía Nacional del Perú.
DependedelaDireccióndeTecnologíadelaInformación
y Comunicaciones, y está a cargo de un O?cial Superior de
la Policía Nacional  del Perú en  situación de actividad, en
el grado de Coronel; o profesional civil altamente cali?cado
y/o especializado.
emergentes  en  las  necesidades   de  automatización  de
procesos  en la  Institución  Policial y  su  interoperabilidad
con el Ministerio del Interior y otras entidades públicas que
lo requieran, en el marco de los lineamientos del Ministerio
del Interior  y las disposiciones  del Director General  de la
Policía Nacional del Perú;
8)
Representar  a   la   Policía  Nacional   del  Perú   y
participar  en  las  Mesas  de  Trabajo  promovidas  por  el
Ministerio del  Interior u otras  entidades, para  asuntos de
su competencia funcional;
9)
Diseñar,   desarrollar  y   mantener  actualizado   el
software,  bases  de  datos  y  el  sitio  web  de   la  Policía
Nacional del Perú;
10)
Ejecutar y controlar los procedimientos de respaldo,
restauración,  recuperación,   seguridad   e  integridad   de
los sistemas,  aplicativos, bases  de datos  y los  procesos
realizados en la misma;
La División de Telecomunicaciones tiene las funciones
siguientes:
11)
Brindar  mantenimiento  y   soporte  informático  a
1)  Implementar, administrar,  optimizar  y mantener  la
infraestructura de  red  y los  servicios de  comunicación a
nivel nacional, en sus diferentes bandas de frecuencias;
2) Diseñar y proponer el PlanAnual de Equipamiento de
Telecomunicaciones con criterio técnico,  y acorde con las
exigencias tecnológicas  del servicio que  presta la Policía
Nacional del Perú, para su aprobación correspondiente;
3) Coordinar y realizar las actividades necesarias para
posibilitar la interconexión de las telecomunicaciones con el
Sector Interior y otras instituciones del Estado conducentes
al establecimiento de la plataforma de interoperabilidad;
4)  Gestionar  y  mantener  los  servicios  de  telefonía,
video  vigilancia,  comunicaciones  inalámbricas  y  demás
servicios de red que adquiera la Policía Nacional del Perú;
5) Plani?car,  ejecutar y  controlar la implementación  y
funcionamiento del Centro  Nacional de Video Vigilancia  y
Telecomunicaciones para la Seguridad Ciudadana;
6)  Mantener coordinación  con el  Comando  Conjunto
de las  Fuerzas Armadas, con  los organismos del  Estado
y  operadores  de   telecomunicaciones,  para  efectos  de
una  participación activa  de  la Policía  Nacional  del Perú
en  casos especí?cos  que demande  el  Plan de  Defensa
Interior del Territorio y/o Plan de Defensa Civil;
7)  Diseñar  y  proponer  las  políticas  de  seguridad  y
guerra electrónica en telecomunicaciones en concordancia
con  los  objetivos  institucionales  y  el  Plan  Nacional  de
los  sistemas  de   información  de  personas  y   vehículos
instalados en las unidades usuarias;
12)
servicios de correo electrónico y acceso a internet;
13)
disponibilidad
autorizadas
Información y  Comunicaciones de la  Policía Nacional del
Perú;
14)
Gestionar  y  garantizar  la   disponibilidad  de  los
Gestionar
el
correcto
funcionamiento
desarrolladas
y
o
la
de
las
aplicaciones
por
la
Dirección
de
Tecnología
de
Plani?car,   administrar,  ejecutar   y   controlar   la
implementación de  la Plataforma  de Interoperabilidad  de
la Policía Nacional  del Perú; en el  marco de la normativa
sobre la materia;
Diseñar,   proponer,   implementar  y   administrar
el  soporte  técnico  que  coadyuve  al  fortalecimiento  del
Centro Nacional  de Video  Vigilancia, Radiocomunicación
y Telecomunicaciones  para la  Seguridad Ciudadana;  así
como, los Sistemas de Patrullaje Virtual;
15)
16)
Diseñar,
proponer,
desarrollar,
implementar
y
administrar el Registro Nacional de Seguridad Pública;
Diseñar,   proponer,   desarrollar,  implementar
17)
y
administrar el  Sistema  de Denuncias  Policial Virtual;  así
como, su integración a los sistemas informáticos policiales
empleados en el desarrollo de la función policial;
18)
Garantizarlacustodiadelalmacenamientoyrealizar
los respaldos  de  información, así  como la  disponibilidad
de los  datos, administrando  la sala  de servidores  y todo
el equipamiento que  aloja los sistemas informáticos  en la
Policía Nacional del Perú;
Telecomunicaciones
Fuerzas Armadas;
del
Comando
Conjunto
de
las
8)
Elaborar
y
proponer
directivas,
guías
de
procedimiento, manuales de  usuario y otros,  referentes a
la infraestructura de red y comunicaciones, así como a los
servicios que compete a la División a su cargo;
9) Informar  y emitir  opinión técnica sobre  asuntos de
su competencia;
10)Asesorar al Director de Tecnología de la Información
y  Comunicaciones  de  la  Policía  Nacional  del  Perú  en
asuntos de su competencia; y,
11)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que el
19)
Identi?car,  proponer   y  ejecutar  arquitecturas   y
estándares de los sistemas  de administración de base de
datos,  así como  el  diseño de  la  estructura y  tecnología
que se requiera implementar para garantizar su integridad,
con?abilidad y  seguridad; conforme a  la normativa  sobre
la materia;
20)
Establecer, implementar y  ejecutar los estándares
de seguridad informática y de los sistemas de la Institución
Policial,  en  el marco  de  los  lineamientos  del  Ministerio
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
39
Director de Tecnología de la Información y Comunicaciones
de la Policía Nacional del Perú le asigne.
1) Planear,  organizar, dirigir,  coordinar y controlar  las
actividades estadísticas del  Sistema Estadístico Policial y
establecer la estandarización de la información estadística;
Artículo 86.- División de Infraestructura Tecnológica
y Redes
2)   Recopilar,   centralizar,   revisar,   analizar,   validar
y  difundir  la   información  estadística  solicitada   por  los
diferentes  órganos  y  unidades  orgánicas  de  la  Policía
Nacional del  Perú, a  ?n de  facilitar la  gestión y toma  de
decisiones;
3)  Coordinar, consolidar  y  proponer la  programación
estadística  anual  de  la   Institución  Policial,  de  manera
articulada  al  Plan Estadístico  Sectorial,  de  conformidad
con  los   lineamientos  del   Ministerio  del   Interior  y   las
disposiciones del  Director General de  la Policía Nacional
del Perú;
4)  Administrar  el   contenido  y  el  tratamiento   de  la
información que  se requiera  para  el Sistema  Estadístico
Policial  y otros  relacionados  a  la  función policial,  en  el
ámbito de su competencia;
5)  Formular  y proponer  los  respectivos  documentos
técnicos normativos para regular el proceso de información
estadística a  nivel nacional  de  los órganos  de la  Policía
Nacional del Perú;
La División de  Infraestructura Tecnológica y Redes es
la unidad  orgánica responsable  de administrar  la red  de
datos, supervisar su implementación y dar mantenimiento a
la infraestructura de red de la Policía Nacional del Perú; así
como a todo el equipamiento y los servicios que aseguren
el acceso a la red corporativa de la Institución Policial, en el
marco del Plan Estratégico de la Policía Nacional del Perú;
conforme a los lineamientos establecidos por  el Ministerio
del Interior  y las disposiciones  del Director General  de la
Policía Nacional del Perú.
DependedelaDireccióndeTecnologíadelaInformación
y Comunicaciones, y está a cargo de un O?cial Superior de
la Policía Nacional  del Perú en  situación de actividad, en
el grado de Coronel; o profesional civil altamente cali?cado
y/o especializado.
La División de Infraestructura  Tecnológica y Redes de
la Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
6)
Formular y proponer  informes, boletines y anuarios
1)
Coordinar,
programar,
preventivo
ejecutar
y
controlar
de  la información  estadística  de  la Policía  Nacional  del
Perú;
el
mantenimiento
y
correctivo
de
los
de
equipos
informáticos,
redes
de
datos,
sistemas
7) Evaluar y analizar la información  estadística policial
en forma  oportuna, a ?n  de garantizar la  adecuada toma
de decisiones  por la Alta Dirección  y órganos y unidades
orgánicas de la Policía Nacional del Perú;
8)  Brindar orientación  y asesoramiento  técnico  a los
órganos y  unidades orgánicas  de la  Policía Nacional del
Perú en el ámbito de su competencia;
telecomunicaciones y  equipos  de video  vigilancia de  los
usuarios  ?nales de  la  Policía Nacional  del  Perú  a nivel
nacional;
2)
Instalar y con?gurar el hardware y software licenciado
para el usuario ?nal;
Proponer   y   participar   en   la   identi?cación   de
3)
estándares (línea  base), de  especi?caciones técnicas de
hardware y  software a  nivel de  usuario ?nal que  emplea
o requiere  la Policía Nacional  del Perú para el  adecuado
cumplimiento de sus funciones;
9) Promover  y  realizar el  intercambio de  información
o
internacionales; en el marco  del diseño de las estrategias
y  políticas   institucionales  para  el   cumplimiento  de  su
?nalidad fundamental;
estadística
con
organizaciones
nacionales
4)
Elaborar
y
proponer
directivas,
guías
de
procedimiento,  manuales  de usuario  y  otros,  referentes
al  correcto  uso  de   los  equipos  informáticos,  software,
sistemas  de cómputo,  de  mesa de  ayuda  y otros  en  la
Policía  Nacional del  Perú,  en el  marco  de  la normativa
vigente sobre la materia;
10)  Participar  en  los  comités  interinstitucionales  de
estadística de  los organismos del  Estado, representando
a  la Policía  Nacional del  Perú;  dentro del  ámbito  de su
competencia;
criterios,
11)
Diseñar,
proponer
e
implementar
5)
Coordinar  con  la   División  de  Informática   de  la
metodologías e indicadores como herramientas de gestión
de los órganos y unidades orgánicas de la Policía Nacional
del Perú para la producción de información estadística;
12)  Participar  y  coadyuvar  en  la  georreferenciación
de  la  información  estadística,   de  conformidad  con  los
lineamientosdedelMinisteriodelInteriorylasdisposiciones
del Director General de la Policía Nacional del Perú;
13) Brindar  a la  O?cina de  Planeamiento Estratégico
Policía Nacional del Perú, a ?n de atender las necesidades
informáticas de los distintos órganos y unidades orgánicas
de la Institución Policial en el ámbito de su competencia;
6)
Investigar,
evaluar   y    aplicar
las     necesidades
las
de
tecnologías
seguridad,
emergentes
en
sostenibilidad, redundancia, con?abilidad, disponibilidad  y
velocidad de los servicios en materia  de tecnologías de la
información y de comunicaciones que posee  o requiere la
Policía Nacional del Perú;
Sectorial
del   Ministerio    del    Interior   la    información
estadística que se le  requiera, en el marco de las normas
sobre la materia;
7)
Mantener  actualizada  la  información   del  parque
infraestructura    de    redes    de    datos    e
informático,
14) Participar en la formulación, ejecución y evaluación
del  Plan  Estadístico  Sectorial,  de  conformidad  con  los
lineamientos del Ministerio  del Interior y las disposiciones
del Director General de la Policía Nacional del Perú;
infraestructura
de   telecomunicaciones    de   la   Policía
Nacional del Perú;
8)
Informar y  emitir opinión  técnica sobre asuntos  de
su competencia;
15)
Coordinar,
elaborar,
proporcionar
estadística
y
del
mantener
Sistema
9)
Asesorar al Director de Tecnología de la Información
actualizadas
la
información
y  Comunicaciones  de  la  Policía  Nacional  del  Perú  en
asuntos de su competencia; y,
Estadístico Policial;
16) Participar en  el Sistema Integrado de  Monitoreo y
Evaluación de las políticas, planes, programas y proyectos
del  Sector Interior,  de conformidad  con  los lineamientos
del Ministerio  del Interior  y las disposiciones  del Director
General de la Policía Nacional del Perú;
10)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que el
Director de Tecnología de la Información y Comunicaciones
de la Policía Nacional del Perú le asigne.
17)
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
Artículo 87.- División de Estadística
su competencia;
La  División   de   Estadística  es   la  unidad   orgánica
responsable  de   desarrollar   las  actividades   vinculadas
con  los  procesos  de  recopilación,  producción,  análisis,
monitoreo  y   difusión  de  la  información   estadística  de
la  Policía  Nacional  del  Perú,  respecto  de  las  materias
de competencia  de  la Institución  Policial y  las que  sean
necesarias para el desarrollo de sus funciones.
18) Asesorar a la Alta Dirección de  la Policía Nacional
del Perú en asuntos de su competencia; y,
19)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que el
Director de Tecnología de la Información y Comunicaciones
de la Policía Nacional del Perú le asigne.
Asimismo,   es  la   encargada  de   dirigir   el  Sistema
Estadístico   Policial,  conforme   a   los   lineamientos  del
Ministerio  del   Interior  y  las  disposiciones   del  Director
General de la Policía Nacional del Perú, en el marco de la
normativa sobre la materia.
Artículo 88.- Unidad de Trámite Documentario
La  Unidad  de   Trámite  Documentario  es   la  unidad
orgánica  responsable  de  plani?car,   coordinar,  ejecutar,
evaluar
y   controlar    los    procedimientos   de    trámite
documentario,  archivo   y  atención   al  ciudadano  en   la
Policía Nacional del Perú.
Depende
de   la   Dirección    de   Tecnología   de   la
Información y Comunicaciones, y está a cargo de un O?cial
Superior de  la Policía Nacional  del Perú, en  situación de
actividad, en el grado de Coronel.
La División  de  Estadística de  la Policía  Nacional del
Perú tiene las funciones siguientes:
Depende de la  Secretaría Ejecutiva y está a  cargo de
un  O?cial Superior  de Armas  de  la Policía  Nacional del
Perú en situación de actividad, en el grado de Coronel.
Las unidades de recepción documental a nivel nacional
de los órganos de la Policía Nacional del Perú constituyen
40
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
unidades de recepción auxiliares  de la Unidad de Trámite
Documentario de la  Secretaría Ejecutiva y  se encuentran
sujetas a las prescripciones que ésta dicte, conforme a los
lineamientos establecidos por el Ministerio del Interior y las
disposiciones del  Director General de  la Policía Nacional
del Perú.
Artículo 89.- Dirección  de Comunicación e Imagen
Institucional
La Dirección  de Comunicación e  Imagen Institucional
es  la  unidad orgánica  responsable  de  dirigir,  coordinar,
ejecutar y  controlar la política  de comunicación social  de
la Policía  Nacional del  Perú y  proyectar la  imagen de  la
Institución  Policial a  través de  información  y producción
comunicacional,  en   el  marco  del   Plan  Estratégico  de
la  Policía   Nacional  del  Perú  y   de  conformidad  a   los
lineamientos establecidos por el Ministerio del Interior y las
disposiciones del  Director General de  la Policía Nacional
del Perú.
Depende de la  Secretaría Ejecutiva y está a  cargo de
un  O?cial Superior  de Armas  de  la Policía  Nacional del
Perú en situación de actividad, en el grado de Coronel.
Las actividades en materia de comunicación e imagen
institucional  que  realicen  los  órganos   de  la  Institución
Policial  a  nivel   nacional,  se  encuentran  sujetas   a  las
prescripciones que  dicte la Dirección  de Comunicación e
Imagen  Institucional de  la Policía  Nacional  del Perú,  de
conformidad con  los lineamientos  que  dicte el  Ministerio
del Interior  y las disposiciones  del Director General  de la
Policía Nacional del Perú.
La  Unidad  de   Trámite  Documentario  de  la   Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
1)
Organizar, dirigir,  coordinar, ejecutar  y controlar  la
gestión documentaria  y archivo  de  la Institución  Policial;
así como,  los  procesos de  atención al  ciudadano,  en el
marco de  los  lineamientos dictados  por el  Ministerio del
Interior  y  las  disposiciones  del  Director  General   de  la
Policía Nacional del Perú;
2)
Implementar los lineamientos técnicos, resoluciones,
directivas  e instrumentos  para  la  gestión  documentaria,
archivo y  atención  al ciudadano  dictados por  el Director
General de la Policía Nacional  del Perú y el Ministerio del
Interior;
3)
Dirigir y controlar el adecuado uso del sistema único
de trámite documentario del Ministerio  del Interior; por los
órganos y unidades orgánicas de la Institución Policial, de
conformidad con la normativa vigente;
La Dirección  de Comunicación e  Imagen Institucional
de   la  Policía   Nacional  del   Perú   tiene  las   funciones
siguientes:
4)
Dirigir  y   supervisar  la   gestión  de  los   recursos
necesarios  para  la sostenibilidad  de  la  atención  de  los
procedimientos  de  trámite   documentario  y  atención  al
ciudadano en las unidades de recepción documental de la
Policía Nacional del  Perú; conforme a la  normativa sobre
la materia;
Realizar   la   recepción,  registro,   clasi?cación   y
distribución de  los documentos que  ingresan a  la Policía
Nacional del Perú a través de los respectivos  sistemas de
soporte informático;
1)
Plani?car,   formular,    ejecutar    y   controlar    las
actividades de  comunicación e imagen  institucional de la
Policía Nacional del Perú, en el marco del Plan Estratégico
de la  Policía Nacional  del Perú  aprobado por  el Director
General de la Policía Nacional del Perú y los lineamientos
del Ministerio del Interior;
5)
2)
Implementar las prescripciones rectoras  en materia
de   información,   comunicación,   relaciones
6)
Analizar,  seleccionar,  evaluar,  cali?car,  orientar  y
de
política
canalizar la  documentación de acuerdo a  la competencia
de cada órgano de la Policía Nacional del Perú;
públicas, protocolo e  imagen institucional, conforme a  los
lineamientos establecidos por el Ministerio del Interior y las
disposiciones del  Director General de  la Policía Nacional
del Perú;
7)
Atender y dar respuesta a los reclamos presentados
por los ciudadanos a  través de medios físicos o  virtuales,
registrándolos   en  el   Libro   de   Reclamaciones;  en   el
marco del Sistema  de Quejas, Reclamos y  Consultas del
Ministerio del Interior;
3)
Dirigir,  coordinar y  ejecutar  el  Plan de  Estrategia
Publicitaria  del  Ministerio  del   Interior,  en  la  parte  que
corresponda a la Policía Nacional del Perú;
8)
Dirigir, coordinar y atender las solicitudes de acceso
4)
Coordinar  con los  distintos  órganos  de la  Policía
a la información pública formuladas al amparo de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública;
Nacional del Perú las acciones  necesarias para mantener
adecuadamente
informada   a   la   población  sobre   las
9)
Formular   los  informes   y   elaborar  los   cuadros
estrategias que ejecuta la Policía Nacional del Perú a nivel
nacional, en  el  marco de  los lineamientos  del  Ministerio
del Interior  y las disposiciones  del Director General  de la
Policía Nacional del Perú;
consolidados  de los  órganos  de  la Policía  Nacional  del
Perú semestrales y anuales, de las solicitudes de acceso a
la información pública atendidas y no atendidas referidos a
la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública;
5)
Difundir  el   contenido  informativo   relacionado  a
10)
Organizar
y
conservar
la
documentación,
proporcionando asesoramiento a los órganos de la Policía
Nacional  del  Perú,  de   conformidad  con  las  normas  y
directivas del Sistema Nacional de Archivos;
las  actividades,   proyectos,  campañas   y   logros  de   la
Policía  Nacional  del  Perú,  a  través  de  los   medios  de
comunicación, la página web y las redes sociales, a ?n de
mantener  adecuadamente informada  a  la  población,  de
conformidad con los lineamientos del Ministerio del Interior
y  las  disposiciones  del  Director   General  de  la  Policía
Nacional del Perú;
11)
Planear,   coordinar   y  ejecutar   las   actividades
archivísticas  en   concordancia  con  la   normativa  sobre
la  materia, velando  por la  custodia  y mantenimiento  del
Acervo Documentario;
6)
Diseñar y proponer las estrategias para posicionar y
12)
Recibir,  registrar  y   presentar  los  proyectos  de
fortalecer la imagen de  la Institución Policial en la opinión
pública, a través de los medios de comunicación, conforme
al Plan de Estrategia Publicitaria del Ministerio del Interior,
en el marco del Plan Estratégico de la Policía Nacional del
Perú, los lineamientos dictados por el Ministerio del Interior
y  las  disposiciones  del  Director   General  de  la  Policía
Nacional del Perú;
Resoluciones  y de  normas  legales  y administrativas  de
competencia de la Policía Nacional del Perú;
las
Resoluciones que son  expedidas por el Director  General,
13)
Recibir,
registrar,
noti?car
y
custodiar
Sub
Director   General,   Inspector   General,   Directores
Nacionales,  Secretario Ejecutivo,  Director  de la  Escuela
Nacional  de  Formación Profesional  Policial;  Director  de
Administración, Director  de Recursos  Humanos, Director
de  Bienestar  y  Apoyo  al   Policía,  Director  de  Sanidad
Policial  y  Jefes  de  las  Macro  Regiones  Policiales;  así
como, coordinar su publicación y difusión;
7)
Efectuar el seguimiento y análisis  de la información
que  difunden  los   medios  de  comunicación  nacional  e
internacional, que sea de interés de la opinión pública y de
la Policía Nacional del Perú;
8)
Coordinar  y   organizar  los  actos   protocolares  y
14)
Certi?car  ?rmas  y  autenticar  las  copias  de  los
ceremonias  de la  Institución  Policial; en  el  marco  de la
normatividad  que   regula  la  materia   para  las   Fuerzas
Armadas y Policía Nacional del Perú;
dispositivos legales  y documentos que posean  o expidan
los diferentes órganos de la Policía Nacional del Perú;
15)
Formular y  proponer los  respectivos documentos
9)
Formular  y  proponer las  resoluciones,  manuales,
técnicos normativos para regular la  recepción documental
a nivel nacional  de los órganos de la  Policía Nacional del
Perú;
reglamentos, directivas y  demás instrumentos necesarios
para  el cumplimiento  de  las prescripciones  establecidas
como  política  de  información,  comunicación,  relaciones
públicas,  protocolo  e  imagen  institucional,  en el  marco
del Plan  Estratégico de  la Policía  Nacional del  Perú, los
lineamientos  dictados por  el  Ministerio del  Interior  y las
disposiciones del  Director General de  la Policía Nacional
del Perú;
16)
Informar y emitir opinión  técnica en asuntos sobre
su competencia;
17)
Asesorar a la Alta Dirección de  la Policía Nacional
del Perú en asuntos de su competencia; y,
18)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Secretario  Ejecutivo de la  Policía Nacional del  Perú le
asigne.
10) Gestionar y administrar los servicios musicales de la
Policía Nacional del Perú; cautelando su  pleno desarrollo,
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
41
a ?n de  mantener la doctrina  institucional y garantizar  un
9)  Participar  en  comisiones,  consejos  y   grupos  de
trabajo que le sean asignados por el Director General de la
Policía Nacional del Perú;
mayor acercamiento con la ciudadanía;
11)
Preservar y promover  el patrimonio histórico de  la
Policía Nacional  del Perú,  en aras  de que  se internalice
como el legado histórico de la Institución Policial, en todos
los integrantes de la Policía Nacional del Perú;
10)   Coordinar  con   el   Gabinete   de  Asesores   del
Ministerio
del   Interior   las   propuestas   de   normas   y
reglamentaciones  que tengan  implicancias  en la  Policía
Nacional del Perú;
12)
Ejecutar las disposiciones de carácter religioso del
obispado castrense  del Perú para  atender pastoralmente
a  los  miembros  de  la Policía  Nacional  del  Perú  y  sus
familiares, en aspectos éticos y morales;
11) Administrar  los  recursos que  le  sean  asignados,
con   criterios  de   e?ciencia,  e?cacia,   efectividad   y  de
conformidad con el marco legal vigente; y,
12)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que el
Director General de la Policía Nacional del Perú le asigne.
13)
Dirigir y supervisar el servicio de diseño, impresión
y otras actividades relativas a las artes grá?cas e imprenta
que requiera  la Alta  Dirección de  la Policía  Nacional del
Perú;
14)
Administrar los recursos asignados a la Dirección a
CAPÍTULO V
ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
su cargo, con criterios de e?ciencia, e?cacia, efectividad y
de conformidad con el marco legal vigente;
15)
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
Artículo 91.- Órgano de Control Institucional
El   Órgano  de   Control   Institucional   es   el  órgano
su competencia;
16)
Asesorar a la Alta Dirección de  la Policía Nacional
encargado
de
efectuar
exclusivamente
el
del
control
Perú,
del Perú en asuntos de su competencia; y,
gubernamental
en
la
Policía
Nacional
17)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
promoviendo  la  correcta  y  transparente  gestión  de  los
recursos  y  bienes del  Estado  asignados,  cautelando  la
legalidad  y  e?ciencia  de  sus  actos  y  operaciones;  así
como, el logro de sus resultados, mediante la ejecución de
los servicios de control (simultáneo y posterior) y servicios
relacionados,  con   sujeción  a  los  normas   del  Sistema
Nacional de Control.
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Secretario  Ejecutivo de la  Policía Nacional del  Perú le
asigne.
CAPÍTULO IV
COMITÉ DE ASESORAMIENTO
Mantiene  dependencia  funcional  con   la  Contraloría
General de la República y dependencia administrativa con
la Policía Nacional del Perú.
El Órgano  de Control Institucional  tiene las funciones
siguientes:
Artículo 90.- Comité de Asesoramiento
Comité   de   Asesoramiento    es   el   órgano   de
El
asesoramiento de más  alto nivel de la  Institución Policial,
responsable de  brindar asesoramiento especializado a  la
Alta Dirección de la Policía Nacional del Perú y de orientar,
coordinar, articular  y viabilizar  la conducción  y ejecución
de  estrategias diseñadas  para cumplir  con  las políticas,
objetivos  y   metas   establecidas  en   materia  de   orden
interno, orden público y seguridad ciudadana.
Depende de la Dirección General y está a cargo de un
O?cial General de la Policía Nacional del Perú en situación
de actividad, en el grado de General.
1) Formular en coordinación con las unidades orgánicas
competentes de  la  Contraloría General  de la  República,
el Plan Anual  de Control, de  acuerdo a las  disposiciones
que sobre  la  materia emita  la Contraloría  General de  la
República;
2) Formular y proponer el presupuesto anual del Órgano
de Control Interno para su aprobación correspondiente;
3)  Ejercer  el  control  interno  simultáneo   y  posterior
conforme a las  disposiciones establecidas en las Normas
Generales  de  Control  Gubernamental y  demás  normas
emitidas por la Contraloría General de la República;
4)   Ejecutar   los   servicios   de   control   y    servicios
relacionados  con  sujeción  a  las  Normas  Generales  de
Control  Gubernamental y  demás  disposiciones  emitidas
por la Contraloría General de la República;
El Comité de Asesoramiento de la Policía Nacional del
Perú tiene las funciones siguientes:
1)
Asesorar en la gestión operativa a laAlta Dirección de
la Policía Nacional del Perú en la  conducción, articulación
y ejecución de las estrategias diseñadas para  cumplir con
las  políticas en  materia  de orden  interno,  orden público
y seguridad  ciudadana establecidas  por el  Ministerio del
Interior;
5) Cautelar  el debido cumplimiento  de las  normas de
control y  el nivel  apropiado de  los procesos  y productos
a cargo  del Órgano de  Control Institucional en  todas sus
etapas y de  acuerdo a los estándares establecidos  por la
Contraloría General de la República;
2)
Formular informes, estudios y/o elaborar documentos
técnicos para  la  gestión operativa  requeridos por  la Alta
Dirección de la Policía Nacional del Perú y por el Ministerio
del Interior;
3)Analizar,
estudiarydiseñarpropuestasdeestrategias,
6)   Comunicar    oportunamente   los    resultados   de
planes, programas,  proyectos y  actividades relacionadas
con la gestión  operativa institucional en materia  de orden
interno, orden  público y seguridad  ciudadana, requeridos
por la Alta Dirección de  la Policía Nacional del Perú y  por
el Ministerio del Interior;
los  servicios  de  control  a  la Contraloría  General  de  la
República  para  su  revisión  de  o?cio,  de  corresponder,
luego de  lo cual debe remitirlos  al Director General  de la
Policía Nacional del Perú, y a los órganos competentes de
acuerdo a ley; conforme a las disposiciones emitidas por la
Contraloría General de la República;
servicios
relacionados, conforme a las disposiciones emitidas por la
Contraloría General de la República;
4)
Evaluar  los proyectos  de resoluciones,  manuales,
reglamentos, directivas y  demás documentos de  carácter
interno propuestos por los distintos órganos de la Institución
Policial, que le  encargue el Director General de  la Policía
Nacional del Perú de  manera previa a su consideración  y
aprobación;
7)
Comunicar
los
resultados
de
los
8) Actuar de o?cio  cuando en los actos y  operaciones
de  la  Policía   Nacional  del  Perú   se  adviertan  indicios
razonables   de  falsi?cación   de   documentos,  debiendo
informar  al  Ministerio  Público  y  al  Director  General  de
la  Policía  Nacional  del  Perú,  según  corresponda,  bajo
5)
Brindar asesoramiento inmediato a la Alta Dirección
de  la  Policía  Nacional  del Perú,  en  temas  de  carácter
estratégico y de  interés institucional que se  presenten en
el ejercicio de la gestión operativa de la Institución Policial;
así  como,   en  las  materias  que   determine  el  Director
General de la Policía Nacional del Perú;
responsabilidad,
para   que   se   adopten   las   medidas
pertinentes, previamente a efectuar la coordinación con la
unidad orgánica de la Contraloría General de la República
bajo  cuyo  ámbito  se   encuentra  el  Órgano  de  Control
Institucional;
6)
Absolver   las   consultas    que   se   le   formulen,
asesorando y  proponiendo alternativas  de solución en  el
marco de  la ?nalidad  fundamental de la  Policía Nacional
del Perú y las normas conexas sobre la materia;
9)  Elaborar  la  Carpeta  de  Control  y  remitirla  a  las
unidades
orgánicas   competentes    de   la    Contraloría
7)
Formular  y  proponer  normas   que  coadyuven  al
General de la  República para la comunicación de  hechos
cumplimiento de  las políticas y  estrategias institucionales
en  materia  de  orden  interno,  orden  público,  seguridad
ciudadana y de gestión institucional;
y
exposiciones del  Director General  de la  Policía Nacional
del Perú, en coordinación con los órganos competentes en
los asuntos que se le encomiende;
evidenciados   durante   el   desarrollo    de   servicios   de
control posterior y  al Ministerio Público si  correspondiera,
conforme a  las disposiciones  emitidas por  la Contraloría
General de la República;
10) Orientar,  recibir, derivar  o atender  las denuncias,
otorgándole  el trámite  que  corresponda de  conformidad
con  las disposiciones  del Sistema  Nacional  de Atención
8)
Elaborar
las
presentaciones,
discursos
42
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
de Denuncias o de la Contraloría General de  la República
sobre la materia;
Artículo 93.- Consejo de Alta Dirección
El  Consejo  de  Alta  Dirección  es  la  reunión  de  los
Tenientes Generales, Generales y  Coroneles en situación
de  actividad de  la  Policía Nacional  del  Perú, con  cargo
de Director que  sean convocados, que tiene  por ?nalidad
brindar asesoría al Director General de la Policía Nacional
del  Perú  en  temas  de  trascendencia,  uni?car  criterios,
?jar  las estrategias  institucionales;  así  como, evaluar  el
cumplimiento de  los  objetivos trazados,  en el  marco del
desarrollo institucional y ?nalidad fundamental.
11)
Realizar  el  seguimiento  a  las  acciones que  las
entidades   dispongan  para   la  implementación   efectiva
y  oportuna  de  las  recomendaciones  formuladas en  los
resultados de los servicios de control, de conformidad con
las disposiciones emitidas por la Contraloría General de la
República;
12)
Apoyar  a las  Comisiones Auditoras  que  designe
la Contraloría General de  la República para la realización
de  los  servicios  de  control  en  el  ámbito  de  la  Policía
Nacional del  Perú,  de acuerdo  a la  disponibilidad de  su
capacidad operativa.  Asimismo, el Jefe  y el  personal del
Órgano de  Control Institucional deben prestar  apoyo, por
razones  operativas  o de  especialidad  y  por  disposición
expresa  de  las unidades  orgánicas  de  línea  u órganos
desconcentrados de la Contraloría General de la República,
en otros servicios de control y servicios relacionados fuera
del  ámbito de  la  Policía  Nacional del  Perú.  El  Jefe del
Órgano de Control Institucional,  debe dejar constancia de
tal situación para efectos de la evaluación del desempeño,
toda vez que dicho apoyo impactará en el cumplimiento de
su Plan Anual de Control;
Artículo 94.- Consejo de Cali?cación
El Consejo  de Cali?cación  tiene por  ?nalidad evaluar
y proponer el pase a la situación de retiro  por Renovación
de Cuadros  del personal de la  Policía Nacional del  Perú,
conforme a la normatividad sobre la materia.
Es presidido  por  el Director  General e  integrado  por
O?ciales  Generales de  la  Policía Nacional  del  Perú, en
situación de actividad.
Artículo 95.- Consejos de Investigación
Los   Consejos  de   Investigación   son   órganos  que
tienen  por   ?nalidad  estudiar,  evaluar   y  emitir   opinión
sobre los expedientes administrativos  para determinar las
acciones  meritorias  del  personal  policial  que merezcan
ser reconocidas  institucionalmente y proponer  al Director
General  de  la  Policía  Nacional  del  Perú los  incentivos
correspondientes.
Asimismo,  emiten  pronunciamiento  y  determinan  la
relación  existente  entre  el  fallecimiento  o  invalidez  del
personal,  con respecto  al  servicio  policial; así  como,  lo
relacionado  con  los  ascensos  póstumos  en   acción  de
armas.
Los  Consejos   de  Investigación   son  de   dos  tipos:
temporal o permanente.
13)
Cumplir diligente y oportunamente, de acuerdo a la
disponibilidad de su capacidad operativa, con los encargos
y requerimientos que le formule  la Contraloría General de
la República;
14)
Cautelar que la publicidad de los resultados de los
servicios  de control  y servicios  relacionados  se realicen
de  conformidad  con   las  disposiciones  emitidas  por   la
Contraloría General de la República;
15)
Cautelar que  cualquier modi?cación al Cuadro  de
Puestos, al  presupuesto asignado o  al Reglamento de  la
Ley de la Policía Nacional del Perú, en lo relativo al Órgano
de  Control Institucional  se  realice de  conformidad  a las
disposiciones de la materia y las emitidas por la Contraloría
General de la República;
Promover   la    capacitación,   el   entrenamiento
profesional  y   desarrollo   de  competencias   del  Jefe   y
personal del  Órgano de  Control Institucional  a través  de
la  Escuela Nacional  de  Control  o de  otras  instituciones
educativas superiores nacionales o extranjeras;
La composición,  funcionamiento y atribuciones  de los
Consejos de Investigación son establecidos en las normas
internas de la materia.
16)
Artículo 96.- Comisiones Consultivas
Las   Comisiones  Consultivas   están  integradas   por
O?ciales Generales en situación de actividad y en situación
de retiro; así como, puede convocarse para que la integren
17)
Mantener ordenados,  custodiados y a  disposición
de  la Contraloría  General  de  la República  durante  diez
años  los  informes de  auditoría,  documentación  de
profesionales,
especialistas   o    representantes   de    la
sociedad  civil,  con  reconocida  capacidad y  experiencia
según corresponda.
(10)
auditoría  o  papeles   de  trabajo,  denuncias  recibidas   y
en general  cualquier  documento relativo  a las  funciones
del Órgano  de  Control Institucional,  luego de  los  cuales
quedan sujetos  a las normas  de archivo vigentes para  el
sector público;
Tienen  por   ?nalidad   asesorar  al   Director  General
de  la Policía  Nacional  del  Perú  en asuntos  especí?cos
relacionados
institucional.
con
el
funcionamiento
y
desarrollo
La designación  de sus integrantes  y el periodo  de su
desempeño está a cargo del Director General de la Policía
Nacional del Perú.
18)
Efectuarelregistroyactualizaciónoportuna,integral
y real de la información en los aplicativos informáticos de la
Contraloría General de la República;
Mantener   en    reserva   y   con?dencialidad    la
información y  resultados obtenidos en  el ejercicio de  sus
funciones;
19)
CAPÍTULO VII
ÓRGANO DE APOYO POLICIAL QUE DEPENDE
DIRECTAMENTE DEL DIRECTOR GENERAL
20)
Promover
y
evaluar
la
implementación
y
mantenimiento del Sistema de Control Interno por parte de
la Policía Nacional del Perú;
Artículo
97.-   Escuela   Nacional    de   Formación
Profesional Policial
21)
Presidir  la  Comisión  Especial de  Cautela  en  la
La Escuela Nacional de Formación Profesional Policial
es  el  órgano   de  apoyo  policial   de  gestión  educativa,
responsable de  organizar, impartir,  evaluar  y certi?car  la
formación profesional  del personal de  la Policía Nacional
del Perú, contando  con autonomía académica,  normativa
y administrativa.
auditoría  ?nanciera   gubernamental   de  acuerdo   a   las
disposiciones  que   emita  la  Contraloría   General  de  la
República; y,
22)
Otras que establezca  la Contraloría General de la
República.
Depende de la Dirección General y está a cargo de un
O?cial General  de Armas de la  Policía Nacional del  Perú
en situación de actividad, en el grado de General.
La Escuela Nacional de Formación Profesional Policial
tiene las funciones básicas siguientes:
CAPÍTULO VI
ÓRGANOS CONSULTIVOS
Artículo 92.- Órganos Consultivos
Los
Órganos
Consultivos
tienen
por
?nalidad
brindar  asesoría en  los  asuntos  que por  su  naturaleza,
1)
Dirigir la  formación  profesional policial  alineada al
trascendencia
e
importancia
son
puestas
a
su
cumplimiento  de  la  ?nalidad  fundamental  de  la  Policía
consideración, emitiendo opinión y recomendación.
Nacional
integración,
del   Perú;    consistente   en    la   preparación,
actualización,         especialización        y
Los
integrantes
de
los
órganos
consultivos
son
designados  y convocados  por  el Director  General  de la
Policía Nacional del Perú, quien preside los mismos.
Son  Órganos Consultivos  de  la Policía  Nacional  del
Perú, los siguientes:
perfeccionamiento continuo, como parte del nivel  superior
del sistema educativo nacional;
2)
Conducir,  evaluar   y  supervisar  la   ejecución  de
los  procesos  que permitan  cumplir  con  los  principios  y
objetivos  previstos  en  la  Ley   que  regula  la  formación
profesional de la Policía Nacional del Perú;
1)
2)
3)
4)
Consejo de Alta Dirección;
Consejo de Cali?cación;
Consejos de Investigación; y,
Comisiones Consultivas.
3)
Formular,  promover  y  evaluar   el  documento  de
y   desarrollo   institucional   de   la   Escuela
prospectiva
Nacional de  Formación Profesional Policial,  así como las
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
43
políticas y los planes correspondientes, en el marco de sus
competencias;
19) Participar,  consolidar y sustentar  la programación
de actividades anual  articulado al cuadro de necesidades
y  asignación  presupuestal, proponiendo  los  indicadores
de  productos  y  procesos;  así  como,  formular,  aprobar,
ejecutar y evaluar el  Plan de Trabajo Anual de la  Escuela
Nacional, concordante  con el Plan  Operativo Anual de  la
Policía Nacional del Perú;
4)
De?nir el  modelo de formación  profesional policial,
así como aprobar los programas académicos conducentes
al otorgamiento  de  títulos profesionales  o certi?caciones
correspondientes a  la formación  profesional, integración,
actualización, especialización y perfeccionamiento policial,
en concordancia con la normativa vigente y propuestos por
el Consejo Académico y Disciplinario;
20)  Ejercer   las  funciones   de  unidad  ejecutora   de
inversionesconformealSistemaNacionaldeProgramación
Multianual y Gestión de Inversiones;
21)   Identi?car   las   necesidades    de   la   formación
profesional y capacitación policial  en materia de inversión
pública;
5)
Contribuir   y   garantizar  el   cumplimiento   de   la
?nalidad,  objetivos  y  metas  de  la  Policía  Nacional  del
Perú,   incorporando  los   criterios,   principios   y  valores
institucionales  que   la  de?nen,   en  el   marco  del   Plan
Estratégico de la Policía  Nacional del Perú y la normativa
sobre la materia;
22)
Dirigir   y   supervisar   el   proceso   de   registro,
recopilación  y análisis  de la  información  estadística que
produzca la Dirección a su cargo, para una adecuada toma
de decisiones,  de conformidad  con los  lineamientos que
dicte la  División de Estadística  de la Policía Nacional  del
Perú;
6)
Promover y desarrollar la investigación e innovación
en  las áreas  del  conocimiento que  forman  parte  de los
programas   académicos,  garantizando   la   actualización
constante y la calidad de su oferta educativa;
7)
Aprobar,
dirigir
y
supervisar
la
formulación
y
23) Administrar  los  recursos que  le  sean asignados,
con   criterios  de   e?ciencia,  e?cacia,   efectividad   y  de
conformidad con el marco legal vigente;
24) Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su competencia;
25) Asesorar al Director General de la Policía Nacional
del Perú en asuntos de su competencia; y,
26)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que el
Director General de la Policía Nacional del Perú le asigne.
ejecución  de documentos  académicos, administrativos  y
de investigación, propuestos por las distintas  Escuelas de
la Policía Nacional del Perú;
8)
Velar  por el  desarrollo  de  la  Ciencia Policial;  así
como, difundir y consolidar la doctrina que la sustenta como
elemento integrador  para la pertenencia  institucional a la
Policía Nacional del  Perú, en el marco  de la Constitución
y las leyes;
9)
Controlar,  supervisar   y   evaluar  las   actividades
de     investigación,     administrativas      y
académicas,
disciplinarias
de
la
Escuela
Nacional
de
Formación
Artículo 98.-  Estructura de la  Escuela Nacional de
Formación Profesional Policial
La Escuela Nacional de Formación Profesional Policial
para  el cumplimiento  de sus  funciones  a nivel  nacional,
Profesional Policial;
10)
Policial para su aprobación, las propuestas de lineamientos
ElevaralConsejoSuperiordeFormaciónProfesional
de política, estrategias y asuntos de su competencia, a ?n      cuenta  con unidades  orgánicas  y  unidades académicas
de garantizar  el adecuado  funcionamiento de  la Escuela
Nacional de Formación Profesional Policial;
denominadas  Escuelas,  cuya  organización  y  funciones
serán determinadas en el Reglamento de la Ley que regula
la Formación Profesional  de la Policía Nacional  del Perú,
en  el marco  del  proceso  de modernización  institucional
sobre esta materia.
11)
Orientar,  promover  y  gestionar  la  formalización
de  becas, pasantías,  seminarios,  congresos,  simposios,
conferencias y demás eventos  en el ámbito nacional, que
tengan carácter  técnico profesional policial,  y/o acuerdos
de cooperación interinstitucional de intercambio académico
y  profesional en  materia  policial  y de  seguridad  a nivel
nacional,  a  ?n  de  potenciar  la  formación,  capacitación
CAPÍTULO VIII
ÓRGANOS DE LÍNEA
y
perfeccionamiento
policial;
dirigiendo
los
procesos
SUBCAPÍTULO I
de  selección en  todos  sus  niveles  y proponiendo  a  los
participantes  en  las  diferentes  actividades  académicas.
Asimismo, selecciona y  propone a los cadetes y  alumnos
de  las   distintas  Escuelas   de  la   Policía   Nacional  del
Perú  para   que  participen  en   eventos  académicos   de
similar  naturaleza en  el  extranjero, en  coordinación  con
la  Dirección   de  Asuntos  Internacionales  de   la  Policía
Nacional del Perú;
DIRECCIÓN NACIONAL
DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL
Artículo  99.- Dirección  Nacional  de  Investigación
Criminal
La Dirección  Nacional de Investigación  Criminal es el
órgano de línea de la Policía Nacional del Perú, con carácter
técnico y sistémico,  especializado, normativo y operativo;
responsable  de plani?car,  ejecutar,  comandar, evaluar  y
supervisar a  nivel nacional  las operaciones  policiales en
materia de  lucha contra  el  terrorismo, antidrogas,  medio
ambiente, investigación  criminal, lavado  de activos,  trata
de  personas  y   trá?co  ilícito  de  migrantes,   corrupción,
delitos  aduaneros,  contra  los derechos  intelectuales,  el
orden económico,  ?nanciero y monetario,  y el patrimonio
cultural, en el marco de la lucha contra la delincuencia y la
criminalidad organizada, de conformidad con la  normativa
sobre la materia. Tiene competencia a nivel nacional.
Asimismo, coordina y puede contar con la cooperación
y  apoyo  de  organizaciones  extranjeras  similares  en  el
ámbito de su competencia funcional.
12)
Emitir opinión y proponer las becas internacionales
destinadas a instituciones u organismos policiales similares
que seguirán estudios en nuestro país  del nivel formación
capacitación   o   perfeccionamiento  en   las
profesional,
unidades orgánicas de la  Escuela Nacional de Formación
Profesional  Policial   u  órganos   de  la  Policía   Nacional
del  Perú, en  el  marco  de los  acuerdos  de  cooperación
interinstitucional de  intercambio  académico y  profesional
suscritos por la Institución Policial;
13)
Suscribir  los certi?cados  de  grados académicos,
títulos
profesionales
y
distinciones
honorí?cas
que
de
correspondan;
así
como
aprobar
las
solicitudes
revalidación; conforme a la normativa sobre la materia;
14)
Dar de alta a los  cadetes y alumnos ingresantes y
Depende de  la Sub Dirección  General y está  a cargo
de un O?cial General  de Armas de la Policía Nacional del
Perú en  situación  de actividad,  en el  grado  de Teniente
General.
La Dirección  Nacional de Investigación Criminal  de la
Policía Nacional tiene las funciones siguientes:
de baja a los que culminaron satisfactoriamente su periodo
de  formación  profesional  de   pregrado  en  las  distintas
Escuelas de la Policía  Nacional del Perú; de conformidad
con los  dispositivos legales en vigencia  que regulan esta
materia;
15)
Supervisar  los   procesos  de  admisión  para   su
mejora constante,  proponiendo al  Director General  de la
Policía Nacional del  Perú las líneas de acción  necesarias
para el logro de los objetivos institucionales;
1) Dirigir,  conducir, coordinar, supervisar,  y garantizar
la oportuna gestión del desarrollo funcional y  operativo de
los órganos y unidades orgánicas a  cargo de las materias
especializadas de su competencia;
16)
Fomentar y dirigir el establecimiento de  relaciones
interinstitucionales  para  el  cumplimiento de  sus  ?nes  y
los  de la  Policía Nacional  del  Perú, en  el  ámbito de  su
competencia;
2)  Elaborar  y  proponer al  Sub  Director  General  los
proyectos normativos destinados a fortalecer  el desarrollo
funcional,  y   operativo  de   las  materias   especializadas
relacionadas con la investigación criminal  en el ámbito de
su competencia;
3) Participar, consolidar y sustentar la programación de
actividades anual acorde con las necesidades y asignación
presupuestal, estableciendo los  indicadores de productos
17)
Emitir resoluciones administrativas en el ámbito de
su competencia;
18)
Resolver
en
última
instancia
los
recursos
administrativos,   según  corresponda   al   ámbito   de   su
competencia;
44
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
y procesos; así como, formular, aprobar, evaluar y ejecutar
el  Plan de  Trabajo Anual  de la  Dirección  Nacional a  su
cargo,  concordante  con  el  Plan  Operativo  Anual  de  la
Policía Nacional del  Perú, Planes Generales  y Planes de
Operaciones;
necesarios para  contrarrestar la delincuencia  común y  el
crimen organizado a nivel nacional;
17)Expedirresolucionesenasuntosdesucompetencia;
así como, en las materias delegadas;
recursos
18)
Resolver
en
última
instancia
los
4)
Formular y proponer el Plan General de Operaciones
administrativos,   según  corresponda   al   ámbito   de   su
competencia;
de Investigación  Criminal;  así  como, dirigir  y  supervisar
la  ejecución   del  mismo,   teniendo  en   cuenta  el   Plan
Operativo  Institucional del  Ministerio  del Interior, el  Plan
Operativo Anual  de la  Institución  Policial, la  información
estadística  emitida  por  la División  de  Estadística  de  la
Policía Nacional  del  Perú, y el  Observatorio  del Delito  y
la Criminalidad;
19) Administrar los  recursos asignados a  la Dirección
Nacional a su cargo,  con criterios de e?ciencia y  e?cacia,
de conformidad con el marco legal vigente;
20) Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su competencia;
21) Asesorar a la Alta Dirección de  la Policía Nacional
del Perú en asuntos de su competencia; y,
22)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Sub Director General  de la Policía Nacional del Perú le
asigne.
5)
Aprobar  los Planes  de  Operaciones  que deberán
desarrollar  y  ejecutar  los  diversos  órganos  y  unidades
orgánicas a  su cargo, siempre  que no se  comprometa el
apoyo de  otros  órganos o  unidades orgánicas  sobre los
cuales no  tienen relación  de dependencia, en  cuyo caso
serán tramitados para su aprobación por  la Sub Dirección
General de la Policía Nacional del Perú, considerando en el
planeamiento los  respectivos documentos de  inteligencia
que correspondan;
Artículo 100.-  Estructura de  la Dirección  Nacional
de Investigación Criminal
La Dirección  Nacional de  Investigación Criminal  para
el cumplimiento de  sus funciones cuenta con los  órganos
especializados siguientes:
6)
Orientar y  supervisar las  diferentes actividades  de
investigación  que  se  desarrollen  con  la  colaboración  y
apoyo o de manera conjunta con agencias internacionales
y que en  el marco de  la lucha contra  la delincuencia y el
crimen organizado realicen los distintos órganos y unidades
orgánicas   de  la   Dirección   Nacional   de  Investigación
Criminal;
a. Dirección de Medio Ambiente;
b. Dirección Antidrogas;
c. Dirección Contra el Terrorismo;
d. Dirección de Investigación Criminal;
e. Dirección de Investigación de Lavado de Activos;
f. Dirección contra la Trata de Personas y Trá?co Ilícito
de Migrantes;
7)
Disponer, dirigir,  evaluar y  supervisar el  desarrollo
oportuno  de las  actividades  operativas  de  investigación
y   el   cumplimiento   de   las  metas   físicas   y
programadas   para   alcanzar   los   objetivos
criminal,
?nancieras
g. Dirección Contra la Corrupción; y,
h. Dirección de Policía Fiscal.
trazados en el Plan  Estratégico de la Policía Nacional  del
Perú y  el Plan  Operativo Anual  concordante con  el Plan
Estratégico Institucional y  Plan Operativo Institucional del
Ministerio del Interior;
Asimismo,  cuenta   con  las   unidades   orgánicas  de
apoyo denominadas:  Secretaría de la  Dirección Nacional
de  Investigación   Criminal;  División   de  Inteligencia   de
Investigación  Criminal  y  División  de  Investigaciones de
Alta Complejidad.
8)
Orientar el proceso  de articulación de  las acciones
de  inteligencia  y   contrainteligencia  policial  que  realiza
la  División  de  Inteligencia   de  la  Dirección  Nacional  a
su cargo,  a ?n  de  optimizar el  ejercicio operativo  de los
diversos órganos y unidades  orgánicas especializadas en
materia de investigación criminal;
Artículo 101.- Dirección de Medio Ambiente
Dirección   de   Medio   Ambiente   es   el   órgano
La
9)
Fortalecer   las   relaciones    extra   institucionales
especializado, de  carácter técnico y  sistémico, normativo
y   operativo;  responsable   de   la   investigación   de  los
delitos ambientales,  delitos contra  los recursos naturales
y  delitos  de   minería  ilegal,  cometidos   en  agravio  del
Estado,  actuando  bajo  la  conducción  jurídica del  ?scal
especializado;  así  como,  planear,  comandar,  organizar,
ejecutar, coordinar, controlar y  supervisar las operaciones
policiales en el marco de sus funciones  en la lucha contra
la  delincuencia   común  y  el   crimen  organizado.  Tiene
competencia a nivel nacional.
vinculadas al ámbito de su competencia;
Proporcionar, registrar y  consolidar la información
10)
estadística  policial   de  su  competencia,   que  facilite  la
evaluación de metas e indicadores del Plan Estratégico de
la Policía  Nacional del  Perú, Plan  Operativo Institucional
del  Ministerio  del Interior  y  Plan  Operativo Anual  de  la
Policía Nacional del Perú;
11)
Plani?car,  organizar, dirigir,  articular  y supervisar
del   personal   a   su   cargo   para   el
la
administración
desarrollo de  las operaciones  policiales y  funcionales en
el marco del ejercicio de  la función policial a través de los
órganos a  su cargo  en las  materias de  su competencia;
así  como,   gestionar  y  coordinar   con  la   Dirección  de
Recursos  Humanos  de  la  Policía  Nacional  del Perú  el
dimensionamiento debidamente sustentado del Cuadro de
Personal que requieren dichos órganos, para  el año ?scal
correspondiente;
Depende  de  la  Dirección  Nacional  de  Investigación
Criminal y está a cargo de un O?cial General de Armas de
la Policía Nacional del  Perú, en situación de actividad, en
el grado de General.
La Dirección de Medio Ambiente de la Policía Nacional
del Perú tiene las funciones siguientes:
1)
Prevenir,   combatir,    investigar   y   denunciar    a
nivel  nacional   los  delitos  de   contaminación  ambiental
(contaminación  de  mares,  ríos,  lagos,  pantanos, suelo,
subsuelo,  atmósfera y  otros),  y  de minería  ilegal,  en el
marco de la normativa sobre la materia;
12)
Gestionar ante la  Escuela Nacional de Formación
Profesional  Policial  la programación  de  la  capacitación,
especialización  y actualización  permanente del  personal
que presta servicios  en la Dirección Nacional  a su cargo,
en las materias relacionadas al campo funcional de ésta;
2)
Prevenir,  combatir,  investigar y  denunciar  a  nivel
13)
Establecer  mecanismos de  articulación entre  los
nacional los  delitos ambientales  cometidos  en contra  de
los recursos  naturales (?ora, fauna  e hidrobiológicos), en
el marco de la normativa sobre la materia;
órganos a su cargo para lograr  una e?ciente coordinación
en el servicio policial;
14)
Supervisar y  evaluar  el rendimiento  operativo de
3)
Planear,  organizar,   dirigir,  ejecutar,   coordinar  y
los órganos  a su  cargo, con  la ?nalidad  de disponer  las
acciones de comando pertinentes para mejorar los niveles
de  e?ciencia  y  e?cacia  operativa  en  la  materia  de  su
competencia;
controlar  los  mega  operativos   e  Interdicciones  a  nivel
nacional orientados  a prevenir y  combatir la  comisión de
los  delitos  de  contaminación  ambiental,   minería  ilegal,
alteración del paisaje, trá?co ilegal  de residuos peligrosos
y manejo inadecuado de residuos  sólidos; en el marco de
la normativa sobre la materia;
15)
Administrar   el   Observatorio   del   Delito    y   la
Criminalidad; emitiendo  los  informes respectivos  con los
resultados  y propuestas  a  la Sub  Dirección  General  de
la  Policía Nacional  del Perú,  para  el establecimiento  de
estrategias  institucionales  de  investigación  criminal,  en
el  marco de  la  lucha contra  la delincuencia  y  el crimen
organizado a nivel nacional;
4)
Plani?car y conducir operativamente la investigación
material del delito, bajo la conducción jurídica del ?scal, en
concordancia con las leyes de la materia;
5)
Dirigir, coordinar,  evaluar, controlar  y supervisar  la
formulación de los Planes de Operaciones de la Dirección
a su  cargo, en  el marco  del cumplimiento  de los  Planes
16)
Analizar
e
identi?car                                    de
las
modalidades
criminalidad   organizada  que   se  registran,   elaborando
estudios  de   su   evolución  con   la  ?nalidad   de   de?nir     Generales dispuestos  y  aprobados por  la Sub  Dirección
y  proponer   las   estrategias  y   empleo  de   los   medios
General de  la Policía  Nacional del  Perú y  los Planes  de
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
45
Operaciones  de  la  Dirección  Nacional  de  Investigación
Criminal; considerando en el planeamiento los documentos
de inteligencia que correspondan;
Artículo   103.-  División   Contra   la  Tala   Ilegal   y
Protección de Recursos Naturales
La  División   contra  la   Tala  Ilegal   y  Protección   de
Recursos  Naturales  es  la  unidad  orgánica  de  carácter
técnico,  operativo  y  especializado;  responsable  a  nivel
nacional  de   prevenir,  combatir,  investigar   y  denunciar
la  comisión de  los  delitos ambientales  en  contra de  los
recursos  naturales   de  ?ora,   fauna   silvestre,  recursos
hidrobiológicos,  alteración  del  paisaje  y similares  en  el
ámbito de su competencia, bajo la conducción  jurídica del
?scal especializado.
Depende  de la  Dirección  de Medio  Ambiente y  está
a  cargo  de un  O?cial  Superior  de  Armas  de la  Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
6)
Aprobar las  Ordenes de Operaciones  que deberán
desarrollar  y  ejecutar  las   diversas  unidades  orgánicas
que componen  la  Dirección a  su cargo;  de  conformidad
con los  Planes Generales dispuestos  y aprobados por  la
Sub Dirección  General de  la Policía  Nacional del Perú  y
los  Planes de  Operaciones de  la  Dirección Nacional  de
Investigación  Criminal,  para el  ejercicio  operativo  de  la
función policial;
7)
Participar,  consolidar y  sustentar  la programación
de actividades anual  articulado al cuadro de necesidades
y  asignación  presupuestal, proponiendo  los  indicadores
de  productos  y  procesos;  así  como,  formular,  aprobar,
ejecutar y evaluar el Plan de Trabajo Anual de la Dirección
a su cargo, concordante con el Plan Operativo Anual de la
Policía Nacional del  Perú, Planes Generales  y Planes de
Operaciones;
La  División   Contra  la  Tala   Ilegal  y   Protección  de
Recursos Naturales  de la Policía Nacional  del Perú tiene
las funciones siguientes:
8)
Prestar  apoyo  a   las  entidades  competentes  en
materia de protección del medio ambiente;
Coordinar  y   atender  los   requerimientos  de   las
1)
Prevenir,
investigar
y
denunciar
los
delitos
ambientales en contra  de los recursos  naturales de ?ora,
fauna  silvestre,  recursos  hidrobiológicos,  alteración  del
paisaje y similares bajo la conducción jurídica del ?scal, en
el ámbito de su competencia;
9)
autoridades
judiciales,
Ministerio
Público
y
demás
autoridades competentes en el ámbito  de sus funciones y
de la normativa legal sobre la materia;
2) Planear, organizar, controlar y ejecutar los operativos
policiales  tendientes  a  prevenir  y  combatir  la  comisión
de  los  delitos ambientales  en  contra  de  la  ?ora,  fauna
silvestre, recursos hidrobiológicos, alteración del paisaje y
similares en el ámbito de competencia;
3)  Coordinar con  el  Ministerio Público,  Ministerio  de
Agricultura  y  Riego,  Ministerio  del  Ambiente,  Ministerio
de   la   Producción,   Gobiernos   Regionales,   Gobiernos
Locales  y demás  autoridades y  Entidades  competentes,
para la ejecución de actividades,  y operaciones conjuntas
relacionadas  con la  comisión  de delitos  ambientales  en
contra  de los  recursos  naturales a  nivel  nacional, en  el
ámbito de su competencia;
4) Coordinar y solicitar información a entidades públicas
y privadas con ?nes de investigación, de conformidad a  la
normativa legal vigente;
5)  Practicar investigaciones  a  solicitud del  Ministerio
Público, en su condición de unidad orgánica especializada,
en  el  ámbito  de  su  competencia  y  normativa  sobre  la
materia;
10)
Dirigir  las acciones  y operaciones  especiales  de
inteligencia y contrainteligencia policial en el ámbito  de su
competencia;
11)
Administrar los  recursos asignados a  la Dirección
a  su   cargo,  con  criterios  de   e?ciencia  y  e?cacia,   de
conformidad con el marco legal vigente;
12)
Promover y  proponer la suscripción de  convenios
especialesconorganizacionesnacionaleseinternacionales
apoyan   la   protección   del   medio   ambiente,   en
materia   de  intercambio   de   información,   capacitación,
especialización y  equipamiento de la  Dirección de Medio
Ambiente y unidades policiales que ejecutan funciones del
sistema  policial de  medio ambiente  a  nivel nacional,  en
coordinación con la  Sub Dirección General o  la Dirección
de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú,
en el ámbito de su competencia;
que
13)
órganos
Coordinar  el  apoyo   necesario  de  los   diversos
de   la   Policía   Nacional   del   Perú,    para   el
planeamiento y empleo de las fuerzas, en las operaciones
conjuntas y  simultaneas contra  los delitos  ambientales y
delitos conexos a nivel nacional;
Dirigir   y   supervisar   el   proceso   de   registro,
recopilación  y análisis  de la  información  estadística que
produzca la Dirección a su cargo, para una adecuada toma
de decisiones,  de conformidad  con los  lineamientos que
dicte la  División de Estadística  de la Policía Nacional  del
Perú;
6)  Obtener, custodiar,  asegurar,  trasladar y  procesar
indicios, evidencias y  elementos probatorios relacionados
con la investigación de su campo funcional, observando la
respectiva cadena de custodia;
14)
7)
Brindar   apoyo   a  las   entidades   y   autoridades
competentes   en  el   ámbito   de   su  competencia   y   la
normativa legal vigente;
8)  Ejecutar  y  coordinar  el   apoyo  necesario  de  los
diversos órganos de  la Policía Nacional  del Perú, para el
planeamiento y empleo de las fuerzas, en las operaciones
conjuntas  y   simultaneas  a  nivel  nacional,   propias  del
ámbito de su competencia;
9) Informar  y emitir  opinión técnica sobre  asuntos de
su competencia;
15)
Transmitir información para alimentar  los registros
y  bases  de  datos  del  Registro  Nacional  de  Seguridad
Pública que  administra  la Dirección  de Tecnología  de la
Información y  Comunicaciones de la  Policía Nacional del
Perú;
16)
Gestionar ante la  Escuela Nacional de Formación
Profesional   Policial  la   capacitación,   especialización  y
actualización   permanente  del   personal   policial   de  la
Dirección a su  cargo, en materias  relacionadas al ámbito
de su competencia;
10)  Asesorar  al  Director  de  Medio  Ambiente  de  la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
11)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director  de Medio Ambiente  de la Policía  Nacional del
Perú le asigne.
17)
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
su competencia;
18)
Asesorar  al  Director   Nacional  de  Investigación
Criminal de la Policía Nacional  del Perú en asuntos de su
competencia; y,
Artículo  104.-  División  contra  la  Minería  Ilegal  y
Protección Ambiental
La  División   Contra  la   Minería  Ilegal   y  Protección
Ambiental  es   la  unidad  orgánica   de  carácter  técnico,
operativo  y  especializado; responsable  a  nivel  nacional
de prevenir,  combatir, investigar  y denunciar  la comisión
de los delitos de contaminación  ambiental de mares, ríos,
19)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director Nacional de Investigación Criminal de la Policía
Nacional del Perú le asigne.
Artículo 102.-  Estructura de la Dirección  de Medio      lagos, pantanos,  suelo,  subsuelo,  atmósfera y  similares
Ambiente
La   Dirección   de   Medio   Ambiente   de   la   Policía
en el ámbito de su  competencia; minería ilegal, alteración
del paisaje, trá?co  ilegal de residuos peligrosos  y manejo
inadecuado   de  residuos   sólidos,   bajo   la   conducción
jurídica del ?scal.
Depende  de la  Dirección  de Medio  Ambiente y  está
a  cargo  de un  O?cial  Superior  de  Armas  de la  Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
Nacional
del
Perú,
para
con
el
las
cumplimiento    de   sus
funciones
cuenta
unidades
orgánicas
especializadas   siguientes:
a.   División  contra   la  Tala   Ilegal  y   Protección   de
Recursos Naturales;
b.   División  contra   la   Minería   Ilegal   y  Protección
Ambiental; y,
c. División de Inteligencia de Medio Ambiente.
La   División  contra   la  Minería   Ilegal   y  Protección
Ambiental  de   la   Policía  Nacional   del  Perú   tiene  las
funciones siguientes:
46
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
1)
Prevenir,  investigar   y   denunciar  los   delitos  de
complejidad en los campos  de la prevención, inteligencia,
investigación e  interdicción para  combatir el  trá?co ilícito
de drogas  e  insumos químicos  y productos  ?scalizados;
así  como,  el  desvío  de  sustancias   químicas  y  demás
delitos conexos,  actuando bajo la conducción  jurídica del
?scal especializado, en el  marco de la normativa sobre  la
materia. Tiene competencia a nivel nacional.
Asimismo, coordina y puede contar con la cooperación
y  apoyo  de  organizaciones  extranjeras  similares  en  el
ámbito de su competencia funcional.
Depende  de  la  Dirección  Nacional  de  Investigación
Criminal y está a cargo de un O?cial General de Armas de
la Policía Nacional del  Perú, en situación de actividad, en
el grado de General.
La Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú
tiene las funciones siguientes:
los  delitos  de  contaminación  ambiental,   minería  ilegal,
alteración del paisaje, trá?co ilegal de residuos peligrosos y
manejo inadecuado de residuos sólidos bajo la conducción
jurídica del ?scal, en el ámbito de su competencia;
2)
Planear, organizar, controlar y ejecutar los operativos
policiales tendientes a  prevenir y combatir la  comisión de
los  delitos  de  contaminación  ambiental,   minería  ilegal,
alteración del paisaje, trá?co ilegal  de residuos peligrosos
y manejo inadecuado de residuos sólidos y similares en el
ámbito de competencia;
3)
competentes
Coordinar
para
con
la
las   autoridades    y    entidades
ejecución    de   actividades,    y
operaciones  conjuntas relacionadas  con  la  comisión  de
los  delitos de  contaminación  ambiental  y  demás ilícitos
penales a nivel nacional, en el ámbito de su competencia;
4)
Coordinar y solicitar información a entidades públicas
y privadas con ?nes de investigación, de conformidad a  la
1)  Planear  y  ejecutar operaciones  policiales  a  nivel
nacional,   de  interdicción   terrestre,  aéreas,   marítimas,
lacustres y ?uviales, con la ?nalidad de prevenir, combatir,
investigar y denunciar el trá?co ilícito de drogas e insumos
químicos y productos ?scalizados;  así como, el desvío de
sustancias químicas y demás delitos conexos;
normativa legal vigente;
5)
Practicar  investigaciones a  solicitud  del Ministerio
Público, en su condición de unidad orgánica especializada,
en  el  ámbito  de  su  competencia  y  normativa  sobre  la
materia;
6)
Obtener,  custodiar, asegurar,  trasladar  y procesar
2)  Investigar y  denunciar  a nivel  nacional  a  los que
promuevan, favorezcan o  faciliten el trá?co  y el consumo
ilegal  de  drogas  tóxicas,   estupefacientes  o  sustancias
psicotrópicas mediante actos de cultivo, fabricación, trá?co
ilícito o  posesión de drogas  con este ?n,  de conformidad
indicios, evidencias y  elementos probatorios relacionados
con la investigación de su campo funcional, observando la
respectiva cadena de custodia;
Brindar   apoyo   a  las   entidades   y   autoridades
7)
competentes   en  el   ámbito   de   su  competencia   y   la
normativa legal vigente;
a   la   normatividad  legal   vigente.   Así   como,  ejecutar
operaciones tácticas en el ámbito de su competencia;
3) Conducir  y  supervisar las  acciones y  operaciones
policiales para  prevenir,  combatir, investigar  y denunciar
a   las  personas   naturales,   jurídicas   y  organizaciones
criminales dedicadas  al  trá?co ilícito  de drogas  y delitos
conexos  en  el  ámbito portuario  y  aeroportuario  a  nivel
nacional;
8)
Ejecutar  y  coordinar  el  apoyo   necesario  de  los
diversos órganos de  la Policía Nacional  del Perú, para el
planeamiento y empleo de las fuerzas, en las operaciones
conjuntas  y   simultaneas  a  nivel  nacional,   propias  del
ámbito de su competencia;
9)
Informar y  emitir opinión  técnica sobre asuntos  de
su competencia;
4) Conducir  y  supervisar las  acciones y  operaciones
policiales para  prevenir,  combatir, investigar  y denunciar
la   importación,    exportación,   fabricación,    producción,
preparación,elaboración,transformación,almacenamiento,
posesión,  transporte,  adquisición,  venta  o  de  cualquier
forma de  transferencia de insumos  químicos o productos
?scalizados, en  el  ámbito nacional,  que no  cuenten  con
las autorizaciones o  certi?caciones respectivas, o cuando
10)
Asesorar  al  Director  de  Medio  Ambiente  de  la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
11)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director  de Medio Ambiente  de la Policía  Nacional del
Perú le asigne.
Artículo  105.-  División  de  Inteligencia   de  Medio     contando  con  ellas, el  sujeto  hace  uso indebido  de  las
Ambiente
mismas, con el  objeto de ser destinadas  a la producción,
extracción o preparación ilícita de drogas;
5) Plani?car y conducir operativamente la investigación
material del delito, bajo la conducción jurídica del ?scal; así
como, las operaciones policiales que devienen  de ella, en
concordancia con las leyes de la materia;
La  División de  Inteligencia de  Medio Ambiente  es  la
unidad  orgánica  especializada y  operativa;  responsable
de producir  inteligencia y  contrainteligencia policial  en el
ámbito de competencia de la Dirección de Medio Ambiente
a nivel nacional, de conformidad con los lineamientos de la
Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional del Perú.
Forma  parte  integrante  del  Sistema  de  Inteligencia
Policial (SIPOL) que  dirige la Dirección de Inteligencia  de
la Policía Nacional del Perú.
Depende  de la  Dirección  de Medio  Ambiente y  está
a  cargo  de un  O?cial  Superior  de  Armas  de la  Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de  Coronel,  debidamente  cali?cado  y  especializado  en
inteligencia policial.
La División  de  Inteligencia de  Medio Ambiente  de la
Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
6)  Participar, consolidar  y  sustentar la  programación
de actividades anual  articulado al cuadro de necesidades
y  asignación  presupuestal, proponiendo  los  indicadores
de  productos  y  procesos;  así  como,  formular,  aprobar,
ejecutar y evaluar el Plan de Trabajo Anual de la Dirección
a su cargo, concordante con el Plan Operativo Anual de la
Policía Nacional del  Perú, Planes Generales  y Planes de
Operaciones;
7) Dirigir,  coordinar, evaluar,  controlar y  supervisar la
formulación de los Planes de Operaciones de la Dirección
a su  cargo, en  el marco  del cumplimiento  de los  Planes
Generales dispuestos  y  aprobados por  la Sub  Dirección
General de  la Policía  Nacional del  Perú y  los Planes  de
Operaciones  de  la  Dirección  Nacional  de  Investigación
Criminal; considerando en el planeamiento los documentos
de inteligencia que correspondan;
8) Aprobar las  Ordenes de Operaciones  que deberán
desarrollar  y  ejecutar  las   diversas  unidades  orgánicas
que componen  la  Dirección a  su cargo;  de  conformidad
con los  Planes Generales dispuestos  y aprobados por  la
Sub Dirección  General de  la Policía  Nacional del Perú  y
los  Planes de  Operaciones de  la  Dirección Nacional  de
Investigación  Criminal,  para el  ejercicio  operativo  de  la
función policial;
1)
Producir  inteligencia   y  contrainteligencia  policial
en materia del  ámbito funcional de la  Dirección de Medio
Ambiente,  de  conformidad   con  los  lineamientos  de  la
Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional del Perú;
2)
Ejecutar operaciones especiales de  inteligencia, en
el marco del campo funcional de su competencia;
3)
Obtener información en el ámbito de sus  funciones,
en apoyo  a los órganos de  inteligencia que conforman  el
Sistema de Inteligencia Policial (SIPOL);
4)
Asesorar al Director de Medio Ambiente de la Policía
Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
5)
Las   demás  funciones   que   le   corresponda  de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director  de Medio Ambiente  de la Policía  Nacional del
Perú le asigne.
9) Brindar el apoyo  necesario al Proyecto Especial de
Control y Reducción de Cultivos Ilegales en la erradicación
de  cultivos   ilegales  de   la  planta  de   coca;  asimismo,
efectuar la destrucción de cultivos ilegales, en el marco de
la normativa sobre la materia;
Artículo 106.- Dirección Antidrogas
La  Dirección Antidrogas  es  el  órgano especializado,
de  carácter  técnico  y  sistémico, normativo  y  operativo;
responsable  de  planear,  comandar,  organizar,  ejecutar,
10) Coordinar y ejecutar  actividades relacionadas a la
prevención y lucha  antidrogas con organismos públicos  y
privados, nacionales o extranjeros, y desarrollar programas
de proyección  social  para la  prevención contra  el  uso y
consumo indebido de drogas;
coordinar,
controlar   y    supervisar   las   actividades    y
operaciones policiales antidrogas de mayor envergadura y
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
47
11)
Coordinar  y  atender   los  requerimientos  de  las
La División de Investigación del Trá?co Ilícito de Drogas
es  la  unidad  orgánica  de  carácter  técnico,  operativo  y
especializado; responsable de investigar y denunciar en el
ámbito nacional, bajo la conducción jurídica del ?scal, a los
que promueven,  organicen, ?nancien,  dirijan, favorezcan
o faciliten el trá?co y  el consumo ilegal de drogas tóxicas,
estupefacientes o sustancias psicotrópicas, mediante actos
de cultivo,  fabricación o  trá?co, o  las que  lo posean con
este último  ?n; así como,  detectar, neutralizar, identi?car,
autoridades
judiciales,
Ministerio
Público
y
demás
autoridades competentes en el ámbito  de sus funciones y
de la normativa legal sobre la materia;
12)
inteligencia y contrainteligencia policial en el ámbito  de su
competencia funcional, pudiendo contar con la cooperación
y apoyo de agencias internacionales;
Dirigir  las acciones  y operaciones  especiales  de
13)
e investigación  policial  de los  delitos de  trá?co ilícito  de     ubicar  y  capturar  a  las  personas  naturales  y  jurídicas,
Articular  el apoyo  criminalístico  a  la  interdicción
drogas e  insumos químicos  y productos  ?scalizados; así
como, el  desvío de  sustancias químicas y  demás delitos
conexos;
organizaciones criminales  nacionales y/o internacionales,
dedicadas   al  trá?co   ilícito  de   drogas,   poniéndolos  a
disposición de la autoridad competente, en  el marco de la
normatividad legal vigente.
14)
Controlar y supervisar la custodia y almacenamiento
provisional de las drogas decomisadas y analizadas por el
sistema policial de  criminalística; así como,  su respectiva
conducción e internamiento  de?nitivo para su destrucción
por incineración;
Depende de la Dirección Antidrogas y está  a cargo de
un  O?cial Superior  de Armas  de  la Policía  Nacional del
Perú en situación de actividad, en el grado de Coronel.
La  División   de  Investigación   del  Trá?co   Ilícito  de
Drogas de la Policía Nacional del Perú tiene las funciones
siguientes:
15)
Coordinar  el  apoyo   necesario  de  los   diversos
de   la   Policía   Nacional   del   Perú,    para   el
órganos
planeamiento y empleo de las fuerzas, en las operaciones
conjuntas y  simultaneas contra el  trá?co ilícito de  drogas
e insumos químicos y productos ?scalizados; así como, el
desvío de sustancias químicas y demás delitos conexos a
nivel nacional;
1)   Investigar  y   denunciar   a   los  que   promuevan,
favorezcan  o  faciliten  el trá?co  y  el  consumo  ilegal  de
drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas,
mediante actos de cultivo, fabricación o trá?co, o las que lo
posean con este último ?n, de conformidad a lo estipulado
en la normatividad legal vigente;
16)
Promover
y
proponer
la
suscripción
de
convenios   especiales   con  organizaciones    nacionales
e  internacionales   que  apoyan  la  lucha  antidrogas,   en
materia  de   intercambio   de  información,   capacitación,
2) Efectuar  operaciones tácticas  policiales antidrogas
en materia de su competencia;
especialización
y
equipamiento
de
la
Dirección
3) Coordinar  y colaborar en  casos de trá?co  ilícito de
drogas, con el  Poder Judicial, Ministerio Público  y demás
autoridades y entidades públicas o privadas,  nacionales e
internacionales competentes en la materia; en el marco de
la legislación que regula la lucha antidrogas;
4) Coordinar y solicitar información a entidades públicas
y privadas con ?nes de investigación, de conformidad a  la
normativa legal vigente;
5)  Practicar investigaciones  a  solicitud del  Ministerio
Público, en su condición de unidad orgánica especializada,
en  el  ámbito  de  su  competencia  y  normativa  sobre  la
materia;
6)  Obtener, custodiar,  asegurar,  trasladar y  procesar
indicios, evidencias y  elementos probatorios relacionados
con la investigación de su campo funcional, observando la
respectiva cadena de custodia;
7) Adoptar las medidas  de seguridad y reserva  de los
documentos privados que forman parte de la investigación
a  su  cargo,  de  conformidad con  la  normativa  sobre  la
materia;
8) Informar  y emitir  opinión técnica sobre  asuntos de
su competencia;
9)Asesorar al DirectorAntidrogas de la Policía Nacional
del Perú en asuntos de su competencia; y,
10)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director  Antidrogas de  la Policía  Nacional del  Perú le
asigne.
Antidrogas   y  unidades  orgánicas   del  sistema   policial
antidrogas   a  nivel   nacional,   en  coordinación    con  la
Dirección   General    o  la   Dirección    de  Asuntos
Internacionales   de la  Policía   Nacional  del  Perú,  en  el
ámbito de  su competencia;
Sub
17)
Dirigir   y   supervisar   el   proceso   de   registro,
recopilación  y análisis  de la  información  estadística que
produzca la Dirección a su cargo, para una adecuada toma
de decisiones,  de conformidad  con los  lineamientos que
dicte la  División de Estadística  de la Policía Nacional  del
Perú;
18)
Transmitir información para alimentar  los registros
y  bases  de  datos  del  Registro  Nacional  de  Seguridad
Pública que  administra  la Dirección  de Tecnología  de la
Información y  Comunicaciones de la  Policía Nacional del
Perú;
19)
Administrar los  recursos asignados a  la Dirección
a  su   cargo,  con  criterios  de   e?ciencia  y  e?cacia,   de
conformidad con el marco legal vigente;
20)
Formular y  proponer los  respectivos documentos
técnicos
normativos   para   regular    las   actividades   y
operaciones policiales  antidrogas a  nivel nacional  de los
órganos de la Policía Nacional del Perú;
21)
Gestionar ante la  Escuela Nacional de Formación
Profesional   Policial  la   capacitación,   especialización  y
actualización   permanente  del   personal   policial   de  la
Dirección a su cargo, en el ámbito de sus competencias;
22)
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
su competencia;
Artículo
Especiales
109.-
División
de
Investigaciones
23)
Asesorar  al  Director   Nacional  de  Investigación
Criminal de la Policía Nacional  del Perú en asuntos de su
competencia; y,
La División de Investigaciones Especiales es la unidad
orgánica  de carácter  técnico,  operativo y  especializado;
responsable   del  fortalecimiento   para   la  ejecución   de
investigaciones   contra   objetivos    de   alto   valor,    que
actuando bajo la conducción jurídica del ?scal, se orientan
a la  identi?cación, ubicación,  detención o  captura de  los
cabecillas  e   integrantes   de  organizaciones   criminales
24)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director Nacional de Investigación Criminal de la Policía
Nacional del Perú le asigne.
Artículo 107.- Estructura de la Dirección Antidrogas    dedicadas   al   trá?co  ilícito   de   drogas,  ?nanciamiento
La Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú
para  el  cumplimiento  de  sus  funciones  cuenta con  las
unidades orgánicas especializadas siguientes:
del  terrorismo o  lavado  de activos  procedentes  de esta
actividad  ilícita,   que   operan  en   el  territorio   peruano,
incluyendo  las  que  cuentan  con  rami?caciones  a  nivel
regional e internacional, de conformidad a la normatividad
legal vigente.
a. División de Investigación del Trá?co Ilícito de Drogas;
b. División de Investigaciones Especiales;
c. División Portuaria Antidrogas;
Asimismo, coordina y puede contar con la cooperación
y  apoyo  de  organizaciones  extranjeras  similares  en  el
d.  División de  Prevención  contra el  Trá?co  Ilícito de      marco de sus funciones, en la lucha contra la criminalidad
Drogas;
e.   División  de   Investigación   contra   el  desvío   de
Insumos Químicos;
f. División de Inteligencia Antidrogas; y,
g. Divisiones  de Maniobras contra  el Trá?co Ilícito  de
Drogas.
organizada dedicada al trá?co ilícito de drogas.
Depende de la Dirección Antidrogas y está  a cargo de
un  O?cial Superior  de Armas  de  la Policía  Nacional del
Perú en situación de actividad, en el grado de Coronel.
La División de Investigaciones Especiales de la Policía
Nacional del Perú, tiene las funciones siguientes:
Artículo 108.- División  de Investigación del Trá?co
Ilícito de Drogas
1)   Practicar    investigaciones   contra   objetivos    de
alto valor  por  delitos de  trá?co ilícito  de  drogas, y  otros
48
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
conexos,  cometidos  por  organizaciones  criminales  que
actúan a nivel nacional y/o con vinculación internacional;
en Servicios  Postales del Perú,  pudiendo emplear  canes
antidrogas y herramientas tecnológicas;
2)
Producir inteligencia y contrainteligencia  antidrogas
7) Informar  y emitir  opinión técnica sobre  asuntos de
su competencia;
y realizar operaciones especiales de  inteligencia contra el
trá?co ilícito de drogas y delitos conexos, lavado de activos
y ?nanciamiento del terrorismo que actúen a nivel nacional
y/o  internacional; pudiendo  contar  con la  cooperación  y
apoyo de agencias internacionales;
8)Asesorar al DirectorAntidrogas de la Policía Nacional
del Perú en asuntos de su competencia; y,
9) Las demás funciones que le corresponda de acuerdo
a las disposiciones legales vigentes y otras que el Director
Antidrogas de la Policía Nacional del Perú le asigne.
3)
Coordinar con  organismos de inteligencia  de otros
países, para  el intercambio  de información;  así como,  la
plani?cación y ejecución de  operaciones conjuntas contra
organizaciones internacionales de  trá?co ilícito de drogas
y delitos conexos;
Artículo  111-   División   de  Prevención   contra  el
Trá?co Ilícito de Drogas
La  División   de  Prevención  contra   el  Trá?co  Ilícito
de  Drogas es  la  unidad  orgánica  de carácter  técnico  y
especializado; responsable de plani?car,  organizar, dirigir,
ejecutar, coordinar,  controlar y  supervisar las actividades
relacionadas con  la prevención del  delito de trá?co  ilícito
de  drogas  en  coordinación  con  organismos  públicos  y
privados, nacionales o extranjeros; desarrollando  además
programas  de   proyección  social  para   prevenir  el  uso
indebido y abuso de drogas.
4)
Coordinar  con las  diferentes  autoridades ?scales,
judiciales y procuraduría a nivel nacional, para viabilizar la
ejecución de  procedimientos especiales  de investigación
policial;
5)
Coordinar  con  las  diferentes  unidades  policiales
que  ejecutan  funciones  del  sistema  policial  antidrogas,
la ejecución de  operaciones policiales en el  ámbito de su
competencia;
6)
Obtener,  custodiar, asegurar,  trasladar  y procesar
Depende de la Dirección Antidrogas y está  a cargo de
un  O?cial Superior  de Armas  de  la Policía  Nacional del
Perú en situación de actividad, en el grado de Coronel.
La División  de  Prevención contra  el Trá?co  Ilícito de
Drogas de la Policía Nacional del Perú tiene las funciones
siguientes:
indicios, evidencias y  elementos probatorios relacionados
con la investigación de su campo funcional, observando la
respectiva cadena de custodia;
7)
Adoptar las medidas  de seguridad y reserva  de los
documentos privados que forman parte de la investigación
a  su  cargo,  de  conformidad con  la  normativa  sobre  la
materia;
1)   Plani?car,  organizar,   dirigir,   ejecutar,  coordinar,
controlar   y    supervisar   las    actividades   relacionadas
con  la  prevención del  delito  de  trá?co  ilícito de  drogas
en  coordinación   con  organismos   públicos  y  privados,
nacionales o extranjeros;
2)  Desarrollar  y  ejecutar   programas  de  proyección
social para prevenir el uso indebido y abuso de drogas;
3) Formular y proponer para aprobación por el Director
Antidrogas  los   planes   anuales  de   desarrollo  para   la
prevención contra el  uso indebido y  abuso de drogas, de
conformidad con las estrategias y objetivos institucionales
en esta materia;
4) Informar  y emitir  opinión técnica sobre  asuntos de
su competencia;
5)Asesorar al DirectorAntidrogas de la Policía Nacional
del Perú en asuntos de su competencia; y,
6) Las demás funciones que le corresponda de acuerdo
a las disposiciones legales vigentes y otras que el Director
Antidrogas de la Policía Nacional del Perú le asigne.
8)
Informar y  emitir opinión  técnica sobre asuntos  de
su competencia;
9)
Asesorar al DirectorAntidrogas de la Policía Nacional
del Perú en asuntos de su competencia; y,
10)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director  Antidrogas de  la Policía  Nacional del  Perú le
asigne.
Artículo 110.- División Portuaria Antidrogas
División   Portuaria    Antidrogas   es    la    unidad
La
orgánica  de carácter  técnico,  operativo y  especializado;
responsable  de  prevenir  y  combatir  el  trá?co  ilícito  de
drogas en  sus diversas  modalidades, mediante acciones
de  interdicción   principalmente   en  el   ámbito  portuario
marítimo, ?uvial, lacustre y aeroportuario, a nivel nacional;
procediendo a la  ubicación, identi?cación, y  detención de
los autores y cómplices, para ponerlos  a disposición de la
autoridad competente, con el decomiso de la droga ilícita e
incautación de bienes, dinero y otros objetos relacionados
con  la  actividad  delictiva,  actuando  bajo la  conducción
jurídica del ?scal.
Artículo  112.- División  de  Investigación  contra el
desvío de Insumos Químicos
La  División   de   Investigación  contra   el  desvío   de
Insumos  Químicos  es   la  unidad  orgánica   de  carácter
técnico,  operativo   y  especializado;   responsable  de   la
prevención,  investigación y  el  combate  del trá?co  ilícito
de insumos químicos o  productos ?scalizados y el desvío
de  sustancias   químicas  controladas  o   no  controladas
destinadas  a   la  producción,   extracción  o   preparación
ilícita de  drogas, mediante el  control y ?scalización  en el
marco de  la normativa  legal vigente,  a ?n  de neutralizar
o  contrarrestar  su  empleo  en  la  producción de  drogas
Depende de la Dirección Antidrogas y está  a cargo de
un  O?cial Superior  de Armas  de  la Policía  Nacional del
Perú en situación de actividad, en el grado de Coronel.
La División Portuaria Antidrogas de la Policía Nacional
del Perú tiene las funciones siguientes:
1)
Prevenir,  combatir, investigar  y  denunciar  bajo  la
conducción  jurídica del  ?scal,  a las  personas  naturales,
jurídicas y  organizaciones criminales dedicadas  al trá?co
ilícito de  drogas y delitos  conexos en el  ámbito portuario
marítimo, ?uvial, lacustre y aeroportuario, a nivel nacional;
tóxicas,
estupefacientes
y
sustancias
psicotrópicas,
actuando bajo la conducción jurídica del ?scal.
Depende de la Dirección Antidrogas y está  a cargo de
un  O?cial Superior  de Armas  de  la Policía  Nacional del
Perú en situación de actividad, en el grado de Coronel.
La  División   de   Investigación  contra   el  desvío   de
Insumos Químicos de la Policía Nacional del Perú tiene las
funciones siguientes:
2)
Planear,   organizar,   dirigir,   ejecutar,    coordinar,
controlar y  supervisar  las acciones  de interdicción  en  la
lucha contra el trá?co ilícito de  drogas, en el ámbito de su
competencia;
3)
Decomisar drogas  e insumos  químicos; así  como,
incautar  bienes muebles,  inmuebles,  vehículos  y dinero
producto del trá?co ilícito de drogas; poniendo a disposición
de   las  autoridades   o   entidades  correspondientes   de
conformidad a la normativa de la materia;
1)
Prevenir,
combatir,
investigar
y
denunciar
la
introducción  al  país, acopio,  provisión,  comercialización
y  transporte  de  sustancias  químicas   controladas  o  no
controladas  cometidas  por  cualquier  persona,  para  ser
destinadas a  la elaboración ilegal  de drogas; conforme  a
la normativa sobre la materia;
4)
Realizar  operaciones policiales  de  prevención del
trá?co ilícito de drogas en las  instalaciones de los puertos
y aeropuertos,  mediante la  cobertura de  la seguridad de
ingreso,  permanencia y  salida de  personas,  vehículos y
carga;
2)
Prevenir,
combatir,
investigar
y
denunciar   la
producción,
5)
Coordinar con  la autoridad  portuaria nacional,  con
importación,
exportación,
fabricación,
las empresas  concesionarias administradoras de  puertos
y aeropuertos,  Superintendencia Nacional  de Aduanas  y
Administración  Tributaria,  Servicios   Postales  del  Perú,
preparación,elaboración,transformación,almacenamiento,
posesión,  transporte,  adquisición,  venta  o  de  cualquier
forma de  transferencia de insumos  químicos o productos
?scalizados cometidas  por cualquier persona  que cuente
con autorizaciones  o certi?caciones respectivas,  o hacen
uso indebido de las mismas, con el propósito de destinarlos
a la producción, extracción o preparación ilícita de drogas;
conforme a la normativa sobre la materia;
empresas
de   operadores    logísticos   de    exportación
marítima  y otras,  para el  cumplimiento  de las  funciones
asignadas en la lucha contra el trá?co ilícito de drogas;
Ejecutar   las   operaciones  policiales   de   control
6)
antidrogas  en personas,  carga  marítima,  carga aérea  y
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
49
3)
Plani?car,  dirigir y  ejecutar  operaciones  policiales
en las  rutas de desvío  de insumos químicos  o productos
pudiendo   coordinar   para   el   efecto   con
la Policía Nacional del Perú, contando previamente  con la
respectiva previsión presupuestal; y, estableciéndose en la
Resolución el ámbito territorial que les corresponde.
Dependen de la  Dirección Antidrogas y están  a cargo
de un O?cial Superior de Armas de la Policía Nacional del
?scalizados,
SUNAT u  otros organismos  competentes, procediendo  a
su decomiso  cuando  se cometa  delito, a  su  incautación
cuando  sean transportados  fuera  de  la  ruta ?scal  o  no     Perú en situación de actividad, en el grado de Coronel.
cuente  con  la  documentación  correspondiente   y,  a  su
retención  cuando  incurran  en  infracción   administrativa,
según sea el caso;
Las Divisiones de Maniobras contra el Trá?co Ilícito de
Drogas de la Policía Nacional de Perú tienen las funciones
siguientes:
4)
Apoyar a la Superintendencia Nacional  de Aduanas
y de  Administración Tributaria  en la  labor de  veri?cación
y certi?cación de  la existencia de condiciones o  controles
mínimos  de   seguridad  sobre   las  sustancias  químicas
controladas  en  los  establecimientos  donde  se  realizan
actividades o manipulación de dichas sustancias;
1)  Planear   y  ejecutar   operaciones   de  interdicción
terrestre, aérea, marítima, lacustre y ?uvial, con la ?nalidad
de prevenir, combatir, investigar y denunciar el trá?co ilícito
de drogas y  delitos conexos en  el ámbito territorial  de su
responsabilidad;
2)  Coordinar  con  los  diversos   órganos  y  unidades
orgánicas de la Policía Nacional  del Perú, la ejecución de
las operaciones  conjuntas y simultáneas  contra el  trá?co
ilícito de drogas, en el  marco de los planes operacionales
antidrogas;
3)   Producir  inteligencia   sobre   el  trá?co   ilícito   de
drogas  y  delitos  conexos en  el  ámbito  territorial  de  su
responsabilidad con el ?n de ejecutar operativos policiales
antidrogas;
4) Destruir e inhabilitar pistas de aterrizaje clandestinas
que se utilicen para el transporte de drogas, de conformidad
a la normativa sobre la materia;
5)Destruironeutralizarsegúnseaelcaso,instalaciones
rústicas, fábricas  o  laboratorios de  elaboración ilegal  de
drogas, conforme a la legislación de la materia;
6)  Brindar  el  apoyo  necesario  al  Proyecto Especial
de  Control  y   Reducción  de  Cultivos   Ilegales,  para  la
erradicación de cultivos ilegales de la planta de coca, en el
marco de la normativa sobre la materia;
7) Informar  y emitir  opinión técnica sobre  asuntos de
su competencia;
8)Asesorar al DirectorAntidrogas de la Policía Nacional
del Perú en asuntos de su competencia; y,
5)
Coordinar con las distintas unidades orgánicas de la
Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú, en el
ámbito de su competencia;
6)
Informar y emitir opinión técnica sobre asuntos de su
ámbito funcional;
7)
Asesorar al DirectorAntidrogas de la Policía Nacional
del Perú en asuntos de su competencia; y,
8)
Las demás funciones que le corresponda de acuerdo
a las disposiciones legales vigentes y otras que el Director
Antidrogas de la Policía Nacional del Perú le asigne.
Artículo 113.- División de Inteligencia Antidrogas
La  División  de  Inteligencia  Antidrogas  es  la  unidad
orgánica
especializada   y   operativa;    responsable   de
producir inteligencia y contrainteligencia policial en materia
de delitos contra el trá?co Ilícito de drogas y delitos conexos
a  nivel nacional,  pudiendo  contar  con  la cooperación  y
apoyo  de agencias  internacionales,  de conformidad  con
los  lineamientos  de  la   Dirección  de  Inteligencia  de  la
Policía Nacional del Perú.
Forma  parte  integrante  del  Sistema  de  Inteligencia
Policial (SIPOL) que  dirige la Dirección de Inteligencia  de
la Policía Nacional del Perú.
Depende de la Dirección Antidrogas y está  a cargo de
un  O?cial Superior  de Armas  de  la Policía  Nacional del
Perú en  situación  de actividad,  en el  grado  de Coronel,
debidamente  cali?cado   y  especializado  en  inteligencia
policial.
9) Las demás funciones que le corresponda de acuerdo
a las disposiciones legales vigentes y otras que el Director
Antidrogas de la Policía Nacional del Perú le asigne.
Artículo 115.- Dirección Contra el Terrorismo
La   Dirección   Contra  el   Terrorismo   es   el   órgano
La  División  de  Inteligencia  Antidrogas  de  la Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
especializado, de  carácter técnico y  sistémico, normativo
y operativo; responsable de prevenir, investigar, combatir y
denunciar el delito de terrorismo, cometido por elementos o
grupos nacionales o extranjeros en nuestro país, actuando
bajo la  conducción jurídica del  ?scal especializado, en  el
marco de la normativa sobre la materia. Tiene competencia
a nivel nacional.
1)
Producir inteligencia y  contrainteligencia policial en
materia del  ámbito  funcional de  la Dirección  Antidrogas,
de conformidad  con  los lineamientos  de la  Dirección  de
Inteligencia de la Policía Nacional del Perú;
2)
Ejecutar operaciones especiales de  inteligencia, en
el marco del campo funcional de su competencia;
y
Asimismo, coordina y puede contar con la cooperación
y  apoyo  de  organizaciones  extranjeras  similares  en  el
ámbito de su competencia funcional.
Depende  de  la  Dirección  Nacional  de  Investigación
Criminal y está a cargo de un O?cial General de Armas de
la Policía Nacional del  Perú, en situación de actividad, en
el grado de General.
La Dirección Contra el Terrorismo de la Policía Nacional
del Perú tiene las funciones siguientes:
3)
Articular
las
acciones
de
inteligencia
contrainteligencia  policial   de  los   diversos  órganos   de
inteligencia dependientes de la Dirección Antidrogas, para
asegurar y  mantener un adecuado  ?ujo de información  e
inteligencia con el Sistema de Inteligencia Policial (SIPOL)
de la Policía Nacional del Perú;
4)
Obtener información en el ámbito de sus  funciones,
en apoyo  a los órganos de  inteligencia que conforman  el
Sistema de Inteligencia Policial (SIPOL);
5)
Asesorar al DirectorAntidrogas de la Policía Nacional
1)   Planear,   organizar,   dirigir,    ejecutar,   coordinar,
controlar   y  supervisar   las   actividades   y  operaciones
del Perú en asuntos de su competencia; y,
6)
Las demás funciones que le corresponda de acuerdo
policiales   relacionadas   con   la   prevención,    combate,
investigación y  denuncia  del delito  de terrorismo  a  nivel
nacional;
a las disposiciones legales vigentes y otras que el Director
Antidrogas de la Policía Nacional del Perú le asigne.
2)
Prevenir   y   combatir  la   comisión   de   acciones
Artículo  114.-  Divisiones  de  Maniobras contra  el      terroristas provenientes de elementos o grupos nacionales
Trá?co Ilícito de Drogas
o extranjeros;
3) Investigar y denunciar las actividades delictivas con
propósitos terroristas, en todas sus formas y modalidades;
4)  Prevenir,  investigar,   denunciar  y  combatir  a  las
organizaciones  terroristas   internacionales  que   realicen
actos con?gurados como delito de terrorismo y conexos en
el ámbito del territorio nacional;
Las Divisiones de Maniobras contra el Trá?co Ilícito de
Drogas son  unidades orgánicas  desconcentradas a nivel
nacional,  de carácter  técnico, operativo  y  especializado;
responsables
del
planeamiento,
organización,
coordinación,   ejecución,  control   y   supervisión  de   las
actividades  y operaciones  policiales antidrogas  del  nivel
operacional  y   táctico   de  interdicción   terrestre,  aérea,
marítima, lacustre y ?uvial.
5) Plani?car y conducir operativamente la investigación
material del delito, bajo la conducción jurídica del ?scal, en
concordancia con las leyes de la materia;
Tienen  por  ?nalidad  prevenir,  combatir,  investigar  y
denunciar bajo la conducción jurídica del ?scal, a personas
naturales, jurídicas y organizaciones criminales dedicadas
al  trá?co ilícito  de  drogas  y  delitos conexos  del  crimen
organizado, en el ámbito territorial de su responsabilidad.
Las Divisiones de Maniobras contra el Trá?co Ilícito de     pertenencia de sus integrantes;
Drogas son  creadas, fusionadas  o  suprimidas, mediante
Resolución Ministerial, a propuesta del Director General de
6) Evaluar  y cali?car técnicamente  por su naturaleza,
estructura,
modus   operandi,   simbología,    fraseología,
doctrina,   clandestinidad  u   otros   respecto   al  carácter
terrorista  de  las  organizaciones;  así   como  el  nivel  de
7)  Participar, consolidar  y  sustentar la  programación
de actividades anual  articulado al cuadro de necesidades
50
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
y  asignación  presupuestal, proponiendo  los  indicadores
de  productos  y  procesos;  así  como,  formular,  aprobar,
ejecutar y evaluar el Plan de Trabajo Anual de la Dirección
a su cargo, concordante con el Plan Operativo Anual de la
Policía Nacional del  Perú, Planes Generales  y Planes de
Operaciones;
el Director Nacional de Investigación Criminal de la Policía
Nacional del Perú le asigne.
Artículo 116.-  Estructura de la  Dirección Contra el
Terrorismo
La Dirección Contra el Terrorismo para el cumplimiento
de  sus   funciones  cuenta  con   las  unidades  orgánicas
especializadas siguientes:
8)
Dirigir, coordinar,  evaluar, controlar  y supervisar  la
formulación de los Planes de Operaciones de la Dirección
a su  cargo, en  el marco  del cumplimiento  de los  Planes
Generales dispuestos  y  aprobados por  la Sub  Dirección
General de  la Policía  Nacional del  Perú y  los Planes  de
Operaciones  de  la  Dirección  Nacional  de  Investigación
Criminal; considerando en el planeamiento los documentos
de inteligencia que correspondan;
a.
División
de
Investigación
de
Terrorismo
Metropolitano;
b. División de Investigación de Terrorismo Regional;
c. División de Operaciones Especiales Contraterrorista;
d. División de Investigación de Terrorismo Internacional;
y,
e. División de Inteligencia Contraterrorista.
9)
Aprobar las  Ordenes de Operaciones  que deberán
desarrollar  y  ejecutar  las   diversas  unidades  orgánicas
que componen  la  Dirección a  su cargo;  de  conformidad
con los  Planes Generales dispuestos  y aprobados por  la
Sub Dirección  General de  la Policía  Nacional del Perú  y
los  Planes de  Operaciones de  la  Dirección Nacional  de
Investigación  Criminal,  para el  ejercicio  operativo  de  la
función policial;
Artículo
117.-
División
de
Investigación
de
Terrorismo Metropolitano
La
División
de
Investigación
de
Terrorismo
Metropolitano es  la unidad  orgánica de  carácter técnico,
operativo
y   especializado;    responsable   de    ejecutar
10)
Coordinar con el Comando Conjunto de las Fuerzas
operaciones policiales  para prevenir,  investigar, combatir
y  denunciar   el  delito  de   terrorismo,  en  el   ámbito  de
Lima  Metropolitana,  sus   Provincias,  y  en  la   Provincia
Constitucional  del  Callao,  actuando  bajo  la  conducción
jurídica del ?scal especializado.
Armadas en  el planeamiento y  ejecución de operaciones
combinadas en la lucha contra el terrorismo, conforme a la
normativa legal sobre la materia;
11)
Dirigir  las acciones  y  operaciones especiales  de
inteligencia y contrainteligencia policial en el ámbito  de su
competencia funcional, pudiendo contar con la cooperación
y apoyo de agencias internacionales;
Depende de  la Dirección  Contra el  Terrorismo y está
a  cargo  de un  O?cial  Superior  de  Armas  de la  Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
Terrorismo
Metropolitano  de  la Policía  Nacional  del  Perú  tiene  las
funciones siguientes:
12)
Desarrollar  y   ejecutar   en  el   ámbito  nacional,
operaciones  especiales   contraterroristas  para  prevenir,
investigar, combatir  y denunciar las  nuevas estructuras u
organismos de fachada de las organizaciones terroristas;
La
División
de
Investigación
de
13)
Coordinar  y  atender  los   requerimientos  de  las
autoridades  judiciales,   Ministerio  Público,  Procuraduría
Especializada en Delito de Terrorismo y demás autoridades
competentes  en   el  ámbito  de   sus  funciones  y   de  la
normativa legal sobre la materia;
Formular y  proponer los  respectivos documentos
técnicos   normativos   para    regular   las   actividades   y
1) Prevenir,  investigar,  combatir y  denunciar el  delito
de terrorismo en  el área territorial de  Lima Metropolitana,
sus provincias y en la Provincia Constitucional del Callao;
2) Realizar investigaciones solicitadas por el Ministerio
Público,  Sala   Penal   Nacional  y   Procuraduría  Pública
Especializada para Delitos de Terrorismo;
14)
operaciones  policiales antiterroristas  a  nivel nacional  de
los órganos de la Policía Nacional del Perú;
3)   Realizar    diligencias   policiales    solicitadas
Procuraduría   Pública   Especializada  en   delitos
por
de
la
terrorismo;
15)
Administrar los  recursos asignados a  la Dirección
a  su   cargo,  con  criterios  de   e?ciencia  y  e?cacia,   de
conformidad con el marco legal vigente;
4)   Intervenir  o   realizar   investigaciones  cuando   el
caso  amerite,  ante la  incautación  o  hallazgo  de  armas
de guerra,  explosivos y municiones;  así como,  investigar
las informaciones sobre la  noticia criminal relacionadas al
delito de terrorismo;
5) Informar  y emitir  opinión técnica sobre  asuntos de
su competencia;
6)  Asesorar  al  Director  Contra  el  Terrorismo   de  la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
7)   Las  demás   funciones   que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director Contra el  Terrorismo de la Policía Nacional del
Perú le asigne.
16)
órganos
Coordinar  el  apoyo   necesario  de  los   diversos
de   la   Policía   Nacional   del   Perú,    para   el
planeamiento y empleo de las fuerzas, en las operaciones
conjuntas  y simultáneas  contra el  delito  de terrorismo  y
conexos a nivel nacional;
17)
Promover y  proponer la suscripción de  convenios
especialesconorganizacionesnacionaleseinternacionales
que   apoyan  la   lucha  contraterrorista,   en   materia  de
intercambio de  información, capacitación, especialización
y  equipamiento  de  la  Dirección  Contra el  Terrorismo  y
unidades  orgánicas  del  sistema  policial  contraterrorista
a  nivel  nacional, en  coordinación  con  la  Sub  Dirección
General o  la  Dirección de Asuntos  Internacionales de  la
Policía Nacional del Perú, en el ámbito de su competencia
funcional;
Artículo
118.-
División
de
Investigación
de
Terrorismo Regional
La  División de  Investigación  de  Terrorismo Regional
es  la   unidad  orgánica   de  carácter   técnico,  operativo
y   especializado;   responsable   de   prevenir,   investigar,
combatir y  denunciar el delito  de terrorismo en  el ámbito
regional,  actuando bajo  la  conducción jurídica  del  ?scal
especializado.
Depende  del  Director   Contra  el  Terrorismo   y  está
a  cargo  de un  O?cial  Superior  de  Armas  de la  Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
18)
Dirigir   y   supervisar   el   proceso   de   registro,
recopilación  y análisis  de la  información  estadística que
produzca la Dirección a su cargo, para una adecuada toma
de decisiones,  de conformidad  con los  lineamientos que
dicte la  División de Estadística  de la Policía Nacional  del
Perú;
19)
Transmitir información para alimentar  los registros
y  bases  de  datos  del  Registro  Nacional  de  Seguridad
Pública que  administra  la Dirección  de Tecnología  de la
Información y  Comunicaciones de la  Policía Nacional del
Perú;
La División de Investigación de Terrorismo Regional de
la Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
20)
Coordinar  y  gestionar ante  la  Escuela  Nacional
de
Formación
Profesional    Policial   la    capacitación,
1)  Prevenir,  investigar, combatir  y  denunciar  a  nivel
regional el  delito de terrorismo,  incidiendo especialmente
en las  zonas sensibles de  actividad terrorista,  acopiando
los  elementos  probatorios  que  determinen   la  comisión
del ilícito  penal de terrorismo  y la  responsabilidad de los
autores y partícipes, en el  marco de la normativa sobre la
materia;
especialización  y actualización  permanente del  personal
policial de la Dirección a su cargo, en materias relacionadas
con su campo funcional;
21)
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
su competencia;
22)
Asesorar  al  Director   Nacional  de  Investigación
Criminal de la Policía Nacional  del Perú en asuntos de su
competencia; y,
2)   Plani?car,  organizar,   dirigir,   ejecutar,  coordinar,
controlar
y
supervisar
las
operaciones
policiales
23)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
contraterroristas,  especialmente   en  las   zonas  de   alto
índice  de  actividad  terrorista,   en  coordinación  con  los
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
51
integrantes del  sistema policial contraterrorista,  conforme
a la legislación sobre la materia;
combatir  y   denunciar  a   las  organizaciones   terroristas
internacionales  que   realicen  actos   con?gurados  como
delito de  terrorismo y  conexos en  el ámbito  del territorio
nacional,  para  lo   cual  plani?ca  y  ejecuta   operaciones
3)
Realizar investigaciones policiales y otras diligencias
solicitadas
por   el   Ministerio   Público,  Poder   Judicial,
Procuraduría  Especializada   en  Delito  de  Terrorismo   y
autoridades competentes, conforme a  la legislación sobre
la materia;
policiales,
analiza
permanentemente
la
naturaleza
de   las  organizaciones   terroristas   internacionales;  sus
relaciones, organización, ubicación geográ?ca, tendencias
y  pretensiones en  contra  de  los intereses  nacionales  e
internacionales, actuando  bajo la  conducción jurídica  del
?scal especializado, en el  marco de la normativa sobre  la
materia.
Asimismo, coordina y puede contar con la cooperación
y  apoyo  de  organizaciones  extranjeras  similares  en  el
marco de la lucha contra el accionar terrorista internacional
en sus diferentes modalidades.
Depende  del  Director   Contra  el  Terrorismo   y  está
a  cargo  de un  O?cial  Superior  de  Armas  de la  Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
La  División  Contra el  Terrorismo  Internacional  de la
Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
4)
Coordinar  y supervisar  las  operaciones  policiales
desarrolladas  por  las  unidades  policiales  que  ejecutan
funciones del  sistema policial  contraterrorista; evaluando
sus informaciones, para el planeamiento y accionar policial
a nivel nacional;
planes
operacionales  contraterroristas,   en  el   marco  del   Plan
Estratégico de la Policía Nacional del Perú;
5)
Formular,
proponer
y
ejecutar
los
6)
Diseñar,  establecer   e  implementar   el  canal  de
comunicación correspondiente con las unidades orgánicas
que desarrollan  operaciones policiales contraterroristas  a
nivel nacional  como parte del  sistema contraterrorista  de
la Institución Policial;
7)
Informar y  emitir opinión  técnica sobre asuntos  de
su competencia;
8)
Asesorar  al  Director  Contra  el  Terrorismo   de  la
1)
Prevenir,
investigar,
terroristas
combatir
y
denunciar
a
sus
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
organizaciones
internacionales
o
9)
Las   demás  funciones   que   le   corresponda  de
integrantes,  que se  encuentren  en el  territorio  nacional,
para cometer actos terroristas en el país o en el extranjero;
2) Coordinar con  las autoridades judiciales,  Ministerio
Público y  demás autoridades  policiales  y administrativas
competentes,  en  el   ámbito  de  sus  funciones   y  de  la
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director Contra el  Terrorismo de la Policía Nacional del
Perú le asigne.
Artículo 119.-  División de Operaciones  Especiales     normativa   legal  sobre  la  materia,  a  ?n   de  obtener  la
Contraterrorista
información  requerida  para  la  investigación  policial; así
como, atender sus requerimientos;
3)  Coordinar con  las  embajadas  o representaciones
diplomáticas acreditadas en el país, asuntos  relacionados
al ámbito de su competencia;
La División de Operaciones Especiales Contraterrorista
es  la  unidad  orgánica  de  carácter  técnico,  operativo  y
especializado;  responsable   del  fortalecimiento   para  la
ejecución de investigaciones contra objetivos de alto valor,
orientadasalaidenti?cación,ubicación,detenciónocaptura
de los líderes o cabecillas e integrantes de organizaciones
terroristas  que actúan  en  el ámbito  nacional;  así como,
de  aquellos  que  integran  clandestinamente  las  nuevas
estructuras u organizaciones de fachada, actuando bajo la
conducción jurídica del ?scal especializado, en el marco de
la normativa sobre la materia.
Asimismo, coordina y puede contar con la cooperación
y  apoyo  de  organizaciones  extranjeras  similares  en  el
ámbito de su  competencia, en la lucha  contra el accionar
terrorista en sus diferentes modalidades.
Depende  del  Director   Contra  el  Terrorismo   y  está
a  cargo  de un  O?cial  Superior  de  Armas  de la  Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
4)  Ejecutar  las   acciones  de  prevención,  monitoreo
e  investigación  de   fuentes  radioactivas  maliciosas,  en
coordinación con el Instituto Peruano  de Energía Nuclear,
relacionado con armas de destrucción masiva;
con
organizaciones  extranjeras similares;  en  el  marco de  la
lucha  contra  el   accionar  terrorista  internacional   y  sus
diferentes modalidades;
5)
Coordinar
e
intercambiar
información
6) Informar y emitir opinión técnica sobre asuntos de su
ámbito funcional;
7)  Asesorar  al  Director  Contra  el  Terrorismo   de  la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
8)   Las  demás   funciones   que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director Contra el  Terrorismo de la Policía Nacional del
Perú le asigne.
La División de Operaciones Especiales Contraterrorista
de  la   Policía   Nacional  del   Perú  tiene   las  siguientes
funciones:
Artículo
121.-
División
de
Inteligencia
Contraterrorista
1)
Plani?car,  organizar,  dirigir,   ejecutar,  controlar  y
La   División  de   Inteligencia   Contraterrorista   es   la
unidad  orgánica  especializada y  operativa;  responsable
de  producir  inteligencia  y   contrainteligencia  policial  en
materia de delitos contra el terrorismo  y delitos conexos a
nivel nacional, pudiendo contar con la cooperación y apoyo
de  agencias   internacionales,  de   conformidad  con   los
lineamientos de  la Dirección de  Inteligencia de  la Policía
Nacional del Perú.
supervisar  las operaciones  especiales  y  procedimientos
especiales   contra  el   terrorismo   a   nivel  nacional;   de
conformidad con la normativa sobre la materia;
2)
Desarrollar y analizar las estrategias psicológicas en
el marco de la lucha contraterrorista a nivel nacional;
3)
Ejecutar  investigaciones, comprobaciones  y  otras
diligencias  solicitadas  por el  Ministerio  Público  y  Poder
Judicial en el delito de terrorismo;
Forma  parte  integrante  del  Sistema  de  Inteligencia
Policial (SIPOL) que  dirige la Dirección de Inteligencia  de
la Policía Nacional del Perú.
Depende de  la Dirección  Contra el  Terrorismo y está
a  cargo  de un  O?cial  Superior  de  Armas  de la  Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de  Coronel,  debidamente  cali?cado  y  especializado  en
inteligencia policial.
La División de Inteligencia Contraterrorista de la Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
4)
Consolidar y analizar la información reservada sobre
el Sistema de Recompensas Contraterrorista;
5)
Proteger  a los  colaboradores,  victimas, testigos  y
peritos  que  brinden, según  sea  el  caso,  informaciones,
declaraciones o informes;
6)
Cooperar  con las  autoridades  competentes  en  el
ámbito de su  competencia funcional y normativa  sobre la
materia;
7)
Informar y  emitir opinión  técnica sobre asuntos  de
su competencia;
8)
Asesorar  al  Director  Contra  el  Terrorismo   de  la
1)  Producir   inteligencia  y  contrainteligencia   policial
en  materia del  ámbito  funcional  de  la Dirección  Contra
el Terrorismo,  de conformidad con  los lineamientos de  la
Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional del Perú;
2) Ejecutar operaciones especiales  de inteligencia, en
el marco del campo funcional de su competencia;
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
9)
Las   demás  funciones   que   le   corresponda  de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director Contra el  Terrorismo de la Policía Nacional del
Perú le asigne.
3)
Obtener información en el ámbito de sus  funciones,
Artículo
120.-
División
de
Investigación
de
en apoyo  a los órganos de  inteligencia que conforman  el
Sistema de Inteligencia Policial (SIPOL);
4)  Integrar   la  Comisión  Evaluadora   de  la   Ley  de
Arrepentimiento,  asumiendo la  Secretaría  Técnica de  la
misma;
Terrorismo Internacional
La División de Investigación de Terrorismo Internacional
es  la   unidad  orgánica   de  carácter   técnico,  operativo
especializado;   responsable   de   prevenir,   investigar,
y
52
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
5)
Asesorar  al  Director  Contra  el   Terrorismo  de  la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
Las   demás  funciones   que   le   corresponda  de
organizado,  en  materia  de  intercambio  de información,
capacitación,     especialización     y     equipamiento     de
6)
la   Dirección    de   Investigación    Criminal   y   unidades
policiales  que ejecutan  funciones del  sistema policial  de
investigación  criminal  a  nivel nacional,  en  coordinación
con la  Sub Dirección  General o  la Dirección  de Asuntos
Internacionales  de  la  Policía  Nacional   del  Perú,  en  el
ámbito de su competencia;
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director Contra el  Terrorismo de la Policía Nacional del
Perú le asigne.
Artículo 122.- Dirección de Investigación Criminal
La  Dirección de  Investigación  Criminal  es el  órgano
especializado, de  carácter técnico y  sistémico, normativo
y operativo;  responsable de prevenir,  combatir, investigar
y denunciar  los delitos en  el marco  de la lucha  contra la
delincuencia  y  el  crimen  organizado,  actuando  bajo  la
conducción jurídica del ?scal. Asimismo, efectúa acciones
de apoyo a los entes operadores de la justicia en el país, de
conformidad con su ámbito funcional. Tiene competencia a
nivel nacional.
Asimismo, coordina y puede contar con la cooperación
y  apoyo  de  organizaciones  extranjeras  similares  en  el
ámbito de su competencia funcional.
Depende  de  la  Dirección  Nacional  de  Investigación
Criminal y está a cargo de un O?cial General de Armas de
la Policía Nacional  del Perú en  situación de actividad, en
el grado de General.
La  Dirección de  Investigación  Criminal  de  la Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
11)  Dirigir las  acciones  y operaciones  especiales  de
inteligencia y contrainteligencia policial en el ámbito  de su
competencia funcional, pudiendo contar con la cooperación
y apoyo de agencias internacionales;
12)  Coordinar  el   apoyo  necesario  de   los  diversos
órganos y  unidades orgánicas  de la  Policía Nacional del
Perú, para el planeamiento y empleo de las fuerzas, en las
operaciones conjuntas y simultáneas contra la criminalidad
organizada a nivel nacional;
13)   Dirigir   y   supervisar   el   proceso   de    registro,
recopilación  y análisis  de la  información  estadística que
produzca la Dirección a su cargo, para una adecuada toma
de decisiones,  de conformidad  con los  lineamientos que
dicte la  División de Estadística  de la Policía Nacional  del
Perú;
14) Transmitir información para  alimentar los registros
y  bases  de  datos  del  Registro  Nacional  de  Seguridad
Pública que  administra  la Dirección  de Tecnología  de la
Información y  Comunicaciones de la  Policía Nacional del
Perú;
1)
Planear,  comandar, organizar,  articular,  coordinar,
controlar  y supervisar  las estrategias,  operaciones  y las
acciones operativas de la  investigación material del delito
a nivel nacional, en la lucha contra la delincuencia común y
el crimen organizado, bajo la conducción jurídica del ?scal,
en el ámbito de su  competencia, en concordancia con las
leyes de la materia;
15) Formular  y proponer  los respectivos  documentos
técnicos
normativos   para   regular    las   actividades   y
operaciones  policiales   en  materia   de  lucha   contra  la
delincuencia y el crimen organizado a nivel nacional de los
órganos de la Policía Nacional del Perú;
16)  Coordinar  y gestionar  ante  la  Escuela  Nacional
2)
Prevenir,  combatir, investigar  los  delitos  previstos
de
Formación
Profesional
Policial
la
capacitación,
especialización  y actualización  permanente del  personal
policial de la Dirección a su cargo, en materias relacionadas
con su campo funcional;
en  el  código  penal  y  leyes   especiales,  del  ámbito  de
su  competencia,  incluyendo  los  que  se  cometen en  el
transporte aéreo, marítimo,  ?uvial y lacustre; en  el marco
de la normativa sobre la materia;
17) Administrar los  recursos asignados a  la Dirección
a  su   cargo,  con  criterios  de   e?ciencia  y  e?cacia,   de
conformidad con el marco legal vigente;
18) Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su competencia;
3)
Dirigir  a  nivel  nacional  las  acciones  del  sistema
policial   de  investigación   criminal;   así   como,  diseñar,
implementar y administrar los registros de criminalidad;
4)
Participar,  consolidar y  sustentar  la programación
de actividades anual  articulado al cuadro de necesidades
y  asignación  presupuestal, proponiendo  los  indicadores
de  productos  y  procesos;  así  como,  formular,  aprobar,
ejecutar y evaluar el Plan de Trabajo Anual de la Dirección
a su cargo, concordante con el Plan Operativo Anual de la
Policía Nacional del  Perú, Planes Generales  y Planes de
Operaciones;
19)  Asesorar  al  Director   Nacional  de  Investigación
Criminal de la Policía Nacional  del Perú en asuntos de su
competencia; y,
20)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director Nacional de Investigación Criminal de la Policía
Nacional del Perú le asigne.
5)
Dirigir, coordinar,  evaluar, controlar  y supervisar  la
formulación de los Planes de Operaciones de la Dirección
a su  cargo, en  el marco  del cumplimiento  de los  Planes
Generales dispuestos  y  aprobados por  la Sub  Dirección
General de  la Policía  Nacional del  Perú y  los Planes  de
Operaciones  de  la  Dirección  Nacional  de  Investigación
Criminal; considerando en el planeamiento los documentos
de inteligencia que correspondan;
Artículo
123.-
Estructura
de
la
Dirección
de
Investigación Criminal
La
Dirección
de
Investigación
Criminal
para
el
cumplimiento de  sus  funciones cuenta  con las  unidades
orgánicas especializadas siguientes:
a. División de Investigación de Homicidios;
b. División de Investigación de Robos;
6)
Aprobar las  Ordenes de Operaciones  que deberán
desarrollar  y  ejecutar  las   diversas  unidades  orgánicas
que componen  la  Dirección a  su cargo;  de  conformidad
con los  Planes Generales dispuestos  y aprobados por  la
Sub Dirección  General de  la Policía  Nacional del Perú  y
los  Planes de  Operaciones de  la  Dirección Nacional  de
Investigación  Criminal,  para el  ejercicio  operativo  de  la
función policial;
Estudiar,   actualizar   y   proponer    estrategias   y
procedimientos  para  las  técnicas  de  operatoria  policial
dentro del ámbito de su competencia;
c.
División
de
Investigación
Investigación
Investigación
de
Secuestros
y
Extorsiones;
d.
División
de
de
Estafas
Delitos
y
otras
Alta
Defraudaciones;
e.
División
de
de
de
Tecnología;
f. División de Investigación de denuncias derivadas del
Ministerio Público;
7)
g. División de Policía Judicial y Requisitorias;
Crimen
Organizado; y,
i. División de Inteligencia contra la Criminalidad.
h.
División
de
Investigación
contra
el
8)
Coordinar con los representantes del Poder Judicial
y Ministerio Publico, sobre aspectos  referidos a la función
de investigación,  prevención y combate a  la delincuencia
común y crimen organizado, que desarrollan  las unidades
orgánicas  de  la   Dirección  de  Investigación  Criminal  y
los  que  conforman  el  sistema  policial  de  investigación
criminal a  nivel  nacional; así  como, elaborar  y  proponer
programas, protocolos y acciones conjuntas  para articular
la persecución del delito, en el ámbito de su competencia;
Artículo
Homicidios
124.-
División
de
Investigación
de
La División de Investigación de Homicidios es la unidad
orgánica  de carácter  técnico,  operativo y  especializado;
responsable de  prevenir, combatir, investigar y  denunciar
bajo la  conducción jurídica del ?scal,  los delitos contra  la
vida, el  cuerpo  y la  salud (homicidios,  lesiones y  otros);
lesiones culposas  (originadas por  negligencia médica);  y
abortos  cometidos  por organizaciones  criminales,  en  la
demarcación  territorial de  Lima  Metropolitana,  el  Callao
o  a nivel  nacional,  siempre  que  revistan connotación  o
por la  complejidad  de los  hechos y  cuando lo  requieran
las  Regiones Policiales  o autoridades  competentes,  con
9)
Coordinar  y   atender  los   requerimientos  de   las
judiciales,    Ministerio   Público    y    demás
autoridades
autoridades competentes en el ámbito  de sus funciones y
de la normativa legal sobre la materia;
de
convenios   especiales   con   organizaciones   nacionales
e internacionales   que apoyan  la  lucha contra  el  crimen
10)
Promover
y
proponer
la
suscripción
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
53
autorización expresa del Director Nacional de Investigación
Criminal.
de Investigación  Criminal de la  Policía Nacional del  Perú
le asigne.
Depende de  la  Dirección de  Investigación Criminal  y
está a cargo de un O?cial Superior de Armas de la Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
La División de Investigación de Homicidios de la Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
Artículo
126.-
División
de
Investigación
de
Secuestros y Extorsiones
La
División
de
Investigación
de
Secuestro
y
Extorsiones  es  la  unidad  orgánica  de carácter  técnico,
operativo
y   especializado;   responsable    de   prevenir,
combatir, investigar y denunciar bajo la conducción jurídica
del ?scal, los delitos que atenten contra la libertad personal
(coacción y secuestro), contra la libertad  sexual (violación
sexual)  y contra  el  patrimonio  (extorsión), cometido  por
organizaciones criminales en la  demarcación territorial de
Lima Metropolitana,  el Callao o  a nivel nacional,  siempre
que  revistan  connotación  o  por   la  complejidad  de  los
hechos y  cuando  lo requieran  las Regiones  Policiales  o
autoridades  competentes,  con  autorización  expresa  del
Director Nacional de Investigación Criminal.
Depende de  la  Dirección de  Investigación Criminal  y
está a cargo de un O?cial Superior de Armas de la Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
1)
Investigar y  denunciar los delitos  contra la  vida, el
cuerpo y  la salud - homicidios  en todas sus  modalidades
cali?cado,                       feminicidio,
parricidio, infanticidio y homicidio en grado de tentativa con
subsecuentes lesiones);
(homicidio
simple,
sicariato,
2)
Investigar y  denunciar los delitos  contra la  vida, el
cuerpo y la  salud en sus diferentes  modalidades, cuando
son cometidos por bandas, agrupaciones u organizaciones
criminales;
3)
Investigar y denunciar los delitos contra la humanidad
(genocidio, desaparición forzada, tortura,  discriminación y
manipulación genética);
Ejecutar   investigaciones   en   el   ámbito   de   su
competencia, solicitadas por las Fiscalías a nivel nacional,
cuando fuera necesario  por la connotación de los  hechos
o su complejidad;
4)
La
División
de
Investigación
de
Secuestros
y
Extorsiones  de  la   Policía  Nacional  del  Perú  tiene   las
funciones siguientes:
5)
Ejecutar investigaciones ampliatorias a  solicitud del
1)
Investigar y denunciar  los delitos de violación de  la
Ministerio  Público,  en  su condición  de  unidad  orgánica
especializada, en casos de delitos de su competencia que
hayan sido  de conocimiento  de otras unidades  policiales
que ejecutan funciones del sistema policial de investigación
criminal a nivel nacional;
libertad  personal (coacción  y secuestro  en  sus diversas
modalidades) y delitos de violación de la libertad sexual;
2)
Ejecutar   investigaciones   en   el   ámbito   de   su
competencia, solicitadas por las Fiscalías a nivel nacional,
cuando fuera necesario  por la connotación de los  hechos
o su complejidad;
6)
Informar y  emitir opinión  técnica sobre asuntos  de
su competencia;
3)
Ejecutar investigaciones ampliatorias a  solicitud del
7)
Asesorar al Director de  Investigación Criminal de la
Ministerio  Público,  en  su condición  de  unidad  orgánica
especializada, en casos de delitos de su competencia que
hayan sido  de conocimiento de otras  unidades orgánicas
del  sistema   policial   de  investigación   criminal  a   nivel
nacional;
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
8)
Las demás funciones que le corresponda de acuerdo
a las disposiciones legales vigentes y otras que el Director
de Investigación  Criminal de la  Policía Nacional del  Perú
le asigne.
4)
Informar y  emitir opinión  técnica sobre asuntos  de
su competencia;
Artículo 125.- División de Investigación de Robos
La  División de  Investigación  de  Robos es  la  unidad
orgánica  de carácter  técnico,  operativo y  especializado;
responsable de  prevenir, combatir, investigar  y denunciar
bajo la  conducción jurídica del ?scal,  los delitos contra  el
patrimonio  en  sus  diversas  modalidades,  cometido  por
organizaciones criminales en la  demarcación territorial de
Lima Metropolitana,  el Callao o  a nivel nacional,  siempre
que  revistan  connotación  o  por   la  complejidad  de  los
hechos y  cuando  lo requieran  las Regiones  Policiales  o
autoridades  competentes,  con  autorización  expresa  del
Director Nacional de Investigación Criminal.
Depende de  la  Dirección de  Investigación Criminal  y
está a cargo de un O?cial Superior de Armas de la Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
La  División de  Investigación  de Robos  de  la Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
5)
Asesorar al Director de  Investigación Criminal de la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
6)
Las demás funciones que le corresponda de acuerdo
a las disposiciones legales vigentes y otras que el Director
de Investigación  Criminal de la  Policía Nacional del  Perú
le asigne.
Artículo 127.- División  de Investigación de Estafas
y otras Defraudaciones
La
División   de   Investigación  de   Estafas   y   otras
Defraudaciones es la unidad orgánica de carácter técnico,
operativo
y   especializado;   responsable    de   prevenir,
combatir, investigar y denunciar bajo la conducción jurídica
del ?scal,  los  delitos de  estafas  y otras  defraudaciones,
apropiaciones  ilícitas,   fraude   en  la   administración  de
personas  jurídicas,  contra  la  buena  fe  y   con?anza  en
los  negocios,  el orden  ?nanciero  y  monetario,  el orden
migratorio,ordeneconómico,lafepúblicayelejercicioilegal
de la profesión, cometido por organizaciones criminales en
la demarcación territorial de Lima  Metropolitana, el Callao
o  a nivel  nacional,  siempre  que  revistan connotación  o
por la  complejidad  de los  hechos y  cuando lo  requieran
las  Regiones Policiales  o autoridades  competentes,  con
autorización expresa del Director Nacional de Investigación
Criminal.
1)
contra
entidades
Investigar  y  denunciar la  comisión  de  los  delitos
el   patrimonio   en   sus   diferentes   modalidades
a
bancarias,
?nancieras,
establecimientos
comerciales, personas  naturales  y jurídicas;  domicilios y
bienes  culturales;  a  vehículos,  empresas  de  transporte
y   conductores  de   vehículos  de   carga;   cometido  por
criminales;   identi?cando,    ubicando   y
capturando  a   los   autores,  cómplices   y  receptadores,
poniéndolos a disposición de la autoridad competente;
organizaciones
Asimismo, coordina y puede contar con la cooperación
y  apoyo  de  organizaciones  extranjeras  similares  en  el
ámbito de su competencia funcional.
2)
Ejecutar   investigaciones   en   el   ámbito   de   su
competencia, solicitadas por las Fiscalías a nivel nacional,
cuando fuera necesario  por la connotación de los  hechos
o su complejidad;
Depende de  la  Dirección de  Investigación Criminal  y
está a cargo de un O?cial Superior de Armas de la Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
3)
Ejecutar investigaciones ampliatorias a  solicitud del
La
División   de   Investigación  de   Estafas   y   otras
Defraudaciones de  la Policía  Nacional del Perú  tiene las
funciones siguientes:
Ministerio  Público,  en  su condición  de  unidad  orgánica
especializada, en casos de delitos de su competencia que
hayan sido  de conocimiento de otras  unidades orgánicas
del  sistema   policial   de  investigación   criminal  a   nivel
nacional;
1)
Investigar  y  denunciar  los delitos  de  apropiación
ilícita; delitos de  fraude en la  administración de personas
jurídicas;  delitos  contra la  buena  fe  y  con?anza  en los
negocios; delitos contra el orden migratorio;  delitos contra
el  orden económico;  delitos  contra la  fe  pública; delitos
contra  el  ejercicio   ilegal  de  la  profesión   y  los  delitos
de  estafas,   y  otras  defraudaciones   en  sus  diferentes
modalidades;
4)
Informar y  emitir opinión  técnica sobre asuntos  de
su competencia;
5)
Asesorar al Director de  Investigación Criminal de la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
6)
Las demás funciones que le corresponda de acuerdo
a las disposiciones legales vigentes y otras que el Director
54
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
2)
Investigar y  denunciar los delitos  que comprenden
7)   Ejecutar   investigaciones   en   el   ámbito   de   su
competencia funcional, solicitadas por las Fiscalías a nivel
nacional, cuando fuera necesario por la connotación de los
hechos o su complejidad;
su
ámbito
competencia,
que
tengan
carácter
de
criminalidad  organizada  transnacional,  pudiendo   contar
con la cooperación y apoyo de agencias internacionales;
3)
Ejecutar
investigaciones
en
el
ámbito
de
su
8) Ejecutar investigaciones ampliatorias  a solicitud del
Ministerio  Público,  en  su condición  de  unidad  orgánica
especializada, en casos de delitos de su competencia que
hayan sido  de conocimiento de otras  unidades orgánicas
del  sistema   policial   de  investigación   criminal  a   nivel
nacional;
competencia, solicitadas por las Fiscalías a nivel nacional,
cuando fuera necesario  por la connotación de los  hechos
o su complejidad;
4)
Ejecutar investigaciones ampliatorias a  solicitud del
Ministerio  Público,  en  su condición  de  unidad  orgánica
especializada, en casos de delitos de su competencia que
hayan sido  de conocimiento de otras  unidades orgánicas
del  sistema   policial   de  investigación   criminal  a   nivel
nacional;
9) Informar y emitir opinión técnica sobre asuntos de su
ámbito funcional;
10) Asesorar al Director de Investigación Criminal de la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
11)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director de Investigación Criminal de la Policía Nacional
del Perú le asigne.
5)
Informar y  emitir opinión  técnica sobre asuntos  de
su competencia;
6)
Asesorar al Director de  Investigación Criminal de la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
7)
Las demás funciones que le corresponda de acuerdo
Artículo
129.-
División
de
Investigación
de
a las disposiciones legales vigentes y otras que el Director
de Investigación  Criminal de la  Policía Nacional del  Perú
le asigne.
denuncias derivadas del Ministerio Público
La División  de  Investigación de  denuncias derivadas
del Ministerio  Público  es la  unidad orgánica  de  carácter
técnico, operativo y especializado; responsable de ejecutar
las diligencias y requerimientos de las Fiscalías Penales de
Lima, Lima Norte, Lima Sur y Lima Este o a nivel nacional,
siempre que revistan connotación o por  la complejidad de
los hechos y  cuando lo requieran las  Regiones Policiales
o autoridades competentes,  con autorización expresa  del
Director Nacional  de Investigación Criminal;  relacionados
con  la investigación  de  delitos, perseguibles  de  o?cio o
por denuncias de parte, previstos y  penados en el Código
Penal y leyes especiales.
Artículo 128.-  División de Investigación  de Delitos
de Alta Tecnología
La
División
de
Investigación
de
Delitos
de   Alta
Tecnología  es  la  unidad  orgánica   de  carácter  técnico,
operativo
y   especializado;   responsable    de   prevenir,
combatir, investigar y denunciar bajo la conducción jurídica
del  ?scal, los  delitos  informáticos;  así como,  los  delitos
cometidos a  través  de la  tecnología de  la información  y
comunicación;   cometido  por   delincuentes   comunes  u
organizaciones criminales en la  demarcación territorial de
Lima Metropolitana,  el Callao o  a nivel nacional,  siempre
que  revistan  connotación  o  por   la  complejidad  de  los
hechos y  cuando  lo requieran  las Regiones  Policiales  o
autoridades  competentes,  con  autorización  expresa  del
Director Nacional de Investigación Criminal.
Depende de  la  Dirección de  Investigación Criminal  y
está a cargo de un O?cial Superior de Armas de la Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
La División  de  Investigación de  denuncias derivadas
del Ministerio Público de la Policía Nacional del Perú tiene
las funciones siguientes:
Asimismo,
acciones
realiza   el   análisis   informático   forense
de   geolocalización   en  el   ámbito   de   su
y
competencia   y  coordina   la   cooperación  y   apoyo   de
organizaciones  extranjeras  similares  en la  lucha  contra
el  crimen organizado  en  materia de  delitos  informáticos
y de  tecnología de la información  y comunicación en  sus
diferentes modalidades.
1)
Ejecutar investigaciones policiales solicitadas por el
Ministerio Público de delitos no ?agrantes, perseguibles de
o?cio o por denuncias de parte; tipi?cados en la legislación
penal  peruana,   que  por  su   complejidad  e  inmediatez
requieren de la actuación de personal policial especializado
en la investigación de estos delitos;
Depende de  la  Dirección de  Investigación Criminal  y
está a cargo de un O?cial Superior de Armas de la Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
2)
Coordinar a través del personal adscrito a la Fiscalía
Provincial Penal de Turno, diversas acciones relacionadas
con las  funciones de las  distintas unidades  orgánicas de
la Policía  Nacional del Perú  con los Distritos  Fiscales de
Lima;
sobre
La
División   de   Investigación   de   Delitos   de  Alta
Tecnología  de   la  Policía  Nacional   del  Perú   tiene  las
funciones siguientes:
3)
Ejecutar
las
diligencias
ampliatorias
investigaciones  ya efectuadas,  que  solicite  el  Ministerio
Público, por delitos previstos y penados en el código penal
y leyes  especiales; en el  marco de la  normativa sobre la
materia;
1)
Prevenir,
investigar
y
denunciar
los
delitos
informáticos en  todas sus modalidades  cometidos con  el
uso de las tecnologías de la información y comunicaciones,
acopiando los indicios y evidencias físicas o digitales para
identi?car,  ubicar  y  capturar  a  los  presuntos  autores  y
ponerlos a  disposición de la  autoridad competente, en  el
marco de la normatividad legal sobre la materia;
4)
Informar y  emitir opinión  técnica sobre asuntos  de
su competencia;
5)
Asesorar al Director de  Investigación Criminal de la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
2)
Prevenir, investigar  y  denunciar el  delito contra  la
6)
Las demás funciones que le corresponda de acuerdo
indemnidadsexualdemenoresdeedad,enlasmodalidades
de pornografía infantil, propuestas sexuales a niños, niñas
y adolescentes a través de medios tecnológicos;
a las disposiciones legales vigentes y otras que el Director
de Investigación  Criminal de la  Policía Nacional del  Perú
le asigne.
3)
Ejecutar  el   análisis   informático  forense   de  los
equipos de  cómputo,  telefonía móvil  y otros  dispositivos
Artículo   130.-    División   de   Policía    Judicial   y
Requisitorias
electrónicos,
con
capacidad
de
almacenamiento
de   información,  inmersos   en   la   comisión  de   delitos
informáticos y conexos;
La  División  de Policía  Judicial  y  Requisitorias  es la
unidad orgánica de carácter técnico, sistémico y normativo,
operativo y especializado; responsable de brindar el apoyo
policial al  Poder Judicial y  Ministerio Público, registrando
y ejecutando los mandatos  de detención o citaciones que
impliquen la inmediata conducción compulsiva  y de grado
o fuerza, del (los) imputado (s), o menores infractores a la
Ley Penal.
4)
Dirigir   y   ejecutar   acciones    de   prevención   e
investigación del  delito de  su ámbito funcional,  mediante
herramientas  orientadas   al  patrullaje   virtual,  a   ?n  de
garantizar  especialmente   la   integridad  de   menores  y
la  ubicación  e  identi?cación  de   los  autores  de  delitos
informáticos y conexos;
5)
delictiva  o  en  cumplimiento  de   resoluciones  judiciales,
Identi?car, localizar y geo localizar sea en ?agrancia
Asimismo, realiza la  recepción, custodia y traslado de
los detenidos  requisitoriados  a las  diferentes judicaturas
a  nivel  nacional; así  como,  presta  protección  policial  a
las  personas que  tienen  la  calidad  de testigos,  peritos,
interpretes, agraviados y colaboradores e?caces.
Depende de  la  Dirección de  Investigación Criminal  y
está a cargo de un O?cial Superior de Armas de la Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
los
equipos   móviles   o    dispositivos   electrónicos   de
naturaleza similar incriminados, inmersos en las diferentes
modalidades delictivas;
6)
Prevenir,  investigar  y   denunciar  los  delitos  que
comprenden su ámbito  funcional, que tengan  carácter de
criminalidad  organizada  transnacional,  pudiendo   contar
con la cooperación y apoyo de agencias internacionales;
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
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La  División de  Policía  Judicial  y  Requisitorias de  la
Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
5) Investigar  y denunciar los  delitos relacionados a la
criminalidad organizada  en el ámbito de  su competencia,
pudiendo contar con  la cooperación y apoyo  de agencias
internacionales;
1)
Ubicar,  identi?car, capturar  o  detener  a  personas
naturales requisitoriadas  por  las autoridades  judiciales a
nivel nacional;
6)
Producir
inteligencia
y
contrainteligencia
policial  en   materia   del  ámbito   de  su   competencia  y
realizar  operaciones   especiales  de   inteligencia  contra
organizaciones criminales que actúen  a nivel nacional y/o
internacional, pudiendo contar con la cooperación y apoyo
de  agencias  internacionales;  en  su  condición  de  parte
integrante del Sistema de inteligencia Policial (SIPOL);
7) Mantener  enlace a través  del canal  de inteligencia
con  los   órganos  de   inteligencia  del  Sector   Interior  y
el  Sistema   de   Inteligencia  Policial   (SIPOL)  a   ?n  de
intercambiar  información  en  las  materias  vinculadas  al
crimen organizado de su ámbito funcional;
2)
Ubicar,  identi?car  y  conducir  de  grado  o   fuerza
a   personas  naturales   requeridas  por   las   autoridades
judiciales a nivel nacional;
3)
Ubicar,  identi?car  y  conducir compulsivamente  al
imputado,  testigos, peritos  e intérpretes  y/o  depositarios
requeridas por las autoridades judiciales a nivel nacional;
4)
Identi?car, ubicar y  custodiar a menores infractores
a  la  Ley  Penal,   dispuesto  por  el  Juzgado  de  Familia
correspondiente;
5)
Brindar   protección    personal   a    las   personas
cali?cadas como  colaboradores e?caces  por los órganos
jurisdiccionales, mediante mandato escrito de la autoridad
judicial competente,  en el  caso de  existir  o evidenciarse
riesgos contra la seguridad de los mismos;
8)  Coordinar   y  atender   los  requerimientos   de  las
autoridades
judiciales,
Ministerio
Público
y
demás
autoridades competentes en el ámbito  de sus funciones y
de la normativa legal sobre la materia;
Ejecutar   investigaciones   en   el   ámbito   de   su
competencia funcional, solicitadas por las Fiscalías a nivel
nacional, cuando fuera necesario por la connotación de los
hechos o su complejidad;
9)
6)
Recibir codi?car, registrar y actualizar los  mandatos
judiciales procedentes de las diferentes judicaturas a nivel
nacional en el Sistema Informático Policial;
Recibir,   conducir   y   trasladar   a  los   detenidos
7)
10)
Ejecutar  investigaciones  ampliatorias  a  solicitud
requisitoriados a las diferentes judicaturas a nivel nacional;
Administrar  los  canales  de  atención  a  su  cargo
del Ministerio Público, en su condición de unidad orgánica
especializada, en casos de delitos de su competencia que
hayan sido  de conocimiento de otras  unidades orgánicas
del  sistema   policial   de  investigación   criminal  a   nivel
nacional;
8)
y  procesar  la  información  recibida  en  el  ámbito  de  su
competencia funcional;  de conformidad  con la  normativa
sobre la materia;
9)  Formular  y proponer  los  respectivos  documentos
técnicos   normativos   para    regular   las   actividades   y
11)
Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su competencia;
operaciones policiales  en materia de  su campo funcional
a nivel nacional  de los órganos de la  Policía Nacional del
Perú;
12)
Asesorar al Director de Investigación Criminal de la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
13)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
10)
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director de Investigación Criminal de la Policía Nacional
del Perú le asigne.
su ámbito funcional;
11)
Asesorar al Director de Investigación Criminal de la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
12)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
Artículo  132.-  División   de  Inteligencia  contra  la
Criminalidad
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director de Investigación Criminal de la Policía Nacional
del Perú le asigne.
La División de Inteligencia contra  la Criminalidad es la
unidad orgánica especializada y operativa; responsable de
producir inteligencia y contrainteligencia policial en materia
de delincuencia  común y  criminalidad organizada a  nivel
nacional,  pudiendo  contar  con  la  cooperación  y  apoyo
de  agencias   internacionales,  de   conformidad  con   los
lineamientos de  la Dirección de  Inteligencia de  la Policía
Nacional del Perú.
Artículo  131.- División  de  Investigación contra  el
Crimen Organizado
La
División   de    Investigación   Contra   el    Crimen
Organizado  es  la  unidad  orgánica  de  carácter  técnico,
operativo
combatir,
y   especializado;   responsable    de   prevenir,
investigar   y   denunciar   bajo   la   conducción
Forma  parte  integrante  del  Sistema  de  Inteligencia
Policial (SIPOL) que  dirige la Dirección de Inteligencia  de
la Policía Nacional del Perú.
Depende de  la  Dirección de  Investigación Criminal  y
está a cargo de un O?cial Superior de Armas de la Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de  Coronel,  debidamente  cali?cado  y  especializado  en
inteligencia policial.
La División de Inteligencia contra la Criminalidad  de la
Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
jurídica del ?scal especializado, los delitos de criminalidad
organizada,  cuando  exista  concurrencia   de  delitos,  de
conformidad con la  normativa de la  materia; así como, el
trá?co ilícito de armas de  fuego, municiones y explosivos,
en  la  demarcación  territorial  de  Lima  Metropolitana,  el
Callao  o  a  nivel  nacional  si  fuera  necesario  y  cuando
lo
requieran
las   Regiones   Policiales   o    autoridades
con   autorización   expresa   del    Director
competentes,
Nacional de Investigación Criminal.
Asimismo, coordina y puede contar con la cooperación
y  apoyo  de  organizaciones  extranjeras  similares  en  el
marco  de  sus  funciones,  en  la  lucha  contra  el  crimen
organizado en materia de su campo funcional.
Depende de  la  Dirección de  Investigación Criminal  y
está a cargo de un O?cial Superior de Armas de la Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
1)
Producir inteligencia y  contrainteligencia policial en
materiadelámbitofuncionaldelaDireccióndeInvestigación
Criminal,  de   conformidad  con   los  lineamientos   de  la
Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional del Perú;
2)
Ejecutar operaciones especiales de  inteligencia, en
el marco del campo funcional de su competencia;
3)
Obtener información en el ámbito de sus  funciones,
La
División   de    Investigación   contra    el    Crimen
Organizado  de  la   Policía  Nacional  del  Perú   tiene  las
funciones siguientes:
en apoyo  a los órganos de  inteligencia que conforman  el
Sistema de Inteligencia Policial (SIPOL);
4)
Asesorar al Director de  Investigación Criminal de la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
Las demás funciones que le corresponda de acuerdo
1)
Prevenir, combatir, investigar y denunciar los delitos
5)
que comprenden  el Crimen  Organizado, de  conformidad
con  la  normativa   legal  de  la   materia  y  el  ámbito   de
competencia de la Dirección de Investigación Criminal;
a las disposiciones legales vigentes y otras que el Director
de Investigación  Criminal de la  Policía Nacional del  Perú
le asigne.
2)
Identi?car,  ubicar  y capturar  a  los  integrantes de
organizaciones  criminales,  dedicadas  a  cometer  delitos
comprendidos en  la  normatividad legal  vigente contra  el
crimen organizado;
Artículo 133.- Dirección de Investigación de Lavado
de Activos
La Dirección de Investigación de Lavado de Activos es
el órgano  especializado, de  carácter técnico y  sistémico,
normativo y operativo; responsable de  prevenir, investigar
y combatir los delitos de lavado de activos y ?nanciamiento
del   terrorismo,  actuando   bajo   la   conducción   jurídica
del  ?scal   especializado.  Asimismo,   genera,  promueve
e  investiga   procesos  por  pérdida   de  dominio  a   nivel
3)
Ejecutar  operaciones   policiales   de  ubicación   y
detención de los integrantes de organizaciones criminales
a nivel nacional;
4)
Prevenir, combatir,  investigar y denunciar  el trá?co
ilícito de armas de  fuego, municiones y explosivos a nivel
nacional;
56
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
nacional, en el marco  de la lucha contra la delincuencia  y
el crimen organizado en  el ámbito de su competencia,  de
conformidad con la normativa legal sobre la materia. Tiene
competencia a nivel nacional.
La  Dirección de  Investigación  de Lavado  de  Activos
coordina y  puede contar  con la  cooperación y  apoyo de
organizaciones  extranjeras similares  en  el  marco de  su
competencia funcional.
Depende  de  la  Dirección  Nacional  de  Investigación
Criminal y está a cargo de un O?cial General de Armas de
la Policía Nacional  del Perú en  situación de actividad, en
el grado de General.
La Dirección de Investigación de Lavado de Activos de
la Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
14)  Plani?car,   organizar,  dirigir   coordinar,  ejecutar,
y   supervisar   las   operaciones   policiales   de
investigación de lavado de activos, tendentes a identi?car,
ubicar  y   capturar  a   personas  naturales   vinculadas  a
organizaciones   criminales  dedicadas   a  esta   actividad
delictiva a nivel nacional;
controlar
15)  Dirigir a  nivel  nacional  las acciones  del  sistema
policial de investigación  de lavados de activos;  así como,
diseñar,   implementar   y   administrar   los   registros   de
criminalidad en lavados de activos;
Coordinar con la Comisión  Ejecutiva Multisectorial
16)
de lucha  contra el lavado  de activos y ?nanciamiento  del
terrorismo; así como, con  las demás entidades públicas y
privadas del ámbito nacional e internacional;
17)
Coordinar con los representantes del Poder Judicial
1)
Planear,
dirigir,
organizar,
articular,
coordinar,
y Ministerio Publico, sobre aspectos  referidos a la función
de prevención, investigación y combate del delito de lavado
de activos  que  desarrollan las  unidades orgánicas  de la
Dirección de Investigación de Lavado de Activos y las que
ejecutan funciones del sistema policial de investigación de
lavado de  activos a  nivel  nacional; así  como, elaborar  y
proponer programas, protocolos y acciones conjuntas para
articular la persecución del delito;
controlar
y
supervisar
las
estrategias,
operaciones
y
y
acciones
denuncia
de
de
prevención,   detección,    investigación
los   delitos   de   lavado  de   activos   y
?nanciamiento  del  terrorismo  a   nivel  nacional;  bajo  la
conducción jurídica  del ?scal  especializado, en  el marco
de la normativa legal sobre la materia;
2)
Prevenir,  detectar,   investigar  y  denunciar   a  las
personas que  intervienen  individual o  colectivamente en
actos de conversión, transferencia, ocultamiento o tenencia
de dinero,  bienes, efectos o ganancias  cuyo origen ilícito
conoce   o  debía   presumir,   que  constituyan   actos   de
lavado de  activos procedentes  de la  comisión de  delitos
comunes y/o  del crimen organizado;  de conformidad con
la legislación sobre la materia;
18)
Coordinar  y  atender  los   requerimientos  de  las
judiciales,    Ministerio   Público    y    demás
autoridades
autoridades competentes en el ámbito  de sus funciones y
de la normativa legal sobre la materia;
de
convenios  especiales  con  organizaciones  nacionales  e
internacionales que  apoyan la  lucha contra  el lavado  de
activos, ?nanciamiento del terrorismo y pérdida de dominio
en  materia de  intercambio de  información,  capacitación,
19)
Promover
y
proponer
la
suscripción
3)
Prevenir, detectar, investigar y denunciar los actos de
transporte, traslado, ingreso o salida por territorio nacional
de dinero o títulos valores de origen ilícito que constituyan
actos  de lavado  de  activos procedentes  de  la  comisión
de  delitos  comunes  y/o   integrantes  de  organizaciones
criminales; conforme a la normativa sobre la materia;
especialización
y   equipamiento   de    la   Dirección   de
Investigación de  Lavado de Activos y  unidades policiales
que ejecutan funciones del sistema policial de investigación
de  lavado  de activos  a  nivel  nacional,  en  coordinación
con la  Sub Dirección  General o  la Dirección  de Asuntos
Internacionales  de  la  Policía  Nacional  del  Perú,   en  el
ámbito de su competencia;
4)
Obtener  y procesar  información  para  promover e
investigar procesos de pérdida de dominio, en el marco de
la normativa legal vigente;
5)
Plani?car y conducir operativamente la investigación
material del delito, bajo la conducción jurídica del ?scal, en
20)  Dirigir las  acciones y  operaciones  especiales de
inteligencia y contrainteligencia policial en el ámbito  de su
competencia, pudiendo contar con la cooperación y apoyo
de agencias internacionales;
concordancia con las leyes de la materia;
6)
Participar,  consolidar y  sustentar  la programación
de actividades anual  articulado al cuadro de necesidades
y  asignación  presupuestal, proponiendo  los  indicadores
de  productos  y  procesos;  así  como,  formular,  aprobar,
ejecutar y evaluar el Plan de Trabajo Anual de la Dirección
a su cargo, concordante con el Plan Operativo Anual de la
Policía Nacional del  Perú, Planes Generales  y Planes de
Operaciones;
21)  Coordinar  el   apoyo  necesario  de   los  diversos
de   la   Policía   Nacional   del   Perú,    para   el
planeamiento y empleo de las fuerzas, en las operaciones
conjuntas  y  simultáneas   en  la  lucha  contra  el   lavado
de  activos   procedente  de   la  delincuencia   común  y/o
criminalidad organizada a nivel nacional;
órganos
7)
Dirigir, coordinar,  evaluar, controlar  y supervisar  la
22)   Dirigir   y   supervisar   el   proceso   de    registro,
recopilación  y análisis  de la  información  estadística que
produzca la Dirección a su cargo, para una adecuada toma
de decisiones,  de conformidad  con los  lineamientos que
dicte la  División de Estadística  de la Policía Nacional  del
Perú;
formulación de los Planes de Operaciones de la Dirección
a su  cargo, en  el marco  del cumplimiento  de los  Planes
Generales dispuestos  y  aprobados por  la Sub  Dirección
General de  la Policía  Nacional del  Perú y  los Planes  de
Operaciones  de  la  Dirección  Nacional  de  Investigación
Criminal; considerando en el planeamiento los documentos
de inteligencia que correspondan;
23)
Transmitir información para alimentar  los registros
y  bases  de  datos  del  Registro  Nacional  de  Seguridad
Pública que  administra  la Dirección  de Tecnología  de la
Información y  Comunicaciones de la  Policía Nacional del
Perú;
8)
Aprobar las  Ordenes de Operaciones  que deberán
desarrollar  y  ejecutar  las   diversas  unidades  orgánicas
que componen  la  Dirección a  su cargo;  de  conformidad
con los  Planes Generales dispuestos  y aprobados por  la
Sub Dirección  General de  la Policía  Nacional del Perú  y
los  Planes de  Operaciones de  la  Dirección Nacional  de
Investigación  Criminal,  para el  ejercicio  operativo  de  la
función policial;
Evaluar,   actualizar    y   proponer   estrategias    y
procedimientos  para  las  técnicas  de  operatoria  policial
dentro del ámbito de su competencia;
24)
Coordinar  y  gestionar ante  la  Escuela  Nacional
Profesional    Policial   la    capacitación,
de
Formación
especialización  y actualización  permanente del  personal
policial de la Dirección a su cargo, en materias relacionadas
al ámbito de su competencia;
9)
25)
Administrar los  recursos asignados a  la Dirección
a  su   cargo,  con  criterios  de   e?ciencia  y  e?cacia,   de
conformidad con el marco legal vigente;
10)
Solicitar ante la autoridad competente las medidas
26)
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
limitativas de  derechos previstas en  la ley,  y ejecutar las
dispuestas por el Poder Judicial;
su competencia;
27)
Asesorar  al  Director   Nacional  de  Investigación
11)
Dirigir  y supervisar  la  ejecución  de  los peritajes
Criminal de la Policía Nacional  del Perú en asuntos de su
competencia; y,
contables, de  valoración de  inmuebles, físico-químicos  y
otros, en el marco de las investigaciones que realiza en el
ámbito de su competencia;
28)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director Nacional de Investigación Criminal de la Policía
Nacional del Perú le asigne.
12)
Acopiar, proteger y mantener la cadena de custodia
de todos  los  medios probatorios  con los  procedimientos
y las garantías previstas en la normatividad legal vigente;
13)
Incautar bienes  muebles e  inmuebles,  vehículos,
Artículo
134.-   Estructura   de    la   Dirección   de
naves,  aeronaves  y  otros   bienes  patrimoniales  de  las
personas naturales, jurídicas y organizaciones  criminales,
implicados en el delito de lavado de activos, ?nanciamiento
del terrorismo y procesos por pérdida de dominio, conforme
a la legislación de la materia;
Investigación de Lavado de Activos
La  Dirección de  Investigación  de Lavado  de  Activos
para  el  cumplimiento  de  sus  funciones  cuenta con  las
unidades orgánicas especializadas siguientes:
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
57
a.  División  de  Investigación   de  Lavado  de  Activos
provenientes de Delitos Comunes;
b.  División  de  Investigación   de  Lavado  de  Activos
provenientes del Crimen Organizado;
Artículo 136.- División  de Investigación de Lavado
de Activos provenientes del Crimen Organizado
La  División  de  Investigación  de  Lavado  de  Activos
provenientes
del   Crimen    Organizado   es   la   unidad
c.  División  de   Investigación  de  Lavado  de  Activos
provenientes del Terrorismo;
d.  División  de  Investigación   de  Lavado  de  Activos
provenientes del Trá?co Ilícito de Drogas; y,
e. División de Inteligencia contra el Lavado de Activos.
orgánica  de carácter  técnico,  operativo y  especializado;
responsable de  prevenir, combatir, investigar y  denunciar
bajo  la  conducción  jurídica del  ?scal  especializado,  los
delitos de lavado de activos provenientes de la criminalidad
organizada   a  nivel   nacional,  que   por   su  naturaleza,
trascendencia  y  complejidad  del  accionar  ilícito  de  las
Artículo 135.- División  de Investigación de Lavado      organizaciones criminales  requiere  de  su intervención  y
de Activos provenientes de Delitos Comunes
participación, con excepción de aquellos que provienen del
trá?co ilícito de drogas y ?nanciamiento  del terrorismo; en
el marco de la normativa sobre la materia.
Asimismo, coordina y puede contar con la cooperación
y  apoyo  de  organizaciones  extranjeras  similares  en  el
marco de sus competencias.
Depende de  la Dirección  de Investigación de  Lavado
de Activos y está a cargo de un  O?cial Superior de Armas
de la Policía  Nacional del Perú  en situación de actividad,
en el grado de Coronel.
La  División  de  Investigación  de  Lavado  de  Activos
provenientes del Crimen Organizado de la Policía Nacional
del Perú tiene las funciones siguientes:
La  División  de  Investigación  de  Lavado  de  Activos
provenientes de Delitos Comunes es la unidad orgánica de
carácter  técnico, operativo  y especializado;  responsable
de  prevenir,   combatir,  investigar   y  denunciar   bajo  la
conducción  jurídica  del  ?scal,  los actos  de  conversión,
transferencia,  ocultamiento y  tenencia de  dinero, bienes
efectos  o ganancias,  cometidos  por  personas naturales
y/o
jurídicas   o   por   organizaciones   criminales,   cuyo
origen  ilícito  se presume  que  provengan  de  los  delitos
comunes  a  nivel  nacional,  con  excepción   de  aquellos
provenientes  del  trá?co   ilícito  de  drogas,  terrorismo  y
crimen organizado;  en el marco  de la normativa  sobre la
materia.
Depende de  la Dirección  de Investigación de  Lavado
de Activos y está a cargo de un  O?cial Superior de Armas
de la Policía  Nacional del Perú  en situación de actividad,
en el grado de Coronel.
La  División  de  Investigación  de  Lavado  de  Activos
provenientes de  Delitos Comunes  de la  Policía Nacional
del Perú tiene las funciones siguientes:
1)  Prevenir, combatir,  investigar  y  denunciar  bajo la
conducción jurídica del ?scal especializado, a las personas
que intervienen individual o colectivamente en  el delito de
lavado de  activos  y pérdida  de dominio,  mediante actos
de  conversión,   transferencia,   ocultamiento  y   tenencia
y   transporte  de   dinero,   bienes   efectos  o   ganancias
procedentes  de   la  comisión  de  delitos   cometidos  por
organizaciones criminales a nivel nacional, con  excepción
de aquellos  que  provienen del  trá?co ilícito  de drogas  y
?nanciamiento del terrorismo;
1)
Prevenir, combatir, investigar, identi?car y denunciar
a   las  personas   naturales,   jurídicas  u   organizaciones
criminales  implicadas  en el  delito  de  lavado  de activos
provenientes   de  los   delitos   comunes  que   produzcan
ganancias   ilegales  u   otras   que   solicite  el   Ministerio
Público  en  el ámbito  nacional,  excepto  de  trá?co ilícito
de drogas,  terrorismo  y crimen  organizado, en  el marco
de la  normativa legal  sobre la  materia, actuando  bajo la
conducción jurídica del ?scal;
2)
Ejecutar
operaciones
policiales
tendentes
a
identi?car,  ubicar y  capturar  a  las personas  naturales  y
jurídicas implicadas en lavado de activos provenientes del
crimen organizado a nivel nacional;
3)  Detener  a  los  presuntos  autores y  partícipes  en
caso  de   ?agrante  delito,  actuando   de  acuerdo   a  los
procedimientos legales vigentes;
4) Coordinar  con  el Ministerio  Público las  diligencias
a realizar  con el  propósito de  fortalecer  la investigación,
orientada  a   la  identi?cación  de   personas  naturales   o
jurídicas  que se  desprenden  dentro de  la  investigación,
solicitando su inclusión en el proceso;
5) Acopiar información  y solicitar al  Ministerio Público
la apertura de  investigación policial por  el presunto delito
de  lavado  de  activos  a  personas  naturales  y  jurídicas
implicadas en  crimen  organizado a  nivel nacional,  en  el
marco de la normativa legal sobre la materia;
2)
Detectar
e
investigar
las
actividades
de
?nanciamiento a la  comisión de delitos comunes,  aunque
éstas  provengan  de  actividades  lícitas  o  de  apoyo  de
personas naturales y/o jurídicas nacionales o extranjeras;
3)
Solicitar   al   Ministerio   Público   la   apertura   de
investigación preliminar  a  personas naturales  y jurídicas
implicadas   en  presunto   delito   de   lavado   de  activos
provenientes  de   delitos  comunes,  en   el  marco  de   la
normativa legal sobre la materia;
4)
Coordinar con  el  Ministerio Público  las diligencias
a realizar  con el  propósito de  fortalecer  la investigación,
orientada  a  la  identi?cación  de  personas  naturales  y/o
jurídicas  detectadas   en  el   curso   de  la   investigación,
solicitando  su  inclusión   en  el  proceso;  conforme  a   la
normativa sobre la materia;
6) Solicitar a través del  Ministerio Público las medidas
limitativas   de  derechos   orientadas   a  incautar   bienes
inmuebles,  vehículos,  naves,  aeronaves  y  otros bienes
de   las   personas   naturales   y   jurídicas
implicadas en operaciones de lavado de activos vinculadas
al  crimen organizado;  de conformidad  con  la legislación
sobre la materia;
patrimoniales
5)
Acopiar  y  proteger  todos  los  medios  de  prueba
con el protocolo  y las garantías previstas  en la normativa
vigente; así como, solicitar las  pericias necesarias para el
cumplimiento de la investigación;
7)  Acopiar  y  proteger  todos  los  medios  de  prueba
con el protocolo  y las garantías previstas  en la normativa
vigente; así como, solicitar las  pericias necesarias para el
cumplimiento de la investigación;
6)
Solicitar a través del Ministerio  Público las medidas
limitativas  de  derecho  y  medidas  de coerción  procesal
contra  los investigados,  bienes  muebles e  inmuebles,  y
otros activos  comprendidos en la  investigación por  delito
de lavado de activos provenientes de delitos comunes;
8)
Investigar   procesos   por   pérdida    de   dominio,
contenidos en los expedientes provenientes del  Ministerio
Público;
7)
Ejecutar
operaciones    policiales   tendentes    a
ubicar   y    capturar   a   personas    naturales
vinculadas o  pertenecientes  a organizaciones  criminales
dedicadas al  delito de lavado  de activos provenientes  de
delitos comunes;
9) Plani?car, organizar, ejecutar, controlar y supervisar
la  ejecución   de  incautaciones  y/o  inmovilizaciones   de
medios probatorios,  bienes inmuebles,  vehículos, naves,
aeronaves y  otros  bienes patrimoniales  de las  personas
naturales y  jurídicas implicadas en  el delito de lavado  de
activos, provenientes de la comisión de  delitos vinculados
al crimen organizado,  observando la cadena de  custodia;
de conformidad con la legislación sobre la materia;
10) Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su ámbito funcional;
11) Asesorar al Director de Investigación de Lavado de
Activos en asuntos de su competencia; y,
12)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el  Director de  Investigación de  Lavado  de Activos  de la
Policía Nacional del Perú le asigne.
identi?car,
8)
Detener  a  los  presuntos  autores  y partícipes  en
caso  de   ?agrante  delito,  actuando   de  acuerdo   a  los
procedimientos legales vigentes;
9)
Informar y  emitir opinión  técnica sobre asuntos  de
su competencia;
10)
Asesorar al Director de Investigación de Lavado de
Activos en asuntos de su competencia; y,
11)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el  Director de  Investigación de  Lavado  de Activos  de la
Policía Nacional del Perú le asigne.
58
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
Artículo 137.- División  de Investigación de Lavado      orgánica de  carácter  técnico,  operativo y  especializado;
de Activos provenientes del Terrorismo
responsable  de  prevenir,  promover,  combatir, investigar
y   denunciar   bajo    la   conducción   jurídica    del   ?scal
La  División  de  Investigación  de  Lavado  de  Activos
provenientes  del  Terrorismo  es   la  unidad  orgánica  de
carácter  técnico, operativo  y  especializado; responsable
de  prevenir,   combatir,   investigar  y   denunciar  bajo   la
conducción  jurídica   del  ?scal  especializado,   los  actos
de  conversión,   transferencia,   ocultamiento  y   tenencia
de  dinero,  bienes  efectos  o  ganancias,   cometidos  por
personas  naturales  y/o   jurídicas  o  por   organizaciones
criminales, cuyo  origen ilícito se presume  que provengan
de los delitos de terrorismo o ?nanciamiento al terrorismo a
nivel nacional e internacional, incluyendo las que provienen
de actividades  legales; de  conformidad con  la normativa
sobre la materia.
especializado,  los   actos   de  conversión,   transferencia,
ocultamiento  y   tenencia  de   dinero,  bienes,  efectos   o
ganancias, cometidos por personas naturales y/o jurídicas
o  por  organizaciones  criminales,  cuyo  origen   ilícito  se
presume  que  provengan  del  trá?co  ilícito  de  drogas  y
delitos  conexos a  nivel nacional,  de  conformidad con  la
normativa sobre la materia.
Asimismo, coordina y puede contar con la cooperación
y  apoyo  de  organizaciones  extranjeras  similares  en  el
marco de su competencia funcional.
Depende de  la Dirección  de Investigación de  Lavado
de Activos y está a cargo de un  O?cial Superior de Armas
de la Policía  Nacional del Perú  en situación de actividad,
en el grado de Coronel.
La  División  de  Investigación  de  Lavado  de  Activos
provenientes  del  Trá?co  Ilícito de  Drogas  de  la  Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
Asimismo, coordina y puede contar con la cooperación
y  apoyo  de  organizaciones  extranjeras  similares  en  el
marco de su competencia funcional.
Depende de  la Dirección  de Investigación de  Lavado
de Activos y está a cargo de un  O?cial Superior de Armas
de la Policía  Nacional del Perú  en situación de actividad,
en el grado de Coronel.
La  División  de  Investigación  de  Lavado  de  Activos
provenientes del Terrorismo de la Policía Nacional del Perú
tiene las funciones siguientes:
1) Prevenir,  promover, combatir,  investigar, identi?car
y   denunciar   a    las   personas   naturales,   jurídicas    u
organizaciones   criminales  implicadas   en   el  delito   de
lavado de activos provenientes del trá?co ilícito  de drogas
y  delitos  conexos  a  nivel  nacional,  mediante  actos  de
conversión,  transferencia,   ocultamiento   y  tenencia   de
dinero,  bienes,  efectos   o  ganancias,  así  como   dinero
títulos o  valores procedentes de  la comisión  de delitos o
actividades lícitas  o como  integrantes de  organizaciones
criminales vinculadas al trá?co ilícito de drogas;
1)
Prevenir, combatir, investigar, identi?car y denunciar
a   las  personas   naturales,   jurídicas   y  organizaciones
criminales  implicadas  en el  delito  de  lavado  de activos
provenientes  del  delito  de  terrorismo   a  nivel  nacional,
mediante actos de conversión, transferencia, ocultamiento
y
tenencia
de
dinero,
bienes,
efectos
o
ganancias
2) Plani?car, organizar, ejecutar, controlar y supervisar
la   ejecución  de   incautaciones   de  bienes   muebles   e
inmuebles, en  vía de  medidas cautelares  y/o sentencias
declarativas  en los  procesos de  pérdida  de dominio,  de
conformidad a los dispositivos legales en vigencia;
procedentes de la comisión de delitos o actividades ilícitas
y/o como integrantes de organizaciones criminales;
de
?nanciamiento del terrorismo, que involucra la  solicitud, la
recolección de fondos u otros  bienes con la intención que
sean utilizados para apoyar al terrorismo, actos terroristas
u organizaciones  terroristas, aunque éstas  provengan de
actividades  lícitas o  de  apoyo  de  personas naturales  o
jurídicas nacionales y extranjeras;
2)
Detectar
e
investigar
las
actividades
3)
Ejecutar
operaciones
policiales
tendentes
a
identi?car,  ubicar  y   capturar  a  las  personas   naturales
y  jurídicas   implicadas   o  vinculadas   a  organizaciones
criminales dedicadas al lavado de activos provenientes del
trá?co ilícito de drogas y delitos conexos;
3)
Coordinar con  el  Ministerio Público  las diligencias
4)  Detener  a  los  presuntos  autores y  partícipes  en
caso  de   ?agrante  delito,  actuando   de  acuerdo   a  los
procedimientos legales vigentes;
a realizar  con el  propósito de  fortalecer  la investigación,
orientada  a   la  identi?cación  de   personas  naturales   o
jurídicas  que se  desprenden  dentro de  la  investigación,
solicitando su inclusión en el proceso;
5) Coordinar  con  el Ministerio  Público las  diligencias
a realizar  con el  propósito de  fortalecer  la investigación,
orientada  a   la  identi?cación  de   personas  naturales   o
jurídicas  que se  desprenden  dentro de  la  investigación,
solicitando su inclusión en el proceso;
4)
Incautar   bienes   inmuebles,    vehículos,   naves,
aeronaves y  otros  bienes patrimoniales  de las  personas
naturales y  jurídicas implicadas en  el delito de lavado  de
activos provenientes de la comisión del delito de terrorismo
o ?nanciamiento al terrorismo;
6)
Solicitar   al   Ministerio   Público   la   apertura   de
investigación policial  por el  presunto delito  de lavado  de
activos  a  personas  naturales  y  jurídicas  implicadas  en
trá?co ilícito de drogas a  nivel nacional, en el marco de la
normativa legal sobre la materia;
5)
Solicitar   a   través    del   Ministerio   Público   las
medidas  limitativas  de  derechos   orientadas  a  incautar
bienes
inmuebles,
vehículos,
naves,
aeronaves
y
otros  bienes  patrimoniales de  las  personas  naturales  y
jurídicas implicadas  en operaciones de lavado  de activos
provenientes del  delito de  terrorismo  o ?nanciamiento  al
terrorismo;  de  conformidad  con  la  legislación   sobre  la
materia;
7)   Solicitar   a    través   del   Ministerio   Público    las
medidas  limitativas  de  derechos   orientadas  a  incautar
bienes
inmuebles,
vehículos,
naves,
aeronaves
y
otros  bienes  patrimoniales de  las  personas  naturales  y
jurídicas implicadas  en operaciones de lavado  de activos
provenientes del trá?co ilícito de drogas  y delitos conexos
a nivel  nacional; de conformidad  con la legislación  sobre
la materia;
8) Acopiar información  y solicitar al  Ministerio Público
apertura  de  investigación  en  procesos   por  pérdida  de
dominio, en el marco de la normativa sobre la materia;
9)  Acopiar  y  proteger  todos  los  medios  de  prueba
con el protocolo  y las garantías previstas  en la normativa
vigente; así como, solicitar las  pericias necesarias para el
cumplimiento de la investigación;
10)   Investigar   procesos  por   pérdida   de   dominio,
contenidos en los expedientes provenientes del  Ministerio
Público;
11) Coordinar con las entidades públicas, privadas y de
cooperación comprometidas en la Lucha Contra el Lavado
de  Activos  del  Trá?co  Ilícito  de   Drogas,  en  el  ámbito
nacional e internacional;
6)
Ejecutar
operaciones    policiales   tendentes    a
ubicar   y    capturar   a   personas    naturales
vinculadas o  pertenecientes  a organizaciones  criminales
dedicadas al  delito de  lavado de  activos proveniente  del
delito de terrorismo y ?nanciamiento al terrorismo;
identi?car,
7)
Acopiar  y  proteger  todos  los  medios  de  prueba
con el protocolo  y las garantías previstas  en la normativa
vigente; así como, solicitar las  pericias necesarias para el
cumplimiento de la investigación;
8)
Detener  a  los  presuntos  autores  y partícipes  en
caso  de   ?agrante  delito,  actuando   de  acuerdo   a  los
procedimientos legales vigentes;
9)
Informar y emitir opinión técnica sobre asuntos de su
ámbito funcional;
10)
Asesorar al Director de Investigación de Lavado de
Activos en asuntos de su competencia; y,
11)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el  Director de  Investigación de  Lavado  de Activos  de la
Policía Nacional del Perú le asigne.
12) Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su ámbito funcional;
13) Asesorar al Director de Investigación de Lavado de
Activos en asuntos de su competencia; y,
Artículo 138.- División  de Investigación de Lavado
de Activos provenientes del Trá?co Ilícito de Drogas
La  División  de  Investigación  de  Lavado  de  Activos
provenientes  del  Trá?co  Ilícito  de Drogas  es  la  unidad
14)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el  Director de  Investigación de  Lavado  de Activos  de la
Policía Nacional del Perú le asigne.
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
59
Artículo  139.-  División   de  Inteligencia  contra  el      de órganos); en el marco de la normativa sobre la materia;
Lavado de Activos
División   de   Inteligencia  contra   el   Lavado   de
2) Ejecutar la búsqueda de  personas desaparecidas e
investigar los delitos concurrentes;
3) Plani?car y conducir operativamente la investigación
material del delito, bajo la conducción jurídica del ?scal, en
concordancia con las leyes de la materia;
4) Recibir, registrar y diligenciar las denuncias directas,
las   procedentes  del   Ministerio   Público,  de   entidades
públicas y privadas, de otras unidades orgánicas policiales
o de la  sociedad civil a través de  los canales de atención
y denuncias del Sector Interior puestas a disposición de la
ciudadanía;
La
Activos es  la unidad  orgánica  especializada y  operativa;
responsable  de producir  inteligencia  y contrainteligencia
policial  en  materia   de  lavado  de  activos  provenientes
de  delitos comunes,  crimen organizado,  trá?co  ilícito de
drogas  y ?nanciamiento  del  terrorismo  a nivel  nacional,
pudiendo contar con  la cooperación y apoyo  de agencias
internacionales, de conformidad con los lineamientos de la
Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional del Perú.
Forma  parte  integrante  del  Sistema  de  Inteligencia
Policial (SIPOL) que  dirige la Dirección de Inteligencia  de
la Policía Nacional del Perú.
5)  Participar, consolidar  y  sustentar la  programación
de actividades anual  articulado al cuadro de necesidades
y  asignación  presupuestal, proponiendo  los  indicadores
de  productos  y  procesos;  así  como,  formular,  aprobar,
ejecutar y evaluar el Plan de Trabajo Anual de la Dirección
a su cargo, concordante con el Plan Operativo Anual de la
Policía Nacional del  Perú, Planes Generales  y Planes de
Operaciones;
Depende de  la Dirección  de Investigación de  Lavado
de Activos y está a cargo de un  O?cial Superior de Armas
de la Policía  Nacional del Perú  en situación de actividad,
en  el  grado   de  Coronel  o   Comandante,  debidamente
cali?cado y especializado en inteligencia policial.
La
División   de   Inteligencia  contra   el   Lavado   de
Activos de la Policía Nacional del Perú tiene las funciones
siguientes:
6)
Dirigir, coordinar,  evaluar, controlar  y supervisar  la
formulación de los Planes de Operaciones de la Dirección
a su  cargo, en  el marco  del cumplimiento  de los  Planes
Generales dispuestos  y  aprobados por  la Sub  Dirección
General de  la Policía  Nacional del  Perú y  los Planes  de
Operaciones  de  la  Dirección  Nacional  de  Investigación
Criminal; considerando en el planeamiento los documentos
de inteligencia que correspondan;
1)
Producir  inteligencia   y  contrainteligencia  policial
en   materia  del   ámbito  funcional   de   la  Dirección   de
Investigación de  Lavado de Activos,  de conformidad  con
los  lineamientos  de  la   Dirección  de  Inteligencia  de  la
Policía Nacional del Perú;
2)
Ejecutar operaciones especiales de  inteligencia, en
7)
Aprobar
la
formulación
de
las
Ordenes
ejecutar
de
las
el marco del campo funcional de su competencia;
Operaciones
que
deberán
desarrollar
y
3)
Obtener información en el ámbito de sus  funciones,
diversas unidades  orgánicas que  componen la  Dirección
a  su  cargo;  de  conformidad con  los  Planes  Generales
dispuestos y  aprobados por la  Sub Dirección General  de
la Policía Nacional  del Perú y los  Planes de Operaciones
de la Dirección Nacional de Investigación Criminal, para el
ejercicio operativo de la función policial;
en apoyo  a los órganos de  inteligencia que conforman  el
Sistema de Inteligencia Policial (SIPOL);
4)
Asesorar al Director de  Investigación de Lavado de
Activos de la  Policía Nacional del  Perú en asuntos  de su
competencia; y,
5)
Las   demás  funciones   que   le   corresponda  de
8)
CoordinarconelMinisterioPúblico,laimplementación
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el  Director de  Investigación de  Lavado  de Activos  de la
Policía Nacional del Perú le asigne.
de  las  medidas  de  protección,  cuando   exista  grave  e
inminente riesgo para la  vida o integridad personal de  las
víctimas,  agraviados,  testigos,  peritos,  colaboradores  y
familiares dependientes, conforme a la legislación vigente;
Artículo 140.- Dirección contra la Trata de Personas
y Trá?co Ilícito de Migrantes
9)
Garantizar la con?dencialidad, seguridad, el respeto
a los derechos humanos y la integridad, de la víctima y sus
familiares dependientes durante la  etapa de investigación
policial;
La  Dirección  contra  la  Trata de  Personas  y  Trá?co
Ilícito de Migrantes es el órgano especializado, de carácter
técnico  y sistémico,  normativo  y  operativo;  responsable
de  prevenir,   investigar,   combatir  y   denunciar  bajo   la
conducción jurídica del ?scal, el accionar delictivo y criminal
que viole el derecho de las personas que atenten contra su
libertad y dignidad,  el trá?co ilícito de  migrantes, órganos
y tejidos humanos,  en todas sus modalidades; acopiando
10)
Evaluar,   actualizar   y   proponer   estrategias   y
procedimientos  para  las  técnicas  de  operatoria  policial
dentro del ámbito de su competencia;
11)
Plani?car, organizar,  dirigir y ejecutar operaciones
policiales  orientadas a  prevenir, combatir  e  investigar la
trata de  personas y  el trá?co  ilícito de  migrantes  a nivel
nacional;
los
indicios,   evidencias   y/o    pruebas   incriminatorias,
rescatando   y  liberando   a   las   víctimas;  identi?cando,
ubicando y  capturando a los  autores, que integren  redes
de tratantes,  nacionales  o extranjeras,  para ser  puestos
a disposición de la  autoridad competente; en el marco  de
la normativa  sobre la materia.  Tiene competencia a  nivel
nacional.
12)
Dirigir  a nivel  nacional  las  acciones del  sistema
policial  contra la  trata  de personas  y el  trá?co  ilícito de
migrantes; así  como,  diseñar, implementar  y administrar
los registros de criminalidad en esta materia;
13)
Coordinar   con   los   representantes  del   Poder
Judicial y Ministerio Público, sobre aspectos referidos  a la
función de prevención,  investigación y combate  del delito
de trata  de personas y  el trá?co ilícito  de migrantes, que
desarrollan las unidades  orgánicas de la Dirección contra
la Trata  de Personas  y  Trá?co Ilícito  de Migrantes  y los
que conforman el sistema policial de investigación criminal
en  esta  materia a  nivel  nacional;  así  como,  elaborar  y
proponer programas, protocolos y acciones conjuntas para
articular la persecución del delito;
Asimismo,
realiza
la
búsqueda
de
personas
desaparecidas, identi?cando a los responsables, cómplices
o autores.
La Dirección contra la Trata de Personas y Trá?co Ilícito
de Migrantes, coordina y puede contar con la cooperación
y  apoyo  de  organizaciones  extranjeras  similares  en  el
ámbito de su competencia funcional.
Depende  de  la  Dirección  Nacional  de  Investigación
Criminal y está a cargo de un O?cial General de Armas de
la Policía Nacional  del Perú en  situación de actividad, en
el grado de General.
14)
Coordinar  y  atender  los   requerimientos  de  las
judiciales,    Ministerio   Público    y    demás
autoridades
autoridades competentes en el marco de la normativa legal
sobre la materia;
La  Dirección  contra  la  Trata de  Personas  y  Trá?co
Ilícito de  Migrantes de  la Policía  Nacional del Perú  tiene
las funciones siguientes:
15)
Promover
y
proponer
la
suscripción
de
convenios
especiales
con
organizaciones
nacionales
e internacionales  que apoyan  la lucha  contra la  trata de
personas  y el  trá?co  ilícito  de migrantes  en  materia  de
intercambio de  información, capacitación, especialización
y equipamiento de la Dirección contra la Trata de Personas
y  Trá?co  Ilícito de  Migrantes  y  unidades  policiales  que
ejecutan funciones  del sistema  policial contra  la trata  de
personas y trá?co ilícito  de migrantes a nivel nacional,  en
coordinación con la  Sub Dirección General o  la Dirección
de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú,
en el ámbito de su competencia;
1)
Prevenir,  investigar,  combatir y  denunciar  a  nivel
nacional  los  ilícitos  que  se  deriven de  la  captación,  el
transporte,  el   traslado,  la   acogida  o  la   recepción  de
personas, recurriendo a la  amenaza o al uso de  la fuerza
u otras formas de coacción, al rapto,  al fraude, al engaño,
al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o la
concesión o recepción de pagos o bene?cios para obtener
el  consentimiento  de una  persona  que  tenga  autoridad
sobre otra,  con ?nes de  explotación (prostitución ajena  u
otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios
forzados,  la   esclavitud  o  las   prácticas  análogas  a   la
esclavitud, la servidumbre, trá?co de niños o  la extracción
16)  Dirigir las  acciones y  operaciones  especiales de
inteligencia y contrainteligencia policial en el ámbito  de su
60
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
competencia funcional, pudiendo contar con la cooperación
y apoyo de agencias internacionales;
distintas  modalidades  delictivas  a  nivel  nacional;  en  el
marco de la normativa sobre la materia;
3)   Prevenir,   combatir,   investigar   y   denunciar  los
delitos contra la  libertad - trata de  personas, con ?nes de
mendicidad, venta  de niños,  trá?co de  órganos  y tejidos
humanos;  de   conformidad  con   la  normativa   sobre  la
materia;
4) Coordinar  con  el Ministerio  Público las  diligencias
a realizar  con el  propósito de  fortalecer  la investigación,
orientada a  la identi?cación de  implicados en el delito  de
trata de  personas  y delitos  conexos que  se desprenden
dentro de  la  investigación, solicitando  su inclusión  en el
proceso;
5)  Acopiar  y  proteger  todos  los  medios  de  prueba
conforme  al   protocolo   de  cadena   de  custodia   y   las
garantías  previstas  en  la  normativa  vigente;  así  como,
solicitar las  pericias  necesarias para  el cumplimiento  de
la investigación;
6) Informar y emitir opinión técnica sobre asuntos de su
ámbito funcional;
17)
Coordinar  el  apoyo   necesario  de  los   diversos
órganos
de
la
Policía
Nacional
del
Perú,
para
el
planeamiento y empleo de las fuerzas, en las operaciones
conjuntas y simultáneas contra la  criminalidad organizada
de trata de personas y el trá?co ilícito de migrantes a nivel
nacional;
18)
Dirigir   y   supervisar   el   proceso   de   registro,
recopilación  y análisis  de la  información  estadística que
produzca la Dirección a su cargo, para una adecuada toma
de decisiones,  de conformidad  con los  lineamientos que
dicte la  División de Estadística  de la Policía Nacional  del
Perú;
19)
Transmitir información para alimentar  los registros
y  bases  de  datos  del  Registro  Nacional  de  Seguridad
Pública que  administra  la Dirección  de Tecnología  de la
Información y  Comunicaciones de la  Policía Nacional del
Perú;
20)
Coordinar  y  gestionar ante  la  Escuela  Nacional
Profesional    Policial   la    capacitación,
7)
Asesorar al  Director contra la  Trata de Personas  y
de
Formación
Trá?co Ilícito de Migrantes en asuntos de su competencia;
especialización  y actualización  permanente del  personal
policial de la Dirección a su cargo, en materias relacionadas
con su campo funcional;
y,
8)
Las demás funciones que le corresponda de acuerdo
a las disposiciones legales vigentes y otras que el Director
contra la Trata  de Personas y  Trá?co Ilícito de  Migrantes
de la Policía Nacional del Perú le asigne.
21)
Administrar los  recursos asignados a  la Dirección
a  su   cargo,  con  criterios  de   e?ciencia  y  e?cacia,   de
conformidad con el marco legal vigente;
22)
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
Artículo 143.-  División de Investigación  de Trá?co
Ilícito de Migrantes
La   División  de   Investigación  de   Trá?co   Ilícito  de
Migrantes  es   la  unidad  orgánica   de  carácter  técnico,
su competencia;
23)
Asesorar  al  Director   Nacional  de  Investigación
Criminal de la Policía Nacional  del Perú en asuntos de su
competencia; y,
operativo
combatir,
y   especializado;   responsable    de   prevenir,
investigar   y   denunciar   bajo   la   conducción
24)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director Nacional de Investigación Criminal de la Policía
Nacional del Perú le asigne.
jurídica del  ?scal, los  delitos contra  el orden migratorio  -
trá?co  ilícito  de  migrantes  a  nivel   nacional,  acopiando
los
elementos   de   juicio   y/o   pruebas   incriminatorias,
rescatando   a  las   víctimas;   identi?cando,   ubicando   y
capturando a  los autores y  partícipes que integren  redes
de  tra?cantes,  nacionales   o  transnacionales,  para   ser
puestos a  disposición de  la autoridad  competente; en  el
marco de la normativa sobre la materia.
Asimismo, coordina y puede contar con la cooperación
y  apoyo  de  organizaciones  extranjeras  similares  en  el
ámbito de su competencia funcional.
Depende de  la Dirección contra  la Trata de Personas
y Trá?co Ilícito  de Migrantes y  está a cargo  de un O?cial
Superior  de  Armas de  la  Policía  Nacional  del  Perú  en
situación de actividad, en el grado de Coronel.
La   División  de   Investigación  de   Trá?co   Ilícito  de
Migrantes  de   la   Policía  Nacional   del  Perú   tiene   las
funciones siguientes:
Artículo 141.-  Estructura de  la Dirección contra  la
Trata de Personas y Trá?co Ilícito de Migrantes
La Dirección contra la Trata de Personas y Trá?co Ilícito
de Migrantes para el cumplimiento de sus funciones cuenta
con las unidades orgánicas especializadas siguientes:
a. División de Investigación de Trata de Personas;
b.   División  de   Investigación   de   Trá?co  Ilícito   de
Migrantes;
c. División  de Investigación y  Búsqueda de Personas
Desaparecidas; y,
d. División de Inteligencia contra la Trata de Personas.
Artículo 142.- División de Investigación de Trata de
Personas
La  División  de  Investigación  de  Trata  de  Personas
es  la   unidad  orgánica   de  carácter   técnico,  operativo
1)
Prevenir, combatir, investigar y denunciar los delitos
contra  el  orden  migratorio  -  trá?co  ilícito  de  migrantes
y
especializado;   responsable   de    prevenir,   combatir,
a
nivel   nacional,   cometidos  por   personas   naturales,
investigar y denunciar bajo la conducción jurídica del ?scal,
los delitos  contra la libertad –  trata de personas  y delitos
conexos  a  nivel  nacional;  acopiando  los  elementos  de
juicio y/o  pruebas incriminatorias, rescatando  y liberando
a  las  víctimas;  identi?cando,  ubicando  y  capturando  a
los autores  y partícipes  que integren  redes de  tratantes,
jurídicas  y  organizaciones criminales,  en  sus  diferentes
modalidades; en el marco de la normativa sobre la materia;
2)
Ejecutar  acciones   policiales  de  persecución   de
agentes  y  organizaciones criminales  involucradas  en  el
delito contra el orden migratorio - trá?co ilícito de migrantes
a nivel  nacional,  que se  transportan o  trasladan  por vía
terrestre, vía  aérea  y/o marítima;  de conformidad  con la
normativa sobre la materia;
nacionales
o   transnacionales,    para   ser    puestos   a
disposición de la autoridad competente; en  el marco de la
normativa sobre la materia.
3)
Ejecutar  el  rescate  de  víctimas   de  trá?co  ilícito
Asimismo, coordina y puede contar con la cooperación
y  apoyo  de  organizaciones  extranjeras  similares  en  el
ámbito de su competencia funcional.
Depende de la  Dirección Contra la Trata de  Personas
y Trá?co Ilícito  de Migrantes y  está a cargo  de un O?cial
Superior  de  Armas de  la  Policía  Nacional  del  Perú  en
situación de actividad, en el grado de Coronel.
de   migrantes  de   distintas   nacionalidades  y   proceder
conforme a los protocolos y procedimientos regulados por
la normativa de la materia;
4)
Coordinar con  el  Ministerio Público  las diligencias
a realizar  con el  propósito de  fortalecer  la investigación,
orientada a  la identi?cación de  implicados en el delito  de
trá?co ilícito de migrantes que se desprenden dentro de la
investigación, solicitando su inclusión en el proceso;
La División de  Investigación de Trata de  Personas de
la Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
5)
Acopiar  y  proteger  todos  los  medios  de  prueba
conforme  al   protocolo   de  cadena   de  custodia   y   las
garantías  previstas  en  la  normativa  vigente;  así  como,
solicitar las  pericias  necesarias para  el cumplimiento  de
la investigación;
1)
Planear, organizar, dirigir y controlar las operaciones
policiales  tendientes  al  rescate  de  las  víctimas  y  a  la
identi?cación,  ubicación y  captura  de  presuntos autores
y partícipes  de los delitos de  trata de personas  con ?nes
de explotación  a nivel  nacional; conforme a  la normativa
sobre la materia;
6)
Informar y emitir opinión técnica sobre asuntos de su
ámbito funcional;
7)
Asesorar al  Director contra la  Trata de Personas  y
2)
Ejecutar  acciones   policiales  de  persecución   de
Trá?co Ilícito de Migrantes en asuntos de su competencia;
y,
agentes   y  organizaciones   criminales   involucradas   en
el  delito contra  la libertad  -  trata de  personas  con ?nes
de  explotación sexual,  laboral  y delitos  conexos  en sus
8) Las demás funciones que le corresponda de acuerdo
a las disposiciones legales vigentes y otras que el Director
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
61
contra la Trata  de Personas y  Trá?co Ilícito de  Migrantes
2) Ejecutar operaciones especiales  de inteligencia, en
el marco del campo funcional de su competencia;
de la Policía Nacional del Perú le asigne.
3)
Obtener información en el ámbito de sus  funciones,
Artículo 144.- División de Investigación y Búsqueda    en apoyo  a los órganos  de inteligencia que  conforman el
de Personas Desaparecidas
Sistema de Inteligencia Policial (SIPOL);
La División de Investigación  y Búsqueda de Personas
Desaparecidas, es la unidad orgánica de carácter técnico,
operativo  y  especializado;  responsable  de  investigar   y
realizar  la   búsqueda  de   personas  desaparecidas;  así
como, de investigar la comisión de delitos concurrentes; a
?n de identi?car, ubicar y capturar a los presuntos autores o
infractores, para ser puestos a disposición de  la autoridad
competente; en el marco de la normativa sobre la materia.
Depende de  la Dirección contra  la Trata de Personas
y Trá?co Ilícito  de Migrantes y  está a cargo  de un O?cial
Superior  de  Armas de  la  Policía  Nacional  del  Perú  en
situación de actividad, en el grado de Coronel.
4) Asesorar al  Director contra  la Trata de  Personas y
Trá?co Ilícito de Migrantes de la Policía  Nacional del Perú
en asuntos de su competencia; y,
5) Las demás funciones que le corresponda de acuerdo
a las disposiciones legales vigentes y otras que el Director
contra la Trata  de Personas y  Trá?co Ilícito de  Migrantes
de la Policía Nacional del Perú le asigne.
Artículo 146.- Dirección contra la Corrupción
Dirección   contra   la  Corrupción   es   el   órgano
La
especializado, de  carácter técnico y  sistémico, normativo
y operativo;  responsable de prevenir,  investigar, combatir
y   denunciar   bajo    la   conducción   jurídica    del   ?scal
especializado, los delitos contra la administración pública y
conexos, cometidos por funcionarios o servidores públicos
y  particulares en  agravio del  Estado,  en el  marco de  la
normativa  legal  sobre  la  materia. Tiene  competencia  a
nivel nacional.
La División de Investigación  y Búsqueda de Personas
Desaparecidas de  la  Policía Nacional  del Perú  tiene las
funciones siguientes:
1)
Investigar  y   realizar  la   búsqueda  de   personas
así    como,    efectuar    diligencias    de
desaparecidas;
investigación  en la  comisión de  los  delitos concurrentes
contra  la   familia,  contra  la   libertad  y  otros,   a  ?n  de
identi?car, ubicar  y capturar a  los autores y/o  infractores,
para ser puestos a disposición de la autoridad competente;
en el marco de la normativa sobre la materia;
Asimismo, coordina y puede contar con la cooperación
y  apoyo  de  organizaciones  extranjeras  similares  en  el
ámbito de su competencia funcional.
Depende  de  la  Dirección  Nacional  de  Investigación
Criminal y está a cargo de un O?cial General de Armas de
la Policía Nacional  del Perú en  situación de actividad, en
el grado de General.
La Dirección contra la Corrupción de la Policía Nacional
del Perú tiene las funciones siguientes:
2)
Investigar, denunciar y combatir el crimen organizado
y otros hechos trascendentes que guarden relación con la
desaparición de personas;
3)
Realizar  investigaciones  a solicitud  del  Ministerio
Público, en  casos de  la comisión  de  hechos delictuosos
del ámbito  funcional de  su competencia, que  hayan sido
de conocimiento de otras unidades orgánicas de la Policía
Nacional del Perú;
1) Prevenir, combatir, investigar y denunciar los delitos
contra la  administración pública  y delitos  conexos,  en el
ámbito  nacional; de  conformidad  con la  normativa  legal
sobre la materia;
2)   Prevenir,   combatir,   investigar   y   denunciar  los
delitos de corrupción de funcionarios vinculados  al crimen
organizado a nivel nacional, en el marco de los dispositivos
legales vigentes;
4)
Coordinar con  el  Ministerio Público  las diligencias
a realizar  con el  propósito de  fortalecer  la investigación,
orientada  a  la   identi?cación  de  implicados  en   hechos
delictuosos
del   ámbito   de   su   competencia   que   se
desprenden  dentro   de  la  investigación,   solicitando  su
inclusión en el proceso;
3) Plani?car y conducir operativamente la investigación
material del delito, bajo la conducción jurídica del ?scal, en
concordancia con las leyes de la materia;
5)
Acopiar  y  proteger  todos  los  medios  de  prueba
conforme  al   protocolo   de  cadena   de  custodia   y   las
garantías  previstas  en  la  normativa  vigente;  así  como,
solicitar las  pericias  necesarias para  el cumplimiento  de
la investigación;
4)
Dirigir   y    supervisar   la    protección   policial   a
colaboradores,  víctimas,   testigos  y  peritos,   vinculados
a  los  delitos  contra  la  administración  pública  y  delitos
conexos, en el  ámbito nacional, de acuerdo a  las normas
legales sobre la materia;
6)
Informar y emitir opinión técnica sobre asuntos de su
ámbito funcional;
7)
Trá?co Ilícito de Migrantes en asuntos de su competencia;
Asesorar al  Director contra la  Trata de Personas  y
5)   Apoyar  a   las   autoridades   del   Poder   Judicial,
Ministerio  Público  y  otros   organismos  del  Estado  que
realicen  la labor  de control,  ?scalización  e investigación
que deriven  en delitos  contra la  administración pública y
conexos, cometido por  funcionarios o servidores públicos
y  particulares en  agravio del  Estado,  en el  marco de  la
normativa sobre la materia;
y,
8)
Las demás funciones que le corresponda de acuerdo
a las disposiciones legales vigentes y otras que el Director
contra la Trata  de Personas y  Trá?co Ilícito de  Migrantes
de la Policía Nacional del Perú le asigne.
6)
Participar,  consolidar y  sustentar  la programación
Artículo  145.-  División   de  Inteligencia  contra  la      de actividades anual articulado  al cuadro de necesidades
Trata de Personas
y  asignación  presupuestal, proponiendo  los  indicadores
de  productos  y  procesos;  así  como,  formular,  aprobar,
ejecutar y evaluar el Plan de Trabajo Anual de la Dirección
a su cargo, concordante con el Plan Operativo Anual de la
La División de Inteligencia contra la Trata de Personas
es
la
unidad
orgánica
especializada
y
operativa;
responsable  de producir  inteligencia  y contrainteligencia
policial en  materia de  trata de  personas, trá?co ilícito  de     Policía  Nacional del Perú, Planes  Generales y Planes  de
migrantes  y  personas   desaparecidas  a  nivel  nacional,
pudiendo contar con  la cooperación y apoyo  de agencias
internacionales, de conformidad con los lineamientos de la
Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional del Perú.
Forma  parte  integrante  del  Sistema  de  Inteligencia
Policial (SIPOL) que  dirige la Dirección de Inteligencia  de
la Policía Nacional del Perú.
Depende de  la Dirección contra  la Trata de Personas
y Trá?co Ilícito  de Migrantes y  está a cargo  de un O?cial
Superior   de  Armas   de  la   Policía   Nacional  del   Perú
en  situación   de  actividad,  en   el  grado  de  Coronel   o
Comandante, debidamente  cali?cado  y especializado  en
inteligencia.
Operaciones;
7) Dirigir,  coordinar, evaluar,  controlar y  supervisar la
formulación de los Planes de Operaciones de la Dirección
a su  cargo, en  el marco  del cumplimiento  de los  Planes
Generales dispuestos  y  aprobados por  la Sub  Dirección
General de  la Policía  Nacional del  Perú y  los Planes  de
Operaciones  de  la  Dirección  Nacional  de  Investigación
Criminal; considerando en el planeamiento los documentos
de inteligencia que correspondan;
8) Aprobar las  Ordenes de Operaciones  que deberán
desarrollar  y  ejecutar  las   diversas  unidades  orgánicas
que componen  la  Dirección a  su cargo;  de  conformidad
con los  Planes Generales dispuestos  y aprobados por  la
Sub Dirección  General de  la Policía  Nacional del Perú  y
los  Planes de  Operaciones de  la  Dirección Nacional  de
Investigación  Criminal,  para el  ejercicio  operativo  de  la
función policial;
(libros,
La División de Inteligencia contra la Trata de Personas
de   la  Policía   Nacional  del   Perú   tiene  las   funciones
siguientes:
1)
Producir inteligencia y  contrainteligencia policial en
9)
Asegurar
los
documentos
privados
materia del ámbito funcional de la Dirección contra la Trata
de Personas y Trá?co Ilícito de Migrantes, de conformidad
con los lineamientos  de la Dirección  de Inteligencia de la
Policía Nacional del Perú;
comprobantes  y   documentos  contables  administrativos
u  otros)  que  puedan  servir  a  la  investigación  y  según
corresponda poner  a disposición  del ?scal para  los ?nes
de ley;
62
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
10)
Supervisar  el   allanamiento  de  locales   de  uso
Artículo 147.-  Estructura de  la Dirección contra  la
Corrupción
La Dirección Contra la Corrupción para el cumplimiento
de  sus   funciones  cuenta  con   las  unidades  orgánicas
especializadas siguientes:
público o  abierto al público,  cuando así corresponda;  así
como, vigilar y proteger el lugar de los hechos a ?n de que
no sean borrados los vestigios y huellas del delito;
11)
Supervisar   se    efectúe    bajo   inventario,    los
secuestros  e incautaciones  necesarios  en  los casos  de
delitos ?agrantes o de peligro inminente de su perpetración;
a. División  de Investigación  de Delitos de  Corrupción
vinculados al Crimen Organizado;
b.   División  de   Investigación   de  Delitos   contra   la
Administración Pública;
c. División  de Protección Especial  en Investigaciones
12)
Supervisar los  peritajes contables  ?nancieros, de
valoración  de  inmuebles,  físico-químicos  y  otros, en  el
marco de las investigaciones de su competencia;
13)
Plani?car, organizar, dirigir  y ejecutar operaciones
policiales  tendentes   a  identi?car,   ubicar  y   capturar  a      contra la Corrupción; y,
personas  vinculadas  a  organizaciones  de  corrupción  a
nivel nacional;  de conformidad con  la normativa  sobre la
materia;
Evaluar,   actualizar   y   proponer   estrategias   y
procedimientos  para  las  técnicas  de  operatoria  policial
dentro del ámbito de su competencia;
d. División de Inteligencia Anticorrupción.
Artículo 148.-  División de Investigación  de Delitos
de Corrupción vinculados al Crimen Organizado
La División de  Investigación de Delitos  de Corrupción
vinculados al Crimen Organizado es la unidad orgánica de
carácter  técnico, operativo  y  especializado; responsable
de  prevenir,   combatir,   investigar  y   denunciar  bajo   la
conducción  jurídica  del  ?scal  especializado,  los  delitos
de corrupción  de funcionarios  y otros  en el  ámbito de la
administración  pública  vinculados  al  crimen  organizado
a  nivel  nacional,  comprendidos  en  la  legislación  de  la
materia que  regula  la criminalidad  organizada; cometido
por  funcionarios,  servidores  públicos   o  particulares  en
agravio del Estado.
Asimismo, coordina y puede contar con la cooperación
y  apoyo  de  organizaciones  extranjeras  similares  en  el
ámbito de su competencia funcional.
Depende de  la Dirección  contra la  Corrupción y  está
a  cargo  de un  O?cial  Superior  de  Armas  de la  Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
14)
15)
Dirigir  a nivel  nacional  las  acciones del  sistema
policial contra la corrupción; así como, diseñar, implementar
y administrar los registros de criminalidad en esta materia;
16)
Coordinar   con   los   representantes  del   Poder
Judicial y Ministerio Público, sobre aspectos referidos  a la
función de prevención,  investigación y combate  del delito
contra  la  administración pública  y  delitos  conexos,  que
desarrollan las unidades  orgánicas de la Dirección contra
la  Corrupción  y  las  que  conforman   el  sistema  policial
contra la corrupción a nivel nacional;  así como, elaborar y
proponer programas, protocolos y acciones conjuntas para
articular la  persecución del delito;  de conformidad  con la
normativa sobre la materia;
17)
autoridades
Coordinar  y  atender  los   requerimientos  de  las
judiciales,    Ministerio   Público    y    demás
autoridades competentes en el ámbito  de sus funciones y
de la normativa legal sobre la materia;
La División de  Investigación de Delitos  de Corrupción
vinculados al Crimen Organizado de la Policía Nacional del
Perú tiene las funciones siguientes:
18)
Promover y  proponer la suscripción de  convenios
especialesconorganizacionesnacionaleseinternacionales
que apoyan  la  lucha contra  la corrupción  en materia  de
intercambio de  información, capacitación, especialización
y equipamiento de las unidades orgánicas  de la Dirección
Contra la Corrupción y las unidades policiales que ejecutan
funciones del sistema  policial contra la  corrupción a nivel
nacional,  en coordinación  con la  Sub  Dirección General
o  la Dirección  de  Asuntos  Internacionales de  la  Policía
Nacional del Perú, en el ámbito de su competencia;
1)
Prevenir, combatir, investigar y denunciar los delitos
contra la corrupción vinculados al crimen organizado a nivel
nacional, en  sus diferentes modalidades, de  conformidad
con la  normativa legal  de la  materia  en el  ámbito de  su
competencia;
2)
Identi?car,  ubicar  y capturar  a  los  integrantes de
organizaciones  criminales,  dedicadas  a  cometer  delitos
contra la corrupción comprendidos en la normatividad legal
sobre la materia;
19)
Dirigir  las acciones  y operaciones  especiales  de
inteligencia y contrainteligencia policial en el ámbito  de su
competencia funcional, pudiendo contar con la cooperación
y apoyo de agencias internacionales;
3)
Ejecutar  operaciones   policiales   de  ubicación   y
detención de los integrantes de organizaciones criminales
a nivel nacional implicados en delitos de corrupción;
20)
órganos
Coordinar  el  apoyo   necesario  de  los   diversos
de   la   Policía   Nacional   del   Perú,    para   el
4)
Investigar  y denunciar  a nivel  nacional  los delitos
planeamiento y empleo de las fuerzas, en las operaciones
conjuntas y simultáneas  contra organizaciones criminales
vinculadas a la corrupción a nivel nacional;
Dirigir   y   supervisar   el   proceso   de   registro,
recopilación  y análisis  de la  información  estadística que
produzca la Dirección a su cargo, para una adecuada toma
de decisiones,  de conformidad  con los  lineamientos que
dicte la  División de Estadística  de la Policía Nacional  del
Perú;
que,  por  su naturaleza  y  trascendencia,  se  constituyan
en investigaciones  especiales de  alta complejidad  o que
tengan carácter de criminalidad organizada transnacional,
pudiendo contar con  la cooperación y apoyo  de agencias
internacionales, en el ámbito de su competencia;
21)
5)
Ejecutar  las  investigaciones  en  el  ámbito  de  su
competencia, solicitadas por las Fiscalías a nivel nacional,
cuando fuera necesario  por la connotación de los  hechos
o su complejidad;
22)
Transmitir información para alimentar  los registros
6)
Coordinar y solicitar al Ministerio Público, las medidas
y  bases  de  datos  del  Registro  Nacional  de  Seguridad
Pública que  administra  la Dirección  de Tecnología  de la
Información y  Comunicaciones de la  Policía Nacional del
Perú;
de restricción  de derechos; así como,  otras medidas que
sean necesarias, en el marco de  su ámbito funcional y de
la normativa legal sobre la materia;
7)
Obtener,  custodiar, asegurar,  trasladar  y procesar
23)
Integrar  el  sistema  especializado  en  delitos  de
indicios, evidencias y  elementos probatorios relacionados
con la investigación de su cargo, observando la respectiva
cadena de custodia;
corrupción de  funcionarios del Estado, en  representación
de la Policía Nacional del Perú;
24)
Administrar los  recursos asignados a  la Dirección
8)
Solicitar los peritajes de  criminalística, que resulten
a  su   cargo,  con  criterios  de   e?ciencia  y  e?cacia,   de
pertinentes para la investigación;
conformidad con el marco legal vigente;
9)
y privadas con ?nes de investigación, de conformidad a  la
normativa legal vigente;
10)
Coordinar y solicitar información a entidades públicas
25)
Formación
Coordinar  y  gestionar ante  la  Escuela  Nacional
Profesional    Policial   la    capacitación,
de
especialización  y actualización  permanente del  personal
policial de la Dirección a su cargo, en materias relacionadas
con su campo funcional;
Ejecutar  investigaciones  ampliatorias  a  solicitud
del Ministerio Público, en su condición de unidad orgánica
especializada, en casos de delitos de su competencia que
hayan sido  de conocimiento de otras  unidades orgánicas
del sistema policial anticorrupción a nivel nacional;
26)
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
su competencia;
27)
Asesorar  al  Director   Nacional  de  Investigación
11)
Adoptar las medidas de seguridad y reserva de los
Criminal de la Policía Nacional  del Perú en asuntos de su
competencia; y,
documentos privados que forman parte de la investigación
a  su  cargo,  de  conformidad con  la  normativa  sobre  la
materia;
28)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director Nacional de Investigación Criminal de la Policía
Nacional del Perú le asigne.
12) Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su ámbito funcional;
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
63
13)
Asesorar  al  Director  contra la  Corrupción  de  la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
La División de Protección  Especial en Investigaciones
contra la Corrupción de  la Policía Nacional del Perú  tiene
las funciones siguientes:
14)
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director contra la  Corrupción de la Policía Nacional  del
Perú le asigne.
1)
Dirigir,   ejecutar   y   controlar    las   acciones   de
comprobación, investigación  e informe  de  riesgo para  la
prestación de la medida de protección policial, en el marco
Artículo 149.-  División de Investigación  de Delitos     de la normativa sobre la materia;
contra la Administración Pública
2) Plani?car, organizar, ejecutar, controlar y supervisar
medidas   de   protección   policial  a   colaboradores,
víctimas,  testigos  y peritos,  solicitadas  por  la  autoridad
competente;  así  como,  recomendar  e  informar  cuando
se requiera  una variación  o suspensión en  la medida  de
protección policial;
La  División   de   Investigación  de   Delitos  contra   la
Administración Pública  es la unidad  orgánica de carácter
técnico, operativo y especializado; responsable de prevenir,
combatir, investigar y denunciar bajo la conducción jurídica
del ?scal especializado, los delitos contra la administración
pública y  delitos  conexos a  nivel nacional,  cometido por
funcionarios, servidores públicos o particulares en agravio
del Estado, en el marco de la normativa legal de la materia.
Depende de  la Dirección  contra la  Corrupción y  está
a  cargo  de un  O?cial  Superior  de  Armas  de la  Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
las
3) Establecer  protocolos para mantener en  reserva la
identidad de las personas sujetas a la medida de protección
policial; de conformidad con la normativa sobre la materia;
4)   Dirigir,  organizar,   ejecutar,   evaluar,  controlar   y
supervisar las acciones para la prestación de los servicios
de la medida de protección policial de acuerdo a los niveles
de riesgo de seguridad; en el marco de la normativa sobre
la materia;
La  División   de   Investigación  de   Delitos  contra   la
Administración  Pública  de  la  Policía  Nacional del  Perú
tiene las funciones siguientes:
5)
Orientar y controlar las diligencias del levantamiento
de  las  actas correspondientes  y  otras  que  se  realicen,
observando las formalidades legales;
6)
Dirigir, controlar  y supervisar  la formulación de  los
1)
Prevenir, combatir, investigar y denunciar los delitos
documentos sobre la  instalación, ejecución y culminación
de la medida de protección policial; conforme a la normativa
sobre la materia;
contra la  administración pública y delitos  conexos a nivel
nacional,  cometido por  funcionarios,  servidores públicos
o particulares  en  agravio del  Estado, en  el  marco de  la
normativa sobre la materia;
7)
Informar y emitir opinión técnica sobre asuntos de su
ámbito funcional;
2)
Ejecutar
operaciones   policiales    de   ubicación
los   integrantes    de   organizaciones
8)
Asesorar  al  Director  contra  la   Corrupción  de  la
y
detención
de
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
criminales a nivel  nacional implicados en delitos contra  la
administración pública y delitos conexos;
Ejecutar   investigaciones   en   el   ámbito   de   su
competencia, solicitadas por las Fiscalías a nivel nacional,
cuando fuera necesario  por la connotación de los  hechos
o su complejidad;
9)
Las   demás  funciones   que   le   corresponda  de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director contra la  Corrupción de la Policía Nacional  del
Perú le asigne.
3)
Artículo
Anticorrupción
151.-
División
de
Inteligencia
4)
Coordinar y solicitar al Ministerio Público, las medidas
de restricción  de derechos; así como,  otras medidas que
sean necesarias, en  el ámbito de su  competencia y de la
normativa legal sobre la materia;
La División de Inteligencia Anticorrupción  es la unidad
orgánica
especializada   y   operativa;    responsable   de
producir inteligencia y contrainteligencia policial en materia
de delitos contra la administración pública y conexos a nivel
nacional, cometido por  funcionarios o servidores públicos
y  particulares  en  agravio  del   Estado,  pudiendo  contar
con la  cooperación y apoyo  de agencias internacionales,
de conformidad  con  los lineamientos  de la  Dirección  de
Inteligencia de la Policía Nacional del Perú.
5)
Obtener,  custodiar, asegurar,  trasladar  y procesar
indicios, evidencias y  elementos probatorios relacionados
con la investigación de su campo funcional, observando la
respectiva cadena de custodia;
6)
Solicitar los peritajes de  criminalística, que resulten
pertinentes para la investigación;
7)
y privadas con ?nes de investigación, de conformidad a  la
normativa legal vigente;
8)
Coordinar y solicitar información a entidades públicas
Forma  parte  integrante  del  Sistema  de  Inteligencia
Policial (SIPOL) que  dirige la Dirección de Inteligencia  de
la Policía Nacional del Perú.
Depende de  la Dirección  contra la  Corrupción y  está
a  cargo  de un  O?cial  Superior  de  Armas  de la  Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de  Coronel   o  Comandante,   debidamente  cali?cado   y
especializado en inteligencia policial.
La División de Inteligencia Anticorrupción de  la Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
Ejecutar investigaciones ampliatorias a  solicitud del
Ministerio  Público,  en  su condición  de  unidad  orgánica
especializada, en casos de delitos de su competencia que
hayan sido  de conocimiento  de otras unidades  policiales
que ejecutan funciones del  sistema policial anticorrupción
a nivel nacional; de conformidad con la normativa legal en
vigencia;
9)
Adoptar las medidas  de seguridad y reserva  de los
documentos privados que forman parte de la investigación
a  su  cargo,  de  conformidad con  la  normativa  sobre  la
materia;
1)
Producir  inteligencia   y  contrainteligencia  policial
en materia  del ámbito funcional  de la Dirección  contra la
Corrupción,  de  conformidad  con los  lineamientos  de  la
Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional del Perú;
10)
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
su ámbito funcional;
2)
Ejecutar operaciones especiales de  inteligencia, en
11)
Asesorar  al  Director  contra  la  Corrupción de  la
el marco del campo funcional de su competencia;
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
3)
Obtener información en el ámbito de sus  funciones,
12)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
en apoyo  a los órganos de  inteligencia que conforman  el
Sistema de Inteligencia Policial (SIPOL);
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director contra la  Corrupción de la Policía Nacional  del
Perú le asigne.
4)
Asesorar  al  Director  contra  la   Corrupción  de  la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
Las   demás  funciones   que   le   corresponda  de
5)
Artículo  150.- División  de Protección  Especial  en
Investigaciones contra la Corrupción
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director contra la  Corrupción de la Policía Nacional  del
Perú le asigne.
La División de Protección  Especial en Investigaciones
contra  la Corrupción  es  la  unidad  orgánica de  carácter
técnico y  operativo; responsable  de prestar  protección a
colaboradores, víctimas, testigos y peritos, vinculados a los
delitos contra la  administración pública y delitos conexos,
previa comprobación  e investigación;  en el  marco  de su
competencia y la normativa legal sobre la materia.
Depende  del   Director  contra  la  Corrupción   y  está
a  cargo  de un  O?cial  Superior  de  Armas  de la  Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
Artículo 152.- Dirección de Policía Fiscal
La
Dirección
de
Policía
Fiscal
es
el
órgano
especializado, de  carácter técnico y  sistémico, normativo
y operativo;  responsable de prevenir,  combatir, investigar
denunciar   bajo   la    conducción   jurídica   del   ?scal
especializado, los delitos  aduaneros, contra los  derechos
intelectuales,  contra   el  orden  económico,   ?nanciero  y
monetario,  y contra  el  patrimonio cultural,  en  todas sus
modalidades,  cometidos  por  organizaciones  criminales,
y
64
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
bandas organizadas  o  personas individuales,  nacionales
o   extranjeras,  en   agravio   del  Estado,   las   empresas
legalmente constituidas  y  de la  sociedad en  general, en
el  marco de  la  lucha contra  la delincuencia  y  el crimen
organizado. Tiene competencia a nivel nacional.
Asimismo, coordina y puede contar con la cooperación
y  apoyo  de  organizaciones  extranjeras  similares  en  el
ámbito de su competencia funcional.
Depende  de  la  Dirección  Nacional  de  Investigación
Criminal y está a cargo de un O?cial General de Armas de
la Policía Nacional  del Perú en  situación de actividad, en
el grado de General.
14)   Implementar    y   administrar   los    registros   de
criminalidad, así como dirigir a nivel nacional  las acciones
del sistema  policial  de investigación  de los  delitos en  el
ámbito de su competencia;
15) Coordinar con el Poder Judicial y Ministerio Publico,
sobre  aspectos   referidos  a  la   función  de  prevención,
investigación y combate  de los delitos en el  ámbito de su
competencia, que desarrollan las unidades orgánicas de la
Dirección de Policía  Fiscal y las unidades que  conforman
el sistema  policial sobre la  materia; así como,  elaborar y
proponer  programas,   protocolos  y   acciones  conjuntas
para articular la persecución del delito, en  el ámbito de su
competencia;
La  Dirección   de  Policía  Fiscal  tiene   las  funciones
siguientes:
16)  Coordinar  y  atender   los  requerimientos  de  las
autoridades
judiciales,
Ministerio
Público
y
demás
1)
Prevenir,
combatir,
investigar
y
denunciar
a
autoridades competentes en el ámbito  de sus funciones y
de la normativa legal sobre la materia;
nivel  nacional   los  delitos  aduaneros  relacionados   con
el
contrabando,
receptación
defraudación
?nanciamiento
de
rentas
de
aduana,
17)
Promover
y
proponer
la
suscripción
de
aduanera,
y
trá?co
de
convenios
especiales
con
organizaciones
nacionales
mercancías   prohibidas  o   restringidas;   conforme   a  la
normativa sobre la materia;
e internacionales  que  apoyan la  lucha contra  los delitos
de  su  campo  funcional   en  materia  de  intercambio  de
información, capacitación, especialización y equipamiento
de  la  Dirección  de  Policía   Fiscal  a  nivel  nacional,  en
coordinación con la  Sub Dirección General o  la Dirección
de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú,
en el ámbito de su competencia;
18)  Dirigir las  acciones y  operaciones  especiales de
inteligencia y contrainteligencia policial en el ámbito  de su
competencia funcional, pudiendo contar con la cooperación
y apoyo de agencias internacionales;
19)  Coordinar  el   apoyo  necesario  de   los  diversos
órganos   de   la   Policía   Nacional   del    Perú,   para   el
planeamiento y empleo de las fuerzas, en las operaciones
conjuntas y simultáneas contra la  criminalidad organizada
a nivel nacional de los delitos que forman parte del ámbito
de su competencia;
20)   Dirigir   y   supervisar   el   proceso   de    registro,
recopilación  y análisis  de la  información  estadística que
produzca la Dirección a su cargo, para una adecuada toma
de decisiones,  de conformidad  con los  lineamientos que
dicte la  División de Estadística  de la Policía Nacional  del
Perú;
2)
Prevenir,  combatir,  investigar y  denunciar  a  nivel
nacional  los   delitos  contra   los  derechos   intelectuales
relacionados con  los  derechos de  autor y  conexos,  y la
propiedad industrial;  en el  marco de  la  legislación sobre
la materia;
3)
Prevenir,  combatir,  investigar y  denunciar  a  nivel
nacional los delitos  contra el orden económico, ?nanciero
y monetario, y  otros delitos conexos; de  conformidad con
los dispositivos legales vigentes sobre la materia;
4)
Prevenir,
combatir,
investigar
y
denunciar
a
nivel  nacional  los  delitos  contra   el  patrimonio  cultural,
relacionados  a los  bienes  culturales; en  el  marco  de la
legislación sobre la materia;
5)
Plani?car y conducir operativamente la investigación
material del delito, bajo la conducción jurídica del ?scal, en
concordancia con las leyes de la materia;
6)
Participar,  consolidar y  sustentar  la programación
de actividades anual  articulado al cuadro de necesidades
y  asignación  presupuestal, proponiendo  los  indicadores
de  productos  y  procesos;  así  como,  formular,  aprobar,
ejecutar y evaluar el Plan de Trabajo Anual de la Dirección
a su cargo, concordante con el Plan Operativo Anual de la
Policía Nacional del  Perú, Planes Generales  y Planes de
Operaciones;
21) Transmitir información para  alimentar los registros
y  bases  de  datos  del  Registro  Nacional  de  Seguridad
Pública que  administra  la Dirección  de Tecnología  de la
Información y  Comunicaciones de la  Policía Nacional del
Perú;
7)
Dirigir, coordinar,  evaluar, controlar  y supervisar  la
formulación de los Planes de Operaciones de la Dirección
a su  cargo, en  el marco  del cumplimiento  de los  Planes
Generales dispuestos  y  aprobados por  la Sub  Dirección
General de  la Policía  Nacional del  Perú y  los Planes  de
Operaciones  de  la  Dirección  Nacional  de  Investigación
Criminal; considerando en el planeamiento los documentos
de inteligencia que correspondan;
22) Administrar los  recursos asignados a  la Dirección
a  su   cargo,  con  criterios  de   e?ciencia  y  e?cacia,   de
conformidad con el marco legal vigente;
23) Formular  y proponer  los respectivos  documentos
técnicos
normativos   para   regular    las   actividades   y
operaciones policiales  en materia de  su campo funcional
a nivel nacional  de los órganos de la  Policía Nacional del
Perú;
8)
Aprobar las  Ordenes de Operaciones  que deberán
desarrollar  y  ejecutar  las   diversas  unidades  orgánicas
que componen  la  Dirección a  su cargo;  de  conformidad
con los  Planes Generales dispuestos  y aprobados por  la
Sub Dirección  General de  la Policía  Nacional del Perú  y
los  Planes de  Operaciones de  la  Dirección Nacional  de
Investigación  Criminal,  para el  ejercicio  operativo  de  la
función policial;
Evaluar,   actualizar    y   proponer   estrategias    y
procedimientos  para  las  técnicas  de  operatoria  policial
dentro del ámbito de su competencia;
24)  Coordinar  y gestionar  ante  la  Escuela  Nacional
de
Formación
Profesional
Policial
la
capacitación,
especialización  y actualización  permanente del  personal
policial de la Dirección a su cargo, en materias relacionadas
con su campo funcional;
25) Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su competencia;
26)  Asesorar  al  Director   Nacional  de  Investigación
Criminal de la Policía Nacional  del Perú en asuntos de su
competencia; y,
27)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director Nacional de Investigación Criminal de la Policía
Nacional del Perú le asigne.
9)
10)
Dirigir  y supervisar  los  peritajes criminalísticos  y
otros, en el marco de las investigaciones a su cargo;
Supervisar   las  acciones   policiales  de   acopio,
11)
protección y  mantenimiento de la  cadena de custodia  de
todos los medios probatorios con los procedimientos  y las
garantías previstas en la normatividad legal vigente;
12)
Supervisar  la  incautación  de  bienes  muebles  e
Artículo 153.- Estructura de la  Dirección de Policía
Fiscal
La  Dirección  de Policía  Fiscal  para  el  cumplimiento
de  sus   funciones  cuenta  con   las  unidades  orgánicas
especializadas siguientes:
inmuebles,  vehículos,  naves,  aeronaves  y  otros bienes
patrimoniales
organizaciones
de
las   personas   naturales,  jurídicas   y
criminales,   implicadas   en   los   delitos
aduaneros,  contra  los  derechos  intelectuales,  contra  el
orden  económico,  ?nanciero   y  monetario,  y   contra  el
patrimonio cultural, en todas sus modalidades, conforme a
la legislación de la materia;
a. División de Investigación de Delitos Aduaneros;
b.  División   de  Investigación   de  Delitos  contra   los
Derechos Intelectuales;
13)
Plani?car,  organizar,  coordinar,  dirigir  y ejecutar
operaciones policiales  de investigación  de  los delitos  en
c. División de Investigación de  Delitos contra el Orden
el ámbito de competencia, tendentes a identi?car, ubicar y      Económico, Financiero y Monetario;
capturar a personas naturales vinculadas a organizaciones
criminales  dedicadas  a  esta  actividad   delictiva  a  nivel
nacional;
d.   División  de   Investigación   de  Delitos   contra   el
Patrimonio Cultural; y,
e. División de Inteligencia de Policía Fiscal.
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
65
Artículo 154.-  División de Investigación  de Delitos     obra  no autorizada;  reproducción, difusión,  distribución y
Aduaneros
circulación de la obra  sin la autorización del autor; plagio;
elusión  de  medida   tecnológica  efectiva;  productos  y/o
servicios destinados a la elusión de medidas tecnológicas;
etiquetas,
La  División  de   Investigación  de  Delitos  Aduaneros
es  la   unidad  orgánica   de  carácter   técnico,  operativo
y
especializado;
responsable
de
prevenir,
combatir,
información
sobre
gestión
de
derechos;
investigar  y  denunciar   bajo  la  conducción  jurídica   del
?scal  especializado,  los  delitos  aduaneros relacionados
con  el contrabando,  defraudación de  rentas  de aduana,
carátulas  o empaques  no  auténticas  en el  marco  de la
normativa vigente;
2)  Prevenir,  combatir, investigar  y  denunciar  a  nivel
nacional,   los   delitos    contra   la   propiedad   industrial,
relacionados  a  la   fabricación  o  uso  no  autorizado   de
receptación
mercancías prohibidas  o restringidas a  nivel nacional; en
el marco de la normativa sobre la materia.
aduanera,
?nanciamiento
y
trá?co
de
patente;
clonación   o   adulteración   de   terminales   de
telecomunicaciones; uso o venta  no autorizada de diseño
o  modelo  industrial,  de  conformidad  con  la  legislación
sobre la materia;
Depende de la Dirección de Policía Fiscal y está a cargo
de un O?cial Superior de Armas de la Policía Nacional del
Perú en situación de actividad, en el grado de Coronel.
La División  de Investigación de  Delitos Aduaneros de
la Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
3)  Ejecutar  operaciones  policiales  de  identi?cación,
ubicación y detención de los integrantes de organizaciones
criminales a nivel nacional implicados  en los delitos de su
ámbito de competencia;
4)   Ejecutar   investigaciones   en   el   ámbito   de   su
competencia, solicitadas por las Fiscalías a nivel nacional,
cuando fuera necesario  por la connotación de los  hechos
o su complejidad;
5)  Obtener, custodiar,  asegurar,  trasladar y  procesar
indicios, evidencias y  elementos probatorios relacionados
con la investigación de su campo funcional, observando la
respectiva cadena de custodia;
6) Solicitar los peritajes  de criminalística, que resulten
pertinentes para la investigación;
7) Coordinar y solicitar información a entidades públicas
y privadas con ?nes de investigación, de conformidad a  la
normativa legal vigente;
8) Ejecutar investigaciones ampliatorias  a solicitud del
Ministerio  Público,  en  su condición  de  unidad  orgánica
especializada, en casos de delitos de su competencia que
hayan sido  de conocimiento de otras  unidades orgánicas
del  sistema   de  investigación  de   policía  ?scal  a   nivel
nacional;
9) Adoptar las medidas  de seguridad y reserva  de los
documentos privados que forman parte de la investigación
a  su  cargo,  de  conformidad con  la  normativa  sobre  la
materia;
1)
Prevenir,  combatir,  investigar y  denunciar  a  nivel
nacional  el   delito  de   contrabando,   en  sus   diferentes
modalidades, en el marco de la normativa sobre la materia;
2)
Prevenir,  combatir,  investigar y  denunciar  a  nivel
nacional el  delito  de defraudación  de rentas  de aduana,
en  sus   diferentes  modalidades,   de  conformidad   a  la
legislación sobre la materia;
3)
Prevenir,  combatir,  investigar y  denunciar  a  nivel
nacional el delito de receptación aduanera, ?nanciamiento
y trá?co de mercancías prohibidas o restringidas, conforme
a los dispositivos legales vigentes sobre la materia;
4)
Ejecutar  operaciones  policiales  de  identi?cación,
ubicación y detención de los integrantes de organizaciones
criminales  a   nivel   nacional  implicados   en  los   delitos
aduaneros relacionados con el contrabando, defraudación
de rentas de aduana, receptación aduanera, ?nanciamiento
y trá?co de mercancías prohibidas o restringidas;
5)
Ejecutar   investigaciones   en   el   ámbito   de   su
competencia, solicitadas por las Fiscalías a nivel nacional,
cuando fuera necesario  por la connotación de los  hechos
o su complejidad;
6)
Obtener,  custodiar, asegurar,  trasladar  y procesar
indicios, evidencias y  elementos probatorios relacionados
con la investigación de su campo funcional, observando la
respectiva cadena de custodia;
10) Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su ámbito funcional;
11) Asesorar al Director de Policía Fiscal en asuntos de
su competencia; y,
12)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que el
Director de Policía Fiscal le asigne.
7)
Solicitar los peritajes de  criminalística, que resulten
pertinentes para la investigación;
8)
Coordinar y solicitar información a entidades públicas
y privadas con ?nes de investigación, de conformidad a  la
normativa legal vigente;
9)
Ejecutar investigaciones ampliatorias a  solicitud del
Ministerio  Público,  en  su condición  de  unidad  orgánica
especializada, en casos de delitos de su competencia que
hayan sido  de conocimiento de otras  unidades orgánicas
del  sistema   de  investigación  de   policía  ?scal  a   nivel
nacional;
Artículo 156.-  División de Investigación  de Delitos
contra el Orden Económico, Financiero y Monetario
La  División   de   Investigación  de   Delitos  contra   el
Orden  Económico, Financiero  y  Monetario  es la  unidad
orgánica  de carácter  técnico,  operativo y  especializado;
responsable de  prevenir, combatir, investigar y  denunciar
bajo  la  conducción  jurídica del  ?scal  especializado,  los
delitos contra  el  orden económico,  ?nanciero, monetario
y otros delitos conexos a nivel nacional; en  el marco de la
normativa sobre la materia.
Depende de la Dirección de Policía Fiscal y está a cargo
de un O?cial Superior de Armas de la Policía Nacional del
Perú en situación de actividad, en el grado de Coronel.
La División de Investigación de Delitos contra el Orden
Económico, Financiero y Monetario de  la Policía Nacional
del Perú tiene las funciones siguientes:
10)
Adoptar las medidas de seguridad y reserva de los
documentos privados que forman parte de la investigación
a  su  cargo,  de  conformidad con  la  normativa  sobre  la
materia;
11)
Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su ámbito funcional;
12)
Asesorar al Director de Policía Fiscal en asuntos de
su competencia; y,
13)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que el
Director de Policía Fiscal le asigne.
Artículo 155.-  División de Investigación  de Delitos
contra los Derechos Intelectuales
1)
Prevenir,   combatir,    investigar   y   denunciar    a
nivel  nacional,   los  delitos  contra   el  orden   económico
relacionados a  la especulación; adulteración;  venta ilícita
de mercaderías; desempeño de actividades no autorizadas
(funcionamiento  ilegal de  juegos  de  casino  y máquinas
tragamonedas); y de  otros delitos económicos  (fraude en
remates, licitaciones  y concursos  públicos; rehusamiento
a  prestar información  económica,  industrial o  comercial;
funcionamiento ilegal de casinos de  juego; y, otros delitos
conexos, en el marco de la normativa sobre la materia;
La  División  de   Investigación  de  Delitos   contra  los
Derechos Intelectuales  es la unidad orgánica  de carácter
técnico, operativo y especializado; responsable de prevenir,
combatir, investigar y denunciar bajo la conducción jurídica
del  ?scal especializado,  los  delitos  contra  los  derechos
intelectuales  relacionados  con  los  derechos de  autor  y
conexos, y  la propiedad  industrial a  nivel nacional; en  el
marco de la normativa sobre la materia.
Depende de la Dirección de Policía Fiscal y está a cargo
de un O?cial Superior de Armas de la Policía Nacional del
Perú en situación de actividad, en el grado de Coronel.
La  División  de   Investigación  de  Delitos   contra  los
Derechos  Intelectuales  de  la  Policía Nacional  del  Perú
tiene las funciones siguientes:
2)
Prevenir,   combatir,    investigar   y   denunciar    a
nivel  nacional,  los  delitos  ?nancieros relacionados  a  la
concentración crediticia; ocultamiento, omisión  o falsedad
información;   falsedad   de   información   presentada
por  un  emisor  en  el  mercado  de  valores;  instituciones
?nancieras                    ?nanciamiento
de
ilegales;
por
medio
de
1)
Prevenir,  combatir,  investigar y  denunciar  a  nivel
información  fraudulenta;   condicionamiento  de   créditos;
pánico ?nanciero; omisión  de las provisiones especí?cas;
desvío fraudulento  de  crédito promocional;  uso indebido
nacional,  los   delitos  contra   los  derechos   de   autor  y
conexos,  relacionados   a   la  copia   o  reproducción   de
66
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
de información  privilegiada y manipulación  de precios en
el mercado de  valores, conforme a la  legislación sobre la
materia;
Prevenir,   combatir,    investigar   y   denunciar    a
4)  Obtener, custodiar,  asegurar,  trasladar y  procesar
indicios, evidencias y  elementos probatorios relacionados
con la investigación de su campo funcional, observando la
respectiva cadena de custodia;
3)
nivel  nacional,  los  delitos monetarios  relacionados  a  la
fabricación  y   falsi?cación  de  moneda   de  curso   legal;
alteración de la moneda de curso legal; trá?co de moneda
falsa;  fabricación   o  introducción  en   el  territorio  de   la
república  de  instrumentos  destinados   a  la  falsi?cación
de billetes  o monedas;  alteración de billetes  o monedas;
emisión ilegal de billetes; uso ilegal de divisas; y retención
indebida de  divisas; de  conformidad con  los dispositivos
legales vigentes sobre la materia;
5) Solicitar los peritajes  de criminalística, que resulten
pertinentes para la investigación;
6) Coordinar y solicitar información a entidades públicas
y privadas con ?nes de investigación, de conformidad a  la
normativa legal vigente;
7)  Practicar  investigaciones  ampliatorias   a  solicitud
del Ministerio Público, en su condición de unidad orgánica
especializada, en casos de delitos de su competencia que
hayan sido  de conocimiento de otras  unidades orgánicas
del  sistema   de  investigación  de   policía  ?scal  a   nivel
nacional;
8) Adoptar las medidas  de seguridad y reserva  de los
documentos privados que forman parte de la investigación
a  su  cargo,  de  conformidad con  la  normativa  sobre  la
materia;
4)
Ejecutar  operaciones  policiales  de  identi?cación,
ubicación y detención de los integrantes de organizaciones
criminales  a nivel  nacional implicados  en  los delitos  del
ámbito de su competencia;
Ejecutar   investigaciones   en   el   ámbito   de   su
competencia, solicitadas por las Fiscalías a nivel nacional,
cuando fuera necesario  por la connotación de los  hechos
o su complejidad;
5)
9)
Informar y emitir opinión técnica sobre asuntos de su
ámbito funcional;
10)
Asesorar al Director de Policía Fiscal en asuntos de
6)
Obtener,  custodiar, asegurar,  trasladar  y procesar
su competencia; y,
indicios, evidencias y  elementos probatorios relacionados
con la investigación de su campo funcional, observando la
respectiva cadena de custodia;
11)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que el
Director de Policía Fiscal le asigne.
7)
Solicitar los peritajes de  criminalística, que resulten
pertinentes para la investigación;
Artículo  158.-  División  de  Inteligencia  de  Policía
Fiscal
8)
y privadas con ?nes de investigación, de conformidad a  la
normativa legal vigente;
9)
Coordinar y solicitar información a entidades públicas
La  División  de  Inteligencia   de  Policía  Fiscal  es  la
unidad orgánica especializada y operativa; responsable de
producir inteligencia y contrainteligencia policial en materia
de  delitos aduaneros,  contra  los derechos  intelectuales,
contra  el   orden  económico,  ?nanciero  y   monetario,  y
contra el patrimonio cultural, en todas  sus modalidades, a
nivel nacional; pudiendo contar con la cooperación y apoyo
de  agencias   internacionales,  de   conformidad  con   los
lineamientos de  la Dirección de  Inteligencia de  la Policía
Nacional del Perú.
Ejecutar investigaciones ampliatorias a  solicitud del
Ministerio  Público,  en  su condición  de  unidad  orgánica
especializada, en casos de delitos de su competencia que
hayan sido  de conocimiento de otras  unidades orgánicas
del  sistema   de  investigación  de   policía  ?scal  a   nivel
nacional;
10)
Adoptar las medidas de seguridad y reserva de los
documentos privados que forman parte de la investigación
a  su  cargo,  de  conformidad con  la  normativa  sobre  la
materia;
Forma  parte  integrante  del  Sistema  de  Inteligencia
Policial (SIPOL) que  dirige la Dirección de Inteligencia  de
la Policía Nacional del Perú.
Depende de la Dirección de Policía Fiscal y está a cargo
de un O?cial Superior de Armas de la Policía Nacional del
Perú en  situación de actividad,  en el grado  de Coronel o
Comandante, debidamente  cali?cado  y especializado  en
inteligencia policial.
La División  de Inteligencia  de Policía  Fiscal tiene  las
funciones siguientes:
11)
Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su ámbito funcional;
12)
Asesorar al Director de Policía Fiscal en asuntos de
su competencia; y,
13)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que el
Director de Policía Fiscal le asigne.
Artículo 157.-  División de Investigación  de Delitos
contra el Patrimonio Cultural
1)
Producir inteligencia y  contrainteligencia policial en
La  División   de   Investigación  de   Delitos  contra   el
Patrimonio  Cultural  es  la   unidad  orgánica  de  carácter
técnico, operativo y especializado; responsable de prevenir,
combatir, investigar y denunciar bajo la conducción jurídica
del ?scal,  los delitos  contra el patrimonio  cultural y  otros
delitos conexos relacionados a los bienes culturales a nivel
nacional; en el marco de la normativa sobre la materia.
Asimismo, coordina y puede contar con la cooperación
y  apoyo  de  organizaciones  extranjeras  similares  en  el
ámbito de su competencia funcional.
Depende de la Dirección de Policía Fiscal y está a cargo
de un O?cial Superior de Armas de la Policía Nacional del
Perú en situación de actividad, en el grado de Coronel.
La  División   de   Investigación  de   Delitos  contra   el
Patrimonio Cultural  de la  Policía Nacional  del Perú tiene
las funciones siguientes:
materia  del ámbito  funcional  de  la  Dirección de  Policía
Fiscal, de conformidad con los lineamientos de la Dirección
de Inteligencia de la Policía Nacional del Perú;
2)
Ejecutar operaciones especiales de  inteligencia, en
el marco del campo funcional de su competencia;
3)
Obtener información en el ámbito de sus  funciones,
en apoyo  a los órganos de  inteligencia que conforman  el
Sistema de Inteligencia Policial (SIPOL);
4)
Asesorar al Director de Policía Fiscal en asuntos de
su competencia; y,
5)
Las demás funciones que le corresponda de acuerdo
a las disposiciones legales vigentes y otras que el Director
de Policía Fiscal le asigne.
Artículo 159.-  Secretaría  de la  Dirección Nacional
de Investigación Criminal
La Secretaría de la Dirección Nacional de Investigación
Criminal  de  la  Policía  Nacional  del Perú,  es  la  unidad
orgánica  responsable   de  brindar   apoyo  administrativo
y  asesoramiento  especializado  e  inmediato   al  Director
Nacional   de  Investigación   Criminal   en  materia   legal,
administrativa  y  operativa,  con  el ?n  de  contribuir  a  la
gestión y en la toma de decisiones adecuadas y oportunas,
en el marco de su ámbito funcional.
Depende  de  la  Dirección  Nacional  de  Investigación
Criminal y está a cargo de un O?cial Superior de Armas de
la Policía Nacional  del Perú en  situación de actividad, en
el grado de Coronel.
1)
Prevenir,   combatir,    investigar   y   denunciar    a
nivel  nacional,  los  delitos  contra  los  bienes  culturales,
relacionados
con   atentados   contra   los   monumentos
arqueológicos; inducción a la comisión de atentados contra
yacimientos  arqueológicos;  extracción   ilegal  de  bienes
culturales; omisión de deberes de funcionarios  públicos; y
destrucción, alteración o extracción de bienes culturales, y
otros delitos  conexos; en el marco  de la normativa  sobre
la materia;
2)
Ejecutar  operaciones  policiales  de  identi?cación,
ubicación y detención de los integrantes de organizaciones
criminales a nivel nacional implicados  en los delitos de su
campo funcional;
Ejecutar   investigaciones   en   el   ámbito   de   su
competencia, solicitadas por las Fiscalías a nivel nacional,
cuando fuera necesario  por la connotación de los  hechos
o su complejidad;
La Secretaría de la Dirección Nacional de Investigación
Criminal de la Policía Nacional del Perú tiene las funciones
siguientes:
3)
1)
Asistir   al    Director   Nacional   de    Investigación
Criminal en una adecuada y oportuna toma de decisiones,
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
67
brindando asesoramiento  en materia legal, administrativa
y operativa; así como, recomendar y proponer estrategias,
planes  y   documentos  de   acción  relacionados   con  la
gestión operativa  y administrativa  en el  campo funcional
de su competencia;
15)
Velar
por
una
adecuada
infraestructura,
equipamiento y empleo de tecnologías de la información y
estadística institucional;
16)  Proponer  e implementar  la  cultura  de  probidad,
transparencia, justicia y  servicio público establecida en  el
Código de Ética de la Función Pública, de conformidad con
las normas de la materia;
17) Formular y tramitar las resoluciones administrativas
de competencia de la Dirección Nacional  de Investigación
Criminal de  la Policía Nacional del  Perú, en el  ámbito de
su competencia;
18) Controlar y supervisar la  efectividad y oportunidad
las   acciones   comunicacionales    de   la   Dirección
Nacional de Investigación Criminal, tanto al público interno
como   externo,  de   conformidad   con   los   lineamientos
que  determine la  Dirección  de  Comunicación e  Imagen
Institucional de la Policía Nacional del Perú;
19) Gestionar ante  la Escuela Nacional de  Formación
Profesional   Policial  la   capacitación,   especialización  y
actualización permanente del personal que presta servicios
en  la  Dirección  Nacional  de  Investigación  Criminal,  en
materias relacionadas al campo funcional de ésta; y,
20)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director Nacional de Investigación Criminal de la Policía
Nacional del Perú le asigne.
2)
Realizar  la gestión  administrativa  y  documentaria
de la  Dirección Nacional  de Investigación  Criminal  de la
Policía Nacional del Perú;
3)
Transmitir las disposiciones de comando dictadas por
el Director Nacional  de Investigación Criminal, orientadas
a evaluar  y supervisar  la implementación,  operatividad y
ejecución de  las estrategias y  planes institucionales a  ?n
de optimizar el desempeño operativo de la Policía Nacional
del Perú;
de
4)
Coordinar, monitorear  y supervisar  las  actividades
operacionales  en el  cumplimiento  de  sus  funciones, de
los  órganos  y unidades  orgánicas  que  dependen  de la
Dirección Nacional de Investigación  Criminal de la Policía
Nacional del Perú, a través de  su Central de Operaciones
Policiales;
5)
Diseñar y conducir las actividades  de planeamiento
para la ejecución de los planes operativos que los órganos
y   unidades   orgánicas   dependientes   de  la   Dirección
Nacional
de   Investigación   Criminal   desarrollarán   en
el   cumplimiento   de  sus   funciones   a   nivel   nacional,
coadyuvando  a  una  adecuada  y  efectiva  coherencia  e
interacción  de la labor  policial mediante  una gestión  por
procesos y objetivos;
Artículo     160.-    División
Investigación Criminal
de
Inteligencia
de
6)
Formular los Planes Generales que se le encomiende
para su aprobación por el Sub Director General de la Policía
Nacional del Perú,  que deberán desarrollar y  ejecutar los
diversos  órganos  y unidades  orgánicas  de  la  Dirección
Nacional  de  Investigación Criminal  a  nivel  nacional,  en
el  marco del  ejercicio  operativo  de  la función  policial  y
cumplir  a  cabalidad  con  la ?nalidad  fundamental  de  la
Policía  Nacional del  Perú, coordinando  con  la Dirección
de Inteligencia para  la formulación de los  documentos de
inteligencia de su competencia;
La División de Inteligencia de Investigación Criminal es
la unidad orgánica especializada y operativa; responsable
de  producir  inteligencia  y  contrainteligencia  policial,  en
materia de  lucha contra  el  terrorismo, antidrogas,  medio
ambiente, investigación criminal, lavado de activos, contra
la corrupción, trata de personas y trá?co ilícito de migrantes,
delitos  aduaneros,  contra  los derechos  intelectuales,  el
orden económico,  ?nanciero y monetario,  y el patrimonio
cultural, en todas sus modalidades a nivel nacional.
Asimismo, coordina y puede contar con la cooperación
y  apoyo   de  agencias  internacionales,  de   conformidad
con los lineamientos  de la Dirección  de Inteligencia de la
Policía Nacional del Perú.
Forma  parte  integrante  del  Sistema  de  Inteligencia
Policial (SIPOL) que  dirige la Dirección de Inteligencia  de
la Policía Nacional del Perú.
Depende  de  la  Dirección  Nacional  de  Investigación
Criminal y está a cargo de un O?cial Superior de Armas de
la Policía Nacional del Perú en situación de actividad, en el
grado de Coronel, debidamente cali?cado  y especializado
en inteligencia policial.
La División de Inteligencia de Investigación Criminal de
la Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
7)
Evaluar los Planes de Operaciones que formulen los
diversos órganos de la Dirección Nacional de Investigación
Criminal,  para   su   respectiva  aprobación   y  ejecución;
como,   tramitar   aquellos  que   por   su   naturaleza,
trascendencia e importancia  requieren necesariamente la
aprobación del Sub Director General de la Policía Nacional
del Perú, en el cumplimiento de sus funciones policiales;
así
8)
Gestionar el planeamiento administrativo del Sistema
Policial de Investigación Criminal de la Policía Nacional del
Perú; formulando y evaluando los planes y documentos de
carácter interno de la  Dirección Nacional de Investigación
Criminal, en coordinación con la Secretaría Ejecutiva de la
Policía Nacional del Perú;
9)
Coordinar   las    relaciones   extra   institucionales
vinculadas al cumplimiento de las funciones de la Dirección
Nacional de Investigación Criminal;
1)  Producir   inteligencia  y  contrainteligencia   policial
en materia  del ámbito funcional  de la  Dirección Nacional
de   Investigación   Criminal,    de   conformidad   con   los
lineamientos de  la Dirección de  Inteligencia de  la Policía
Nacional del Perú;
2) Ejecutar  operaciones especiales de  inteligencia en
el marco de la lucha contra la delincuencia y la criminalidad
10)
Controlar y  supervisar que la  gestión documental
tramitada  ante   la  Dirección  Nacional   de  Investigación
Criminal  para   la  toma   de  decisiones,   cumpla  con  la
formalidad exigida  por el ordenamiento normativo  interno
y las  disposiciones legales vigentes;  así como, organizar
y  supervisar   el  archivo  documentario   de  la  Dirección
Nacional;
organizada,
funcional;
3)
conforme
al
ámbito
de
su
competencia
11)
Brindar asesoramiento  técnico  y legal  al Director
Nacional  de  Investigación Criminal,  a  ?n  de  lograr  que
la  gestión  se  desarrolle  conforme a  los  lineamientos  y
objetivos institucionales;
Articular
las
acciones
de
inteligencia
y
contrainteligencia  policial   de  los   diversos  órganos   de
inteligencia  dependientes  de   la  Dirección  Nacional  de
Investigación  Criminal,   para   asegurar  y   mantener  un
adecuado ?ujo de información e inteligencia con el sistema
policial  de  investigación  criminal   y  con  el  Sistema  de
Inteligencia  Policial  (SIPOL)  de  la  Policía  Nacional  del
Perú;
12)
Administrar los  recursos asignados a  la Dirección
de   Investigación   Criminal,   con  criterios   de
Nacional
e?ciencia  y e?cacia,  de conformidad  con  el marco  legal
vigente;
13)
Participar, consolidar  y sustentar la  programación
de actividades anual  articulado al cuadro de necesidades
y  asignación  presupuestal, proponiendo  los  indicadores
de  productos  y  procesos;  así  como,  formular,  ejecutar
y  evaluar   el  Plan  de   Trabajo  Anual  aprobado  por   la
Dirección Nacional de Investigación Criminal, concordante
con  el Plan  Operativo  Anual  de la  Policía  Nacional  del
Perú,  Planes  Generales  y  Planes  de Operaciones  que
correspondan;
4) Obtener información en el ámbito de  sus funciones,
en apoyo  a los órganos de  inteligencia que conforman  el
Sistema de Inteligencia Policial (SIPOL);
5)  Asesorar   al  Director   Nacional   de  Investigación
Criminal de la Policía Nacional  del Perú en asuntos de su
competencia; y,
6) Las demás funciones que le corresponda de acuerdo
a las disposiciones legales vigentes y otras que el Director
Nacional de  Investigación Criminal de la  Policía Nacional
del Perú le asigne.
14)
Dirigir  y supervisar  el  registro  de la  información
que   produzcan   los   órganos    y   unidades
estadística
orgánicas   de  la   Dirección   Nacional   de  Investigación
Criminal, así  como  centralizar y  analizar la  misma; para
una  adecuada toma  de decisiones,  de  conformidad con
los lineamientos que dicte  la División de Estadística de  la
Policía Nacional del Perú;
Artículo 161.-  División  de Investigaciones  de Alta
Complejidad
La División  de  Investigaciones   de Alta Complejidad
es  la  unidad  orgánica   de  carácter   técnico,   operativo
68
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
y  especializado;   responsable   del  fortalecimiento   para
la  ejecución   de   investigaciones   de   alta  complejidad
contra   objetivos    de   alto   valor,   que   actuando   bajo
la   conducción   jurídica    del  fiscal,    se  orientan    a   la
identificación,   ubicación,    detención  o   captura  de  los
cabecillas  e  integrantes  de  organizaciones   vinculados
al  crimen   organizado,   en  el  marco   de  la  legislación
sobre  la materia,  que  operan  en el  territorio  peruano  y
con  ramificaciones  a  nivel  regional  e internacional;   de
conformidad   con  la  normativa  legal  sobre   la materia.
Tiene competencia   a nivel  nacional.
Asimismo, coordina y puede contar con la cooperación
y  apoyo  de  organizaciones  extranjeras similares,  en  el
ámbito del fortalecimiento de las relaciones internacionales
para combatir la delincuencia y la criminalidad organizada
nacional o transnacional.
14)Planear,dirigir,organizarysupervisarlasactividades
de comprobación y protección  de colaboradores e?caces,
testigos, peritos  y  agraviados que  se hayan  sometido al
procedimiento correspondiente, a cargo de las autoridades
competentes,  durante  el  proceso  de  investigación   que
desarrolla  en  su  campo   funcional;  en  el  marco  de  la
normativa sobre la materia;
Dirigir   y   supervisar   el   proceso   de   registro,
recopilación  y análisis  de la  información  estadística que
produzca la División a su cargo,  para una adecuada toma
de decisiones,  de conformidad  con los  lineamientos que
dicte la  División de Estadística  de la Policía Nacional  del
Perú;
16) Transmitir información para  alimentar los registros
y  bases  de  datos  del  Registro  Nacional  de  Seguridad
Pública que  administra  la Dirección  de Tecnología  de la
Información y  Comunicaciones de la  Policía Nacional del
Perú;
17) Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su ámbito funcional;
15)
Depende  de  la  Dirección  Nacional  de  Investigación
Criminal y está a cargo de un O?cial Superior de Armas de
la Policía Nacional  del Perú en  situación de actividad, en
el grado de Coronel.
La División de Investigaciones de Alta Complejidad de
la Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
18)  Asesorar  al  Director   Nacional  de  Investigación
Criminal de la Policía Nacional  del Perú en asuntos de su
competencia; y,
19)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director Nacional de Investigación Criminal de la Policía
Nacional del Perú le asigne.
1)
Realizar investigaciones de alta  complejidad contra
objetivos  de  alto valor  vinculados  al  crimen  organizado
cometidos  por  organizaciones  criminales  que  actúan  a
nivel nacional e internacional; en el marco de la normativa
sobre la materia;
2)
Producir  inteligencia   y  contrainteligencia  policial
SUBCAPÍTULO II
DIRECCIÓN NACIONAL DE ORDEN Y SEGURIDAD
en materia  de su campo  funcional y realizar  operaciones
especiales
de
inteligencia
contra
organizaciones
criminales que  actúen  a nivel  nacional y/o  internacional;
Artículo   162.-   Dirección   Nacional  de   Orden   y
Seguridad
pudiendo
agencias
contar
con
la
cooperación
y
de
apoyo
de
internacionales,
en
el
marco
la
lucha
La  Dirección  Nacional  de  Orden  y Seguridad  es  el
órgano de línea de la Policía Nacional del Perú, con carácter
técnico y sistémico,  especializado, normativo y operativo;
responsable  de   plani?car,  comandar   y   supervisar  las
operaciones policiales en materia de seguridad del estado;
contra  la  delincuencia  y  el  crimen organizado  nacional
o  transnacional,   de  conformidad  con   los  lineamientos
de la  Dirección de Inteligencia  de la  Policía Nacional del
Perú; en su  condición de parte integrante  del Sistema de
inteligencia Policial (SIPOL);
seguridad
integral;   seguridad   ciudadana;  operaciones
3)
Mantener enlace  a través del  canal de  inteligencia
especiales; tránsito, transporte y seguridad vial, y turismo,
a cargo de los órganos que dependen de ésta; en el marco
de  la normativa  sobre  la  materia.  Tiene competencia  a
nivel nacional.
con  los   órganos  de   inteligencia  del  Sector   Interior  y
el  Sistema   de   Inteligencia  Policial   (SIPOL)  a   ?n  de
intercambiar  información  en  las  materias  vinculadas  al
crimen organizado de su ámbito funcional;
Asimismo, coordina y puede contar con la cooperación
y  apoyo  de  organizaciones  extranjeras  similares  en  el
ámbito de su competencia funcional.
Depende de  la Sub Dirección  General y está  a cargo
de un O?cial General  de Armas de la Policía Nacional del
Perú en  situación  de actividad,  en el  grado  de Teniente
General.
La  Dirección  Nacional  de Orden  y  Seguridad  de  la
Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
4)
Coordinar con  organismos de inteligencia  de otros
países, para  el intercambio  de información;  así como,  la
plani?cación y ejecución de  operaciones conjuntas contra
organizaciones
internacionales   vinculados    al   crimen
organizado del campo funcional de su competencia;
Efectuar coordinaciones con diferentes  autoridades
5)
?scales,  judiciales y  procuraduría  a nivel  nacional,  para
viabilizar  la  ejecución  de  procedimientos especiales  de
investigación policial y denuncia a la autoridad competente;
de conformidad con la normativa legal sobre la materia;
1) Dirigir,  conducir, coordinar, supervisar,  y garantizar
la oportuna gestión del desarrollo funcional y  operativo de
los órganos y unidades orgánicas a  cargo de las materias
especializadas de su competencia;
2)  Elaborar  y  proponer al  Sub  Director  General  los
proyectos normativos destinados a fortalecer  el desarrollo
funcional,  y   operativo  de   las  materias   especializadas
relacionadas con el  orden y la  seguridad en el ámbito  de
su competencia;
6)
Ejecutar  operaciones   policiales   de  ubicación   y
detención de los integrantes de organizaciones criminales
a nivel  nacional implicados en delitos  de su competencia
funcional;
Practicar   investigaciones   en  el   ámbito   de   su
7)
competencia funcional, solicitadas por las Fiscalías a nivel
nacional, cuando fuera necesario por la connotación de los
hechos o su complejidad;
8) Coordinar y solicitar  al Ministerio Público, mediante
informe   sustentado,   las    medidas   de   restricción    de
3)  Participar, consolidar  y  sustentar la  programación
de actividades anual acorde con el cuadro de necesidades
y asignación  presupuestal, estableciendo  los indicadores
de  productos  y  procesos;  así  como,  formular,  aprobar,
evaluar y ejecutar el Plan de Trabajo Anual de la Dirección
Nacional a  su cargo,  concordante con  el Plan  Operativo
Anual de la Policía Nacional del Perú, Planes Generales y
Planes de Operaciones;
derechos; así como,  otras medidas que sean  necesarias,
en el marco de su ámbito funcional y de la normativa legal
sobre la materia;
9)
Obtener,  custodiar, asegurar,  trasladar  y procesar
indicios, evidencias y  elementos probatorios relacionados
con la investigación de su campo funcional, observando la
respectiva cadena de custodia;
4)
Operaciones   de Orden   y  Seguridad;  así  como,  dirigir
y   supervisar   la   ejecución    del   mismo,   teniendo   en
Formular    y   proponer    el    Plan    General    de
10)
Solicitar los peritajes de criminalística, que resulten
pertinentes para la investigación;
11)
Coordinar   y  solicitar   información   a  entidades
?nes   de   investigación,   de
conformidad a la normativa legal vigente;
cuenta   el  Plan   Operativo   Institucional   del   Ministerio
del  Interior,  el  Plan   Operativo  Anual  de  la  Institución
Policial,    la   información    estadística    emitida    por   la
División de Estadística  de Policía  Nacional del Perú,  y el
Observatorio  del Delito  y la Criminalidad;
5) Aprobar  los  Planes  de Operaciones  que  deberán
desarrollar  y  ejecutar  los  diversos  órganos  y  unidades
orgánicas a  su cargo, siempre  que no se  comprometa el
apoyo de  otros  órganos o  unidades orgánicas  sobre los
cuales no  tienen relación  de dependencia, en  cuyo caso
serán tramitados para su aprobación por  la Sub Dirección
General de la Policía Nacional del Perú, considerando en el
públicas
y
privadas
con
12)
Practicar  investigaciones ampliatorias  a  solicitud
del Ministerio Público, en su condición de unidad orgánica
especializada, en casos de delitos de su competencia que
hayan sido  de conocimiento de otras  unidades orgánicas
del  sistema   policial   de  investigación   criminal  a   nivel
nacional;
13)
Asegurar  los  documentos  privados  que  puedan
servir  a   la  investigación,  adoptando   las  medidas  que
señala la normativa sobre la materia;
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
69
planeamiento los  respectivos documentos de  inteligencia
que correspondan;
d. Dirección de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial;
e. Dirección de Seguridad Ciudadana; y,
f. Dirección de Turismo.
6)
Proponer  estrategias  institucionales   en  materias
de orden  y seguridad  a ?n  de optimizar  las operaciones
policiales en el campo funcional de su competencia a nivel
nacional;
Asimismo,
cuenta
con
las
unidades
orgánicas
denominadas:  Secretaría   de  la  Dirección  Nacional   de
Orden y Seguridad,  y División de Inteligencia  de Orden y
Seguridad.
7)
Orientar y supervisar las  diferentes actividades que
se desarrollen  con la colaboración  y apoyo  o de manera
conjunta con agencias  internacionales y que  en el marco
de las operaciones policiales de orden y seguridad realicen
los distintos órganos y unidades orgánicas de la Dirección
Nacional de Orden y Seguridad;
Artículo 164.- Dirección de Seguridad del Estado
La  Dirección de  Seguridad  del  Estado es  el  órgano
especializado, de  carácter técnico y  sistémico, normativo
y operativo; responsable de planear, comandar, organizar,
coordinar,  articular,  ejecutar,  controlar   y  supervisar  las
operaciones policiales de protección personal de  las Altas
Autoridades  del  Estado  y  personalidades  nacionales  y
extranjeras, en  el marco de  lo establecido  en el numeral
8) Disponer,  dirigir, evaluar  y supervisar  el desarrollo
oportuno   de   las   actividades   operativas   de  orden   y
seguridad,  y   el  cumplimiento   de  las   metas  físicas   y
?nancieras
programadas
para   alcanzar   los   objetivos
trazados en el Plan  Estratégico de la Policía Nacional  del
Perú y  el Plan  Operativo Anual  concordante con  el Plan
Estratégico Institucional y  Plan Operativo Institucional del
Ministerio del Interior;
6
del artículo 2 del Decreto  Legislativo Nº 1267, Ley de la
Policía Nacional del Perú y  lo determinado en el presente
Reglamento y normativa sobre la materia.
Asimismo,   está  encargada   de   prevenir,  investigar
y  denunciar  bajo  la   conducción  jurídica  del  ?scal,  los
delitos contra  el  estado y  la defensa  nacional;  contra la
tranquilidad pública  (delitos contra la paz  pública); contra
la seguridad pública  (delitos de peligro común,  contra los
medios  de transporte,  comunicaciones  y  otros servicios
9)
Orientar el proceso  de articulación de  las acciones
de  inteligencia  y   contrainteligencia  policial  que  realiza
la  División  de  Inteligencia   de  la  Dirección  Nacional  a
su cargo,  a ?n  de  optimizar el  ejercicio operativo  de los
diversos órganos y unidades  orgánicas especializadas en
materia de orden y seguridad;
públicos);
contra   la   salud   pública   (contaminación   y
10)
Fortalecer
las
relaciones
interinstitucionales
propagación);  contra los  poderes  del  estado y  el  orden
constitucional; contra la voluntad popular; contra la libertad
(violación de  la  libertad de  trabajo); contra  el patrimonio
(usurpación y  daños);  así como,  los delitos  asociados a
la actividad  de construcción  civil o  cualquier otro  gremio
vinculado al crimen organizado  e infracciones a la Ley de
Migraciones; en el marco de la normativa sobre la materia.
Tiene competencia a nivel nacional.
vinculadas al ámbito de su competencia;
Proporcionar, registrar  y consolidar la  información
11)
estadística  policial   de  su  competencia,   que  facilite  la
evaluación  de metas  e indicadores  del  Plan Estratégico
Institucional, Plan Operativo Institucional del Ministerio del
Interior y  Plan Operativo Anual de  la Policía Nacional del
Perú;
12)
Plani?car,  organizar, dirigir,  articular y  supervisar
del   personal   a   su   cargo   para   el
La Dirección de Seguridad del Estado coordina y puede
contar  con  la  cooperación  y   apoyo  de  organizaciones
extranjeras  similares  en  el   ámbito  de  su  competencia
funcional.
la
administración
desarrollo de  las operaciones  policiales y  funcionales en
el marco del ejercicio de la  función policial a través de los
órganos a  su cargo  en las  materias de  su competencia;
así  como,   gestionar  y  coordinar   con  la   Dirección  de
Recursos  Humanos  de  la  Policía  Nacional  del Perú  el
dimensionamiento debidamente sustentado del Cuadro de
Personal que requieren dichos órganos, para  el año ?scal
correspondiente;
Depende
de   la   Dirección   Nacional   de   Orden   y
Seguridad  y está  a cargo  de  un O?cial  de Armas  de  la
Policía Nacional del  Perú en situación  de actividad, en el
grado de General.
La  Dirección de  Seguridad  del  Estado  de la  Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
13)
Gestionar ante la  Escuela Nacional de Formación
Profesional   Policial  la   capacitación,   especialización  y
actualización permanente del personal que presta servicios
en  la  Dirección  Nacional  a  su   cargo,  en  las  materias
relacionadas al campo funcional de ésta;
1)  Plani?car,  conducir  y  supervisar  las  operaciones
policiales para brindar  seguridad y protección  personal al
Presidente de la República en ejercicio o electo, cónyuge,
padres e hijos  y a los Ex Presidentes;  Congresistas de la
República; Parlamentarios  Andinos; Ministros  de Estado;
Jefes de Estado y  Dignatarios Extranjeros en visita o?cial
a nuestro país; Embajadores y Delegaciones Diplomáticas
14)
Establecer  mecanismos de  articulación entre  los
órganos a su cargo para lograr  una e?ciente coordinación
en el servicio policial;
15)
Supervisar y  evaluar  el rendimiento  operativo de
acreditadas,
y
otras
personalidades
nacionales
y
los órganos  a su  cargo, con  la ?nalidad  de disponer  las
acciones de comando pertinentes para mejorar los niveles
de  e?ciencia y  e?cacia  operativa en  las  materias de  su
competencia;
extranjeras, en  todo el territorio  nacional, en el marco  de
los tratados  internacionales y  la normativa  que regula  la
materia;
2)
Plani?car,  conducir  y  supervisar  las  operaciones
policiales  para  otorgar  protección  y seguridad  personal
al  Presidente  de  la  República  en  ejercicio,  durante  su
permanencia  en  el  exterior  del   país  en  misión  o?cial;
16)
Expedirresolucionesenasuntosdesucompetencia;
así como, en las materias delegadas;
recursos
17)
Resolver
en
última
instancia
los
efectuando
las   coordinaciones    necesarias   con    sus
similares extranjeros  para complementar  la cobertura  de
seguridad;
administrativos,   según  corresponda   al   ámbito   de   su
competencia;
18)
Administrar los  recursos asignados a  la Dirección
3)
Conducir y  supervisar  las acciones  y operaciones
Nacional a su cargo,  con criterios de e?ciencia y  e?cacia,
policiales destinadas  a prevenir,  investigar y denunciar  a
nivel  nacional, los  atentados  contra  el Presidente  de  la
República,  autoridades de  los  Poderes Públicos  y  otras
personalidades nacionales y extranjeras acreditadas en el
país o en visita o?cial;
Participar   en   la   seguridad   de   certámenes   y
eventos  o?ciales  nacionales  e  internacionales,  que  por
su naturaleza  y  trascendencia requieren  la ejecución  de
operaciones policiales en el ámbito de su competencia;
de conformidad con el marco legal vigente;
19)
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
su competencia;
20)
Asesorar a la Alta Dirección de  la Policía Nacional
del Perú en asuntos de su competencia; y,
4)
21)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Sub Director General  de la Policía Nacional del Perú le
asigne.
5)
Conducir y  supervisar  las acciones  y operaciones
policiales  destinadas  a  prevenir,  investigar  y  denunciar
bajo la  conducción jurídica del ?scal,  los delitos contra  el
estado y la defensa nacional; contra la tranquilidad pública
(delitos contra la paz pública);  contra la seguridad pública
(delitos de peligro común, contra los medios de transporte,
comunicaciones y otros servicios públicos); contra la salud
pública (contaminación y propagación); contra los poderes
del  estado y  el  orden  constitucional;  contra la  voluntad
popular;  contra   la   administración  pública   (violencia  y
resistencia a la  autoridad); contra la libertad  (violación de
Artículo 163.-  Estructura de  la Dirección  Nacional
de Orden y Seguridad
La Dirección  Nacional de  Orden y  Seguridad para  el
cumplimiento  de sus  funciones  cuenta  con  los órganos
especializados siguientes:
a. Dirección de Seguridad del Estado;
b. Dirección de Operaciones Especiales;
c. Dirección de Seguridad Integral;
70
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
la libertad  de trabajo); contra  el patrimonio (usurpación  y
daños) y los que se deriven de ellos;
21) Gestionar ante  la Escuela Nacional de  Formación
Profesional   Policial  la   capacitación,   especialización  y
actualización   permanente  del   personal   policial   de  la
Dirección a su cargo, en materias relacionadas a su campo
funcional;
22) Administrar los  recursos asignados a  la Dirección
a  su   cargo,  con  criterios  de   e?ciencia  y  e?cacia,   de
conformidad con el marco legal vigente;
6)
Conducir y  supervisar  las acciones  y operaciones
policiales de prevención e investigación a nivel nacional, de
las infracciones a la Ley de Migraciones; así como, prestar
apoyo  a  la  Superintendencia   Nacional  de  Migraciones
para el cumplimiento de las disposiciones legales sobre el
control migratorio;
7)
Conducir y  supervisar  las acciones  y operaciones
23) Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su competencia;
Asesorar   al   Director    Nacional   de   Orden   y
Seguridad de  la Policía Nacional  del Perú en asuntos  de
su competencia; y,
policiales  destinadas  a  prevenir,  investigar  y  denunciar
bajo la conducción jurídica del ?scal,  los delitos derivados
de con?ictos  relacionados  con asuntos  políticos-sociales
(laborales,  vivienda,   estudiantil,  agrarios   y  otros);   así
como, de las actividades sociales de carácter público;
24)
25)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director  Nacional de  Orden  y Seguridad  de la  Policía
Nacional del Perú le asigne.
8)
Conducir y  supervisar  las acciones  y operaciones
policiales  destinadas  a  prevenir,  investigar  y  denunciar
bajo la conducción jurídica del ?scal, los delitos asociados
a la actividad de construcción civil  o cualquier otro gremio
vinculado al crimen organizado;
Artículo   165.-   Estructura
Seguridad de Estado
La   Dirección   de    Seguridad
de
la
Dirección
de
9)
Participar,  consolidar y  sustentar  la programación
de actividades anual  articulado al cuadro de necesidades
y  asignación  presupuestal, proponiendo  los  indicadores
de  productos  y  procesos;  así  como,  formular,  aprobar,
ejecutar y evaluar el Plan de Trabajo Anual de la Dirección
a su cargo, concordante con el Plan Operativo Anual de la
Policía Nacional del  Perú, Planes Generales  y Planes de
Operaciones;
de
cumplimiento de  sus  funciones cuenta  con las  unidades
orgánicas especializadas siguientes:
Estado
para
el
a. División de Investigación de Delitos contra el Estado;
b. División de Asuntos Sociales;
c. División de Extranjería;
d. División de Seguridad Presidencial;
e. División de Seguridad del Congreso;
f. División de Protección de Dignatarios; y,
g. División de Inteligencia de Seguridad del Estado.
10)
Dirigir,  coordinar,  evaluar, controlar  y  supervisar
la  formulación   de   los  Planes   de  Operaciones   de   la
Dirección  a su  cargo,  en el  marco  del  cumplimiento de
los  Planes Generales  dispuesto  y  aprobado por  la  Sub
Dirección  General de  la Policía  Nacional  del Perú  y  los
Planes  de   Operaciones  de   la   Dirección  Nacional   de
Orden y  Seguridad; considerando en el  planeamiento los
documentos de inteligencia que correspondan;
Artículo 166.-  División de Investigación  de Delitos
contra el Estado
La División de Investigación de Delitos contra el Estado
es  la   unidad  orgánica   de  carácter   técnico,  operativo
y  especializado;  responsable   de  prevenir,  investigar   y
denunciar bajo la conducción jurídica del ?scal, los  delitos
que atenten contra la seguridad del Estado en sus distintas
modalidades, en todo el ámbito nacional; en el marco de la
normativa sobre la materia.
11)
Aprobar las Ordenes de Operaciones que deberán
desarrollar  y  ejecutar  las   diversas  unidades  orgánicas
que componen  la  Dirección a  su cargo;  de  conformidad
con los  Planes Generales dispuestos  y aprobados por  la
Sub Dirección  General de  la Policía  Nacional del Perú  y
los  Planes de  Operaciones de  la  Dirección Nacional  de
Orden y Seguridad, para el ejercicio operativo de la función
policial;
Asimismo, coordina y puede contar con la cooperación
y  apoyo  de  organizaciones  extranjeras  similares  en  el
ámbito de su competencia funcional.
Depende de  la  Dirección de  Seguridad del  Estado y
está a cargo de un O?cial Superior de Armas de la Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
La  División   de   Investigación  de   Delitos  contra   el
Estado de la Policía Nacional del  Perú tiene las funciones
siguientes:
12)
Prestar  apoyo  a  las  entidades  competentes  en
materia  de su  ámbito  funcional  y  de la  normativa  legal
vigente;
13)
autoridades
Coordinar  y  atender  los   requerimientos  de  las
judiciales,    Ministerio   Público    y    demás
autoridades  competentes   en   el  marco   de  su   ámbito
funcional y de la normativa legal sobre la materia;
14)
Dirigir  las acciones  y operaciones  especiales  de
inteligencia y contrainteligencia policial en el ámbito  de su
competencia pudiendo contar con la  cooperación y apoyo
de agencias internacionales;
1) Prevenir, investigar y  denunciar a nivel nacional los
delitos que atenten  contra la seguridad del  Presidente de
la República, autoridades de los Poderes  Públicos y otras
personalidades nacionales y extranjeras acreditadas en el
país o en visita o?cial;
15)
Proponer  actividades  para  ser  considerados  en
los  planes operativos  relacionados  con el  ámbito  de su
competencia;
16)
Estudiar, actualizar, diseñar y proponer estrategias
2) Prevenir,  investigar y  denunciar  a nivel  nacional y
bajo la  conducción jurídica del ?scal,  los delitos contra  el
Estado y la Defensa Nacional; contra la tranquilidad pública
(delitos contra la paz pública);  contra la seguridad pública
(delitos de peligro común, contra los medios de transporte,
comunicaciones y otros servicios públicos); contra la salud
pública (contaminación y propagación); contra los Poderes
del Estado  y  el Orden  Constitucional; contra  la voluntad
popular; y  los demás  delitos que se  deriven de  ellos; de
conformidad con la normativa legal de la materia;
3)  Practicar  las  investigaciones en  el  ámbito  de  su
competencia, solicitadas por las Fiscalías a nivel nacional,
cuando fuera necesario  por la connotación de los  hechos
o su complejidad;
4)  Obtener, custodiar,  asegurar,  trasladar y  procesar
indicios, evidencias y  elementos probatorios relacionados
con la investigación de su campo funcional, observando la
respectiva cadena de custodia;
5) Solicitar  los peritajes de  criminalística que resulten
pertinentes para la investigación a su cargo;
6) Coordinar y solicitar información a entidades públicas
y privadas con ?nes de investigación, de conformidad a  la
normativa legal vigente;
7)  Practicar  investigaciones  ampliatorias   a  solicitud
del  Ministerio  Público,  en   los  casos  de  delitos  de   su
competencia  que  hayan sido  de  conocimiento  de  otras
unidades orgánicas del Sistema  Policial de Seguridad del
Estado a nivel nacional;
y procedimientos  para las  técnicas de  operatoria policial
dentro del ámbito de su competencia;
17)
órganos
Coordinar  el  apoyo   necesario  de  los   diversos
de   la   Policía   Nacional   del   Perú,    para   el
planeamiento y empleo de las fuerzas, en las operaciones
conjuntas y simultaneas  propias de su campo funcional  a
nivel nacional;
18)
Proponer   la    celebración   de   convenios    con
organizaciones nacionales  e internacionales  que apoyan
las actividades  policiales propias de  su campo  funcional,
para
el
intercambio
de
información,
capacitación,
Dirección   de
especialización
y
equipamiento
de
la
Seguridad del  Estado y unidades que  ejecutan funciones
del  Sistema  Policial   de  Seguridad  del  Estado   a  nivel
nacional,  en coordinación  con la  Sub  Dirección General
o  la Dirección  de  Asuntos  Internacionales de  la  Policía
Nacional del Perú, en el ámbito de su competencia;
19)
Dirigir
y
supervisar
el
proceso
de
registro,
recopilación  y análisis  de la  información  estadística que
produzca la Dirección a su cargo, para una adecuada toma
de decisiones,  de conformidad  con los  lineamientos que
dicte la  División de Estadística  de la Policía Nacional  del
Perú;
20)
Transmitir información  a los  registros y  bases de
datos  del  Registro  Nacional  de  Seguridad  Pública  que
administra la Dirección  de Tecnología de la Información  y
Comunicaciones de la Policía Nacional del Perú;
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
71
8)
Adoptar las medidas  de seguridad y reserva  de los
la  presunta  comisión   de  ilícitos  penales  derivados   de
sus  actividades;  en el  marco  de la  legislación  sobre  la
materia;
documentos privados que forman parte de la investigación
a  su  cargo,  de  conformidad con  la  normativa  sobre  la
materia;
8)  Producir   inteligencia  y  contrainteligencia   policial
en  el ámbito  de  su  competencia y  realizar  operaciones
9)
e?ciencia  y e?cacia,  de conformidad  con  el marco  legal
vigente;
10)
su competencia;
11)
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
12)
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director de Seguridad del Estado de la Policía Nacional
del Perú le asigne.
Administrar los recursos  asignados con criterios de
especiales
de
inteligencia
contra
organizaciones
vinculadas   al  crimen   organizado  que   actúen   a  nivel
nacional  afectando el  normal  desarrollo  de la  ejecución
de  obras  públicas  y  privadas;   así  como,  promoviendo
y  realizando invasiones  de  terrenos  u otras  actividades
propias de  la actividad criminal que  se relacionen con  su
campo funcional;  en su condición  de parte integrante  del
Sistema de inteligencia Policial (SIPOL);
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
Asesorar al Director de Seguridad del Estado de la
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
9) Mantener  enlace a través  del canal  de inteligencia
con los  órganos de  inteligencia del Ministerio  del Interior
y  el  Sistema  de  Inteligencia  Policial   (SIPOL)  a  ?n  de
intercambiar  información  en  las  materias  vinculadas  al
crimen organizado del ámbito funcional de su competencia;
10) Efectuar coordinaciones con diferentes autoridades
Artículo 167.- División de Asuntos Sociales
LaDivisióndeAsuntosSocialeseslaunidadorgánicade
carácter técnico, operativo y especializado; responsable de
prevenir, investigar y denunciar bajo la conducción jurídica
del ?scal, los delitos que se produzcan como consecuencia
de los  con?ictos de  asuntos político  - sociales,  vivienda,
agrarios  y  laborales; así  como,  los  delitos  asociados  a
la actividad  de construcción  civil o  cualquier otro  gremio
vinculado al crimen organizado a nivel nacional, conforme
a la normativa legal sobre la materia.
Asimismo, coordina y puede contar con la cooperación
y  apoyo  de  organizaciones  extranjeras  similares  en  el
ámbito de su competencia funcional.
Depende de  la  Dirección de  Seguridad del  Estado y
está a cargo de un O?cial Superior de Armas de la Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
?scales,
judiciales   y   procuradurías   públicas   a   nivel
nacional,  para  viabilizar la  ejecución  de  procedimientos
especiales   de  investigación   policial   y  denuncia   a   la
autoridad competente, en el ámbito de su campo funcional;
11)
Ejecutar  operaciones policiales  de  identi?cación,
ubicación y detención de los integrantes de organizaciones
criminales  a  nivel nacional  implicados  en  delitos  de  su
competencia funcional;
12)
Practicar  investigaciones   en   el  ámbito   de  su
competencia funcional, solicitadas por las Fiscalías a nivel
nacional, cuando fuera necesario por la connotación de los
hechos o su complejidad;
13)
Obtener, custodiar,  asegurar, trasladar y  procesar
indicios, evidencias y  elementos probatorios relacionados
con la investigación de su campo funcional, observando la
respectiva cadena de custodia;
La División de Asuntos Sociales de la Policía Nacional
del Perú tiene las funciones siguientes:
14)
Solicitar los peritajes de criminalística que resulten
pertinentes para la investigación a su cargo;
1)
Prevenir,  investigar  y  denunciar  a  nivel  nacional
15)
Coordinar   y  solicitar   información   a  entidades
?nes   de   investigación,   de
conformidad a la normativa legal vigente;
los delitos  que se  produzcan como  consecuencia de  los
con?ictos de asuntos políticos - sociales, vivienda, agrarios
y  laborales  derivados  en   delitos  contra  la  tranquilidad
pública (delitos contra la paz  pública), contra la seguridad
pública  (delitos de  peligro común,  contra  los medios  de
transporte,  comunicaciones  y  otros  servicios   públicos);
contra la  administración pública (violencia  y resistencia a
la  autoridad) y  su  forma agravada;  contra  el patrimonio
(usurpación o daños) y  violación de la libertad de  trabajo;
y, delitos conexos; de conformidad con la normativa sobre
la materia;
públicas
y
privadas
con
16)
Practicar  investigaciones ampliatorias  a  solicitud
del Ministerio Público, en su condición de unidad orgánica
especializada, en los casos  de delitos de su competencia
que   hayan  sido   de   conocimiento  de   otras   unidades
orgánicas del  sistema policial  de seguridad  del estado  a
nivel nacional;
17)
Adoptar las medidas de seguridad y reserva de los
documentos privados que forman parte de la investigación
a  su  cargo,  de  conformidad con  la  normativa  sobre  la
materia;
2)
Prevenir, investigar y  denunciar a nivel  nacional, el
delito de extorsión; coacción; contra la vida, el cuerpo  y la
salud, marcaje  o reglaje,  sicariato, contra la  paz pública;
así   como,  la   criminalidad  organizada   y   otros  delitos
asociados a  la actividad de  construcción civil o  cualquier
otro gremio que aparezca o tenga características similares
de actividad  criminal; en el  marco de la legislación  sobre
la materia;
18)
Administrar  los recursos  asignados  con  criterios
de e?ciencia y e?cacia, de conformidad con el marco legal
vigente;
19)
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
su competencia;
20)
Asesorar al Director de Seguridad del Estado de la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
3)
Solicitar  ante  la  autoridad  competente,  mediante
21)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
informe sustentado,  las  medidas limitativas  de derechos
previstas en la Ley, así como otras que sean necesarias; y
ejecutar las dispuestas por la autoridad judicial competente,
en el ámbito de su campo funcional;
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director de Seguridad del Estado de la Policía Nacional
del Perú le asigne.
4)
Proporcionar
información
a
las
autoridades
Artículo 168.- División de Extranjería
competentes sobre las actividades  de las organizaciones,
dirigentesgremiales,sindicalesypopularesquepromuevan
los con?ictos sociales; conforme a los  dispositivos legales
de la materia;
La  División de  Extranjería  es  la unidad  orgánica  de
carácter  técnico, operativo  y  especializado; responsable
de  prevenir,  investigar y  denunciar  a  nivel  nacional  las
infracciones  a la  Ley  de Migraciones  cometidas  por los
ciudadanos extranjeros en el territorio nacional;  así como,
los delitos conexos;  en el marco de  la normativa sobre la
materia.
5)
Coordinar   con    las    entidades   y    autoridades
competentes  a nivel  nacional  para  la facilitación  de  las
actas de  compromiso  e información  concernientes a  las
solicitudes formuladas  por los diferentes  entes gremiales
y  sindicales,   respecto  de  las   actividades  públicas   de
movilización, medidas de protesta, mítines, entre otros;
autoridades
Asimismo, coordina y puede contar con la cooperación
y  apoyo  de  organizaciones  extranjeras  similares  en  el
ámbito de su competencia funcional.
Depende de  la  Dirección de  Seguridad del  Estado y
está a cargo de un O?cial Superior de Armas de la Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
La División  de  Extranjería de  la Policía  Nacional  del
Perú tiene las funciones siguientes:
6)
Proporcionar
información
a
las
competentes   sobre  los   con?ictos   políticos   -  sociales
en   los  Pueblos   Jóvenes,  Asentamientos   Humanos   y
Organizaciones  Populares,   especialmente  relacionados
sobre los  problemas de  vivienda que  pudieran dar  lugar
a  la  presunta  comisión  del  delito   contra  el  patrimonio
(usurpación)  y   delitos  conexos,   de   conformidad  a   la
normativa sobre la materia;
1)
Detectar,  intervenir e  investigar  a  los  ciudadanos
7)
Proporcionar
información
a
las
autoridades
competentes  sobre las  actividades  de las Comunidades
Campesinas,  Cooperativas Agropecuarias  e  Industriales
en sus  múltiples manifestaciones,  que  pudieran generar
extranjeros  que  se  encuentren   en  situación  migratoria
irregular o ilegal, en el territorio nacional;
2)
conexos  (contra  la  fe   pública  u  otros),  cometidos  por
Investigar  y denunciar  a nivel  nacional  los delitos
72
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
ciudadanos extranjeros en  el territorio nacional, actuando
Presidente de la República en ejercicio, cónyuge, padres e
hijos, cautelando por su integridad física.
Asimismo, se  encarga  de garantizar  la seguridad  de
las  instalaciones  de  Palacio  de  Gobierno   y  residencia
particular del Jefe de Estado.
Depende de  la  Dirección de  Seguridad del  Estado y
está a cargo de un O?cial Superior de Armas de la Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
La  División  de Seguridad  Presidencial  de  la  Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
bajo la conducción del ?scal;
3)
Detectar,  intervenir e  investigar  a  los ciudadanos
extranjeros
de
dudosa
reputación
o
que
realicen
actividades  que   constituyan  un  peligro   para  el   orden
interno  y la  seguridad  nacional, con  la  ?nalidad que  se
proceda a  la salida obligatoria  y/o expulsión  del territorio
nacional;
4)
Realizar las investigaciones correspondientes sobre
los casos especiales de infracción a la Ley de Migraciones;
Efectuar  el control  de los  ciudadanos  extranjeros
5)
alojados   en  establecimientos   de  hospedaje   (hoteles,
hostales,   casas  de  hospedaje   y  otros)  para  detectar
a  los  infractores  a  la  Ley  de  Migraciones,   recabando
1)  Planear,   organizar,  dirigir,   ejecutar,  coordinar   y
controlar las operaciones policiales para brindar seguridad
integral  y permanente  al  Presidente de  la  República en
ejercicio, dentro  y fuera  del territorio  nacional; así como,
a la Primera Dama de la Nación, hijos y padres del Primer
Mandatario en el ámbito nacional;
2) Planear y ejecutar medidas de prevención orientadas
a detectar  y/o neutralizar  los riesgos  contra la integridad
física del Primer Mandatario de la Nación y familia;
3) Coordinar con las órganos y unidades orgánicas de la
Policía Nacional del Perú para la ejecución de operaciones
policiales  tendentes   a  garantizar   el  orden   público,  la
seguridad y  el libre  tránsito durante  los desplazamientos
y  eventos o?ciales  a  los que  asista  el Presidente  de  la
los
respectivos    manifiestos     de   pasajeros;     siendo
obligación    de  toda   persona   natural    o  jurídica    que
tenga  relación  con  dichos negocios   a colaborar  con  la
autoridad  policial;
6)
Efectuar el  control  en las  empresas de  transporte
público (terrestre, aéreo, marítimo y ?uvial) para detectar a
ciudadanos extranjeros infractores a la Ley de Migraciones,
los   respectivos   mani?estos   de  pasajeros;
estando obligado toda persona natural o jurídica que tenga
relación con dichos negocios a  colaborar con la autoridad
policial;
recabando
7)
Ejercer  el  control  de  los  extranjeros  que  tengan
vínculo laboral con empresas en el territorio nacional, a ?n     República y la familia presidencial a nivel nacional;
de veri?car si cuentan con la calidad migratoria habilitante;
4)  Velar   por  la  seguridad   de  las  instalaciones  de
de conformidad con la normativa sobre la materia;
Palacio de  Gobierno, mediante  la identi?cación,  registro,
autorización   de    acceso    de   personas    y   vehículos,
adoptando  las  acciones   necesarias  para  garantizar   la
seguridad de  la zona  de a?uencia a  las instalaciones  en
forma permanente;
8)
Ejecutar
las
resoluciones
expedidas
por
la
Superintendencia  Nacional de  Migraciones,  a  través  de
las  sanciones  impuestas  a   los  ciudadanos  extranjeros
infractores de  la  Ley de  Migraciones; en  el marco  de la
normativa sobre la materia;
5)  Prevenir,  detectar  y  neutralizar  la  realización  de
acciones de sabotaje, terrorismo o subversión que atenten
contra  la  seguridad del  Presidente  de  la  República,  su
familia,  las  instalaciones  de  Palacio  de   Gobierno  y  el
domicilio presidencial;
6)  Coordinar con  las  autoridades  políticas, militares,
policiales  y   demás  sectores  del  Estado,   las  acciones
que   sean    necesarias   para   garantizar   la    seguridad
encomendada; conforme a la normativa sobre la materia;
7)  Coordinar  con  la  Dirección  de  Inteligencia  de la
Policía  Nacional  del   Perú  los  respectivos  estudios  de
seguridad y  evaluación de  riesgos que  sean necesarios,
para el cumplimiento de sus funciones;
8) Coordinar  con los diversos  órganos de inteligencia
del  Sistema   de  Inteligencia   Policial  (SIPOL),   para  la
obtención de las apreciaciones de situación de los lugares
a donde  concurra el Presidente  de la República,  a ?n de
tomar conocimiento  de  los posibles  riesgos que  atenten
contra su integridad personal y/o de su familia;
9) Administrar los recursos  asignados con criterios de
e?ciencia  y e?cacia,  de conformidad  con  el marco  legal
vigente;
9)
Ejecutar  la pena  accesoria  de  expulsión del  país
impuesta al ciudadano  extranjero por la  autoridad judicial
competente,   una  vez   cumplida   la  pena   privativa   de
libertad, en coordinación con la Superintendencia Nacional
de Migraciones;
10)
Ejecutar el  traslado de reos  por mandato  judicial,
en  coordinación  con  el  Instituto Nacional  Penitenciario,
Ministerio  Público   y  la   Superintendencia   Nacional  de
Migraciones, para que  el extranjero cumpla el  resto de la
pena en su país de origen;
11)
Conducir a  los ciudadanos extranjeros  infractores
a  la Ley  de  Migraciones,  hasta  los Puestos  de  Control
Migratorio  Fronterizos,   para  la  ejecución   de  la  salida
obligatoria y/o expulsión del país;
12)
Colaborar  con  las  autoridades   judiciales  en  la
captura de  extranjeros requisitoriados que se  encuentren
en nuestro país;
13)
Coordinar   y  solicitar   información   a  entidades
?nes   de   investigación,   de
conformidad a la normativa legal vigente;
públicas
y
privadas
con
14)
Controlar  que  los  extranjeros   residentes  en  el
país se encuentren  provistos de su Carné  de Extranjería,
desarrollando la  calidad migratoria habilitante  y al día  en
el pago  de la  Tasa Anual de  Extranjería; comunicando  a
la  Superintendencia  Nacional  de   Migraciones  para  las
acciones correspondientes;
10) Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su competencia;
11) Asesorar al Director de Seguridad del Estado de la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
12)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
15)
Coordinar  con  la  Superintendencia  Nacional  de
Migraciones, a través del Sistema en Línea, a ?n de tomar     el Director de Seguridad del Estado  de la Policía Nacional
conocimiento  sobre  la  llegada y  salida  del  país  de  los
ciudadanos extranjeros;
del Perú le asigne.
16)
Atender  las  solicitudes de  apoyo  de  compañías
Artículo 170.- División de Seguridad del Congreso
La División  de  Seguridad del  Congreso es  la unidad
orgánica  de carácter  técnico,  operativo y  especializado;
de   planear,    dirigir,   organizar,    articular,
aéreas  o  marítimas, para  la  intervención,  identi?cación,
investigación, custodia y traslado hasta su país  de origen,
de extranjeros que clandestinamente hayan abordado sus
naves;
responsable
ejecutar,  controlar y  brindar  protección  personal  a nivel
nacional   y   en   forma   permanente   al  Presidente   del
Congreso, Vicepresidente del  Congreso, Congresistas de
la República y  Parlamentarios Andinos; así como, brindar
seguridad  a  las  instalaciones  del  Palacio  Legislativo  y
demás locales anexos.
17)
Administrar  los recursos  asignados  con  criterios
de e?ciencia y e?cacia, de conformidad con el marco legal
vigente;
18)
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
su competencia;
19)
Asesorar al Director de Seguridad del Estado de la
Depende de  la  Dirección de  Seguridad del  Estado y
está a cargo de un O?cial Superior de Armas de la Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
La División  de Seguridad  del  Congreso de  la Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
20)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director de Seguridad del Estado de la Policía Nacional
del Perú le asigne.
Artículo 169.- División de Seguridad Presidencial
La  División  de  Seguridad Presidencial  es  la  unidad
orgánica  de carácter  técnico,  operativo y  especializado;
responsable de  brindar protección y  seguridad integral al
1)  Plani?car,  organizar,  dirigir,  ejecutar,  coordinar  y
controlarlasoperacionespolicialesparabrindarseguridady
protección personal a nivel nacional y en forma permanente
al Presidente del Congreso, Vicepresidente del Congreso,
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
73
Congresistas de la República y Parlamentarios Andinos, a
?n de garantizar la integridad física y libertad individual de
los mismos, en el desarrollo de sus actividades y funciones
legalmente  establecidas;  en  el  marco   de  la  normativa
sobre la materia;
garantizar la  integridad  física y  libertad individual  de  los
mismos, en  el desarrollo  de sus  actividades  y funciones
legalmente establecidas;  en el  marco de  la  legislación y
protocolos sobre la materia;
2)  Brindar  seguridad  y  protección   personal  a  nivel
nacional y en  forma permanente a  los Ex Presidentes de
la República; Ex Ministros y Ex Directores Generales de la
Policía Nacional del Perú, con la ?nalidad de garantizar su
seguridad en sus desplazamientos y actividades; conforme
a la normativa y protocolos sobre la materia;
2)
Brindar seguridad y vigilancia a las instalaciones y al
perímetro del Palacio Legislativo y locales anexos, a ?n de
garantizar la seguridad  y el patrimonio de los  mismos, de
conformidad a la legislación sobre la materia;
3)
Otorgar  la  seguridad   de  certámenes  y   eventos
o?ciales al interior del recinto parlamentario, cuando así lo
3)
Brindar  seguridad  y  protección  personal   a  nivel
solicite el Presidente del Congreso de la República;
4)
nacional  y  en  forma  permanente   a  los  Mandatarios  y
Dignatarios  Extranjeros y  Delegaciones  Diplomáticas en
visita o?cial  a nuestro país;  así como a  los Embajadores
y  otras  personalidades  nacionales   y  extranjeras,  a  ?n
de velar  por  su integridad  física en  el desarrollo  de  sus
actividades o?ciales  y cotidianas;  de conformidad  con la
normativa y protocolos sobre la materia;
Coordinar  con  la  O?cialía  Mayor,   Protocolo,  las
Comisiones  del  Congreso   y  la  O?cina   de  Prevención
y Seguridad,  con  la ?nalidad  de atender  los  respectivos
requerimientos
de   seguridad,   en    el   ámbito   de    su
competencia funcional;
Prevenir,  detectar  y  neutralizar  la  realización  de
5)
acciones de sabotaje, terrorismo o subversión que atenten
contra la seguridad de las autoridades a su cargo o de las
instalaciones del Palacio Legislativo y locales anexos;
4)
Dirigir,
organizar,
operativos
ejecutar
y
controlar
los
procedimientos
policiales,
estableciendo
las  estrategias  que  sean  pertinentes,  para optimizar  la
cobertura de seguridad en el ámbito de su competencia;
6)
Coordinar  con  la  Dirección  de  Inteligencia  de  la
Policía  Nacional  del   Perú  los  respectivos  estudios  de
seguridad y  evaluación de  riesgos que  sean necesarios,
para el cumplimiento de sus funciones;
5)
Prevenir,  detectar  y  neutralizar  la  realización  de
acciones de sabotaje, terrorismo o subversión que atenten
contra la  seguridad de las  autoridades y  personalidades,
nacionales o  extranjeras a  su cargo,  en el  ámbito de  su
competencia;
7)
Coordinar con  los diversos órganos  de inteligencia
del  Sistema   de  Inteligencia   Policial  (SIPOL),   para  la
obtención  de  información  actualizada de  toda  actividad
político -social que pueda comprometer la seguridad de las
autoridades a su  cargo o de las  instalaciones del Palacio
Legislativo y  locales anexos;  adoptando las  acciones de
coordinación  y protección  necesarias para  neutralizarlas
y/o contrarrestarlas;
6)
Coordinar  con  la  Dirección  de  Inteligencia  de  la
Policía  Nacional  del   Perú  los  respectivos  estudios  de
seguridad y  evaluación de  riesgos que  sean necesarios,
para el cumplimiento de sus funciones;
7)
Coordinar con  los diversos órganos  de inteligencia
del  Sistema   de  Inteligencia   Policial  (SIPOL),   para  la
obtención   de  información   actualizada  que   le   permita
cumplir a  cabalidad  con su  ámbito funcional;  adoptando
las acciones de coordinación y protección necesarias para
neutralizar y/o contrarrestar los riesgos existentes;
8) Coordinar con las diferentes autoridades policiales y
el sistema policial de seguridad del estado a nivel nacional,
a ?n  de garantizar la  seguridad y protección  personal de
las autoridades y personalidades, nacionales o extranjeras
a su  cargo, cuando  éstos viajan  al interior  del país  para
cumplir  labores  inherentes al  cargo;  en  el  marco de  la
normativa sobre la materia;
8)
Coordinar con las diferentes autoridades policiales y
el sistema policial de seguridad del estado a nivel nacional,
a  ?n  de  garantizar  la  seguridad  y  protección  personal
permanente del Presidente del Congreso, Vicepresidentes,
Congresistas de  la  República y  Parlamentarios Andinos,
cuando éstos viajan al interior del país para cumplir labores
inherentes al cargo;  en el marco de la  normativa sobre la
materia;
9)
Administrar los recursos  asignados con criterios de
e?ciencia  y e?cacia,  de conformidad  con  el marco  legal
vigente;
10)
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
su competencia;
9) Administrar los recursos  asignados con criterios de
e?ciencia  y e?cacia,  de conformidad  con  el marco  legal
vigente;
11)
Asesorar al Director de Seguridad del Estado de la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
12)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
10) Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su competencia;
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director de Seguridad del Estado de la Policía Nacional
del Perú le asigne.
11)
Asesorar al Director de Seguridad del Estado de la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
12)
Artículo 171.- División de Protección de Dignatarios
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director de Seguridad del Estado de la Policía Nacional
del Perú le asigne.
La División de  Protección de Dignatarios es  la unidad
técnico,   operativo   y  especializado;
planear,   dirigir,    organizar,   ejecutar,
orgánica
carácter
responsable
de
controlar  y  brindar   seguridad  y  protección   personal  a
nivel  nacional  al   Presidente  de  la  República   electo  y
Ex  Presidentes;   Ministros   de  Estado   y  Ex   Ministros;
Presidente de  la Corte  Suprema, Magistrados  del Poder
Judicial, Funcionarios de los Organismos Constitucionales
Autónomos, Gobernadores  Regionales,  Director General
de la Policía Nacional del Perú  y Ex Directores Generales
de la Institución Policial.
Asimismo,  brinda seguridad  y  protección  personal a
los Mandatarios y Dignatarios Extranjeros  y Delegaciones
Diplomáticas en visita o?cial a  nuestro país; Embajadores
y  otras  personalidades  nacionales  y  extranjeras,  en  el
marco de la normativa sobre la materia.
Depende de  la  Dirección de  Seguridad del  Estado y
está a cargo de un O?cial Superior de Armas de la Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
La División de  Protección de Dignatarios de la  Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
Artículo 172.- División de Inteligencia de Seguridad
del Estado
La División de Inteligencia de la Dirección de Seguridad
del Estado es la unidad orgánica especializada y operativa;
responsable  de producir  inteligencia  y contrainteligencia
policial,  en  materia  de  seguridad  del  estado   en  todas
sus  modalidades a  nivel  nacional;  pudiendo  contar con
la  cooperación   y   apoyo  de   agencias  internacionales,
de conformidad  con  los lineamientos  de la  Dirección  de
Inteligencia de la Policía Nacional del Perú.
Forma  parte  integrante  del  Sistema  de  Inteligencia
Policial (SIPOL) que  dirige la Dirección de Inteligencia  de
la Policía Nacional del Perú.
Depende de  la  Dirección de  Seguridad del  Estado y
está a cargo de un O?cial Superior de Armas de la Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de  Coronel   o  Comandante,   debidamente  cali?cado   y
especializado en inteligencia policial.
La División de Inteligencia de Seguridad del Estado de
la Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
1)
Brindar  seguridad  y  protección  personal   a  nivel
nacional  y   en  forma  permanente  al   Presidente  de  la
República electo y  Ex Presidentes; Ministros de  Estado y
Ex Ministros; Presidente de la Corte Suprema, Magistrados
1) Producir inteligencia  y contrainteligencia policial  en
materia del ámbito funcional de la Dirección  de Seguridad
del  Estado,  de conformidad  con  los  lineamientos  de  la
Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional del Perú;
2) Ejecutar operaciones especiales  de inteligencia, en
el marco del campo funcional de su competencia;
del
Poder   Judicial,   Funcionarios  de   los   Organismos
Constitucionales  Autónomos, Gobernadores  Regionales,
Director  General  de  la  Policía  Nacional  del  Perú y  Ex
Directores  Generales  de la  Institución  Policial;  a  ?n  de
74
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
3)
Obtener información en el ámbito de sus  funciones,
7)
Dirigir,
organizar,
controlar
y
supervisar
las
en apoyo  a los órganos de  inteligencia que conforman  el
Sistema de Inteligencia Policial (SIPOL);
operaciones
técnico
especializadas
de
desminado
humanitario y acciones conexas;
8)
tendientes a combatir  y neutralizar la minería  y tala ilegal
a nivel nacional;
4)
Asesorar al Director  de Seguridad del Estado  de la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
Las demás funciones que le corresponda de acuerdo
Brindar
apoyo
en
las
operaciones
policiales
5)
a las disposiciones legales vigentes y otras que el Director
de Seguridad  del Estado de  la Policía  Nacional del Perú
le asigne.
9)  Controlar y  supervisar  el servicio  de  protección y
seguridad en zonas de in?uencia de las empresas públicas
o   privadas  de   explotación   y   transporte  de   recursos
naturales o  energéticos a  nivel nacional,  en el marco  de
Artículo 173.- Dirección de Operaciones Especiales     los convenios aprobados por el Ministerio del Interior;
La Dirección de  Operaciones Especiales es el órgano
especializado, de  carácter técnico y  sistémico, normativo
10)  Atender   subsidiariamente   el   requerimiento  de
la  Superintendencia   Nacional  de  Control  de   Servicios
de  Seguridad, Armas,  Municiones  y  Explosivos  de Uso
Civil –  SUCAMEC para  brindar apoyo  en el  control y en
el transporte  de armas  de fuego,  munición, explosivos  y
productos pirotécnicos; conforme  a la legislación sobre la
materia;
11) Participar,  consolidar y  sustentar la programación
de actividades anual  articulado al cuadro de necesidades
y  asignación  presupuestal, proponiendo  los  indicadores
de  productos  y  procesos;  así  como,  formular,  aprobar,
ejecutar y evaluar el Plan de Trabajo Anual de la Dirección
a su cargo, concordante con el Plan Operativo Anual de la
Policía Nacional del  Perú, Planes Generales  y Planes de
Operaciones;
12)  Dirigir,  coordinar, evaluar,  controlar  y  supervisar
la  formulación   de   los  Planes   de  Operaciones   de   la
Dirección  a su  cargo,  en el  marco  del  cumplimiento de
los  Planes   Generales  dispuestos  y   aprobados  por   la
Sub Dirección  General de  la Policía  Nacional del Perú  y
los  Planes de  Operaciones de  la  Dirección Nacional  de
Orden y  Seguridad; considerando en el  planeamiento los
documentos de inteligencia que correspondan;
13) Aprobar las Ordenes de Operaciones que deberán
desarrollar  y  ejecutar  las   diversas  unidades  orgánicas
que componen  la  Dirección a  su cargo;  de  conformidad
con los  Planes Generales dispuestos  y aprobados por  la
Sub Dirección  General de  la Policía  Nacional del Perú  y
los  Planes de  Operaciones de  la  Dirección Nacional  de
Orden y Seguridad, para el ejercicio operativo de la función
policial;
y
operativo;   responsable   de   coordinar   y   establecer
de  manera   articulada   las  líneas   de  acción   conjunta,
complementarias  y  subsidiarias  en  apoyo  a  las  Macro
Regiones  Policiales,  Regiones  y Frentes  Policiales;  así
como, a  los  demás órganos  y unidades  orgánicas de  la
Policía  Nacional  del  Perú,   que  requieran  acciones  de
respuesta especial y cuando el Director Nacional de Orden
y Seguridad lo autorice.
Asimismo,  está  encargada  de  ejecutar  operaciones
policialesdeapoyocontraterrorista;contraeltrá?coilícitode
drogas; de búsqueda y  rescate de personas; operaciones
técnico
especializado   de    desminado   humanitario    y
acciones   conexas;  apoyo   a   la  interdicción   contra   la
minería,  tala  ilegal  y  delitos  conexos;  mantenimiento  y
restablecimiento  del  orden   interno,  orden  público  y  la
seguridad  pública  e  intervenir  en  situaciones  de  crisis,
desastres, inundaciones y catástrofes; y las demás que se
le asigne. Tiene competencia a nivel nacional.
La  Dirección de  Operaciones  Especiales  coordina  y
puede contar con la cooperación y apoyo de organizaciones
extranjeras  similares  en  el   ámbito  de  su  competencia
funcional.
Depende
de   la   Dirección   Nacional   de   Orden   y
Seguridad y está a  cargo de un O?cial General  de Armas
de la Policía  Nacional del Perú  en situación de actividad,
en el grado de General.
La Dirección de  Operaciones Especiales de la  Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
1)
Planear,  organizar,   ejecutar,  coordinar,  controlar
14)  Dirigir las  acciones y  operaciones  especiales de
inteligencia y contrainteligencia policial en el ámbito  de su
competencia, pudiendo contar con la cooperación y apoyo
de agencias internacionales;
y  supervisar   las  operaciones  especiales   de  maniobra
contraterrorista y  antidrogas a  nivel nacional, que  por su
naturaleza requieran de su participación;
2)
Planear,  organizar,   ejecutar,  coordinar,  controlar
15) Estudiar, actualizar, diseñar y proponer estrategias
y procedimientos  para las  técnicas de  operatoria policial
dentro del ámbito de su competencia;
y supervisar  las operaciones  policiales de  apoyo para  el
control de graves  alteraciones del Orden Interno  y Orden
Público, cuando  sea rebasada la  capacidad operativa de
los órganos  y unidades  orgánicas de  la Policía  Nacional
del  Perú competentes  en  esta  materia  a nivel  nacional
o  en   caso  de  producirse   graves  desastres  naturales,
catástrofes, inundaciones y otros; así como, la búsqueda y
rescate de personas;
16)
Proponer   la    celebración   de   convenios    con
organizaciones nacionales  e internacionales  que apoyan
las actividades  policiales propias de  su campo  funcional,
para
el
intercambio
de
información,
capacitación,
especialización y equipamiento de la Dirección a su cargo,
en coordinación con la Sub Dirección General o la Dirección
de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú,
en el ámbito de su competencia;
3)
Coordinar,   ejecutar,  controlar   y   supervisar   las
operaciones policiales de patrullaje  en apoyo a las Macro
Regiones, Regiones y  Frentes Policiales a nivel nacional,
cuando sea  necesaria su participación  en el marco  de la
seguridad ciudadana;
17)
Dirigir   y   supervisar   el   proceso   de   registro,
recopilación  y análisis  de la  información  estadística que
produzca la Dirección a su cargo, para una adecuada toma
de decisiones,  de conformidad  con los  lineamientos que
dicte la  División de Estadística  de la Policía Nacional  del
Perú;
4)
Dirigir, coordinar, controlar y supervisar la ejecución
de  las  operaciones  especiales   de  apoyo  a  las  Macro
Regiones, Regiones  y Frentes  Policiales así  como  a los
demás  órganos  y  unidades  orgánicas  de  la  institución
policial que operan a nivel nacional, en situaciones de crisis
y alto  riesgo, en caso  de toma de  rehenes, secuestros u
otrossimilares;recuperacióndelocalespúblicosyprivados,
naves y aeronaves tomados violentamente por el accionar
18) Transmitir  información a  los registros  y bases  de
datos  del  Registro  Nacional  de  Seguridad  Pública  que
administra la Dirección  de Tecnología de la Información  y
Comunicaciones de la Policía Nacional del Perú;
19) Gestionar ante  la Escuela Nacional de  Formación
Profesional   Policial  la   capacitación,   especialización  y
actualización   permanente  del   personal   policial   de  la
Dirección  a su  cargo,  en  materias  relacionadas con  su
campo funcional;
terrorista,
delincuencia   común   y   crimen   organizado;
desalojos y usurpaciones  agravadas de terrenos públicos
y privados de gran magnitud,  y por reclamos sociales con
medidas radicales u otros a nivel nacional; en el marco de
la legislación de la materia;
20) Administrar los  recursos asignados a  la Dirección
a  su   cargo,  con  criterios  de   e?ciencia  y  e?cacia,   de
conformidad con el marco legal vigente;
5)
Orientar,  coordinar,  ejecutar,  organizar,   controlar
y  supervisar  el apoyo  de  las  operaciones  policiales  de
seguridad  para  el  traslado  masivo  de  internos  de  alta
peligrosidad  a  los  penales;  así como,  participar  en  las
requisas que se realicen en establecimientos penitenciarios
de máxima seguridad a nivel nacional;
21) Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
competencia;
Asesorar   al   Director    Nacional   de   Orden   y
Seguridad de  la Policía Nacional  del Perú en asuntos  de
su competencia; y,
22)
6)
Brindar   apoyo    a    las   operaciones    policiales
especiales en la  intervención a organizaciones criminales
de alta  peligrosidad, en el  marco del ámbito funcional  de
los órganos  y unidades  orgánicas de  la Policía  Nacional
del Perú competentes en la materia;
23)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director  Nacional de  Orden  y Seguridad  de la  Policía
Nacional del Perú le asigne.
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
75
Artículo
174.-
Estructura
de
la
Dirección
de
Director de Operaciones Especiales de la Policía Nacional
del Perú le asigne.
Operaciones Especiales
La   Dirección  de   Operaciones   Especiales   para  el
cumplimiento de  sus  funciones cuenta  con las  unidades
orgánicas especializadas siguientes:
Artículo 176.- División de Intervenciones Rápidas
La  División de  Intervenciones  Rápidas  es  la unidad
orgánica  de carácter  técnico,  operativo y  especializado;
a. División de Operaciones Especiales;
b. División de Intervenciones Rápidas;
c. División de Operaciones Tácticas Urbanas;
d. División Contraminas; y,
responsable
de
desarrollar
operaciones
policiales
especializadas  para  enfrentar con  rapidez  y  efectividad
los  con?ictos  sociales  de  magnitud  que  se  susciten  a
nivel nacional y que causen graves alteraciones del orden
público u orden interno,  en apoyo de las Macro  Regiones
Policiales, Regiones y Frentes Policiales; en el marco de la
normativa sobre la materia.
Asimismo, se  encarga de  apoyar en  las operaciones
policiales  de  patrullaje  y en  operaciones  especiales  de
intervención  en  crimen  organizado,  en  el  marco  de  la
seguridad ciudadana  y  combate de  la delincuencia,  que
hayan sido autorizadas por  el Director Nacional de Orden
y Seguridad de la Policía Nacional del Perú.
Depende de la Dirección de Operaciones Especiales y
está a cargo de un O?cial Superior de Armas de la Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
La  División de  Intervenciones  Rápidas  de  la Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
e. División de Inteligencia de Operaciones Especiales.
Artículo 175.- División de Operaciones Especiales
La  División de  Operaciones Especiales  es  la unidad
orgánica  de carácter  técnico,  operativo y  especializado;
responsable  de   ejecutar  a  nivel   nacional  operaciones
policiales
especializadas
de
seguridad,
prevención,
búsqueda  y   combate   contraterrorista  en   respuesta  a
las amenazas  y desafíos  al orden  interno y la  seguridad
pública; en el marco de la normativa sobre la materia.
Asimismo,  interviene   en  operaciones   policiales  de
apoyo contra  el trá?co ilícito  de drogas y en  operaciones
de  búsqueda  y rescate  de  personas  en  situaciones  de
desastres, inundaciones y catástrofes; así como, mediante
acciones de respuesta especial y en apoyo para desalojos
y usurpaciones agravadas de terrenos públicos y privados
de gran magnitud; previa autorización del Director Nacional
de Orden y Seguridad de la Policía Nacional del Perú.
La  División  de  Operaciones   Especiales  coordina  y
puede contar con la cooperación y apoyo de organizaciones
extranjeras  similares  en  el   ámbito  de  su  competencia
funcional.
1)  Intervenir en  el  mantenimiento  y restablecimiento
de graves  alteraciones del orden  público u  orden interno
a  nivel  nacional,   que  resulten  como  consecuencia  de
con?ictos  sociales  de magnitud,  apoyando  a  las  Macro
Regiones
Policiales,   Regiones   y    Frentes   Policiales,
cuando han sido rebasadas en su capacidad operativa;
2)  Ejecutar  operaciones   policiales  de  patrullaje   en
apoyo  a   las   Macro  Regiones   Policiales,  Regiones   y
Frentes Policiales a  nivel nacional, cuando sea necesaria
su participación en el marco de la seguridad ciudadana;
3) Apoyar a  las Macro  Regiones Policiales, Regiones
y Frentes  Policiales  a nivel  nacional, en  la ejecución  de
operaciones policiales contra el crimen organizado y otros
delitos, cuando por su naturaleza y trascendencia se hace
necesario su participación;
Depende de la Dirección de Operaciones Especiales y
está a cargo de un O?cial Superior de Armas de la Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
La División  de  Operaciones Especiales  de la  Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
1)
Prevenir  y combatir  el  terrorismo a  nivel nacional
en zonas  convulsionadas o sensibles,  de manera directa
o en operaciones conjuntas  con las Fuerzas Armadas; de
conformidad con la normativa sobre la materia;
4) Apoyar  en las operaciones  policiales de  seguridad
para el  traslado  masivo de  internos de  alta  peligrosidad
Apoyar las  operaciones  policiales contra  el trá?co      a los penales; así como,  participar en las requisas que se
realicen  en  establecimientos  penitenciarios  de   máxima
seguridad a nivel nacional;
2)
ilícito de drogas a nivel nacional, cuando por su naturaleza
se requiera de su participación;
3)
Coordinar,  ejecutar   y  controlar   las  operaciones
5) Informar  y emitir  opinión técnica sobre  asuntos de
competencia;
policiales  de   apoyo  a  las   Macro  Regiones  Policiales,
Regiones y Frentes Policiales, en desalojos y usurpaciones
agravadas   de  terrenos   públicos   y   privados  de   gran
magnitud,  a nivel  nacional,  en  el  caso de  la  existencia
de  indicativos su?cientes  de  grave  alteración  del orden
público;
6)Asesorar al Director de Operaciones Especiales de la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
7) Las demás funciones que le corresponda de acuerdo
a las disposiciones legales vigentes y otras que el Director
de Operaciones Especiales de la Policía Nacional del Perú
le asigne.
4)
Intervenir  en operaciones  de  búsqueda y  rescate
de personas en  situaciones de desastres, inundaciones y
catástrofes u  otros que  por su  naturaleza y  magnitud se
hacen necesario su participación  en apoyo a la población
a nivel nacional;
Artículo  177.-  División   de  Operaciones  Tácticas
Urbanas
La  División  de Operaciones  Tácticas  Urbanas  es la
unidad orgánica de carácter técnico, sistémico y normativo,
operativo  y  especializado;  responsable   de  coordinar  y
ejecutar operaciones  policiales especiales para  intervenir
técnica y tácticamente en situaciones de crisis y alto riesgo,
en caso de toma de rehenes, secuestros u otros similares,
en la  recuperación de locales  públicos y privados,  naves
y   aeronaves  tomados   violentamente   por   el  accionar
terrorista, delincuencia  común o  crimen organizado  y en
reclamos sociales con  medidas radicales; en el marco  de
la normativa sobre la materia.
5)
Apoyar a  los  órganos y  unidades orgánicas  de  la
Policía Nacional del Perú, en  la ejecución de operaciones
policiales del campo funcional de su competencia, cuando
por su  naturaleza y  trascendencia se  hace necesaria  su
participación;
6)
Ejecutar  patrullas  contraterroristas  conjuntas  con
las Fuerzas Especiales de las Fuerzas Armadas, en zonas
sensibles y convulsionadas,  en el marco de  la legislación
de la materia;
7)
Participar   en   la   defensa  interior   del   territorio
y  soberanía   de  las  fronteras,   de  conformidad  con   la
normativa de la materia;
Asimismo,  se   encarga  de   apoyar  las  operaciones
policiales especiales  en la  intervención a  organizaciones
criminales de alta peligrosidad y en capsulas de seguridad
para casos especiales de  protección a dignatarios o altas
personalidades nacionales y extranjeras, con autorización
del Director Nacional de Orden y Seguridad.
Urbanas
coordina y  puede contar  con la  cooperación y  apoyo de
organizaciones  extranjeras similares  en el  ámbito  de su
competencia funcional.
Depende de la Dirección de Operaciones Especiales y
está a cargo de un O?cial Superior de Armas de la Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
8)
Brindar  servicio   de   protección  y   seguridad  en
zonas de  in?uencia de las  empresas públicas o  privadas
encargadas de la administración,  explotación y transporte
de  recursos naturales  o  energéticos  (minería,  gasíferas
e  hidrocarburos)   a  nivel   nacional,  evitando  atentados
saboterroristas,  delincuenciales   y   robo  de   explosivos,
previo convenio aprobado por el Ministerio del Interior;
La
División
de
Operaciones
Tácticas
9)
Informar y  emitir opinión  técnica sobre asuntos  de
competencia;
10)
Asesorar al Director de Operaciones Especiales de
la Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia;
y,
11)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
La  División de  Operaciones  Tácticas  Urbanas  de la
Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que el
76
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
1)
Intervenir técnica  y tácticamente en  situaciones de
de  Acción   Integral  contra   las  minas   antipersonal;  de
conformidad a su ámbito funcional;
crisis y  alto riesgo  a nivel  nacional, en caso  de toma  de
rehenes, secuestros u otros similares,  a ?n de proceder a
su liberación, en el marco de la legislación de la materia;
6) Impartir instrucción y charlas de sensibilización a los
pobladores que habitan en inmediaciones de las áreas que
cuenten con campos minados  o desminados, autoridades
políticas  de las  zonas  aledañas, autoridades  militares  y
policiales,  a ?n  de  evitar  accidentes  por  detonación de
minas antipersonales;
7) Participar  en el  programa de asistencia  a víctimas
por minas antipersonal y/o restos explosivos no detonados,
y coordinar con las entidades involucradas, en el marco de
la legislación sobre la materia;
8)  Planear,   organizar,  dirigir,   coordinar,  ejecutar   y
controlar las operaciones de despeje de campos de batalla
para  la  búsqueda,  localización  y  destrucción de  restos
explosivos  de guerra  en  campos  de entrenamiento  con
explosivos y  campos de  prácticas de tiro  con proyectiles
de uso  militar, incluyendo  las zonas  donde  se sospeche
la  existencia  de  dispositivos  explosivos  improvisados o
trampas cazabobos;
9)  Efectuar  la  destrucción  de  restos   explosivos  de
guerra existentes en arsenales, polvorines y almacenes de
los órganos  y unidades  orgánicas de  la Policía  Nacional
del Perú  que lo  requieran; así  como, de  otras entidades
públicas o privadas que lo soliciten, previa autorización del
Director Nacional de Orden y Seguridad;
2)
Ejecutar operaciones  policiales tácticas propias  de
la especialidad  a nivel  nacional, para  la recuperación de
locales públicos  y privados,  naves y  aeronaves tomados
violentamente   por  el   accionar   terrorista,   delincuencia
común  y   crimen  organizado,  y  por   reclamos  sociales
con  medidas radicales  u otros  de  naturaleza similar,  de
conformidad con la normativa de la materia;
3)
Apoyar   las    operaciones   policiales   especiales
en  la  intervención  a  organizaciones  criminales  de  alta
peligrosidad,  en  el  marco  del   ámbito  funcional  de  los
órganos y  unidades orgánicas  de la  Policía Nacional del
Perú competentes en la materia;
4)
Integrar
cápsulas
de
seguridad,
en
casos
especiales para la protección táctica de altos dignatarios y
personalidades nacionales  y/o extranjeras, cuando por  la
naturaleza de las operaciones policiales de seguridad sea
necesario su participación;
5)
Formular  y  proponer los  respectivos  documentos
técnicos normativos  de su campo  funcional, para  regular
las  actividades y  operaciones policiales  a  nivel nacional
que presta la Policía Nacional del Perú;
6)
Informar y  emitir opinión  técnica sobre asuntos  de
competencia;
10)  Planear,  organizar,  dirigir,   coordinar,  ejecutar  y
controlar  las   operaciones  policiales  de   apoyo  a   nivel
nacional, para la interdicción contra la minería y tala ilegal,
y delitos conexos, utilizando cargas explosivas controladas
para   la  destrucción   y/o   inutilización   de  maquinarias,
equipos, vehículos, embarcaciones y otros; en el marco de
la normativa sobre la materia;
7)
Asesorar al Director de Operaciones Especiales de la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
8)
Las demás funciones que le corresponda de acuerdo
a las disposiciones legales vigentes y otras que el Director
de Operaciones Especiales de la Policía Nacional del Perú
le asigne.
11)
Apoyar   subsidiariamente   el   requerimiento   de
Artículo 178.- División Contraminas
la  Superintendencia   Nacional  de  Control  de   Servicios
de  Seguridad, Armas,  Municiones  y  Explosivos  de Uso
Civil –  SUCAMEC para  brindar apoyo  en el  control y en
el transporte  de armas  de fuego,  munición, explosivos  y
productos pirotécnicos, en el marco de la normativa sobre
la materia;
La  División  Contraminas  es  la   unidad  orgánica  de
carácter técnico, operativo y especializado; responsable de
realizar operaciones técnico especializadas de desminado
humanitario, para la  búsqueda, localización y destrucción
de minas antipersonal y restos explosivos no detonados en
los campos minados, desminados y  zonas adyacentes en
el territorio nacional;  así como, de intervenir  en hallazgos
de  minas  antipersonal y  en  la  identi?cación  de  nuevas
zonas minadas.
12) Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
competencia;
13) Asesorar al Director de Operaciones Especiales de
la Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia;
y,
14)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que el
Director de Operaciones Especiales de la Policía Nacional
del Perú le asigne.
Asimismo,
se   encarga    de   ejecutar    operaciones
de  despeje  de   campos  de  batalla   para  la  búsqueda,
localización y  destrucción de restos explosivos  de guerra
en  campos de  entrenamiento  con  explosivos y  campos
de prácticas  de tiro con  proyectiles de uso  militar y otras
zonas contaminadas;  en el  marco de  la normativa sobre
la materia.
Artículo
179.-
División
de
Inteligencia
de
Operaciones Especiales
La División de Inteligencia de Operaciones Especiales
La
División
Contraminas
puede
participar
en
el
apoyo de  operaciones policiales de  interdicción contra  la
minería y tala ilegal, y delitos conexos, mediante el uso de
cargas explosivas controladas. Tiene  competencia a nivel
nacional.
es
la
unidad
orgánica
especializada
y
operativa;
responsable  de producir  inteligencia  y contrainteligencia
policial, en materia del campo de competencia funcional de
la Dirección  de Operaciones Especiales  a nivel nacional,
de conformidad  con  los lineamientos  de la  Dirección  de
Inteligencia de la Policía Nacional del Perú.
Forma  parte  integrante  del  Sistema  de  Inteligencia
Policial (SIPOL) que  dirige la Dirección de Inteligencia  de
la Policía Nacional del Perú.
Depende de la Dirección de Operaciones Especiales y
está a cargo de un O?cial Superior de Armas de la Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
La  División  Contraminas  de  la  Policía  Nacional  del
Perú tiene las funciones siguientes:
Depende de la Dirección de Operaciones Especiales y
está a cargo de un O?cial Superior de Armas de la Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de  Coronel   o  Comandante,   debidamente  cali?cado   y
especializado en inteligencia policial.
La División de Inteligencia de Operaciones Especiales
de   la  Policía   Nacional  del   Perú   tiene  las   funciones
siguientes:
1)
Planear,  organizar,   dirigir,  coordinar,   ejecutar  y
controlar  las  operaciones  de  alto  riesgo de  desminado
humanitario para  la búsqueda,  localización y destrucción
de minas  antipersonal y  restos explosivos  no detonados
en los campos minados, desminados  y zonas adyacentes
en el  territorio nacional; así  como, en la  identi?cación de
nuevas zonas minadas;
2)
Realizar peritajes  e informes técnicos de  o?cio o a
petición de autoridades y entidades públicas competentes,
1) Producir inteligencia  y contrainteligencia policial  en
materiadelámbitofuncionaldelaDireccióndeOperaciones
Especiales,  de  conformidad  con  los lineamientos  de  la
Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional del Perú;
2) Ejecutar operaciones especiales  de inteligencia, en
el marco del campo funcional de su competencia;
3) Obtener información en el ámbito de  sus funciones,
en apoyo  a los órganos de  inteligencia que conforman  el
Sistema de Inteligencia Policial (SIPOL);
4)Asesorar al Director de Operaciones Especiales de la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
5) Las demás funciones que le corresponda de acuerdo
a las disposiciones legales vigentes y otras que el Director
para
casos   que   se    relacionen   con   la    fabricación,
almacenamiento, destrucción, activación o accidentes con
minas antipersonales y/o restos explosivos no detonados;
3)
Efectuar inspecciones y veri?caciones de los campos
minados y desminados en el territorio nacional;
Emitir la certi?cación  nacional de los campos libres
4)
de minas  antipersonal y restos  explosivos no detonados;
a requerimiento  de  las autoridades  y entidades  públicas
competentes, en el marco de la normativa sobre la materia;
5)
sobre  minas  antipersonal  del  Ministerio   de  Relaciones
Exteriores, en  relación al cumplimiento del  Plan Nacional
Coordinar  con  la autoridad  nacional  de  acciones
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
77
de Operaciones Especiales de la Policía Nacional del Perú
le asigne.
10)  Dirigir,  coordinar, evaluar,  controlar  y  supervisar
la  formulación   de   los  Planes   de  Operaciones   de   la
Dirección  a su  cargo,  en el  marco  del  cumplimiento de
los  Planes   Generales  dispuestos  y   aprobados  por   la
Sub Dirección  General de  la Policía  Nacional del Perú  y
los  Planes de  Operaciones de  la  Dirección Nacional  de
Orden y  Seguridad; considerando en el  planeamiento los
documentos de inteligencia que correspondan;
11)   Aprobar    las   Ordenes    de   Operaciones    que
deberán  desarrollar  y   ejecutar  las  unidades  orgánicas
que componen  la  Dirección a  su cargo;  de  conformidad
con los  Planes Generales dispuestos  y aprobados por  la
Sub Dirección  General de  la Policía  Nacional del Perú  y
los  Planes de  Operaciones de  la  Dirección Nacional  de
Orden y Seguridad, para el ejercicio operativo de la función
policial;
Artículo 180.- Dirección de Seguridad Integral
La  Dirección   de   Seguridad  Integral   es  el   órgano
especializado, de  carácter técnico y  sistémico, normativo
y operativo;  responsable de  planear, organizar,  conducir,
coordinar, evaluar  y supervisar las  operaciones policiales
relacionadas
a
la
seguridad
de
fronteras;
seguridad
aeroportuaria,  ?uvial  y  lacustre;  seguridad  de  servicios
esenciales y entidades públicas; seguridad de embajadas y
residencias diplomáticas; y, subsidiariamente la seguridad
de  los  penales,  en  el  marco  de  la  normativa sobre  la
materia. Tiene competencia a nivel nacional.
Asimismo, coordina y puede contar con la cooperación
y  apoyo  de  organizaciones  extranjeras  similares  en  el
ámbito de su competencia funcional.
12)
Coordinar  y  atender  los   requerimientos  de  las
judiciales,    Ministerio   Público    y    demás
Depende
de   la   Dirección   Nacional   de   Orden   y
autoridades
Seguridad  y  está  a  cargo  de un  O?cial  General  de  la
Policía Nacional del  Perú en situación  de actividad, en el
grado de General.
autoridades  competentes   en   el  marco   de  su   ámbito
funcional y de la normativa legal sobre la materia;
13)
Dirigir  las acciones  y operaciones  especiales  de
La   Dirección  de   Seguridad  integral   de   la  Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
inteligencia y contrainteligencia policial en el ámbito  de su
competencia funcional, pudiendo contar con la cooperación
y apoyo de agencias internacionales;
1)
Planear,   organizar,   dirigir,   ejecutar,    coordinar,
controlar y  supervisar los servicios de  vigilancia y control
de   las  fronteras,   contribuyendo   al   desarrollo  de   las
mismas; así como, coadyuvar en las  actividades referidas
a la  defensa nacional, conforme  a la  legislación sobre la
materia;
14)
Estudiar, actualizar, diseñar y proponer estrategias
y procedimientos  para las  técnicas de  operatoria policial
dentro del ámbito de su competencia;
15)
órganos
Coordinar  el  apoyo   necesario  de  los   diversos
de   la   Policía   Nacional   del   Perú,    para   el
planeamiento y empleo de las fuerzas, en las operaciones
conjuntas y simultaneas  propias de su campo funcional  a
nivel nacional;
Proponer   la    celebración   de   convenios    con
organizaciones nacionales  e internacionales  que apoyan
las actividades  policiales propias de  su campo  funcional,
2)
Participar como integrante del Sistema de Vigilancia
de  Fronteras   del  Comando   Conjunto  de   las  Fuerzas
Armadas;  representando a  la  Policía  Nacional del  Perú
en el  marco de su  campo funcional  y normativa sobre  la
materia;
Planear,   organizar,   dirigir,   ejecutar,    coordinar,
16)
3)
para
el
intercambio
de
información,
capacitación,
Dirección   de
controlar  y   supervisar  las  operaciones   policiales  para
garantizar  la  seguridad  aeroportuaria,  marítima,  ?uvial,
lacustre  y  de  puertos  y el  libre  funcionamiento  de  sus
actividades  a  nivel  nacional;  previniendo,  identi?cando,
especialización
y
equipamiento
de
la
Seguridad Integral y unidades orgánicas que la conforman,
en coordinación con la Sub Dirección General o la Dirección
de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú,
en el ámbito de su competencia;
Dirigir   y   supervisar   el   proceso   de   registro,
recopilación  y análisis  de la  información  estadística que
produzca la Dirección a su cargo, para una adecuada toma
de decisiones,  de conformidad  con los  lineamientos que
dicte la  División de Estadística  de la Policía Nacional  del
Perú;
investigando
y   neutralizando    los   riesgos   contra    la
seguridad; así como, combatir la delincuencia en el ámbito
de su competencia;  de conformidad a  la normativa sobre
la materia;
Planear,   organizar,   dirigir,   coordinar,   controlar
17)
4)
y  supervisar   las  operaciones   policiales  de   seguridad,
vigilancia y protección de los servicios públicos esenciales
de  energía eléctrica,  agua  potable,  telecomunicaciones,
energía  nuclear,   oleoducto,  sistema  interconectado  de
energía eléctrica del Mantaro, de antenas y de los sistemas
de  comunicación  integrados  de  la  Policía  Nacional  del
Perú; en el marco de la normativa sobre la materia;
18)
Transmitir información  a los  registros y  bases de
datos  del  Registro  Nacional  de  Seguridad  Pública  que
administra la Dirección  de Tecnología de la Información  y
Comunicaciones de la Policía Nacional del Perú;
19)
Gestionar ante la  Escuela Nacional de Formación
5)
controlar
Planear,   organizar,   dirigir,   ejecutar,    coordinar,
Profesional   Policial  la   capacitación,   especialización  y
actualización   permanente  del   personal   policial   de  la
Dirección  a su  cargo,  en  materias  relacionadas con  su
campo funcional;
y   supervisar   las   operaciones   policiales   de
seguridad  de   la  instalación   física,  bienes   y  servicios
públicos  de   la  sede  principal   de  Palacio  de   Justicia,
ministerios,   organismos  constitucionales   autónomos   y
otros de carácter esencial y/o estratégico a nivel nacional;
conforme a la legislación sobre la materia;
Planear,   organizar,   dirigir,   ejecutar,    coordinar,
y   supervisar   las   operaciones   policiales   de
20)
Administrar los recursos asignados a la Dirección a
su cargo, con criterios e?ciencia y e?cacia, de conformidad
con el marco legal vigente;
6)
controlar
21)
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
su competencia;
seguridad  física  y  externa  de  las   instalaciones  de  las
Embajadas, Residencias  y Consulados acreditados  en el
país;
22)
Asesorar   al   Director    Nacional   de   Orden   y
Seguridad de  la Policía Nacional  del Perú en asuntos  de
su competencia; y,
7)
Prestar
subsidiariamente
seguridad
a
los
23)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
establecimientos penitenciarios a nivel nacional, a solicitud
del  Instituto   Nacional  Penitenciario  (INPE),   siempre  y
cuando sea evidente que éste no cuente con el personal y
medios su?cientes; así como, en la seguridad del traslado
de los procesados y  sentenciados, de conformidad con la
normatividad sobre la materia;
acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que el
Director Nacional Orden y Seguridad de la Policía Nacional
del Perú le asigne.
Artículo
181.-   Estructura   de    la   Dirección   de
8)
Trasladarycustodiaralosprocesadosysentenciados;
Seguridad Integral
así
como,
custodiar
a
los
internos
sentenciados
y
La Dirección de Seguridad Integral para el cumplimiento
de  sus   funciones  cuenta  con   las  unidades  orgánicas
especializadas siguientes:
procesados  que  se  encuentren  hospitalizados fuera  de
los  establecimientos  penitenciarios;  en  el  marco   de  la
legislación sobre la materia;
9)
Participar,  consolidar y  sustentar  la programación
a. División de Seguridad de Fronteras;
b.   División  de   Seguridad   Aeroportuaria,  Fluvial   y
Lacustre;
de actividades anual  articulado al cuadro de necesidades
y  asignación  presupuestal, proponiendo  los  indicadores
de  productos  y  procesos;  así  como,  formular,  aprobar,
ejecutar y evaluar el Plan de Trabajo Anual de la Dirección
a su cargo, concordante con el Plan Operativo Anual de la
Policía Nacional del  Perú, Planes Generales  y Planes de
Operaciones;
c.
División   de   Seguridad   Servicios   Esenciales   y
Entidades Públicas;
d. División de Protección de Embajadas;
e. División de Seguridad de Penales; y,
f. División de Inteligencia de Seguridad Integral.
78
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
Artículo 182.- División de Seguridad de Fronteras
La  División de  Seguridad  de Fronteras  es  la unidad
orgánica  de   carácter  técnico  y   operativo,  sistémico  y
1)
Planear,
organizar,
dirigir,
ejecutar,
coordinar,
controlar y evaluar las operaciones policiales de seguridad
aeroportuaria,  marítima,  ?uvial,  lacustres   y  de  puertos
a  nivel nacional,  en  el  marco  de la  normativa  sobre  la
materia;
normativo;
responsable   de   planear,  organizar,   dirigir,
coordinar, ejecutar  y  controlar las  operaciones policiales
que  permitan  coadyuvar en  las  actividades  referidas  al
Sistema de  Defensa Nacional  y el  Sistema de Vigilancia
de Fronteras a nivel nacional.
Depende de la  Dirección de Seguridad Integral y  está
a  cargo  de un  O?cial  Superior  de  Armas  de la  Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
La  División de  Seguridad de  Fronteras  de la  Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
2)
Prevenir,   identi?car   y   neutralizar   los   posibles
riesgos   y  la   comisión   de   hechos  delictuosos   en   el
interior  de   las  instalaciones  aeroportuarias,  marítimas,
?uviales y lacustres a nivel  nacional que atenten contra la
seguridad de las  mismas; así como, garantizar, mantener
y restablecer el orden público,  estableciendo un protocolo
coordinado con los operadores;
3)  Planear, organizar,  ejecutar,  coordinar  y controlar
operaciones   policiales   de   emergencia   ante   una
las
eventualidad  que  ponga  en  riesgo  la  seguridad de  los
puertos  y aeropuertos  a nivel  nacional,  como integrante
del Comité de Crisis;
4) Requerir el mani?esto de pasajeros de las empresas
de  transporte  aéreo,  marítimo,  lacustre  y  ?uvial,  en  el
marco de la prevención e investigación del delito, conforme
a su ámbito  funcional; siendo obligación de  toda persona
natural o jurídica que tenga relación con dichos negocios a
colaborar con la autoridad policial;
5) Apoyar en las intervenciones policiales que realicen
las  unidades   orgánicas  especializadas   en  materia  de
requisitorias  y extranjería  de  las  personas nacionales  o
extranjeras que ingresan y salen del país por los puertos y
aeropuertos a nivel nacional;
6) Apoyar a las unidades orgánicas especializadas que
tienen  competencia en  los  procesos  de  extradiciones y
deportaciones de ciudadanos peruanos y extranjeros;
7)  Garantizar   el  cumplimiento  de   las  normas  que
regulan  el   tránsito  y   transporte  en   el  interior  de   los
aeropuertos a nivel nacional;
8)  Ejecutar y  controlar  las operaciones  policiales  de
patrullaje,  inspecciones y  registros  policiales  inopinados
para   detectar  explosivos,   estupefacientes,   armas   y/o
productos prohibidos  que permita garantizar la  seguridad
de las instalaciones, usuarios y trabajadores de los puertos
y aeropuertos a nivel nacional;
9)  Formular  y proponer  los  respectivos  documentos
técnicos normativos para regular los servicios policiales en
puertos y aeropuertos a nivel nacional que presta la Policía
Nacional del Perú;
10) Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su competencia;
1)
Planear,   organizar,    dirigir,   coordinar,   ejecutar
y  controlar   los   servicios  policiales   y  actividades   que
desarrollan  los  Puestos  de  Vigilancia  de  Fronteras,  de
conformidad   a  los   tratados   internacionales,  acuerdos
binacionales  y legislación  nacional  sobre  la materia;  en
coordinación con el  Jefe de la  Macro Región Policial  y el
Jefe de  la Región Policial  que corresponda, para  efectos
de la  designación del  personal policial  que cubrirá  dicho
servicio de vigilancia y su control inmediato;
2)
Planear,  organizar,   dirigir,  coordinar,   ejecutar  y
controlar  las  actividades  que coadyuven  al  Sistema  de
Defensa Nacional;  en el  marco de  la normativa  sobre la
materia;
3)
Formular  y  proponer los  respectivos  documentos
técnicos normativos para regular los servicios policiales en
las fronteras a nivel nacional que presta la Policía Nacional
del  Perú  y  los  que orienten  la  participación  policial  en
la  defensa  nacional;  en  el  ámbito  de  sus  funciones  y
dispositivos legales sobre la materia;
4)
Representar al  Ministerio del Interior  y a  la Policía
Nacional del Perú ante la Secretaría Ejecutiva del Consejo
Nacional de Desarrollo e Integración Fronteriza;
5)
Representar  a  la  Policía Nacional  del  Perú  ante
el Comando  Conjunto  de las  Fuerzas Armadas  para las
reuniones de las Comisiones Binacionales Fronterizas con
los países limítrofes y otros eventos que se relacionen con
el campo de su competencia funcional;
6)
Coordinar   el    requerimiento   de    instalaciones,
personal y logística  para el ejercicio  de la función policial
en los  Centros Binacionales  de Atención  Fronteriza, que
asigne  el  Comité  Multisectorial  de  Pasos  de  Fronteras
que administra  el Ministerio de Relaciones  Exteriores, de
conformidad con la legislación de la materia;
evaluar,   coordinar    y   proponer   los
necesarios    para    el    funcionamiento,
11) Asesorar  al  Director de  Seguridad  Integral de  la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
12)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director de Seguridad Integral de la Policía Nacional del
Perú le asigne.
7)
Formular,
requerimientos
implementación y equipamiento integral de los Puestos de
Vigilancia de Fronteras;
Coordinar   con    las    autoridades   y    entidades
8)
competentes   la  participación   del  personal   policial   en
asuntos de la Consolidación de  la Paci?cación Nacional y
Defensa Civil en las fronteras  a nivel nacional y, proponer
programas  de  instrucción   para  el  personal  policial   en
coordinación   con  la   Escuela   Nacional  de   Formación
Profesional Policial;
Artículo 184.-  División  de Seguridad  de Servicios
Esenciales y Entidades Públicas
La  División   de  Seguridad  de   Servicios  Esenciales
y
Entidades
Públicas
es
la
unidad
orgánica
operativo
de
y
carácter
técnico,
sistémico
y
normativo,
especializado;
responsable
de
planear,
organizar,
9)
Informar y  emitir opinión  técnica sobre asuntos  de
dirigir,  ejecutar,   coordinar  y   controlar  las   operaciones
policiales   de   seguridad,   vigilancia   y   protección   que
garanticen  el  funcionamiento  de   los  servicios  públicos
esenciales de  energía  eléctrica y  nuclear, agua  potable,
telecomunicaciones,  sistema  interconectado  de  energía
eléctrica  del  Mantaro  y  los   sistemas  de  comunicación
integrados de la Policía Nacional del Perú; en el marco de
la normativa sobre la materia.
su competencia;
10)
Asesorar  al Director  de Seguridad  Integral  de la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
11)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director de Seguridad Integral de la Policía Nacional del
Perú le asigne.
Asimismo,  se   encarga   de  brindar   seguridad  a   la
Artículo 183.- División de Seguridad Aeroportuaria,     instalación  física, bienes  y servicios  públicos de  la sede
Fluvial y Lacustre
principal  de Palacio  de  Justicia, ministerios,  organismos
constitucionales autónomos  y  otros de  carácter esencial
y/o estratégico a  nivel nacional; conforme a  la legislación
vigente.
Depende de la  Dirección de Seguridad Integral y  está
a  cargo  de un  O?cial  Superior  de  Armas  de la  Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
La  División   de   Seguridad  Aeroportuaria,   Fluvial  y
Lacustreeslaunidadorgánicadecaráctertécnico,sistémico
y  normativo,  operativo  y especializado;  responsable  de
planear,  organizar, dirigir,  ejecutar,  coordinar  y controlar
las  operaciones   policiales  de  seguridad   aeroportuaria,
marítima, ?uvial, lacustres y de puertos, a ?n de garantizar
el libre funcionamiento de sus actividades a nivel nacional;
de conformidad con la legislación de la materia.
Depende de la  Dirección de Seguridad Integral y  está
a  cargo  de un  O?cial  Superior  de  Armas  de la  Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
La  División de  Seguridad  de  Servicios  Esenciales y
Entidades Públicas  de la  Policía Nacional  del Perú tiene
las funciones siguientes:
1)
Planear,
organizar,
dirigir,
ejecutar,
coordinar
La  División   de   Seguridad  Aeroportuaria,   Fluvial  y
Lacustre de la Policía Nacional del Perú tiene las funciones
siguientes:
y
controlar
las
operaciones
policiales
de
seguridad,
vigilancia  y protección  que garanticen  el  funcionamiento
de los  servicios públicos  esenciales de  energía eléctrica
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
79
y  nuclear,   agua   potable,  telecomunicaciones,   sistema
interconectado  de  energía  eléctrica   del  Mantaro  y  los
2)  Prevenir,   neutralizar  y  contrarrestar   el  accionar
terrorista,   delincuencial  y   otros   riesgos,   que  puedan
atentar contra la seguridad de las instalaciones a su cargo
y/o alterar el normal funcionamiento de sus actividades; en
el ámbito de su competencia funcional;
3)  Producir   inteligencia  y  contrainteligencia   policial
en materia  de su campo  funcional y realizar  operaciones
especiales  de  inteligencia  para  garantizar  la  seguridad
integral  de   las  sedes   diplomáticas  acreditadas   en  el
país; en  su condición de  parte integrante del  Sistema de
inteligencia Policial (SIPOL);
4) Mantener  enlace a través  del canal  de inteligencia
con  los   órganos  de   inteligencia  del  Sector   Interior  y
el  Sistema   de   Inteligencia  Policial   (SIPOL)  a   ?n  de
intercambiar  información  en  las  materias  vinculadas  al
ámbito de su competencia;
sistemas
de   comunicación   integrados   de   la   Policía
Nacional del  Perú; en  el marco de  la normativa  sobre la
materia;
2)
Planear,  organizar,   dirigir,  ejecutar,   coordinar  y
controlar  las  operaciones  policiales  de seguridad  de  la
instalación física,  bienes  y servicios  públicos de  la sede
principal  de Palacio  de  Justicia, ministerios,  organismos
autónomos y  otros de carácter  esencial y/o estratégico  a
nivel nacional; conforme a la legislación de la materia;
3)
Planear,  organizar,   dirigir,  ejecutar,   coordinar  y
controlar las operaciones policiales y medidas de seguridad
que garanticen la seguridad integral interior y exterior de la
sede del Ministerio del Interior y sus bienes patrimoniales;
4)
Prevenir,  detectar  y  neutralizar  la  realización  de
acciones de sabotaje, terrorismo o subversión que atenten
contra la seguridad  de las instalaciones a  su cargo; en el
ámbito de su competencia funcional;
5)  Coordinar  con  la  Dirección  de  Inteligencia  de la
Policía  Nacional  del   Perú  los  respectivos  estudios  de
seguridad y  evaluación de  riesgos que  sean necesarios,
para  el  cumplimiento   de  sus  funciones,   formulando  y
actualizando permanentemente los  respectivos planes de
defensa y seguridad;
6) Intervenir en la comisión de hechos delictuosos que
se  susciten en  el interior  o  exterior de  las  instalaciones
que le competen en el ámbito de sus funciones; así como,
garantizar y  restablecer el  orden público,  efectuando las
coordinaciones que sean necesarias para el apoyo policial
respectivo;
7)  Participar  activamente   en  los  planes   de  auxilio
y  evacuación  de personas  y  bienes  de  las embajadas,
residencias de embajadores  y consulados acreditados en
el país, ante incendios y/o desastres;
8) Coordinar con las autoridades competentes, a ?n de
garantizar la seguridad de las instalaciones a su cargo, en
el ámbito de su competencia funcional;
9) Efectuar los estudios de seguridad y de riesgos para
la formulación del  documento que regule las  operaciones
policiales   para   reforzar   la   seguridad   en    las   sedes
diplomáticas cuando se realicen eventos o?ciales;
10) Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su competencia;
11) Asesorar  al  Director de  Seguridad  Integral de  la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
12)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director de Seguridad Integral de la Policía Nacional del
Perú le asigne.
5)
Coordinar  con  la  Dirección  de  Inteligencia  de  la
Policía  Nacional  del   Perú  los  respectivos  estudios  de
seguridad y  evaluación de  riesgos que  sean necesarios,
para el cumplimiento de sus funciones;
6)
Coordinar con  los diversos órganos  de inteligencia
del  Sistema   de  Inteligencia   Policial  (SIPOL),   para  la
obtención  de  información  actualizada de  toda  actividad
político-social  que  pueda  comprometer la  seguridad  de
las instalaciones  a su  cargo; adoptando  las acciones  de
coordinación  y protección  necesarias para  neutralizarlas
y/o contrarrestarlas;
7)
Intervenir en la comisión de hechos delictuosos que
se  susciten en  el interior  o  exterior de  las  instalaciones
que le competen en el ámbito de sus funciones; así como,
garantizar y  restablecer el  orden público,  efectuando las
coordinaciones que sean necesarias para el apoyo policial
respectivo;
8)
Participar  activamente en  los  planes  de  auxilio y
evacuación de personas  y bienes de  la sede principal de
Palacio de Justicia, ministerios y organismos autónomos a
su cargo, ante incendios y/o desastres;
9)
Coordinar con las autoridades competentes, a ?n de
garantizar la seguridad de las instalaciones a su cargo, en
el ámbito de su competencia funcional;
10)
Formular y  proponer los  respectivos documentos
técnicos normativos para regular los servicios policiales de
servicios esenciales y  entidades públicas a nivel nacional
que presta la Policía Nacional del Perú;
11)
Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su competencia;
Artículo 186.- División de Seguridad de Penales
La  División  de  Seguridad  de  Penales  es  la  unidad
orgánica   de  carácter   técnico,   sistémico  y   normativo,
12)
Asesorar  al Director  de Seguridad  Integral  de la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
13)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
operativo
y
especializado;
responsable
de
prestar
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director de Seguridad Integral de la Policía Nacional del
Perú le asigne.
subsidiariamente
seguridad
en
los
establecimientos
penitenciarios  a  nivel  nacional,  a  solicitud  del  Instituto
Nacional  Penitenciario   (INPE),  siempre  y   cuando  sea
evidente  que éste  no  cuente  con  el personal  y  medios
Artículo 185.- División de Protección de Embajadas     su?cientes;  así  como,  brindar  seguridad  en el  traslado
La División de  Protección de Embajadas  es la unidad
orgánica  de carácter  técnico,  operativo y  especializado;
responsable  de  brindar  seguridad  y  protección  física  y
externa a las embajadas,  residencias de los embajadores
y  consulados  acreditados  en  el país  a  ?n  de  prevenir,
de  los  procesados  y  sentenciados,  en  el  marco  de  la
normativa sobre la materia.
Depende de la  Dirección de Seguridad Integral y  está
a  cargo  de un  O?cial  Superior  de  Armas  de la  Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
neutralizar
y
contrarrestar
el
accionar
terrorista,
delincuencial y  otros riesgos,  que puedan  atentar contra
dichas instalaciones  y/o alterar  el normal funcionamiento
de  sus actividades  a nivel  nacional;  en el  marco de  los
tratados y normas internacionales asumidos por el Estado
peruano y la normativa nacional sobre la materia.
Asimismo, coordina y puede contar con la cooperación
y  apoyo  de  organizaciones  extranjeras  similares  en  el
ámbito de su competencia funcional.
La  División  de  Seguridad  de  Penales  de  la Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
1)
Planear,
organizar,
seguridad
dirigir,   ejecutar,    coordinar
de    los    establecimientos
y
controlar
la
penitenciarios a nivel  nacional, de manera subsidiaria y  a
requerimiento expreso del Instituto  Nacional Penitenciario
(INPE), siempre que sea evidente que éste no cuente con
el personal  y  medios su?cientes;  de conformidad  con la
legislación sobre la materia; en coordinación con el Jefe de
la Macro Región Policial y Región Policial que corresponda,
para efectos  de  la designación  del personal  policial que
cubrirá dicho servicio y de su control inmediato;
Depende de la  Dirección de Seguridad Integral y  está
a  cargo  de un  O?cial  Superior  de  Armas  de la  Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
La División de  Protección de Embajadas de  la Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
2)  Planear,   organizar,  dirigir,   coordinar,  ejecutar   y
controlar las operaciones policiales de seguridad, traslado
y custodia por mandato judicial, de los internos procesados
y  sentenciados  hacia  las  salas  de  juzgamiento  o  para
cumplir   diligencias  judiciales   diversas;   así  como,   del
traslado hacia las  carceletas y la conducción de  menores
infractores de  la ley  penal, conforme a  lo resuelto  por la
autoridad judicial competente; en el marco de la normativa
sobre la materia;
1)
Planear,  organizar,   dirigir,  ejecutar,   coordinar  y
controlar la seguridad  y protección física y  externa de las
embajadas,  residencias  de   embajadores  y  consulados
acreditados en  el país;  coordinando  para el  caso de  las
sedes  ubicadas  en provincias  con  el  Jefe  de  la Macro
Región Policial y Región Policial que corresponda, quienes
asumirán dicha responsabilidad;
80
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
3)
Trasladar y  custodiar a  los internos  hospitalizados
Artículo 188.-  Dirección  de Tránsito,  Transporte y
Seguridad Vial
hacia
los
nosocomios   públicos    o   privados,    según
conforme   a   los   dispositivos   legales   y
corresponda;
La  Dirección   de  Tránsito,   Transporte  y   Seguridad
Vial  es  el  órgano  especializado,  de  carácter  técnico  y
sistémico, normativo y operativo; responsable de ?scalizar
el cumplimiento de las normas de tránsito por parte de los
usuarios de la infraestructura vial; y de manera subsidiaria
las normas de transporte en la red vial nacional; así como,
de ejecutar operaciones policiales para garantizar el orden
y  la seguridad  ciudadana en  los  sistemas de  transporte
masivo (ferroviario, metros, y otros).
protocolos de la materia;
4)
Restablecer  el  orden  y  el  principio  de  autoridad
al   interior  de   los   establecimientos   penitenciarios,  en
coordinación con el Instituto Nacional Penitenciario (INPE),
ya sea por situaciones  críticas o alteraciones que afecten
el normal desenvolvimiento de sus actividades; efectuando
las  coordinaciones  que  sean necesarias  para  el  apoyo
policial respectivo;
5)
Cumplir  los  mandatos   judiciales  de  vigilancia  y
Asimismo,   se   encarga   de   prevenir,    investigar   y
custodia de procesados con comparecencia restringida en
la modalidad de arresto domiciliario; de conformidad con la
legislación sobre la materia;
denunciar  los accidentes  de  tránsito con  consecuencias
fatales  y   el  robo  o   hurto  de  vehículos   y  sus  delitos
conexos, actuando  bajo la  conducción jurídica  del ?scal;
y, brinda seguridad,  vigilancia, auxilio y control  policial en
las carreteras  de la  red  vial nacional;  en el  marco de  la
normativa sobre la materia.
6)
Brindar seguridad  y protección  al personal  policial
recluido en el Centro de Inculpados Policiales de Barbadillo;
Intervenir en la comisión de hechos delictuosos que
7)
se susciten en  el interior o exterior de  los penales, según
corresponda,  en  coordinación  con  el  Instituto  Nacional
Penitenciario (INPE), para las facilidades respectivas;
Depende   de   la   Dirección   Nacional   de   Orden   y
Seguridad y está a  cargo de un O?cial General  de Armas
de la Policía  Nacional del Perú  en situación de actividad,
en el grado de General.
8)
Coordinar  con  la  Dirección  de  Inteligencia  de  la
Policía  Nacional  del   Perú  los  respectivos  estudios  de
seguridad y  evaluación de  riesgos que  sean necesarios,
para  el  cumplimiento   de  sus  funciones,   formulando  y
actualizando permanentemente los  respectivos planes de
defensa y seguridad;
La  Dirección   de  Tránsito,   Transporte  y   Seguridad
Vial  de la  Policía  Nacional del  Perú  tiene las  funciones
siguientes:
1)
Planear,   organizar,   dirigir,   ejecutar,    coordinar,
9)
Coordinar con  los diversos órganos  de inteligencia
controlar y supervisar las operaciones policiales destinadas
a ?scalizar el  cumplimiento de las normas  de tránsito por
parte de los usuarios de la infraestructura vial;
del  Sistema   de  Inteligencia   Policial  (SIPOL),   para  la
obtención   de  información   actualizada   que   ponga  en
riesgo la seguridad de su campo  funcional; adoptando las
acciones  de  coordinación  y protección  necesarias  para
neutralizarlas y/o contrarrestarlas;
2) Realizar estudios  de seguridad vial  y análisis de la
problemática  del  tránsito,  proponiendo  planes,  normas,
estrategias y procedimientos  necesarios para su solución
en el ámbito de su competencia;
10)
Prestar colaboración  a las  autoridades del  Poder
Judicial, Ministerio Público, Instituto Nacional Penitenciario
y otros, de conformidad a la legislación de la materia;
3)  Diseñar,   plani?car,   organizar,  dirigir,   ejecutar   y
coordinar los  programas  de prevención  y sensibilización
en  materia   de  educación  vial,   dirigido  a   instituciones
públicas, privadas  y ciudadanía  en general;  así  como, a
los conductores, pasajeros y peatones;
11)
Formular y  proponer  los respectivos  documentos
técnicosnormativospararegularlosserviciosyoperaciones
policiales  del  campo funcional  de  su  competencia,  que
presta la Policía Nacional del Perú a nivel nacional;
4)
Controlar,   supervisar    y   ?scalizar   de   manera
subsidiaria las normas  de transporte en la  red vial local y
nacional;
12)
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
su competencia;
13)
Asesorar  al Director  de Seguridad  Integral  de la
5) Controlar  y regular  subsidiariamente  la circulación
vehicular   y   peatonal    en   la   vía    pública,   hasta   su
implementación por los gobiernos locales a nivel nacional;
6) Diseñar,  organizar, coordinar,  evaluar y  supervisar
las operaciones  policiales  de tránsito  y de  prevención  e
investigación de accidentes de tránsito con consecuencias
fatales; así  como, de  robo o hurto  de vehículos,  a cargo
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
14)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director de Seguridad Integral de la Policía Nacional del
Perú le asigne.
Artículo 187.- División de Inteligencia de Seguridad     de las  unidades orgánicas  que forman  parte del sistema
Integral
policial  de tránsito  a  nivel nacional;  en  el ámbito  de  su
competencia;
La División de Inteligencia  de Seguridad Integral es la
unidad orgánica especializada y operativa; responsable de
producir inteligencia y contrainteligencia policial, en materia
del campo  funcional  de competencia  de la  Dirección  de
Seguridad  Integral; pudiendo  contar  con  la cooperación
y  apoyo   de  agencias  internacionales,  de   conformidad
con los lineamientos  de la Dirección  de Inteligencia de la
Policía Nacional del Perú.
Forma  parte  integrante  del  Sistema  de  Inteligencia
Policial (SIPOL) que  dirige la Dirección de Inteligencia  de
la Policía Nacional del Perú.
Depende de la  Dirección de Seguridad Integral y  está
a  cargo  de un  O?cial  Superior  de  Armas  de la  Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de  Coronel   o  Comandante,   debidamente  cali?cado   y
especializado en inteligencia policial.
La División de Inteligencia de  Seguridad Integral de la
Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
7)  Participar, consolidar  y  sustentar la  programación
de actividades anual  articulado al cuadro de necesidades
y  asignación  presupuestal, proponiendo  los  indicadores
de  productos  y  procesos;  así  como,  formular,  aprobar,
ejecutar y evaluar el Plan de Trabajo Anual de la Dirección
a su cargo, concordante con el Plan Operativo Anual de la
Policía Nacional del  Perú, Planes Generales  y Planes de
Operaciones;
8)  Dirigir,  coordinar,  controlar,   evaluar  y  supervisar
la  formulación   de   los  Planes   de  Operaciones   de   la
Dirección  a su  cargo,  en el  marco  del  cumplimiento de
los  Planes   Generales  dispuestos  y   aprobados  por   la
Sub Dirección  General de  la Policía  Nacional del Perú  y
los  Planes de  Operaciones de  la  Dirección Nacional  de
Orden y  Seguridad; considerando en el  planeamiento los
documentos de inteligencia que correspondan;
9) Aprobar las  Ordenes de Operaciones  que deberán
desarrollar  y  ejecutar  las   diversas  unidades  orgánicas
que componen  la  Dirección a  su cargo;  de  conformidad
con los  Planes Generales dispuestos  y aprobados por  la
Sub Dirección  General de  la Policía  Nacional del Perú  y
los  Planes de  Operaciones de  la  Dirección Nacional  de
Orden y Seguridad, para el ejercicio operativo de la función
policial;
1)
Producir inteligencia y  contrainteligencia policial en
materia del ámbito funcional de la Dirección  de Seguridad
Integral,   de  conformidad   con   los  lineamientos   de   la
Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional del Perú;
2)
Ejecutar operaciones especiales de  inteligencia, en
el marco del campo funcional de su competencia;
3)
Obtener información en el ámbito de sus  funciones,
10)   Brindar   seguridad    en   la   red   vial    nacional,
en apoyo  a los órganos de  inteligencia que conforman  el
Sistema de Inteligencia Policial (SIPOL);
garantizando y manteniendo  la libre circulación vehicular;
previniendo y neutralizando los riesgos contra la seguridad
vial;  así  como,  combatir  la  delincuencia  e  infracciones
administrativas en el ámbito de su competencia;
4)
Asesorar  al  Director  de Seguridad  Integral  de  la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
Las demás funciones que le corresponda de acuerdo
5)
11) Garantizar y  ?scalizar la libre circulación vehicular
en la vía pública y en las carreteras a nivel nacional;
12)  Ejecutar,  controlar  y supervisar  las  operaciones
policiales para garantizar el orden y la seguridad ciudadana
a las disposiciones legales vigentes y otras que el Director
de Seguridad  Integral de  la  Policía Nacional  del Perú  le
asigne.
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
81
en los sistemas de transporte masivo (ferroviario, metros, y
otros), garantizando y manteniendo el libre funcionamiento
operaciones policiales  en materia de  su campo funcional
a nivel nacional  de los órganos de la  Policía Nacional del
Perú;
de
sus
actividades
a
nivel
nacional;
previniendo,
identi?cando,  investigando   y  neutralizando  los   riesgos
contra  la  seguridad;  así   como,  prevenir  y  combatir  la
delincuencia en el ámbito de dichos sistemas de transporte
masivo;
29) Gestionar ante  la Escuela Nacional de  Formación
Profesional   Policial  la   capacitación,   especialización  y
actualización   permanente  del   personal   policial   de  la
Dirección  a su  cargo,  en  materias  relacionadas con  su
campo funcional;
30) Administrar los  recursos asignados a  la Dirección
a  su   cargo,  con  criterios  de   e?ciencia  y  e?cacia,   de
conformidad con el marco legal vigente;
13)
Conducir   las   operaciones   policiales   para   la
inmovilización,   traslado  e   internamiento   de   vehículos
en los  depósitos municipales  u  otros, en  el marco  de la
normativa sobre la materia;
14)
Conducir las operaciones  policiales para prevenir,
31) Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su competencia;
Asesorar   al   Director    Nacional   de   Orden   y
Seguridad de  la Policía Nacional  del Perú en asuntos  de
su competencia; y,
investigar  y   denunciar  los  accidentes   de  tránsito  con
consecuencias  fatales,  bajo   la  conducción  jurídica  del
?scal; así  como, para  establecer la  inobservancia de  las
reglas de tránsito  e imponer las infracciones  previstas en
la  normatividad de  tránsito  que resulten  del  proceso de
investigación;
32)
33)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director  Nacional de  Orden  y Seguridad  de la  Policía
Nacional del Perú le asigne.
15)
Orientar  y  supervisar  las  operaciones  policiales
de ?scalización  a los usuarios  de la red  de la  vía local y
nacional,  empleando  los   diversos  medios  tecnológicos
de   control  de   alcoholemia,   estupefacientes  y   drogas
ilícitas;  conduciendo a  los  infractores a  la  comisaría  de
la  jurisdicción para  las  pruebas  periciales respectivas  e
inicio de  la investigación  correspondiente, actuando  bajo
la conducción jurídica del ?scal;
Artículo
189.-   Estructura   de    la   Dirección   de
Tránsito, Transporte y Seguridad Vial
La Dirección de  Tránsito, Transporte y  Seguridad Vial
para  el  cumplimiento  de  sus  funciones  cuenta con  las
unidades orgánicas especializadas siguientes:
16)
Supervisar
las
operaciones
policiales
de
?scalización de  velocidad a  los  usuarios de  la red  de la
vía urbana y nacional, empleando los medios tecnológicos
disponibles;
a. División de Tránsito y Seguridad Vial;
b. División de Prevención e Investigación deAccidentes
de Tránsito;
c. División de  Prevención e Investigación  de Robo de
Vehículos;
d. División de Protección de Carreteras; y,
e. División de Seguridad Ferroviaria.
17)
Conducir las operaciones  policiales para prevenir,
investigar y denunciar el robo y hurto de vehículos y delitos
conexos  a  nivel  nacional, actuando  bajo  la  conducción
jurídica  del ?scal;  en el  marco  de la  normativa sobre  la
materia;
18)
Orientar  y  supervisar la  expedición  de  peritajes
Artículo 190.- División de Tránsito y Seguridad Vial
La División  de Tránsito y  Seguridad Vial es  la unidad
orgánica   de  carácter   técnico,   sistémico  y   normativo,
técnicos - vehiculares  para efectos de la  investigación de
accidentes de tránsito, robo de vehículos y otros con ?nes
policiales;
operativo
y
especializado;
responsable
de
plani?car,
dirigir,  organizar, evaluar,  coordinar,  ejecutar  y controlar
?scalización
19)
Conducir, controlar  y supervisar la  emisión de las
licencias  de conducir  policial  a favor  del  personal de  la
Policía Nacional del Perú, de conformidad con la normativa
de la materia;
las
operaciones
policiales
de
para   el
cumplimiento de  las normas  de tránsito  por parte  de los
usuarios  de  la  infraestructura  vial  a  nivel nacional;  así
como,  subsidiariamente  la  ?scalización   de  las  normas
del transporte  en la vía pública  y del control  y regulación
de la  circulación vehicular  y peatonal;  en el  marco de la
legislación de la materia.
Depende  de  la  Dirección  de  Tránsito,  Transporte  y
Seguridad Vial  y  está a  cargo de  un O?cial  Superior de
Armas  de  la Policía  Nacional  del  Perú  en situación  de
actividad, en el grado de Coronel.
20)
Conducir, controlar  y supervisar  la expedición  de
las autorizaciones  para  el uso  de lunas  oscurecidas  y/o
polarizadas, conforme a la legislación de la materia;
los
requerimientos  de  las  autoridades  judiciales,  Ministerio
21)
Coordinar,
prestar
apoyo
y
atender
Público,
autoridades
locales,
regionales
y
demás
autoridades competentes en el ámbito  de sus funciones y
de la normativa legal sobre la materia;
22)
Proponer actividades para ser considerados en las
La División  de Tránsito y  Seguridad Vial de  la Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
operaciones policiales  relacionadas  con el  ámbito de  su
competencia;
23)
Estudiar, actualizar, diseñar y proponer estrategias
1)
Planear, dirigir, organizar, evaluar, coordinar, ejecutar
y procedimientos  para las  técnicas de  operatoria policial
dentro del ámbito de su competencia;
y controlar las operaciones policiales orientadas a ?scalizar
el cumplimiento de las normas de tránsito por parte de los
usuarios de la infraestructura vial a nivel nacional;
24)
Coordinar  el  apoyo   necesario  de  los   diversos
de   la   Policía   Nacional   del   Perú,    para   el
órganos
2)
Plani?car,  dirigir, organizar  y ejecutar  operaciones
planeamiento y empleo de las  fuerzas en las operaciones
conjuntas y simultaneas  propias de su campo funcional  a
nivel nacional;
de
convenios  especiales  con  organizaciones  nacionales  e
internacionales   que  apoyan   las   actividades  policiales
de  su  campo  funcional,  en  materia  de  intercambio  de
información, capacitación, especialización y equipamiento
de la  Dirección de  Tránsito, Transporte  y Seguridad  Vial
y  del  sistema  policial  de   tránsito  a  nivel  nacional,  en
coordinación con la  Sub Dirección General o  la Dirección
de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú,
en el ámbito de su competencia;
policiales de  control y  regulación del  tránsito  vehicular y
peatonal en la vía pública de manera subsidiaria, hasta su
implementación por los gobiernos locales a nivel nacional;
25)
Promover
y
proponer
la
suscripción
3)
Ejecutar  subsidiariamente  operaciones   policiales
de ?scalización  de las  normas de  transporte en  las vías
urbanas;
4)
Orientar y  supervisar las operaciones  policiales de
tránsito  a cargo  de  las  unidades orgánicas  que  forman
parte del sistema policial de tránsito a nivel nacional; en el
ámbito de su competencia funcional;
5)
Asumir la función de control y regulación del tránsito
vehicular  y   peatonal  ante  situaciones   de  desastres  o
alteración del orden público;
26)
Dirigir   y   supervisar   el   proceso   de   registro,
recopilación  y análisis  de la  información  estadística que
produzca la Dirección a su cargo, para una adecuada toma
de decisiones,  de conformidad  con los  lineamientos que
dicte la  División de Estadística  de la Policía Nacional  del
Perú;
6)
Apoyar  las   operaciones  policiales  de   seguridad
durante el desplazamiento del Presidente  de la República
altos   funcionarios,    nacionales    y   extranjeros;    de
conformidad con la normativa sobre la materia;
Inmovilizar,  trasladar  e  internar  vehículos  en  los
y
7)
depósitos municipales u otros, en el marco de la normativa
sobre la materia;
Prestar   apoyo   a  las   entidades   y   autoridades
competentes en  materia de  su ámbito  de competencia y
de la normativa legal vigente;
27)
Transmitir información para alimentar  los registros
y  bases  de  datos  del  Registro  Nacional  de  Seguridad
Pública que  administra  la Dirección  de Tecnología  de la
Información y  Comunicaciones de la  Policía Nacional del
Perú;
8)
28)
técnicos
Formular y  proponer los  respectivos documentos
9)  Formular  y proponer  los  respectivos  documentos
técnicos   normativos   para    regular   las   actividades   y
normativos
para
regular
las
actividades
y
82
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
operaciones policiales de  tránsito y seguridad  vial a nivel
nacional de los órganos de la Policía Nacional del Perú;
11)  Brindar   apoyo   a  las   entidades  y   autoridades
competentes  en materia  de su  campo  funcional y  de  la
normativa legal vigente;
12)   Coordinar  y   solicitar   información  a   entidades
públicas   y   privadas   con   ?nes   de   investigación,   de
conformidad a la normativa legal vigente;
13) Adoptar las medidas de seguridad y reserva de los
documentos privados que forman parte de la investigación
a  su  cargo,  de  conformidad con  la  normativa  sobre  la
materia;
10)
Informar y emitir opinión  técnica en asuntos sobre
su competencia;
11)
Asesorar  al  Director   de  Tránsito,  Transporte  y
Seguridad Vial de la Policía Nacional  del Perú en asuntos
de su competencia; y,
12)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director de  Tránsito, Transporte y Seguridad  Vial de la
Policía Nacional del Perú le asigne.
14)
Atender  y  coordinar   los  requerimientos  de  las
judiciales,   Ministerio    Público,   y    demás
autoridades
autoridades competentes en el ámbito  de sus funciones y
de la normativa legal sobre la materia;
15)
Artículo
191.-
División
de
Prevención
e
Investigación de Accidentes de Tránsito
Practicar  investigaciones   en   el  ámbito   de  su
La
División
de
Prevención
e
Investigación
de
competencia funcional, solicitadas por las Fiscalías a nivel
nacional, cuando fuera necesario por la connotación de los
hechos o su complejidad;
Accidentes de Tránsito  es la unidad  orgánica de carácter
técnico, sistémico y  normativo, operativo y especializado;
responsable  de  prevenir, investigar  y  denunciar  bajo  la
conducción  jurídica del  ?scal, los  accidentes  de tránsito
con  consecuencias  fatales  en la  demarcación  territorial
de  Lima  Metropolitana  o  a  nivel  nacional  siempre  que
revistan connotación o por la complejidad de los  hechos y
cuando lo requieran las Regiones Policiales o autoridades
16)
Practicar  investigaciones ampliatorias  a  solicitud
del Ministerio Público, en su condición de unidad orgánica
especializada,  en  materia  de  su  campo  funcional,  que
hayan sido  de conocimiento de otras  unidades orgánicas
de la Policía  Nacional del Perú que desarrollan  funciones
en el marco del sistema policial de tránsito a nivel nacional;
competentes,
con   autorización   expresa   del    Director
17)
Orientar  y  supervisar  las  operaciones  policiales
Nacional de Orden y Seguridad.
de  prevención e  investigación de  accidentes  de tránsito
fatales  a cargo  de  las unidades  orgánicas  de la  Policía
Nacional del  Perú que desarrollan funciones  en el marco
del sistema policial de tránsito a nivel nacional;
Asimismo, se encarga de realizar y controlar la emisión
de  los   peritajes  técnicos   –  vehiculares   con  ?nes   de
investigación, de los  vehículos participantes en eventos y
accidentes de tránsito de toda  naturaleza; en el marco de
la normativa sobre la materia.
18)
Coadyuvar   con   la   administración   de   justicia
realizando  pericias  de reconstrucción  en  materia  de  su
campo  funcional  y  pronunciamientos  técnicos, inclusive
fuera de su demarcación territorial, cuando el caso revista
connotación y por la complejidad de los hechos;
Depende  de  la  Dirección  de  Tránsito,  Transporte  y
Seguridad Vial  y  está a  cargo de  un O?cial  Superior de
Armas  de  la Policía  Nacional  del  Perú  en situación  de
actividad, en el grado de Coronel.
19) Formular  y proponer  los respectivos  documentos
técnicos   normativos   para    regular   las   actividades   y
La
División   de    Prevención    e   Investigación    de
Accidentes  de Tránsito  de  la  Policía  Nacional  del Perú
tiene las funciones siguientes:
operaciones policiales  en materia de  su campo funcional
a nivel nacional  de los órganos de la  Policía Nacional del
Perú;
1)
Prevenir,  investigar   y  denunciar   los  accidentes
20) Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su competencia;
21)  Asesorar  al  Director   de  Tránsito,  Transporte  y
Seguridad Vial de la Policía Nacional  del Perú en asuntos
de su competencia; y,
22)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director de  Tránsito, Transporte y Seguridad  Vial de la
Policía Nacional del Perú le asigne.
de  tránsito   con  consecuencias  fatales,   actuando  bajo
la conducción  jurídica  del ?scal;  así como,  establecer la
inobservancia de  las reglas  de tránsito  para imponer  las
infracciones previstas  en la  normatividad de  tránsito que
resulten del proceso de investigación;
2)
Desarrollar estudios de  seguridad vial y análisis  de
la problemática del  tránsito, proponiendo planes, normas,
estrategias y procedimientos  necesarios para su solución
en el ámbito de su competencia;
3)
Proponer
a
las
autoridades
competentes
las
Artículo     192.-     División     de
Investigación de Robo de Vehículos
La  División  de Prevención  e  Investigación  de  Robo
de Vehículos  es  la unidad  orgánica de  carácter  técnico,
Prevención
e
modi?caciones viales, señalización vial y los programas de
educación y seguridad vial;
4)
Plani?car,  organizar,  dirigir,  coordinar,  ejecutar  y
controlar  las  operaciones  policiales  de  ?scalización  de
velocidad a los usuarios de  la red vial urbana, empleando
los medios tecnológicos disponibles;
sistémico
y
normativo,
operativo
y
especializado;
responsable  de  prevenir, investigar  y  denunciar  bajo  la
conducciónjurídicadel?scal,losdelitoscontraelpatrimonio
en la modalidad de robo, hurto y receptación de vehículos
motorizados de  tránsito terrestre  y sus  autopartes, en  la
demarcación  territorial  de  Lima  Metropolitana o  a  nivel
nacional,  siempre   que  revistan   connotación   o  por   la
complejidad  de  los  hechos   y  cuando  lo  requieran  las
5)
Ejecutar programas de instrucción y sensibilización,
en materia de prevención  de accidentes de tránsito; en el
marco de  la educación y  seguridad vial que promueve  la
Policía Nacional del Perú a la comunidad a nivel nacional;
6)
Plani?car,  organizar,  dirigir,  coordinar,  ejecutar  y
Regiones
Policiales   o   autoridades  competentes,   con
autorización  expresa  del  Director  Nacional  de Orden  y
Seguridad.
controlar  las   operaciones  policiales   de  ?scalización  a
los  usuarios de  la red  de  la vía  pública,  empleando los
diversos medios  tecnológicos de  control de  alcoholemia,
Asimismo,   se  encarga   de   realizar   y   controlar  la
emisión de los peritajes técnicos - vehiculares con ?nes de
identi?cación en el  proceso de investigación; en  el marco
de la normativa sobre la materia.
Depende  de  la  Dirección  de  Tránsito,  Transporte  y
Seguridad Vial  y  está a  cargo de  un O?cial  Superior de
Armas  de  la Policía  Nacional  del  Perú  en situación  de
actividad, en el grado de Coronel.
estupefacientes
y   drogas   ilícitas;  conduciendo   a   los
infractores  a   la  comisaría   de  la  jurisdicción   para  las
pruebas periciales respectivas  e inicio de la  investigación
correspondiente, actuando bajo la  conducción jurídica del
?scal;
7)
Realizar y  expedir peritajes  técnicos –  vehiculares
con ?nes  de investigación, de  los vehículos participantes
en eventos y accidentes de tránsito de toda naturaleza;
8)
La  División  de Prevención  e  Investigación  de  Robo
de  Vehículos  de  la Policía  Nacional  del  Perú  tiene  las
funciones siguientes:
Investigar  y  denunciar  los accidentes  de  tránsito
con lesiones graves  en la demarcación territorial  de Lima
y sus  provincias que,  por su naturaleza,  trascendencia y
connotación del evento, sea necesaria su participación en
su condición de unidad orgánica especializada, cuando así
lo requiera el ?scal competente;
1)
Prevenir, investigar y denunciar los  delitos contra el
patrimonio en  la modalidad  de robo,  hurto y  receptación
de  vehículos   motorizados  de   tránsito  terrestre   y  sus
autopartes, bajo la conducción jurídica del ?scal;
9)
Obtener,  custodiar, asegurar,  trasladar  y procesar
indicios, evidencias y  elementos probatorios relacionados
con la investigación de su campo funcional, observando la
respectiva cadena de custodia;
2)
Plani?car,  organizar,  dirigir,  coordinar,  ejecutar  y
controlar las operaciones policiales de prevención de robo,
hurto y receptación de vehículos y autopartes;
10)
Solicitar los peritajes de criminalística que resulten
3)
talleres de mecánica,  de reparación automotriz, factorías,
Requerir  el  registro   de  ingreso  de   vehículos  a
pertinentes para la investigación a su cargo;
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
83
ensambladoras,  playas   o  centros  de   estacionamiento,
custodia  y  guardianía,  establecimientos  comerciales  de
compra y  venta de  vehículos usados  y autopartes; en  el
marco de la prevención e investigación del delito, conforme
a su campo  funcional; siendo obligación de  toda persona
natural o jurídica que tenga relación con dichos negocios a
colaborar con la autoridad policial;
que   hayan  sido   de   conocimiento  de   otras   unidades
orgánicas del sistema policial de tránsito a nivel nacional;
21) Emitir peritajes técnicos -  vehiculares con ?nes de
identi?cación, para efectos de  transacciones de compra y
venta de vehículos  usados; en el marco  de la prevención
e investigación del delito de su ámbito de competencia;
22) Formular  y proponer  los respectivos  documentos
4)
Orientar y  supervisar las operaciones  policiales de
técnicos
normativos
para
en
regular
materia
las
de
actividades
prevención
y
prevención e  investigación de robo  de vehículos  a cargo
de las unidades orgánicas de  la Policía Nacional del Perú
que desarrollan funciones en el marco del  sistema policial
de tránsito a nivel nacional;
operaciones
policiales
e
investigación de robo de vehículos  a nivel nacional de los
órganos de la Policía Nacional del Perú;
23)  Administrar los  recursos  asignados  con criterios
de e?ciencia y e?cacia, de conformidad con el marco legal
vigente;
5)
Realizar y expedir los peritajes técnicos - vehiculares
con ?nes de identi?cación para el proceso de investigación;
Obtener,  custodiar, asegurar,  trasladar  y procesar
6)
24) Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su competencia;
indicios, evidencias y  elementos probatorios relacionados
con la investigación de su campo funcional, observando la
respectiva cadena de custodia;
25)  Asesorar  al  Director   de  Tránsito,  Transporte  y
Seguridad Vial de la Policía Nacional  del Perú en asuntos
de su competencia; y,
7)
Solicitar los  peritajes de criminalística  que resulten
26)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
pertinentes para la investigación a su cargo;
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director de  Tránsito, Transporte y Seguridad  Vial de la
Policía Nacional del Perú le asigne.
8)
y privadas con ?nes de investigación, de conformidad a  la
normativa legal vigente;
9)
Coordinar y solicitar información a entidades públicas
Adoptar las medidas  de seguridad y reserva  de los
Artículo 193.- División de Protección de Carreteras
La División  de Protección de  Carreteras es  la unidad
orgánica  de carácter  técnico,  operativo y  especializado;
responsable de  brindar seguridad en la  red vial nacional,
garantizando,manteniendoy?scalizandolalibrecirculación
vehicular  y   peatonal;   previniendo  y   neutralizando  los
riesgos  contra  la  seguridad vial;  así  como,  combatir  la
delincuencia  y  subsidiariamente  la   ?scalización  de  las
normas del transporte en el ámbito de su competencia.
Depende  de  la  Dirección  de  Tránsito,  Transporte  y
Seguridad Vial  y  ésta a  cargo de  un O?cial  Superior de
Armas  de  la Policía  Nacional  del  Perú  en situación  de
actividad, en el grado de Coronel.
documentos privados que forman parte de la investigación
a  su  cargo,  de  conformidad con  la  normativa  sobre  la
materia;
10)
Solicitar ante la autoridad competente las medidas
limitativas de derechos  previstas en la Ley,  y ejecutar las
dispuestas por el Poder Judicial;
Dirigir   y   supervisar   el   proceso    de   registro,
recopilación  y análisis  de la  información  estadística que
produzca la División a su cargo,  para una adecuada toma
de decisiones,  de conformidad  con los  lineamientos que
dicte la  División de Estadística  de la Policía Nacional  del
Perú;
11)
12)
Centralizar y transmitir información relacionada con
La División  de Protección de  Carreteras de  la Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
el robo  de  vehículos a  nivel nacional  para  alimentar los
registros y  bases de  datos en esta  materia y  el Registro
Nacional de Seguridad Pública que administra la Dirección
de  Tecnología  de  la  Información  y Comunicaciones  de
la  Policía  Nacional  del  Perú,  con ?nes  de  ubicación  e
investigación;
1)
Plani?car,  organizar,  dirigir,  coordinar,  ejecutar  y
controlar las  operaciones  policiales destinadas  a brindar
seguridad,  vigilancia  y control  policial  en  las  carreteras
de la  red vial  nacional; así como,  garantizar, mantener  y
?scalizar la libre  circulación vehicular y peatonal,  velando
por el cumplimiento de las normas en materia de tránsito y
transporte de pasajeros y de carga en general;
13)
Producir inteligencia y contrainteligencia policial en
materia del campo funcional de  su competencia y realizar
operaciones  especiales de  inteligencia  para  combatir la
delincuencia y  el crimen organizado vinculado  al robo de
vehículos y  autopartes a  nivel nacional;  en  su condición
de  parte  integrante  del  Sistema  de inteligencia  Policial
(SIPOL);
2)
Plani?car,  organizar,  dirigir,  coordinar,  ejecutar  y
controlar las operaciones policiales tendentes a prevenir y
neutralizar los riesgos  contra la seguridad  vial; así como,
combatir la delincuencia e  infracciones administrativas en
el ámbito de su competencia;
14)
Mantener enlace a través del  canal de inteligencia
con  los   órganos  de   inteligencia  del  Sector   Interior  y
el  Sistema   de   Inteligencia  Policial   (SIPOL)  a   ?n  de
intercambiar  información  en  las  materias  vinculadas  al
ámbito funcional de su competencia;
3)
Ejecutar  subsidiariamente  operaciones   policiales
de ?scalización de las normas  de transporte en la red vial
nacional, en el campo funcional de su competencia;
4)
Plani?car,  organizar,  dirigir,  coordinar,  ejecutar  y
15)
Brindar  apoyo   a   las  entidades   y  autoridades
controlar  las   operaciones   policiales  de   protección  de
competentes  en materia  de su  campo  funcional y  de  la
normativa legal vigente;
carreteras
que   desarrollen   las  unidades   policiales   y
destacamentos a su cargo, en el marco del sistema policial
de carreteras a nivel nacional;
16)
Ejecutar  y  coordinar  el apoyo  necesario  de  los
diversos órganos de  la Policía Nacional  del Perú, para el
planeamiento y empleo de las fuerzas, en las operaciones
conjuntas y simultaneas  propias de su campo funcional  a
nivel nacional,  en el  marco  de la  lucha contra  el crimen
organizado vinculado al  robo de vehículos y  autopartes a
nivel nacional;
5)
Obtener,  custodiar, asegurar,  trasladar  y procesar
indicios, evidencias y  elementos probatorios relacionados
con la investigación de su campo funcional, observando la
respectiva cadena de custodia;
6)
Requerir el mani?esto de pasajeros de las empresas
de transporte terrestre que circulan por la red vial nacional,
en  el marco  de la  prevención  e investigación  del delito,
conforme a su campo funcional; siendo obligación de toda
persona  natural o  jurídica  que tenga  relación  con dicho
negocio a colaborar con la autoridad policial;
17)
Realizar   operaciones  policiales   simultáneas   y
coordinadas  con los  diferentes  países  limítrofes en  sus
respectivas
demarcaciones   territoriales,    tendentes   a
la  recuperación  de   vehículos  hurtados  y  robados;  así
como,  intercambiar  información  sobre   esta  materia  en
el  marco  de  los convenios  y  acuerdos  de  cooperación
policial internacional,  para la lucha contra  la delincuencia
transnacional;
7)
Requerir  la  documentación   correspondiente  que
autoriza el  transporte de  carga en  general en  la red  vial
nacional, en el marco de la prevención e  investigación del
delito, conforme  a su campo  funcional; siendo obligación
de toda persona  natural o jurídica que tenga  relación con
dicho negocio a colaborar con la autoridad policial;
18)
Coordinar  y  atender  los   requerimientos  de  las
judiciales,    Ministerio   Público    y    demás
autoridades
autoridades  competentes,   en  el   marco  de   su  campo
funcional y de la normativa legal sobre la materia;
8)
Prestar auxilio a los conductores y usuarios de la red
vial nacional que lo requieran;
19)
Practicar  investigaciones   en   el  ámbito   de  su
9)
Inmovilizar,  trasladar  e  internar  vehículos  en  los
competencia, solicitadas por las Fiscalías a nivel nacional,
siempre que revistan connotación o por  la complejidad de
los hechos;
depósitos municipales u otros, en el marco de la normativa
sobre la materia;
10)
Intervenir en  accidentes de  tránsito y/o siniestros
20)
Practicar  investigaciones ampliatorias  a  solicitud
que se produzcan en las carreteras de la red vial nacional,
actuando en  el marco de la  normativa sobre la  materia y
poniendo a  disposición de  la comisaría de  la jurisdicción
del Ministerio Público, en su condición de unidad orgánica
especializada, en  materia de  su ámbito  de competencia,
84
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
los   actuados  policiales,   vehículos  y   participantes   del
evento de tránsito, según corresponda;
corresponda  de conformidad  con  la legislación  sobre  la
materia;
4)   Coordinar  y   prestar   apoyo  a   las   entidades  y
autoridades   competentes   en   materia    de   su   campo
funcional y de la normativa legal vigente;
5) Prestar  auxilio a los  conductores y usuarios  de las
redes de transporte masivo (ferroviario, metros y otros); así
como, velar por el  cumplimiento de la atención preferente
que regula la normativa sobre la materia;
6) Informar  y emitir  opinión técnica sobre  asuntos de
su competencia;
11)
Producir inteligencia y contrainteligencia policial en
materia del campo funcional de  su competencia y realizar
operaciones   especiales  de   inteligencia   para  combatir
la  delincuencia en  la  red vial  nacional;  en  su condición
de  parte  integrante  del  Sistema  de inteligencia  Policial
(SIPOL);
12)
Mantener enlace a través del  canal de inteligencia
con  los   órganos  de   inteligencia  del  Sector   Interior  y
el  Sistema   de   Inteligencia  Policial   (SIPOL)  a   ?n  de
intercambiar  información  en  las  materias  vinculadas  al
ámbito funcional de su competencia;
7)  Asesorar   al  Director   de  Tránsito,   Transporte  y
Seguridad Vial de la Policía Nacional  del Perú en asuntos
de su competencia; y,
13)
Plani?car,  organizar,   dirigir,  coordinar,   ejecutar
y  controlar   las  operaciones   policiales  de  ?scalización
a  los  usuarios  de  la  red  vial  nacional,  empleando  los
diversos medios  tecnológicos de  control de  alcoholemia,
8)   Las  demás   funciones   que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director de  Tránsito, Transporte y Seguridad  Vial de la
Policía Nacional del Perú le asigne.
estupefacientes
y   drogas   ilícitas;  conduciendo   a   los
infractores  a   la  comisaría   de  la  jurisdicción   para  las
pruebas periciales respectivas  e inicio de la  investigación
correspondiente, actuando bajo la  conducción jurídica del
?scal;
Artículo 195.- Dirección de Seguridad Ciudadana
La  Dirección de  Seguridad  Ciudadana  es  el órgano
especializado, de  carácter técnico y  sistémico, normativo
y  operativo;  responsable   de  planear,  organizar,  dirigir,
ejecutar, coordinar,  controlar y  supervisar las actividades
tendentes a promover la participación  activa y organizada
de  la   comunidad,   fortaleciendo  las   relaciones  policía
- autoridad  -  comunidad, para  contribuir a  la  mejora del
orden, tranquilidad,  seguridad,  respeto a  los derechos  y
desarrollo integral  familiar,  que posibiliten  la convivencia
pací?ca y la paz social a nivel nacional.
14)
Plani?car,  organizar,   dirigir,  coordinar,   ejecutar
y controlar  las operaciones  policiales  de ?scalización  de
velocidad a los usuarios de la red vial nacional, empleando
los medios tecnológicos disponibles;
15)
Colaborar  con  la  Superintendencia  Nacional  de
Control  de  Servicios  de  Seguridad,  Armas,  Municiones
y Explosivos  de Uso Civil en  el control y  en el transporte
de armas  de fuego,  munición y explosivos  de uso  civil y
productos pirotécnicos; así como, perseguir  el trá?co y su
tenencia clandestina;
Asimismo, previene,  investiga y denuncia  la violencia
contra  las  mujeres y  los  integrantes  del  grupo  familiar,
en el  marco de  la normativa sobre  la materia;  así como,
realiza acciones  de protección  temporal a  niños, niñas y
adolescentes en abandono e infractores a la ley penal.
La  Dirección  de Seguridad  Ciudadana  de  la  Policía
Nacional  del  Perú   en  el  marco  del   Sistema  Nacional
de  Seguridad  Ciudadana  –  SINASEC,  coordina  con  la
Dirección General de Seguridad  Ciudadana del Ministerio
del Interior.
16)
Ejecutar,  coordinar  y  controlar  el  desarrollo  de
prevención y sensibilización en materia de educación vial,
dirigido a los conductores,  pasajeros y peatones usuarios
de la red vial nacional;
17)
Prestar  apoyo   a   las  entidades   y  autoridades
competentes en  materia de  su ámbito  de competencia y
de la normativa legal vigente;
18)
Administrar  los recursos  asignados  con  criterios
de e?ciencia y e?cacia, de conformidad con el marco legal
Depende   de   la   Dirección   Nacional   de   Orden   y
vigente;
19)
Seguridad y está a  cargo de un O?cial General  de Armas
de la Policía  Nacional del Perú  en situación de actividad,
en el grado de General.
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
su competencia;
20)
Asesorar  al  Director   de  Tránsito,  Transporte  y
La  Dirección  de Seguridad  Ciudadana  de  la  Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
Seguridad Vial de la Policía Nacional  del Perú en asuntos
de su competencia; y,
21)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
1)   Planear,   organizar,   dirigir,    ejecutar,   coordinar,
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director de  Tránsito, Transporte y Seguridad  Vial de la
Policía Nacional del Perú le asigne.
controlar   y  supervisar   las  actividades   y   planes  para
promover   la  participación   activa   y  organizada   de   la
comunidad  y  fortalecer  el trinomio  policía  -  autoridad  -
comunidad, que contribuya a mejorar el orden, tranquilidad,
seguridad, respeto  a los derechos y  el desarrollo integral
familiar, posibilitando la convivencia pací?ca y la paz social
a nivel nacional;
Artículo 194.- División de Seguridad Ferroviaria
La  División  de   Seguridad  Ferroviaria  es  la  unidad
orgánica  de carácter  técnico,  operativo y  especializado;
responsable
de
planear,
organizar,
dirigir,
ejecutar,
2)  Evaluar y  aprobar los  programas  preventivos que
propongan los órganos y unidades orgánicas que ejecutan
funciones en el sistema policial de  seguridad ciudadana a
nivel nacional;
Planear,   organizar,   dirigir,   ejecutar,    coordinar,
controlar y  supervisar  los programas  preventivos a  nivel
nacional que  se  relacionan con  las Juntas  Vecinales  de
Seguridad  Ciudadana,   Red  de   Cooperantes,  Club  de
Menores,  Policía   Escolar,  Brigadas   de  Autoprotección
Escolar, Patrullas Juveniles y otros programas en ejecución
o que posteriormente se implementen;  en el ámbito de su
competencia funcional;
coordinar   y  controlar   las   operaciones  policiales   para
garantizar el  orden  público y  la seguridad  ciudadana en
los  sistemas de  transporte masivo  (ferroviario,  metros y
otros) así como el libre funcionamiento de sus actividades
a nivel nacional; previniendo, identi?cando, investigando y
neutralizando los  riesgos  contra la  seguridad; así  como,
prevenir y combatir la delincuencia en el ámbito de dichos
sistemas de transporte masivo.
3)
Depende  de  la  Dirección  de  Tránsito,  Transporte  y
Seguridad Vial  y  está a  cargo de  un O?cial  Superior de
Armas  de  la Policía  Nacional  del  Perú  en situación  de
actividad, en el grado de Coronel o Comandante.
La  División  de  Seguridad   Ferroviaria  de  la  Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
4)
controlar
Planear,   organizar,   dirigir,   ejecutar,    coordinar,
y   supervisar   las   actividades,   programas   y
proyectos  preventivos  de  acercamiento  al  niño,  niña  y
adolescente que  ejecuta el  sistema policial de  seguridad
ciudadana a nivel nacional;
1)
Planear,  organizar,   dirigir,  ejecutar,   coordinar  y
controlar las operaciones policiales tendentes a garantizar
el orden público y la seguridad ciudadana en  los sistemas
de transporte masivo (ferroviario, metros y otros); así como
el libre funcionamiento de sus actividades a nivel nacional;
en el marco de la normativa y protocolos sobre la materia;
5) Dirigir y supervisar la organización de la comunidad
a través de las Juntas Vecinales de  Seguridad Ciudadana
y  programas   preventivos  de   su   competencia,  con   el
propósito de lograr su participación activa  en el desarrollo
de las actividades de seguridad ciudadana;
2)
Prevenir,  identi?car,   investigar  y   neutralizar  los
6) Coordinar acciones  articuladas con las autoridades
regionales, locales y demás autoridades competentes; así
como con Entidades  públicas y privadas  promoviendo un
adecuado enlace con los mismos a través de las unidades
orgánicas que conforman el  sistema policial de seguridad
ciudadana a nivel nacional;
riesgos contra la seguridad; así como, ejecutar operaciones
policiales para  prevenir y combatir  la delincuencia en  los
sistemas de transporte masivo a su cargo;
3)
Velar por el cumplimiento de los dispositivos legales
que garanticen el  orden público y la seguridad  ciudadana
en  los sistemas  de  transporte masivo  del  ámbito de  su
7)  Promover en  la  comunidad la  implementación  de
mecanismos  de  alerta temprana  para  la  prevención  de
competencia,
efectuando   la   intervención   policial   que
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
85
delitos y faltas; desarrollando e impulsando los programas
preventivos que  ejecuta  el sistema  policial de  seguridad
ciudadana a nivel nacional;
dicte la  División de Estadística  de la Policía Nacional  del
Perú;
23) Transmitir información para  alimentar los registros
y  bases  de  datos  del  Registro  Nacional  de  Seguridad
Pública que  administra  la Dirección  de Tecnología  de la
Información y  Comunicaciones de la  Policía Nacional del
Perú;
24) Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su competencia;
25)   Asesorar   al   Director    Nacional   de   Orden   y
Seguridad de  la Policía Nacional  del Perú en asuntos  de
su competencia; y,
26)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que el
Director Nacional Orden y Seguridad de la Policía Nacional
del Perú le asigne.
8)
Prevenir, investigar  y denunciar  la violencia contra
las   mujeres  y   los  integrantes   del   grupo  familiar,   de
conformidad a la normativa sobre la materia;
9)
Orientar, ejecutar y supervisar las acciones policiales
de protección  temporal a niños,  niñas y  adolescentes en
abandono e infractores a la ley penal;
10)
Prevenir,  investigar  y  denunciar  la  comisión  de
delitos  contra   la  libertad   sexual,  en   las  modalidades
de  violación sexual  y  actos  contra el  pudor,  en agravio
de niños,  niñas  y adolescentes  a nivel  nacional,  bajo la
conducción jurídica del ?scal; en el marco de la  normativa
sobre la materia;
11)
Diseñar  y  ejecutar   estrategias  que  promuevan
el  fortalecimiento   de  la  con?anza   policía-  autoridad   -
comunidad, propendiendo que la Policía Nacional del Perú
tenga una orientación comunitaria;
Artículo
196.-
Estructura
de
la
Dirección
de
Seguridad Ciudadana
12)
Participar, consolidar  y sustentar la  programación
La
Dirección
de
Seguridad
Ciudadana
para
el
de actividades anual  articulado al cuadro de necesidades
y  asignación  presupuestal, proponiendo  los  indicadores
de  productos  y  procesos;  así  como,  formular,  aprobar,
ejecutar y evaluar el Plan de Trabajo Anual de la Dirección
a su  cargo, concordante  con el  Plan Operativo Anual  de
la  Policía Nacional  del  Perú y  los  Planes Generales  de
Operaciones;
cumplimiento de  sus  funciones cuenta  con las  unidades
orgánicas especializadas siguientes:
a. División de Protección de Niños y Adolescentes;
b. División de Juntas Vecinales;
c. División de Protección contra la Violencia Familiar;
d.  División  de   Proyectos  Especiales  de   Seguridad
Ciudadana; y,
13)
Dirigir,  coordinar,  evaluar, controlar  y  supervisar
la  formulación   de   los  Planes   de  Operaciones   de   la
Dirección  a su  cargo,  en el  marco  del  cumplimiento de
los  Planes   Generales  dispuestos  y   aprobados  por   la
Sub Dirección  General de  la Policía  Nacional del Perú  y
los  Planes de  Operaciones de  la  Dirección Nacional  de
Orden y  Seguridad; considerando en el  planeamiento los
documentos de inteligencia que correspondan;
e. División de Inteligencia de Seguridad Ciudadana.
Artículo  197.- División  de  Protección  de  Niños y
Adolescentes
La  División  de  Protección de  Niños  y  Adolescentes
es  la  unidad  orgánica  de  carácter  técnico, sistémico  y
normativo,   operativo  y   especializado;  responsable   de
proteger a los niños, niñas y adolescentes extraviados o en
abandono moral,  material, económico y  social a  solicitud
del Programa Integral  Nacional de Bienestar Familiar; así
como, a  los infractores a  la ley penal;  proporcionándoles
albergue  y  custodia  dispuesta  por  la  autoridad  judicial
competente.
se   encarga   de   prevenir,   investigar    y
14)
Aprobar
la
formulación
de
las
Ordenes
ejecutar
de
las
Operaciones
que
deberán
desarrollar
y
diversas unidades  orgánicas que  componen la  Dirección
a  su  cargo;  de  conformidad con  los  Planes  Generales
dispuestos y  aprobados por la  Sub Dirección General  de
la Policía Nacional  del Perú y los  Planes de Operaciones
de la  Dirección  Nacional de  Orden y  Seguridad, para  el
ejercicio operativo de la función policial;
Asimismo,
denunciar bajo la conducción jurídica del ?scal, la comisión
de delitos contra la libertad sexual, en las modalidades de
violación  sexual y  actos  contra  el pudor,  en  agravio de
niños, niñas  y adolescentes  en la  demarcación territorial
de Lima Metropolitana o a nivel nacional si fuera necesario,
siempre que revistan connotación o por  la complejidad de
los hechos y  cuando lo requieran las  Regiones Policiales
o autoridades competentes,  con autorización expresa  del
Director Nacional de Orden y Seguridad; en el marco de la
normativa sobre la materia.
15)
Dirigir y  supervisar la  administración del Registro
Nacional de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana,
Red de Cooperantes, Vecindario Seguro y otros programas
preventivos de la Policía Nacional del Perú;
16)
Coordinar  y  atender  los   requerimientos  de  las
judiciales,    Ministerio   Público    y    demás
autoridades
autoridades  competentes   en   el  marco   de  su   ámbito
funcional y de la normativa legal sobre la materia;
17)
Dirigir  las acciones  y operaciones  especiales  de
inteligencia y contrainteligencia policial en el ámbito  de su
competencia funcional;
Depende de  la  Dirección de  Seguridad Ciudadana  y
está a cargo de un O?cial Superior de Armas de la Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
La División de Protección de  Niños y Adolescentes de
la Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
18)
Administrar   los  recursos   humanos,   logísticos,
tecnológicos, económicos y otros a?nes, de la Dirección a
su cargo; así como,  coordinar con los Jefes de  las Macro
Regiones  Policiales la  ejecución  presupuestal destinado
a  la cobertura  de  las  acciones, planes  y  programas de
participación ciudadana;
1)
Ejecutar
acciones
y
operaciones
policiales
19) Formular  y proponer  los respectivos  documentos
técnicos   normativos   para    regular   las   actividades   y
destinadas a  brindar protección  y seguridad  a los  niños,
niñas  y adolescentes  en presunto  estado  de abandono,
explotación laboral y  sexual, víctimas de comercio infantil
y  delitos   conexos;  en   coordinación  con  las   unidades
operaciones policiales  en materia de  su campo funcional
a nivel nacional  de los órganos de la  Policía Nacional del
Perú;
orgánicas
especializadas   competentes   de   la   Policía
20)
Gestionar ante la  Escuela Nacional de Formación
Nacional del Perú;
Profesional   Policial  la   capacitación,   especialización  y
actualización   permanente  del   personal   policial   de  la
Dirección  a su  cargo,  en  materias  relacionadas con  su
campo funcional;
2) Prevenir, investigar  y denunciar bajo  la conducción
jurídica del ?scal,  la comisión de delitos  contra la libertad
sexual,  en las  modalidades  de violación  sexual  y  actos
contra el pudor, en agravio de niños, niñas y adolescentes;
en el marco de la normativa sobre la materia;
3) Intervenir y retener a los menores de edad infractores
a la ley penal, procediendo conforme a la legislación sobre
la materia;
21)
Promover y  proponer la suscripción de  convenios
especialesconorganizacionesnacionaleseinternacionales
que apoyan las actividades policiales propias de su campo
funcional,  en   materia   de  intercambio   de  información,
capacitación,
especialización   y    equipamiento   de    la
Dirección de  Seguridad Ciudadana y  unidades orgánicas
del   sistema  policial   de   seguridad  ciudadana   a   nivel
nacional,  en coordinación  con la  Sub  Dirección General
o  la Dirección  de  Asuntos  Internacionales de  la  Policía
Nacional del Perú, en el ámbito de su competencia;
4) Solicitar los peritajes  de criminalística, que resulten
pertinentes para la investigación a su cargo;
5) Coordinar y solicitar información a entidades públicas
y privadas con ?nes de investigación, de conformidad a  la
normativa legal vigente;
6) Adoptar las medidas  de seguridad y reserva  de los
documentos privados que forman parte de la investigación
a  su  cargo,  de  conformidad con  la  normativa  sobre  la
materia;
22)
Dirigir
y
supervisar
el
proceso
de
registro,
recopilación  y análisis  de la  información  estadística que
produzca la Dirección a su cargo, para una adecuada toma
de decisiones,  de conformidad  con los  lineamientos que
86
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
7)
Analizar,
formular
y
proponer
la
actualización
de  alerta  temprana   para  prevenir  los  delitos   y  faltas,
coadyuvando al combate  de la delincuencia;  en el marco
de la normativa sobre la materia.
Depende de  la  Dirección de  Seguridad Ciudadana  y
está a cargo de un O?cial Superior de Armas de la Policía
Nacional del Perú, en el grado de Coronel.
La División de Juntas Vecinales  de la Policía Nacional
del Perú tiene las funciones siguientes:
de  estrategias   y  procedimientos  para  las   técnicas  de
operatoria policial dentro del ámbito de su competencia;
8)
Brindar seguridad, protección y albergue a los niños,
niñas y  adolescentes  extraviados o  en abandono  moral,
material,  económico y  social,  de  o?cio o  a  solicitud del
Programa  Integral  Nacional   de  Bienestar  Familiar;  así
como, a los infractores a la ley penal,  de conformidad a lo
resuelto por la autoridad  judicial competente; en el marco
de la normativa sobre la materia;
Plani?car,   organizar,    dirigir,   ejecutar,   evaluar,
coordinar, controlar y supervisar las actividades y medidas
de seguridad de los Centros  de Protección del Niño, Niña
y Adolescente;
1)  Planear,   organizar,  dirigir,   ejecutar,  coordinar   y
controlar a nivel nacional  las acciones orientadas a lograr
la  participación  activa  de  la  ciudadanía  organizada  en
juntas  vecinales; red  de cooperantes  y  otros programas
preventivos  que se  implementen, mediante  mecanismos
de participación ciudadana en alianza con las instituciones
públicas   y   privadas,   estableciendo   y   ejecutando   un
adecuado enlace a  través de las unidades  orgánicas que
conforman el  sistema policial de  seguridad ciudadana en
el ámbito nacional; de conformidad con la legislación sobre
la materia;
9)
10)
Administrar   los   productos   alimenticios    y   su
preparación que proporciona el Programa Integral Nacional
de Bienestar  Familiar  y otras  entidades, destinado  a los
niños, niñas y adolescentes que se encuentran albergados
y en  custodia en los  Centros de  Protección de la  Policía
Nacional del Perú;
11)
Plani?car,
organizar,   dirigir,   ejecutar,   evaluar,
controlar   y   supervisar   las   actividades   de
protección y educación técnica que se brinda en los Centros
Técnicos Productivos de la Policía Nacional del Perú, a los
niños, niñas y adolescentes que se encuentran albergados
y en custodia; en el marco de los convenios con entidades
públicas o privadas suscritas por la Institución Policial;
2)  Planear,   organizar,  dirigir,   ejecutar,  coordinar   y
controlar a nivel nacional la organización de la comunidad
en  juntas   vecinales  de   seguridad   ciudadana,  red   de
y   otros   programas   preventivos   que   se
coordinar,
cooperantes
implementen; a ?n de organizar  y establecer mecanismos
de alerta  temprana, en el  marco de  la prevención de  los
delitos y faltas, y coadyuvar al combate de la delincuencia;
articulando al sistema  policial de seguridad ciudadana  en
el ámbito  nacional, en el  marco del Sistema  Nacional de
Seguridad Ciudadana;
12)
Promover   y  ejecutar   campañas   de  salud   en
bienestar  de   los  niños,  niñas  y   adolescentes  que  se
encuentran en custodia;
13)
Difundir la  ubicación del niño,  niña o adolescente
3)  Administrar  el   Registro  Nacional   de  las  Juntas
Vecinales de Seguridad Ciudadana; Red de Cooperantes;
Vecindario  Seguro y  otros  programas  preventivos de  la
Policía Nacional del Perú, que se relacionen con el ámbito
de su competencia funcional a nivel nacional;
extraviado,  que  se  encuentra albergado  o  en  custodia,
en  coordinación  con  las  entidades responsables  de  su
protección;
14)
Diseñar,  dirigir,   ejecutar,  coordinar,  controlar   y
supervisar  las  acciones   de  proyección  social  dirigidas
hacia las instituciones educativas en temas de prevención
del  bullying, violencia  familiar y  trata  de personas  en  el
marco de su competencia funcional;
4) Promover y ejecutar programas de capacitación para
los promotores del sistema policial de seguridad ciudadana
a  nivel  nacional  en  el  ámbito  de  su competencia;  con
apoyo de entidades públicas o privadas, a ?n de organizar
e implementar las  juntas vecinales, red de  cooperantes y
otros programas preventivos;
5)  Ejecutar   y  controlar  proyectos   y  programas  de
acción  que se  relacionen con  el  campo funcional  de su
competencia;
15)
Promover  y  ejecutar   programas  de  recreación
para los  niños, niñas  y adolescentes  que se  encuentran
albergados y en custodia, con apoyo de entidades públicas
o privadas; así como brindar soporte espiritual, psicológico
y  asistencia social  en  coordinación con  las  entidades  y
autoridades competentes;
6)   Coordinar  y   brindar   apoyo  a   las   entidades  y
autoridades   competentes   en   materia    de   su   ámbito
funcional y de la normativa legal vigente;
7)  Formular  y proponer  los  respectivos  documentos
16)
Atender  y  coordinar   los  requerimientos  de  las
autoridades
judiciales,
Ministerio
Público,
y
demás
autoridades competentes en el ámbito  de sus funciones y
de la normativa legal sobre la materia;
17)
técnicos
normativos   para   regular    las   actividades   y
operaciones policiales  en materia de  su campo funcional
a nivel nacional  de los órganos de la  Policía Nacional del
Perú;
Practicar  investigaciones   en   el  ámbito   de  su
competencia funcional, solicitadas por las Fiscalías a nivel
nacional, cuando fuera necesario por la connotación de los
hechos o su complejidad;
8) Informar  y emitir  opinión técnica sobre  asuntos de
su competencia;
18)
Practicar  investigaciones ampliatorias  a  solicitud
del Ministerio Público, en su condición de unidad orgánica
especializada,  en  materia  de  su  ámbito  funcional,  que
hayan sido  de conocimiento de otras  unidades orgánicas
del sistema policial de protección de niños y adolescentes
a nivel nacional;
9) Asesorar al Director  de Seguridad Ciudadana de la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
10)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director de Seguridad Ciudadana de la Policía Nacional
del Perú le asigne.
19)
Formular y  proponer los  respectivos documentos
normativos   para   regular    las   actividades   y
técnicos
operaciones policiales  en materia de  su campo funcional
a nivel nacional  de los órganos de la  Policía Nacional del
Perú;
Artículo  199.-   División  de   Protección  contra   la
Violencia Familiar
La División  de Protección contra  la Violencia Familiar
es  la  unidad  orgánica  de  carácter  técnico, sistémico  y
normativo,  operativo   y  especializado;   responsable  del
20)
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
su competencia;
21)
Asesorar al Director de Seguridad Ciudadana de la
planeamiento,
organización,
dirección,
coordinación,
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
ejecución  y   control   de  las   actividades  dirigidas   a  la
prevención,  protección,  investigación  y  denuncia  de   la
violencia contra  la mujer e  integrantes del grupo  familiar,
en  la demarcación  territorial  de  Lima Metropolitana  o  a
nivel  nacional  siempre  que  revistan  connotación  o  por
la  complejidad de  los hechos  y  cuando lo  requieran las
Regiones   Policiales   o  autoridades   competentes,   con
autorización  expresa  del  Director  Nacional  de Orden  y
Seguridad; en el marco de la normativa sobre la materia.
Depende de  la  Dirección de  Seguridad Ciudadana  y
está a cargo de un O?cial Superior de Armas de la Policía
Nacional del Perú, en el grado de Coronel.
22)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director de Seguridad Ciudadana de la Policía Nacional
del Perú le asigne.
Artículo 198.- División de Juntas Vecinales
La División  de Juntas  Vecinas  es la  unidad orgánica
de carácter técnico y especializado, sistémico y normativo;
responsable   de    planear,   organizar,    dirigir,   ejecutar,
y   controlar   a   nivel   nacional   las  acciones
coordinar
orientadas a lograr la participación activa de la ciudadanía
organizada,
mediante
mecanismos
de
participación
La División de Protección contra la Violencia Familiar de
la Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
ciudadana en  coordinación con  las instituciones públicas
y  privadas,  promoviendo  y  estableciendo  un  adecuado
enlace  a través  de las  unidades  policiales que  ejecutan
funciones del sistema  policial de seguridad  ciudadana en
el ámbito nacional, que  permita implementar mecanismos
1) Prevenir, proteger,  investigar y denunciar los casos
de  violencia   contra  la   mujer  e  integrantes   del  grupo
familiar;  conforme a  la  legislación  sobre la  materia;  así
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
87
como, garantizar  el  cumplimiento de  las normas  legales
que  regulan  la  protección  de  la familia,  niños,  niñas  y
adolescentes;
La  División  de  Proyectos  Especiales   de  Seguridad
Ciudadana  de   la  Policía  Nacional   del  Perú   tiene  las
funciones siguientes:
2)
Ejecutar  las medidas  de  protección  que  resuelva
la  autoridad competente,  en  los  procesos  por actos  de
violencia contra  la mujer e  integrantes del grupo  familiar,
contando con un mapa grá?co y de georreferenciación; de
conformidad con la normativa sobre la materia;
1)   Planear,    organizar,   dirigir,   ejecutar,    coordinar
controlar   las   actividades,   programas    y   proyectos
y
preventivos  de acercamiento  al  niño, niña,  adolescente,
jóvenes, familia  y personas  en situación de  riesgo social
que  ejecuta  la  Policía   Nacional  de  Perú  a  través  del
sistema policial  de seguridad ciudadana  a nivel nacional,
en  el  ámbito de  su  competencia  y  legislación  sobre  la
materia;
3)
Coordinar   y  brindar   apoyo   a  las   entidades   y
competentes   en   materia   de    su   ámbito
autoridades
funcional y de la normativa legal vigente;
4)   Promover  y   ejecutar   actividades   y   programas
educativos,  recreativos   y  de   promoción,  orientados   a
la formación  integral, protección  y amparo  de la  mujer e
integrantes del grupo  familiar y población  vulnerable, con
apoyo de entidades públicas o privadas;
2)   Orientar,  ejecutar   y   controlar  las   acciones   de
implementación   para  la   organización   y   conformación
de  las  patrullas  juveniles;  policía   escolar;  brigadas  de
auto protección  escolar; club de  menores y  otros que se
implementen;   mediante  mecanismos   de   acercamiento
ciudadano  en  alianza   con  las  instituciones  públicas   y
privadas, estableciendo y ejecutando un adecuado enlace
a  través  de  las  unidades  orgánicas  que  conforman  el
sistema  policial  de   seguridad  ciudadana  en  el  ámbito
nacional;
5)
Promover y ejecutar programas de capacitación para
el personal policial del sistema policial de protección contra
la  violencia familiar  a nivel  nacional  en el  ámbito  de su
competencia; con apoyo de entidades públicas o privadas,
a ?n de uni?car y articular los procedimientos policiales en
esta materia; en el marco de la legislación vigente;
3)
Diseñar, proponer y ejecutar  estrategias en materia
6)
Atender   los  requerimientos   de  las   autoridades
Ministerio    Público   y    demás    autoridades
de  proyectos  especiales  y   programas  preventivos  que
promuevan  el  fortalecimiento  de  la   con?anza  policía  -
comunidad, propendiendo que la Policía Nacional del Perú
tenga una orientación comunitaria;
judiciales,
competentes en  el marco de  su ámbito  funcional y de  la
normativa legal sobre la materia;
7)
Brindar  soporte   psicológico  y   asistencia  social,
4)
Promover,  ejecutar  y controlar  la  implementación
conforme a  su ámbito funcional;  en coordinación  con las
entidades y autoridades competentes;
de  mecanismos  de  alerta   temprana  en  la  comunidad,
destinados a la prevención de delitos y faltas; desarrollando
e  impulsando  los  programas  preventivos  de  su  ámbito
funcional,  que  ejecuta  el  sistema  policial  de  seguridad
ciudadana a nivel nacional;
8)
Solicitar los peritajes de  criminalística, que resulten
pertinentes para la investigación a su cargo;
9)
y privadas con ?nes de investigación, de conformidad a  la
normativa legal vigente;
10)
Coordinar y solicitar información a entidades públicas
5)
Evaluar  y aprobar  los programas  preventivos  que
propongan las unidades policiales que ejecutan  funciones
del   sistema  policial   de   seguridad  ciudadana   a   nivel
nacional, relacionados con su campo funcional;
Adoptar las medidas de seguridad y reserva de los
documentos privados que forman parte de la investigación
a  su  cargo,  de  conformidad con  la  normativa  sobre  la
materia;
6)
Coordinar acciones articuladas  con las autoridades
entidades   públicas   y   privadas   a   nivel
competentes,
11)
Analizar,   formular  y   proponer  la   actualización
nacional,  para formar  una  red  de apoyo  y  participación
solidaria  a   favor  de  los   niños,  niñas,  adolescentes   y
personas   adultas  bene?ciarios   de   los   programas  de
prevención y  promoción social;  en el  marco del  Sistema
Nacional de Seguridad Ciudadana;
de  estrategias   y  procedimientos  para  las   técnicas  de
operatoria policial dentro del ámbito de su competencia;
12) Practicar investigaciones en el marco de su ámbito
funcional,   solicitadas   por    las   diferentes   autoridades
competentes  tanto en  Lima  Metropolitana  como  a nivel
nacional, en éste  último caso cuando fuera necesario  por
la connotación de los hechos o su complejidad;
7)
Orientar  y   dirigir  la  administración  del   Registro
Nacional  de  los  Programas   Preventivos  de  su  campo
funcional,  que promueve  la  Policía Nacional  del  Perú a
nivel nacional;
13)
Practicar  investigaciones ampliatorias  a  solicitud
de  las   autoridades  competentes,   en  su  condición   de
unidad orgánica  especializada,  en materia  de su  ámbito
funcional,  que   hayan   sido  de   conocimiento  de   otras
unidades  orgánicas   del  sistema  policial  de   protección
contra la violencia familiar a nivel nacional;
8)
Promover  y  ejecutar  programas  de  capacitación
para  los  promotores  del  sistema   policial  de  seguridad
ciudadana a nivel nacional en el ámbito de su competencia;
con  apoyo  de  entidades  públicas  o  privadas,  a  ?n  de
organizar e implementar los  programas preventivos de su
responsabilidad;
14) Formular  y proponer  los respectivos  documentos
técnicos   normativos   para    regular   las   actividades   y
9)  Formular  y proponer  los  respectivos  documentos
técnicos   normativos   para    regular   las   actividades   y
operaciones policiales  en materia de  su campo funcional
a nivel nacional  de los órganos de la  Policía Nacional del
Perú;
operaciones policiales  en materia de  su campo funcional
a nivel nacional  de los órganos de la  Policía Nacional del
Perú;
15)
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
su competencia;
10)
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
16)
Asesorar al Director de Seguridad Ciudadana de la
su competencia;
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
11)
Asesorar al Director de Seguridad Ciudadana de la
17)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director de Seguridad Ciudadana de la Policía Nacional
del Perú le asigne.
12)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director de Seguridad Ciudadana de la Policía Nacional
del Perú le asigne.
Artículo 200.- División de  Proyectos Especiales de
Seguridad Ciudadana
Artículo 201.- División de Inteligencia de Seguridad
Ciudadana
La División de Inteligencia de Seguridad Ciudadana es
la unidad orgánica especializada y operativa; responsable
La  División  de  Proyectos  Especiales   de  Seguridad
Ciudadana  es la  unidad  orgánica  de carácter  técnico  y
especializado,  sistémico   y   normativo;  responsable   de
planear, organizar, dirigir, coordinar,  ejecutar y controlar a
nivel nacional, las actividades y programas preventivos de
la Policía Nacional  del Perú para el acercamiento  con los
niños, niñas, adolescentes, jóvenes, familia y personas en
situación de riesgo social,  con la ?nalidad de promover  el
respeto a los derechos y el desarrollo integral de la persona
humana,  dentro de  una  cultura de  paz  que  posibilite la
convivencia pací?ca  y social en  el ámbito nacional;  en el
marco de la normativa de la materia.
de
producir   inteligencia   y    contrainteligencia   policial,
en  materia  del  campo  funcional  de  competencia  de  la
Dirección de Seguridad  Ciudadana de la Policía Nacional
del Perú.
Forma  parte  integrante  del  Sistema  de  Inteligencia
Policial (SIPOL) que  dirige la Dirección de Inteligencia  de
la Policía Nacional del Perú.
Depende de  la  Dirección de  Seguridad Ciudadana  y
está a cargo de un O?cial Superior de Armas de la Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de  Coronel   o  Comandante,   debidamente  cali?cado   y
especializado en inteligencia policial.
Depende de  la  Dirección de  Seguridad Ciudadana  y
está a cargo de un O?cial Superior de Armas de la Policía
Nacional del Perú, en el grado de Coronel.
88
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
La División de Inteligencia de Seguridad Ciudadana de
la Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
y  extranjeros  y  su patrimonio,  en  coordinación  con  las
respectivas unidades orgánicas de  la Policía Nacional del
Perú; en el marco de la prevención del delito y combate de
la delincuencia;
1)
Producir inteligencia y  contrainteligencia policial en
materia del ámbito funcional de la Dirección  de Seguridad
Ciudadana,  de  conformidad  con  los lineamientos  de  la
Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional del Perú;
9)  Dirigir  y  supervisar  las  actividades  que permitan
orientar y  apoyar a los  turistas extranjeros que  requieran
ponerse  en  contacto  con  los consulados,  embajadas  y
representaciones diplomáticas de su país de origen;
10)  Coordinar  y  atender   los  requerimientos  de  las
2)
Ejecutar operaciones especiales de  inteligencia, en
el marco del campo funcional de su competencia;
3)
Obtener información en el ámbito de sus  funciones,
autoridades
judiciales,
Ministerio
Público
y
demás
en apoyo  a los órganos de  inteligencia que conforman  el
Sistema de Inteligencia Policial (SIPOL);
autoridades  competentes   en   el  marco   de  su   ámbito
funcional y de la normativa legal sobre la materia;
11) Coordinar  y apoyar a  las entidades y  autoridades
regionales, locales y demás autoridades competentes en el
desarrollo de la actividad y seguridad turística y en materia
de  protección   de  los   bienes  patrimoniales,  históricos,
culturales y turísticos a nivel nacional; buscando potenciar
la capacidad operativa de la Dirección a su cargo;
12) Supervisar el diseño y ejecución de los programas
policiales de  sensibilización y  cultura turística  orientados
a la  comunidad, para  promover y desarrollar  la actividad
turística  a  nivel  nacional;  en el  marco  de  la  normativa
sobre  la materia  y  en coordinación  con  las entidades  y
autoridades competentes;
4)
Asesorar al Director  de Seguridad Ciudadana de la
Policía Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
5)
Las demás  funciones que  le asigne  el Director  de
Seguridad Ciudadana de la Policía Nacional del Perú.
Artículo 202.- Dirección de Turismo
La Dirección  de Turismo  es  el órgano  especializado,
de  carácter  técnico  y  sistémico, normativo  y  operativo;
responsable
coordinar,
de
planear,
organizar,
dirigir,
ejecutar,
controlar
y
supervisar
las
actividades
y
operaciones
protección,
policiales
prevención,
de
orientación,
seguridad,
de
investigación
y
denuncia
faltas y delitos en agravio de los  turistas extranjeros y sus
13)  Dirigir las  acciones y  operaciones  especiales de
bienes,  bajo la  conducción  jurídica del  ?scal; así  como,      inteligencia y contrainteligencia policial en el ámbito de su
la  protección  y  seguridad  de  los  bienes  patrimoniales,
históricos,  culturales   y  turísticos   a  nivel   nacional;  de
conformidad con la normativa sobre la materia.
competencia funcional;
14) Promover  y proponer la suscripción  de convenios
especialesconorganizacionesnacionaleseinternacionales
que apoyan las actividades policiales propias de su campo
funcional,  en   materia   de  intercambio   de  información,
Depende
de   la   Dirección   Nacional   de   Orden   y
Seguridad y está a  cargo de un O?cial General  de Armas
de la Policía  Nacional del Perú  en situación de actividad,
en el grado de General.
capacitación,
especialización
y
equipamiento
de
que
la
la
Dirección
de
Turismo
y
unidades
orgánicas
La Dirección de Turismo de la Policía Nacional del Perú
tiene las funciones siguientes:
conforman, en coordinación con la Sub  Dirección General
o  la Dirección  de  Asuntos  Internacionales de  la  Policía
Nacional del Perú, en el ámbito de su competencia;
1)
Planear,
organizar,
dirigir,
ejecutar,
coordinar,
15)   Dirigir   y   supervisar   el   proceso   de    registro,
recopilación  y análisis  de la  información  estadística que
produzca la Dirección a su cargo, para una adecuada toma
de decisiones,  de conformidad  con los  lineamientos que
dicte la  División de Estadística  de la Policía Nacional  del
Perú;
16) Transmitir información para  alimentar los registros
y  bases  de  datos  del  Registro  Nacional  de  Seguridad
Pública que  administra  la Dirección  de Tecnología  de la
Información y  Comunicaciones de la  Policía Nacional del
Perú;
17) Administrar los  recursos asignados a  la Dirección
a  su   cargo,  con  criterios  de   e?ciencia  y  e?cacia,   de
conformidad con el marco legal vigente;
18) Gestionar ante  la Escuela Nacional de  Formación
Profesional   Policial  la   capacitación,   especialización  y
actualización   permanente  del   personal   policial   de  la
Dirección  a su  cargo,  en  materias  relacionadas con  su
campo funcional;
controlar  y  supervisar  a   nivel  nacional  las  actividades
y   operaciones  policiales   de   orientación,   seguridad  y
protección de los turistas extranjeros y sus bienes;
2)
Supervisar y controlar las actividades y operaciones
policiales  para  prevenir,  investigar  y  denunciar   a  nivel
nacional las faltas  y delitos que tome  conocimiento y que
se  hayan suscitado  en agravio  de  turistas extranjeros  y
sus bienes, bajo la  conducción jurídica del ?scal; siempre
que por  su naturaleza y  complejidad no sea necesaria  la
intervención  de  la  unidad  orgánica  especializada en  la
materia a investigar; en el marco de la normativa vigente;
3)
Planear,   organizar,   dirigir,   ejecutar,    coordinar,
controlar  y supervisar  a  nivel nacional  las  actividades y
operaciones  policiales de  protección  y seguridad  de  los
bienes patrimoniales,  históricos, culturales y  turísticos de
la nación; en coordinación con las entidades y autoridades
competentes;
4)
Participar,  consolidar y  sustentar  la programación
de actividades anual  articulado al cuadro de necesidades
y  asignación  presupuestal, proponiendo  los  indicadores
de  productos  y  procesos;  así  como,  formular,  aprobar,
ejecutar y evaluar el Plan de Trabajo Anual de la Dirección
a su  cargo, concordante  con el  Plan Operativo Anual  de
la  Policía Nacional  del  Perú y  los  Planes Generales  de
Operaciones;
19) Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su competencia;
Asesorar   al   Director    Nacional   de   Orden   y
Seguridad de  la Policía Nacional  del Perú en asuntos  de
su competencia; y,
21)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que el
Director Nacional Orden y Seguridad de la Policía Nacional
del Perú le asigne.
20)
5)
Dirigir,  coordinar,  evaluar,  controlar   y  supervisar
la  formulación   de   los  Planes   de  Operaciones   de   la
Dirección  a su  cargo,  en el  marco  del  cumplimiento de
los  Planes   Generales  dispuestos  y   aprobados  por   la
Sub Dirección  General de  la Policía  Nacional del Perú  y
los  Planes de  Operaciones de  la  Dirección Nacional  de
Orden y  Seguridad; considerando en el  planeamiento los
documentos de inteligencia que correspondan;
Artículo 203.- Estructura de la Dirección de Turismo
La
Dirección   de    Turismo   para   el    cumplimiento
de  sus   funciones  cuenta  con   las  unidades  orgánicas
especializadas siguientes:
6)
Aprobar las  Ordenes de Operaciones  que deberán
a. División de Turismo; y,
b. División de Inteligencia de Turismo.
desarrollar  y  ejecutar  las   diversas  unidades  orgánicas
que componen  la  Dirección a  su cargo;  de  conformidad
con los  Planes Generales dispuestos  y aprobados por  la
Sub Dirección  General de  la Policía  Nacional del Perú  y
los  Planes de  Operaciones de  la  Dirección Nacional  de
Orden y Seguridad, para el ejercicio operativo de la función
policial;
Artículo 204.- División de Turismo
La  División   de  Turismo  es  la   unidad  orgánica  de
carácter  técnico, operativo  y  especializado; responsable
de plani?car, organizar, dirigir,  evaluar, ejecutar, coordinar
y controlar a nivel  nacional, las actividades y operaciones
7)
Diseñar   y  supervisar   las  actividades   policiales
policiales
de
orientación,
seguridad,
protección,
tendentes   a  guiar,   informar  y   orientar   a  los   turistas
nacionales y extranjeros a nivel nacional;
prevención, investigación y denuncia de faltas y delitos en
agravio de los turistas  extranjeros y sus bienes, actuando
bajo la conducción jurídica del ?scal; así como, la seguridad
y   protección  de   los   bienes   patrimoniales,   históricos,
culturales y turísticos de  la nación; de conformidad con la
normativa sobre la materia.
8)
Planear,   organizar,   dirigir,   ejecutar,    coordinar,
controlar  y  supervisar  a  nivel  nacional las  operaciones
policiales de  patrullaje a pie y  motorizado de orientación,
seguridad, protección  y auxilio  de los  turistas nacionales
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
89
Depende de  la  Dirección de  Turismo y  está  a cargo
de un O?cial Superior de Armas de la Policía Nacional del
Perú en situación de actividad, en el grado de Coronel.
La División de Turismo de la Policía Nacional  del Perú
tiene las funciones siguientes:
1) Producir inteligencia  y contrainteligencia policial  en
materia del  ámbito funcional  de la Dirección  de Turismo,
de conformidad  con  los lineamientos  de la  Dirección  de
Inteligencia de la Policía Nacional del Perú;
2) Ejecutar operaciones especiales  de inteligencia, en
el marco del campo funcional de su competencia;
3) Obtener información en el ámbito de  sus funciones,
en apoyo  a los órganos de  inteligencia que conforman  el
Sistema de Inteligencia Policial (SIPOL);
4)  Asesorar   al  Director   de  Turismo   de  la   Policía
Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
5) Las demás funciones que le corresponda de acuerdo
a las disposiciones legales vigentes y otras que el Director
de Turismo de la Policía Nacional del Perú le asigne.
1)
Planear, organizar, dirigir, evaluar, ejecutar, coordinar
y controlar a  nivel nacional las  actividades y operaciones
policiales  de  orientación, seguridad  y  protección  de  los
turistas extranjeros y sus bienes;
2)
Prevenir,  investigar  y  denunciar  a  nivel  nacional
las  faltas   y  delitos  que  tome   conocimiento  y  que   se
hayan suscitado  en agravio  de turistas extranjeros  y sus
bienes,  actuando  bajo  la conducción  jurídica  del  ?scal;
cuando por su naturaleza y complejidad  no sea necesaria
la  intervención  de  la  unidad  orgánica especializada  en
la  materia  a  investigar;  de conformidad  a  la  normativa
vigente;
Artículo 206.-  Secretaría  de la  Dirección Nacional
de Orden y Seguridad
La  Secretaría  de  la Dirección  Nacional  de  Orden  y
Seguridad  de la  Policía  Nacional del  Perú  es la  unidad
orgánica  responsable   de  brindar   apoyo  administrativo
y  asesoramiento  especializado  e  inmediato   al  Director
de   Orden   y   Seguridad    en   materia   legal,
3)
Planear,
organizar,
dirigir,
evaluar,
ejecutar,
coordinar  y  controlar a  nivel  nacional  las  actividades  y
operaciones  policiales de  protección  y seguridad  de  los
bienes patrimoniales,  históricos, culturales y  turísticos de
la nación; en coordinación con las entidades y autoridades
competentes;
Nacional
administrativa  y  operativa,  con  el ?n  de  contribuir  a  la
gestión y en la toma de decisiones adecuadas y oportunas,
en el marco de su ámbito funcional.
4)
Ejecutar   y   controlar   las   actividades   policiales
destinadas  a   guiar,  informar   y  orientar  a   los  turistas
nacionales y extranjeros a nivel nacional;
Depende
de   la   Dirección   Nacional   de   Orden   y
Seguridad y está a cargo de  un O?cial Superior de Armas
de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad.
La  Secretaría   de  la  Dirección   Nacional  de   Orden
y  Seguridad  de  la  Policía  Nacional  del  Perú  tiene  las
funciones siguientes:
5)
Organizar,  ejecutar,   evaluar  y  controlar   a  nivel
nacional  las operaciones  policiales  de patrullaje  a  pie y
motorizado para optimizar  las actividades de orientación,
seguridad,  protección y auxilio  de los turistas nacionales
y  extranjeros    y  su   patrimonio,   coordinando   con  las
unidades  orgánicas  de la  Policía Nacional  del  Perú;  en
el  marco  de  la prevención   del  delito  y  combate  de  la
delincuencia;
1)
Asistir al Director Nacional de Orden y Seguridad en
una adecuada  y oportuna toma de  decisiones, brindando
asesoramiento en materia legal, administrativa y operativa;
así  como,  recomendar   y  proponer  estrategias,   planes
y  documentos   de  acción  relacionados   con  la  gestión
operativa  y administrativa  en  el  campo  funcional de  su
competencia;
6)
Informar a los turistas sobre  la adecuada utilización
de   los  servicios   y   bienes   turísticos,  velando   por   el
cumplimiento  de  la legislación  que  regula  la  protección
y
conservación   del   patrimonio   cultural,   monumental,
histórico, natural y turístico nacional;
7)  Ejecutar  y  controlar  las  acciones  de  orientación
apoyo   a    los   turistas    extranjeros   que    requieran
ponerse  en  contacto  con  los consulados,  embajadas  y
representaciones diplomáticas de su país de origen;
2)
Realizar la gestión administrativa y documentaria de
la Dirección Nacional  de Orden y Seguridad  de la Policía
Nacional del Perú;
y
3)
Transmitir  las disposiciones  de comando  dictadas
por el Director Nacional de Orden y Seguridad, orientadas
a evaluar  y supervisar  la implementación,  operatividad y
ejecución de  las estrategias y  planes institucionales a  ?n
de optimizar el desempeño operativo de la Policía Nacional
del Perú;
8) Apoyar  a  las  entidades  y autoridades  regionales,
locales   y   demás    autoridades   competentes   para    el
desarrollo de la  actividad y seguridad  turística; así como,
en  materia  de  protección  de  los   bienes  patrimoniales,
históricos, culturales y turísticos a nivel nacional;
4)
Coordinar, monitorear  y supervisar  las  actividades
9)
Diseñar, proponer, ejecutar y controlar los programas
operacionales  en  el  cumplimiento  de  sus funciones  de
los  órganos  y unidades  orgánicas  que  dependen  de la
Dirección Nacional de  Orden y Seguridad, a  través de su
Central de Operaciones Policiales;
policiales  de  sensibilización  y  cultura  turística  dirigidos
a la  comunidad  para promover  y desarrollar  la actividad
turística  a  nivel  nacional;  en el  marco  de  la  normativa
sobre  la materia  y  en coordinación  con  las entidades  y
autoridades competentes;
5)
Diseñar y conducir las actividades  de planeamiento
para la ejecución de los planes operativos que los órganos y
unidades orgánicas dependientes de la Dirección Nacional
de  Orden y  Seguridad  desarrollarán en  el  cumplimiento
de  sus  funciones a  nivel  nacional,  coadyuvando  a  una
adecuada y  efectiva coherencia e  interacción de  la labor
policial mediante una gestión por procesos y  objetivos, en
el marco de la normativa legal sobre la materia;
10)
Atender  los  requerimientos   de  las  autoridades
Ministerio    Público   y    demás    autoridades
judiciales,
competentes  en   el  campo  de   sus  funciones  y   de  la
normativa legal sobre la materia;
11)
Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su competencia;
12)
Asesorar  al  Director   de  Turismo  de  la   Policía
6)
Formular los Planes Generales que se le encomiende
Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
para  su  aprobación  por  el  Sub  Director  General de  la
Policía  Nacional   del  Perú,  que   deberán  desarrollar   y
ejecutar los diversos  órganos y unidades  orgánicas de la
Dirección Nacional de Orden y Seguridad a nivel nacional,
en el  marco  del ejercicio  operativo de  la función  policial
y cumplir  a cabalidad  con la  ?nalidad fundamental  de la
Policía  Nacional del  Perú, coordinando  con  la Dirección
de Inteligencia para  la formulación de los  documentos de
inteligencia de su competencia;
13)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director  de Turismo de  la Policía  Nacional del Perú  le
asigne.
Artículo 205.- División de Inteligencia de Turismo
La  División de  Inteligencia  de  Turismo es  la  unidad
orgánica
especializada   y   operativa;    responsable   de
producir inteligencia y contrainteligencia policial, en materia
del campo  funcional  de competencia  de la  Dirección  de
Turismo,  de   conformidad   con  los   lineamientos  de   la
Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional del Perú.
Forma  parte  integrante  del  Sistema  de  Inteligencia
Policial (SIPOL) que  dirige la Dirección de Inteligencia  de
la Policía Nacional del Perú.
7)
Evaluar  los Planes  de  Operaciones que  formulen
los diversos  órganos de  la Dirección  Nacional  de Orden
y Seguridad,  para su  respectiva aprobación  y ejecución;
como,   tramitar   aquellos  que   por   su   naturaleza,
trascendencia e importancia  requieren necesariamente la
aprobación del Sub Director General de la Policía Nacional
del Perú, en el cumplimiento de sus funciones policiales;
así
Depende de  la  Dirección de  Turismo y  está  a cargo
de un O?cial Superior de Armas de la Policía Nacional del
Perú en  situación de actividad,  en el grado  de Coronel o
Comandante, debidamente  cali?cado  y especializado  en
inteligencia policial.
La  División de  Inteligencia  de  Turismo de  la  Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
8)
Gestionar el planeamiento administrativo del Sistema
Policial de  Orden y  Seguridad de  la Policía Nacional  del
Perú;  formulando y  evaluando los  planes  y documentos
de carácter  interno de  la Dirección  Nacional de  Orden y
Seguridad, en coordinación con la Secretaría Ejecutiva de
la Policía Nacional del Perú;
90
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
9)
Coordinar
las
relaciones
extra
institucionales
Orden y  Seguridad, de conformidad  con los lineamientos
de la  Dirección de Inteligencia  de la  Policía Nacional del
Perú;
vinculadas al cumplimiento de las funciones de la Dirección
Nacional de Orden y Seguridad;
10)
Controlar y  supervisar que la  gestión documental
2) Ejecutar operaciones especiales  de inteligencia, en
el marco del campo funcional de su competencia;
y
contrainteligencia  policial   de  los   diversos  órganos   de
inteligencia  dependientes  de   la  Dirección  Nacional  de
Orden y Seguridad, para asegurar y mantener un adecuado
?ujo de información e inteligencia con el sistema policial de
orden y seguridad y con el Sistema de Inteligencia Policial
(SIPOL) de la Policía Nacional del Perú;
tramitada a  la Dirección  Nacional de  Orden y  Seguridad
para  la toma  de  decisiones,  cumplan con  la  formalidad
exigida   por  el   ordenamiento  normativo   interno   y  las
3)
Articular
las
acciones
de
inteligencia
disposiciones
legales   vigentes;   así   como,    organizar
y  supervisar   el  archivo  documentario   de  la  Dirección
Nacional;
11)
Brindar asesoramiento  técnico  y legal  al Director
Nacional  de Orden  y  Seguridad,  a  ?n de  lograr  que  la
gestión  se   desarrolle   conforme  a   los  lineamientos   y
objetivos institucionales;
4) Obtener información en el ámbito de  sus funciones,
en apoyo  a los órganos de  inteligencia que conforman  el
Sistema de Inteligencia Policial (SIPOL);
12)
Participar, consolidar  y sustentar la  programación
de actividades anual  articulado al cuadro de necesidades
y  asignación  presupuestal, proponiendo  los  indicadores
de productos  y  procesos; así  como, formular,  ejecutar y
evaluar el Plan de Trabajo Anual aprobado por la Dirección
Nacional de Orden  y Seguridad, concordante con  el Plan
Operativo Anual  de la  Policía Nacional  del Perú,  Planes
Generales y Planes de Operaciones que correspondan;
5) Asesorar al Director Nacional de Orden y Seguridad
de   la  Policía   Nacional   del   Perú  en   asuntos   de  su
competencia; y,
6) Las demás funciones que le corresponda de acuerdo
a las disposiciones legales vigentes y otras que el Director
Nacional de Orden y Seguridad  de la Policía Nacional del
Perú le asigne.
13)
Dirigir  y supervisar  el  registro  de la  información
que   produzcan   los   órganos    y   unidades
estadística
CAPÍTULO IX
ÓRGANOS DESCONCENTRADOS
orgánicas de la Dirección Nacional de Orden y Seguridad,
así  como   centralizar   y  analizar   la  misma;   para   una
adecuada  toma  de decisiones,  de  conformidad  con  los
lineamientos  que  dicte  la  División de  Estadística  de  la
Policía Nacional del Perú;
Artículo 208.- Macro Regiones Policiales
Las
Macro
Regiones
Policiales
son
órganos
desconcentrados  de  carácter   técnico  y  operativo;  que
cumplen  funciones especí?cas  en  una o  más  Regiones
Policiales   y/o  Frentes   Policiales,  donde   actuando   en
14)
Velar
por
una
adecuada
infraestructura,
equipamiento y empleo de tecnologías de la información y
estadística institucional;
representación
comando.
y   por    delegación   ejercen   mando    y
15)
Proponer  e  implementar la  cultura  de  probidad,
transparencia, justicia y  servicio público establecida en  el
Código de Ética de la Función Pública, de conformidad con
las normas de la materia;
Las Macro  Regiones Policiales  comandan, coordinan
y establecen  líneas  de acción  conjunta, complementaria
y  subsidiaria para  la  ejecución de  la  función  policial en
el  marco  de los  Planes  Generales  de  Operaciones, de
acuerdo al ámbito de su competencia.
creadas,   fusionadas   o   suprimidas   mediante
Decreto Supremo  a propuesta del  Director General de  la
Policía  Nacional del  Perú, contando  previamente  con la
respectiva previsión presupuestal.
16)
Formular y tramitar las resoluciones administrativas
de  competencia  de  la  Dirección  Nacional   de  Orden  y
Seguridad de la Policía Nacional del Perú, en el ámbito de
su competencia;
Son
17)
las
Controlar y supervisar la efectividad  y oportunidad
acciones   comunicacionales   de    la   Dirección
de
Nacional de  Orden  y Seguridad,  tanto al  público interno
como   externo,  de   conformidad   con   los   lineamientos
que  determine la  Dirección  de  Comunicación e  Imagen
Institucional de la Policía Nacional del Perú;
Dependen de  la Sub  Dirección General  de la  Policía
Nacional del Perú y  están a cargo de O?ciales Generales
deArmas en situación de actividad, en el grado de General,
y se constituyen como Unidades Ejecutoras  del pliego del
Ministerio del Interior.
18)
Administrar los  recursos asignados a  la Dirección
Nacional de Orden y Seguridad, con criterios de e?ciencia
y e?cacia, de conformidad con el marco legal vigente;
Gestionar ante la  Escuela Nacional de Formación
Profesional    Policial    la   capacitación,    especialización
La   Policía  Nacional   del   Perú   cuenta   con  Macro
Regiones  Policiales  que   para  el  cumplimiento  de   sus
funciones están conformadas de la forma siguiente:
19)
y   actualización  permanente   del   personal   que  presta
servicios en la  Dirección Nacional de Orden  y Seguridad,
en materias relacionadas al campo funcional de ésta; y,
a.  I -  Macro  Región Policial  Piura,  integrada por  las
Regiones Policiales  de  Tumbes y  Piura, con  sede en  la
ciudad de Piura;
b.  II -  Macro Región  Policial  Lambayeque, integrada
por las Regiones Policiales de Lambayeque,  Cajamarca y
Amazonas, con sede en la ciudad de Chiclayo;
c. III - Macro Región Policial La Libertad, integrada por
las Regiones Policiales de La Libertad y Ancash, con sede
20)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Director  Nacional de  Orden  y Seguridad  de la  Policía
Nacional del Perú le asigne.
Artículo 207.-  División de  Inteligencia de  Orden  y     en la ciudad de Trujillo;
d. IV  - Macro Región  Policial Loreto,  integrada por la
Seguridad
La División  de  Inteligencia de  Orden y  Seguridad es
la unidad orgánica especializada y operativa; responsable
de  producir  inteligencia  y  contrainteligencia  policial,  en
materia de seguridad del  estado; operaciones especiales;
Región Policial de Loreto, con sede en la ciudad de Iquitos;
e. V  - Macro  Región  Policial Huánuco,  integrada por
las Regiones Policiales de Huánuco, San Martín y Ucayali,
con sede en la ciudad de Huánuco;
f. VI  - Macro  Región Policial  Junín, integrada  por las
Regiones Policiales de  Junín, Pasco y Huancavelica, con
sede en la ciudad de Huancayo;
g. VII - Macro Región Policial Cuzco,  integrada por las
Regiones Policiales de Cusco y Apurímac, con sede  en la
ciudad de Cuzco;
h. VIII - Macro Región Policial Ayacucho, integrada por
las Regiones Policiales de Ayacucho e Ica, con sede en la
ciudad de Huamanga;
i. IX - Macro Región Policial Arequipa, integrada por las
Regiones Policiales de Arequipa, Moquegua  y Tacna, con
sede en la ciudad de Arequipa; y,
j.  X -  Macro Región  Policial  Puno, integrada  por  las
Regiones Policiales  de Puno y  Madre de Dios,  con sede
en la ciudad de Puno.
seguridad
integral;
tránsito,
transporte
y
seguridad
vial;  seguridad  ciudadana   y  turismo,  a  nivel   nacional;
pudiendo contar con  la cooperación y apoyo  de agencias
internacionales, de conformidad con los lineamientos de la
Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional del Perú.
Forma  parte  integrante  del  Sistema  de  Inteligencia
Policial (SIPOL) que  dirige la Dirección de Inteligencia  de
la Policía Nacional del Perú.
DependedelaDirecciónNacionaldeOrdenySeguridad
y está a cargo de un O?cial Superior de Armas de la Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de  Coronel,  debidamente  cali?cado  y  especializado  en
inteligencia policial.
La División de Inteligencia de Orden y Seguridad de la
Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
1)
Producir inteligencia y  contrainteligencia policial en
Las  Macro  Regiones Policiales  tienen  las  funciones
siguientes:
materia del  ámbito funcional de  la Dirección  Nacional de
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
91
1)
Plani?car,  orientar,  coordinar,   organizar,  evaluar,
produzca la  Macro Región  Policial a  su cargo,  para una
adecuada  toma  de decisiones,  de  conformidad  con  los
lineamientos  que  dicte  la  División de  Estadística  de  la
Policía Nacional del Perú;
16)  Dirigir las  acciones y  operaciones  especiales de
inteligencia y contrainteligencia policial en el ámbito  de su
competencia funcional;
17) Transmitir información para  alimentar los registros
y  bases  de  datos  del  Registro  Nacional  de  Seguridad
Pública que  administra  la Dirección  de Tecnología  de la
Información y  Comunicaciones de la  Policía Nacional del
Perú;
dirigir,
controlar
y
supervisar
la
implementación,
operatividad y  ejecución de las estrategias  y planes para
el  adecuado desempeño  operativo  de  la  Macro Región
Policial  a  su  cargo;   asumiendo  la  responsabilidad  del
cumplimiento  de  la  ?nalidad  fundamental  de  la  Policía
Nacional  del  Perú  en   la  demarcación  territorial  de  su
competencia;
2)
Participar,  consolidar y  sustentar  la programación
de actividades anual  articulado al cuadro de necesidades
y  asignación  presupuestal, proponiendo  los  indicadores
de  productos  y  procesos;  así  como,  formular,  aprobar,
ejecutar y  evaluar el  Plan de  Trabajo Anual de  la Macro
Región  a  su cargo,  concordante  con  el  Plan Operativo
Anual de la Policía Nacional del Perú, Planes Generales y
Planes de Operaciones;
18)  Coordinar  y gestionar  ante  la  Escuela  Nacional
de
Formación
Profesional
Policial
la
capacitación,
especialización  y actualización  permanente del  personal
policial de la Macro Región Policial a su cargo, en materias
relacionadas con su campo funcional;
3)
Dirigir, coordinar,  evaluar, controlar  y supervisar  la
formulación  de  los planes  de  operaciones  de  la  Macro
Región Policial a su cargo, en el marco del cumplimiento de
los Planes Generales y Planes de Operaciones dispuestos
y aprobados  por  la Sub  Dirección General  de  la Policía
Nacional del  Perú;  considerando en  el planeamiento  los
respectivos documentos de  inteligencia formulados por la
División Macro Regional de Inteligencia;
19) Informar y emitir  opinión técnica sobre asuntos de
su competencia;
20)  Asesorar  al  Sub Director  General  de  la  Policía
Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
21)  Las   demás  funciones   que  le   corresponda  de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Sub Director General  de la Policía Nacional del Perú le
asigne.
Las   Macro   Regiones   Policiales   cuentan   con   las
unidades orgánicas denominadas: Secretaría de la  Macro
Región Policial y División Macro Regional de Inteligencia.
4)
Aprobar las  Ordenes de Operaciones  que deberán
desarrollar  y   ejecutar  los   órganos  desconcentrados  y
unidades orgánicas que componen la Macro Región Policial
a su  cargo; de  conformidad con  los Planes  Generales y
Planes de Operaciones dispuestos y aprobados por la Sub
Dirección General de la Policía  Nacional del Perú, para el
ejercicio operativo de la función policial;
Artículo 209.- Secretaría de la Macro Región Policial
La Secretaría de la Macro Región Policial es la unidad
orgánica  responsable   de  brindar   apoyo  administrativo
y asesoramiento  especializado e  inmediato al  Jefe de  la
Macro Región  Policial, en  materia legal,  administrativa y
operativa, con el ?n de contribuir a la gestión  y en la toma
de decisiones adecuadas  y oportunas, en el marco  de su
competencia funcional.
Depende de  la Macro  Región Policial  y está  a cargo
de un O?cial Superior de Armas de la Policía Nacional del
Perú en situación de actividad, en el grado de Coronel.
Las  Secretarías   de  las  Macro   Regiones  Policiales
tienen las funciones siguientes:
5)
Coordinar  y   atender  los   requerimientos  de   las
autoridades y entidades competentes de conformidad con
la legislación de la materia, en el ámbito de su competencia;
6)
Disponer las acciones necesarias  para la ejecución
presupuestal,   de  conformidad   a   la   programación   de
actividades  anual, objetivos,  metas  físicas  y  ?nancieras
establecidas
garantizando
para
la
el
año
?scal
correspondiente,
operatividad
de
los
órganos
desconcentrados y unidades orgánicas que la componen;
Sustentar ante  la Dirección de Recursos  Humanos
7)
de la  Policía Nacional del  Perú, el  dimensionamiento del
Cuadro de Personal que requiere la Macro Región Policial
a su cargo, para el año ?scal correspondiente;
1) Asistir al Jefe de  la Macro Región Policial para  una
adecuada  y  oportuna  toma   de  decisiones,  en  materia
legal,  administrativa y  operativa;  así  como,  recomendar
y  proponer estrategias,  planes  y documentos  de  acción
relacionados con  la gestión operativa  y administrativa en
el campo funcional de su competencia;
8)
Evaluar  el  rendimiento  operativo  de  los  órganos
desconcentrados  y  unidades  orgánicas  que   componen
la Macro  Región  Policial a  su cargo,  con la  ?nalidad de
disponer las acciones de comando pertinentes para mejorar
los niveles  de  e?ciencia y  e?cacia operativa  del servicio
policial, en el ámbito territorial de su responsabilidad;
2) Realizar la gestión administrativa y documentaria de
la Macro Región Policial;
9)  Establecer  mecanismos  de  articulación  entre  los
órganos   desconcentrados   y   unidades   orgánicas  que
3) Transmitir  las disposiciones  de  comando dictadas
por  el  Jefe  de  la  Macro  Región  Policial,  orientadas   a
evaluar   y  supervisar   la   implementación,   operatividad
y  ejecución  de  las  estrategias  y  planes  institucionales
a ?n  de optimizar  el  desempeño operativo  de  la Policía
Nacional del Perú;
4) Coordinar,  monitorear y  supervisar  las actividades
operacionales en el cumplimiento de sus  funciones de los
órganos y unidades orgánicas que  dependen de la Macro
Región  Policial, a  través  de su  Central  de Operaciones
Policiales;
componen la  Macro Región  Policial a  su cargo,  a ?n  de
lograr una  e?ciente  coordinación del  servicio policial;  en
el marco del  cumplimiento de la ?nalidad  fundamental de
la  Institución Policial  en  la demarcación  territorial  de su
competencia;
10)
Aprobar,  en  el   marco  de  su  competencia,   las
resoluciones,   protocolos,  planes   de   trabajo  y   demás
documentos que regulen el funcionamiento operativo de la
Macro Región a su cargo;
11)
Controlar y supervisar los programas preventivos y
la implementación de mecanismos de alerta temprana para
prevenir los  delitos y  faltas, cumpliendo  los lineamientos
que dicte la Dirección de Seguridad Ciudadana de la Policía
Nacional del  Perú en  dicha materia; de  conformidad con
las políticas  del Ministerio  del Interior y  estrategias de  la
Institución Policial para promover mayor acercamiento con
la comunidad  y fortalecer la  con?anza policía -  autoridad
5) Diseñar y conducir las  actividades de planeamiento
para la ejecución de los planes operativos que los órganos
y unidades  orgánicas  dependientes de  la Macro  Región
Policial  realizarán en  el  cumplimiento de  sus  funciones,
coadyuvando  a  una  adecuada  y  efectiva  coherencia  e
interacción de  la labor  policial mediante  una gestión  por
procesos y  objetivos,  en el  marco de  la  normativa legal
sobre la materia;
6) Formular  los Planes  de Operaciones  que deberán
desarrollar  y  ejecutar  los  diversos  órganos  y  unidades
orgánicas  de   la  Macro   Región  Policial,   en  el   marco
del  cumplimiento  de   los  Planes  Generales  dispuestos
y aprobados  por  la Sub  Dirección General  de  la Policía
Nacional   del   Perú,   coordinando   con   la  División   de
Inteligencia  Macro  Regional  para  la formulación  de  los
documentos de inteligencia de su competencia;
comunidad;
12)   Expedir
resoluciones
en
el
ámbito
de
su
competencia; así como, en las materias delegadas;
recursos
13)
Resolver
en
última
instancia
los
administrativos,   según  corresponda   al   ámbito   de   su
competencia;
14)
Administrar  los  recursos  asignados  a  la  Macro
Región  Policial  a  su  cargo,  con   criterios  de  e?ciencia
y  e?cacia,  de  conformidad  con el  marco  legal  vigente;
así  como, efectuar  los  requerimientos  que garanticen  y
aseguren su aprovisionamiento oportuno para el desarrollo
de las operaciones policiales de su responsabilidad;
7)
Evaluar
la
formulación
de
las
Ordenes
ejecutar
de
los
Operaciones
que
deberán
desarrollar
y
diversos órganos  desconcentrados y  unidades orgánicas
que componen la  Macro Región Policial;  para el ejercicio
operativo del ámbito funcional de su competencia;
15)
Dirigir   y   supervisar   el   proceso   de   registro,
recopilación  y análisis  de la  información  estadística que
92
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
8)
Gestionar  el   planeamiento  administrativo   de  la
La División Macro Regional de Inteligencia de la Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
Macro Región Policial; formulando y evaluando los planes
y documentos de carácter  interno, en coordinación con la
Secretaría Ejecutiva de la Policía Nacional del Perú;
1) Producir inteligencia  y contrainteligencia policial  en
materia del ámbito  funcional de la  Macro Región Policial,
de conformidad  con  los lineamientos  de la  Dirección  de
Inteligencia de la Policía Nacional del Perú;
9)
Coordinar   las    relaciones   extra   institucionales
vinculadas al  cumplimiento de las  funciones de  la Macro
Región Policial;
10)
Controlar y  supervisar que la  gestión documental
2) Ejecutar operaciones especiales  de inteligencia, en
el ámbito de su competencia;
y
tramitada  a  la  Macro  Región  Policial  para  la  toma  de
decisiones
en
su
ámbito
funcional,
cumplan
con
la
3)
Articular
las
acciones
de
inteligencia
formalidad exigida  por el ordenamiento normativo  interno
y las  disposiciones legales vigentes;  así como, organizar
y supervisar el  archivo documentario de la  Macro Región
Policial;
contrainteligencia  policial   de  los   diversos  órganos   de
inteligencia dependientes de la Macro Región Policial, para
asegurar y  mantener un adecuado  ?ujo de información  e
inteligencia con el Sistema de Inteligencia Policial (SIPOL)
de la Policía Nacional del Perú;
4) Obtener información en el ámbito de su competencia,
en apoyo  a los órganos de  inteligencia que conforman  el
Sistema de Inteligencia Policial (SIPOL);
5)  Asesorar al  Jefe  de  la  Macro  Región Policial  en
asuntos de su competencia; y,
6) Las demás funciones que le corresponda de acuerdo
a las disposiciones legales vigentes y otras que el Jefe de
la Macro Región Policial de la Policía Nacional del Perú le
asigne.
11)
Brindar asesoramiento  técnico  y legal  al Jefe  de
la  Macro Región  Policial,  a ?n  de  lograr que  la  gestión
se  desarrolle  conforme   a  los  lineamientos  y  objetivos
institucionales;
12)
Programar, formular  y ejecutar el  presupuesto de
la Macro Región Policial, en los casos que corresponda;
13)
Velar
por
una
adecuada
infraestructura,
equipamiento y  empleo de  tecnologías de la  información
y estadística;
14)
Proponer, implementar  y  ejecutar las  actividades
establecer   una    cultura   de    probidad,
que
permitan
transparencia, justicia  y servicio público,  en el  marco del
Código  de Ética  de  la  Función Pública  y  normas  de la
materia;
Artículo 211.- Regiones Policiales
Las Regiones Policiales son órganos desconcentrados
de carácter técnico y operativo; cuya demarcación territorial
se encuentra  constituida  por el  ámbito geográ?co  de un
departamento, con  excepción de  las Regiones  Policiales
de Lima y Callao.
15)
Formular y tramitar las resoluciones administrativas
de competencia de la Macro  Región Policial, en el ámbito
de su competencia;
16)
Controlar y supervisar la efectividad  y oportunidad
Los   Jefes    de   las    Regiones   Policiales    asumen
de  las  acciones  comunicacionales  de la  Macro  Región
responsabilidad  administrativa  y  operativa en  el  ámbito
territorial  de   su  competencia  y   tienen  a   su  cargo  la
ejecución  y  materialización  oportuna  de las  estrategias
policiales diseñadas  en materia  de investigación criminal
y, orden público y seguridad; en el marco de la prevención
y combate de la  delincuencia común y crimen organizado
en todas  sus modalidades y,  en atención de  la demanda
ciudadana.
Policial,
conformidad
tanto
al
público
interno
como
que
externo,
determine
de
la
con
los
lineamientos
Dirección  de Comunicación  e Imagen  Institucional  de la
Policía Nacional del Perú;
17)
Participar, consolidar  y sustentar la  programación
de actividades anual  articulado al cuadro de necesidades
y  asignación  presupuestal, proponiendo  los  indicadores
de  productos  y  procesos;  así  como,  formular,  ejecutar
y evaluar  el Plan  de Trabajo Anual  aprobado por  la Sub
Dirección  General,  concordante  con   el  Plan  Operativo
Anual de la Policía Nacional del Perú, Planes Generales y
Planes de Operaciones que correspondan;
El
número   y   ámbito   territorial   de   las   Regiones
Policiales   son   establecidas   por   Decreto  Supremo   a
propuesta del Director  General de la Policía  Nacional del
Perú,  contando previamente  con  la respectiva  previsión
presupuestal.
18)
Supervisar el registro de la información estadística
Dependen de  las  Macro Regiones  Policiales y  están
a  cargo de  O?ciales  Superiores de  Armas de  la  Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel; con  excepción de las  Regiones Policiales de
Lima y Callao.
Las Regiones  Policiales que  dependen de  las Macro
Regiones Policiales tienen las funciones siguientes:
que  produzcan los  órganos  y unidades  orgánicas  de  la
Macro  Región  Policial,  así  como  centralizar  y  analizar
la  misma;  para  una  adecuada  toma  de decisiones,  de
conformidad con los lineamientos  que dicte la División de
Estadística de la Policía Nacional del Perú;
19)
Coordinar y garantizar  el oportuno intercambio de
información que facilite al Jefe de la Macro Región Policial,
una inmediata toma de decisiones y transmitir rápidamente
la comunicación a los escalones superiores, órganos de la
Policía Nacional del  Perú y autoridades competentes que
correspondan, en el campo funcional de su competencia;
1)   Dirigir,  ejecutar   y   controlar  la   implementación,
operatividad y desarrollo  de las estrategias y  planes para
el adecuado desempeño operativo de  la Región Policial a
su cargo; asumiendo la responsabilidad de la ejecución de
las acciones y operaciones policiales, para la lucha contra
la delincuencia común y el crimen organizado en todas sus
modalidades, garantizando el cumplimiento de las leyes, el
orden interno, orden  público y seguridad ciudadana  en el
ámbito territorial de su competencia;
2) Prevenir, investigar y denunciar las faltas y delitos en
sus diversas modalidades, bajo  la conducción jurídica del
?scal; en el marco de la normativa de la materia y el ámbito
de su competencia;
3)  Coordinar   y  atender   los  requerimientos   de  las
autoridades y entidades competentes de conformidad con
la legislación de la materia y su ámbito de competencia;
4)  Ejecutar,  controlar   y  supervisar  el  cumplimiento
de las  órdenes y  disposiciones  emanadas del  Comando
Institucional;
5) Preservar los principios  de disciplina y ética policial
en salvaguarda de la imagen y prestigio institucional;
6)  Dirigir  el  proceso  de  evaluación  del  rendimiento
operativo  de  las  unidades  orgánicas  que  componen  la
Región Policial a su  cargo, a ?n de disponer  las acciones
necesarias tendentes  a mejorar  los  niveles de  e?ciencia
y  e?cacia  operativa  del   servicio  policial,  en  el  ámbito
territorial de su responsabilidad;
20)
Administrar  los  recursos  asignados  a  la  Macro
Región  Policial a  su  cargo, con  criterios  de e?ciencia  y
e?cacia, de conformidad con el marco legal vigente;
21)
Gestionar ante la  Escuela Nacional de Formación
Profesional   Policial  la   capacitación,   especialización  y
actualización permanente del personal que presta servicios
en la  Macro Región  Policial, en materias  relacionadas al
campo funcional de ésta; y,
22)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que el
Jefe de la Macro Región Policial le asigne.
Artículo
Inteligencia
210.-
División
Macro
Regional
de
La  División   Macro  Regional   de  Inteligencia   es  la
unidad  orgánica  especializada y  operativa;  responsable
de  producir  inteligencia  y  contrainteligencia  policial,  en
materia del campo  funcional de competencia de la  Macro
Región Policial, de conformidad con los lineamientos de la
Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional del Perú.
Forma  parte  integrante  del  Sistema  de  Inteligencia
Policial (SIPOL) que  dirige la Dirección de Inteligencia  de
la Policía Nacional del Perú.
Depende de  la Macro  Región Policial  y está  a cargo
de un O?cial Superior de Armas de la Policía Nacional del
Perú en  situación  de actividad,  en el  grado  de Coronel,
debidamente  cali?cado   y  especializado  en  inteligencia
policial.
7)Establecerycontrolarlosmecanismosdearticulación
de las  unidades orgánicas  que le  competen, para  lograr
una adecuada y e?ciente coordinación del servicio policial;
en el  marco del  cumplimiento de las  funciones policiales
asignadas a la Institución Policial;
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
93
8)
Participar  y representar  a  la  Policía  Nacional del
a. División de Investigación Criminal;
b. División de Orden Público y Seguridad; y,
c. División Regional de Inteligencia.
Perú en  los actos  propios de la  función policial,  ante las
autoridades de  la región  y entidades públicas  y privadas
u otros eventos que  disponga el Jefe de la  Macro Región
Policial;
En
las
provincias
del
ámbito
territorial
de
una
9)
Formular
y
proponer
lineamientos
técnicos,
determinada  Región  Policial,  se podrán  crear  unidades
orgánicas  con   el  nivel   de  División   Policial,  mediante
Resolución Ministerial a propuesta de la Dirección General
de  la  Policía  Nacional  del Perú,  contando  previamente
con  la respectiva  previsión  presupuestal; y,  teniendo en
cuenta  la  importancia del  espacio  geográ?co,  densidad
poblacional e incidencia delictiva, las mismas  que estarán
a  cargo  de un  O?cial  Superior  de  Armas  de la  Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel,  asumiendo  la misma  estructura y  funciones
que corresponden a las Divisiones Policiales de la Región
Policial Lima, en la parte que sea pertinente para el ejercicio
resoluciones  macro regionales,  directivas  y documentos
de administración interna, en el ámbito de su competencia;
10)
Resolver   en   primera   instancia    los   recursos
administrativos,   según  corresponda   al   ámbito   de   su
competencia;
11)
Participar, consolidar  y sustentar  la programación
de actividades anuales articulado al cuadro de necesidades
y  asignación  presupuestal, proponiendo  los  indicadores
de  productos  y  procesos;  así  como,  formular,  aprobar,
ejecutar y  evaluar el Plan  de Trabajo Anual de  la Región
Policial  a  su cargo,  concordante  con  el  Plan Operativo
Anual de la  Policía Nacional del Perú,  Planes Generales,
Planes de  Operaciones y el  Plan de  Trabajo Anual de  la
Macro Región Policial correspondiente;
operativo
de   su   responsabilidad,   establecidas  en   el
presente Reglamento; así como, se podrá considerar otras
unidades policiales  que por  ser necesarias se  integrarán
a su estructura para cumplir  funciones especí?cas que se
determinen en la correspondiente Resolución Ministerial.
12)
Dirigir,  orientar,   coordinar,  evaluar,   controlar  y
supervisar la  formulación de las  ordenes de  operaciones
que  deberán  desarrollar  y  ejecutar  articuladamente  las
diversas  unidades  orgánicas  que  componen  la  Región
Policial a su  cargo; en el  marco de los Planes  Generales
dispuestos y  aprobados por la  Sub Dirección General  de
la Policía Nacional  del Perú y los  Planes de Operaciones
de la Macro Región Policial,  para el ejercicio operativo de
la función policial  de su competencia; considerando  en el
planeamiento los  respectivos documentos de  inteligencia
formulados por la División Regional de Inteligencia;
Artículo 213.- División de Investigación Criminal
La  División  de  Investigación  Criminal   es  la  unidad
orgánica desconcentrada de  carácter técnico, operativo y
especializado;responsabledeprevenir,combatir,investigar
y denunciar  los delitos  en sus  diversas modalidades,  en
la  lucha  contra la  delincuencia  y  el  crimen organizado,
cometidos  en   la  demarcación   territorial  de  la   Región
Policial a  la que corresponde,  actuando para  ello bajo la
conducción jurídica del ?scal; con excepción de los delitos
que competen a las unidades orgánicas que conforman el
sistema policial  de seguridad del  estado y  tránsito, y, las
que  funcionalmente  corresponde  investigar  y denunciar
a las unidades  orgánicas desconcentradas en materia  de
protección del  medio ambiente; lavado de  activos; contra
la corrupción, turismo u otras que se implementen.
Asimismo, práctica peritajes o?ciales  y emite informes
periciales de  criminalística, según  los recursos  y medios
con   las  que   cuente   para  el   ejercicio   de  su   campo
funcional,  y brinda  apoyo  a  las autoridades  judiciales  y
Ministerio Público en el cumplimiento de sus funciones; de
conformidad con las normas legales que la regulan.
13)
Dictar
disposiciones
complementarias
que
coadyuven  al   desarrollo  oportuno  y   adecuado  de  las
actividades  y  operaciones  policiales en  la  demarcación
territorial de su responsabilidad;
14)
Promover,  proponer   y  ejecutar   los  programas
preventivos   y  la   implementación   de   mecanismos  de
alerta temprana para la prevención  de delitos y faltas que
dirige la  Dirección de Seguridad  Ciudadana de la  Policía
Nacional  del Perú;  de  conformidad con  las  políticas del
Ministerio del Interior y estrategias de la Institución Policial
para promover  mayor  acercamiento con  la comunidad  y
fortalecer la con?anza policía - autoridad – comunidad;
15)
Elaborar y mantener actualizado el mapa del delito
de su respectiva demarcación territorial;
Administrar  los  recursos asignados  a  la  Región
Forman parte en el ejercicio operativo y de investigación
en  el marco  de su  competencia,  del sistema  policial  de
investigación  criminal en  todas  sus materias;  así  como,
de  los  sistemas  policiales  de  criminalística,  antidrogas,
contraterrorismo,  trata de  personas  y  policía ?scal,  que
dirige el Director Nacional de Investigación Criminal,  en el
marco de su  carácter sistémico y normativo; para  lo cual,
asumen las mismas funciones policiales que corresponden
a dichos órganos y unidades  orgánicas especializadas de
la Policía  Nacional de  Perú, establecidas  en el  presente
Reglamento; en  la parte que  sea pertinente para  cumplir
con  su responsabilidad  y  en  tanto, por  su  naturaleza  y
complejidad de los hechos a investigar no sea necesaria la
intervención y participación de los mismos.
16)
Policial a  su cargo,  con criterios  de e?ciencia  y e?cacia,
de  conformidad  con  el  marco  legal  vigente;  así  como,
efectuar  los  requerimientos  que  garanticen  y  aseguren
su  aprovisionamiento oportuno  para el  desarrollo  de las
operaciones policiales de su responsabilidad;
17)
Dirigir   y   supervisar   el   proceso   de   registro,
recopilación  y análisis  de la  información  estadística que
produzca la Región Policial a su cargo, para una adecuada
toma de decisiones,  de conformidad con los lineamientos
que dicte la División  de Estadística de la Policía  Nacional
del Perú;
18)
Dirigir  las acciones  y operaciones  especiales  de
inteligencia y contrainteligencia policial en el ámbito  de su
competencia funcional;
Las   Divisiones   de   Investigación   Criminal   de   las
Regiones Policiales son creadas, fusionadas o suprimidas,
mediante Resolución Ministerial,  a propuesta del  Director
General   de   la   Policía   Nacional  del   Perú,   contando
previamente con  la  respectiva previsión  presupuestal; y,
estableciéndose en la  Resolución el ámbito territorial  que
les corresponde.
19)
Transmitir información para alimentar  los registros
y  bases  de  datos  del  Registro  Nacional  de  Seguridad
Pública que  administra  la Dirección  de Tecnología  de la
Información y  Comunicaciones de la  Policía Nacional del
Perú;
20)
Coordinar con  la  Macro Región  Policial a  la que
Depende de  la  Región Policial  y está  a cargo  de un
O?cial  Superior   de  Armas  de  la   Policía  Nacional  del
Perú en  situación de actividad,  en el grado  de Coronel o
Comandante.
La División de  Investigación Criminal de las Regiones
Policiales tiene las funciones siguientes:
pertenece, a ?n que se gestione  ante la Escuela Nacional
de
Formación
Profesional
Policial
la
capacitación,
especialización  y actualización  permanente del  personal
policial  de  la  Región  Policial  a  su  cargo,   en  materias
relacionadas con su campo funcional;
21)
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
su competencia;
1) Prevenir, combatir, investigar y denunciar los delitos
en sus  diversas modalidades, bajo la  conducción jurídica
del ?scal, en el marco de la lucha contra la delincuencia y el
crimen organizado, que se cometan en el espacio territorial
de  su  competencia;  con  excepción  de  aquellos  delitos
que  corresponde  investigar y  denunciar  a  las  unidades
orgánicas que conforman el  sistema policial de seguridad
del estado  y tránsito,  y, las  que compete  a las unidades
22)
Asesorar  al Jefe  de la  Macro  Región Policial  en
asuntos de su competencia; y,
23)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Jefe de  la Macro Región Policial de  la Policía Nacional
del Perú le asigne.
Artículo 212.- Estructura de las Regiones Policiales     orgánicas desconcentradas  en materia de  protección del
Las Regiones Policiales a nivel nacional, con excepción
de  las  Regiones  Policiales  de   Lima  y  Callao,  para  el
cumplimiento de sus  funciones cuentan con  las unidades
orgánicas siguientes:
medio ambiente; lavado de activos;  contra la corrupción y
turismo; conforme a la normativa sobre la materia;
2)  Obtener, custodiar,  asegurar,  trasladar y  procesar
indicios, evidencias y  elementos probatorios relacionados
94
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
con la investigación de su campo funcional, observando la
respectiva cadena de custodia;
Practicar   peritajes   o?ciales   y   emitir    informes
periciales de criminalística,  solicitando si fuera necesario,
por la naturaleza y complejidad de los hechos a investigar,
el  apoyo de  la  Dirección de  Criminalística  de  la Policía
Nacional del Perú, para  el cumplimiento de sus funciones
o lo requerido por las autoridades competentes;
Los  Departamentos   de  Investigación   Criminal  que
integran  las  Regiones  Policiales  de  Lima  y  Callao,  no
tienen competencia  para investigar los  delitos vinculados
con  organizaciones criminales,  a cargo  de  las unidades
especializadas  que  pertenecen  a  la Dirección  Nacional
de Investigación  Criminal y  Dirección Nacional de  Orden
y Seguridad.
creadas,   fusionadas   o   suprimidas,  mediante
Resolución   Directoral  de   la  Dirección   General   de  la
Policía  Nacional del  Perú, a  propuesta  del Sub  Director
General, contando previamente con la respectiva previsión
presupuestal;  y,   estableciéndose   en  la   Resolución  el
ámbito territorial que le corresponde.
Dependen de las  Divisiones de Investigación Criminal
de  las  Regiones  Policiales o  Frentes  Policiales  a  nivel
nacional, con excepción de la Región Policial  Lima, cuyos
Departamentos de  Investigación Criminal dependerán  de
las respectivas Divisiones Policiales.
Están a cargo de  O?ciales Superiores de Armas de la
Policía Nacional del  Perú en situación  de actividad, en el
grado de Comandante o Mayor.
El Departamento de Investigación Criminal de la Policía
Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
3)
Son
4)
Formular  y  ejecutar  las  ordenes  de  operaciones
que  deberán   desarrollar  articuladamente  las   unidades
orgánicas  que  componen la  División  a  su  cargo;  en el
marco de  los Planes  Generales  dispuestos y  aprobados
por la  Sub  Dirección General  de la  Policía  Nacional del
Perú  y los  Planes  de Operaciones  de  la  Macro Región
Policial, en  materia de su  competencia; coordinando  con
la  División  Regional  de Inteligencia  y/o  con  la  División
Macro Regional  de Inteligencia, a  ?n de considerar  en el
planeamiento los respectivos documentos de inteligencia;
5)
Coordinar, atender y brindar apoyo  a las entidades,
Ministerio
Público,   autoridades   judiciales,   regionales,
locales y demás autoridades competentes; para el ejercicio
funcional que legalmente les corresponde;
6)
Dirigir, ejecutar  y  controlar el  cumplimiento de  las
órdenes y  disposiciones  emanadas para  operativizar los
planes  y  órdenes  de  operaciones   relacionados  con  el
ámbito de su competencia;
1) Prevenir, combatir, investigar y denunciar los delitos
en sus  diversas modalidades, bajo la  conducción jurídica
del ?scal,  en el marco  de la  lucha contra la  delincuencia
comúnyorganizada,quesecometanenelespacioterritorial
de su  responsabilidad y que  no sean de competencia  de
las Comisarías; conforme a la normativa sobre la materia y
lo establecido en el presente Reglamento;
2) Dirigir,  organizar, plani?car, ejecutar  y controlar  las
operaciones  policiales   para  la  identi?cación   y  captura
de   los  autores   de   los  hechos   delictivos   materia  de
investigación de  su campo funcional;  así como,  disponer
y  controlar la  detención,  libertad  o conducción  ante  las
autoridades competentes  de las  personas implicadas  en
hechos delictivos;
3)  Controlar   y  ejecutar  los   procedimientos  legales
vigentes  en  materia  de   investigación  del  delito  de  su
ámbito funcional; así como, intervenir de  o?cio y en forma
inmediata  en  caso  de  delito ?agrante,  informando  a  la
autoridad competente, para el inicio de las investigaciones
pertinentes;
4)  Obtener, custodiar,  asegurar,  trasladar y  procesar
indicios, evidencias y  elementos probatorios relacionados
con la investigación de su campo funcional, observando la
respectiva cadena de custodia;
7)
Velar por los  principios de disciplina  y ética policial
en salvaguarda de la imagen y prestigio institucional;
Ejecutar  y   controlar   el  proceso   de  evaluación
8)
del  rendimiento  operativo  de  las  unidades  a su  cargo,
tendentes  a mejorar  los  niveles  de e?ciencia  y  e?cacia
operativa en el marco de  la lucha contra la delincuencia y
la criminalidad organizada;
9)
Producir  la  información  estadística   que  asegure
su adecuado  procesamiento en  el  mapa del  delito de  la
demarcación territorial  a  la que  pertenece, para  la toma
de  decisiones operativas  en  el  marco de  la  prevención
e
investigación   del   delito;   de   conformidad   con   los
lineamientos  que  dicte  la  División de  Estadística  de  la
Policía Nacional del Perú;
10)
Transmitir información para alimentar  los registros
y  bases  de  datos  del  Registro  Nacional  de  Seguridad
Pública que  administra  la Dirección  de Tecnología  de la
Información y  Comunicaciones de la  Policía Nacional del
Perú;
11)
Administrar  los recursos  asignados  a  la División
a  su   cargo,  con  criterios  de   e?ciencia  y  e?cacia,   de
conformidad
con   el   marco  legal   vigente;   así   como,
efectuar  los  requerimientos  que  garanticen  y  aseguren
su  aprovisionamiento oportuno  para el  desarrollo  de las
operaciones policiales de su responsabilidad;
5)  Dirigir y  controlar las  actividades  de identi?cación
plena de las personas con ?nes policiales;
Practicar   peritajes   o?ciales   y   emitir    informes
periciales  de   criminalística,   especialmente  en   materia
de escena  del crimen, solicitando  si fuera  necesario, por
la  naturaleza y  complejidad  de  los hechos  a  investigar,
el  apoyo de  la  Dirección de  Criminalística  de  la Policía
Nacional del Perú, para  el cumplimiento de sus funciones
o atender  lo requerido  por las  autoridades competentes,
cuando se trate  del ámbito territorial de la  Región Policial
Lima;
6)
12)
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
su competencia;
13)
Asesorar al  Jefe de la  Región Policial en  asuntos
de su competencia; y,
14)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que el
Jefe de la  Región Policial de la  Policía Nacional del Perú
le asigne.
7)
Producir inteligencia  policial  en materia del campo
Artículo   214.-  Estructura   de   las  Divisiones   de     funcional   de   su  competencia   y   realizar   operaciones
Investigación Criminal
Divisiones   de   Investigación   Criminal  a   nivel
especiales  de inteligencia  para combatir  la delincuencia
común  y   organizada   que  actúan   en  la  demarcación
territorial   de  su  responsabilidad;    en  su  condición   de
parte   integrante   del  Sistema   de   inteligencia   Policial
(SIPOL);
Las
nacional, con excepción de la Región Policial Lima, para el
cumplimiento de  sus funciones cuentan  con la estructura
interna siguiente:
8)
Mantener enlace  a través del  canal de  inteligencia
a. Departamento de Investigación Criminal; y,
b. O?cina de Criminalística.
con  los   órganos  de   inteligencia  del  Sector   Interior  y
el  Sistema   de   Inteligencia  Policial   (SIPOL)  a   ?n  de
intercambiar  información  en  las  materias  vinculadas  al
ámbito funcional de su competencia;
Artículo
Criminal
215.-   Departamento    de   Investigación
9)  Dirigir  y  controlar  que  el  proceso  de tramitación
de  los atestados,  informes,  partes, pericias  y  otros  que
correspondan, a  las autoridades  competentes, se realice
de  manera  diligente; conforme  a  la  normativa  sobre  la
materia;
10) Controlar y garantizar que las denuncias policiales
u  otros  que  forman  parte  del  Sistema  de  Registro  de
Denuncias de Investigación Criminal (SIRDIC), contengan
toda la información necesaria que  brindan los ciudadanos
para  el  ejercicio  pleno  de  sus  derechos  y  el  inicio  de
El Departamento de Investigación Criminal es la unidad
básica  desconcentrada  de carácter  técnico,  operativo  y
especializado;responsabledeprevenir,combatir,investigar
y  denunciar  los   delitos  en  sus   diversas  modalidades,
en el  marco de  la  lucha contra  la delincuencia  común y
organizada, cometidos en  la demarcación territorial de su
responsabilidad;  actuando  para  ello bajo  la  conducción
jurídica del ?scal.
Formanparte,enelejerciciooperativoydeinvestigación
en  el  campo funcional  de  su  competencia,  del sistema
policial de investigación criminal en todas sus materias que
dirige el Director Nacional de Investigación Criminal, en su
condición de carácter sistémico y normativo.
las
diligencias
de
investigación
que   correspondan;
y    procesando
manteniendo
actualizado    el   sistema
el   trámite   realizado,   cumpliendo   los
inmediatamente
lineamientos establecidos  por la Dirección  de Tecnología
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
95
de la Información y Comunicaciones de la Policía Nacional
del Perú;
del crimen;  así como, practicar  peritajes o?ciales y  emitir
informes periciales de criminalística,  según los recursos y
medios con los  que cuente para el  ejercicio de su campo
funcional.
11)
Orientar,  controlar   y  supervisar   la  atención  al
ciudadano  que  concurre   al  Departamento  a   su  cargo
o  llama   por  teléfono,   absolviendo  sus   requerimientos
a  satisfacción,  brindando  información   que  garantice  el
acercamiento de  la comunidad con  la Institución  Policial;
de conformidad con  la política del Ministerio  del Interior y
Policía Nacional del Perú;
Artículo 217.- Sección de Investigación Criminal
Sección   de   Investigación    Criminal   tiene   las
funciones siguientes:
La
12)
Controlar  y  supervisar  la  expedición  de  copias
1)  Ejecutar  las  actividades  y  operaciones  policiales
en materia  de investigación  y denuncia de  los delitos  en
sus  diversas  modalidades,  bajo   la  conducción  jurídica
del ?scal;  en el marco  de la  lucha contra la  delincuencia
común  y  organizada,  que  no sean  de  competencia  de
las  Comisarías; de  conformidad a  la  normativa sobre  la
materia y  las prescripciones  establecidas en  el presente
Reglamento;
2)  Organizar   y  ejecutar   las  operaciones  policiales
destinadas a la  identi?cación y captura  de los autores de
los hechos delictivos materia de investigación de su campo
funcional; así como,  realizar y controlar las  diligencias de
detención,  libertad   o  conducción  ante  las   autoridades
competentes   de  las   personas   implicadas  en   hechos
delictivos;
3)  Ejecutar  los  procedimientos   legales  vigentes  en
materia de investigación del delito de su  ámbito funcional;
así como, intervenir de o?cio y en forma inmediata en caso
de delito ?agrante,  informando a la autoridad  competente
para el inicio de las investigaciones pertinentes;
4) Ejercer  la identi?cación plena  de las  personas con
?nes policiales, en el marco de la investigación del delito;
5) Solicitar  los peritajes de  criminalística que resulten
pertinentes para la investigación;
6)  Obtener, custodiar,  asegurar,  trasladar y  procesar
indicios, evidencias y  elementos probatorios relacionados
con la investigación de su campo funcional, observando la
respectiva cadena de custodia;
certi?cadas  de  conformidad  con  la  normativa   sobre  la
materia;
13)
Controlar   las   acciones   de   requerimiento   del
mani?estodepasajerosdeempresasdetransporte,registro
de  huéspedes  de  los  establecimientos  de hospedaje  y
registro de ingreso de vehículos a talleres de mecánica, de
reparación automotriz, factorías, ensambladoras, playas o
centros de  estacionamiento, custodia  y guardianía, en  el
marco de la investigación del delito, conforme a su ámbito
funcional;  siendo  obligación  de  toda  persona  natural  o
jurídica que tenga  relación con dicho negocio a  colaborar
con la autoridad policial;
14)
Formular y ejecutar las ordenes de operaciones que
deberá desarrollar para el cumplimiento de sus funciones,
conforme a los Planes Generales dispuestos  y aprobados
por la  Sub  Dirección General  de la  Policía  Nacional del
Perú y  los  Planes de  Operaciones de  la Región  Policial
correspondiente;
15)
Coordinar, controlar  y atender  los requerimientos
de las autoridades  y entidades competentes; en el  marco
de su ámbito funcional;
16)
Coordinar con  las unidades  policiales que  tienen
competencia   en  su   demarcación   territorial,   a  ?n   de
garantizar y articular los planes y órdenes  de operaciones
especí?cos  que debe  ejecutar  en materia  de  su campo
funcional;
17)
Dirigir, ejecutar  y controlar el  cumplimiento de las
órdenes y  disposiciones  emanadas para  operativizar los
planes  y  órdenes  de  operaciones  relacionados  con  su
campo funcional;
7)   Tramitar   de    manera   diligente   los    atestados,
informes, partes, pericias y  otros que correspondan, a las
autoridades competentes  de conformidad  a la  normativa
sobre la materia;
18)
Preservar  y  cautelar  los principios  de  disciplina
y  ética policial  en  salvaguarda de  la  imagen y  prestigio
institucional;
Defensa   y   Seguridad
crear   conciencia   de
8)  Coordinar   y  atender   los  requerimientos   de  las
autoridades y  entidades competentes; en el  marco de su
ámbito de competencia;
19)
Actualizar
el
Plan
de
para
y
establecer
mecanismos
9) Brindar apoyo y atender  al ciudadano que concurre
a la Sección a  su cargo o llama por teléfono,  absolviendo
y
proporcionando información que garantice el acercamiento
de la comunidad con la Institución Policial;
seguridad  en   el  personal   policial  con   la  ?nalidad  de
prevenir, neutralizar y/o  contrarrestar los diversos riesgos
de seguridad, coordinando para este efecto con la División
Regional de Inteligencia o con  la División Macro Regional
de Inteligencia, según corresponda;
sus
requerimientos
a
satisfacción,
orientando
10)  Garantizar  que  las  denuncias policiales  u  otros
que forman  parte del  Sistema de Registro  de Denuncias
de   Investigación  Criminal   (SIRDIC),   contengan  todos
los datos  necesarios que brindan  los ciudadanos  para el
ejercicio pleno de sus derechos y el inicio de las diligencias
de investigación que correspondan;
11) Expedir copias certi?cadas de su campo funcional,
otorgando la primera  copia en forma gratuita;  conforme a
la normativa sobre la materia;
12) Requerir el mani?esto de pasajeros de empresas de
transporte, registro de huéspedes de los  establecimientos
de   hospedaje  y   registro   de  ingreso   de   vehículos  a
talleres de mecánica,  de reparación automotriz, factorías,
ensambladoras,  playas   o  centros  de   estacionamiento,
custodia y guardianía, en  el marco de la investigación del
delito, conforme  a su ámbito  funcional; siendo obligación
de toda persona  natural o jurídica que tenga  relación con
dicho negocio a colaborar con la autoridad policial;
13) Ejecutar  las ordenes  de operaciones  que deberá
desarrollar   para   el   cumplimiento   de    sus   funciones,
conforme a los Planes Generales dispuestos  y aprobados
por la  Sub  Dirección General  de la  Policía  Nacional del
Perú y  los  Planes de  Operaciones de  la Región  Policial
correspondiente;
14) Controlar y ejecutar el cumplimiento de las órdenes
y  disposiciones  emanadas  para  operativizar  los  planes
y  órdenes  de  operaciones  relacionados  con  su  ámbito
funcional;
15)  Producir  la información  estadística  que  asegure
su adecuado  procesamiento en  el mapa del  delito de  su
responsabilidad  funcional,  para   la  toma  de  decisiones
operativas  en  el marco  de  la  investigación  del  delito  y
permitaalimentarlosregistrosybasesdedatosdelRegistro
Nacional de Seguridad Pública que administra la Dirección
de Tecnología  de la Información  y Comunicaciones de  la
Policía Nacional del Perú;
20)
Consolidar la información estadística  que asegure
su adecuado  procesamiento en  el  mapa del  delito de  la
demarcación territorial de su responsabilidad, para la toma
de decisiones  operativas en el  marco de la  prevención e
investigación  del delito  y  permita alimentar  los  registros
y  bases  de  datos  del  Registro  Nacional  de  Seguridad
Pública que  administra  la Dirección  de Tecnología  de la
Información y  Comunicaciones de la  Policía Nacional del
Perú;
21)
Administrar  los  recursos  asignados  y  velar  por
su  empleo adecuado  que  garantice  la ejecución  de  las
operaciones policiales de  su responsabilidad, cumpliendo
la normativa sobre la materia;
22)
Administrar el Libro de Reclamaciones y mantenerlo
a disposición permanente de los ciudadanos;
Asesorar al Jefe de la División correspondiente, en
23)
asuntos de su competencia; y,
24)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que le
asigne el Jefe de la División correspondiente.
Artículo 216.- Estructura  de los Departamentos  de
Investigación Criminal
Los Departamentos  de Investigación  Criminal  a nivel
nacional, cuentan con la estructura interna siguiente:
a. Sección de Investigación Criminal; y,
b. Sección de Inteligencia.
Los  Departamentos   de  Investigación   Criminal  que
integran  las  Divisiones  Policiales  de  la  Región  Policial
Lima, contarán además con una Sección de Criminalística
para cumplir con las funciones asignadas en esta materia,
que tendrá  como responsabilidad  primordial la  ejecución
de diligencias técnico cientí?cas preliminares en la escena
96
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
16)
Recibir,  legajar,  archivar y  conservar  las  copias
hecho  delictuoso,  observando  la  respectiva  cadena  de
custodia, en apoyo a las unidades policiales y autoridades
competentes para el esclarecimiento del delito investigado,
en el  ámbito de su  demarcación territorial y  competencia
funcional;
Plani?car,   organizar,    dirigir,   evaluar,   ejecutar,
de los atestados, informes,  partes de intervención u otros
que formula  el personal policial a  su cargo, en  el plazo y
protocolos establecidos en la normativa sobre la materia;
17)
Asesorar al Jefe del Departamento de Investigación
Criminal en asuntos de su competencia funcional; y,
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
2)
18)
coordinar y controlar las actividades del proceso de análisis
de las muestras, indicios y evidencias hallados en la escena
del crimen  o los producidos por  la comisión de  un hecho
criminal, mediante  procedimientos técnicos  cientí?cos de
los  distintos  campos  funcionales   forenses,  que  realiza
la  Dirección de  Criminalística de  la  Policía Nacional  del
Perú, establecidas  en el presente  Reglamento; en apoyo
técnico cientí?co  a las  unidades  policiales y  autoridades
competentes en la investigación de hechos penales,  en el
ámbito de su  demarcación territorial y según los  recursos
y medios con las que cuente para el ejercicio de su campo
funcional;
acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que le
asigne el Jefe del Departamento de Investigación Criminal
del cual depende.
Artículo 218.- Sección de Inteligencia
Sección   de    Inteligencia   tiene   las    funciones
La
siguientes:
1)
Producir inteligencia  policial en  materia del ámbito
funcional  del   Departamento  de  Investigación   Criminal,
de conformidad  con  los lineamientos  de la  Dirección  de
Inteligencia de la Policía Nacional del Perú, en su condición
de integrante del Sistema de Inteligencia Policial (SIPOL);
3)
Practicar   peritajes   o?ciales   y   emitir    informes
periciales de criminalística,  solicitando si fuera necesario,
por la naturaleza y complejidad de los hechos a investigar,
el  apoyo de  la  Dirección de  Criminalística  de  la Policía
Nacional del Perú, para  el cumplimiento de sus funciones
o lo requerido por las autoridades competentes;
2)
Ejecutar operaciones especiales de  inteligencia, en
el marco del campo funcional de su competencia;
Formular y  mantener actualizado la apreciación  de
3)
la situación de  la demarcación territorial que corresponde
al Departamento de Investigación Criminal, en el ámbito de
su competencia;  para una adecuada  y oportuna toma  de
decisiones en el ejercicio operativo de la función policial de
responsabilidad del Jefe de dicho Departamento;
4)
Plani?car,   organizar,    dirigir,   evaluar,   ejecutar,
coordinar  y  controlar  las  actividades  de  apoyo  técnico
-  criminalístico  a  las  unidades  policiales  y  autoridades
competentes,
mediante   la   identi?cación  de   personas
4)
Obtener información en el ámbito de sus  funciones,
naturales   y  la   emisión   de   dictámenes   periciales  de
identi?cación  policial   en  el  marco   de  la   investigación
que se  realiza bajo  la conducción jurídica  del ?scal  o de
aquellos derivados del cumplimiento de la función policial,
en el ámbito de su demarcación territorial;
en apoyo  a los órganos de  inteligencia que conforman  el
Sistema de Inteligencia Policial (SIPOL);
5)
Asesorar al Jefe del Departamento de Investigación
Criminal en asuntos de su competencia; y,
Las demás funciones que le corresponda de acuerdo
6)
5) Administrar  y mantener  actualizado  la información
necesaria para alimentar el Sistema Criminalístico Policial
que  dirige  la  Dirección  de   Criminalística  de  la  Policía
Nacional del Perú;
a las disposiciones legales  vigentes y otras que le  asigne
el  Jefe  del Departamento  de  Investigación  Criminal  del
cual depende.
6)
Asesorar técnica y cientí?camente en los aspectos de
Artículo 219.- O?cina de Criminalística
criminalística a las  unidades policiales de la  demarcación
territorial de su competencia;
7)   Registrar,   centralizar,   procesar   y   archivar   los
antecedentes policiales  de las  personas que  incurran en
delitos dentro  del ámbito  de la demarcación  territorial de
su responsabilidad;
La
O?cina
de
Criminalística
es
y
la
unidad
desconcentrada
de
carácter
técnico
especializado
en
criminalística;
responsable
de
organizar,
dirigir,
sistematizar,  ejecutar,  coordinar,   controlar  y  supervisar
las  actividades  relacionadas  con las  diligencias  técnico
cientí?cas  preliminares  en  la  escena  del  crimen   y  del
análisis de  las muestras, indicios y  evidencias obtenidas;
8) Orientar y controlar la expedición de los certi?cados
de  antecedentes  policiales,  así  como  su  anulación,  de
así  como,  practicar   los  peritajes  o?ciales   y  emitir  los     conformidad con el Código Procesal Penal;
informes periciales de criminalística,  según los recursos y
medios con las  que cuente para el  ejercicio de su campo
funcional, en  el marco de apoyar  las investigaciones que
se  deriven  de la  lucha  contra  la  delincuencia  común y
organizada,  cometidos  en  la  demarcación  territorial  de
la  División  de   Investigación  Criminal  que  integran   las
Regiones  Policiales del  interior  del país  y  de la  Región
Policial   Callao,  solicitadas   por  las   diversas   unidades
policiales  o  por   las  autoridades  del  Ministerio  Público
y  Poder  Judicial   competentes;  de  conformidad  con  la
normativa sobre la materia.
9) Orientar y controlar el registro y  la centralización de
las referencias policiales para uso exclusivo de prevención
e investigación policial;
10) Formular y ejecutar las ordenes de operaciones que
deberá desarrollar para el cumplimiento de sus funciones,
conforme a los Planes Generales dispuestos  y aprobados
por la  Sub  Dirección General  de la  Policía  Nacional del
Perú y  los  Planes de  Operaciones de  la Región  Policial
correspondiente;
11) Coordinar  con  las unidades  policiales que  tienen
competencia   en  su   demarcación   territorial,   a  ?n   de
garantizar y articular los planes y órdenes  de operaciones
especí?cos  que debe  ejecutar  en materia  de  su campo
funcional;
12) Dirigir,  ejecutar y controlar  el cumplimiento de las
órdenes y  disposiciones  emanadas para  operativizar los
planes  y  órdenes  de  operaciones  relacionados  con  su
campo funcional;
13)  Preservar  y  cautelar los  principios  de  disciplina
y  ética policial  en  salvaguarda de  la  imagen y  prestigio
institucional;
Forman  parte,  en  el  ejercicio  procedimental técnico
cientí?co en  el  campo funcional  de su  competencia,  del
sistema policial de criminalística en todas sus materias que
dirige el Director de Criminalística de la Policía Nacional del
Perú, en su condición de carácter sistémico y normativo.
creadas,
fusionadas o  suprimidas, mediante  Resolución Directoral
de   la  Dirección   General   de   la  Policía   Nacional   del
Perú,  a  propuesta  del  Sub  Director  General,  contando
previamente con  la  respectiva previsión  presupuestal; y,
estableciéndose en la  Resolución el ámbito territorial  que
le corresponde.
Las
O?cinas
de
Criminalísticas
son
14)  Actualizar  el   Plan  de   Defensa  y  Seguridad   y
establecer mecanismos para crear conciencia de seguridad
en el  personal policial a  ?n de  neutralizar y contrarrestar
los riesgos de  seguridad, en coordinación  con la División
Regional  de  Inteligencia  o  División  Macro  Regional  de
Inteligencia, según corresponda;
Dependen  de  la  División   de  Investigación  Criminal
que  integran  las  Regiones   Policiales  a  nivel  nacional,
con excepción de la  Región Policial Lima, que no contará
dentro de su estructura con esta unidad desconcentrada.
Están  a cargo  de  O?ciales  Superiores  de la  Policía
Nacional del Perú en situación de actividad, en el grado de
Comandante o Mayor.
15) Consolidar la información  estadística que asegure
su adecuado  procesamiento en  el  mapa del  delito de  la
demarcación territorial de su responsabilidad, para la toma
de decisiones  operativas en el  marco de la  prevención e
investigación  del delito  y  permita alimentar  los  registros
y  bases  de  datos  del  Registro  Nacional  de  Seguridad
Pública que  administra  la Dirección  de Tecnología  de la
Información y  Comunicaciones de la  Policía Nacional del
Perú;
Las O?cinas  de  Criminalística de  la Policía  Nacional
del Perú tienen las funciones siguientes:
1)
Plani?car,  organizar,  dirigir,   evaluar,  coordinar  y
controlar  las  actividades  relacionadas  con  la  ejecución
de  las  diligencias  técnico  cientí?cas  preliminares  en  la
escena del  crimen, en  equipos, medios  de transportes  y
otros espacios que  se relacionan con la  investigación del
16)  Administrar  los  recursos  asignados  y  velar  por
su  empleo adecuado  que  garantice  la ejecución  de  las
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
97
actividades policiales  de  su responsabilidad,  cumpliendo
la normativa sobre la materia;
5)
Plani?car,
organizar,
dirigir,
evaluar,
coordinar,
ejecutar   y    controlar   las   actividades    y   operaciones
policiales en  materia de  seguridad del estado;  seguridad
integral;   tránsito,   transporte   y   seguridad   vial;   y   las
17)
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
su competencia;
18)
Asesorar  al Jefe  de  la  División de  Investigación
de   seguridad  ciudadana;   con   excepción  de   aquellas
funciones que corresponden a las unidades especializadas
desconcentradas que existan en su demarcación territorial
y  que  dependen  de  la  Dirección  Nacional  de Orden  y
Seguridad;
Plani?car,   organizar,   dirigir,   evaluar,   coordinar,
ejecutar y controlar las actividades y operaciones policiales
destinadas  a   prevenir,  investigar   y  denunciar   bajo  la
conducción jurídica del ?scal,  los delitos que competen al
ámbito de  su  competencia, en  materia de  seguridad del
estado y  los relacionados con  la criminalidad  organizada
y delitos  asociados a  la actividad  de construcción  civil u
otros  similares;  robo,  hurto  y  receptación  de  vehículos
motorizados  de  tránsito  terrestre  y  sus  autopartes;  así
como, los accidentes de tránsito en todas sus modalidades;
en el marco de la normativa sobre la materia;
Criminal correspondiente, en materias de su competencia;
y,
19)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo  a   las  disposiciones   legales  vigentes   y  otras
que  el   Jefe  de   la  División   de  Investigación   Criminal
correspondiente le asigne.
6)
Artículo
Seguridad
220.-
División
de
Orden
Público
y
La División de Orden Público y Seguridad es la unidad
orgánica desconcentrada de  carácter técnico, operativo y
especializado; responsable de plani?car,  organizar, dirigir,
evaluar,  coordinar, ejecutar  y controlar  las  actividades y
operaciones policiales que desarrollarán  las Comisarías y
el Departamento de Unidades  Especializadas a su cargo,
tendentes a  la prevención  e investigación  de las faltas  y
delitos,  actuando  bajo  la  conducción jurídica  del  ?scal;
en el marco de la  lucha contra la delincuencia común; así
como, la protección de  la integridad física y bienes de  las
personas, la seguridad del patrimonio público y privado, y el
libre ejercicio de los derechos de la ciudadanía; asimismo,
vela por un  estado de convivencia  pací?ca que garantice
la seguridad ciudadana, el orden público y el orden interno,
en la demarcación territorial de la  Región Policial a la que
pertenece;  de  conformidad   con  la  normativa   sobre  la
materia.
7)  Controlar  y  supervisar  el  proceso  de  obtención,
custodia,  aseguramiento,   traslado  y  procesamiento  de
indicios, evidencias y  elementos probatorios relacionados
con la investigación de su campo funcional, observando la
respectiva cadena de custodia;
8) Solicitar los peritajes  de criminalística, que resulten
pertinentes para la investigación a su cargo;
9)  Colaborar   con  las   autoridades  judiciales   en  la
ejecución de las medidas tutelares aplicables al menor;
10) Atender  y  coordinar  el  apoyo que  requieran  las
entidades,
Ministerio   Público,    autoridades   judiciales,
Forman parte en el ejercicio operativo y de investigación
en el ámbito de su competencia, de los sistemas policiales
de  tránsito,  transporte  y   seguridad  vial;  seguridad  del
estado;  seguridad  integral  y  seguridad  ciudadana,  que
dirige  el Director  Nacional de  Orden  y Seguridad,  en  el
marco de su  carácter sistémico y normativo; para  lo cual,
asumen las mismas funciones policiales que corresponden
a dichos órganos y unidades  orgánicas especializadas de
la Policía Nacional de Perú, en la parte que sea pertinente
para  cumplir con  su  responsabilidad  y en  tanto,  por su
naturaleza y  complejidad de  los hechos que  devenga su
actuación, no sea necesaria la intervención y participación
de los mismos.
regionales, locales  y demás autoridades  competentes en
el ejercicio funcional que legalmente les corresponde;
11) Dirigir,  ejecutar y controlar  el cumplimiento de  las
órdenes y  disposiciones  superiores para  operativizar los
planes  y  órdenes  de  operaciones  relacionados  con  su
ámbito funcional;
12) Formular y ejecutar las ordenes de operaciones que
deberán  desarrollar articuladamente  las Comisarías  y  el
Departamento de Unidades Especializadas que componen
la División a su cargo; en el marco de los Planes Generales
dispuestos y aprobados por la Sub Dirección General de la
Policía Nacional del Perú y los  Planes de Operaciones de
la Macro  Región Policial, en  materia de  su competencia;
coordinando con  la División  Regional  de Inteligencia  y/o
con  la División  Macro Regional  de  Inteligencia, a  ?n de
considerar en el planeamiento los respectivos documentos
de inteligencia;
Las Divisiones  de  Orden Público  y Seguridad  de las
Regiones Policiales son creadas, fusionadas o suprimidas,
mediante Resolución Ministerial,  a propuesta del  Director
de   la   Policía   Nacional   del  Perú,   contando
General
previamente con  la  respectiva previsión  presupuestal; y,
estableciéndose en la  Resolución el ámbito territorial  que
les corresponde.
Depende de  la  Región Policial  y está  a cargo  de un
O?cial  Superior   de  Armas  de  la   Policía  Nacional  del
Perú en  situación de actividad,  en el grado  de Coronel o
Comandante.
La  División  de   Orden  Público  y  Seguridad   de  las
Regiones Policiales tiene las funciones siguientes:
13) Coordinar con la División de Seguridad de Fronteras
y con  la División  de Seguridad  de Penales  de la  Policía
Nacional del Perú, a ?n  de asignar y controlar al personal
policial que  tendrá a  su cargo el  servicio y  seguridad de
los Puestos de Vigilancia de Fronteras y seguridad exterior
de los establecimientos penitenciarios  de su demarcación
territorial,  en  su   condición  de  función   subsidiaria  y  a
requerimiento del  Instituto Nacional Penitenciario  (INPE),
siempre  que  sea  evidente  que  éste  no  cuente  con  el
personal  y  medios  su?cientes;   de  conformidad  con  la
legislación sobre la materia;
14)  Colaborar  con  la  Superintendencia  Nacional de
Control  de  Servicios  de  Seguridad,  Armas,  Municiones
y Explosivos  de Uso Civil en  el control y  en el transporte
de armas  de fuego,  munición y explosivos  de uso  civil y
productos pirotécnicos; así como, perseguir  el trá?co y su
tenencia clandestina;
15)  Preservar  y  cautelar los  principios  de  disciplina
y  ética policial  en  salvaguarda de  la  imagen y  prestigio
institucional;
16) Ejecutar  y controlar  el proceso de  evaluación del
rendimiento operativo  de las Comisarías  y Departamento
de  Unidades   Especializadas  a  su  cargo,   tendentes  a
mejorar  los   niveles  de  e?ciencia  y   e?cacia  operativa;
en el  marco de la  prevención del  delito y lucha  contra la
delincuencia;
1)
Plani?car,   organizar,   dirigir,   evaluar,   coordinar,
ejecutar y controlar las actividades y operaciones policiales
que  desarrollarán las  Comisarías  y el  Departamento  de
Unidades  Especializadas,  tendentes  a  la  prevención  e
investigación  de  las  faltas   y  delitos,  actuando  bajo  la
conducción  jurídica  del ?scal;  en  el  marco  de  la  lucha
contra  la  delincuencia  común  y   la  normativa  sobre  la
materia;
2)
Garantizar el cumplimento de las leyes; así como, la
protección de la integridad física y bienes de las personas,
la  seguridad del  patrimonio  público y  privado,  y  el libre
ejercicio de los derechos de la ciudadanía; velando por un
estado de convivencia pací?ca que garantice la seguridad
ciudadana, el orden público y el orden interno; conforme a
los dispositivos legales sobre la materia;
3)
Prevenir,   investigar  y   denunciar   los  casos   de
violencia familiar  que atenten  contra la  integridad  de las
personas en  el contexto  de la  familia; en el  marco de  la
normativa sobre la materia;
17) Ejecutar y controlar los programas preventivos y la
implementación de  mecanismos de alerta  temprana para
la prevención de delitos y faltas  que dirige la Dirección de
Seguridad Ciudadana de  la Policía Nacional del  Perú; de
conformidad con  las políticas  del Ministerio  del Interior y
estrategias de la  Institución Policial para promover mayor
acercamiento con  la comunidad  y fortalecer  la con?anza
policía - autoridad – comunidad;
4)
Plani?car,
organizar,
dirigir,
evaluar,
coordinar,
ejecutar
y
controlar
las
actividades
y
operaciones
policiales  destinadas al  patrullaje  motorizado  preventivo
y especializado,  articulando  el patrullaje  que desarrollan
las Comisarías con la unidad policial especializada en esta
materia,  en el  marco  de la  prevención  del delito,  orden
público  y  seguridad  ciudadana;  de  conformidad  con  la
normativa sobre la materia;
18)  Producir  la información  estadística  que  asegure
su adecuado  procesamiento en  el  mapa del  delito de  la
demarcación territorial  a  la que  pertenece, para  la toma
98
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
de  decisiones operativas  en  el  marco de  la  prevención
investigación   del   delito;   de   conformidad   con   los
lineamientos  que  dicte  la  División de  Estadística  de  la
Policía Nacional del Perú;
3)  Velar   y  garantizar   por   el  cumplimiento   de  las
leyes, la  lucha  contra la  delincuencia y  coadyuvar en  la
protección de la integridad física y bienes de las personas,
la  seguridad del  patrimonio  público y  privado,  y  el libre
ejercicio de los derechos de la ciudadanía, previniendo los
delitos y faltas; en el ámbito de su competencia funcional y
legislación sobre la materia;
e
19)
Transmitir información para alimentar  los registros
y  bases  de  datos  del  Registro  Nacional  de  Seguridad
Pública que  administra  la Dirección  de Tecnología  de la
Información y  Comunicaciones de la  Policía Nacional del
Perú;
4)
Plani?car,
organizar,
dirigir,
coordinar,
ejecutar
y
controlar
las
actividades
y
operaciones
policiales
20)
Administrar  los recursos  asignados  a la  División
especializadas   destinadas  a   prevenir   y   combatir   los
delitos menores contra el patrimonio en los puntos críticos
de  la  demarcación territorial  de  su  responsabilidad;  así
como, cualquier otra acción  ilícita que afecte la seguridad
ciudadana y combatir la micro comercialización de drogas
ilícitas y  las acciones  ilegales o violentas,  realizadas por
jóvenes  en  riesgo a  través  del  pandillaje  en  todas sus
modalidades; en el marco de la lucha contra la delincuencia
y normativa sobre la materia;
5)   Plani?car,   organizar,   dirigir,  coordinar,   ejecutar
y  controlar  las  actividades  y  operaciones  policiales  en
materia   de  seguridad   del   estado;  seguridad   integral;
tránsito,  transporte y  seguridad vial;  en  el ámbito  de su
demarcación territorial  y normativa  sobre la  materia; con
excepción de  aquellas funciones que  corresponden a las
a  su   cargo,  con  criterios  de   e?ciencia  y  e?cacia,   de
conformidad
con   el   marco  legal   vigente;   así   como,
efectuar  los  requerimientos  que  garanticen  y  aseguren
su  aprovisionamiento oportuno  para el  desarrollo  de las
operaciones policiales de su responsabilidad;
21)
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
su competencia;
22)
Asesorar al  Jefe de la  Región Policial en  asuntos
de su competencia; y,
23)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a las disposiciones legales vigentes y otras que el
Jefe de la  Región Policial de la  Policía Nacional del Perú
le asigne.
Artículo 221.- Estructura de las Divisiones de Orden    unidades especializadas desconcentradas  que dependen
Público y Seguridad
de la Dirección Nacional de Orden y Seguridad;
Las Divisiones  de Orden  Público y  Seguridad a nivel
nacional,  con  excepción  de   la  Región  Policial  Lima  y
Callao, cuentan con la estructura interna siguiente:
6) Prevenir, investigar  y denunciar bajo  la conducción
jurídica del  ?scal, los  delitos  que competen  a su  ámbito
funcional,  en   materia  de   seguridad  del   estado  y   los
relacionados  con   la  criminalidad   organizada  y   delitos
asociados  a  la  actividad   de  construcción  civil  u  otros
a. Departamento de Unidades Especializadas; y,
b. Comisarías.
similares;
robo,
hurto
y
receptación
de
vehículos
motorizados de  tránsito terrestre  y sus  autopartes; y,  los
accidentes  de tránsito  en  todas sus  modalidades;  en el
marco de la legislación sobre la materia;
7) Coordinar  con las Comisarías  a ?n de  garantizar y
articular los planes  y órdenes de operaciones especí?cos
vinculados al patrullaje policial preventivo y las actividades
operacionales  en  materia  de   orden  público,  tránsito  u
otros, donde sea  necesaria su participación; en  el ámbito
territorial y funcional de su responsabilidad;
8) Ejecutar y controlar el servicio policial y seguridad de
los Puestos de Vigilancia de  Fronteras de la demarcación
territorial del  ámbito  de su  competencia, asignándose  al
personal  policial  necesario  que  permita  una   adecuada
vigilancia y cobertura, en el marco de los lineamientos que
dicte la  División de Seguridad  de Fronteras  de la Policía
Nacional del Perú;
9) Ejecutar y controlar el  servicio policial de seguridad
exterior   de  los   establecimientos   penitenciarios   de  la
demarcación  territorial  del   ámbito  de  su  competencia,
asignándose  al  personal  policial necesario  que  permita
una  adecuada  vigilancia  y   cobertura,  en  el  marco  de
los  lineamientos  que dicte  la  División  de  Seguridad  de
Penales de la Policía Nacional del Perú; en su condición de
función subsidiaria y a requerimiento del Instituto Nacional
Penitenciario (INPE),  siempre que sea  evidente que éste
no cuente con el  personal y medios su?cientes; conforme
a la legislación sobre la materia;
Artículo
222.-
Departamento
de
Unidades
Especializadas
El  Departamento  de  Unidades Especializadas  es  la
unidad  desconcentrada   de  carácter   técnico,  operativo
y   especializado;  responsable   de   plani?car,   organizar,
dirigir,  coordinar,  ejecutar  y  controlar  las  actividades  y
operaciones policiales  destinadas a  garantizar, mantener
y restablecer el orden interno y orden público, en el marco
de la prevención del delito y de la seguridad ciudadana, en
la demarcación territorial de la División de Orden Público y
Seguridad correspondiente, en el  ámbito de las Regiones
Policiales  del interior  del país  a  las que  pertenecen;  de
conformidad con la normativa sobre la materia.
Forman parte en el ejercicio operativo y de investigación
en el ámbito de su competencia, de los sistemas policiales
de  tránsito,  transporte  y   seguridad  vial;  seguridad  del
estado y seguridad integral, que dirige el Director Nacional
de  Orden   y  Seguridad,   en  el   marco  de   su  carácter
sistémico y  normativo; para  lo cual,  asumen las  mismas
funciones policiales que corresponden a dichos órganos y
unidades orgánicas especializadas  de la Policía Nacional
de Perú, en la parte que sea pertinente para cumplir con su
responsabilidad y en tanto, por su naturaleza y complejidad
de los hechos que devenga su actuación, no sea necesaria
la intervención y participación de los mismos.
Los Departamentos  de  Unidades Especializadas  son
creadas,  fusionadas o  suprimidas,  mediante  Resolución
Directoral de  la Dirección  General de la  Policía Nacional
del Perú, a propuesta del  Sub Director General, contando
previamente con  la  respectiva previsión  presupuestal; y,
estableciéndose en la  Resolución el ámbito territorial  que
les corresponde.
10) Obtener,  custodiar, asegurar, trasladar  y procesar
indicios, evidencias y  elementos probatorios relacionados
con la investigación de su campo funcional, observando la
respectiva cadena de custodia;
11) Solicitar los peritajes de criminalística, que resulten
pertinentes para la investigación;
Dependen  de   las   Divisiones  de   Orden  Público   y
Seguridad  de  cada Región  Policial  del  interior  del país
a nivel  nacional; y,  están a  cargo  de un  O?cial Superior
de Armas de la  Policía Nacional del Perú  en situación de
actividad, en el grado de Comandante o Mayor.
12) Formular y ejecutar las ordenes de operaciones que
deberán desarrollar articuladamente las diversas unidades
policiales que componen  el Departamento a su  cargo; en
el marco de los Planes Generales dispuestos y aprobados
por la  Sub  Dirección General  de la  Policía  Nacional del
Perú  y   los   Planes  de   Operaciones  de   la  respectiva
Macro  Región  Policial,  en  materia  de  su  competencia;
coordinando  con   la   División  Regional   de  Inteligencia
y/o  con la  División  Macro Regional  de  Inteligencia para
asuntos de su  ámbito funcional, a  ?n de considerar en  el
planeamiento los  respectivos documentos de  inteligencia
que correspondan;
El  Departamento  de Unidades  Especializadas  de  la
Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes:
1)
Plani?car,
organizar,
dirigir,
coordinar,
ejecutar
y
controlar
las   actividades   y   operaciones   policiales
a   garantizar,   mantener   y    restablecer   el
orden  interno, orden  público  y seguridad  ciudadana;  de
conformidad con la normativa sobre la materia;
destinadas
13) Colaborar con el  control, posesión, uso de armas,
munición y explosivos de uso civil, y productos pirotécnicos,
persiguiendo  el  trá?co y  su  tenencia  clandestina;  en el
marco de la normativa sobre la materia;
2)
Plani?car,
las
al
organizar,   dirigir,   coordinar,   ejecutar
actividades   y   operaciones   policiales
patrullaje    motorizado     especializado,
y
controlar
destinadas
incidiendo  en las  principales  avenidas  y  vías troncales,
en el  marco de  la prevención  del delito,  orden público  y
seguridad  ciudadana;  de  conformidad con  la  normativa
sobre la materia;
14)  Coordinar  y  atender   los  requerimientos  de  las
entidades,
Ministerio   Público,    autoridades   judiciales,
regionales,  locales  y   demás  autoridades  competentes;
para el ejercicio funcional que legalmente les corresponde;
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
99
15)
Dirigir, ejecutar  y controlar el  cumplimiento de las
tienen  responsabilidad  administrativa  y  operativa  en  la
demarcación  territorial  que  se  establezca,  para  lo  cual
dependen  administrativa  y  funcionalmente  de  la  Macro
Región Policial correspondiente.
El número y ámbito territorial  de los Frentes Policiales
son determinados  por Decreto Supremo, a  propuesta del
Director General de la Policía Nacional del Perú; contando
previamente con la respectiva previsión presupuestal.
órdenes y  disposiciones  emanadas para  operativizar los
planes  y  órdenes  de  operaciones  relacionados  con  su
ámbito funcional;
16)
Cautelar  y  preservar los  principios  de  disciplina
y  ética policial  en  salvaguarda de  la  imagen y  prestigio
institucional;
17)
Ejecutar  y   controlar  el  proceso  de   evaluación
del  rendimiento  operativo  de  las  unidades  policiales  a
su cargo,  tendentes a mejorar  los niveles  de e?ciencia y
e?cacia operativa; en el marco  de la prevención del delito
y lucha contra la delincuencia;
Artículo 225.- Región Policial Lima
La Región Policial Lima es  un órgano desconcentrado
carácter   técnico   y   operativo;   cuya    demarcación
de
18)
Administrar  los  recursos  asignados  y  velar  por
territorial se encuentra constituida por el ámbito geográ?co
del departamento de Lima,  con excepción de la Provincia
Constitucional del  Callao y  es responsable  de ejecutar y
materializar de manera oportuna  las estrategias policiales
en  el  marco  de  los  Planes  Generales de  Operaciones
diseñadas   para   prevenir   y   combatir   la   delincuencia
en  sus  diversas  modalidades;   así  como,  garantizar  el
cumplimiento de las leyes, el  orden interno, orden público
y  la seguridad  ciudadana,  en  el ámbito  territorial  de su
competencia.
su  empleo adecuado  que  garantice  la ejecución  de  las
operaciones policiales de  su responsabilidad, cumpliendo
la normativa sobre la materia;
19)
Producir  la  información estadística  que  asegure
su adecuado  procesamiento en  el  mapa del  delito de  la
demarcación territorial  a  la que  pertenece, para  la toma
de decisiones  operativas en el  marco de la  prevención e
investigación  del delito  y  permita alimentar  los  registros
y  bases  de  datos  del  Registro  Nacional  de  Seguridad
Pública que  administra  la Dirección  de Tecnología  de la
Información y  Comunicaciones de la  Policía Nacional del
Perú;
Depende de la  Sub Dirección General y  se encuentra
a  cargo  de  un  O?cial  General de  Armas  de  la  Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de General.
20)
Asesorar al Jefe de la División  de Orden Público y
Seguridad correspondiente, en asuntos de su competencia;
y,
La Región Policial Lima tiene las funciones siguientes:
21)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
1)   Orientar,   dirigir,    coordinar,   organizar,   evaluar,
controlar  y supervisar  la  implementación, operatividad  y
desarrollo de  las  estrategias y  planes para  el  adecuado
desempeño  operativo de  la  Región  Policial a  su  cargo;
asumiendo  la   responsabilidad  de  la   ejecución  de   las
acciones  y  operaciones   policiales,  en  el  marco   de  la
acuerdo  a   las  disposiciones   legales  vigentes   y  otras
que el  Jefe de la  División de  Orden Público y  Seguridad
correspondiente le asigne.
Artículo 223.- División Regional de Inteligencia
La  División   Regional  de  Inteligencia   es  la   unidad
prevención   y   combate   de   la  delincuencia   común   y
organizada en todas sus modalidades; de conformidad con
la normativa sobre la materia;
orgánica
producir
especializada
y   operativa;   responsable
de
en
inteligencia
y   contrainteligencia   policial,
materia del campo funcional de competencia de la Región
Policial  a  la  que  corresponde,  de  conformidad con  los
lineamientos de  la Dirección de  Inteligencia de  la Policía
Nacional del Perú.
2)Dirigir,ejecutar,controlarysupervisarlasoperaciones
policiales
destinadas   a   garantizar    el   mantenimiento
y  restablecimiento   del  orden  interno,   orden  público  y
seguridad ciudadana; en  el marco de la  legislación sobre
la materia;
Forma  parte  integrante  del  Sistema  de  Inteligencia
Policial (SIPOL) que  dirige la Dirección de Inteligencia  de
la Policía Nacional del Perú.
Depende de  la  Región Policial  y está  a cargo  de un
O?cial Superior de Armas  de la Policía Nacional  del Perú
en  situación de  actividad,  en  el grado  de  Comandante,
debidamente  cali?cado   y  especializado  en  inteligencia
policial.
3) Prevenir, investigar y denunciar los delitos vinculados
a  la  delincuencia común  y  organizada  en  sus  diversas
modalidades,  actuando  bajo  la  conducción  jurídica  del
?scal; conforme a los dispositivos legales que la regulan;
4) Participar, consolidar y sustentar la programación de
actividades anuales  articulado al  cuadro de  necesidades
y  asignación  presupuestal, proponiendo  los  indicadores
de  productos  y  procesos;  así  como,  formular,  aprobar,
ejecutar y  evaluar el Plan  de Trabajo Anual de  la Región
Policial  a  su cargo,  concordante  con  el  Plan Operativo
Anual de la Policía Nacional del Perú, Planes Generales y
Planes de Operaciones;
Las Regiones  Policiales que  se encuentren  ubicadas
en las sedes de las Macro Regiones Policiales establecidas
en  el  presente  Reglamento,  no  contarán  dentro  de  su
estructura  con  la  unidad orgánica  denominada  División
Regional de  Inteligencia; debiendo  la respectiva  División
Macro  Regional   de  Inteligencia,  asumir   la  función  de
5) Velar y garantizar el cumplimiento de las leyes, en el
ámbito de su competencia funcional;
producir
la
inteligencia
y
contrainteligencia
policial
necesaria, que  permita el  cumplimiento de  las funciones
asignadas  tanto  a  la  Macro  Región Policial  como  a  la
Región Policial en el ámbito que les compete.
6) Dirigir,  coordinar, evaluar,  controlar y  supervisar la
formulación  de los  planes  de operaciones  de  la Región
Policial,  en  el   marco  del  cumplimiento  de   los  Planes
Generales dispuestos  y  aprobados por  la Sub  Dirección
General de la Policía Nacional del Perú; considerando en el
planeamiento los  respectivos documentos de  inteligencia
formulados por la División Regional de Inteligencia y/o con
la Dirección de Inteligencia para asuntos de trascendencia
operativa;
7) Aprobar las  Ordenes de Operaciones  que deberán
desarrollar  y  ejecutar  las   diversas  unidades  orgánicas
que  componen  la  Región  Policial;  de  conformidad  con
los  Planes   Generales  dispuestos  y   aprobados  por   la
Sub Dirección  General de  la Policía  Nacional del Perú  y
los Planes  de Operaciones de  la Región Policial,  para el
ejercicio operativo de la función policial;
La División  Regional de  Inteligencia de  las Regiones
Policiales tiene las funciones siguientes:
1)
Producir  inteligencia   y  contrainteligencia  policial
en  materia  del  ámbito  funcional  de  la  Región  Policial,
de conformidad  con  los lineamientos  de la  Dirección  de
Inteligencia de la Policía Nacional del Perú;
2)
Ejecutar operaciones especiales de  inteligencia, en
el marco del campo funcional de su competencia;
3)
Obtener información en el ámbito de sus  funciones,
en apoyo  a los órganos de  inteligencia que conforman  el
Sistema de Inteligencia Policial (SIPOL);
4)
Asesorar al Jefe de la Región Policial en asuntos de
su competencia; y,
8)
Dictar
disposiciones
complementarias
que
coadyuven  al   desarrollo  oportuno  y   adecuado  de  las
operaciones policiales  en la demarcación  territorial de su
responsabilidad;
5)
Las demás funciones que le corresponda de acuerdo
a las disposiciones legales vigentes y otras que el Jefe de
la Región Policial de la Policía Nacional del Perú le asigne.
9)
Disponer las acciones necesarias  para la ejecución
Artículo 224.- Frentes Policiales
presupuestal,   de  conformidad   a   la   programación   de
Los Frentes  Policiales  son órganos  desconcentrados
de carácter  técnico y operativo;  que se crean de  manera
excepcional y  temporal, en el mismo  nivel organizacional
actividades  anual, objetivos,  metas  físicas  y  ?nancieras
establecidas
para
el
año
?scal
correspondiente,
garantizando  la  operatividad de  las  unidades  orgánicas
que la componen;
y
funcional   de   una  Región   Policial   establecidas   en
el  presente   Reglamento.  Están   a   cargo  de   O?ciales
de   Armas
actividad,  en  el  grado  de  General  o   Coronel,  quienes
10)  Ejecutar,  controlar  y  supervisar  el cumplimiento
de las  órdenes y  disposiciones  emanadas del  Comando
Institucional;
Generales
o
Superiores
en   situación   de
100
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
11)
Preservar y  garantizar los  principios de  disciplina
a. Divisiones Policiales;
b. División de Emergencia;
c. División de Servicios Especiales;
d.  División   de  Operaciones   Especiales  Escuadrón
Verde; y,
e. División Regional de Inteligencia Lima.
y  ética policial  en  salvaguarda de  la  imagen y  prestigio
institucional;
12)
Evaluar el  rendimiento operativo  de las  unidades
orgánicas   que  componen   la   Región   Policial,  con   la
?nalidad de disponer las acciones de comando pertinentes
para mejorar los  niveles de e?ciencia y  e?cacia operativa
del
servicio
policial,
en
el
ámbito
territorial
de
su
El   número   y   ámbito  territorial   de   las   Divisiones
Policiales serán establecidas  por Resolución Ministerial a
propuesta de  la Dirección General  de la Policía  Nacional
responsabilidad;
13)
Establecer   y    controlar   los   mecanismos
de
articulación de  las unidades  orgánicas que  le competen,
para  lograr  una  adecuada  y  e?ciente  coordinación  del
servicio policial que se brinda a la ciudadanía;
del   Perú,    contando   previamente   con    la   respectiva
previsión presupuestal;  igual  procedimiento se  adoptará,
para  crearse  o   suprimirse  nuevas  unidades  orgánicas
con  el   nivel  de   División  de   la  Región  Policial   Lima,
estableciéndose  en su  creación  las  funciones  policiales
asignadas,  de conformidad  con  la ?nalidad  fundamental
de la Institución Policial.
14)
Coordinar  y  atender  los   requerimientos  de  las
autoridades y entidades competentes de conformidad con
la legislación de la materia, en el ámbito de su competencia;
15)
Participar y  representar a  la  Policía Nacional  del
Perú en  los actos  propios de la  función policial,  ante las
autoridades, entidades públicas y privadas u otros eventos
que tengan relación con el ejercicio de la función policial;
Artículo 227.- Divisiones Policiales
Las   Divisiones  Policiales   son   unidades   orgánicas
y
16)
Formular
y
proponer
lineamientos
técnicos,
desconcentradas
de
carácter
técnico,
operativo
resoluciones, directivas e instrumentos  reguladores, en el
ámbito de su competencia;
especializado;  cuya demarcación  territorial se  encuentra
constituida  por   el  ámbito  geográ?co  de   uno  o  varios
distritos y/o  provincias del departamento de  Lima; siendo
responsables  de  plani?car,   organizar,  dirigir,  coordinar,
ejecutar y controlar las actividades y operaciones policiales
destinadas a  prevenir, investigar  y denunciar  las faltas  y
delitos vinculados con la delincuencia común y organizada,
actuando bajo la  conducción jurídica del ?scal;  así como,
garantizar, mantener y restablecer el orden interno y orden
público,  en el  marco  de la  prevención  y combate  de  la
delincuencia  y de  la  seguridad ciudadana,  promoviendo
y  ejecutando  programas   preventivos  e  implementando
mecanismos  de alerta  temprana  con la  participación  de
la comunidad;  de conformidad  con la  normativa sobre la
materia.
17)
Promover,  controlar  y  supervisar  los programas
preventivos y la implementación de mecanismos de alerta
temprana  para  prevenir los  delitos  y  faltas,  cumpliendo
los  lineamientos   que  dicte  la   Dirección  de  Seguridad
Ciudadana de la Policía Nacional del Perú en dicha materia;
de conformidad con las políticas del Ministerio del Interior y
estrategias de la  Institución Policial para promover mayor
acercamiento con  la comunidad  y fortalecer  la con?anza
policía - autoridad – comunidad;
18)
Administrar  los  recursos asignados  a  la  Región
Policial a  su cargo,  con criterios  de e?ciencia  y e?cacia,
de  conformidad  con  el  marco  legal  vigente;  así  como,
efectuar  los  requerimientos  que  garanticen  y  aseguren
su  aprovisionamiento oportuno  para el  desarrollo  de las
operaciones policiales de su responsabilidad;
Dependen de la Región  Policial Lima y se encuentran
a  cargo  de un  O?cial  Superior  de  Armas  de la  Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Coronel.
Las  Divisiones Policiales  de  la  Región  Policial Lima
tienen las funciones siguientes:
19)
Dirigir   y   supervisar   el   proceso   de   registro,
recopilación  y análisis  de la  información  estadística que
produzca la Región Policial a su cargo, para una adecuada
toma de decisiones;  de conformidad con los lineamientos
que dicte la División  de Estadística de la Policía  Nacional
del Perú;
1)
Plani?car,
organizar,
actividades
dirigir,
coordinar,
ejecutar
policiales
20)
Dirigir  las acciones  y operaciones  especiales  de
y
controlar
las
y
operaciones
inteligencia y contrainteligencia policial en el ámbito  de su
competencia funcional;
destinadas a  prevenir, investigar  y denunciar  las faltas  y
delitos vinculados con la delincuencia común y organizada,
bajo la  conducción jurídica del ?scal,  en las modalidades
delictivas  que  no  constituyan  crimen organizado  o  que
por  su  naturaleza  y  complejidad  no  se  requiera  de  la
intervención de  los órganos  especializados  de la  Policía
Nacional del  Perú, en materia de  investigación criminal y
de  orden y  seguridad; de  conformidad  con la  normativa
sobre la materia;
21)
Transmitir información para alimentar  los registros
y  bases  de  datos  del  Registro  Nacional  de  Seguridad
Pública que  administra  la Dirección  de Tecnología  de la
Información y  Comunicaciones de la  Policía Nacional del
Perú;
recursos
22)
Resolver
en
última
instancia
los
administrativos,   según  corresponda   al   ámbito   de   su
competencia;
2)
Plani?car,
organizar,
actividades
dirigir,
coordinar,
ejecutar
policiales
23)
Coordinar  y  gestionar ante  la  Escuela  Nacional
y
controlar
las
y
operaciones
de
Formación
Profesional
Policial
la
capacitación,
orientadas a  garantizar, mantener  y restablecer  el orden
interno, orden público y  seguridad ciudadana; conforme a
la legislación sobre la materia;
especialización  y actualización  permanente del  personal
policial  de  la  Región  Policial  a  su  cargo,   en  materias
relacionadas con el ámbito de su competencia;
3)
Plani?car,
organizar,
dirigir,
coordinar,
ejecutar
24)
Informar  y  emitir  opinión  sobre   asuntos  de  su
y
controlar
las
actividades   y   operaciones   policiales
competencia;
que
desarrollarán   las    Comisarías   y   Departamentos
25)
Asesorar  al  Sub  Director  General  de  la  Policía
de  Investigación  Criminal   a  su  cargo,   tendentes  a  la
prevención  de faltas  y  delitos;  en el  marco  de la  lucha
contra la delincuencia;
4) Garantizar el cumplimiento de las leyes, en el ámbito
de su competencia funcional;
5)  Obtener, custodiar,  asegurar,  trasladar y  procesar
indicios, evidencias y  elementos probatorios relacionados
con la investigación de su campo funcional, observando la
respectiva cadena de custodia;
6) Solicitar los peritajes  de criminalística, que resulten
pertinentes para la investigación;
7)  Formular  y  ejecutar  las  ordenes  de  operaciones
que deberán desarrollar articuladamente las Comisarías y
Departamentos de  Investigación Criminal  que componen
la División a su cargo; en el marco de los Planes Generales
dispuestos y  aprobados por la  Sub Dirección General  de
la Policía Nacional  del Perú y los  Planes de Operaciones
de la Región Policial Lima, en materia de su competencia;
coordinando  con   la   División  Regional   de  Inteligencia
Lima  y/o  con la  Dirección  de  Inteligencia  para  asuntos
de  trascendencia  operativa,  a  ?n   de  considerar  en  el
planeamiento los  respectivos documentos de  inteligencia
que correspondan;
Nacional del Perú en asuntos de su competencia; y,
26)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Sub Director General  de la Policía Nacional del Perú le
asigne.
La Región Policial Lima cuenta con la unidad orgánica
denominada Secretaría de la  Región Policial Lima, la que
asumirá las  funciones que  corresponden  a la  Secretaría
de la Macro Región Policial, en la parte que sea pertinente
para  cumplir  con  su  responsabilidad, establecida  en  el
presente Reglamento; constituyéndose  en unidad auxiliar
de la Secretaría de la Sub Dirección  General de la Policía
Nacional del Perú y se encuentra sujeta a los lineamientos
que  ésta   dicte,  especialmente   en   las  actividades   de
planeamiento operativo, en  el marco del campo  funcional
de  su  competencia  y  en   la  ejecución  operativa  de  la
función policial.
Artículo 226.- Estructura de la Región Policial Lima
La Región  Policial Lima  para el  cumplimiento de  sus
funciones cuenta con las unidades orgánicas siguientes:
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
101
8)
Establecer
y
controlar
los
mecanismos
de
25)  Las   demás  funciones   que  le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Jefe  de la Región  Policial Lima  de la Policía  Nacional
del Perú le asigne.
articulación   de   las   Comisarías   y  Departamentos   de
Investigación  Criminal que  le competen,  para lograr  una
adecuada y e?ciente coordinación  del servicio policial; en
el marco de la prevención  e investigación del delito en  su
demarcación territorial;
Artículo 228.- División  de Emergencia
9)
Coordinar   con   las  Divisiones   de   Emergencia,
La  División  de   Emergencia  es  la  unidad   orgánica
y
normativo;   operativo  y  especializado;   responsable   de
Servicios Especiales y Escuadrón Verde u otras divisiones
especializadas que  se implementen en la  Región Policial
Lima, a ?n  de garantizar  y articular los  planes y órdenes
desconcentrada
de
carácter
técnico,
sistémico
plani?car,  organizar,  dirigir,  evaluar,  coordinar,  ejecutar
de
operaciones
especí?cos
vinculados
al
patrullaje
y
controlar
las
al
en
actividades
patrullaje
y
operaciones   policiales
especializado
territorial   de   Lima
policial  preventivo   que  realizan   las  Comisarías   y  las
actividades  operacionales  en materia  de  orden  público,
micro  comercialización  de drogas  u  otros, en  el  ámbito
territorial de su  responsabilidad;
destinadas
motorizado
y
preventivo
la
demarcación
Metropolitana;   a  ?n  de  garantizar  el   cumplimiento  de
las  leyes,  la  lucha  contra  la  delincuencia  y  coadyuvar
en  la protección  de  la integridad  física  y  bienes  de las
personas,  la seguridad  del patrimonio  público y  privado,
y el  libre ejercicio  de  los derechos  de la  ciudadanía; de
conformidad con la  normativa sobre la materia.
Asimismo,  se  encarga  de  intervenir   en  situaciones
de alto  riesgo y emergencias,  en  auxilio o protección  de
la  población   ocasionado  por  delincuentes   comunes  o
por el  accionar  terrorista,  incluyendo las  amenazas  con
artefactos  explosivos,  incendiarios  u otros  similares;  en
el  marco  de  la  prevención  del  delito,   orden  público  y
seguridad  ciudadana  en  el  ámbito  de  su  demarcación
territorial.
10)
Colaborar con el control,  posesión, uso de armas,
munición   y  explosivos   de  uso   civil,   y  los   productos
persiguiendo   el    trá?co   y   su   tenencia
pirotécnicos,
clandestina;
11)
Coordinar  y  atender  los   requerimientos  de  las
autoridades y entidades competentes de conformidad con
la legislación de  la materia y su competencia  funcional;
12)
Dirigir, ejecutar y  controlar el cumplimiento  de las
órdenes y  disposiciones emanadas  para operativizar  los
planes  y  órdenes  de  operaciones  relacionados  con  su
ámbito funcional;
13)
Preservar  y  cautelar  los principios  de  disciplina
y ética  policial  en salvaguarda  de  la imagen  y  prestigio
institucional;
Depende  del  Jefe  de  la  Región  Policial  Lima  y  se
encuentra a  cargo de un O?cial  Superior de Armas  de la
Policía Nacional  del Perú en situación  de actividad, en el
grado de Coronel.
La División de Emergencia  de la Región Policial  Lima
tiene las funciones  siguientes:
14)
Ejecutar y  controlar el  proceso de evaluación  del
rendimiento operativo de las Comisarías y Departamentos
de Investigación Criminal a su cargo, tendentes  a mejorar
los niveles de  e?ciencia y e?cacia operativa;  en el marco
de la prevención  del delito  y combate  de la delincuencia
común y organizada;
1)   Plani?car,  organizar,   dirigir,   evaluar,  coordinar,
15)
Dictar
disposiciones
complementarias
que
ejecutar ycontrolar las actividades yoperaciones policiales
destinadas   al   patrullaje    motorizado   especializado    y
preventivo,  especialmente  en las  principales avenidas  y
vías  troncales, en  el  marco de  la prevención  del  delito,
orden público y seguridad ciudadana; de conformidad con
la normativa sobre  la materia;
coadyuven  al   desarrollo  oportuno   y  adecuado  de  las
operaciones policiales  en la demarcación  territorial de su
responsabilidad;
16)
Ejecutar y controlar los programas preventivos y la
implementación de  mecanismos de alerta  temprana para
la prevención de delitos y faltas  que dirige la Dirección de
Seguridad Ciudadana  de la Policía Nacional  del Perú; de
conformidad  con las políticas  del Ministerio  del Interior y
estrategias de la Institución  Policial para promover mayor
acercamiento  con la comunidad  y fortalecer la  con?anza
policía - autoridad  – comunidad;
2)  Velar   y  garantizar   por  el   cumplimiento  de   las
leyes, la  lucha  contra la  delincuencia y  coadyuvar  en la
protección de la integridad física y bienes de las personas,
la seguridad  del  patrimonio  público  y privado,  y el  libre
ejercicio  de los  derechos  de la  ciudadanía,  previniendo
los  delitos   y  faltas;  en  el  ámbito   de  su  competencia
funcional;
17)
Participar  y representar  a la Policía  Nacional  del
Perú  en  los  actos  propios  de  la  función  policial,  ante
las  autoridades,  entidades  públicas   y privadas  u  otros
eventos   que  disponga   el  Jefe   de  la  Región   Policial
Lima;
3)
Intervenir
en
situaciones
de
alto
riesgo
y
de
emergencias,
ejecutando
operaciones
especiales
auxilio,  rescate o  protección  de la  población;  así como,
por  hechos  ocasionados   por  delincuentes  comunes   o
por el  accionar  terrorista,  incluyendo las  amenazas  con
artefactos explosivos,  incendiarios u otros similares;
4) Obtener,  custodiar, asegurar,  trasladar  y procesar
indicios, evidencias y elementos probatorios  relacionados
con la  investigación de  su campo  funcional, observando
la respectiva cadena  de custodia;
5)   Plani?car,  organizar,   dirigir,   evaluar,  coordinar,
ejecutar   y   controlar    las   actividades    y   operaciones
policiales  tendentes a  brindar seguridad  a las  entidades
bancarias de Lima Metropolitana  y Callao, en el marco de
la normativa sobre  la materia;
6)  Formular  y  ejecutar  las ordenes  de  operaciones
que  deberán  desarrollar   articuladamente  las   unidades
policiales  que  componen  la  División  a  su cargo;  en  el
marco de  los Planes  Generales dispuestos  y aprobados
por la  Sub Dirección  General  de la  Policía Nacional  del
Perú y  los Planes  de Operaciones  de  la Región  Policial
Lima, en materia  de su competencia;  coordinando con la
División Regional de Inteligencia Lima y/o con la Dirección
de Inteligencia  para asuntos de  trascendencia operativa,
a  ?n de  considerar  en  el  planeamiento  los  respectivos
documentos de inteligencia  que correspondan;
18)
Administrar   los  recursos   humanos,   logísticos,
tecnológicos,  económicos  y  otros a?nes,  de  la  División
a  su   cargo;   así   como,  gestionar   los   requerimientos
necesarios sobre esta  materia que garantice la  ejecución
de  las  operaciones  policiales   de  su  responsabilidad  y
asegure su aprovisionamiento  oportuno;
19)
Producir  la información  estadística  que  asegure
su adecuado  procesamiento  en el  mapa del  delito de  la
demarcación  territorial a  la que  pertenece, para  la toma
de  decisiones operativas  en  el  marco de  la  prevención
investigación   del   delito;   de   conformidad   con   los
lineamientos  que  dicte  la  División  de Estadística  de  la
Policía Nacional  del Perú;
e
20)
Transmitir información para alimentar  los registros
y  bases  de  datos  del  Registro  Nacional  de  Seguridad
Pública  que administra  la Dirección  de Tecnología  de la
Información y  Comunicaciones de la Policía  Nacional del
Perú;
Resolver   en   primera   instancia    los   recursos
administrativos,   según   corresponda   al  ámbito   de   su
competencia;
21)
22)
Coordinar  con la  Región Policial  Lima,  a ?n que
se  gestione   ante  la   Escuela  Nacional   de   Formación
Profesional   Policial  la   capacitación,   especialización  y
actualización   permanente   del  personal   policial   de  la
División  a  su  cargo,  en  materias  relacionadas   con  su
campo funcional;
7)Coordinar con las Divisiones Policiales yComisarías,
a  ?n de  garantizar  y  articular  los  planes  y órdenes  de
operaciones  especí?cos  vinculados  al  patrullaje  policial
preventivo  que realizan las  Comisarías y  las actividades
operacionales  en materia  de orden  público  u otros,  que
sea necesaria  su  participación;  en el  ámbito territorial  y
funcional de su responsabilidad;
23)
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
su competencia;
24)
Asesorar  al  Jefe  de la  Región  Policial  Lima  en
8) Colaborar  con el control,  posesión,  uso de armas,
munición   y  explosivos   de  uso   civil,   y  los   productos
asuntos de su competencia;  y,
102
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
pirotécnicos,
persiguiendo
el
trá?co
y
su
tenencia
de la  prevención de  delitos y faltas,  de conformidad  con
la normativa sobre  la materia.
Depende  del  Jefe  de  la  Región  Policial  Lima  y  se
encuentra a  cargo de un O?cial  Superior de Armas  de la
Policía Nacional  del Perú en situación  de actividad, en el
grado de Coronel.
clandestina; en el marco de la normativa sobre la materia;
9)
Dirigir, ejecutar  y controlar  el  cumplimiento de  las
órdenes y  disposiciones emanadas  para operativizar  los
planes  y  órdenes  de  operaciones  relacionados   con  el
ámbito funcional  de su competencia;
10)
Preservar  y  cautelar  los principios  de  disciplina
La  División   de  Servicios  Especiales   de  la  Región
Policial Lima tiene  las funciones siguientes:
y ética  policial  en salvaguarda  de  la imagen  y  prestigio
institucional;
11)
Ejecutar y  controlar el  proceso de evaluación  del
1)   Plani?car,  organizar,   dirigir,   evaluar,  coordinar,
ejecutar   y   controlar    las   actividades    y   operaciones
policiales especializadas destinadas  a prevenir, mantener
y restablecer el orden  público y coadyuvar a garantizar  el
orden interno  en Lima Metropolitana  o a nivel nacional  si
fuera necesario, cuando por la naturaleza y trascendencia
de los hechos se  requiera su intervención en  apoyo a las
Macro Regiones  Policiales, con  autorización expresa  del
Sub Director  General de la  Policía Nacional del  Perú; en
el marco de la normativa  sobre la materia;
rendimiento  operativo   de  las  unidades  policiales  a  su
cargo,  tendentes  a  mejorar  los  niveles  de  e?ciencia  y
e?cacia operativa; en el marco de la prevención del delito,
orden público y seguridad  ciudadana;
12)
Dictar
disposiciones
complementarias
que
coadyuven  al   desarrollo  oportuno   y  adecuado  de  las
operaciones  policiales  en  la  demarcación   territorial  de
su  responsabilidad;   conforme  a  la  normativa  sobre  la
materia;
2)
Plani?car,   organizar,  dirigir,   evaluar,   coordinar,
y   controlar    las   actividades   y   operaciones
orientadas
13)
Participar  y representar  a la Policía  Nacional  del
ejecutar
Perú  en  los  actos  propios  de  la  función  policial,   ante
las  autoridades,  entidades  públicas  y  privadas  u  otros
eventos que disponga  el Jefe de la Región Policial  Lima;
policiales
especializadas
a   garantizar   el
normal  desenvolvimiento   de  los  espectáculos  públicos
de  concurrencia   masiva  de  personas   o  consideradas
de   alto   riesgo,   manifestaciones,   reuniones   públicas,
concentraciones,  marchas y  otras actividades  de similar
naturaleza  que  puedan  originar  alteraciones   del orden
público   y  que   sea  necesaria   su   intervención;   en  el
marco de la  prevención de delitos  y faltas, conforme  a la
legislación sobre  la materia;
14)
Administrar   los  recursos   humanos,   logísticos,
tecnológicos,  económicos  y  otros a?nes,  de  la  División
a  su   cargo;   así   como,  gestionar   los   requerimientos
necesarios sobre esta  materia que garantice la  ejecución
de  las  operaciones  policiales   de  su  responsabilidad  y
asegure su aprovisionamiento  oportuno;
15)
Producir  la información  estadística  que  asegure
3)
Prestar  el apoyo  policial  especializado  en control
su  adecuado  procesamiento  en  el  mapa  del  delito  del
ámbito de su responsabilidad,  para la toma de decisiones
operativas  en  el marco  de  la  prevención  del  delito;  de
conformidad con los lineamientos  que dicte la División de
Estadística de la  Policía Nacional del Perú;
de  multitudes,  a  ?n  de   garantizar  el  cumplimiento  de
los
mandatos   judiciales   en    acciones   de   desalojos,
lanzamientos,  reposiciones  y  otros  de  su  competencia
funcional;  siempre que  se encuentren  comprendidos  en
los  planes u  órdenes  de operaciones  aprobados  por  el
canal superior competente, conforme a las prescripciones
que regulan la materia;
Ejecutar    en   forma    permanente    operaciones
16)
Transmitir información para alimentar  los registros
y  bases  de  datos  del  Registro  Nacional  de  Seguridad
Pública  que administra  la Dirección  de Tecnología  de la
Información y  Comunicaciones de la Policía  Nacional del
Perú;
Resolver   en   primera   instancia    los   recursos
administrativos,   según   corresponda   al  ámbito   de   su
competencia;
4)
policiales   especializadas   en   apoyo   de  las   unidades
policiales  para   intervenir  en   los  casos  de   invasiones
de  gran  magnitud,  a  efectos  de  identi?car,  neutralizar,
capturar  y  desalojar   a  los  presuntos  responsables  de
usurpación de  terrenos públicos  o privados,  en el marco
de su competencia  funcional;
17)
18) Formular  y proponer  los respectivos  documentos
técnicos   normativos   para    regular   las   actividades   y
5)
Plani?car, organizar,  dirigir, ejecutar y controlar  las
operaciones policiales  en materia de  su campo funcional
a nivel nacional  de los órganos de la Policía  Nacional del
Perú;
operaciones  policiales  de prevención  y restablecimiento
del orden público en  situaciones que por la naturaleza  de
los hechos se requiera de  su intervención en la ejecución
de obras civiles  en el ámbito de Lima Metropolitana;
19)
Coordinar  con la  Región Policial  Lima,  a ?n que
se  gestione   ante  la   Escuela  Nacional   de   Formación
Profesional   Policial  la   capacitación,   especialización  y
actualización   permanente   del  personal   policial   de  la
División  a  su  cargo,  en  materias  relacionadas   con  su
campo funcional;
6)   Plani?car,  organizar,   dirigir,   evaluar,  coordinar,
ejecutar   y   controlar    las   actividades    y   operaciones
policiales  especializadas  en  control  de  multitudes,  que
motive  el  empleo  de  la  Policía  Montada  en  eventos  y
espectáculos públicos  de su campo funcional;
20)
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
7)
Plani?car,   organizar,  dirigir,   evaluar,   coordinar,
su competencia;
ejecutar ycontrolar las actividades yoperaciones policiales
especializadas de  intervenciones de salvamento,  rescate
y auxilio  acuático  de personas  en situaciones  de  riesgo
en las playas y balnearios  del litoral de Lima  y Callao;
21)
Asesorar  al  Jefe  de la  Región  Policial  Lima  en
asuntos de su competencia;  y,
22)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Jefe  de la Región  Policial Lima  de la Policía  Nacional
del Perú le asigne.
8)   Plani?car,  organizar,   dirigir,   evaluar,  coordinar,
ejecutar   y   controlar    las   actividades    y   operaciones
policiales especializadas  de intervenciones  para prevenir
detectar   explosivos   y   drogas;   así   como,   brindar
protección  y  seguridad,  mediante  el  empleo   de canes
y
Artículo 229.- División  de Servicios Especiales
La  División   de  Servicios   Especiales  es   la  unidad
orgánica  desconcentrada  de carácter  técnico,  sistémico
y  normativo,  operativo y  especializado;  responsable  de
plani?car,  organizar,  dirigir,  evaluar,  coordinar,  ejecutar
adiestrados con este  ?n;
9)
Formular  y  ejecutar  las  ordenes  de operaciones
que  deberán  desarrollar   articuladamente  las   unidades
policiales  que  componen  la  División  a  su cargo;  en  el
marco de  los Planes  Generales dispuestos  y aprobados
por la  Sub Dirección  General  de la  Policía Nacional  del
Perú y  los Planes  de Operaciones  de  la Región  Policial
Lima, en materia  de su competencia;  coordinando con la
División Regional de Inteligencia Lima y/o con la Dirección
de Inteligencia  para asuntos de  trascendencia operativa,
a  ?n de  considerar  en  el  planeamiento  los  respectivos
documentos de inteligencia  que correspondan;
10) Dirigir, ejecutar  y controlar el cumplimiento  de las
órdenes y  disposiciones emanadas  para operativizar  los
planes  y  órdenes  de  operaciones  relacionados  con  su
ámbito funcional;
y
controlar
las
actividades
tendentes
y
operaciones   policiales
prevenir,    mantener    y
especializadas
a
restablecer  el  orden  público   y  coadyuvar  a  garantizar
el  orden  interno  en  la  demarcación  territorial   de  Lima
Metropolitana   o   a  nivel   nacional   si   fuera   necesario
y   cuando  lo   requieran   las   Regiones  Policiales,   con
autorización   expresa  del  Sub   Director  General   de  la
Policía Nacional  del Perú.
Asimismo,  se  encarga   de  participar  y  velar  por  el
normal  desenvolvimiento   de  los  espectáculos  públicos
de  concurrencia   masiva  de  personas   o  consideradas
de   alto   riesgo,   manifestaciones,   reuniones   públicas,
concentraciones,  marchas y  otras actividades  de similar
naturaleza  que  puedan  originar  alteraciones   del orden
público y que  sea necesaria su intervención;  en el marco
11)  Preservar  y cautelar  los  principios  de  disciplina
y ética  policial  en salvaguarda  de  la imagen  y  prestigio
institucional;
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
103
12)
Ejecutar y  controlar el  proceso de evaluación  del
acción  ilícita  que  afecte  la seguridad  ciudadana;   en el
marco  del combate  contra  la  delincuencia  y legislación
sobre la materia;
Plani?car,   organizar,   dirigir,   evaluar,   coordinar,
ejecutar y controlar las actividades y operaciones policiales
especializadas destinadas  a prevenir y  combatir la  micro
comercialización  de  drogas  ilícitas  en  el  ámbito  de  su
competencia funcional, coordinando  para el cumplimiento
de su cometido  con las Comisarías o unidades  orgánicas
de  la   Región  Policial   Lima  que  sean   necesarias;  de
conformidad con la legislación sobre la materia;
rendimiento  operativo   de  las  unidades  policiales  a  su
cargo,  tendentes  a  mejorar  los  niveles  de  e?ciencia  y
e?cacia operativa; en el marco de la prevención del delito,
orden público y seguridad  ciudadana;
2)
13)
Dictar
disposiciones
complementarias
que
coadyuven  al   desarrollo  oportuno   y  adecuado  de  las
operaciones policiales  en la demarcación  territorial de su
responsabilidad;
14)
Participar  y representar  a la Policía  Nacional  del
Perú  en  los  actos  propios  de  la  función  policial,   ante
las  autoridades,  entidades  públicas  y  privadas  u  otros
eventos que disponga  el Jefe de la Región Policial  Lima;
3)   Plani?car,  organizar,   dirigir,   evaluar,  coordinar,
ejecutar
y   controlar    las   actividades   y   operaciones
15)
Administrar   los  recursos   humanos,   logísticos,
policiales especializadas  tendentes a prevenir  y combatir
las acciones ilegales o violentas realizadas por jóvenes en
riesgo a  través del pandillaje  en todas  sus modalidades;
conforme a los dispositivos  vigentes sobre la  materia;
4) Obtener,  custodiar, asegurar,  trasladar  y procesar
indicios, evidencias y elementos probatorios  relacionados
con la  investigación de  su campo  funcional, observando
la respectiva cadena  de custodia;
tecnológicos,  económicos  y  otros a?nes,  de  la  División
a  su   cargo;   así   como,  gestionar   los   requerimientos
necesarios sobre esta  materia que garantice la  ejecución
de  las  operaciones  policiales   de  su  responsabilidad  y
asegure su aprovisionamiento  oportuno;
16)
Producir  la información  estadística  que  asegure
su  adecuado  procesamiento  en  el  mapa  del  delito  del
ámbito de su responsabilidad,  para la toma de decisiones
operativas  en  el marco  de  la  prevención  del  delito;  de
conformidad con los lineamientos  que dicte la División de
Estadística de la  Policía Nacional del Perú;
5) Producir inteligencia  y contrainteligencia policial  en
materia del campo funcional de su competencia  y realizar
operaciones   especiales   de  inteligencia   para   prevenir
y  combatir  los  delitos  menores  contra   el  patrimonio  y
otros  delitos en  ?agrancia; la  micro comercialización  de
drogas ilícitas y el pandillaje en sus diversas modalidades
delictivas; en su condición de parte integrante del Sistema
de inteligencia Policial  (SIPOL);
6) Mantener  enlace a través  del canal de inteligencia
con  los   órganos  de  inteligencia   del  Sector   Interior  y
el  Sistema   de   Inteligencia  Policial   (SIPOL)   a  ?n  de
intercambiar  información  en  las  materias  vinculadas  al
ámbito  funcional  de  su  competencia;   que  garantice  el
éxito de las operaciones policiales  de su responsabilidad;
7)  Coordinar   y  atender   los  requerimientos   de  las
entidades   y   autoridades   competentes   en  su   ámbito
funcional; en el  marco de la normativa sobre  la materia;
8)  Formular  y  ejecutar  las ordenes  de  operaciones
que  deberán  desarrollar   articuladamente  las   unidades
policiales  que  componen  la  División  a  su cargo;  en  el
marco de  los Planes  Generales dispuestos  y aprobados
por la  Sub Dirección  General  de la  Policía Nacional  del
Perú y  los Planes  de Operaciones  de  la Región  Policial
Lima, en materia  de su competencia;  coordinando con la
División Regional de Inteligencia Lima y/o con la Dirección
de Inteligencia  para asuntos de  trascendencia operativa,
a  ?n de  considerar  en  el  planeamiento  los  respectivos
documentos de inteligencia  que correspondan;
17)
Transmitir información para alimentar  los registros
y  bases  de  datos  del  Registro  Nacional  de  Seguridad
Pública  que administra  la Dirección  de Tecnología  de la
Información y  Comunicaciones de la Policía  Nacional del
Perú;
Resolver   en   primera   instancia    los   recursos
administrativos,   según   corresponda   al  ámbito   de   su
competencia;
18)
19)
técnicos
Formular y  proponer los  respectivos documentos
normativos   para   regular    las   actividades   y
operaciones policiales  en materia de  su campo funcional
a nivel nacional  de los órganos de la Policía  Nacional del
Perú;
20)
Coordinar  con la  Región Policial  Lima,  a ?n que
se  gestione   ante  la   Escuela  Nacional   de   Formación
Profesional   Policial  la   capacitación,   especialización  y
actualización   permanente   del  personal   policial   de  la
División  a  su  cargo,  en  materias  relacionadas   con  su
campo funcional;
21)
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
su competencia;
22)
Asesorar  al  Jefe  de la  Región  Policial  Lima  en
asuntos de su competencia;  y,
23)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Jefe  de la Región  Policial Lima  de la Policía  Nacional
del Perú le asigne.
9) Dirigir,  ejecutar y  controlar  el cumplimiento  de las
órdenes y  disposiciones emanadas  para operativizar  los
planes  y  órdenes  de  operaciones  relacionados  con  su
ámbito funcional;
Artículo 230.- División  de Operaciones Especiales
Escuadrón Verde
10)  Preservar  y cautelar  los  principios  de  disciplina
y ética  policial  en salvaguarda  de  la imagen  y  prestigio
institucional;
11) Ejecutar  y controlar  el proceso de  evaluación del
rendimiento  operativo   de  las  unidades  policiales  a  su
cargo,  tendentes  a  mejorar  los  niveles  de  e?ciencia  y
e?cacia operativa; en el marco  de la prevención del delito
y seguridad ciudadana;
La  División  de  Operaciones   Especiales  Escuadrón
Verde es la  unidad orgánica desconcentrada  de carácter
técnico, sistémico y normativo,  operativo y especializado;
de   plani?car,   organizar,   dirigir,   evaluar,
ejecutar    y    controlar    las    actividades    y
responsable
coordinar,
operaciones
policiales
especializadas
destinadas
a  prevenir   y  combatir   los   delitos  menores   contra  el
patrimonio  y  otros  delitos  en  ?agrancia   en  los  puntos
críticos  de Lima  Metropolitana;  así como,  cualquier otra
acción ilícita que afecte  la seguridad ciudadana; combatir
la micro comercialización de drogas  ilícitas y las acciones
ilegales  o violentas  realizadas  por  jóvenes  en  riesgo  a
través  del  pandillaje  en  todas  sus  modalidades;  en  el
marco  de  la  lucha  contra  la  delincuencia   y  normativa
sobre la materia.
Depende   del  Jefe   de  Región   Policial   Lima  y   se
encuentra a  cargo de un O?cial  Superior de Armas  de la
Policía Nacional  del Perú en situación  de actividad, en el
grado de Coronel.
12)
Dictar
disposiciones
complementarias
que
coadyuven  al   desarrollo  oportuno   y  adecuado  de  las
operaciones policiales  en la demarcación  territorial de su
responsabilidad;  de conformidad  con la  normativa sobre
la materia;
13) Participar  y representar  a la  Policía Nacional  del
Perú  en  los  actos  propios  de  la  función  policial,   ante
las  autoridades,  entidades  públicas  y  privadas  u  otros
eventos que disponga  el Jefe de la Región Policial  Lima;
14)  Administrar   los   recursos  humanos,   logísticos,
tecnológicos, económicos y otros a?nes, de la División a su
cargo; así como, gestionar  los requerimientos necesarios
sobre  esta materia  que  garantice la  ejecución  oportuna
de  las  operaciones  policiales   de  su  responsabilidad  y
asegure su  aprovisionamiento  oportuno; en  el marco  de
la normativa sobre  la materia;
La  División  de  Operaciones   Especiales  Escuadrón
Verde  de  la  Región   Policial  Lima  tiene   las  funciones
siguientes:
15)
Producir  la información  estadística  que  asegure
1)
ejecutar
Plani?car,   organizar,  dirigir,   evaluar,   coordinar,
su  adecuado  procesamiento  en  el  mapa  del  delito  del
ámbito de su responsabilidad,  para la toma de decisiones
operativas  en  el marco  de  la  prevención  del  delito;  de
conformidad con los lineamientos  que dicte la División de
Estadística de la  Policía Nacional del Perú;
y   controlar    las   actividades   y   operaciones
policiales especializadas  orientadas a prevenir y combatir
los  delitos  menores contra  el  patrimonio  en  los  puntos
críticos  de Lima  Metropolitana;  así como,  cualquier otra
104
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
16)
Transmitir información para alimentar  los registros
La  Región  Policial  Callao  para  el  cumplimiento   de
su  responsabilidad,  asumirá  las  mismas  funciones  que
corresponden  a la Región  Policial  Lima, en la  parte que
sea  pertinente  para el  ejercicio  operativo  de  la función
y  bases  de  datos  del  Registro  Nacional  de  Seguridad
Pública  que administra  la Dirección  de Tecnología  de la
Información y  Comunicaciones de la Policía  Nacional del
Perú;
policial,
establecida   en   el    presente   Reglamento;   y
17)
administrativos,   según   corresponda   al  ámbito   de   su
competencia;
18)
técnicos
Resolver
en
primera
instancia
los
recursos
cuenta  con  la  unidad  orgánica  denominada  Secretaría
de  la  Región  Policial   Callao,  que  igualmente  asumirá
las  funciones   asignadas  a  la  Secretaría   de  la  Macro
Región  Policial;  constituyéndose   en  unidad  auxiliar  de
la Secretaría  de  la Sub  Dirección  General de  la  Policía
Nacional del Perú y se encuentra sujeta a los lineamientos
que  ésta   dicte,  especialmente   en  las   actividades   de
planeamiento operativo,  en el marco del campo funcional
de su  competencia  y en el  desarrollo  de las  estrategias
policiales.
Artículo   233.-  Estructura   de  la   Región  Policial
Callao
La Región Policial Callao  para el cumplimiento de sus
funciones cuenta  con las unidades orgánicas siguientes:
Formular y  proponer los  respectivos documentos
normativos   para   regular    las   actividades   y
operaciones policiales  en materia de  su campo funcional
a nivel nacional  de los órganos de la Policía  Nacional del
Perú;
19)
Coordinar  con la  Región Policial  Lima,  a ?n que
se  gestione   ante  la   Escuela  Nacional   de   Formación
Profesional   Policial  la   capacitación,   especialización  y
actualización   permanente   del  personal   policial   de  la
División  a  su  cargo,  en  materias  relacionadas   con  su
campo funcional;
20)
Informar y emitir opinión  técnica sobre asuntos de
su competencia;
a. División de Investigación  Criminal;
16)
Asesorar  al  Jefe  de la  Región  Policial  Lima  en
b. Divisiones de  Orden Público y Seguridad;
c. División de Unidades  Especializadas; y,
d. División Regional  de Inteligencia Callao.
asuntos de su competencia;  y,
17)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Jefe  de la Región  Policial Lima  de la Policía  Nacional
del Perú le asigne.
El  número  y  ámbito  territorial  de  las  Divisiones  de
Orden
Público   y   Seguridad   serán   establecidas   por
Resolución  Ministerial  a propuesta  del  Director General
Artículo  231.-   División  Regional   de  Inteligencia      de la Policía Nacional del Perú, contando previamente con
Lima
la respectiva  previsión presupuestal;  igual procedimiento
se adoptará,  para crearse o  suprimirse nuevas  unidades
orgánicas  con el  nivel  de División  de la  Región  Policial
Callao,  estableciéndose   en  su  creación   las  funciones
policiales  asignadas,   de  conformidad   con  la  ?nalidad
fundamental de la  Institución Policial.
la
Región   Policial   Callao,   para  el   cumplimiento   de   su
responsabilidad  asumirá la misma estructura  y funciones
que corresponden  a la División de Investigación  Criminal
de las Regiones Policiales  a nivel nacional.
La   División   Regional  de   Inteligencia   Lima   es   la
unidad  orgánica especializada  y  operativa;  responsable
de  producir  inteligencia  y  contrainteligencia  policial,  en
materia del campo funcional de competencia de la Región
Policial Lima,  de conformidad  con los lineamientos  de la
Dirección de Inteligencia  de la Policía Nacional  del Perú.
Forma  parte  integrante  del  Sistema  de  Inteligencia
Policial (SIPOL) que  dirige la Dirección de Inteligencia  de
la Policía Nacional  del Perú.
La
División
de
Investigación
Criminal
de
Depende de la Región  Policial Lima y está a cargo de
un O?cial  Superior  de Armas  de la  Policía  Nacional del
Perú en  situación  de actividad,  en el  grado de  Coronel,
debidamente  cali?cado   y  especializado  en  inteligencia
policial.
La División Regional de Inteligencia Lima  de la Policía
Nacional del Perú  tiene las funciones siguientes:
Artículo   234.-   Divisiones   de   Orden   Público   y
Seguridad de la Región  Policial Callao
Las  Divisiones   de  Orden   Público  y  Seguridad   de
la
Región
Policial
Callao
son
unidades
orgánicas
y    operativo;
dirigir,   evaluar,
desconcentradas
de
carácter
técnico
responsable
coordinar,    ejecutar
de
plani?car,
organizar,
1)
Producir inteligencia  y contrainteligencia policial  en
materia del ámbito  funcional de la Región Policial  Lima;
Ejecutar operaciones especiales  de inteligencia, en
el marco del campo  funcional de su competencia;
y
y
controlar
las
actividades
y
operaciones policiales  que desarrollarán  las Comisarías,
tendentes a  la prevención  e investigación  de las faltas  y
delitos, actuando bajo la conducción  jurídica del ?scal; en
el marco  de  la lucha  contra  la delincuencia  común;  así
como, la protección  de la integridad física y bienes de  las
personas,  la seguridad  del patrimonio  público y  privado,
y  el  libre  ejercicio  de   los  derechos  de  la  ciudadanía;
asimismo, vela por un estado de convivencia  pací?ca que
garantice  la seguridad  ciudadana  y  el orden  público  en
la demarcación  territorial de su competencia;  conforme a
los dispositivos  legales sobre la materia.
2)
3)
Articular
las
acciones
de
inteligencia
contrainteligencia   policial  de   los  diversos  órganos   de
inteligencia dependientes de la Región Policial Lima, para
asegurar  y mantener  un  adecuado  ?ujo de  información
e  inteligencia   con  el   Sistema  de   Inteligencia  Policial
(SIPOL) de la Policía  Nacional del Perú;
4)
Obtener información en el ámbito de sus funciones,
en apoyo a  los órganos de inteligencia  que conforman  el
Sistema de Inteligencia  Policial (SIPOL);
Dependen   del  Jefe   de   la  Región   Policial   Callao
y  están a  cargo  de un  O?cial  Superior  de Armas  de la
Policía Nacional  del Perú en situación  de actividad, en el
grado de Coronel  o Comandante.
5)
Asesorar  al  Jefe  de  la  Región  Policial   Lima  en
asuntos de su competencia;  y,
Las   demás  funciones   que   le  corresponda   de
6)
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Jefe  de la Región  Policial Lima  de la Policía  Nacional
del Perú le asigne.
Las  Divisiones  de Orden  Público  y Seguridad  de  la
Región Policial Callao  tienen las funciones siguientes:
1)   Plani?car,  organizar,   dirigir,   evaluar,  coordinar,
ejecutar   y   controlar    las   actividades    y   operaciones
Artículo 232.- Región  Policial Callao
La
Región
Policial
Callao
es
un
órgano
policiales  que  desarrollarán   las  Comisarías,  tendentes
a  la prevención   e investigación   de las  faltas  y  delitos,
actuando  bajo  la   conducción  jurídica  del  ?scal;   en  el
marco  de  la  lucha  contra   la  delincuencia  común  y  la
normativa sobre la  materia;
2) Garantizar  el cumplimento  de las leyes;  así como,
la  protección   de  la  integridad   física  y   bienes  de  las
personas, la seguridad del patrimonio  público y privado, y
el libre ejercicio de los derechos de la ciudadanía; velando
por  un estado  de  convivencia  pací?ca que  garantice  la
seguridad  ciudadana y  el orden  público; conforme  a  los
dispositivos legales  sobre la materia;
desconcentrado  de   carácter  técnico  y  operativo;   cuya
demarcación  territorial   se  encuentra  constituida  por  el
ámbito   geográ?co  de   la  Provincia   Constitucional   del
Callao  y  es  responsable  de  ejecutar  y  materializar  de
manera  oportuna  las estrategias  policiales  en  el marco
de  los   Planes   Generales  de   Operaciones   diseñadas
para prevenir  y combatir la  delincuencia en  sus diversas
modalidades;  así  como,  garantizar   el cumplimiento   de
las leyes,  el orden  interno,  orden público  y la  seguridad
ciudadana, en el  ámbito territorial de su competencia.
Depende de la Sub  Dirección General y se  encuentra
a  cargo  de  un O?cial  General  de  Armas  de  la  Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de General.
3)  Prevenir,   investigar   y  denunciar   los   casos  de
violencia  familiar que atenten  contra  la integridad  de las
personas en  el contexto  de la  familia; en  el marco de  la
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
105
normativa sobre la  materia;
delito  y de  la  seguridad  ciudadana,  en  la demarcación
territorial de la Región Policial Callao; de conformidad con
la normativa sobre  la materia.
4)
Obtener, custodiar,  asegurar, trasladar  y  procesar
indicios, evidencias y elementos probatorios  relacionados
con la  investigación de  su campo  funcional, observando
la respectiva cadena  de custodia;
Forma parte en el ejercicio operativo y de investigación
en el ámbito de su competencia, de los sistemas policiales
de  tránsito,  transporte  y   seguridad  vial;  seguridad  del
estado y seguridad integral, que dirige el Director Nacional
de  Orden   y  Seguridad,   en  el   marco  de   su  carácter
sistémico y  normativo; para  lo cual,  asumen las  mismas
funciones policiales que corresponden a dichos órganos y
unidades orgánicas especializadas  de la Policía Nacional
de Perú, en la parte que sea pertinente para cumplir con su
responsabilidad y en tanto, por su naturaleza y complejidad
de los hechos que devenga su actuación, no sea necesaria
la intervención y participación de los mismos.
5)
Solicitar los peritajes de criminalística,  que resulten
pertinentes para  la investigación;
6)
Coordinar
con
la
División
de
Unidades
Especializadas   de  la   Región   Policial   Callao  u   otras
divisiones  especializadas  que se  implementen,  a ?n  de
garantizar y articular los planes y órdenes de operaciones
especí?cos vinculados al patrullaje policial  preventivo que
realizan  las Comisarías  y  las actividades  operacionales
en  materia   de  orden   público,   micro  comercialización
de
drogas   u   otros,   en   el   ámbito   territorial   de   su
responsabilidad;
Depende de  la Región  Policial Callao  y está  a cargo
de un O?cial Superior de Armas de la Policía Nacional del
Perú en situación  de actividad,  en el grado  de Coronel o
Comandante.
7)
Formular  y  ejecutar  las  ordenes  de operaciones
que deberán  desarrollar  articuladamente las  Comisarías
que componen la  División a su cargo;  en el marco de los
Planes  Generales  dispuestos   y aprobados   por  la  Sub
Dirección  General de  la Policía  Nacional  del Perú  y  los
Planes  de Operaciones  de  la Región  Policial  Callao  en
materia de  su competencia;  coordinando  con la División
Regional de  Inteligencia Callao, a  ?n de considerar en  el
planeamiento los respectivos  documentos de inteligencia
que correspondan;
La División de  Unidades Especializadas  de la Región
Policial Callao tiene  las funciones siguientes:
1)   Plani?car,  organizar,   dirigir,   evaluar,  coordinar,
ejecutar
y   controlar    las   actividades   y   operaciones
policiales destinadas a garantizar, mantener  y restablecer
el orden interno, orden público y seguridad  ciudadana; de
conformidad con la  normativa sobre la materia;
8)
Colaborar
con
el
control,
posesión,
uso
de
2)   Plani?car,  organizar,   dirigir,   evaluar,  coordinar,
armas,  munición  y explosivos  de  uso  civil, y  productos
ejecutar
policiales
y
controlar
las
actividades   y
al      patrullaje
operaciones
motorizado
pirotécnicos,
clandestina;
persiguiendo
el
trá?co
y
su
tenencia
destinadas
especializado,  incidiendo  en  las  principales  avenidas  y
vías  troncales, en  el  marco de  la prevención  del  delito,
orden público y seguridad ciudadana; de conformidad con
la normativa sobre  la materia;
9)
Coordinar  y   atender  los   requerimientos  de   las
autoridades y entidades competentes de conformidad con
la legislación de  la materia y su competencia  funcional;
10)
Dirigir, ejecutar y  controlar el cumplimiento  de las
3)  Velar   y  garantizar   por  el   cumplimiento  de   las
leyes, la  lucha  contra la  delincuencia y  coadyuvar  en la
protección de la integridad física y bienes de las personas,
la seguridad  del  patrimonio  público  y privado,  y el  libre
ejercicio  de los  derechos  de la  ciudadanía,  previniendo
los  delitos   y  faltas;  en  el  ámbito   de  su  competencia
funcional y legislación  sobre la materia;
órdenes y  disposiciones emanadas  para operativizar  los
planes  y  órdenes  de  operaciones  relacionados  con  su
ámbito funcional;
11)
Preservar  y  cautelar  los principios  de  disciplina
y ética  policial  en salvaguarda  de  la imagen  y  prestigio
institucional;
12)
Ejecutar  y  controlar   el  proceso  de   evaluación
4)   Plani?car,  organizar,   dirigir,   evaluar,  coordinar,
del rendimiento  operativo  de las Comisarías  a su  cargo,
tendentes  a mejorar  los  niveles  de e?ciencia  y  e?cacia
operativa;  en   el  marco  de  la   prevención  del  delito   y
combate de la delincuencia;
ejecutar
policiales
y
controlar
las
actividades
destinadas
y
a
operaciones
prevenir    y
especializadas
combatir los  delitos menores  contra el  patrimonio en  los
puntos críticos  de la  Provincia Constitucional  del Callao;
así  como,   cualquier   otra  acción   ilícita  que   afecte  la
seguridad ciudadana y combatir la micro comercialización
de  drogas  ilícitas   y  las  acciones  ilegales  o  violentas,
realizadas  por jóvenes  en riesgo  a  través del  pandillaje
en todas sus modalidades; en el marco  de la lucha contra
la delincuencia y  normativa sobre la materia;
5)   Plani?car,  organizar,   dirigir,   evaluar,  coordinar,
ejecutar   y   controlar    las   actividades    y   operaciones
policiales en  materia de seguridad  del estado;  seguridad
integral; tránsito, transporte  y seguridad vial; en el ámbito
de su demarcación territorial y normativa sobre la materia;
6)   Plani?car,  organizar,   dirigir,   evaluar,  coordinar,
ejecutar ycontrolar las actividades yoperaciones policiales
destinadas  a   prevenir,  investigar   y  denunciar  bajo   la
conducción  jurídica  del ?scal,  los  delitos que  competen
a  su   ámbito  funcional,   en  materia   de  seguridad   del
estado y los  relacionados con la  criminalidad organizada
y delitos  asociados a  la actividad  de construcción  civil u
otros  similares;  robo,  hurto  y receptación   de vehículos
motorizados  de tránsito terrestre  y sus autopartes;  y, los
accidentes  de tránsito  en  todas sus  modalidades;  en el
marco de la legislación  sobre la materia;
13)
Ejecutar y controlar los programas preventivos y la
implementación de  mecanismos de alerta  temprana para
la prevención  de  delitos  y faltas  que dirige  la  Dirección
de Seguridad Ciudadana  de la Policía Nacional  del Perú;
de  conformidad  con  la  política  de  acercamiento   de  la
Institución  Policial con  la comunidad  y el  fortalecimiento
de la con?anza policía  - autoridad – comunidad;
14)
Administrar  los  recursos  asignados  y  velar  por
su  empleo adecuado  que  garantice  la ejecución  de  las
operaciones policiales de su responsabilidad,  cumpliendo
la normativa sobre  la materia;
15)
Producir  la información  estadística  que  asegure
su  adecuado  procesamiento  en  el  mapa  del  delito  del
ámbito de su responsabilidad,  para la toma de decisiones
operativas  en el marco  de la  prevención e  investigación
del delito; de  conformidad con los  lineamientos que dicte
la División de Estadística  de la Policía Nacional  del Perú;
16)
Transmitir información para alimentar  los registros
y  bases  de  datos  del  Registro  Nacional  de  Seguridad
Pública  que administra  la Dirección  de Tecnología  de la
Información y  Comunicaciones de la Policía  Nacional del
Perú;
17)
Asesorar  al Jefe  de la  Región Policial  Callao  en
7) Obtener,  custodiar, asegurar,  trasladar  y procesar
indicios, evidencias y elementos probatorios  relacionados
con la  investigación de  su campo  funcional, observando
la respectiva cadena  de custodia;
asuntos de su competencia;  y,
18)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Jefe de la Región  Policial Callao de la Policía  Nacional
del Perú le asigne.
8) Solicitar los peritajes de  criminalística, que resulten
pertinentes para  la investigación;
9)
Coordinar   con   la   División   Policial   de   Orden
Artículo 235.- División de Unidades Especializadas      Público  y  Seguridad  del  Callao,   a ?n   de  garantizar  y
de la Región Policial  Callao
articular los planes y órdenes  de operaciones especí?cos
vinculados al patrullaje policial preventivo que realizan  las
Comisarías  y  las  actividades  operacionales  en  materia
de orden  público, tránsito  u otros,  que sea  necesaria su
participación;  en  el  ámbito  territorial  y  funcional  de  su
responsabilidad;
La División de  Unidades Especializadas  de la Región
Policial Callao  es la  unidad orgánica  desconcentrada de
carácter  técnico, operativo  y especializado;  responsable
de plani?car, organizar, dirigir, evaluar, coordinar, ejecutar
y
controlar   las   actividades   y   operaciones   policiales
destinadas a  garantizar, mantener y  restablecer el orden
interno y orden  público, en el marco  de la prevención del
10) Formular  y  ejecutar las  ordenes  de operaciones
que  deberán   desarrollar   articuladamente  las   diversas
106
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
unidades   policiales   que  componen   la   División   a  su
cargo;  en el marco  de los  Planes  Generales dispuestos
y aprobados  por  la Sub  Dirección General  de  la Policía
Nacional  del  Perú  y  los  Planes  de  Operaciones  de  la
Región  Policial  Callao,  en  materia  de su  competencia;
coordinando   con  la  División   Regional   de  Inteligencia
Callao   para   asuntos   de  su   ámbito   funcional,   a   ?n
4) Asesorar  al  Jefe  de  la Región  Policial  Callao  en
asuntos de su competencia;  y,
5)   Las  demás   funciones   que  le   corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Jefe de la Región  Policial Callao de la Policía  Nacional
del Perú le asigne.
de
considerar
en
el
planeamiento
los
respectivos
Artículo 237.- Comisarías
documentos de inteligencia  que correspondan;
Coordinar   con   la   División   de   Seguridad   de
Las
Comisarías
son
órganos
desconcentrados
y  constituyen   la  célula   básica   desconcentrada  de   la
organización de la Policía Nacional del Perú; responsable
11)
Penales de  la Policía Nacional  del Perú, a ?n  de asignar
y controlar  al  personal policial  que tendrá  a  su cargo  la
seguridad exterior  de los establecimientos  penitenciarios
de su demarcación  territorial, en  su condición de  función
de
y
plani?car,
controlar
organizar,
dirigir,
coordinar,
ejecutar
las
actividades
y
operaciones
policiales
relacionadas   con   la  prevención,   orden,   seguridad   e
investigación y denuncia de las faltas y delitos, en el marco
de la  lucha contra  la delincuencia  común y  la seguridad
ciudadana,  relacionados   al  delito  de  lesiones   leves  y
delito  de exposición  a  peligro o  abandono  de personas
en peligro, en sus diversas  modalidades sin subsecuente
muerte;  delito de  lesiones culposas;  delito de  atentados
contra  la  patria  potestad;  delito  de  coacción;  delito  de
violación de domicilio; delito de atentado contra la libertad
de trabajo  y asociación;  delito  de conducción  en estado
de  ebriedad  o drogadicción;   delito  de manipulación   en
estado de ebriedad o drogadicción;  delito de hurto simple
y  de  usurpación  del  tipo  básico;  delito  de  abigeato,  y
el  delito  de   daño  simple;  actuando   para  ello  bajo   la
conducción  jurídica   del  ?scal;  de   conformidad  con  la
normativa sobre la  materia.
Asimismo, se encargan  de garantizar el cumplimiento
de las  leyes  y proteger  a las  personas  y sus  bienes, la
seguridad del patrimonio  público y privado; mantener una
estrecha  relación  con  la  comunidad,  gobiernos  locales
y  regionales,   con   quienes  promueve   la   participación
de  su personal  en  acciones a  favor  de la  comunidad  y
coadyuvar  al orden  público,  participando  en  la defensa
civil,  desarrollo  económico  y  social  de  la  demarcación
territorial de su  competencia.
subsidiaria
y   a   requerimiento   del   Instituto   Nacional
Penitenciario   (INPE),  siempre   que   sea  evidente   que
éste no  cuente con  el personal  y medios  su?cientes; de
conformidad con la  legislación sobre la materia;
12)
Colaborar   con   el   control,   posesión,   uso   de
armas,  munición  y explosivos  de  uso  civil, y  productos
trá?co   y   su    tenencia
clandestina; en el marco de la normativa sobre la materia;
pirotécnicos,
persiguiendo
el
13)
Coordinar  y  atender  los  requerimientos   de  las
autoridades y entidades competentes de conformidad con
la legislación de  la materia y su competencia  funcional;
14)
Dirigir, ejecutar y  controlar el cumplimiento  de las
órdenes y  disposiciones emanadas  para operativizar  los
planes  y  órdenes  de  operaciones  relacionados  con  su
ámbito funcional;
15)
Preservar  y  cautelar  los principios  de  disciplina
y ética  policial  en salvaguarda  de  la imagen  y  prestigio
institucional;
16)
Ejecutar y  controlar el  proceso de evaluación  del
rendimiento  operativo   de  las  unidades  policiales  a  su
cargo,  tendentes  a  mejorar  los  niveles  de  e?ciencia  y
e?cacia operativa; en el marco  de la prevención del delito
y lucha contra la  delincuencia;
17)
Administrar  los  recursos  asignados  y  velar  por
su  empleo adecuado  que  garantice  la ejecución  de  las
operaciones policiales de su responsabilidad,  cumpliendo
la normativa sobre  la materia;
Las  Comisarías  son  de  naturaleza   urbana  o  rural,
según  su  ubicación   y  extensión   geográ?ca,  densidad
poblacional  e  incidencia  delictiva  y se  clasi?can  en  las
categorías  siguientes: Comisaría  tipo “A”,  “B”, “C”,  “D” y
“E”;  cuya categoría  será  determinada previa  evaluación
de  los  factores   mencionados;  de   conformidad  con   la
normativa interna  sobre la materia.
18)
Producir  la información  estadística  que  asegure
su  adecuado  procesamiento  en  el  mapa  del  delito  del
ámbito de su responsabilidad,  para la toma de decisiones
operativas  en el marco  de la  prevención e  investigación
del delito; de  conformidad con los  lineamientos que dicte
la División de Estadística  de la Policía Nacional  del Perú;
Son
creadas,
fusionadas,
suprimidas
Directoral
o
de
19)
Transmitir información para alimentar  los registros
recategorizadas,
mediante
Resolución
y  bases  de  datos  del  Registro  Nacional  de  Seguridad
Pública  que administra  la Dirección  de Tecnología  de la
Información y  Comunicaciones de la Policía  Nacional del
Perú;
la  Dirección  General  de  la   Policía  Nacional  del  Perú,
propuesta    del   Sub    Director    General,    contando
previamente  con la respectiva  previsión  presupuestal; y,
estableciéndose en la  Resolución el ámbito territorial  que
le corresponde.
a
20)
Asesorar  al Jefe  de la  Región Policial  Callao  en
asuntos de su competencia;  y,
Dependen  de  las  Regiones  Policiales  y de  manera
excepcional y temporal  de los Frentes  Policiales, cuando
así corresponda  al ámbito  geográ?co asignado,  a través
de  las  Divisiones  Policiales   que  conforman  la  Región
Policial  Lima  o  de  las  Divisiones   de  Orden  Público  y
Seguridad   que   integran   la  Región   Policial   Callao   y
Regiones Policiales  a nivel nacional, según corresponda.
Están  a cargo  de O?ciales  Superiores  de  Armas de
la  Policía  Nacional  del  Perú en  situación  de  actividad,
en el grado  de Comandante o  Mayor para el caso  de las
Comisarías de  categoría Tipo “A”  y “B” respectivamente;
así como, de O?ciales Subalternos de Armas de la Policía
Nacional del  Perú en  situación de  actividad, en  el grado
de Capitán  para las  Comisarías  de categoría  Tipo “C”  y
en el grado de  Teniente o Alférez para las Comisarías  de
categoría  Tipo “D”;  y  para las  Comisarías  de  categoría
Tipo “E” se asignará Subo?ciales  Superiores en situación
de actividad.
21)
Las  demás   funciones  que   le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Jefe de la Región  Policial Callao de la Policía  Nacional
del Perú le asigne.
Artículo  236.-   División  Regional   de  Inteligencia
Callao
La  División   Regional  de   Inteligencia  Callao   es  la
unidad  orgánica especializada  y  operativa;  responsable
de  producir  inteligencia  y  contrainteligencia  policial,  en
materia del campo funcional de competencia de la Región
Policial Callao, de conformidad  con los lineamientos de la
Dirección de Inteligencia  de la Policía Nacional  del Perú.
Forma  parte  integrante  del  Sistema  de  Inteligencia
Policial (SIPOL) que  dirige la Dirección de Inteligencia  de
la Policía Nacional  del Perú.
Depende de  la Región  Policial Callao  y está  a cargo
de un O?cial Superior de Armas de la Policía Nacional del
Perú en situación  de actividad,  en el grado  de Coronel o
Comandante,  debidamente cali?cado  y especializado  en
inteligencia policial.
La  División   Regional  de   Inteligencia  Callao   de  la
Policía Nacional  del Perú tiene las funciones  siguientes:
Las  Comisarías  de  las  Regiones  Policiales   a  nivel
nacional tienen las  funciones siguientes:
1)   Plani?car,  organizar,   dirigir,   coordinar,  ejecutar
controlar   las   actividades   y   operaciones   policiales
y
relacionadas   con   la  prevención,   orden,   seguridad   e
investigación  y  denuncia  de  las  faltas  y  delitos  de  su
competencia,  actuando  bajo  la  conducción  jurídica  del
?scal;  y solo  en el  caso que  por  su lejanía  no exista  el
Departamento de Investigación  Criminal podrá  asumir en
el interior del país la función de investigación que compete
a  dicha unidad  policial  especializada,  establecida  en  el
presente Reglamento;
1)
Producir inteligencia  y contrainteligencia policial  en
materia del ámbito  funcional de la Región Policial  Callao;
Ejecutar operaciones especiales  de inteligencia, en
el marco del campo  funcional de su competencia;
2)
3)
en apoyo a  los órganos de inteligencia  que conforman  el
Sistema de Inteligencia  Policial (SIPOL);
Obtener información en el ámbito de sus funciones,
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
107
2)
Garantizar el  cumplimiento de las  leyes; así como,
garantizar y articular los planes y órdenes de operaciones
proteger la  integridad física  y bienes  de las personas,  la
seguridad del patrimonio público y privado, y coadyuvar al
mantenimiento  del orden público  y seguridad ciudadana,
participando  en la  defensa civil,  desarrollo  económico  y
social de la demarcación  territorial de su competencia;
especí?cos  que deben  ejecutar en  materia  de patrullaje
policial
preventivo,
orden
público,
tránsito,
micro
comercialización  de drogas  u otros, de  conformidad  con
su campo funcional;
19)  Plani?car,   organizar,  dirigir,  coordinar,  ejecutar
y   controlar   las   actividades   y   operaciones   policiales
de  patrullaje   integrado   con   el  gobierno   local   de  su
demarcación   territorial;  en   el  marco   de  la   seguridad
ciudadana y normativa  que regula la materia;
20) Formular  y  ejecutar las  ordenes  de operaciones
que  deberá   desarrollar   para  el   cumplimiento  de   sus
3)
gobiernos
territorial de su responsabilidad, con quienes promueve  la
participación del personal policial a favor de la comunidad
y seguridad ciudadana;
4)
ciudadanía y  velar por un estado  de convivencia pací?ca      funciones,  conforme a  los Planes  Generales  dispuestos
Mantener una estrecha  relación con la  comunidad,
locales
y
regionales
de
la
demarcación
Garantizar  el libre  ejercicio de  los derechos  de  la
que garantice  la seguridad ciudadana  y el orden público;
conforme a los dispositivos  legales sobre la  materia;
y aprobados  por  la Sub  Dirección General  de  la Policía
Nacional  del  Perú  y  los  Planes  de  Operaciones  de  la
Región Policial correspondiente;
5)
Prestar  ayuda  y  orientación  a  las  personas  y  a
la  comunidad,  especialmente  a  la población  en  riesgo,
vulnerable y en abandono  moral y material, incorporando
los enfoques de derechos  humanos e interculturalidad en
sus intervenciones; así como, previniendo las infracciones
penales  y colaborando  en  la  ejecución  de las  medidas
socio-educativas  correspondientes;
21) Colaborar con el  control, posesión, uso de armas,
munición y explosivos de uso civil, y productos pirotécnicos,
persiguiendo el trá?co y su tenencia clandestina;
22) Dirigir, ejecutar  y controlar el cumplimiento  de las
órdenes y  disposiciones emanadas  para operativizar  los
planes  y  órdenes  de  operaciones  relacionados  con  su
ámbito funcional;
6)
Dirigir  y controlar  las actividades  de identi?cación
plena de las personas  con ?nes policiales;
Controlar   el  cumplimiento   de  la  legislación   de
23)  Preservar  y cautelar  los  principios  de  disciplina
y ética  policial  en salvaguarda  de  la imagen  y  prestigio
institucional;
la
implementación de  mecanismos de alerta  temprana para
la  prevención de  delitos  y faltas  que  dirige la  Dirección
de Seguridad Ciudadana  de la Policía Nacional  del Perú;
promoviendo la participación ciudadana y el fortalecimiento
de la con?anza policía - autoridad - comunidad;
7)
tránsito   e   investigar   y  denunciar   los   accidentes   de
tránsito,  con excepción  de  aquellos  con  consecuencias
fatales;  salvo   que  por  su  lejanía  no   exista  la  unidad
policial especializada  en esta materia;
24)
Ejecutar
los
programas
preventivos
y
8)
Coordinar,  controlar  y atender  los  requerimientos
de las autoridades y  entidades competentes, en el marco
de su ámbito funcional;
9)
Mantener
una
permanente
coordinación
y
25)  Mantener   actualizado  el   Libro  Azul  donde   se
consigne  a todas  las autoridades,  instituciones  públicas
y privadas, centros comerciales,  instituciones educativas,
religiosas,   ?nancieras,   deportivas,   culturales  y   otros,
conforme al formato preestablecido  en la directiva interna
que la regula; en el marco de una gestión más e?ciente  al
servicio de la comunidad;
comunicación  con la  Central de  Emergencias,  unidades
policiales especializadas  y otras entidades  de apoyo a la
seguridad ciudadana;
10)
Orientar,  controlar   y  supervisar  la   atención  al
ciudadano   que  concurre   a  la  comisaría   o  llama   por
teléfono,  absolviendo sus  requerimientos  a satisfacción,
brindándole información que garantice el acercamiento de
la comunidad  con  la Institución  Policial;  de conformidad
con la política sectorial  y los objetivos institucionales;
Controlar   y   garantizar   que   las   denuncias   y
constataciones  policiales  u  otros  que  forman  parte  del
Sistema  Informático  de Denuncias  Policiales  (SIDPOL),
contengan  toda   la  información  necesaria   que  brindan
los ciudadanos  para  el  ejercicio pleno  de  sus derechos
26)   Actualizar
el   Plan   de   Defensa   y  Seguridad
y   establecer   mecanismos   para   crear   conciencia   de
seguridad  en  el  personal  policial  a ?n  de  neutralizar  y
contrarrestar  los  riesgos de  seguridad,  en  coordinación
con la División Regional  de Inteligencia correspondiente;
27) Consolidar  la información  estadística que  asegure
su  adecuado procesamiento  en  el mapa  del  delito de  la
demarcación territorial de su responsabilidad,  para la toma
de decisiones  operativas en  el marco  de la  prevención e
investigación del  delito y  permita alimentar  los registros y
bases de datos del Registro Nacional de Seguridad Pública
que administra la Dirección de Tecnología de la Información
y Comunicaciones de la Policía Nacional del Perú;
11)
y
el
inicio
de
las
diligencias   de   investigación   que
manteniendo    actualizado    el   sistema
inmediatamente    el   trámite   realizado,
correspondan;
y
procesando
cumpliendo los lineamientos establecidos  por la Dirección
de Tecnología de la  Información y Comunicaciones  de la
Policía Nacional  del Perú;
28)
Administrar
el
Libro
de
Reclamaciones
y
12)
Controlar  y  supervisar  la  expedición  de  copias
mantenerlo a disposición  permanente de los ciudadanos;
29)  Administrar  los  recursos  asignados  y  velar  por
su  empleo adecuado  que  garantice  la ejecución  de  las
operaciones policiales de su responsabilidad,  cumpliendo
la normativa sobre  la materia;
certi?cadas  de  conformidad  con  la  normativa   sobre  la
materia;
13)
Prevenir,  investigar   y  denunciar  los   casos  de
violencia  familiar que atenten  contra  la integridad  de las
personas en el contexto de la familia; en lugares donde no
se encuentren  instaladas  las Comisarías  especializadas
en  materia   de  protección  contra   la  violencia   familiar;
conforme a la legislación  vigente sobre la materia;
30) Informar y emitir  opinión técnica en asuntos de su
competencia;
31) Asesorar  al  Jefe de  la División  correspondiente,
en asuntos de su  ámbito funcional; y,
32)  Las   demás  funciones   que  le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
el Jefe de la División  correspondiente le asigne.
14)
Obtener, custodiar, asegurar, trasladar  y procesar
indicios, evidencias y elementos probatorios  relacionados
con la  investigación de  su campo  funcional, observando
la respectiva cadena  de custodia;
15)
Orientar,
controlar
y
ejecutar
las
diligencias
Artículo 238.- Estructura  de las Comisarías
Las Comisarías de la Policía Nacional  del Perú a nivel
nacional, cuentan  con la estructura interna siguiente:
periciales  de  naturaleza preliminar  y  básica  en  materia
de escena del crimen,  en el ámbito de su competencia;
16)
Solicitar
los
peritajes
de
criminalística,
que
resulten pertinentes  para la investigación a  su cargo;
a. Sección de Investigación  Policial; y,
b. Sección de Orden  y Seguridad Policial.
17)
Controlar   las   acciones   de   requerimiento
del
mani?estodepasajerosdeempresasdetransporte,registro
de  huéspedes  de  los  establecimientos  de hospedaje  y
registro de ingreso de vehículos a talleres de mecánica, de
reparación automotriz, factorías, ensambladoras, playas o
centros de  estacionamiento, custodia  y guardianía, en  el
marco de la prevención e investigación del delito, conforme
a su ámbito  funcional; siendo obligación de  toda persona
natural o  jurídica que tenga relación  con dicho negocio  a
colaborar con la autoridad policial;
Dicha estructura no será aplicable para las Comisarías
que realizan  funciones de  Protección contra  la Violencia
Familiar   ni  de   Turismo  a   nivel   nacional;   las  cuales
contarán  con  una  organización  que  garantice  su  labor
de  prevención  e  investigación  en  las materias  que  les
corresponde en el  ámbito de su competencia funcional.
Artículo 239.- Sección  de Investigación Policial
La Sección de Investigación Policial de las Comisarías
tienen las funciones  siguientes:
18)
Coordinar  con las unidades  policiales que  tienen
competencia   en  su   demarcación   territorial,   a  ?n   de
108
NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
1)
Plani?car  y ejecutar las  actividades y  operaciones
que formula  el personal policial  a su cargo, en  el plazo y
protocolos establecidos  en la normativa sobre la  materia;
Asesorar   al    Comisario    en   asuntos   de    su
competencia funcional;  y,
20)  Las   demás  funciones   que  le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
le asigne el Comisario  del que depende.
policiales  en materia  de investigación  y denuncia  de las
faltas  y  delitos de  su  competencia,  bajo  la  conducción
jurídica  del  ?scal;   en  el  marco  de  la   lucha  contra  la
delincuencia común  y normativa sobre la materia;
19)
2)
Plani?car   y  ejecutar   las  operaciones   policiales
para  la  identi?cación  y  captura   de  los  autores  de  los
hechos delictivos  materia  de investigación  de su  campo
funcional;  así  como,  disponer  y  controlar  la detención,
libertad  o conducción  ante las  autoridades competentes
de las personas implicadas  en hechos delictivos;
Artículo   240.-   Sección   de  Orden   y   Seguridad
Policial
La  Sección  de   Orden  y  Seguridad  Policial   de  las
Comisarías tienen  las funciones siguientes:
3)
Ejecutar  los  procedimientos   legales  vigentes  en
materia  de  investigación  de  faltas  y  delitos;  así como,
intervenir de o?cio y en forma inmediata  en caso de delito
?agrante,  informando a  la autoridad  competente  para el
inicio de las investigaciones  pertinentes;
1) Plani?car  y ejecutar  las actividades  y operaciones
policiales  en materia  de prevención,  orden  y seguridad;
en el  marco de  la lucha  contra la  delincuencia  común y
normativa sobre la  materia;
4)
Tramitar   de   manera    diligente   los   atestados,
informes, partes, pericias  y otros que correspondan, a las
autoridades  competentes de conformidad  a la  normativa
sobre la materia;
2) Velar y garantizar  por el cumplimiento de las  leyes,
la lucha  contra la  delincuencia común y  coadyuvar en  la
protección de la integridad física y bienes de las personas,
la  seguridad del  patrimonio  público y  privado,  y  el libre
ejercicio de los derechos de la ciudadanía, previniendo los
delitos y faltas; en el ámbito de su competencia funcional;
3) Plani?car  y ejecutar  las actividades  y operaciones
policiales   destinadas  al   patrullaje  preventivo   a   pie  y
motorizado  en  los   lugares  críticos  de  la  demarcación
territorial   de   la  Comisaría;   estableciendo   sectores   y
zonas  de patrullaje  con  las respectivas  hojas  de  ruta y
servicios  ?jos, en  el  marco  de la  prevención  del delito,
orden  público   y   seguridad  ciudadana   conforme   a  la
normativa sobre la  materia;
5)
Formular y mantener  actualizada la apreciación  de
la situación de la demarcación  territorial que corresponde
a la Comisaría, en el ámbito de su  competencia; a ?n que
el Comisario tome las decisiones oportunas en el ejercicio
operativo de la función  policial de su responsabilidad;
6)
Ejercer la  identi?cación plena  de las personas  con
?nes policiales;
7)
Coordinar  y   atender  los   requerimientos  de   las
autoridades y  entidades competentes;  en el marco de su
ámbito funcional;
8)
Brindar
apoyo
y
atender
al
ciudadano
que
concurre  a la  Sección  a su  cargo  o llama  por  teléfono,
satisfacción,
orientando y proporcionando información  que garantice el
acercamiento de la  comunidad con la Institución  Policial;
4)   Intervenir  de   o?cio   y   en  forma   inmediata   en
caso  de  delito  ?agrante,  poniendo  a  disposición  de  la
Comisaría  a los  implicados,  actuados,  instrumentos  del
delito y  evidencias u  otros, que  permitan el  inicio de  las
investigaciones pertinentes;
5)   Tramitar   de   manera    diligente   los   atestados,
informes, partes, pericias  y otros que correspondan, a las
autoridades  competentes de conformidad  a la  normativa
sobre la materia;
absolviendo
sus
requerimientos
a
9)
Garantizar  que   las  denuncias  y   constataciones
u   otros    que   forman    parte   del    Sistema
policiales
Informático   de  Denuncias   Policiales  (SIDPOL)   de  su
competencia,  contengan todos  los datos necesarios  que
brindan  los  ciudadanos  para  el  ejercicio  pleno  de  sus
derechos  y  el inicio  de  las  diligencias  de  investigación
que correspondan;
6) Formular y  mantener actualizada la  apreciación de
la situación de la demarcación  territorial que corresponde
a la Comisaría, en el ámbito de su  competencia; a ?n que
el Comisario tome las decisiones oportunas en el ejercicio
operativo de la función  policial de su responsabilidad;
10)
Expedir copias certi?cadas de su campo funcional,
otorgando la primera  copia en forma gratuita; conforme  a
la normativa sobre  la materia;
11)
Obtener, custodiar, asegurar,  trasladar y procesar
7)
Promover
y
establecer
mecanismos
que
indicios, evidencias y elementos probatorios  relacionados
con la  investigación de  su campo  funcional, observando
la respectiva cadena  de custodia;
permitan   una  estrecha   relación   del   personal   policial
con la  comunidad,  gobiernos  locales y  regionales  de la
demarcación territorial de la Comisaría,  en bene?cio de la
seguridad ciudadana;
12)
Ejecutar  las  diligencias  periciales  de naturaleza
preliminar y  básica en  materia de escena  del crimen,  de
conformidad con su  campo funcional;
8) Ejercer  la identi?cación plena  de las personas  con
?nes policiales;
9)  Controlar   el  cumplimiento   de  la   legislación  de
tránsito e investigar y denunciar los accidentes de tránsito,
excepto  aquellos  con consecuencias  fatales;  salvo  que
por su  lejanía  no exista  la  unidad policial  especializada
en esta materia;
10) Estudiar la incidencia  de accidentes de  tránsito, a
?n de  identi?car los  lugares, días,  horas y  causas de su
ocurrencia, y proponer medidas para lograr su prevención,
en coordinación  con  la  unidad policial  especializada  en
esta materia;
11)  Coordinar  y  atender   los  requerimientos  de  las
autoridades y  entidades competentes;  en el marco de su
ámbito funcional;
13)
Solicitar los peritajes de criminalística que resulten
pertinentes para  la investigación;
mani?esto                                de
empresas  de  transporte,  registro  de  huéspedes  de  los
establecimientos   de  hospedaje   y  registro   de   ingreso
de  vehículos   a   talleres  de   mecánica,   de  reparación
automotriz,  factorías,  ensambladoras,  playas  o  centros
de estacionamiento,  custodia  y  guardianía, en  el marco
de  la  investigación   del   delito,  conforme  a   su  ámbito
funcional;  siendo  obligación  de  toda  persona  natural  o
jurídica que tenga relación  con dicho negocio a colaborar
con la autoridad  policial;
14)
Requerir
el
de
pasajeros
15)
Ejecutar las  ordenes de  operaciones que  deberá
desarrollar
para   el   cumplimiento   de   sus   funciones,
12)
Mantener
una
permanente
coordinación
y
comunicación con la Central de Emergencias de la Policía
Nacional  del Perú,  unidades  policiales  especializadas  y
otras entidades de  apoyo a la seguridad ciudadana;
conforme a los Planes Generales dispuestos y aprobados
por la  Sub Dirección  General  de la  Policía Nacional  del
Perú y  los Planes  de Operaciones  de  la Región  Policial
correspondiente;
13)
Brindar   apoyo   y   atender   al   ciudadano   que
16)
Controlar   y   ejecutar   el  cumplimiento   de   las
concurre  a la  Sección  a su  cargo  o llama  por  teléfono,
órdenes y  disposiciones emanadas  para operativizar  los
planes  y  órdenes  de  operaciones  relacionados  con  su
ámbito funcional;
absolviendo
sus
requerimientos
a
satisfacción,
orientando y proporcionando información  que garantice el
acercamiento de la  comunidad con la Institución  Policial;
14)   Controlar   y   garantizar   que   las  denuncias   y
constataciones  policiales  u  otros  que  forman  parte  del
Sistema  Informático  de  Denuncias  Policiales  (SIDPOL)
de su competencia, contengan todos los datos necesarios
que brindan los ciudadanos  para el ejercicio pleno de sus
derechos  y  el inicio  de  las  diligencias  de  investigación
que correspondan;
17)
Producir  la información  estadística  que  asegure
su   adecuado   procesamiento   en   el   mapa  del   delito
su   responsabilidad    funcional,   para   la   toma   de
de
decisiones  operativas  en  el  marco  de  la  investigación
del  delito  y permita  alimentar  los  registros  y  bases  de
datos  del  Registro  Nacional  de Seguridad   Pública  que
administra la Dirección  de Tecnología de la Información y
Comunicaciones de  la Policía Nacional del Perú;
15)  Expedir  copias  certi?cadas  en  el  ámbito  de  su
campo  funcional,  otorgando  la  primera  copia  en forma
gratuita; conforme  a la normativa sobre la materia;
18)
Recibir,  legajar, archivar  y  conservar  las  copias
de los atestados, informes,  partes de intervención u otros
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
NORMAS LEGALES
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16)
Prevenir,  investigar  y  denunciar  los  hechos  de
administra la Dirección  de Tecnología de la Información y
Comunicaciones de  la Policía Nacional del Perú;
31)  Recibir, legajar,  archivar  y  conservar  las copias
de los atestados, informes,  partes de intervención u otros
que formula  el personal policial  a su cargo, en  el plazo y
protocolos establecidos  en la normativa sobre la  materia;
violencia  familiar  que  transgredan   la  integridad  de  las
personas  en  el contexto  de  la  familia;  siempre  que  en
su  demarcación  territorial  no  se  encuentren  instaladas
las Comisarías  especializadas  en materia  de protección
contra la violencia familiar; de conformidad a la legislación
vigente sobre la  materia;
32)
Asesorar   al    Comisario    en   asuntos   de    su
17)
Desarrollar   acciones   y  operaciones   policiales
competencia funcional;  y,
destinadas  a  identi?car niños,  niñas  y  adolescentes  en
presunto   estado  de   abandono,   explotación  laboral   y
sexual, víctimas de comercio infantil y delitos conexos;  en
coordinación  con las unidades  orgánicas  especializadas
competentes de la  Policía Nacional del Perú;
33)  Las   demás  funciones   que  le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
le asigne el Comisario  del que depende.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS  FINALES
18)
Planear  y ejecutar  trabajos  para la  participación
de  los  niños  y  jóvenes  en  riesgo  en  programas  socio
culturales que les permita su reinserción  a su comunidad;
así  como,  realizar  actividades   con  los  menores  de  la
localidad inscritos  en el  Registro de Menores  Infractores
de la Corte Superior  de cada distrito judicial;
Primera. - La Policía Nacional del Perú, en el ejercicio
de sus funciones,  para su identi?cación  ante la  sociedad
y  autoridades  a  nivel  nacional,  utiliza  la  denominación
de Policía  con carácter  de exclusividad  en sus símbolos
y  distintivos  institucionales,   uniformes  e   indumentaria,
placa   insignia   y  carné   de   identidad,   infraestructura,
vehículos, naves o aeronaves, embarcaciones  marítimas,
?uviales o lacustres,  entre otros.
Segunda.  - La  denominación  de General  de Policía
que   corresponde   al   Director   General   de   la   Policía
Nacional   del  Perú,   no  constituye   un   ascenso  en   el
grado  policial  y, consecuentemente,   no conlleva  mayor
remuneración  ni  bene?cio  adicional  de ningún  tipo  con
respecto a las remuneraciones y bene?cios que gozan los
Tenientes Generales.
Asimismo,  en el  marco de  lo prescrito  en  el artículo
174 de  la Constitución  Política  del Perú,  que determina
la equivalencia  de derechos  de O?ciales  de las Fuerzas
Armadas   y   Policía   Nacional    del   Perú,   el   Teniente
General  que  en  el   desempeño  del  cargo  de   Director
General  de  la  Policía  Nacional  del  Perú,  cesa  en  sus
funciones   antes   de  cumplir   los   cuarenta   (40)   años
de  servicios   reales  y  efectivos   previstos  en  la  ley,  y
pasare  a   la  situación   de  retiro,   se  le  reconocerá   el
total  de  años de  servicios  antes  indicado.  Igualmente,
cuando  un O?cial  General  es  nombrado  como Director
General,  los  O?ciales  Generales  de  mayor  antigüedad
19)
Obtener, custodiar, asegurar, trasladar  y procesar
indicios, evidencias y elementos probatorios  relacionados
con la  investigación de  su campo  funcional, observando
la respectiva cadena  de custodia;
20)
Solicitar
los
peritajes
de
criminalística,
que
resulten  pertinentes  para  la  investigación   policial  a  su
cargo;
21)
Brindar apoyo  en las  diligencias de investigación
de la  Sección de  Investigación  Policial de  la Comisaría,
proporcionando  la  información  necesaria;  así  como,  el
aislamiento  y protección  de la  escena  del delito  para el
recojo de indicios  y evidencias de su campo funcional;
22)
Requerir elmani?esto depasajeros deempresas  de
transporte, registro de huéspedes de los establecimientos
de hospedaje y registro de ingreso de vehículos  a talleres
mecánica,    de   reparación    automotriz,    factorías,
ensambladoras,  playas   o  centros  de  estacionamiento,
custodia  y guardianía,  en el marco  de la  prevención  del
delito, conforme  a su ámbito funcional;  siendo obligación
de toda persona natural  o jurídica que tenga relación  con
dicho negocio a colaborar  con la autoridad policial;
de
23)
Ejecutar  las actividades  y operaciones  policiales
de  patrullaje   integrado   con   el  gobierno   local   de  su
demarcación   territorial;  en   el  marco   de  la   seguridad
ciudadana y normativa  que regula la materia;
pasarán   automáticamente    a   la   situación    de   retiro,
reconociéndoseles    cuarenta   (40)   años   de   servicios
reales  y efectivos,  en  estricta  observancia  y  aplicación
del Decreto  Supremo  Nº  009-2013-DE,  que modi?ca  el
Reglamento  de la Ley Nº 28359, Ley  de Situación Militar
de los O?ciales  de las  Fuerzas Armadas.
24)
Ejecutar las  ordenes de  operaciones que  deberá
para   el   cumplimiento   de   sus   funciones,
desarrollar
conforme a los Planes Generales dispuestos y aprobados
por la  Sub Dirección  General  de la  Policía Nacional  del
Perú y  los Planes  de Operaciones  de  la Región  Policial
correspondiente;
Tercera.
-   Para   la   designación   del   Director   de
Inteligencia  de  la Policía  Nacional  del  Perú,  se deberá
tener  en  cuenta  el  requisito  de  estar  cali?cado  con  el
curso de  inteligencia  del más  alto nivel  en la  Institución
Policial o el Curso Superior de Inteligencia de la Dirección
Nacional   de  Inteligencia   –  DINI;   así  como,   acreditar
experiencia al  haber desempeñado  funciones operativas
de jefatura en el  segundo nivel de la citada  Dirección.
Cuarta.- Los  órganos especializados  de  la Dirección
Nacional  de   Investigación  Criminal   y  de  la   Dirección
25)
Apoyar  en  el  control,  posesión,  uso  de  armas,
y   explosivos    de    uso   civil,    y   productos
tenencia
munición
pirotécnicos,
clandestina;
persiguiendo   el    trá?co   y   su
26)
Ejecutar   el   cumplimiento   de   las   órdenes   y
disposiciones   emanadas  para   operativizar   los  planes
y  órdenes  de operaciones   relacionados  con  su ámbito
funcional:
Nacional
de   Orden   y   Seguridad,   para   cumplir   con
27)
Desarrollar  y ejecutar  los programas  preventivos
el   e?ciente   y  oportuno   desarrollo   de   sus   funciones
y la  implementación de  mecanismos de  alerta temprana
para  la   prevención   de  delitos   y  faltas   que  dirige   la
Dirección de Seguridad  Ciudadana de la Policía Nacional
del  Perú;  en  el marco  de  la  participación  ciudadana  y
el  fortalecimiento  de  la  con?anza  policía  -  autoridad   -
comunidad;
a  nivel  nacional   contarán  con  la   participación  de   las
quienes
Regiones
Policiales
y
Frentes
Policiales,
de  conformidad   a   los  Planes   Generales,   Planes   de
y   los    respectivos   Planes    de   Trabajo
Operaciones
Anual,   promoverán   y   gestionarán   la  implementación
?n
de
unidades   especializadas    desconcentradas,   a
28)
Promover  y  ejecutar acciones  cívicas  propias  y
de  cubrir  las   necesidades  identi?cadas   para  la  lucha
contra la  criminalidad y  la inseguridad ciudadana  de sus
demarcaciones  territoriales,   siendo  responsabilidad  del
Jefe de la Macro Región Policial proporcionar los recursos
que  sean necesarios  y  pertinentes  para cumplir  con  su
funcionamiento  operativo;  especialmente  en  materia de
lavado  de activos;  trata  de  personas  y trá?co  ilícito  de
migrantes; contra  la corrupción y turismo.
con apoyo de  entidades públicas o privadas,  enfatizando
en las zonas de pobreza extrema; a ?n de coadyuvar en la
estrategia de optimizar el acercamiento  con la comunidad
y elevar la imagen  institucional;
29)
Brindar información para actualizar el Libro Azul de
la Comisaría, donde se consigne  a todas las autoridades,
instituciones  públicas   y  privadas,  centros  comerciales,
instituciones
educativas,
religiosas,
?nancieras,
Dichas
unidades
creación
especializadas   desconcentradas
e     implementación     requieren
deportivas,  culturales y otros,  de conformidad  al formato
para
su
preestablecido  en la directiva  interna que  la regula; a ?n      previamente   de  la   respectiva   previsión  presupuestal,
de optimizar la gestión  de servicio de la comunidad;
Producir  la información  estadística  que  asegure
su   adecuado   procesamiento   en   el   mapa  del   delito
su   responsabilidad    funcional,   para   la   toma   de
decisiones   operativas  en   el  marco   de  la   prevención
del  delito  y permita  alimentar  los  registros  y  bases  de
datos  del  Registro  Nacional  de Seguridad   Pública  que
cuyo  ámbito  territorial  y  funciones  serán  determinadas
con la correspondiente  Resolución  Ministerial en  el caso
de  que  tengan  el nivel  de  Divisiones,  a  propuesta  del
Director General de la  Policía Nacional del Perú o de una
Resolución  Directoral   de  la  Dirección  General  cuando
tenga  el nivel  de  Departamentos,  a  propuesta  del  Sub
Director General  de la Institución Policial.
30)
de
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NORMAS LEGALES
El Peruano
Domingo 15 de octubre de 2017 /
Las
unidades
especializadas
desconcentradas
14)  Las   demás  funciones   que  le  corresponda   de
acuerdo a  las disposiciones legales  vigentes y  otras que
le asigne el titular  de la Unidad Ejecutora.
estarán  a cargo  de  un O?cial  Superior  de  Armas de  la
Policía  Nacional  del Perú  en  situación  de actividad,  en
el grado  de  Comandante o  Mayor; quienes  dependerán
operativa y funcionalmente de la respectiva Macro Región
Policial, y administrativamente de los respectivos órganos
especializados de ambas Direcciones  Nacionales, siendo
responsabilidad de la respectiva  Región Policial el control
inmediato.
Las  Unidades  de  Administración   se  regirán  por  lo
establecido en el Manual de Operaciones de las Unidades
Ejecutoras, que apruebe  el Ministerio del Interior.
Sexta.- Las Direcciones y las Regiones  Policiales que
forman parte  de las Macro Regiones  Policiales, contarán
con  una  Secretaría   donde  se  asignará   el  mínimo  de
personal,  que  no  debe  exceder  del  2%  para  aquellas
que tienen  más de  DOS MIL (2000)  efectivos  policiales;
en  tanto  los  que  cuenten  con  un  número  inferior  sólo
asignarán  la  cantidad  mínima  necesaria   que  justi?que
el cumplimiento  de  su  ámbito de  competencia;  estando
prohibido la creación  de unidades orgánicas con carácter
de administrativas  en los niveles inferiores.
Quinta.-  Las  Unidades   Ejecutoras  a  cargo   de  los
órganos  de la  Policía Nacional  del  Perú, con  excepción
de la Dirección de Administración, contarán con Unidades
de Administración responsables  de dirigir la plani?cación,
ejecución y  supervisión de  los procesos  de los  sistemas
administrativos
de
presupuesto,
abastecimiento,
contabilidad y tesorería; así como, el  control patrimonial e
infraestructura, dentro del ámbito de su competencia, en el
marco de  la normativa sobre  la materia, los  lineamientos
que establezca el Ministerio del Interior y las disposiciones
del Director General de la Policía Nacional del Perú.
Las  Unidades   de  Administración   de  las  Unidades
Ejecutoras de la Policía Nacional del Perú, dependerán del
titular del  órgano correspondiente  de la  Policía Nacional
del Perú o del Secretario por delegación expresa, y tienen
las funciones siguientes:
Dichas   Secretarías   son   responsables   de  realizar
y
asesoramiento   especializado   e  inmediato   en   materia
funciones
especí?cas
de
apoyo
administrativo
legal,
administrativa    y   operativa;    relacionados    con
el  ejercicio  operativo   de  la  función  policial,  con  el  ?n
de  contribuir  a  la  gestión  y  en  la  toma  de  decisiones
adecuadas y  oportunas, en el ámbito  de su competencia
y se  encuentran  sujetas a  los lineamientos  que  dicte  la
Secretaría  de  la  Sub   Dirección  General  de  la  Policía
Nacional  del Perú en  lo que  se re?ere  a las  actividades
de  planeamiento  operativo  y  en  la ejecución   operativa
de   la  función   policial   para   cumplir   con   la  ?nalidad
fundamental de la Institución  Policial y en el desarrollo de
las estrategias policiales.
1)
Dirigir
y
supervisar
los
procesos
técnicos
relacionados aPresupuesto, Abastecimiento, Contabilidad
y Tesorería; así como,  los de control  patrimonial, relativo
a  la Unidad  Ejecutora,  de  conformidad  con las  normas
técnicas y legales  vigentes;
2)
Coordinar, consolidar  y  proponer la  programación
Séptima.-  El Fondo  de  Retiro  de O?ciales  y  Fondo
de  Retiro de  Personal  Subalterno  y Especialistas  de  la
Policía Nacional  del Perú,  formarán parte  de los Fondos
de  Seguro   que   dependen  administrativamente    de  la
Dirección  de  Bienestar  y  Apoyo  al Policía   hasta  el 31
de  diciembre  del  año  2020;   en  el  marco  del  Decreto
Supremo Nº  018-2014-DE, publicado  en el  Diario O?cial
El Peruano el 31  de diciembre de 2014.
de actividades anual articulado  al cuadro de necesidades
y asignación presupuestal,  estableciendo los  indicadores
de productos  y procesos; así  como, programar, formular,
ejecutar y  evaluar el Plan  de Trabajo Anual de la  Unidad
Ejecutora a  su cargo, concordante  con el Plan Operativo
Institucional  del Ministerio  del Interior,  el Plan  Operativo
Anual  y  los   Planes  Generales  de   Operaciones  de  la
Policía Nacional  del Perú;
Octava.-
La   denominación   de   Comisarías    tiene
3)
Dirigir y  supervisar los procesos  de programación,
carácter  exclusivo  para  aquellas  que  dependen  de  las
Regiones  Policiales  y  para las  Comisarías  que  forman
parte  de  la  División  de  Protección  contra  la  Violencia
Familiar,  y  de  Turismo   a  nivel  nacional  que  cumplan
paralelamente  tanto  las  funciones  de prevención  como
formulación,   ejecución,   seguimiento  y   evaluación   del
presupuesto de la Unidad  Ejecutora, en coordinación con
la  División  de  Planeamiento  Institucional   de  la  Policía
Nacional del  Perú y la O?cina  General de Plani?cación  y
Presupuesto del Ministerio  del Interior;
de
funcional.
Novena.-
investigación    en   el  ámbito    de   su   competencia
4)
Conducir  la  formulación,   aprobación,   difusión  y
ejecución del Plan  Anual de Contrataciones  de la Unidad
Ejecutora;
La   Dirección   de   Aviación   Policial,    en
coordinación  con  la  Dirección   de  Sanidad  Policial,  en
el plazo  de treinta  (30) días  calendarios  de publicado  el
presente  Reglamento,   gestionará  e  implementará   con
los  recursos humanos  y  logísticos  su?cientes la  unidad
de medicina  aeronáutica  de la Aviación  Policial, a  ?n de
garantizar  la salud  médica,  física y  mental del  personal
policial que desarrolla  operaciones policiales  aéreas.
Décima.- Los  Comités Cívicos  de Apoyo  a la Policía
Nacional   del  Perú   no  forman   parte  de  la   estructura
orgánica  de  la  Institución  Policial;  pero  se  constituyen
en  personas  jurídicas  de  derecho  privado  sin  ?nes de
lucro, que en el marco de la seguridad  ciudadana pueden
participar promoviendo  tareas de participación ciudadana
y apoyar a los órganos y unidades orgánicas  de la Policía
Nacional  del Perú  en acciones  que garanticen  elevar  la
imagen  institucional.  Se  rigen  por  el  Código  Civil  y  la
correspondiente normativa  interna.
5)
Identi?car  y sustentar  las necesidades  en materia
de inversión pública que se requieran a nivel de la Unidad
Ejecutora, para el  fortalecimiento de la función policial  en
bene?cio del  orden interno,  orden público  y la seguridad
ciudadana;
6)
Nombrar los  Comités de Selección  por delegación
si  fuera el  caso,  dentro del  ámbito  de  su competencia;
así como,  resolver  los diversos  recursos  impugnatorios,
según corresponda;
7)
Supervisar   los  procesos   de   selección  para   la
contratación  de   bienes,  servicios,   ejecución  de  obras
y  consultorías   de   obras  de  la   Unidad  Ejecutora,   de
conformidad con la  normativa sobre la materia;
8)
Dirigir  y supervisar  la elaboración  de  los Estados
Presupuestarios   y   Complementarios    de
Financieros,
la  Unidad  Ejecutora,   para  su  aprobación,   transmisión
y  remisión   a  la  O?cina   General  de  Administración   y
Finanzas del Ministerio  del Interior o  según corresponda,
conforme a la normatividad  vigente;
Undécima.-
Los
personal
Auxiliares
de
Policía
en
su
condición
de
civil
contratado
solo
podrán
desempeñar  funciones  administrativas  vinculadas  a  las
funciones  policiales  en las  distintas  unidades orgánicas
directamente  relacionadas  con  la  seguridad  ciudadana
y por  ningún motivo  podrán asumir funciones  operativas
que le competen  al personal policial.  Durante el  ejercicio
de  su labor  auxiliar  y  de atención  al  ciudadano,  puede
vestir  indumentaria  que  lo identi?que   con la  Institución
Policial,  sin  portar  arma  de  fuego  u  armas  no  letales.
9)
Ejercer la titularidad  de las cuentas corrientes de la
Unidad Ejecutora; así como, dirigir y supervisar  el manejo
adecuado de los recursos  económicos asignados;
10)
Monitorear  los procesos legales  y/o judiciales  de
las cuales forme  parte la Unidad Ejecutora;
Dirigir  y  supervisar  el  registro  y  control  de  los
11)
bienes   patrimoniales   e   infraestructura   de   la  Unidad
Ejecutora;  así como,  el  saneamiento  físico-legal, según
corresponda, de conformidad con la normatividad vigente;
La
desarrollarán  los  Auxiliares   de  Policía  se  rigen  por  el
respectivo reglamento.
selección   y   modalidades   de   las   funciones    que
12)
Dirigir  y   visar  los   proyectos  de   resoluciones,
contratos,   adendas  y  convenios   en  el   ámbito  de   su
competencia;
Duodécima.-  La implementación  de  lo dispuesto  en
la presente norma  se ?nanciará con cargo  a los recursos
del Pliego del Ministerio del Interior asignados  a la Policía
Nacional  del   Perú,  sin   demandar  mayores   gastos  al
Tesoro Público.
13)
Elaborar   y    proponer   lineamientos    técnicos,
directivas  y  demás documentos  de  gestión  interna  que
regulen su funcionamiento  y operatividad; y,
El Peruano / Domingo 15 de octubre de 2017
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