AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA IMPUNIDAD
Jueves 4 de abril de 2019
MINISTERIO DE LA MUJER Y
POBLACIONES VULNERABLES
POLÍTICA NACIONAL
DE IGUALDAD
DE GÉNERO
DECRETO SUPREMO
N° 008 -2019-MIMP
SEPARATA ESPECIAL
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NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 4 de abril de 2019 /
El Peruano / Jueves 4 de abril de 2019
NORMAS LEGALES
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DECRETO SUPREMO
N° 008-2019-MIMP
DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA LA POLÍTICA NACIONAL DE IGUALDAD DE GÉNERO
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el inciso 2 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece el derecho de toda persona a la igualdad
ante la ley, disponiendo que nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión,
condición económica o de cualquiera otra índole;
Que, el Estado peruano ha suscrito y rati?cado tratados y compromisos internacionales sobre derechos humanos en
materia de igualdad y no discriminación como la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación
contra la Mujer (CEDAW), la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer
(Belém do Pará), la Declaración y la Plataforma de Acción de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijing,
1995);
los cuales re?ejan el compromiso internacional por alcanzar las metas de igualdad, desarrollo y paz en favor de
las mujeres;
Que, el artículo 6 de la Ley N° 28983, Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, establece que el
Poder Ejecutivo, gobiernos regionales y gobiernos locales, en todos los sectores, adoptan políticas, planes y programas,
integrando los principios de la referida Ley de manera transversal;
Que, el numeral 1 del artículo 4 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone como competencia
exclusiva del Poder Ejecutivo diseñar y supervisar políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento
obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno;
Que, la Política de Estado N° 11 del Acuerdo Nacional establece el compromiso del Estado peruano de combatir toda
forma de discriminación, fortalecer la participación de las mujeres como actoras sociales y políticas, y darles acceso
equitativo a recursos productivos y empleo;
Que, el Eje estratégico 1 del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, denominado Plan Bicentenario: El Perú hacia
el 2021, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2011-PCM, señala como un objetivo nacional la “plena vigencia de los
derechos fundamentales y la dignidad de las personas”; asimismo, como una acción estratégica a implementar, propone
“desarrollar la normativa, las políticas públicas y las acciones a?rmativas necesarias para garantizar la participación en
las decisiones públicas de los grupos más vulnerables (no discriminación)”;
Que, el Anexo N° 1 de la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, Directiva para la Actualización del Plan Estratégico de
Desarrollo Nacional, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD, contiene
la pre-imagen del Perú al 2030, que señala: “La sociedad peruana es pací?ca, justa e inclusiva, libre del temor y de la
violencia; sin corrupción ni discriminación y con igualdad de oportunidades”;
Que, el numeral 8.1 del artículo 8 del Reglamento que regula las Políticas Nacionales, aprobado por Decreto Supremo
N° 029-2018-PCM, establece que las políticas nacionales constituyen decisiones de política a través de las cuales se
prioriza un conjunto de objetivos y acciones para resolver un determinado problema público de alcance nacional y
sectorial o multisectorial en un periodo de tiempo;
Que, por Decreto Supremo N° 056-2018-PCM se aprueba la Política General de Gobierno al 2021, cuyo numeral 4.6
del artículo 4 establece como un lineamiento prioritario de dicha política, promover la igualdad y no discriminación entre
hombres y mujeres, así como garantizar la protección de la niñez, la adolescencia y las mujeres frente a todo tipo de
violencia;
Que, los artículos 2 y 3 del Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y
Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, establecen que este ministerio es rector en las políticas
nacionales y sectoriales sobre mujer y promoción y protección de las poblaciones vulnerables, y que su ?nalidad consiste
en diseñar, establecer, promover, ejecutar y supervisar políticas públicas a favor de las mujeres y las poblaciones
vulnerables;
Que, a partir del marco jurídico nacional e internacional de protección del derecho a la igualdad y no discriminación
por razón de género, se constata que la discriminación estructural contra las mujeres en el Perú es un problema público
que requiere la adopción de medidas adecuadas y oportunas por parte del Estado peruano, cuyo primer paso es la
aprobación de una política nacional en materia de igualdad de género;
Que, mediante O?cio N° 367-2018-CEPLAN/DNCP, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN
adjunta el Informe Técnico N° 00007-2018-CEPLAN/DNCP/PN que concluye que el proyecto de Política Nacional de
Igualdad de Género se encuentra en concordancia con lo dispuesto en el Reglamento que regula las Políticas Nacionales
aprobado por Decreto Supremo N° 029-2018-PCM y en la Guía de Políticas Nacionales, aprobada por Resolución de
Presidencia de Consejo Directivo N° 00047-2018/CEPLAN/PCD;
Que, en razón de lo expuesto, resulta necesario aprobar la “Política Nacional de Igualdad de Género” para abordar
las causas y los efectos de la discriminación estructural contra las mujeres, en concordancia con las obligaciones
internacionales del Estado peruano en materia de derechos humanos, las políticas de Estado establecidas en el Acuerdo
Nacional, el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional y la pre-imagen del Perú al 2030;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado
mediante Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modi?catorias; el Decreto Supremo N° 029-2018-PCM, que aprueba
el Reglamento que regula las Políticas Nacionales; y, la Guía de Políticas Nacionales aprobada por Resolución de
Presidencia de Consejo Directivo N° 00047-2018/CEPLAN/PCD;
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Jueves 4 de abril de 2019 /
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1.- Aprobación de la Política Nacional de Igualdad de Género
Apruébese la Política Nacional de Igualdad de Género, que como anexo forma parte integrante del presente Decreto
Supremo.
Artículo 2.- Ámbito de aplicación
La Política Nacional de Igualdad de Género es de aplicación inmediata para todas las entidades de la administración
pública señaladas en el artículo 1 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo
General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, en el marco de sus competencias.
Artículo 3.- Conducción de la Política Nacional de Igualdad de Género
La Política Nacional de Igualdad de Género constituye una política nacional multisectorial, cuya conducción está a
cargo del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
Artículo 4.- Seguimiento y Evaluación de la Política Nacional de Igualdad de Género
4.1.
El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables lidera técnicamente el seguimiento y la evaluación de la
Política Nacional de Igualdad de Género.
La evaluación tiene periodicidad semestral y anual, y contiene la información provista por los ministerios
4.2.
encargados de brindar los servicios previstos en la Política Nacional de Igualdad de Género y por el Instituto Nacional de
Estadística e Informática (INEI). Los reportes se generan en el mes de noviembre del año materia de seguimiento y en
el mes de abril del año posterior.
Artículo 5.- Financiamiento
La implementación de la Política Nacional de Igualdad de Género se ?nancia con cargo al presupuesto institucional
de las entidades involucradas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 6.- Publicación
El presente Decreto Supremo y su anexo son publicados en el diario o?cial El Peruano y en los portales institucionales
de los ministerios comprendidos en el artículo 7 del presente Decreto Supremo.
Artículo 7.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de la Mujer y
Poblaciones Vulnerables, la Ministra de Salud, la Ministra de Educación, la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo,
la Ministra de la Producción, la Ministra de Agricultura y Riego, la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, el Ministro de
Justicia y Derechos Humanos, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, el Ministro del Interior, el Ministro de Vivienda,
Construcción y Saneamiento, la Ministra de Cultura y la Ministra del Ambiente.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
Primera.- Elaboración del Plan Estratégico Multisectorial de Igualdad de Género
El Poder Ejecutivo aprueba el Plan Estratégico Multisectorial de Igualdad de Género requerido para la implementación
de la Política Nacional de Igualdad de Género dentro de los noventa (90) días contados a partir de la entrada en vigencia
del presente Decreto Supremo.
Segunda.- De la implementación de la Política Nacional de Igualdad de Género
Las entidades cuyas competencias se vinculan al cumplimiento de los objetivos prioritarios de la Política Nacional
de Igualdad de Género adecúan sus Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM), Planes Estratégicos
Institucionales (PEI) y demás instrumentos de política a ?n de asegurar dicho cumplimiento.
Tercera.- Mejora en los mecanismos de recolección de información
La Presidencia del Consejo de Ministros, a través del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN),
recomienda la implementación de mejoras en los mecanismos de recolección de información del Instituto Nacional de
Estadística e Informática (INEI) y de los registros administrativos que miden los avances en el cumplimiento de los
objetivos prioritarios de la Política Nacional de Igualdad de Género.
Cuarta.- Informe de cumplimiento de la Ley N° 28983, Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y
Hombres
A partir de marzo de 2020, el informe de avances en el cumplimiento de la Ley N° 28983, Ley de igualdad de
oportunidades entre mujeres y hombres, se elabora sobre la base del reporte de cumplimiento anual de la Política
Nacional de Igualdad de Género, cuya estructura se detalla en la Guía de Políticas Nacionales, aprobada por Resolución
de Presidencia del Consejo Directivo de CEPLAN N° 00047-2018/CEPLAN/PCD.
Quinta.- Mecanismo de coordinación
Mediante Decreto Supremo, a propuesta del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, se establece el
mecanismo de coordinación para la implementación de la Política Nacional de Igualdad de Género.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de abril del año dos mil diecinueve.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE
Presidente del Consejo de Ministros
FABIOLA MARTHA MUÑOZ DODERO
Ministra de Agricultura y Riego
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LUCÍA DELFINA RUÍZ OSTOIC
Ministra del Ambiente
EDGAR M. VÁSQUEZ VELA
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
ULLA SARELA HOLMQUIST PACHAS
Ministra de Cultura
PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
FLOR AIDEÉ PABLO MEDINA
Ministra de Educación
CARLOS MORÁN SOTO
Ministro del Interior
VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
GLORIA MONTENEGRO FIGUEROA
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
ROCÍO INGRED BARRIOS ALVARADO
Ministra de la Producción
ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES
Ministra de Salud
SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO
Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo
CARLOS BRUCE MONTES DE OCA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
POLÍTICA NACIONAL DE IGUALDAD DE GÉNERO
Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
CONTENIDO
I. ANTECEDENTES
1.1
1.2
PRESENTACIÓN
BASE LEGAL
1.2.1
1.2.2
Normas nacionales
Normas e instrumentos internacionales
1.3.
1.4.
METODOLOGÍA
DIAGNÓSTICO
1.4.1.
1.4.2.
1.4.3.
1.4.4.
1.4.5
ENUNCIADO DEL PROBLEMA PÚBLICO: “DISCRIMINACIÓN ESTRUCTURAL CONTRA LAS MUJERES”
MODELO DEL PROBLEMA PÚBLICO
CONCEPTOS CLAVES.
SITUACIÓN ACTUAL DEL PROBLEMA PÚBLICO
SITUACIÓN FUTURA DESEADA
ALTERNATIVAS DE SOLUCIÓN SELECCIONADAS
1.4.6.
1.5.
POLÍTICAS RELACIONADAS
1.5.1.
1.5.2.
ALINEACIÓN VERTICAL
ALINEACIÓN HORIZONTAL
2.
3.
4.
OBJETIVOS PRIORITARIOS Y LINEAMIENTOS
PROVISIÓN DE SERVICIOS Y ESTÁNDARES
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN
4.1.
4.2.
SEGUIMIENTO
EVALUACIÓN
5.
GLOSARIO Y ACRÓNIMOS
5.1.
5.2.
GLOSARIO DE TÉRMINOS
ACRÓNIMOS
6.
ANEXOS
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El Peruano
Jueves 4 de abril de 2019 /
I. ANTECEDENTES
1.1
PRESENTACIÓN
El Perú ha experimentado un crecimiento económico que le ha permitido mejorar la calidad de vida y las oportunidades
de sus habitantes. Sin embargo, la persistencia de múltiples desigualdades –y al centro de ellas- la desigualdad entre
mujeres y hombres, constituyen el urgente desafío para el desarrollo sostenible.
Las brechas de género existentes (empleo, ingresos, uso del tiempo, participación, entre otras), hacen imprescindible
la implementación de una política pública que desde un enfoque multisectorial y de género, aborde las principales causas
de la discriminación y la desigualdad que afecta principalmente a las mujeres, quienes constituyendo el 50,8% de la
población, viven con un limitado ejercicio de sus derechos fundamentales y oportunidades de desarrollo, situación que
requiere de una decidida intervención desde el Estado para impedir su sistemática reproducción social y transmisión
intergeneracional.
Esta necesidad ya ha sido advertida por diversas organizaciones internacionales que han identi?cado la desigualdad
de género como un obstáculo para el desarrollo sostenible y han recomendado la implementación de acciones urgentes
para abordarla. A manera de ejemplo, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) ha
señalado que el Perú continúa siendo un país profundamente desigual y dividido a pesar de su relativa estabilidad política
y económica. Asimismo, ha advertido que la pobreza y las desigualdades de género y étnico-culturales, concentradas
geográ?camente en la sierra y la selva, siguen siendo elevadas en comparación con los indicadores promedio de los
países miembros de la OCDE (OCDE, 2016, 17).
La Política Nacional de Igualdad de Género aborda la discriminación estructural contra las mujeres como un problema
central en el país, generando desigualdad, limitando el ejercicio de los derechos fundamentales y oportunidades de
desarrollo de las mujeres; reproduciéndose socialmente y transmitiéndose de generación en generación a lo largo de la
historia del país.
La Política Nacional de Igualdad de Género, según la Recomendación General N° 28 del Comité CEDAW (2010),
conceptualiza el término género como las identidades, las funciones y los atributos construidos socialmente de la mujer
y el hombre, así como al signi?cado social y cultural que la sociedad atribuye a esas diferencias biológicas, situación que
da lugar a relaciones jerárquicas entre hombres y mujeres en las que se distribuyen facultades y derechos en favor del
hombre y en menoscabo de la mujer.
La Política General de Gobierno al 2021, establece en su lineamiento 4.6, la promoción de la igualdad y no
discriminación entre hombres y mujeres, así como garantizar la protección de la niñez, la adolescencia y las mujeres
frente a todo tipo de violencia. Sin embargo, dada la dimensión del problema público identi?cado, la Política Nacional de
Igualdad de Género plantea un horizonte temporal que trasciende el período del gobierno actual — incluso el Bicentenario
de nuestra Independencia— y se proyecta al 2030, en concordancia con la Pre-Imagen de Futuro del Perú al 2030 y la
Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible aprobada por la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
1.2
BASE LEGAL
Normas nacionales
1.2.1
La Política Nacional de Igualdad de Género se sustenta en las siguientes normas nacionales:
a) Normas que reconocen y desarrollan el contenido del derecho a la igualdad y a la no discriminación:
-
-
Constitución Política del Perú (artículo 2º inciso 2, artículo 26 y artículo 191).
Ley N° 28983, Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
b) Normas que prohíben la discriminación en diversos ámbitos:
Ley N° 26772, disponen que las ofertas de empleo y acceso a medios de formación educativa no podrán contener
-
requisitos que constituyan discriminación, anulación o alteración de igualdad de oportunidades o de trato. Su reglamento
fue aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-98-TR.
-
Ley N° 30709, Ley que prohíbe la discriminación remunerativa entre varones y mujeres. Su Reglamento fue
aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2018-TR.
Decreto Legislativo N° 635, aprueba el Código Penal (artículo 323 – delito de discriminación), modi?cado por el
Decreto Legislativo N° 1323.
Decreto Supremo N° 004-2009-TR, Precisa las conductas que se consideran actos discriminatorios contra las
-
-
trabajadoras del hogar.
c) Normas que prohíben la violencia contra la mujer:
-
Ley N° 27942, Ley de prevención y sanción del hostigamiento sexual. Su reglamento fue aprobado por Decreto
Supremo N° 010-2003-MIMDES.
Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, y su Reglamento, que norman los procesos administrativos disciplinarios
contra personal educativo reportado por violencia sexual hacia estudiantes.
-
-
-
Ley N° 30314, Ley para prevenir y sancionar el acoso sexual en espacios públicos.
Ley N° 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo
familiar. Su reglamento fue aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2016-MIMP.
-
-
Ley 30403, Ley que prohíbe el uso del castigo físico y humillante contra los niños, niñas y adolescentes.
Decreto Legislativo N° 1408, Decreto Legislativo de fortalecimiento de las familias y prevención de la violencia,
modi?cado por Decreto Legislativo N° 1443.
-
Decreto Legislativo N° 1410, Decreto Legislativo que incorpora el delito de acoso, acoso sexual, chantaje sexual y
difusión de imágenes, materiales audiovisuales o audios con contenido sexual al código penal, y modi?ca el procedimiento
de sanción del hostigamiento sexual.
-
delitos de lesiones por violencia familiar; 151-A – delito de acoso; 153 y 153-A – delitos de trata de personas; 153-
Decreto Legislativo N° 635, aprueba el Código Penal (artículos 108-B – delito de feminicidio; 121-B, 122 y 122-B
–
B – delito de explotación sexual; 153-C; 154-B – delito de esclavitud y otras forma de esclavitud; 168-B – delito de
trabajo forzoso; 170 al 177 – delitos contra la libertad sexual; 183-A – delito de pornografía infantil; 183-B – delito de
proposiciones sexuales a niños, niñas y adolescentes, y 442 –falta contra la persona: maltrato).
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NORMAS LEGALES
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-
Resolución Viceministerial N° 091-2015-MINEDU, Normas que regulan el Proceso Administrativo Disciplinario para
profesores en el sector público.
Decreto Supremo N° 004-2018-MINEDU, Lineamientos para la gestión de la convivencia escolar, la prevención y la
atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes.
Resolución Ministerial N° 428-2018-MINEDU, Aprobar la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la
-
-
prevención, atención y sanción del hostigamiento sexual en centros de educación técnico-productiva e institutos y
escuelas de educación superior”.
d) Normas que establecen medidas que promueven la igualdad entre mujeres y hombres, incluyendo acciones
a?rmativas.
-
-
-
-
-
Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones (artículo 116).
Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales (artículo 10).
Ley N° 27683, Ley de Elecciones Regionales (artículo 12).
Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas (artículo 26)
1
.
Ley N° 29896, Ley que establece la implementación de lactarios en las instituciones del sector público y del sector
privado promoviendo la lactancia materna. Esta ley fue desarrollada por el Decreto Supremo Nº 001-2016-MIMP.
Ley N° 30367, Ley que protege a la madre trabajadora contra el despido arbitrario y prolonga su periodo de descanso.
Su norma reglamentaria es el Decreto Supremo N° 002-2016-TR.
Ley N° 30807, Ley que modi?ca la Ley N° 29409, Ley que concede el derecho de licencia por paternidad a los
trabajadores de la actividad pública y privada.
Decreto Supremo N° 002-2007-MIMDES, Disponen la implementación y funcionamiento de servicios de cuidado
-
-
-
diurno a través de las cunas o wawa wasi institucional en las entidades de la Administración Pública.
e) Normas que introducen consideraciones de género en las políticas e intervenciones estatales:
-
-
Ley N° 29083, Ley que modi?ca el artículo 47º de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
Ley N° 29700, Ley que incluye el trabajo no remunerado en las cuentas nacionales. Su reglamento fue aprobado
por Decreto Supremo N° 056-2014-PCM.
-
-
Ley Nº 29414, Ley que establece los derechos de las personas usuarias del servicio de salud.
Decreto Legislativo N° 1098, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones
Vulnerables (MIMP).
Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP, Aprueban Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer
y Poblaciones Vulnerables (MIMP).
Decreto Supremo Nº 003-2015-MC, Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional para la Transversalización
del Enfoque Intercultural.
Decreto Supremo N° 005-2017-MIMP, Decreto Supremo que dispone la creación de un mecanismo para la Igualdad
de Género en las entidades del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales.
Decreto Supremo N° 068-2017-PCM, que dispone la realización del “diagnóstico de la desigualdad salarial en el
-
-
-
-
Estado”.
-
Decreto Supremo N° 056-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba la Política General de Gobierno (párrafo 4.6
del artículo 4).
-
Decreto Supremo Nº 027-2015-SA, Reglamento de la Ley Nº 29414, Ley que establece los derechos de las personas
usuarias del servicio de salud.
La legislación nacional proscribe expresamente los actos de discriminación en cualquiera de sus formas. Así, el
numeral 2 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú de 1993 reconoce el derecho de igualdad ante la ley como un
derecho fundamental de la persona; prohibiendo la discriminación por cualquier motivo, entre ellos, el género.
Con relación a este último, el término género ha sido reconocido y protegido expresamente en el artículo 191 de la
Constitución, como una categoría prohibida de discriminación exigiendo que existan “porcentajes mínimos para hacer
accesible la representación de género”. El Tribunal Constitucional ha reconocido, en esta línea, que la identidad de
género goza de protección constitucional y está vinculada a la dignidad humana señalando que es una expresión “de
la diversidad de la naturaleza humana que merece protección constitucional” . Por tanto, el género es una categoría
2
prohibida de discriminación que forma parte del derecho a la igualdad y no discriminación protegido tanto por la
Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) como por la Constitución Política del Perú de 1993.
1.2.2
Normas e instrumentos internacionales
Las normas sobre derechos y las libertades reconocidas por la Constitución se interpretan de conformidad con los
tratados de derechos humanos rati?cados por el Estado (Cuarta Disposición Final y Transitoria de la Constitución), los
cuales forman parte del derecho nacional (artículo 55 de la Constitución; artículo 3 de la Ley N° 26647), en concordancia
con las decisiones adoptadas por los tribunales internacionales sobre derechos humanos constituidos según tratados
de los que el Perú es parte (artículo V del Título Preliminar del Código Procesal Constitucional, sentencia del Tribunal
Constitucional Exp. N° 5854-2005-AA/TC).
a) Normas e instrumentos internacionales que sustentan la Política Nacional de Igualdad de Género
El corpus iuris internacional en materia de respeto y protección de los derechos de las mujeres está compuesto
por un amplio conjunto de tratados e instrumentos internacionales. En el ámbito universal, el Estado rati?có el Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), el cual establece que los Estados tienen el deber de respetar y
garantizar, a través de diversas medidas legislativas u otras que fueren necesarias, los derechos reconocidos en el Pacto
sin ninguna forma de discriminación, así como disponer que hombres y mujeres sean tratados con igualdad en el goce
y ejercicio de sus derechos (artículos 2 y 3). También rati?có la Convención sobre la Eliminación de todas las formas
1
2
Denominación según la modi?cación introducida por la Ley Nº 30414.
EXP Nº 06040-2015-PA/TC, párrafos 32-33). También ha sido reconocido en reiterada jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
8
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de discriminación contra la mujer (CEDAW), la cual dispone que los Estados deben prohibir la discriminación contra
las mujeres en todas sus formas (artículos 1 y 2), así como adoptar las medidas necesarias para modi?car patrones
socioculturales de conducta de hombres y mujeres, con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios y las prácticas
consuetudinarias y de cualquier otra índole que estén basados en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera
de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres (literal a) del artículo 5).
Por otro lado, a nivel interamericano, el Perú rati?có la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que
establece el deber de los Estados de respetar y garantizar el pleno y libre ejercicio de los derechos humanos sin ninguna
forma de discriminación (artículo 1.1) y la obligación de adoptar disposiciones de derecho interno a ?n de hacer efectivos
los derechos y libertades allí reconocidos (artículo 2). Asimismo, rati?có la Convención Interamericana para Prevenir,
Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belem Do Pará), que de?ne la violencia contra la
mujer como “cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o
psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado” (artículo 1).
Estos tratados se complementan e interpretan de acuerdo con otros instrumentos internacionales como el Programa de
Acción de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos (1993), el Programa de Acción de la Conferencia de Población y
Desarrollo (1994), la Declaración y la Plataforma de Acción de la Cuarta Conferencia Mundial de la Mujer “Beijing” (1995), el
Informe de la Conferencia Beijing +5 (2000) y el Informe de la Conferencia de Beijing +20 (2015), los cuales promueven el
respeto y garantía de los derechos de las mujeres, así como la igualdad de género y el empoderamiento femenino.
Las principales normas e instrumentos internacionales que sustentan la Política Nacional de igualdad de Género son
las siguientes:
-
-
Declaración Universal de Derechos Humanos (1948).
Convenio N° 100 (1951) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), referido a la igualdad de remuneración
entre hombres y mujeres por trabajo de igual valor.
Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer (1952).
Convenio N° 111 (1958) de la OIT, referido a la igualdad de oportunidades y de trato en materia de empleo y
-
-
ocupación.
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (1965).
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966).
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966).
Declaración sobre la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (1967).
Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) (1969)
Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) (1979).
Convenio N° 156 (1981) de la OIT sobre las responsabilidades familiares.
Convenio N° 169 (1989) de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales.
Declaración y Programa de Acción de Viena (1993).
Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención Belém
do Pará) (1994).
Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos,
-
Sociales y Culturales (1988)
-
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-
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-
-
-
-
Programa de Acción de la Conferencia de Población y Desarrollo, El Cairo (1994).
Declaración y Plataforma de Acción de Beijing. Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer (1995).
Convenio N° 183 (2000) de la OIT sobre la protección de la maternidad.
Consenso de Quito. Décima Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe (2007).
Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (2007).
Consenso de Brasilia. Undécima Conferencia Regional sobre la Mujer en América Latina y El Caribe (2010).
Consenso de Montevideo sobre población y desarrollo (2013).
Informe de la Conferencia de Beijing +20 (2015)
Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible (2015).
Estrategia de Montevideo para la Implementación de la Agenda Regional de Género en el marco del Desarrollo
Sostenible hacia 2030 (2016).
b) Jurisprudencia y opiniones consultivas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que sustentan
la Política Nacional de Igualdad de Género
La jurisprudencia y las opiniones consultivas emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH)
establecen que la igualdad y no discriminación constituye un principio fundamental sobre el cual descansa el andamiaje
3
jurídico del orden público nacional e internacional, permeando todo el ordenamiento jurídico .
Asimismo, en concordancia con las obligaciones de respeto y garantía de los derechos humanos sin discriminación
establecidas en la CADH, la Corte IDH precisó que todo tratamiento que pueda ser considerado discriminatorio respecto
del ejercicio de cualquiera de los derechos garantizados en la Convención es per se incompatible con la misma, cualquiera
sea el origen o la forma que asuma
Así, debido a la evolución del derecho internacional y su interpretación progresiva, las normas e instrumentos
internacionales se interpretan de acuerdo con los tiempos y las condiciones de vida actuales . Por consiguiente, toda
4
.
5
interpretación del artículo 1.1 de la CADH que establece las obligaciones de respeto y garantía de los derechos humanos
sin ninguna forma de discriminación debe optar siempre por la alternativa más favorable a la tutela de los derechos
protegidos por el tratado (principio pro persona).
La Corte IDH ha incluido el género como una categoría protegida comprendida dentro del principio - derecho a la
6
igualdad y no discriminación en diversas sentencias . En mérito a lo anterior, el género es una categoría prohibida de
discriminación que forma parte del derecho a la igualdad y no discriminación protegido por la CADH.
3
4
5
6
Caso Atala Riffo y Niñas vs. Chile, sentencia de 24 de febrero de 2012, párr. 79, y Caso Comunidad Indígena Xákmok Kásek vs. Paraguay, sentencia del 24 de
agosto de 2010, párr. 269.
Caso Atala Riffo y Niñas vs. Chile, sentencia de 24 de febrero de 2012, párr. 78, y Caso Comunidad Indígena Xákmok Kásek. vs. Paraguay, sentencia de 24 de
agosto de 2010, párr. 268.
Caso de la Masacre de Mapiripán vs. Colombia, sentencia de 15 de septiembre de 2005, párr. 106, y Caso Atala Riffo vs. Chile, sentencia de 24 de febrero de 2012,
párrafo 83.
Caso Gonzáles y otras [“Campo algodonero”] vs. México, sentencia de 16 de noviembre de 2009, y Caso Coc Max y otros [Masacre de Xamán] vs. Guatemala,
sentencia de 20 de agosto de 2018.
El Peruano / Jueves 4 de abril de 2019
NORMAS LEGALES
9
Dicho análisis y criterio de interpretación debe ser adoptado por los jueces y juezas, los/as ?scales, los órganos
encargados de la administración de justicia, el funcionariado público y las autoridades internas, quienes están obligados/
as a ejercer un estricto control de convencionalidad de o?cio entre las normas internas y el corpus iuris interamericano
rati?cado por el Estado, así como la jurisprudencia y las opiniones consultivas de la Corte IDH, con la ?nalidad de garantizar
su efecto útil . Al amparo de dicho criterio, el Tribunal Constitucional, no solo ejerce el control de constitucionalidad sino
7
también, desde hace unos años, el control de convencionalidad (Tribunal Constitucional, sentencia del expediente N°
párr. 5.).
04617-2012-PA/TC,
La Corte IDH ha establecido también que el Estado peruano debe respetar y garantizar los derechos de las mujeres
mediante la adopción de medidas legislativas u otras medidas -como las políticas nacionales- con la ?nalidad de prevenir,
sancionar y erradicar toda forma de violencia de género contra estas. Caso contrario, todos los menoscabos a sus
derechos humanos que puedan ser atribuidos a la acción u omisión de cualquier autoridad pública o particular que
actúe con su tolerancia o aquiescencia constituye un hecho imputable al Estado que compromete su responsabilidad
internacional . Por tanto, es ilícita toda forma de ejercicio del poder público que viole sus derechos humanos.
8
La jurisprudencia de la Corte IDH ha reconocido también que la creación y uso de estereotipos son causas y
consecuencias de la violencia de género en contra de las mujeres. La Corte IDH ha de?nido al estereotipo de género
como una preconcepción de atributos o características poseídas o papeles que son o deberían ser ejecutados por
hombres y mujeres, respectivamente. La subordinación de la mujer está asociada a prácticas basadas en estereotipos
de género socialmente dominantes y socialmente persistentes . Dichos estereotipos de género son incompatibles con el
9
derecho internacional de los derechos humanos y se deben tomar medidas para erradicarlos.
10
Además, en materia de responsabilidad por violaciones a derechos humanos, la Corte IDH ha señalado que el Estado
tiene el deber de adoptar medidas de prevención y protección a partir del conocimiento de una situación de riesgo real
e inmediato para un individuo o grupo de individuos determinado, y por la posibilidad razonable de prevenir o evitar ese
riesgo
11
. Así, dicho deber de especial protección, denominado doctrina del riesgo previsible (Abramovich, 2010, 174),
requiere la presencia de cuatro elementos:
-
Existencia de una situación de riesgo real o inmediato que amenace derechos y que surja de la acción o las prácticas
de particulares; esto es, se requiere que el riesgo no sea meramente hipotético o eventual y además que no sea remoto,
sino que tenga posibilidad cierta de materializarse en lo en lo inmediato.
-
Existencia de una situación de riesgo que amenace a un individuo o a un grupo determinado, es decir, que exista
un riesgo particularizado. Lo anterior supone un requisito más estricto que la sola existencia de un riesgo general o una
situación extendida de inseguridad que afecta al conjunto de la comunidad.
-
El Estado conoce el riesgo o hubiera debido razonablemente conocerlo o preverlo; especialmente cuando es el
creador del riesgo (doctrina del riesgo creado).
El Estado pueda razonablemente prevenir o evitar la materialización del riesgo.
-
Este criterio fue tomado como base para que la Corte IDH establezca la responsabilidad del Estado por la acción de
particulares en casos que involucraron violencia de género
12
.
Por consiguiente, los estándares internacionales en materia de prohibición de discriminación por género, así como
el respeto y garantía de los derechos de las mujeres a una vida libre de violencia de género forman parte del derecho
interno, ya que el Estado ha rati?cado un amplio corpus iuris internacional sobre la materia y la Constitución Política
dispone la interpretación de los derechos fundamentales conforme a la normativa y la jurisprudencia internacionales
sobre derechos humanos.
1.3.
METODOLOGÍA
Durante el diseño y formulación de la Política Nacional de Igualdad de Género se han empleado los siguientes
instrumentos y técnicas:
ETAPA 1: DISEÑO
FINALIDAD
DE APLICACIÓN
PASOS DEL PROCESO
INSTRU-MENTO
DESCRIPCIÓN DEL INSTRUMENTO
Búsqueda de evidencia.
PRODUCTO DE LA APLICACIÓN
Delimitación, enunciación y
estructuración del problema
público
Revisión
investigaciones
de
información
estadística,
identi?cación
estudios
e Identi?cación de las principales causas y
las efectos del problema público.
Árbol de problemas
Análisis de causalidad – efecto.
de
expertos/as,
de
tendencias y escenarios vinculantes.
Opinión
informada
de
personas
con
de
trayectoria
en Validación
organizaciones
identi?cación de tendencias.
Veri?car la ?abilidad de la
de?nición del problema público.
del
modelo
conceptual
e
Juicios de expertas/os
Talleres participativos
Análisis de tendencias
el
tema,
y
recomendaciones
internacionales.
Taller de trabajo con:
•
•
Validación de las variables
vinculadas al modelo del
problema público (causas y
efectos).
Direcciones Generales del MIMP.
Aportes
sociedad civil y de cooperación
público y sus variables.
a
la
propuesta
de
problema
Academia,
internacional.
•
Especialistas de las entidades del Estado (CMP
PLANIG y el MEF).
Extrapolación de datos históricos recientes y relevantes,
incluyendo
cuantitativas.
Determinación de la
situación futura deseada
Identi?cación
la revisión de fuentes cualitativas y
variables más relevantes.
y
selección
de
las
y
Determinar la probabilidad de
ocurrencia y potencial impacto de
cada tendencia en el problema
público.
aNarracionespartir de laplausiblessituación presente,que describende diversosla con?contextosguración, riesgosIdenti?caciónen cada escenario contextual,
de
oportunidades
Análisis de escenarios
contextuales
futuros de escala global que podrán afectar el desarrollo que afectarían (de manera positiva o
negativa) el comportamiento futuro de la
situación deseada.
nacional.
7
8
Caso Almonacid Arellano y otros vs. Chile, sentencia de 26 de septiembre de 2006, y Caso Rochac Hernández y otros vs. El Salvador, sentencia de 14 de octubre
de 2014, entre otras.
Caso Caballero Delgado y Santana vs. Colombia, sentencia de 8 de diciembre de 1995, párr. 56 y Caso Godínez Cruz vs. Honduras, sentencia de 20 de enero de
1989,
párr. 173.
9
Caso Gonzáles y otras [“Campo algodonero”] vs. México, sentencia de 16 de noviembre de 2009, párr. 401.
Caso Artavia Murillo y otros [“Fecundación in Vitro”] vs. Costa Rica, sentencia del 28 de noviembre de 2012, párr. 302
Caso de la Masacre de Pueblo Bello vs. Colombia, sentencia de 31 de enero de 2006, párr. 123.
10
11
12
Caso Gonzáles y otras [“Campo algodonero”] vs. México, sentencia de 16 de noviembre de 2009, párr. 278-286.
10
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 4 de abril de 2019 /
FINALIDAD
DE APLICACIÓN
PASOS DEL PROCESO
INSTRU-MENTO
DESCRIPCIÓN DEL INSTRUMENTO
PRODUCTO DE LA APLICACIÓN
•
•
Opinión informada de personas con trayectoria en Alternativas
el tema.
organizaciones por la academia y los órganos
especializados en derechos humanos.
PRODUCTO DE LA APLICACIÓN
Identi?car las alternativas
recomendadas por expertas/os
nacionales e internacionales.
de solución formuladas
Selección de alternativas de
solución
Juicios de expertas/os
Recomendaciones
internacionales.
de
ETAPA 1I: FORMULACIÓN
FINALIDAD
DE APLICACIÓN
PASOS DEL PROCESO
INSTRU-MENTO
DESCRIPCIÓN DEL INSTRUMENTO
Elaboración de propuestas de objetivos
prioritarios e indicadores de la Política
Nacional de Igualdad de Género.
Reuniones técnicas con Direcciones Generales del Propuestas de objetivos prioritarios e
MIMP. indicadores a ser validados.
Reuniones técnicas
Opinión informada de personas con trayectoria en Aportes a los objetivos prioritarios y sus
Juicios de expertos/ Revisión y aportes a las propuestas de
el
tema, y recomendaciones de organizaciones
indicadores.
Elaboración de objetivos
prioritarios e indicadores
as
objetivos prioritarios.
internacionales.
•
Propuestas
validadas
de
objetivos prioritarios.
Indicadores revisados en función
Talleres
participativos
Revisión y validación de la propuesta de Taller con especialistas de las entidades del Estado •
objetivos prioritarios e indicadores. (CMP PLANIG y el MEF).
de
las
competencias
de
las
entidades involucradas.
Elaboración de propuestas de lineamientos Reuniones técnicas con Direcciones Generales del Propuestas
de
lineamientos
a
ser
Reuniones técnicas
de la Política Nacional de Igualdad de
MIMP.
validadas.
Género.
Elaboración de lineamientos
academia, •
Aportes
lineamientos.
Propuestas
a
las
propuestas
validadas
de
de
Talleres
con
expertos/as
de
la
Talleres
participativos
Revisión y validación de la propuesta de
lineamientos.
representantes de la sociedad civil y especialistas de •
las entidades del Estado (CMP PLANIG y el MEF).
lineamientos.
•
Recoger propuestas de servicios y
estándares.
Talleres
participativos
Taller con especialistas de las entidades del Estado •
Propuestas de servicios.
Servicios validados.
Identi?cación de los
servicios y estándares de
cumplimiento
•
Validación de los servicios por las (CMP PLANIG y el MEF).
entidades encargados de brindarlos.
•
Revisión y sistematización de las
ReunionesMIMP. técnicas con Direcciones Generales del Propuesta completa de servicios.
Reuniones técnicas
propuestas de servicios para su validación.
•
Anexo A-1 de la Guía de Políticas
Nacionales de CEPLAN: Fichas de
alineamiento de nivel vertical.
Revisión de políticas y planes publicados en portales
o?ciales o?cial El Peruano, Sistema
Peruano de Información Jurídica – SPIJ, portal del • Anexo A-2 de la Guía de Políticas
Establecer el alineamiento de la PNIG
Revisión documental con las prioridades nacionales y con otras
políticas nacionales.
Identi?cación de las
políticas relacionadas
web
(Diario
Acuerdo Nacional, portal de CEPLAN).
Nacionales de CEPLAN: Ficha de
alineamiento de nivel horizontal.
FINALIDAD
INSTRU-MENTO
PASOS DEL PROCESO
DESCRIPCIÓN DEL INSTRUMENTO
PRODUCTO DE LA APLICACIÓN
DE APLICACIÓN
Elaboración de propuestas de objetivos
prioritarios e indicadores de la Política
Nacional de Igualdad de Género.
Elaboración de objetivos
prioritarios e indicadores
Reuniones técnicas con Direcciones Generales del Propuestas de objetivos prioritarios e
MIMP. indicadores a ser validados.
Reuniones técnicas
1.4.
DIAGNÓSTICO
1.4.1.
1.4.2.
ENUNCIADO DEL PROBLEMA PÚBLICO: “DISCRIMINACIÓN ESTRUCTURAL CONTRA LAS MUJERES”
MODELO DEL PROBLEMA PÚBLICO
La discriminación estructural, en el marco de la igualdad de género, es el conjunto de prácticas reproducidas por
patrones socioculturales instalados en las personas, las instituciones y la sociedad en general. Esta discriminación se
expresa en prácticas y discursos excluyentes y violentos que son avalados por el orden social, donde hombres y mujeres
se relacionan a nivel social, político, económico y ético. Así también, esta discriminación se evidencia en las diferentes
oportunidades de desarrollo y de consecución de planes de vida de las personas debido al hecho biológico de ser
hombres o mujeres.
Esta forma de discriminación tiene como características el ser masiva, sistemática y generalizada (Pelletier, 2014,
209,
211-212) y en sus manifestaciones más graves constituye una grave violación a los derechos humanos (Caso
Gonzáles y otras [“Campo algodonero”] vs. México, párr. 388). En el caso peruano, se sostiene que la discriminación
contra las mujeres es de carácter estructural y de género, encontrándose profundamente arraigada en las actitudes
tradicionales, prácticas institucionales y en la sociedad en su conjunto de manera sistemática (Recomendación General
N° 30, párr. 77); conforme lo plantean los sistemas universal e interamericano de protección de derechos humanos para
cali?car una situación como tal.
La distribución desigual del poder entre hombres y mujeres origina patrones socioculturales discriminatorios,
arraigados y tolerados socialmente. Estos están compuestos por un conjunto de costumbres, creencias, prejuicios y
dogmas religiosos, en relación a lo que una mujer y un hombre deben ser y hacer (Hernández y Garcés, 2015).
Dichos patrones explican cómo, históricamente, la organización patriarcal determinó una cultura del privilegio de lo
masculino sobre lo femenino. En ese sentido, los hombres asumieron el poder de la totalidad de las instituciones y se
generaron construcciones socioculturales de lo femenino y masculino, que se expresan en lo que se denomina como
roles, espacios y atributos de género (Ruiz Bravo, 2013, 3-7):
-
Roles de género: Conjunto de normas y prescripciones que dicta la sociedad y la cultura acerca del comportamiento
femenino o masculino (Ruiz Bravo, 2013, 5). Mientras que las mujeres suelen ser identi?cadas como madres, cuidadoras,
los hombres son vistos como proveedores económicos y jefes del hogar.
-
Espacios que se atribuyen en razón de género: aquí se actúan los roles anteriormente mencionados. Se identi?ca
a los espacios públicos y abiertos a lo masculino y al espacio privado con lo femenino (CEPAL, 1999, 8).
Atributos o características de la personalidad: se asume que hombres y mujeres tienen una “naturaleza”
-
diferente, asociándose lo femenino a la emoción, la delicadeza, el sacri?cio y la renuncia, y lo masculino a la objetividad,
la fuerza, lo intelectual y la competencia.
Debemos tener en cuenta también que, como se señaló anteriormente, la subordinación de la mujer está asociada
a prácticas basadas en estereotipos de género, que se de?nen como preconcepciones de atributos o características
El Peruano / Jueves 4 de abril de 2019
NORMAS LEGALES
11
poseídas o papeles que son o deberían ser ejecutados por hombres y mujeres, respectivamente (Corte IDH, caso
Gonzáles y otras [“Campo algodonero”] vs. México, sentencia de 16 de noviembre de 2009, párr. 401).
Es importante señalar que los patrones socioculturales discriminatorios —que privilegian lo masculino sobre lo
femenino— causan, entre otros, lo siguiente: i) la asignación desigual de roles (productivos a los hombres y reproductivos
a las mujeres) y ii) las normas y cultura institucional que refuerzan la situación de inferioridad o subordinación de las
mujeres.
Respecto del primer punto, se sostiene que existe una asignación diferenciada de roles, espacios y actividades a las
personas según las características sexuales; ello implica una división jerárquica y binaria del trabajo, separando el ámbito
13
(Pávez, 2013, 117). La sociedad, las instituciones, e incluso el Estado, valoran de forma
desigual el aporte de mujeres y hombres y, en algunos casos, invisibilizan el aporte femenino.
productivo del reproductivo
Con relación al segundo punto, este hace referencia a los sistemas o reglas implícitas, construidos e impuestos
por la sociedad, para darles estructura a nuestras relaciones socioeconómicas y culturales. Estas pueden ser de tipo
formal o informal e incluyen leyes, regulaciones, códigos de conducta, normas de comportamiento y costumbres, cultura
de las organizaciones públicas o privadas, etc. Las normas y cultura institucional reproducen y perpetúan los patrones
socioculturales discriminatorios, fortaleciendo, de esta manera, la asignación diferenciada de roles, espacios y atributos
entre mujeres y hombres.
Los patrones socioculturales discriminatorios, la asignación desigual de roles (productivos a los hombres y
reproductivos a las mujeres), así como las normas y la cultura institucional están en constante y permanente interacción,
ocasionando la discriminación estructural que afecta a las mujeres.
De estas causas, los patrones socioculturales discriminatorios resultan los más importantes, ya que refuerzan la
asignación desigual de roles (productivos a los hombres y reproductivos a las mujeres) y se perpetúan en la sociedad
a través de las normas y cultura institucional que refuerzan la situación de inferioridad o subordinación de las mujeres.
Así, el desarrollo con igualdad de género implica desmontar la cultura, los valores y los roles tradicionales de género que
reproducen y mantienen la subordinación de las mujeres (MIMP, 2013, 18).
Según Berger y Luckmann (2003) la incorporación de normas sociales se produce a través de procesos de socialización
ocurridos luego del aprendizaje innato (el que se da al nacer), y en una primera socialización o “socialización primaria”
producida en el entorno familiar, donde las personas aprenden las valoraciones y normatividad social básica que la
acompañarán a lo largo de su vida y son muy difíciles de desaprender en la edad adulta, a pesar de la exposición a nuevos
procesos de socialización (Berger y Luckmann, 2003, 162-183). Una segunda socialización o “socialización secundaria”
se produce en los distintos espacios de interacción social donde participa el individuo de manera recurrente, como por
ejemplo en la escuela, los estudios post escolares (técnicos, superiores, universitarios) o en su lugar de trabajo. En estos
espacios, el individuo va a aprender normas sociales que van moldeando su conducta. Por ello, resulta fundamental
intervenir para evitar que en los procesos de socialización de estas etapas se instalen valoraciones y normas asociadas
a la desigualdad y a la discriminación, basadas en una supuesta superioridad masculina y una supuesta inferioridad
femenina.
Al observar de manera crítica las relaciones de poder y subordinación que las culturas y las sociedades construyen
entre hombres y mujeres, así como explicar las causas que producen las asimetrías y desigualdades, el enfoque de
género aporta elementos centrales para la formulación de medidas (políticas, mecanismos, acciones a?rmativas,
normas, etc.) que contribuyen a superar la desigualdad de género, modi?car las relaciones asimétricas entre mujeres
y hombres, erradicar toda forma de violencia de género, origen étnico, situación socioeconómica, edad, la orientación
sexual e identidad de género, entre otros factores, asegurando el acceso de mujeres y hombres a recursos y servicios
públicos y fortaleciendo su participación política y ciudadana en condiciones de igualdad (MIMP, 2016, 5). En el siguiente
grá?co podremos ver el modelo explicativo del problema público, identi?cando las causas que lo genera y los efectos
que produce.
Grá?co1
Causas y efectos del problema público
Elaboración: MIMP. Dirección General de Igualdad de Género y No Discriminación.
13
Esta categoría también es entendida como división sexual del trabajo.
12
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 4 de abril de 2019 /
El modelo del problema público de la Política Nacional de Igualdad de Género plantea que la discriminación
estructural contra las mujeres tiene en su base un conjunto de patrones socioculturales discriminatorios —que
privilegian lo masculino sobre lo femenino— reforzando la asignación desigual de roles (productivos a los hombres y
reproductivos a las mujeres) que infravalora lo femenino en comparación con lo masculino.Asu vez, dichos patrones se
reproducen y perpetúan por la acción de las normas y cultura institucional que refuerzan la situación de inferioridad
o subordinación de las mujeres en la sociedad.
Lo que también se ve en el modelo es que los efectos de la discriminación estructural se evidencian en las
vulneraciones a diversos derechos humanos. Dentro de estos derechos está i) el derecho a una vida libre de violencia;
ii) los derechos a la salud sexual y reproductiva; iii) el derecho al acceso y participación de las mujeres en espacios de
toma de decisión, y iv) los derechos económicos y sociales.
Cabe señalar que las mujeres pertenecientes a algunos grupos, además de sufrir discriminación por el hecho de ser
mujeres, pueden estar expuestas a múltiples formas de discriminación por otras razones, como la raza, la orientación
sexual, el origen étnico, la religión, la incapacidad, la edad, la clase, la casta u otros factores.
Esta múltiple discriminación lo podemos ver a partir del enfoque de la interseccionalidad, que plantea que las
desigualdades de género y la discriminación que enfrentan las mujeres son complejas, múltiples, simultáneas y que
afectan a todas las mujeres de manera heterogénea. Existen grupos dentro del universo de mujeres que experimentan
Según la CEDAW, los Estados deben garantizar la igualdad formal o igualdad ante la ley y la igualdad sustantiva
o de facto. En el caso de la igualdad formal, “se basa en la idea que la ley debe aplicarse de forma similar a todos los
individuos con independencia de sus características” (González y Parra, 2008, 129). El derecho de igual protección de la
ley signi?ca que ésta no puede ser aplicada de manera distinta a personas en situaciones similares, y que no puede ser
aplicada de forma idéntica a personas en situaciones diferentes (ONU Mujeres, 2016, p. 4). En el caso de la igualdad
sustantiva, “es necesario que las leyes y políticas garanticen que las mujeres tengan las mismas oportunidades que los
hombres en las distintas esferas sociales y personales y exista un contexto propiciatorio para lograrlo en los hechos, es
decir, implica la obligación del Estado para remover todos los obstáculos para que la igualdad se alcance en los hechos”
(ONU Mujeres, 2016, 4).
Por su parte, la noción de igual protección de la ley sin discriminación, desarrollada en el artículo 1.1 de la CADH y
en el artículo 2.2 de la Constitución Política del Perú, se centran en la preocupación por extender la esfera de garantías
de los derechos a grupos o categorías que inicialmente no fueron incluidas bajo su amparo (Uprimny y Sánchez, 2016,
p. 586), como, por ejemplo, el género. Esta constituye una de las categorías prohibidas de discriminación comprendidas
dentro del principio–derecho a la igualdad y no discriminación ya que los tratados y las normas en derechos humanos
son instrumentos vivos que se encuentran en constante y permanente evolución acorde a los tiempos y condiciones de
vidas actuales.
-
El término género, en concordancia con la Recomendación General N° 28 del Comité CEDAW (2010), consiste en
un conjunto de creencias, atribuciones y prescripciones culturales que establecen “lo propio” de los hombres y “lo propio”
de las mujeres en cada cultura, y que sea usa para comprender conductas individuales y procesos sociales, así como
para diseñar políticas públicas (Lamas, 2016, 156).
-
La igualdad de género es el ?n último que se busca alcanzar mediante la Política Nacional de Igualdad de Género.
Supone “modi?car las circunstancias que han impedido a las mujeres el ejercicio pleno de sus derechos y el acceso a
las oportunidades, así como eliminar las desventajas de las mujeres en la vida cotidiana, debidas a las desigualdades
producto de la discriminación histórica que han padecido y a las relaciones de poder vigentes en la sociedad que
reproducen y perpetúan dicha discriminación” (ONU Mujeres, 2016, 4).
La igualdad de género no es equivalente a igualdad de oportunidades, ya que, desde el enfoque de género, se
reconoce que la igualdad no solo se orienta al acceso a oportunidades, sino también al goce efectivo de los derechos
humanos. En una situación de igualdad real, los derechos, las responsabilidades y las oportunidades de los varones y
mujeres no dependen de su naturaleza biológica y por lo tanto tienen las mismas condiciones y posibilidades para ejercer
sus derechos y ampliar sus capacidades y oportunidades de desarrollo personal, contribuyendo al desarrollo social y
bene?ciándose de sus resultados (MIMP, 2013, 17-18).
En la mayoría de las sociedades, el género plantea la existencia de diferencias y desigualdades entre mujeres y
hombres en cuanto a las responsabilidades asignadas, las actividades realizadas, el acceso y el control de los recursos,
así como las oportunidades de adopción de decisiones (ONU Mujeres, s/f). Es así que, a lo largo del tiempo, estas
situaciones han venido afectando el derecho a la igualdad en perjuicio de las mujeres. Las múltiples dimensiones,
situaciones, afectaciones en la vida cotidiana y el ordenamiento social que va determinando las relaciones sociales y de
poder entre hombres y mujeres, ha mostrado que la discriminación que afecta a las mujeres es el principal obstáculo
que impide la realización de la igualdad de género.
-
La discriminación contra la mujer es de?nida por CEDAW como “toda distinción, exclusión o restricción basada
en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer,
El Peruano / Jueves 4 de abril de 2019
NORMAS LEGALES
13
independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y
las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera” (artículo
1).
Este concepto ha sido delimitado en las Recomendaciones Generales del Comité CEDAW:
-
El concepto de discriminación contra la mujer, según la CEDAW, abarca la discriminación contra la mujer por
motivos de género (Recomendación General N° 28).
La violencia contra la mujer es una forma de discriminación que inhibe gravemente la capacidad de la mujer de
-
gozar de derechos y libertades en pie de igualdad con el hombre (Recomendación General N° 19). Esta violencia está
basada en el género, por lo cual constituye un problema social que exige respuestas integrales más allá de los casos
concretos, autores, víctimas y supervivientes (Recomendación General N° 35).
-
La discriminación contra la mujer se agrava por factores interseccionales que afectan a algunas mujeres en diferente
grado o de diferente forma que a los hombres y otras mujeres (Recomendación General N° 33).
La CEDAW compromete a los Estados partes a ocuparse de todas las violaciones de los derechos de la mujer,
-
así como de la discriminación estructural subyacente por razón de sexo y género que sustentó dichas violaciones
(Recomendación General N° 30). Los estereotipos de género, las leyes discriminatorias, los procedimientos
interseccionales o compuestos de discriminación, entre otros, son factores que integran un contexto estructural de
discriminación y constituyen violaciones persistentes de los derechos humanos de las mujeres (Recomendación
General N° 33).
Las recomendaciones formuladas por los organismos internacionales de supervisión de tratados en materia de
derechos humanos, así como las declaraciones y compromisos asumidos en foros regionales y mundiales coinciden en
señalar que la discriminación contra las mujeres es el problema de igualdad de género que reviste la mayor gravedad y
requiere una atención prioritaria por parte de los Estados.
-
La discriminación contra las mujeres se encuentra vinculada, de manera directa y estrecha, con la violencia de
género, es decir, la violencia que sufren por el hecho de ser mujeres, siendo ésta una de las formas más extremas y
generalizadas de control y sometimiento que “impide y nuli?ca severamente el ejercicio de los derechos de las mujeres”
(CIDH. Informe N° 80/11. Caso 12.626. Jessica Lenahan (Gonzales y otros) vs. Estados Unidos, párr. 110; CEDAW,
Recomendación General 19: La Violencia contra la Mujer, 1993), precisándose que la creación y uso de estereotipos
se convierte en una de las causas y consecuencias de la violencia de género en contra de las mujeres (Caso Gonzáles
y otras [“Campo algodonero”] vs. México, párr. 401). En relación con ello, la Convención de Belem Do Pará de?ne la
violencia contra la mujer “como cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento
físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado” (artículo 1).
Al respecto, según Nattie Golubov, las manifestaciones de la discriminación contra las mujeres se entrecruzan de
tal forma que cotidianamente producen subordinación y la marginación de estas, en distintos niveles de la vida pública
y privada (Golubov, 2016, 197-198), involucrando otros factores de exclusión, como su pertenencia étnica, orientación
sexual, identidad de género, discapacidad o lugar de residencia. Cuando estos factores afectan principalmente a
las mujeres, se le denomina discriminación múltiple o interseccional dado que con?uyen más de dos factores de
discriminación. A mayor con?uencia simultánea de factores, mayor es la situación de vulnerabilidad que enfrentarán las
mujeres de un determinado grupo.
-
La incorporación del enfoque de género en las políticas públicas como una herramienta de análisis es fundamental
porque permita identi?car los roles y tareas que realizan los hombres y las mujeres en una sociedad, así como las
asimetrías, relaciones de poder e inequidades que se producen entre ellos. Al observar de manera crítica las relaciones
de poder y subordinación que las culturas y las sociedades construyen entre hombres y mujeres y explicar las causas
que producen las asimetrías y desigualdades, el enfoque de género aporta elementos centrales para la formulación de
medidas (políticas, mecanismos, acciones a?rmativas, normas, etc.) que contribuyen a superar la desigualdad de género,
modi?car las relaciones asimétricas entre mujeres y hombres, erradicar toda forma de violencia de género, origen étnico,
situación socioeconómica, edad, la orientación sexual e identidad de género, entre otros factores, asegurando el acceso
de mujeres y hombres a recursos y servicios públicos y fortaleciendo su participación política y ciudadana en condiciones
de igualdad (MIMP, 2016, 5).
1.4.4.
SITUACIÓN ACTUAL DEL PROBLEMA PÚBLICO
El logro de la igualdad de género solo será posible en la medida que se resuelvan las causas y los efectos de la
discriminación estructural contra las mujeres. En esa medida es importante reconocer cuáles son las causas estructurales
que privilegian lo masculino sobre lo femenino; ocasionando la persistencia del problema público y sus efectos que se
re?ejan en la vulneración de derechos de las mujeres.
A. Causas de la discriminación estructural contra las mujeres
No existe un indicador único que permita visibilizar la incidencia de los patrones socioculturales discriminatorios que
privilegian lo masculino sobre lo femenino. Sin embargo, existen algunos indicadores que nos dan luces sobre estos
componentes:
1.
Asignación desigual de roles (productivos a los hombres y reproductivos a las mujeres)
-
Desigual organización social del cuidado
Tanto la organización social del cuidado como las labores domésticas siguen siendo trabajos no remunerados llevados
a cabo casi exclusivamente por mujeres. Esto representa barreras signi?cativas para su incorporación y participación
en la fuerza laboral, en igualdad de condiciones que los hombres (OIT, 2017, 3). Según un estudio realizado por la OIT
sobre el Perú, aún existen brechas signi?cativas con respecto al acceso equitativo a servicios de cuidados para niñas y
niños por debajo de 5 años, particularmente para aquellos entre 0 a 2 años de edad. El mismo estudio identi?có que la
oferta de cuidados y educación inicial para preescolares en nuestro país se encuentra en su fase inicial, particularmente
para aquellos entre 0 y 2 años de edad y, por ende, en su apuesta por políticas que promueven la corresponsabilidad
(OIT, 2017, 69).
Este hecho tiene importantes implicancias para niñas, niños y familias peruanas. En primer lugar, la falta de cuidados
y estímulos educacionales públicos apropiados pueden incidir negativamente sobre el desarrollo de las niñas y los niños.
En segundo lugar, sin espacios apropiados disponibles para preescolares coincidentes con las jornadas laborales, la
14
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responsabilidad recae sobre mujeres y/o madres, lo cual afecta sus posibilidades de trabajar fuera de la vivienda y, por
ende, su propia autonomía. En tercer lugar, la falta de una oferta de cuidados también impacta a los hombres en torno
a sus derechos y corresponsabilidad en el cuidado y crianza de sus hijas e hijos. Cuarto, sin una apuesta por cuidados
corresponsables, no es posible que la sociedad peruana avance hacia la igualdad de género y logre una real conciliación
entre la vida laboral y familiar para todas las personas (OIT, 2017, 69).
-
Distribución desigual del uso del tiempo
La alta participación de las mujeres en el trabajo doméstico no remunerado les genera una dependencia económica
que establece patrones de asimetría en el intercambio y refuerza relaciones de poder y subordinación con respecto a sus
pares masculinos. En el caso de las niñas, el trabajo doméstico limita su desempeño escolar y su posibilidad de gozo a
través del juego (INEI, 2011, 18; Pedrero, 2014).
El tiempo que demandan las responsabilidades familiares es la principal causa para que la jornada laboral remunerada
de las mujeres sea inferior a la de los hombres (Milosavljevic, 2007). Según la Encuesta Nacional de Uso del Tiempo
(ENUT), las mujeres en el Perú dedican, en promedio, el 52% de su tiempo de trabajo a labores no remuneradas (39
horas con 28 minutos a la semana), mientras que los hombres solo les dedican 24% de su tiempo (15 horas con 54
minutos a la semana) (Freyre y López, 2011, 13). La carga de trabajo es aún mayor en las mujeres del área rural (Freyre
y López, 2011, 25). Asimismo, los hombres tienen 4 horas con 40 minutos más que las mujeres en promedio semanal
para actividades de tiempo libre (Freyre y López, 2011, 43-44).
El problema del uso desigual del tiempo se agudizará de manera desfavorable para las mujeres a raíz del proceso de
envejecimiento de la población. Por lo tanto, se incrementará la carga de cuidado de las personas adultas mayores, los
enfermos crónicos y las personas con alguna discapacidad (CEPAL, 2017, 19).
2.
Normas y cultura institucional que refuerzan la situación de inferioridad o subordinación de las mujeres
-
Nivel de transversalización del enfoque de género en las instituciones públicas
El séptimo reporte de la Defensoría del Pueblo sobre el cumplimiento de la Ley de Igualdad de Oportunidades entre
mujeres y hombres (Informe de Adjuntía Nº 009-2014-DP/ADM, noviembre 2014) reveló una ausencia de lineamientos
para transversalizar el enfoque de género en la gestión pública de recursos humanos de los gobiernos regionales, unida
a una poca presencia de las mujeres en los puestos directivos y una falta de medidas a?rmativas para promover su
acceso y permanencia en este tipo de puestos, así como prácticas de discriminación de género que afectan el clima
laboral; desconocimiento de la normativa sobre hostigamiento sexual y falta de acciones para su prevención, atención y
sanción; desconocimiento de la normativa sobre lenguaje inclusivo y poco uso del mismo en la comunicación o?cial de
los gobiernos regionales; así como la falta de implementación de medidas de conciliación entre la vida laboral y, familiar
y personal. (Defensoría del Pueblo, 2014, 87-111,117-138).
Asimismo, la implementación del Decreto Supremo N° 005-2017-MIMP, que dispone la creación de mecanismos para
la igualdad de género en las entidades del Gobierno Nacional y gobiernos regionales, el 66,3% (110) de un total de 166
entidades públicas del Gobierno Nacional cumplió con crear un mecanismo para la igualdad de género.
Por otro lado, no se ha optimizado la participación de organizaciones no gubernamentales (ONGs), gremios, sindicatos,
empresas y otras entidades de la sociedad civil como potenciales aliadas e interlocutoras para la implementación de las
políticas y el fortalecimiento de la institucionalización del enfoque de género en la gestión pública.
-
Invisibilización de la discriminación estructural contra las mujeres en procesos de generación de conocimiento e
información estadística
Respecto de la información sobre el impacto de las políticas implementadas en materia de igualdad de género tanto a
nivel nacional como subnacional, se constata que existen pocos estudios, diagnósticos, análisis, balances y evaluaciones
de las políticas implementadas y del impacto y cambios alcanzados, a pesar de los esfuerzos del MIMP por desarrollar
bases de datos, observatorios, repositorios de información especializada, entre otros. Tampoco se cuenta con estudios
estadísticos especí?cos encargados de identi?car patrones discriminatorios y su grado de prevalencia.
Actualmente, se puede obtener información relevante sobre la discriminación en el Perú a través de las siguientes
fuentes o?ciales:
La ENUT de 2010 es sumamente útil como insumo para diseñar políticas públicas enfocadas en la conciliación del
uso del tiempo. Sin embargo, solo fue aplicada en el 2010, por lo que no es posible conocer actualmente si existen
variaciones en el uso del tiempo de mujeres y hombres. La Encuesta Nacional sobre Relaciones Sociales (ENARES)
reporta información sobre tolerancia social a la violencia hacia las niñas, niños, adolescentes y mujeres. A pesar de
tener una periodicidad de cada dos años, no ha mantenido su continuidad. A la fecha solo se cuenta con dos mediciones
realizadas en los años 2013 y 2015.
El informe estadístico “Brechas de género en el Perú”, publicado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática
(INEI) desde el 2014, contiene información relevante sobre la situación de desigualdad entre mujeres y hombres, pero
no incluye preguntas que permitan medir la persistencia de los patrones socioculturales discriminatorios en la sociedad
peruana.
En el documento “Brechas de género en el Perú”, en el marco de la creciente preocupación por la igualdad de género,
el INEI explora la situación relativa de las mujeres respecto de los hombres mediante la elaboración de un Índice de
Desigualdad de Género (IDG). Este índice mide las desigualdades de género en tres aspectos importantes del desarrollo
humano -la salud reproductiva, el empoderamiento y participación en la fuerza laboral- y puede ayudar al gobierno y otros
organismos a comprender las brechas existentes entre mujeres y hombres (INEI, 2017b, 17-18).
3.
Patrones socioculturales discriminatorios (roles, espacios, atributos) que privilegian lo masculino sobre
lo femenino
-
Reproducción de estereotipos a través de la formación educativa
El sistema educativo continúa reproduciendo modelos de feminidad asociados a lo doméstico, delicado, frágil y
sumiso, así como una masculinidad vinculada a la virilidad, la autoridad y la fuerza. La escuela recibe a hombres y mujeres
socializados/as -por la familia y el grupo social- en géneros masculino y femenino, lo cual refuerza, mantiene, produce
y reproduce los estereotipos de género (Tusón, 1999, 171-197). A los hombres se les educa para manejar el poder,
mientras que las mujeres son instruidas para que reproduzcan el rol maternal y doméstico en las distintas actividades que
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desarrollen. En consecuencia, a los hombres se les orienta hacia carreras como ingeniería, arquitectura, matemáticas,
derecho y ciencias naturales, mientras que a las mujeres se les ha orientado hacia carreras como odontología, ciencias
sociales, medicina o psicología (Graña, 2008, 77-86).
A manera de ejemplo, en el sector público peruano en el 2016, la participación de la mujer continúa siendo mayoritaria
en las carreras especiales (55%), por la fuerte presencia de enfermeras en el sector salud y de profesoras de educación
inicial y primaria en el sector educación (SERVIR, 2018, 15).
En los Centros de Educación Técnico-Productiva-CETPRO, los datos de matrícula total a nivel nacional del año 2017
señalan que el 31% son hombres y 69% son mujeres. Las carreras vinculadas a textilería como tejidos, bordados, son
casi totalmente de mujeres, al igual que las de peluquería y belleza personal. En carreras como cultivos hidropónicos,
carpintería, construcciones y carpintería metálica, instalaciones eléctricas, soldadura, entre otras semejantes, son casi
exclusivamente de hombres .
14
Asimismo, en los Institutos de Educación Superior Tecnológico se observa que las 3 carreras de mayor demanda y
remuneración (Metal Automotriz, Metal Mecánica, y Electricidad y Electrónica) tienen un 99% de matrícula masculina,
mientras que las dos carreras de menor demanda y remuneración (Enfermería y Secretariado Ejecutivo) 79 y 80% de
matrícula femenina
15
.
-
Nivel de tolerancia de la sociedad a la violencia y la desigualdad
La ENARES correspondiente al período 2015 de?ne la tolerancia social a la violencia como “la omisión, permiso,
promoción y excusa para que la violencia continúe, así como la ‘naturalización’ de la misma en un grupo de personas o una
sociedad determinada” (INEI, 2016, 81). Algunos de los resultados de esta encuesta re?ejan la persistencia de actitudes y
creencias que justi?can el uso de la violencia contra las mujeres en nuestra sociedad. El 44,3% de la población de 18 años a
más mencionó estar de acuerdo con la a?rmación “las mujeres que descuidan a sus hijos merecen alguna forma de castigo
de parte de su esposo o pareja”; el 39,0% apoyó la frase “la mujer que es in?el a su esposo o pareja debe ser castigada de
alguna forma por él”; el 24,0% dijo estar a favor de la aseveración “un varón tiene el derecho de usar la fuerza para corregir
a su esposa o pareja, si ella coquetea con otros varones”, y el 43,8% dijo que concordaba con la a?rmación “una mujer que
se viste provocativamente está buscando que la acosen sexualmente” (INEI, 2016, 118-120). Cabe mencionar que en las
zonas rurales es frecuente encontrar que en casi todos los actores —incluidos víctimas, agresores y autoridades—persiste
la idea de la conciliación como la respuesta efectiva en los casos de violencia hacia las mujeres (Zafra, 2015, 166).
Otros resultados de la ENARES revelan que en nuestra sociedad aún se sitúa a las mujeres en una posición
subordinada frente a las decisiones de su esposo o pareja. El 23,2% de las personas de 18 años a más manifestó estar
a favor de la a?rmación “la mujer siempre debe estar dispuesta a tener relaciones sexuales cuando su esposo o pareja
lo desea”; el 20,8% aprobó la aseveración “en ninguna situación la mujer debe contradecir las decisiones de su esposo
o pareja”, y el 20,4% dijo que “aunque haya maltrato, una mujer siempre debe estar con su esposo o pareja” Asimismo,
el 43,9% se manifestó a favor de la a?rmación “a ?n de evitar discusiones en el hogar, la mujer debería ceder”, mientras
que el 34,9% se mostró de acuerdo con la aseveración “la mujer no puede tomar decisiones sin el permiso de su esposo
o pareja (INEI, 2016, 114-115).
-
Percepción de la desigualdad y la discriminación en los ámbitos público y privado
Los estereotipos de género presentes en la sociedad impiden a las mujeres ejercer sus derechos laborales en igualdad
de condiciones que los hombres, ya que generan una distribución desproporcionada en la responsabilidad del cuidado
de los/as hijos/as y del trabajo del hogar entre hombres y mujeres, así como también contribuyen a encasillar a las
mujeres en cargos donde se requiere su “cualidad empática y emotiva”, excluyéndola de otros cargos tradicionalmente
masculinos donde dicha “cualidad” innata resultaría perjudicial.
En el caso del sector empresarial privado, la Primera Encuesta de Equidad de Género en las Empresas de Semana
Económica y la Cámara Española, elaborada por IPSOS Perú en el 2018, tuvo como objetivo conocer las percepciones
sobre equidad de género, sus principales barreras y las distintas medidas que toman las empresas para superarlas.
Asimismo, se calculó un índice de equidad compuesto por las actitudes de las personas encuestadas respecto de 3
aspectos: (i) invisibilización (de la discriminación); (ii) derechos de paternidad y (iii) estereotipos.
-
Respecto del primer aspecto, la encuesta muestra que un porcentaje de la población aún no percibe la discriminación
como un problema en el ámbito empresarial. El 21% de entrevistados/as estuvo de acuerdo con que “no es necesario
que se implementen políticas especí?cas para alcanzar la igualdad entre hombres y mujeres”; asimismo el 23% estaba
de acuerdo con la siguiente a?rmación: “en la actualidad, realmente no existen grandes problemas de discriminación o
inequidad para las mujeres en el ámbito laboral”.
-
Respecto de los derechos de maternidad y paternidad, subsisten algunas ideas que cuestionan el ejercicio de este
derecho por parte de las mujeres. El 63% de entrevistados/as estuvo de acuerdo con que “los hombres tienen derechos
relativos a la atención de los hijos (niños pequeños o recién nacidos) similares a los que tienen las mujeres”; no obstante,
el 18% estuvo de acuerdo con la a?rmación “cuando una mujer regresa del descanso por maternidad, su productividad
baja” y el 7% estuvo de acuerdo con que “en general, las mujeres abusan de sus derechos relativos a la atención de sus
hijos/as (niños pequeños o recién nacidos)”.
-
Por otro lado, en cuanto a los estereotipos, subsisten algunas creencias que niegan que las mujeres tengan la
misma capacidad que los hombres para realizar determinados trabajos. El 29% de entrevistados/as estuvo de acuerdo
con la siguiente a?rmación: “es preferible tener una mujer en cargos como recursos humanos pues suelen ser más
empáticas y se conectan mejor con los trabajadores”; asimismo, el 31% estuvo de acuerdo con que “las jefas mujeres
suelen ser más emocionales al momento de tomar decisiones que los hombres”; a su vez, el 66% estuvo de acuerdo con
“hay ciertas labores donde las mujeres se pueden desempeñar mejor porque son más organizadas y plani?cadoras”, y el
19%
de entrevistados/as señaló que “prefería tener un hombre como jefe que una mujer”.
Por otro lado, según resultados preliminares del diagnóstico de la brecha salarial entre hombres y mujeres en el
sector público, realizado en cumplimiento del Decreto Supremo Nº 068-2017-PCM), el personal directivo público percibe
14
15
MINEDU, Base de datos matrículas y egresos estudiantes CETPROs, IEST, ESFAs, 2017.
MINEDU, Base de datos matrículas y egresos estudiantes CETPROs, IEST, ESFAs, 2017.
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que los factores subjetivos o prejuicios son la causa principal del acceso inequitativo de las servidoras civiles a los
puestos de dirección en comparación con los servidores civiles (26% del total de encuestados/as). Estos mismos factores
son considerados como la principal explicación de la brecha salarial de género que perjudica a las mujeres que se
desempeñan en puestos de dirección y profesionales en el servicio civil (33% del total de encuestados/as) (SERVIR,
2018,
13-14).
-
Refuerzo de los estereotipos a través de los medios de comunicación
La tolerancia social a la discriminación es perpetuada y normalizada por gran parte de los medios de comunicación
masiva, los cuales transmiten contenidos que responden a estereotipos y refuerzan roles de género tradicionales. De otro
lado, ofrecen insu?cientes oportunidades a las mujeres para participar en espacios de contenidos políticos, económicos
y culturales, entre otros.
A partir del análisis de 64 programas de televisión abierta y durante el horario familiar (06:00 – 22:00 horas) entre los
meses de enero a marzo de 2015, la investigación “Análisis de género en la programación de señal abierta y de Horario
Familiar”, impulsada por el Consejo Consultivo de Radio y Televisión, identi?có que existe una carencia de enfoque de
género en los programas de señal abierta de la televisión peruana, lo que han permitido legitimar un único modelo de
masculinidad y feminidad a partir de la hipersexualización de los cuerpos. Asimismo, puso de relieve la cosi?cación
del cuerpo de la mujer “bella” que es incorporada como ?gura decorativa de los programas. (Barrientos, 2015, 19-20).
También concluyó que las notas periodísticas en torno a la pareja futbolista-modelo refuerzan la sexualización, en la que
se alaban los cuerpos esculturales y se valora el poder económico masculino por encima de las cualidades personales
(Barrientos, 2015, 18).
B. Efectos de la discriminación estructural contra las mujeres
Las diversas manifestaciones del problema público son resultado de dinámicas sociales, políticas, económicas y
culturales que conducen al mantenimiento de relaciones de poder que ubican a las mujeres en situación de subordinación.
Por ello, resulta importante realizar el diagnóstico de la situación nacional actual de la discriminación contra la mujer a partir
del análisis del ejercicio de sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales, sexuales y reproductivos.
De acuerdo con el marco conceptual previamente desarrollado, se advierte que a mayor nivel de interseccionalidad,
se extienden los múltiples efectos de la discriminación estructural que afecta a las mujeres. Dichos efectos, entre otros,
se agrupan en:
1)
2)
3)
4)
Vulneración del derecho a una vida libre de violencia.
Vulneración de los derechos a la salud sexual y reproductiva
Vulneración del derecho al acceso y participación de las mujeres en espacios de toma de decisiones.
Vulneración de los derechos económicos y sociales.
1.
Vulneración del derecho a una vida libre de violencia.
La violencia de género que afecta a las mujeres vulnera su derecho a vivir y desarrollarse plenamente. Así en el Perú
podemos advertir las distintas formas de violencia de género que se presentan:
-
Acoso sexual en espacios públicos.- Su incidencia es mayor en las ciudades y afecta principalmente a las mujeres
jóvenes. A nivel nacional, de cada 10 mujeres de 18 a 29 años, 7 han sido víctimas, y en Lima-Callao la incidencia es de
por cada 10 (MIMP, 2018b).
Acoso político.- Este término describe comportamientos dirigidos especí?camente contra las mujeres, con el
9
-
propósito de que abandonen la política (golpes, acoso sexual, secuestro, asesinato, amenazas, difamación, entre otras),
presionándolas para que renuncien a ser candidatas o a un cargo político en particular (Krook y Restrepo, 2016, 130).
Un estudio reveló que, de una muestra de 187 mujeres autoridades de gobiernos regionales y locales elegidas para el
periodo de 2011 a 2014, 41% de ellas (73) fueron víctimas de acoso político (Quintanilla, 2012, 28).
-
Hostigamiento sexual.- En el ámbito laboral, el servicio de defensa y asesoría legal a trabajadores/as del MTPE
reporta que en el periodo 2008-2015, se han registrado 1398 consultas sobre hostigamiento sexual efectuada por las/
los trabajadoras/es a nivel nacional (MIMP, 2017, 7). Asimismo, en el ámbito educativo, el 32,8% (62) del alumnado
encuestado mani?esta haber experimentado alguna situación de hostigamiento sexual en algún momento de su vida; de
cada diez encuestados, entre mujeres y varones, uno ha sufrido esta situación durante el último año (Bardales y Ortiz,
2012,
59). Respecto de las personas agresoras, en el 34,5% de los casos (20) fueron los amigos; en el 29,3% (17),
alguna persona extraña, y en el 12,1% (7), algún familiar, entre otros (Bardales y Ortiz, 2012, 63).
Violencia física, psicológica o sexual.- En el Perú, las manifestaciones más frecuentes de violencia contra las
-
mujeres son de carácter psicológico, físico o sexual. Según la ENDES correspondiente al período 2017, el 65,4% de
las mujeres alguna vez unidas sufrió algún tipo de violencia por parte del esposo o compañero. De ese total, el 61,5%
sufrió violencia psicológica y/o verbal, el 30,6% sufrió violencia física y el 6,5% sufrió violencia sexual (INEI, 2018b, 279-
280).
Por otro lado, según los resultados de una encuesta virtual realizada en 2014, la violencia más frecuente contra la
población de lesbianas fue la violencia familiar, siendo sus principales agresores los propios miembros de sus familias
de las encuestadas) (No Tengo Miedo, 2014, 40).
(43%
Por otro lado, de acuerdo con la información del Sistema Especializado en la Atención de Casos de Violencia Escolar
(SíSeVe) del Ministerio de Educación (MINEDU), casi a la culminación del presente año, se han recibido 1048 denuncias
de violencia sexual contra estudiantes, ocurridas en los colegios públicos y privados de todas las regiones del Perú. De
este total, en 712 casos los agresores fueron integrantes del personal educativo, entre ellos profesores, y los otros 336
fueron alumnos. Las regiones que presentan mayor número de casos de violencia sexual en las escuelas son Lima (329),
Piura (100), Huánuco (58), Amazonas (56) y Cajamarca (54). Sólo 516 denuncias han sido investigadas o sancionadas,
y desde mayo de este año, se han destituido a 780 trabajadores de colegios públicos, de los cuales, 583 docentes y
personal administrativo tienen sentencias por violación sexual.
Al mes de agosto de 2018, hay 16,339 personas privadas de libertad por delito de violencia sexual, lo que equivale
al 18.3% del total. De ese universo, 4.6% están por el delito de violación en su tipo básico, 9.7% por violación sexual de
menor de edad, 1.6% por actos contra el pudor y 2.4% por actos contra el pudor en agravio de menores de edad (INPE,
2018,
26-27).
Un factor a considerar es la necesidad de incrementar las políticas de resocialización post penitenciaria, orientadas
a prevenir la reincidencia en delitos de violencia sexual. Según el Consejo Nacional de Política Criminal (CONAPOC),
entre el 2018 y 2020, 1,976 internos (32.6%) sentenciados por delitos vinculados a la libertad sexual saldrán en libertad.
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Del total, 575 fueron agentes de delitos contra menores de edad siendo en su mayoría personas cercanas a la víctima.
Asimismo, es necesario considerar los índices de reincidencia de los agresores sexuales. De acuerdo a cifras o?ciales
del INPE, el 14% de agresores sexuales en el país presenta más de un ingreso a establecimientos penitenciarios. Así, se
han identi?cado casos que cuentan de 2 hasta 14 reingresos (MINJUS, 2018, 28).
-
Trata de personas con ?nes de explotación sexual.- En nuestro país, el Ministerio Público registró 4150 denuncias
de trata de personas en el periodo 2010-2016 (INEI, 2017, 5), asimismo, en el 2016 se registraron 1332 denuncias por
este delito y 1464 en el 2017 (INEI, 2018, 146). Durante el período 2011-2014, el 81,6% del total de presuntas víctimas
16
17
18
fueron mujeres (2459), mientras que el 55,4% del mismo total tuvieron entre 13 y 17 años de edad (INEI, 2018d, 148).
Según la Defensoría del Pueblo, el mecanismo de captación más utilizado en la trata de personas es la falsa oferta de
trabajo, directamente relacionada a la precariedad, la necesidad de empleo y la carga familiar (Defensoría del Pueblo,
2017,
51). Sin embargo, la magnitud de este delito podría ser mayor de lo que muestran las cifras o?ciales, debido a que
el principal obstáculo en la investigación de estos casos es la cali?cación de los hechos por parte de los/as operadores/
as de justicia y su adecuación al tipo penal correspondiente, la cual ocasiona que estos procesos sean tramitados como
proxenetismo, favorecimiento a la prostitución o ru?anismo (Defensoría del Pueblo, 2017, 86-87).
Feminicidio.- Entre todas las distintas formas de violencia de género contra las mujeres, el grado más extremo es el
feminicidio, que además constituye una gravísima violación a los derechos humanos (CEPAL, 2007, 65). El PNCVFS, en
el 2017, registró 121 feminicidios y entre enero y diciembre de 2018, 132 mujeres han muerto a causa de un feminicidio.
Es decir, hemos excedido la cifra de mujeres asesinadas el año pasado; víctimas del odio y la discriminación. En ese
sentido, entre el periodo comprendido entre enero de 2009 y octubre de 2018 se produjeron 1135 feminicidios (MIMP,
2018,
10).
2.
Vulneración de los derechos a la salud sexual y reproductiva
En el Perú persisten normas, políticas y prácticas discriminatorias sobre las esferas de la sexualidad y la reproducción
que afectan de manera decisiva la vida de las mujeres, exponiéndolas a graves riesgos, daños y desventajas. (Centro
Legal para Derechos Reproductivos y Políticas Públicas, 1998, 1).
Sobre la capacidad de decisión sobre su salud, según INEI, en el 2017, el 11, 5% de mujeres peruanas señalaron
que el esposo fue la persona que decidió sobre el cuidado de su salud. Ello implica que la decisión ?nal sobre su propia
atención no corresponde a las mujeres, lo que podría estar in?uenciado por la existencia de estereotipos de género que
di?cultan el acceso a los servicios de salud reproductiva y la toma de decisiones autónomas sobre la fecundidad y la
salud sexual y reproductiva por parte de las mujeres.
Respecto del acceso y uso de métodos anticonceptivos, en el Perú solo se cuenta con información vinculada a la
etapa de plani?cación familiar (rangos de edad 20-49 años). Según tipo de método, el 54,5% de mujeres actualmente
unidas utiliza métodos modernos mientras que el 20,9% utiliza métodos tradicionales (con mayor incidencia en el ámbito
rural). Asimismo, el menor uso de estos métodos se asocia a un menor nivel educativo (INEI, 2018b, 103).
Las limitaciones en el acceso de las/os adolescentes a información y métodos anticonceptivos al iniciar una vida
sexual activa incrementan la probabilidad de un embarazo no deseado en la adolescencia. Otros factores determinantes
de los embarazos precoces o no plani?cados son la pobreza, la marginación socioeconómica (UNESCO, 2017, 13) y los
bajos niveles de educación. Al respecto, a nivel nacional, el 13,4% de las mujeres de 15 a 19 años en nuestro país ya
estuvo alguna vez embarazada, elevándose el porcentaje en el área rural a 23,2% (INEI, 2018, 98-99).
Al respecto, según cifras correspondientes al período 2016-2017, el 24,2% de las jóvenes del quintil más pobre son
madres o se encuentran embarazadas. Según edad y nivel de educación, los mayores porcentajes de adolescentes que
eran madres o que estaban embarazadas con el primer hijo se presentan en las mujeres con primaria (44,6%), seguida
de mujeres con secundaria (12,4%) y superior (6,8%) (INEI, 2018, 98-99).
En relación con la educación sexual integral (ESI), un estudio identi?có que entre el 97% y 100% de los/as estudiantes,
docentes y directores consideran que se debería enseñar ESI en la escuela; y 89% de los alumnos considera que sus
padres están de acuerdo; sin embargo, la integralidad de la educación sexual es mínima, ya que solo el 9% de los
estudiantes recibió instrucción en los 18 temas que aseguran un abordaje integral (Motta et al, 2017, 5-6)
19
.
Otro problema de salud reproductiva es la mortalidad materna. A nivel regional, según estimaciones para el año
2015
del Grupo Interagencial de las Naciones Unidas para la Estimación de la Mortalidad Materna (MMEIG), la razón
de muerte materna alcanzó la cifra de 68 por cada 100 mil nacidos vivos y el Perú ocupó el puesto 14 de 31 países que
formaron parte de la medición (CEPAL, s/f). Esta cifra re?eja las grandes carencias en el acceso a servicios de salud
y atención cali?cada del parto, en la atención de emergencias obstétricas y del control prenatal y del puerperio. Esta
situación se agrava cuando no se garantiza el derecho al acceso a la información de las mujeres en materia de los
derechos a la salud sexual y reproductiva o ante cualquier tratamiento médico que tengan que seguir ; convirtiéndose
20
en un limitante al ejercicio de su autonomía física.
3.
Vulneración del derecho al acceso y participación de las mujeres en espacios de toma de decisiones
A nivel de cargos de elección popular, en el Perú se observa una baja participación de mujeres. Por ejemplo, en el
último proceso electoral para elegir al Presidente de la República del Perú, se identi?có que, del total de candidaturas a
la presidencia, solo 2 de 10 candidatos/as eran mujeres. En esa línea, los datos sobre parlamentarias/os en el Congreso
de la República señalan que solo el 27,7% de mujeres fueron elegidas para el período 2016 al 2021. Por otro lado, en las
16
17
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19
Con fecha de corte al 31 de diciembre de 2016.
Con fecha de corte a febrero de 2018.
Con fecha de corte a febrero de 2018.
Los temas individuales comprendidos en la ESI son: 1) pubertad/cambios físicos; 2) órganos reproductivos; 3) menstruación; 4) embarazo y parto; 5) VIH y otras
aborto inducido; 11) la comunicación con la(s) pareja(s); 12) habilidades para la toma de decisiones; 13) comportamiento sexual; 14) la abstinencia como una
alternativa entre varias opciones para el sexo seguro; 15) derechos sexuales y reproductivos; 16) igualdad entre hombres y mujeres; 17) prevención de la violencia
sexual, y 18) orientación sexual. (Motta et al, 2017, 12).
20
Este derecho comprende los siguientes elementos constitutivos: 1) informar sobre la naturaleza del procedimiento, opciones de tratamiento y alternativas
razonables, bene?cios y riesgos de estos de manera oportuna, completa, accesible, ?dedigna y o?ciosa; 2) tomar en cuenta las necesidades de la persona y
asegurar que comprenda la información brindada y 3) asegurar que el consentimiento sea previo, libre y voluntario. (Corte IDH. Caso I.V. vs. Bolivia, sentencia de
30
de noviembre de 2016; CIDH. Informe en materia reproductiva desde una perspectiva de derechos humanos, 2011).
18
NORMAS LEGALES
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Jueves 4 de abril de 2019 /
elecciones municipales y regionales de 2018, no se eligió a ninguna gobernadora regional para el periodo 2019 – 2022,
mientras que a nivel de gobiernos locales se eligió a 5 alcaldesas provinciales (2.6% de un total de 196 alcaldías) y 53
alcaldesas distritales (3.2% de un total de 1676 alcaldías). Estos resultados evidencian un importante retroceso en cuanto
a la participación política de las mujeres en comparación con el proceso de elecciones regionales y municipales de 2014.
Es necesario precisar que en ninguno de estos procesos se ha logrado alcanzar la cuota electoral de género de 30%.
Aunado a ello, persiste el problema de la limitada participación de las mujeres en organizaciones políticas a nivel
de cargos directivos o a?liados. Según el Registro de Organizaciones Políticas, la participación de la mujer en estas
organizaciones es del 46.9% a nivel de a?liadas a una organización política. A nivel directivo, la participación de la mujer
en las organizaciones políticas solo alcanza el 24.4% (JNE, s/f). Es posible interpretar que aquello responde a que las
estructuras de partidos políticos son masculinizadas y responden a un orden en el que las mujeres están en una relación
subordinada frente a los hombres.
Por otro lado, en el ámbito de la función pública o privada a través de cargos directivos, si bien existe un incremento
en el acceso de las mujeres al mercado de trabajo, su incorporación a puestos de toma de decisiones no ha seguido el
mismo ritmo, situación que se aprecia tanto en el sector privado como en el público.
En el caso del sector público, a setiembre del 2018, la participación de mujeres en cargos ministeriales ascendió a
26,3%
(PCM, 2018). Por otro lado, si bien la presencia de la mujer en el servicio civil creció de 43% en el 2004 a 47%,
en el 2016, solo 3 de cada 10 funcionarios/as y directivos/as en el sector público son mujeres (SERVIR, 2018, 3). Según
nivel de gobierno, a julio de 2017, las mujeres representan el 42% de los/as servidores/as en el nivel nacional, el 55% en
el nivel regional y el 31% en el nivel local.
En el sector privado formal, 3 de cada 10 personas son mujeres (SERVIR, 2018, 3). Las mujeres que conducen una
empresa representan sólo el 27,7% frente al 72,3% de los hombres, y si analizamos su participación por tamaño de
empresa, encontramos que el 31,2% de las microempresas, 27,2% de las pequeñas empresas y 21,6% de las medianas
y grandes empresas son conducidas por mujeres (PRODUCE, 2017, 113).
4.
Vulneración de los derechos económicos y sociales
a) Desigualdad educativa
Si bien se observan mejoras signi?cativas en la cobertura y acceso a la educación básica regular a nivel nacional por
parte de las mujeres, los promedios nacionales encubren las situaciones particulares que enfrentan aquellos segmentos
de la población femenina que se ven afectados por otros factores de discriminación como la edad, etnia, condición
económica, entre otros (INEI, 2018c, 173, 182 y 183).
En relación con la tasa de matrícula, existen numerosas regiones que presentan brechas de género desfavorables
para las mujeres. La tasa neta de asistencia a educación secundaria de las adolescentes de 12 a 16 años de edad es
menor a la de los adolescentes del mismo grupo de edad, brecha que se agudiza en el ámbito rural, donde se concentra
mayor número de adolescentes pobres y adolescentes que hablan una lengua nativa (INEI, 2018c, 57-58).
Por su parte, en materia de logros de aprendizaje en matemática, para cuarto año de primaria, del total de estudiantes
que alcanzaron la puntuación considerada como satisfactoria, el 54,5% fueron hombres y el 45,5% fueron mujeres.
Por otra parte, para el segundo año de secundaria, del total de estudiantes que obtuvieron nota satisfactoria, el 56,7%
corresponde a hombres mientras que el 43,3% corresponde a mujeres (MINEDU, 2016).
En relación con la culminación de la educación secundaria, según las cifras de la ENDES 2017, el porcentaje de
mujeres con estudios secundarios o superiores al 2017 es de 82% a nivel nacional, pero persiste una brecha entre
las mujeres de zonas rurales (52%) y urbanas (89,3%) que bordea el 37,3% (INEI, 2018b, 74). Las mujeres rurales
también se encuentran en desventaja respecto de los hombres rurales, ya que se observa una diferencia de 12,3 puntos
porcentuales desfavorables para ellas (MINEDU, 2016). Estas cifras se explican por la deserción escolar de la educación
básica por parte de las mujeres (Ruíz-Ramírez et al, 2014, 166).
Entre las principales razones que tienen las mujeres entre los 15 y 24 años para no continuar sus estudios, se
identi?caron la económica (39,9%) y la familiar (27,5%). En esta última categoría se encuentra el problema del embarazo
adolescente, que repercute en el abandono escolar de la mujer o trunca su proyecto de vida al limitar sus posibilidades
de acceso a la educación en los diversos niveles. La maternidad temprana “aumenta la pobreza de las adolescentes,
di?culta sus posibilidades educacionales al generar deserción escolar en lo inmediato y reduce sus posibilidades de
inserción laboral” (INEI, 2017, 29).
Al respecto, según cifras correspondientes al período 2016-2017, el 24,2% de las jóvenes del quintil más pobre son
madres o se encuentran embarazadas. Según edad y nivel de educación, los mayores porcentajes de adolescentes que
eran madres o que estaban embarazadas con el primer hijo se presentan en las mujeres con primaria (44,6%), seguida
de mujeres con secundaria (12,4%) y superior (6,8%) (INEI, 2018, 98-99).
Algunos eventos de la vida personal como la unión o matrimonio y el embarazo precoz, suelen obligar a las mujeres a
truncar tempranamente sus estudios, in?uyendo poderosamente en su alejamiento de la actividad educativa y económica,
lo cual conduce a una marcada diferencia de este fenómeno por sexo. De acuerdo a los resultados de la Encuesta
Nacional de Hogares del año 2017, existen más mujeres (24,0%) que hombres (11,8%) que ni estudian ni trabajan.
Por área de residencia, también existen grandes diferencias principalmente en el área rural, donde las mujeres que
ni estudian ni trabajan alcanzaron el 22,1% en contraste con los hombres (7,0%). En el área urbana las mujeres llegan
a 24,4% y los hombres al 13,0%. Según región natural, la más afectada fue la selva, donde el porcentaje de jóvenes
afectadas (27,3%) es cuatro veces mayor que el porcentaje de hombres (6,7%).
Según lengua materna, se observa que la población que ni estudia ni trabaja con lengua castellano (17,9%) es
mayor que la población con lengua nativa (15,6%), esta situación se ha mantenido a lo largo de la última década y
se hace más notoria por sexo. Así, en el año 2017, el 23,9% de las mujeres y el 12,1% de los hombres con lengua
castellano, integraban la población que ni estudia ni trabaja, existiendo una brecha de 11,8 puntos porcentuales; este
mismo comportamiento se presenta en la población con lengua nativa.
Al 2017, más mujeres jóvenes acceden a la universidad (21,5%) que sus pares hombres (17,3%). Esta proporción se
mantiene tanto en el área urbana como en la rural. En la primera, se registra un 33,6% de mujeres frente a un 29% de
hombres, mientras que en la segunda se registra un 15,4% de mujeres frente a un 14,6% de hombres. Por otro lado, en
la educación superior no universitaria estudian menos del 10% de hombres y mujeres jóvenes, observándose que esta
proporción se mantiene constante en el tiempo (ENAHO, 2017).
Sin embargo, si se observa las preferencias de las carreras profesionales, según ENAHO 2017, se dan de la siguiente
manera:
-
(19,8%),
Carreras universitarias: La carrera de educación a lo largo de los últimos años ha sido la elegida por las mujeres
teniendo una participación que duplica a la de los hombres (9,6%). En cambio, la carrera de ingeniería tiene
El Peruano / Jueves 4 de abril de 2019
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mayor preferencia entre los hombres. Así, en el año 2017, el 30,0% de los hombres eligió esta carrera frente al 8,6% en
mujeres. El 7,6% de las mujeres estudian enfermería, en comparación con el 1,9% de hombres, mientras que la carrera
de psicología es estudiada por el 9,4% de las mujeres y el 5,3% de los hombres.
-
Carreras no universitarias: Entre carreras técnicas o profesiones no universitarias de mayor preferencia para la
población femenina están las relacionadas a ciencias de la salud (24,2%), educación (17,3%), secretariado (11,4%),
relacionadas a ciencias sociales y económicas (10,1%), administración de empresas (9,1%) e informática (8,7%). En
tanto, en la población masculina, las carreras preferidas fueron aquellas relacionadas con ingeniería (39,6%), informática
(12,5%),
educación (11,1%) y administración de empresas (9,0%).
De acuerdo con la información del I Censo Nacional de Investigación y Desarrollo a Centros de Investigación 2016,
para el 2015, en el Perú fueron 5 mil 408 personas las que se dedicaron a actividades de investigación y desarrollo
(I+D) como: investigador/a (63,4%), técnico/a (22,1%) y personal de apoyo (15,5%). La participación de las mujeres
fue la siguiente: investigadora (31,9%), técnica (36,8%) y personal de apoyo (40,1%), lo que demuestra una brecha de
género signi?cativa de 36,2%, 26,3%, 14,7% respectivamente. Esta situación indica que por cada investigadora existe
2.1
investigador en el Perú (CONCYTEC, 2016: 24).
En la Educación Superior Tecnológica la brecha de acceso de las estudiantes mujeres respecto de a los hombres
ha ido disminuyendo. En ese sentido, de acuerdo al Censo Escolar, 2018, la población estudiantil femenina supera
a la población masculina, representando en el primer caso el 54% del total de la población estudiantil, es decir,
245,217
mujeres. Sin embargo, las carreras de mayor preferencia para la población femenina son Enfermería
Técnica (16,9%), Contabilidad (11,3%), Administración de Empresas (11,3%), Farmacia (6,9%) y Computación e
Informática (6,6%).
En la Educación Técnico – Productiva, de acuerdo al Censo Escolar, 2018, existe una población estudiantil
mayoritariamente femenina, representando el 64.8% del total, es decir, 161 999 mujeres. Sin embargo, es preciso señalar
que las opciones ocupacionales de mayor preferencia para la población femenina son Peluquería (16.0%), Confección
Textil (14.9%), Computación (6.0%) y Asistencia de Panadería y Pastelería (5.6%).
b) Desigualdad económica (laboral y productiva) de las mujeres
En el Perú, como en la mayoría de países en el mundo, se puede constatar que existe una menor participación de las
mujeres en la actividad económica, en comparación con los hombres. Muestra de ello es la brecha en la tasa de actividad
económica de mujeres y hombres (Del 100% de las mujeres en edad de trabajar, 64,0% se encuentra trabajando o
buscando trabajo mientras que del 100% de hombres en edad de trabajar, 81,0% se encuentran trabajando o buscando
trabajo), la misma que se ha mantenido con oscilaciones que van de 17 a 19 puntos durante el periodo 2007 al 2017
(INEI, 2018e, 39, 232-233).
El principal indicador de deterioro para la fuerza de trabajo femenina es el desempleo. En el país, al 2017, el 5,4% de
las mujeres del área urbana que desean y necesitan trabajar no lo pueden hacer, a pesar de estar buscando activamente
trabajo (INEI, 2018, 128). Si bien se ha registrado un incremento de la participación laboral de las mujeres que ha
contribuido a la disminución de la proporción de mujeres sin ingresos propios desde las primeras mediciones a ?nes de la
década de 1990, todavía en el año 2016 esta proporción alcanzaba en promedio nacional un 31,5% mientras que para los
hombres la cifra era de 12,0%. La brecha se incrementa signi?cativamente cuando se analizan los datos desagregados
por ámbito geográ?co, lo cual revela que las mujeres rurales tienen menor capacidad de generación de ingresos propios
que las urbanas (INEI, 2017b, 34).
También se observa que las mujeres tienen más probabilidades que los hombres de dedicarse al trabajo de baja
productividad, el cual se caracteriza por ser precario, inestable y mal remunerado; además, en su mayoría implica
ausencia de los bene?cios sociales legales que generalmente conlleva el trabajo asalariado.
Las mujeres también son mayoría entre los/as trabajadores/as familiares no remunerados/as, es decir, son parte de
la población considerada como económicamente ocupada, pero que no reciben ingresos por su trabajo. Esta categoría
incluye al trabajo de cuidado y al trabajo doméstico. Según INEI, el 17,0% de las mujeres participan en esta categoría.
Asimismo, el 5,1% de las mujeres son trabajadoras del hogar; mientras que el porcentaje de hombres que desempeñan
esta actividad es casi imperceptible (INEI, 2017b, 97).
De manera análoga, la incidencia de las ocupaciones informales en el total del empleo femenino es superior a la
registrada en el caso de los hombres, lo que indica que las mujeres están sobrerrepresentadas en el sector informal.
Al 2016, el 75,1% de las mujeres peruanas que trabajan, lo hacen en el sector informal. La calidad del empleo de
las mujeres al interior del sector informal es inferior comparada a la de los hombres, ya que su participación en las
|microempresas y como trabajadoras familiares no remuneradas es elevada. Este subcomponente agrupa a mujeres
que trabajan “ayudando” al cónyuge, o hijas que ayudan a sus padres o madres sin recibir remuneración (INEI, 2017b,
95).
También existe desigualdad de género en materia de ingresos. En el Perú, en el 2017, las mujeres en nuestro país
ganaron en promedio 29,3% menos que sus pares hombres por igual trabajo en iguales condiciones, brecha que se
acentúa a en el ámbito rural y regiones con mayores niveles de pobreza (INEI, 2018e, 147). Esta situación se mantiene
en el servicio civil peruano, con una brecha promedio de 16%, donde se observa una mayor desigualdad en el grupo
ocupacional de auxiliares (56%), mientras la menor brecha salarial se registra en el grupo de funcionarios/as y directivos/
as (15,2%) (SERVIR, 2018, 10). Uno de los motivos principales que explica esta desigualdad es que muchas mujeres
trabajan menos horas por dedicarse a sus familias. Debe tenerse en cuenta también que los años dedicados por las
mujeres a la crianza de los niños/as hacen que tengan menos experiencia laboral, lo cual impacta en sus salarios (INEI,
2017b,
97).
Otro factor central de la desigualdad económica es que las mujeres, tienen poco acceso a recursos productivos
y créditos, y en la gran mayoría de los casos carecen de asistencia técnica y capacitación necesaria para mejorar su
productividad. Pocas poseen tierras, o bien cuentan con extensiones reducidas. Según el IV Censo NacionalAgropecuario
de 2012, las mujeres productoras agropecuarias tienen 1,8 hectáreas de tierras agrícolas en promedio, mientras
los hombres de la misma condición poseen 3 hectáreas. En cuanto a la super?cie no agrícola, los hombres poseen
una extensión de 4 hectáreas, mientras las mujeres tienen 2,8 hectáreas (INEI, 2017b, 121). Esto es principalmente
preocupante teniendo en cuenta que las mujeres han sido administradoras invisibles y cotidianas del medio ambiente
(Nieves, 1998, 21-22).
Al respecto, la Estrategia de Montevideo establece que “las mujeres rurales, indígenas y campesinas son guardianas
de la biodiversidad, pero, en condiciones de mucha fragilidad y explotación, tienen menor acceso y control sobre la tierra
20
NORMAS LEGALES
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y los recursos productivos, y son las principales responsables de la alimentación familiar, de la recolección del agua y la
leña, y del cuidado de la huerta y los animales” (CEPAL, 2017, 17).
c) Desigualdad en el acceso, el control y el uso de las tecnologías de información y comunicación
De acuerdo con CEPAL, el uso de Internet y de los dispositivos digitales de información opera como ventaja
competitiva y clave en materia de integración digital. En esa perspectiva, si las niñas y las mujeres no acceden a las TIC
son excluidas de una sociedad “conectada”. Como consecuencia lógica de lo anterior, su productividad laboral es menor,
tienen mayores di?cultades en el manejo del tiempo y mayores costos de acceso a la información.
En el Perú existe una brecha digital en lo referido al uso de las tecnologías de la información y comunicación (TIC),
que se mani?esta “no sólo en el menor número de mujeres usuarias de las TIC, sino también en la persistencia de
desigualdades estructurales especí?cas de género que constituyen barreras para su acceso y su uso” (INEI, 2017, 103).
Según la ENAHO 2016, las tasas de uso de Internet revelan que las mujeres (42.6%) se bene?cian de los avances de la
sociedad digital en menor medida que los hombres (48.3%).
1.4.5
SITUACIÓN FUTURA DESEADA
La situación futura deseada en el marco de la Política Nacional de Igualdad de Género puede enunciarse de la
siguiente manera:
Al 2030 se reducirá la discriminación estructural que afecta a las mujeres, lo cual se re?ejará, entre otros, a través
de los siguientes indicadores: i) la reducción a 36,8% de la tolerancia social hacia la violencia contra las mujeres; ii) la
incorporación del enfoque de género en la gestión institucional del 100% de los ministerios; iii) la reducción a 2,4% del
porcentaje de mujeres víctimas de violencia física y/o sexual, en relaciones de pareja, en los últimos 12 meses; iv) el
incremento de las mujeres congresistas a 40% y de las mujeres alcaldesas a 20%, y v) el aumento de la tasa de paridad
de los ingresos de mujeres y hombres al 86,8%.
Situación futura deseada en relación con las variables asociadas a las causas del problema:
-
2030,
Normas y cultura institucional que refuerzan la situación de inferioridad o subordinación de las mujeres: Al
el 100% de los ministerios y al menos 50% de gobiernos regionales incorporarán el enfoque de género
en la gestión institucional y se incrementará la participación de las mujeres el servicio civil, así como en cargos
de toma de decisiones. Asimismo, el enfoque de género se incorporará de manera progresiva en las demás
entidades públicas.
-
Asignación desigual de roles (productivos a los hombres y reproductivos a las mujeres): Al 2030 se contará con el
Sistema Nacional de Cuidado, el cual habrá contribuido a reducir la carga de trabajo no remunerado que pesa sobre las
mujeres en materia de cuidado de los hijos e hijas, las personas adultas mayores, los enfermos crónicos y las personas
con discapacidad.
-
Patrones socioculturales discriminatorios que privilegian lo masculino sobre lo femenino: Al 2030, se espera reducir
el índice de tolerancia social a patrones socioculturales discriminatorios, lo cual se verá re?ejado, entre otros aspectos,
en la reducción de la tolerancia social hacia la violencia contra las mujeres, la cual en el año 2015 era de 54,8% y se
espera que al 2030 sea de 36,8%.
Situación futura deseada en relación con las variables asociadas a los efectos del problema:
-
Vulneración del derecho a una libre de violencia: Al 2030, se reducirá de 10,6, en el 2017, a 2,4% las mujeres
víctimas de violencia física y/o sexual, en relaciones de pareja, en los últimos 12 meses.
Vulneración de los derechos a la salud sexual y reproductiva: Al 2030, se reducirá de 13,4% en el 2017 a 7,2% el
porcentaje de los embarazos en la adolescencia.
Vulneración del derecho al acceso y participación de las mujeres en cargos de representación política: Al 2030, se
-
-
incrementará de 28,5% en el 2016 a 40% en el 2030 las mujeres congresistas. Por otro lado, las mujeres alcaldesas
pasarán de 2,8% en el 2014 al 20% en el 2030, a nivel nacional.
-
Vulneración de los derechos económicos y sociales: Al 2030, la brecha en los ingresos entre mujeres y hombres se
reducirá, acercándose a la paridad. De este modo, aumentará el índice de empoderamiento económico de las mujeres,
lo cual se re?eja, por ejemplo, en el aumento de la tasa de paridad de las mujeres que pasará de representar el 80% de
los ingresos de los hombres, en el 2017, al 86,8% al 2030.
Expectativas de la población en relación con la igualdad de género
A ?n de plantear la situación futura deseada, es necesario tomar en cuenta también que la población peruana tiene
la expectativa de que se adopten medidas en favor de la igualdad de género en el corto y mediano plazo, lo cual ha sido
manifestado al Estado de diversas maneras:
-
2018,
En un pronunciamiento conjunto remitido al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables el 12 de setiembre de
cuatro organizaciones no gubernamentales especializadas en derechos de las mujeres (ONAMIAP, Flora Tristán,
DEMUS y Manuela Ramos) recomendaron que la Política Nacional de Igualdad de Género aborde como problema
central “la lucha contra las múltiples y simultáneas formas de discriminación que viven la diversidad de las mujeres en
todos sus ámbitos y a lo largo de su ciclo de vida”. Asimismo, propusieron la adopción de medidas para garantizar los
derechos políticos de las mujeres a través de la paridad, la alternancia y la atención del acoso político; la asignación
de recursos su?cientes para la aplicación y supervisión de las leyes y políticas destinadas a combatir la discriminación
en materia educativa; la adopción de políticas de cuidado y de compensación para las mujeres, entre otras medidas
(ONAMIAP et al, 2018).
-
Los/as especialistas nacionales e internacionales que participaron en el foro “Mujeres de cambio”, organizado por
RPP Noticias en noviembre del presente año, plantearon un conjunto de propuestas en favor de las mujeres en el ámbito
económico, político y social. Entre ellas destacan: Construir una cultura donde las habilidades y las capacidades en el
empleo no tengan género, reducir el uso de tiempo no remunerado de la mujer, adoptar medidas para el libre ejercicio de
las mujeres a la participación política en igualdad con los hombres, reducir la violencia contra la mujer y la división sexual
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del trabajo, e iniciar un proceso de re-educación para revertir los patrones discriminatorios, especialmente en el colegio
y las familias. Asimismo, las intervenciones públicas y privadas deben tomar en cuenta las diferencias que existen entre
las mujeres de nuestro país (RPP, 2018)
En noviembre del presente año se lanzó la iniciativa “25 por el 25”, promovida por la Unión Europea, la Mesa de
Género de la Cooperación internacional en el Perú (Mesagen) y el sistema de Naciones Unidas en el Perú . A través
21
.
-
22
de esta iniciativa, el Poder Ejecutivo, el Poder Judicial, el Congreso de la República, los medios de comunicación, las
organizaciones feministas, las empresas, los sindicatos y las instituciones académicas asumieron públicamente un total
23
de 25 compromisos para hacerle frente a la discriminación y la violencia de género .
Análisis de tendencias
Es fundamental entender que el mundo de hoy y la humanidad se desarrollan en un contexto caracterizado por
su rápido y continuo cambio (CEPLAN, 2016a, 8). Si deseamos plani?car para el futuro debemos tomar en cuenta,
para dicha tarea, la incorporación del análisis de las tendencias que pueden impactar en el problema público de forma
favorable o desfavorable. Según CEPLAN, las tendencias son fenómenos que muestran un comportamiento creciente
o decreciente con permanencia en el largo plazo y se agrupan en seis ámbitos temáticos: social, económico, político,
ambiental, tecnológico y actitudes, valores y ética. (CEPLAN, 2018, 71).
Para la presente política se han identi?cado las siguientes tendencias que in?uyen sobre las variables del modelo del
problema público y que pueden plantear riesgos u oportunidades respecto de su solución:
A) Tendencias socioeconómicas
-
Población en situación de dependencia:Al 2030, se prevé un incremento en la población en situación de dependencia
a nivel mundial; sin embargo, al distinguir entre población dependiente infantil y adulta mayor, se aprecia que la primera
está en declive, mientras que la segunda está en aumento (CEPLAN, 2017, 13). Esto constituye un riesgo que repercute
en la asignación desigual de roles a hombres y mujeres (causa del problema). Dado que tradicionalmente las mujeres
asumen las labores de cuidado respecto de niños/as y adultos mayores, ellas se verán afectadas si la población
dependiente se incrementa.
-
Capital humano y brecha de género en materia educativa: Actualmente se observa una tendencia ascendente
en la tasa de alfabetización de la población de quince años a más, lo que favorece la reducción de las brechas de
género en educación y empleo. Se estima que pasado el 2030 se habrá alcanzado la paridad entre hombres y mujeres
matriculados/as en educación primaria y se habrá reducido la brecha en la educación secundaria. Asimismo, según el
informe de Seguimiento de la Educación en el Mundo (GEM, 2016), si al 2030 se logra la educación universal de las
mujeres en edad fértil en el primer ciclo de secundaria, se reduciría la tasa de mortalidad de niños y niñas menores en
cinco años de 68 por cada 1000 nacidos vivos en el 2030 a 51 por cada 1000 en el 2050. (CEPLAN, 2017, 13). Esta
tendencia plantea una oportunidad que favorece la reducción de la vulneración de los derechos económicos y sociales
de las mujeres (efecto del problema). Ello es así debido a que el incremento en el nivel educativo de las mujeres mejora
su empleabilidad y sus ingresos.
-
Transformación de las estructuras familiares: De acuerdo a las estimaciones realizadas por la OCDE, en los últimos
cincuenta años el número de familias mixtas y hogares monoparentales ha aumentado signi?cativamente, recon?gurando
el modelo de la familia predominante del Siglo XX, donde el padre cuida de la economía familiar y la madre de la casa y
los hijos. Esto se debe a que las familias son cada vez más pequeñas, retrasan la decisión de tener hijos o simplemente
deciden no tenerlos. Frente a ello, en las últimas tres décadas los gobiernos de los países de la OCDE han incrementado
el gasto público en prestaciones familiares y licencias por maternidad, así como en mejorar los servicios de salud para
reducir las tasas de mortalidad infantil (CEPLAN, 2017, 27). La OCDE alerta también sobre las posibles interacciones
entre estas trasformaciones y los sistemas educativos, que se vinculan a la aceptación de familias no tradicionales en las
escuelas, reconocer los antecedentes multiculturales y necesidades especiales de los estudiantes en el aula, y proveer
con recursos de enseñanza adaptables y de ágil respuesta a los retos de la actualidad y las formas de vida valoradas por
la sociedad (CEPLAN, 2017, 27).
Esta tendencia constituye una oportunidad tanto respecto de la asignación desigual de roles como de los patrones
socioculturales discriminatorios (causas del problema). Los nuevos valores que proponen la aceptación de las familias
no tradicionales pueden ser útiles para cuestionar y descartar los prejuicios y estereotipos que privilegian lo masculino
sobre lo femenino en el ámbito familiar, así como para impulsar las responsabilidades familiares compartidas. Asimismo,
la tendencia favorece también la reducción de la vulneración de los derechos económicos y sociales de las mujeres
(efecto del problema), dado que las prestaciones familiares y licencias por maternidad contribuyen a que ellas puedan
conciliar su vida laboral y familiar.
-
Reducción en la cobertura de los sistemas previsionales contributivos: En las próximas décadas, las pensiones se
constituirán en uno de los ejes centrales para la política económica y social del Mundo, motivado en parte por el rápido
crecimiento de la población adulta mayor. En los próximos 35 años existirán 950 mil 846 adultos mayores más que los
que existe en la actualidad. el reto para los próximos años será la determinación de un ingreso adecuado y su?ciente para
los millones de personas que se jubilaran, de no ser así los avances en la reducción de la pobreza podrían desvanecerse
(CEPLAN, 2017, 25). Esta tendencia constituye un riesgo referido a la vulneración de los derechos económicos y sociales
de las mujeres, ya que el recibir un monto menor en materia previsional afecta su autonomía económica.
B) Tendencias tecnológicas
-
Acceso a la tecnología de la información: El uso de la Internet se intensi?cará cada vez más. Para el año 2030, a
raíz de la tasa de crecimiento exponencial, se estima que el 99% de la población mundial tendrá acceso a Internet. Ello
favorece la masi?cación en el acceso al conocimiento, el cual puede ser creado y compartido por todos los ciudadanos
21
22
“Estas son las conclusiones del Foro Mujeres de Cambio”, RPP Noticias, 23 de noviembre de 2018. Recuperado: 21 de diciembre de 2018. https://rpp.pe/peru/
“25 por el 25: La sociedad peruana comprometida con la lucha contra la violencia de género”. Sistema de las Naciones Unidas en el Perú, 21 de noviembre de 2018.
contra la violencia que favorezcan el bienestar de las
y los bene?ciarios:
1.
Brindar información (sobre derechos, opciones,
violencia doméstica, traumas)
2.
3.
Planes de seguridad.
Desarrollar
habilidades (regulación emocional,
resolución de problemas, crianza de hijos/as)
4.
5.
6.
Brindar ánimo, empatía y respeto.
Consejería.
Incrementar el acceso de la comunidad a recursos
E s t a b l e c i m i e n t o , y oportunidades.
articulación
y 7. Incrementar el apoyo social y la conectividad en
fortalecimiento
mecanismos
reducir
de la comunidad.
para 8. Cambio de comunidad y de los sistemas laborales.
la violencia
de Fuente: Cris M. Sullivan, PhD. Examining the Work
of Domestic Violence Programs Within a “Social
género.
and
Emotional Well-Being Promotion” Conceptual
Framework.
Por
otra parte, en un estudio que buscaba
desentrañar
el potencial de la movilización
comunitaria a partir de la intervención preventiva en
materia de violencia íntima de pareja para reducir la
prevalencia de dicha forma de violencia. Utilizando
8
comunidades (4 intervenidas y 4 de control), el
estudio
demostró el potencial de la movilización
comunitaria como un medio e?caz para la prevención
violencia íntima de pareja.
26
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 4 de abril de 2019 /
Resultados del análisis de alternativas
Viabilidad
política
Viabilidad
social
Viabilidad
administrativa
Suma
puntaje
Alternativa
seleccionada
Causas/Efectos
Alternativas
Evidencia
Efectividad
Fuente:
Michau,
Tanya Abramsky, Karen M Devries, Lori
Janet
Nakuti,
Tina Musuya, Nambusi
Kyegombe, Charlotte Watts. The impact of SASA!,
a community mobilisation intervention, on women’s
experiences of intimate partner violence: secondary
?ndings from a cluster randomised trial in Kampala,
Uganda.
5
4
3
4
3
5
17
x
La
medidas
violencia
OECD
para
hacia
ha
solicitado,
erradicar
históricamente,
mejores
de
el
una
forma
acoso
especí?ca
la
mujer:
el
sexual en
ámbito
laboral.
Ésta
presenta
desafíos
para
los
derechos humanos como costos económicos, donde
las víctimas sufren impactos negativos en su salud
física y sexual, que deviene en baja productividad
y
contribuye a la rotación de empleos así como
ausentismo laboral. Por ello, se necesitan medidas
Fortalecer
implementación
la
de
de
política adicionales para garantizar que los
normativa que regula el -lugares de trabajo sean seguros e inclusivos:
4
3
3
14
Nueva o mejor regulación gubernamental sobre
acoso sexual.
acoso sexual.
-
Información o campañas de toma de conciencia
sobre qué constituye acoso sexual y el derecho a la
vida libre del problema.
Recomendado
por
la
OECD.
En:
The
battle.
Pursuit
2017.
of
Gender
Equality:
An
uphill
Tomado
de
https://read.oecd-ilibrary.org/social-
issues-migration-health/the-pursuit-of-gender-
equality_9789264281318-en#page87. P. 85.
Fortalecer
Nacional
Prevención,
el
para
Sistema El Comité CEDAW, en la Recomendación General 35,
la señala que es necesario velar que todos los sistemas
Sanción jurídicos, en particular los plurales, protejan a las
de víctimas y supervivientes de la violencia por razón de
contra género contra la mujer y velar por que tengan acceso
y
la
las
Erradicación
Violencia
Mujeres
5
4
3
15
x
y
los a la justicia y a una reparación efectiva
Integrantes
del
Grupo Propuesto por el Comité CEDAW, Recomendación
Familiar (Ley 30364)
General 35
Un estudio (CHOICE study) prospectivo propuso el
uso de métodos anticonceptivos reversibles de larga
duración
para prevenir embarazos no deseados
en Saint Louis, Estados Unidos. Las participantes
recibieron
anticonceptivos
información
reversibles
sobre
con
los
especial
métodos
énfasis
en los bene?cios de los de larga duración y se les
suministró de forma gratuita y según su elección el
método anticonceptivo deseado.
Los resultados revelan que de 1404 adolescentes
incluidas en el estudio CHOICE, el 72% eligió un
método
de larga duración (dispositivo intrauterino
acceso o
el
implante subcutáneo), y el 28% restante eligió
otros métodos anticonceptivos. Durante el periodo
Garantizar
servicios
Vulneración
de
los
derechos
a aen
de
salud
sexual
con
de 2008-2013, la media anual de embarazos,
nacimientos y abortos inducidos en las adolescentes
del estudio CHOICE fue de 34.0, 19.4 y 9.7 por 1000
materia
5
4
4
5
18
x
la salud sexual y
reproductiva.
y
reproductiva
enfoque de género.
adolescentes.
En comparación, en la población
adolescente sexualmente activa en Estados Unidos
se
observaron
un
158.5,
94.0
y
41.5
por
1000
adolescentes respectivamente.
Fuente:
Gina
M.
Secura,
Ph.D.,
M.P.H.,
Tessa
Madden, M.D., M.P.H., Colleen McNicholas, D.O.,
Jennifer
Mullersman, B.S.N., Christina M. Buckel,
M.S.W., Qiuhong Zhao, M.S., and Jeffrey F. Peipert,
M.D.,
Ph.D. Provision of No-Cost, Long-Acting
Contraception and Teenage Pregnancy. Recuperado
de
https://www.ncbi.nlm.nih.gov/pmc/articles/
PMC4230891/
El Grupo de Trabajo expresa serias preocupaciones
en cuanto a situaciones de violación patente de los
derechos sexuales y reproductivos de las peruanas.
Asimismo,
lamenta que no existan excepciones
atención a
la
mujeres
la penalización del aborto cuando existe un
riesgo para la salud mental de la mujer, en caso
que
de violación, incesto, malformaciones graves del
Garantizar
de
sufren
producto
complicaciones
feto o fetos no viables. Por otra parte, señala que la
3
2
3
4
12
de
prácticas
de abortos inseguros o terapéuticointerpretaciónpuederestrictivaconducirde laa?guraabortoslegalinsegurosdel abortoe
incompletos.
ilegales.
Recomendado en el Informe del Grupo de Trabajo
sobre la cuestión de la discriminación contra la mujer
en la legislación y en la práctica - Misión al Perú,
párrafo 87
El Peruano / Jueves 4 de abril de 2019
NORMAS LEGALES
27
Resultados del análisis de alternativas
Viabilidad
política
Viabilidad
social
Viabilidad
administrativa
Suma
puntaje
Alternativa
seleccionada
Causas/Efectos
Alternativas
Evidencia
Efectividad
Es fundamental apoyar el liderazgo de las mujeres
en organizaciones sociales y políticas, impulsando la
participación democrática paritaria, el fortalecimiento
institucional y las capacidades de incidencia de las
organizaciones de la sociedad civil, los movimientos
de mujeres, en su diversidad, y feministas.
Vulneración
del Promover
participación y el acceso
la
derecho al acceso
y participación de
de
mujeres en
espacios
decisión
las
mujeres
de toma
en
de
4
4
3
4
15
x
las
espacios de toma
de decisiones.
Recomendada en la medida 3a de la Estrategia de
Montevideo para la Implementación de la Agenda
Regional
de
Género
en
el
Marco
del Desarrollo
Sostenible hacia 2030.
Establecer
o
fortalecer
ciudadana
los
mecanismos
efectivos,
de
participación
institucionalizados,
permanentes
y
representativos
de la diversidad de organizaciones de la sociedad
civil para garantizar su contribución en el diseño,
Promover
organizaciones políticas las
que
las implementación,
políticas públicas de igualdad de género
seguimiento
y
evaluación
de
y
y
sociales
incrementen derechos humanos de las mujeres, especialmente
la participación efectiva las
de las mujeres dentro de desarrollo sostenible, y las políticas de mitigación
su organización a través y respuesta ante el efecto de fenómenos climáticos
políticas
macroeconómicas, productivas y de
3
4
3
4
14
de
instrumentos
y/o adversos, de gestión del riesgo de desastres y de
mecanismos internos
fortalecimiento de la resiliencia a nivel regional,
nacional, subnacional y local.
Recomendada en la medida 3d de la Estrategia de
Montevideo para la Implementación de la Agenda
Regional
de Género en el Marco del Desarrollo
Sostenible hacia 2030
Generar
mecanismos
El Comité CEDAW recomendó, en las observaciones
que
las
garanticen
mujeres
que
?nales
Vulneración de
los derechos
económicos y
sociales
sobre los Informes Periódicos séptimo
accedan
a
económicos,
y
y
octavo combinados del Perú (2014), que es
recursos
productivos
patrimoniales, así como
su disponibilidad
5
5
3
4
17
x
fundamental informar a las mujeres de sus derechos
económicos y de propiedad en el matrimonio y en las
relaciones familiares.
Araujo
Freitas plantea medir la desigualdad de
ingresos de las personas en el mercado de trabajo
de Brasil, a partir de algunas condicionantes visibles
a lo largo de la curva de distribución de los salarios
entre
hombres y mujeres: el capital humano, la
integración en el trabajo, el capital social, el capital
cultural y el estado civil. Una de las preguntas que
guía el estudio fue ¿En qué medida un mayor nivel
educativo alcanzado por las mujeres fue capaz de
reducir la brecha salarial por género?
mecanismos En lo que se re?ere a la brecha salarial entre hombres
Promover
mujeres y mujeres, se veri?có que ésta es una constante en
para
que
las
Brasil, aunque la brecha de género vinculado con la
5
5
3
4
17
x
cuenten con igual salario escolaridad haya disminuido. El estudio concluye que
por igual trabajo.
el desafío actual es disminuir el efecto glass ceiling
o “Techo de cristal”, que minimiza las posibilidades
de que las mujeres lleguen a niveles salariales más
elevados (p. 312)
Fuente:
Araujo Freitas, Alan. La desigualdad
salarial de género medida por regresión cuantílica:
el
impacto del capital humano, cultural y social.
Revista Mexicana de Ciencias Políticas y Sociales
Universidad Nacional Autónoma de México Nueva
Época, Año LX, núm. 223 enero-abril de 2015 pp.
287-316
El Comité CEDAW, en la Recomendación General
Garantizar
el
acceso 36, párrafo 24 literal e, propone erradicar o
las modi?car las políticas y las directrices y prácticas
mujeres a la educación institucionales, administrativas y reglamentarias que
y
permanencia de
4
5
5
4
4
3
4
4
17
16
x
en todos sus niveles.
discriminen directa o indirectamente a las niñas o las
mujeres en el sector de la educación.
El
Comité CEDAW recomienda fortalecer la
educación cívica y ciudadana en las escuelas, así
Fortalecer los programas como los programas de alfabetización continua de
alfabetización adultos con perspectiva de género destinados a
de
continua de adultos con mejorar el papel y la participación de las mujeres en
perspectiva de género la familia y en la sociedad.
Propuesto
por
el
Comité
CEDAW
en
la
Recomendación General 36, párrafo 81 literal c.
Análisis costo bene?cio de la Política Nacional de Igualdad de Género
El análisis costo bene?cio de la Política Nacional de Igualdad de Género busca cuanti?car lo que el país pierde o gana
al erradicar la discriminación estructural contra las mujeres, concentrándose en determinar cuáles son las consecuencias,
en términos monetarios, de la violencia hacia las mujeres en el Perú.
El estudio “Los costos empresariales de la violencia contra las mujeres en el Perú” da cuenta acerca del grado en
que la violencia hacia las mujeres empleadas en empresas privadas inter?ere con la acción de las compañías y cuál es
la pérdida ?nanciera asociada al fenómeno. La estimación de costos empresariales se realizó utilizando los días perdidos
de trabajo de las personas, representados en la fuerza laboral perdida (productividad laboral), la cual es traducida a
28
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 4 de abril de 2019 /
valor agregado (costos ?nales). De acuerdo al estudio, producto de la violencia contra las mujeres trabajadoras, “se han
perdido casi 70 millones de días de trabajo, un equivalente a 242 mil 872 personas tiempo completo que han dejado de
producir durante un año” (Vara, 2013: 134). En ese sentido, el estudio concluye que el costo empresarial de la violencia
contra las mujeres corresponde al 3,7% del Producto Bruto Interno (Vara, 2013: 135).
Cálculo de bene?cios y costos
Para estimar el bene?cio de la Política Nacional de Igualdad de Género se evaluó el Valor Actual Neto (VAN) de
los bene?cios derivados de la reducción de la violencia física, psicológica y sexual, en términos del incremento del PBI
por la disminución de los días de trabajo perdidos (mejora de la productividad laboral). Para realizar dicha evaluación
se tomará como base el costo empresarial de la violencia contra las mujeres (3,7 pp de PBI según Vara), el cual se
reducirá proporcionalmente a la reducción de la tasa de violencia física, psicológica y sexual en los últimos 12 meses
durante el periodo de vigencia de la política. En ese sentido, los montos anuales proyectados de la reducción del costo
de la violencia, estimados a partir del PBI, representarán los ingresos de la política; mientras que los costos anuales
proyectados, vinculados a la prestación de los servicios previstos en la política para reducir la discriminación estructural
contra las mujeres, constituirán los costos.
Para ello, se realizó la proyección el Producto Bruto Interno del país para el período de intervención de la Política
Nacional de Igualdad de Género, a partir de lo registrado por el Banco Central de Reserva del Perú para el período 1990
a 2017. La estimación se hizo bajo el supuesto de crecimiento lineal del PBI . Los resultados fueron los siguientes:
25
Perú: Proyección de producto bruto interno 2018 – 2030
Año
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
2025
2026
2027
2028
2029
2030
PBI
501.470.674.779
515.621.190.968
529.771.707.157
543.922.223.346
558.072.739.535
572.223.255.724
586.373.771.913
600.524.288.102
614.674.804.291
628.825.320.479
642.975.836.668
657.126.352.857
671.276.869.046
Elaboración: propia
Fuente: BCR
Por otra parte, con respecto al porcentaje de mujeres víctimas de violencia física, psicológica y/o sexual en los últimos
meses (que se utilizará conjuntamente con la reducción de la pérdida de PBI para el cálculo del bene?cio), se cuanta
12
solo con un valor estimado para 2018 (elaborado por el INEI). En ese sentido, para estimar su reducción al 2030 se
utilizará como proxy, la tasa de reducción de las metas planteadas en la Política Nacional de Igualdad de Género para
el indicador “Porcentaje de mujeres víctimas de violencia física y/o sexual en los últimos 12 meses”. De este modo, se
podrá proyectar la reducción del indicador de violencia física, psicológica y sexual a partir de la línea de base estimada
para el año 2018, que asciende a 37% .
26
Metas proyectadas para el indicador porcentaje de mujeres víctimas de violencia física
y/o sexual en relaciones de pareja, los últimos 12 meses, 2010 - 2018
-
Var. respecto año
anterior
Año
Meta
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
2025
2026
2027
9,6
9,0
8,4
7,8
7,2
6,6
6,0
5,4
4,8
4,2
6,3%
6,7%
7,1%
7,7%
8,3%
9,1%
10,0%
11,1%
12,5%
25
26
Para la tarea se utilizó la fórmula “PRONOSTICO” en Microsoft Excel.
Como supuesto se asumió que dicha cifra se extrapola al valor anual del 2018, dado que corresponde al primer semestre del 2018, según INEI.
El Peruano / Jueves 4 de abril de 2019
NORMAS LEGALES
29
-
Var. respecto año
Año
Meta
anterior
14,3%
16,7%
20,0%
2028
2029
2030
3,6
3,0
2,4
Elaboración: propia
Proyección del porcentaje de mujeres víctimas de violencia física, sexual
y/o psicológica en relaciones de pareja, los últimos 12 meses, 2018 - 2030
Efecto anual de la
violencia en el PBI –
EAVPBI (% del PBI)
Proyección de la VFSP % acumulado de reducción del
Bene?cio anual (expresado como
% del PBI)
Año
(%)
efecto de la violencia (EAV)
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
2025
2026
2027
2028
2029
2030
37,0
34,7
32,4
30,1
27,8
25,4
23,1
20,8
18,5
16,2
13,9
11,6
9,3
-
6,3
3.7
3.7
3.7
3.7
3.7
3.7
3.7
3.7
3.7
3.7
3.7
3.7
0,23
0,46
0,69
0,93
1,16
1,39
1,62
1,85
2,08
2,31
2,54
2,78
12,5
18,8
25,0
31,3
37,5
43,8
50,0
56,3
62,5
68,8
75,0
Elaboración: propia
Posteriormente, para calcular el efecto anual de la violencia en el Producto Bruto Interno, se utilizó la siguiente
fórmula:
EAVn: 1 – VFPSn/VFPS2018
Donde:
EAVn: % acumulado de reducción del efecto de la violencia en el año n.
VFPSn expresa el porcentaje de violencia física, sexual y/o psicológica, en los últimos 12 meses, que sufren las mujeres en el año n.
VFPS2018 expresa el porcentaje de violencia física, sexual y/o psicológica, en los últimos 12 meses, que sufren las mujeres en el 2018.
Asimismo, para calcular el bene?cio anual, expresado en puntos porcentuales del PBI se utilizó la siguiente fórmula:
Bene?cio anual: EAVn* EAVPBI
Donde:
EAVn: % acumulado de reducción del efecto de la violencia en el año n.
EAVPBI: Efecto anual de la violencia en el PBI.
Para calcular el bene?cio se multiplica la proyección del PBI por el bene?cio anual (expresado como % del PBI).
Proyección del PBI por bene?cio anual
Año
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
2025
2026
2027
2028
2029
2030
PBI
Bene?cio anual (% de PBI)
Bene?cio (S/.)
0
501.470.674.779
515.621.190.968
529.771.707.157
543.922.223.346
558.072.739.535
572.223.255.724
586.373.771.913
600.524.288.102
614.674.804.291
628.825.320.479
642.975.836.668
657.126.352.857
671.276.869.046
-
0,23
0,46
0,69
0,93
1,16
1,39
1,62
1,85
2,08
2,31
2,54
2,78
1.192.374.004
2.450.194.146
3.773.460.424
5.162.172.841
6.616.331.394
8.135.936.085
9.720.986.914
11.371.483.879
13.087.426.982
14.868.816.223
16.715.651.601
18.627.933.116
Elaboración: propia
30
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 4 de abril de 2019 /
Cálculo de los costos
Para el cálculo de costos se utilizó los montos asignados hasta 2019 y proyectados, a partir de 2020, de los principales
incorporados en la plani?cación de la Política Nacional de Igualdad de Género, según entidad, y se procedió
a sumarlos para que nos den el costo aproximado:
servicios
27
Tabla 8
Costo aproximado de la Política Nacional de Igualdad de Género 2018 - 2030
Entidad
MIMP
MTPE*
MPFN
PJ
MINSA
Jóvenes
productivos
1/
Sub total
MTPE
Impulsa
Perú 1/
Trabaja Perú Centros de
Fiscalías
especializadas
Distritos
fiscales
Distritos
judiciales
Costos totales
Categoría
PP 080
Costo unitario
Módulos
Costo unitario Costo servicios
1/
Empleo 1/
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
2025
2026
2027
2028
2029
2030
187,039,787
290,725,338
319,797,872
351,777,659
386,955,425
425,650,967
468,216,064
515,037,671
566,541,438
623,195,581
685,515,139
754,066,653
829,473,319
18,865,858
19,243,175
19,628,039
20,020,600
20,421,012
20,829,432
21,246,021
21,670,941
22,104,360
22,546,447
22,997,376
23,457,323
23,926,470
637,578
650,330
663,336
676,603
690,135
703,938
718,017
732,377
747,024
761,965
777,204
792,748
808,603
1,676,657
1,710,190
1,744,394
1,779,282
1,814,867
1,851,165
1,888,188
1,925,952
1,964,471
2,003,760
2,043,836
2,084,712
2,126,406
6,336,106
6,462,828
6,592,085
6,723,926
6,858,405
6,995,573
7,135,484
7,278,194
7,423,758
7,572,233
7,723,678
7,878,151
8,035,714
10,215,517
10,419,827
10,628,224
10,840,788
11,057,604
11,278,756
11,504,331
11,734,418
11,969,106
12,208,489
12,452,658
12,701,712
12,955,746
3,298,428
37,027,407
49,098,342
61,637,303
74,658,183
88,175,244
102,203,123
116,756,848
136,105,126
147,503,930
150,454,008
153,463,089
156,532,350
-
-
16,256,731
20,155,072
35,000,000
42,840,000
54,621,000
66,856,104
79,558,764
92,742,787
106,422,349
120,611,995
139,427,466
142,216,016
145,060,336
6
-
11,091,515
66,000,000
99,546,132
109,500,745
120,450,820
132,495,902
145,745,492
160,320,041
176,352,045
193,987,250
213,385,975
234,724,572
258,197,029
236,552,319
433,150,992
523,070,385
585,776,307
657,106,440
734,007,649
816,969,464
906,528,288
1,007,525,318
1,107,845,203
1,211,779,964
1,307,927,653
1,413,189,504
10
13
16
19
22
25
28
32
34
34
34
34
3,702,741
3,776,796
3,852,331
3,929,378
4,007,966
4,088,125
4,169,887
4,253,285
4,338,351
4,425,118
4,513,620
4,603,893
8
-
10
12
15
18
21
24
27
30
34
34
34
3,500,000
3,570,000
3,641,400
3,714,228
3,788,513
3,864,283
3,941,568
4,020,400
4,100,808
4,182,824
4,266,480
*La s cifra s de l año 2018 corre sponde n al 5% de l Pres upue sto Ins tituci ona l Modi fi ca do (PI M) de los progra ma s "Impul sa Perú", "Jóve ne s Producti vos " y "Tra ba ja Perú", y de l grupo funci ona l
"Promoci ón La bora l" a ca rgo de los Centros de Empl eo en el pa ís .
1/
La proye cci ón de cos tos se realiza cons ide rando un incre me nto espe rado de l PIM de 2% anua l, cons ide rando que ba jo los criterios de formul ación anua l de pre supue sto el incre me nto
prome di o pe rmi tido sue le encontra rse alrede dor de l 4%, de pe ndi endo de las condi cione s ma croe conómi ca s y ma crofi sca les de l pa ís .
Se asumieron los siguientes supuestos:
-
El monto asignado al programa presupuestal 080 Lucha contra la violencia familiar, a cargo del Ministerio de la Mujer y Poblaciones
Vulnerables, crecerá a un ritmo de 10% anual a partir de 2020.
-
De acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio Público, se asume que el costo de implementación y funcionamiento de cada una
de las ?scalías especializadas en violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar (Fiscalías penales especializadas) es de 3.702.741
soles. Asimismo, se asume un incremento lineal de 10 ?scalías especializadas implementadas al 2018 hasta cubrir, al 2030, los 34 distritos ?scales.
-
Se asume que los Módulos Judiciales Integrados en Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar del Poder Judicial tienen un
costo promedio de 3.500.000 soles, en el 2018, y que dicho monto tendrá una tasa de crecimiento de 2% anual. Además, se plantea un incremento
lineal de módulos, que pasarán de 6 en el 2018 a 34 en el 2030.
-
Se asume que la tasa de incremento de los servicios del Ministerio de Salud, a partir de 2020, será de 10% anual.
Bene?cio neto
El bene?cio neto se obtiene de la resta entre el bene?cio anual de reducir la violencia física, psicológica y sexual
menos el costo anual de contar con los servicios propuestos en la Política Nacional de Igualdad de Género.
Cálculo del Bene?cio Neto, 2018 – 2030
Año
2018
2019
2020
2021
2022
2023
2024
2025
2026
2027
2028
2029
2030
Bene?cios
0
Costos
Bene?cio neto
(-) 236,552,319
236.552.319
433.150.992
523.070.385
585.776.307
657.106.440
734.007.649
816.969.464
906.528.288
1.007.525.318
1.107.845.203
1.211.779.964
1.307.927.653
1.413.189.504
1.192.374.004
2.450.194.146
3.773.460.424
5.162.172.841
6.616.331.394
8.135.936.085
9.720.986.914
11.371.483.879
13.087.426.982
14.868.816.223
16.715.651.601
18.627.933.116
759,223,012
1,927,123,761
3,187,684,117
4,505,066,401
5,882,323,745
7,318,966,621
8,814,458,626
10,363,958,561
11,979,581,779
13,657,036,259
15,407,723,948
17,214,743,612
Elaboración: MIMP. Dirección General de Igualdad de Género y No Discriminación
Al bene?cio neto se le aplica una tasa social de descuento, determinada o?cialmente por el Ministerio de Economía y
Finanzas, de 9% al bene?cio neto de la Política Nacional de Igualdad de Género, de modo que podamos calcular el valor
neto presente de la inversión. En ese sentido, se asume que si el valor es igual o mayor a cero implica rentabilidad social.
De aplicar la tasa social de descuento al bene?cio neto se obtiene el valor de 45.249 millones de soles, que, al ser mayor
a cero, permite a?rmar que la implementación de la Política Nacional de Igualdad de Género es rentable socialmente.
27
La información sobre costos de los servicios de MTPE, MPFN, PJ y MINSA fue provista por las propias entidades.
El Peruano / Jueves 4 de abril de 2019
NORMAS LEGALES
31
1.5.
POLÍTICAS RELACIONADAS
ALINEACIÓN VERTICAL
1.5.1.
Acuerdo Nacional
Políticas de Estado (Acuerdo Nacional)
Eje temático
Política de Estado N° / literal
Objetivo prioritario de la Política Nacional de Igualdad de Género
10.
Reducción de la pobreza.
(a) Promoverá la producción, el desarrollo empresarial local y el empleo.
OP4: Garantizar el ejercicio de los derechos económicos y sociales de las mujeres.
OP4: Garantizar el ejercicio de los derechos económicos y sociales de las mujeres.
(f) Establecerá un sistema local de identi?cación, atención y promoción del empleo a
personas sin sustento.
11.
Promoción de la igualdad de oportunidades sin discriminación.
OP6: Reducir la incidencia de los patrones socioculturales discriminatorios en la
población.
(a) Combatirá toda forma de discriminación, promoviendo la igualdad de oportunidades.
(b) Fortalecerá la participación de las mujeres como sujetos sociales y políticos que OP3: Garantizar el acceso y participación de las mujeres en espacios de toma
II. Equidad y justicia
social
dialogan y conciertan con el Estado y la sociedad civil.
de decisiones
(c) Fortalecerá una institución al más alto nivel del Estado en su rol rector de políticas
y programas para la promoción de la igualdad de oportunidades entre hombres y
mujeres, es decir, equidad de género.
OP5: Reducir las barreras institucionales que obstaculizan la igualdad en los
ámbitos público y privado entre hombres y mujeres.
(d) Dará acceso equitativo a las mujeres a recursos productivos y empleo.
OP4: Garantizar el ejercicio de los derechos económicos y sociales de las mujeres.
(e) Desarrollará sistemas que permitan proteger a niños, niñas, adolescentes, adultos OP4: Garantizar el ejercicio de los derechos económicos y sociales de las mujeres.
mayores,
personas con discapacidad y otras personas discriminadas o excluidas.
mujeres
responsables
de
hogar,
personas
desprovistas
de
sustento,
OP6: Reducir la incidencia de los patrones socioculturales discriminatorios en la
población.
(f) Promoverá y protegerá los derechos de los integrantes de las comunidades étnicas OP4: Garantizar el ejercicio de los derechos económicos y sociales de las
Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (Plan Bicentenario)
Plan Estratégico de Desarrollo Nacional
Objetivo Nacional Especí?co Objetivo prioritario de la Política Nacional de Igualdad de Género
Objetivo Nacional
Objetivo Especí?co 1: “Vigencia plena y ejercicio efectivo de los derechos y libertades fundamentales”.
Acciones estratégicas:
*Desarrollar la normativa, las políticas públicas y las acciones a?rmativas
necesarias para garantizar la participación en las decisiones públicas de los OP4: Garantizar el ejercicio de los derechos económicos y sociales de las mujeres.
grupos más vulnerables (no discriminación).
*Fortalecer la educación en materia de derechos humanos con relevancia OP6:
su?ciente en los programas de estudio escolares.
Reducir la incidencia de los patrones socioculturales discriminatorios en la
población.
OP1: Reducir la violencia hacia las mujeres.
OP2: Garantizar el ejercicio de los derechos a la salud sexual y reproductiva de las mujeres.
OP3: Garantizar el acceso y participación de las mujeres en espacios de toma de
*Poner en práctica los compromisos adquiridos en los tratados y convenios decisiones.
sobre derechos humanos suscritos por el Perú. OP4: Garantizar el ejercicio de los derechos económicos y sociales de las mujeres.
OP5: Reducir las barreras institucionales que obstaculizan la igualdad en los ámbitos
público y privado entre hombres y mujeres.
Plena vigencia de los
derechos fundamentales
y la dignidad de las
personas
OP6: Reducir la incidencia de los patrones socioculturales discriminatorios en la población.
Objetivo especí?co 4: Reducción de las inequidades y de la pobreza y la pobreza extrema
Acciones estratégicas:
para*Incrementarreducir laslosdesigualdades.empleos y la productividad en el ámbito rural como medio OP4: Garantizar el ejercicio de los derechos económicos y sociales de las mujeres.
*Mejorar y extender los servicios de guardería infantil para facilitar el trabajo OP6:
de las madres.
Reducir
población.
la
incidencia
de
los
patrones
socioculturales
discriminatorios
en
la
la
*Fomentar
vinculadas
que las mujeres jefas de hogar de familias rurales pobres
OP6:
población.
Reducir
la
incidencia
de
los
patrones
socioculturales
discriminatorios
en
a
los
programas
sociales,
conozcan
y
utilicen
mecanismos
?nancieros de ahorro y crédito.
Objetivo especí?co 2: Acceso universal a servicios integrales de salud
con calidad
OP2: Garantizar el ejercicio de los derechos a la salud sexual y reproductiva de las
mujeres.
Acción estratégica:
*Ampliar el acceso de las mujeres a los partos institucionales con adecuación cultural.
Objetivo especí?co 3: Seguridad alimentaria, con énfasis en la nutrición
adecuada de los infantes y las madres gestantes
OP2: Garantizar el ejercicio de los derechos a la salud sexual y reproductiva de las
Igualdad de oportunidades *Brindar a las gestantes y las madres en general una atención prenatal de mujeres.
Acción estratégica:
y acceso universal a los
servicios básicos
calidad así como una atención integral de salud para reducir la prevalencia del
y protección para mujeres víctimas de Plan Nacional
violencia e integrantes del grupo familiar. de Acción por
la Infancia y la
1.2. Implementar medidas de prevención Adolescencia
de
OP1: Reducir la
violencia hacia las
mujeres
Garantizar el crecimiento
su cultura, priorizando las zonas rurales y las comunidades nativas.
y desarrollo integral de
Estrategias de implementación
niñas y niños de 0 a 5 -
años de edad
Promover
mujeres embarazadas, incrementando la calidad y cobertura de los servicios e
instituciones creadas para ello.
la atención y prevención de la violencia ejercida contra las
la violencia contra las mujeres en 2012-2021
favor de la ciudadanía.
2.1.
Mejorar los servicios de salud sexual
Resultado esperado 1:
y reproductiva de las mujeres.
Niñas, niños y madres gestantes acceden a condiciones saludables y seguras
OP2:
Garantizar
Objetivo Estratégico Nº 1: desu cultura,atenciónpriorizandodurante la gestación,las zonas ruralesel partoyylasel períodocomunidadesneonatal,nativas.con respeto de
2.2.
educación sexual integral en el sistema
educativo.
Fortalecer la implementación de la
el
ejercicio
de
los
Garantizar el crecimiento
Estrategias de implementación:
y desarrollo integral de
niñas y niños de 0 a 5 -- Garantizar el acceso permanente a los métodos de plani?cación familiar.
derechos
sexual y reproductiva
de las mujeres.
a
la
salud
Fortalecer la coordinación intersectorial para la vigilancia de la salud materna
años de edad
y neonatal.
2.3.
Ampliar el acceso a los servicios
especializados
de
salud
sexual
y
- Incrementar la cobertura de atenciones prenatales con exámenes de
reproductiva de las y los adolescentes.
laboratorio básicos durante el primer trimestre de gestación.
Estrategias de implementación - Resultado esperado 3:
*
Promover con los gobiernos locales la suscripción de acuerdos dirigidos a
ampliar la cobertura a nivel nacional sustentados en propuestas técnicas y
herramientas presupuestales que garanticen la transición de servicios del ciclo
I al ciclo II involucrando a los diferentes niveles de gobiernos.
OP4: Garantizar
el ejercicio de los
Objetivo Estratégico Nº 1: De esta forma se impulsará la gestión e implementación de cunas, y servicios
Garantizar el crecimiento de atención no escolarizada como los dirigidos a niñas y niños, incluyendo: a)
4.1.
Implementar el Sistema Nacional
derechos económicos de Cuidado con enfoque de género para
y
desarrollo
integral
de Salas de educación temprana (SET) para las madres que trabajan y para las
y sociales de las
mujeres.
personas en situación de dependencia.
niñas y niños de 0 a 5 comunidades que carecen de cunas donde cuiden a sus niñas y niños para que
años de edad
se desarrollen y aprendan, b) Programa integral de educación temprana (PIET) o
Wawapukllana en un ambiente común para madres que no trabajan, c) Programa
integral de educación temprana con base en la familia (PIETBAF) o Aprendiendo
en el hogar, d) Ludotecas Itinerantes y e) Familias que aprenden.
*
Fomentar en centros laborales privados la creación de cunas de gestión
privada (empresas, fábricas, centros comerciales, asociaciones, otros).
Estrategias de implementación - Resultado esperado 5:
6.2.
comunicación
Reducir igualdad de género y no discriminación
incidencia en la población.
patrones
Implementar
masiva
estrategias
orientadas a
de
la
-
Difundir en la población estudiantil mecanismos de denuncia de actos de bullying
OP6:
la
Objetivo Estratégico Nº 2: u otra forma de violencia, por ejemplo contactando la Línea 100 del MIMP.
Garantizar la continuación Estrategias de implementación - Resultado esperado 5:
del crecimiento
de
los
s o c i o c u l t u r a l e s 6.3.
discriminatorios en la in?uencia de los patrones socioculturales
Difundir
conocimiento
sobre
la
y desarrollo integral de
niñas y niños de 6 a 11
años de edad
- Promover la formación de profesoras y profesores desde una perspectiva de
respeto a los derechos y a las diferencias, inclusiva, no sexista, de equidad
entre género y de solidaridad intergeneracional.
población.
discriminatorios
que
sustentan
la
desigualdad de género y su progresiva
transformación en la población.
-
Implementar mecanismos de registro estándares sobre casos de violencia
en las instituciones educativas diferenciado la violencia entre pares de otros
tipos de violencia.
6.1.
Desarrollar contenidos educativos
especí?cos
y
fortalecimiento
de
capacidades para el logro de la igualdad
de género en las y los estudiantes de
educación básica.
Estrategias de implementación - Resultado esperado 7:
-
Implementar mecanismos de registro estándares sobre casos de violencia.
OP6: Reducir
la incidencia
de los patrones
socioculturales
discriminatorios en la en la población.
población.
Objetivo Estratégico Nº 3: - Promover la formación de profesoras y profesores desde una perspectiva de
Consolidar el crecimiento respeto a los derechos y a las diferencias, inclusiva, no sexista, de equidad
y desarrollo integral de las entre género y de solidaridad intergeneracional.
6.2.
comunicación
igualdad de género y no discriminación
Implementar
masiva
estrategias
orientadas a
de
la
y los adolescentes de 12 - Difusión entre la población estudiantil de las instituciones y mecanismos de
a 17 años de edad
denuncia del problema de bullying o cualquier otro tipo de violencia, como por
ejemplo la Línea 100 del MIMP.
6.3.
in?uencia de los patrones socioculturales
discriminatorios
Difundir conocimiento sobre la
-
Promover una educación libre de violencia y maltrato de parte de profesoras
y profesores contra alumnas y alumnos.
que
sustentan
la
desigualdad de género y su progresiva
transformación en la población.
2.1.
Mejorar los servicios de salud
sexual y reproductiva de las mujeres.
OP2:
Garantizar
Objetivo Estratégico Nº 3:
2.2.
educación sexual integral en el sistema
educativo.
Fortalecer la implementación de la
el
ejercicio
de
los
Consolidar el crecimiento Estrategias de implementación - Resultado esperado 8:
derechos
sexual y reproductiva
de las mujeres.
a
la
salud
y desarrollo integral de las
y los adolescentes de 12
a 17 años de edad
-
anticonceptivos
adolescentes para que puedan ejercer una actividad sexual responsable,
prioricen su educación y posterguen la maternidad/paternidad hasta la edad
adulta.
Propiciar, desde el Ministerio de Salud, el acceso a información y métodos
oportunamente, así como la capacitación de las y los
2.3.
especializados
reproductiva de las y los adolescentes.
Ampliar el acceso a los servicios
de salud sexual y
6.1.
Desarrollar contenidos educativos
especí?cosyfortalecimientodecapacidades
para el logro de la igualdad de género en las
y los estudiantes de educación básica.
-
género y de derechos humanos.
Capacitar a profesoras y profesores en sexualidad desde un enfoque de
OP6: Reducir
la incidencia
de los patrones
socioculturales
discriminatorios en la en la población.
población.
Objetivo Estratégico Nº 3:
Consolidar el crecimiento
6.2.
comunicación
igualdad de género y no discriminación
Implementar
masiva
estrategias
orientadas a
de
la
-
Capacitar desde las instituciones educativas, a padres y madres de familia
y desarrollo integral de las sobre sexualidad con un enfoque de género.
y los adolescentes de 12
Garantizar la intervención intersectorial continua para la prevención
-
del embarazo en adolescentes priorizando el trabajo en las instituciones
educativas.
a 17 años de edad
6.3. Difundir conocimiento sobre la
in?uencia de los patrones socioculturales
discriminatorios
que
sustentan
la
desigualdad de género y su progresiva
transformación en la población.
El Peruano / Jueves 4 de abril de 2019
NORMAS LEGALES
33
Política Nacional de Igualdad de Género
Política nacional con la que se compara/analiza
Objetivo prioritario
Lineamiento
Nombre de la política Objetivo prioritario
Lineamiento
Objetivo Estratégico Nº 3:
Consolidar el crecimiento
y desarrollo integral de las
y los adolescentes de 12
a 17 años de edad
OP1: Reducir la
violencia hacia las
mujeres
1.1. Implementar medidas de atención
y protección para mujeres víctimas de
violencia e integrantes del grupo familiar.
Estrategias de implementación - Resultado esperado 12
2.1.
y reproductiva de las mujeres.
Mejorar los servicios de salud sexual
-
y reproductiva con enfoque de género y derechos humanos, con énfasis en
Capacitar a los docentes de secundaria en materias de educación sexual
OP2:
Garantizar 2.2.
Objetivo Estratégico Nº 3: información sobre el VIH/SIDA, para que puedan transmitir conocimientos
Consolidar el crecimiento preventivos a las y los adolescentes.
y desarrollo integral de las - Promover el acceso de las y los adolescentes a los servicios de salud
y los adolescentes de 12 diferenciados, de calidad y gratuitos en todos los espacios, con énfasis en la
Fortalecer la implementación de la
el ejercicio de los educación sexual integral en el sistema
derechos
a
la salud educativo.
sexual y reproductiva
de las mujeres.
a 17 años de edad
atención de salud sexual y reproductiva y de salud mental, bajo un enfoque de
género, de derechos humanos y de interculturalidad, que responda también a
las particularidades de las y los adolescentes.
2.3.
especializados
reproductiva de las y los adolescentes.
Ampliar el acceso a los servicios
de salud sexual y
-
Establecer redes de protección social contra el turismo sexual que involucran
OP5: Reducir
las barreras
a las y los adolescentes, en todos los espacios donde se encuentran.
5.1.
en las entidades públicas que brindan
bienes y servicios.
Incorporar el enfoque de género
Objetivo Estratégico Nº 3: - Capacitación a docentes en educación sexual integral para el trabajo
institucionales
que obstaculizan
la igualdad en los
ámbitos público
y privado entre
hombres y mujeres.
Consolidar el crecimiento pedagógicointerculturalidad.con niñas, niños y adolescentes, bajo enfoques de género e
y desarrollo integral de las
y los adolescentes de 12
a 17 años de edad
5.4.
aplicación del enfoque de género en los/
as servidores/as públicos/as.
Desarrollar las competencias para la
1.1.
Implementar medidas de atención
y protección para mujeres víctimas de
violencia e integrantes del grupo familiar.
Objetivo Estratégico Nº 3:
Consolidar el crecimiento
y desarrollo integral de las Estrategias de implementación - Resultado esperado 14
y los adolescentes de 12 Insertar a niñas, niños y adolescentes en situación de vulnerabilidad sexual o
a 17 años de edad
OP1: Reducir la
violencia hacia las
mujeres
1.2. Implementar medidas de prevención
de
la
violencia
contra
las
mujeres
en
víctimas actuales de explotación sexual infantil en programas de prevención,
atención y recuperación.
favor de la ciudadanía.
OP2:
el ejercicio de los 2.2. Fortalecer la implementación de la
derechos la salud educación sexual integral en el sistema
sexual y reproductiva educativo.
de las mujeres.
Garantizar
Objetivo Estratégico Nº 3: • Fortalecer la línea 100 del MIMP y posicionarla como la estrategia del Estado
Consolidar el crecimiento para denunciar la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes.
y desarrollo integral de las • Capacitar a operadores de servicios en la atención de niñas, niños y
y los adolescentes de 12 adolescentes víctimas de explotación sexual.
a
a 17 años de edad
• Fortalecer capacidades sobre prevención de explotación sexual infantil a
grupos vulnerables y miembros de OSB.
6.1.
Desarrollar contenidos educativos
•
Fortalecer programas de apoyo psicológico, inserción familiar, alojamiento y
especí?cos
y
fortalecimiento
de
atención a niñas, niños y adolescentes víctimas de explotación sexual.
capacidades para el logro de la igualdad
de género en las y los estudiantes de
educación básica.
•
Promover y/o favorecer levantamiento de información (estudios, datos
estadísticos, investigaciones, entre otros) que permitan mejor entendimiento
y visibilización del problema.
Objetivo Estratégico Nº 3: • Comprometer a los operadores turísticos para la labor de erradicación de
Consolidar el crecimiento focos de explotación sexual infantil.
y desarrollo integral de las • Campañas de comunicación y educación, con la participación de niñas, niños
y los adolescentes de 12 y adolescentes, a ?n de prevenir la explotación sexual en las familias y fuera de
OP6:
la
de
Reducir
incidencia 6.2.
patrones comunicación
Implementar
masiva
estrategias
orientadas a
de
la
los
s o c i o c u l t u r a l e s igualdad de género y no discriminación
discriminatorios en la en la población.
población.
a 17 años de edad
ellas; así como difundir los mecanismos de denuncia de este tema.
•
Campañas de sensibilización para prevenir la ESI, y para evitar la complicidad
6.3.
Difundir conocimiento sobre la
y la tolerancia dirigidas prioritariamente a hombres.
in?uencia de los patrones socioculturales
discriminatorios
que
sustentan
la
desigualdad de género y su progresiva
transformación en la población.
1.1.
Implementar medidas de atención
Estrategias de implementación - Resultado esperado 17
y protección para mujeres víctimas de
violencia e integrantes del grupo familiar.
Objetivo Estratégico Nº 3: • Implementar una ruta única de atención, con referencias y contra referencias,
Consolidar el crecimiento protocolos y procedimientos especí?cos según tipo de violencia que permitan
y desarrollo integral de las articular, fortalecer y mejorar los servicios de atención y protección integral
y los adolescentes de 12 de niñas, niños y adolescentes victimas de trata y otras formas de violencia.
OP1: Reducir la
violencia hacia las
mujeres
1.2. Implementar medidas de prevención
de
favor de la ciudadanía.
la
violencia
contra
las
mujeres
en
a 17 años de edad
• Desarrollar y fortalecer programas de apoyo psicológico, inserción familiar,
alojamiento y atención a niñas, niños y adolescentes víctimas de trata.
•
Establecer canales institucionales que permitan la articulación de las
iniciativas del Estado (de los tres niveles de gobierno) y la Sociedad Civil en
el ámbito local, en el contexto de las políticas nacionales; fortaleciendo Redes
Locales para la vigilancia y la prevención.
•
y
investigar el delito de trata y rescatar a las niñas, niños y adolescentes
víctimas procurando la mayor celeridad en los procesos, en aras de garantizar
la protección integral de niñas, niños y adolescentes víctimas, así como la
protección de testigos.
Fortalecer y especializar a las unidades de la PNP y del Ministerio Público,
operadores del Sistema de Administración de Justicia encargadas de
6
especí?cos fortalecimiento de
capacidades para el logro de la igualdad
de género en las y los estudiantes de
educación básica.
.1. Desarrollar contenidos educativos
y
OP6: Reducir
la incidencia
de los patrones
socioculturales
discriminatorios en la en la población.
población.
Objetivo Estratégico Nº 3: • Desarrollo de estudios y mediciones para determinar la magnitud y
6.2. Implementar estrategias de
Consolidar el crecimiento características del problema, así como registros nacionales que permitan el
comunicación masiva orientadas
a
la
seguimiento a los procesos de atención, recuperación y reinserción de niñas,
y desarrollo integral de las
igualdad de género y no discriminación
y los adolescentes de 12 niños y adolescentes victimas de trata de personas.
• Implementar programas especiales dirigidos a docentes y niñas, niños y
a 17 años de edad
adolescentes en las IIEE, orientados a la prevención y denuncia contra la trata
de personas.
6.3. Difundir conocimiento sobre la
in?uencia de los patrones socioculturales
discriminatorios que sustentan la
desigualdad de género y su progresiva
transformación en la población.
• Fortalecer la línea 0800-2-3232 contra la trata de personas y posicionarla
como la estrategia del Estado para denunciar casos y situaciones de violencia
contra las niñas y niños, con énfasis en trata, violencia y explotación sexual, de
niñas, niños y adolescentes, articulándola con la línea 100 del MIMP.
•
Realizar campañas sostenidas de información, comunicación y educación
sobre la trata de niñas, niños y adolescentes a ?n de crear conciencia de riesgo
en la opinión pública sobre este delito y propiciar prácticas innovadoras con
responsabilidad ciudadana.
34
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 4 de abril de 2019 /
Política Nacional de Igualdad de Género
Objetivo prioritario
Política nacional con la que se compara/analiza
Lineamiento
Nombre de la política Objetivo prioritario
Lineamiento
Estrategias de implementación - Resultado esperado 18
*
Desarrollar capacidades en niñas, niños y adolescentes sobre políticas
públicas, participación, derechos e identidad personal.
*
Fortalecimiento de los espacios de participación de niñas, niños y
adolescentes que vienen funcionando en las Instituciones Educativas.
*
Desarrollar capacidades en gobiernos regionales y locales que favorezcan la
incorporación de niñas, niños y adolescentes en el ejercicio de su derecho a
participar en temas que les afecten o interesen, teniendo en cuenta su edad
y nivel educativo.
3.1.
Implementar
medidas
para
garantizar la participación en espacios
Objetivo Estratégico Nº 3: * Implementar en los gobiernos locales, un sistema de registro de
OP3: Garantizar el
acceso y participación de toma de decisiones de las mujeres.
de las mujeres en
Consolidar el crecimiento organizaciones y grupos organizados de niñas, niños y adolescentes a nivel
nacional.
y desarrollo integral de las
y los adolescentes de 12
a 17 años de edad
3.2.
Implementar
medidas
de
acción
*
Promover
un
sistema
de
información
nacional
que
en
permita conocer
la
espacios de toma de
decisiones
a?rmativa para garantizar el acceso a
espacios de toma de decisiones de las
mujeres.
la
participación
de
las
niñas,
niños
y
adolescentes
formulación e
implementación de políticas públicas en los gobiernos regionales y locales.
* Campañas de comunicación a ?n de crear conciencia en la sociedad sobre la
importancia de la participación de niñas, niños y adolescentes en la vida de la
comunidad y del país, considerando su edad y realidad cultural.
*
Sistematizar prácticas locales exitosas que generen estrategias para la
implementación de programas y proyectos que impulsen la participación de
niñas, niños y adolescentes en los temas de su interés.
*
Promover la participación de las organizaciones y grupos organizados de
niñas, niños y adolescentes, como agentes participantes en los procesos de
Fortalecer la línea 100 del MIMP y posicionarla como estrategia del Estado
y desarrollo integral de las
y los adolescentes de 12 niños y adolescentes.
a 17 años de edad
para formular denuncias de violencia familiar y escolar ejercida contra niñas,
1.2. Implementar medidas de prevención
de
la violencia contra las mujeres en
*
Difundir, de manera directa y simple, los alcances de la Ley contra la violencia
favor de la ciudadanía.
familiar
y sexual, articulando acciones de todos los sectores (gobiernos
regionales y locales, sector privado, iglesias y organizaciones de la sociedad
civil) a ?n de crear una cultura que propicie el buen trato y afecto a las niñas,
niños y adolescentes, junto a una vida familiar sana.
6.1.
especí?cos
capacidades para el logro de la igualdad
de género en las y los estudiantes de
educación básica.
Desarrollar contenidos educativos
y
fortalecimiento
de
*
Involucrar a las autoridades nacionales, regionales y locales en la
implementación de políticas públicas para la atención de la violencia familiar
y escolar.
OP6:
la
de
Reducir
Objetivo Estratégico Nº 3: *
Consolidar el crecimiento
y desarrollo integral de las *
Promover una intervención articulada contra la violencia familiar y escolar en
el marco de los Sistemas Locales de Atención Integral al Niño y al Adolescente
Especialización de operadores/as involucrados en la atención integral y
incidencia 6.2.
patrones comunicación
s o c i o c u l t u r a l e s igualdad de género y no discriminación
discriminatorios en la en la población.
población.
6.3.
in?uencia de los patrones socioculturales
discriminatorios
desigualdad de género y su progresiva
transformación en la población.
Implementar
masiva
estrategias
orientadas a
de
la
los
y los adolescentes de 12 prevención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes con enfoques de
a 17 años de edad
derechos, intercultural, generacional y de género.
*
Fortalecer las habilidades sociales de niñas, niños, adolescentes mujeres
Difundir conocimiento sobre la
y varones para reconocer las diferentes formas y expresiones de violencia,
haciéndole frente mediante la denuncia en las instituciones de los sistemas
de protección.
que
sustentan
la
1.1.
Implementar medidas de atención
Estrategias de implementación - Resultado esperado 21
y protección para mujeres víctimas de
la violencia e integrantes del grupo familiar.
las
Objetivo Estratégico Nº 3: • Implementar una ruta de atención con Registro Único y protocolos o
Consolidar el crecimiento procedimientos especí?cos para niñas, niños y adolescentes víctimas de la
y desarrollo integral de las violencia sexual.
OP1:
violencia
mujeres
Reducir
hacia
1.2. Implementar medidas de prevención
y los adolescentes de 12 • Sistema único de atención integral, referencia y contra referencia en casos de
de
la
violencia
contra
las
mujeres
en
a 17 años de edad
la violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes.
favor de la ciudadanía.
• Promover acciones articuladas contra la violencia sexual en el marco de los
Sistemas Locales de Atención Integral al Niño y al Adolescente.
6.1.
Desarrollar contenidos educativos
•
Promover el fortalecimiento y funcionamiento de servicios de prevención,
especí?cos
y
fortalecimiento
de
atención y recuperación de niñas, niños y adolescentes víctimas de violencia
sexual, fomentando acciones articuladas.
capacidades para el logro de la igualdad
de género en las y los estudiantes de
educación básica.
•
Reducir en el procedimiento de justicia por violencia sexual los efectos de re
victimización en las niñas, niños y adolescentes.
OP6:
la
de
s o c i o c u l t u r a l e s igualdad de género y no discriminación
discriminatorios en la en la población.
población.
Reducir
incidencia 6.2.
patrones comunicación
Objetivo Estratégico Nº 3: • Fortalecer la labor de los comités de tutoría y orientación educativa del
Consolidar el crecimiento Ministerio de Educación para una labor preventiva frente al riesgo de la
y desarrollo integral de las violencia sexual.
Implementar
masiva
estrategias
orientadas a
de
la
los
y los adolescentes de 12 • Desarrollar e implementar un Programa Presupuestal orientado a Resultados
a 17 años de edad
para la reducción de la violencia hacia la mujer, bajo los procedimientos
señalados en el Decreto Legislativo 1440 del Sistema Nacional de Presupuesto
Público y lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley de Presupuesto del Sector
6.3.
Difundir conocimiento sobre la
in?uencia de los patrones socioculturales
Público para el Año Fiscal 2019
Elaborar una línea de base mediante una medición especial a ?n de conocer
la situación de violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes en el país.
Campañas de comunicación y educación con enfoque de género y de
28
.
discriminatorios
que
sustentan
la
•
desigualdad de género y su progresiva
transformación en la población.
*
derechos
humanos, con la participación de niñas, niños y adolescentes,
OP5:
las
Reducir 5.1. Incorporar el
barreras
madres, padres y educadores a ?n de prevenir la violencia sexual en las
enfoque
i n s t i t u c i o n a l e s bienesen las yentidadesservicios. públicas que brindan
de género
Objetivo Estratégico Nº 3: familiasnecesarios.y fuera de ellas; así como difundir los mecanismos de denuncia
Consolidar el crecimiento • Fortalecer la línea 100 del MIMP y posicionarla como la estrategia del Estado
y desarrollo integral de las para denuncias de violencia sexual ejercida contra niñas, niños y adolescentes.
y los adolescentes de 12 • Especialización de operadores/as involucrados en la atención integral y
prevención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes con enfoques de
derechos, generacional, intercultural y de género, para el fortalecimiento de los
servicios de atención vinculados al tema.
que
la igualdad en los
ámbitos público
obstaculizan
5.4. Desarrollar las competencias para la
y
aplicación del enfoque de género en los/
a 17 años de edad
privado entre hombres as servidores/as públicos/as.
y mujeres.
28
La redacción original de la estrategia de implementación, según el Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia 2012-2021, indica: “Desarrollar e
implementar un Programa Presupuestal Estratégico contra la violencia sexual”. El texto ha sido actualizado por las entidades con competencia en la materia.
El Peruano / Jueves 4 de abril de 2019
NORMAS LEGALES
35
Política Nacional de Igualdad de Género
Política nacional con la que se compara/analiza
Nombre de la política Objetivo prioritario Lineamiento
Objetivo prioritario
Lineamiento
Breve
explicación
de
la
relación
y/o El PNAIA contempla estrategias de implementación en el ámbito educativo vinculadas a la ESI, la prevención y atención de la violencia, la participación de niñas y
complementariedad adolescentes y la formación en derechos, especí?camente, el derecho a una vida libre de violencia. Dichas estrategias están vinculadas a diversos lineamientos de los 6
lineamientos objetivos prioritarios de la PNIG.
(máx. 4 líneas)
entre
Política Nacional de Igualdad de Género
Política nacional con la que se compara/analiza
Objetivo prioritario
Objetivo prioritario
Lineamiento
Nombre de la política
Lineamiento
1.1.
OP1: Reducir la violencia hacia grupopara mujeresfamiliar.víctimas de violencia e integrantes del Plan Nacional de Seguridad Reducir la violencia familiar y de género,
1.2.
violencia contra las mujeres en favor de la ciudadanía.
Implementar medidas de atención y protección
Objetivo especí?co 3.1.
las mujeres
de la Ciudadana 2013 – 2018
Implementar medidas de prevención
fortaleciendo la atención y protección a
las víctimas
Breve explicación
de la relación y/o
El Objetivo especí?co 3.1. Del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana se re?ere a la atención y protección de las mujeres víctimas de violencia, lo cual también
complementariedad entre
lineamientos (máx. 4 líneas)
es abordado a nivel de lineamiento en el Objetivo Prioritario 1 de la PNIG.
Política Nacional de Igualdad de Género
Política nacional con la que se compara/analiza
Objetivo prioritario Lineamiento
Objetivo prioritario
Lineamiento
Nombre de la política
OP2: Garantizar el ejercicio de
los derechos a la salud sexual y
reproductiva de las mujeres.
Objetivo especí?co 1: Postergar el inicio de OP2: Garantizar el ejercicio de los
la actividad sexual en la adolescencia.
2.2.
sexual integral en el sistema educativo.
Fortalecer la implementación de la educación
derechos sexuales y reproductivos de
las mujeres
Objetivo especí?co 3: Asegurar la Inclusión
OP2: Garantizar el ejercicio de 2.2.
Plan Multisectorial
para la Prevención Curricular Nacional para que las regiones derechos sexuales y reproductivos de
del Embarazo en
Adolescentes
de la Educación Sexual Integral en el Marco OP2: Garantizar el ejercicio de los
Fortalecer la implementación de la educación
los derechos a la salud sexual y sexual integral en el sistema educativo.
reproductiva de las mujeres.
cuenten
con
condiciones
y
recursos las mujeres
educativos para implementar la ESI.
2.1.
Mejorar
los
servicios
de
salud
los
sexual
y 2013-2021
Objetivo
prevalencia
anticonceptivos modernos en las y los derechos sexuales y reproductivos de
adolescentes sexualmente activas/os y en las mujeres
madres adolescentes.
especí?co
4:
actual
Incrementar
la
OP2: Garantizar el ejercicio de reproductiva de las mujeres.
los derechos a la salud sexual y 2.3.
reproductiva de las mujeres.
de
uso
de
métodos OP2: Garantizar el ejercicio de los
Ampliar
el
acceso
a
servicios
especializados de salud sexual y reproductiva de
las y los adolescentes.
Breve explicación de la relación El Plan Multisectorial para la Prevención del Embarazo en Adolescentes 2013-2021 aborda la ESI y la provisión de servicios de salud sexual y reproductiva.
y/o complementariedad entre
Dichos temas están desarrollados como lineamientos en el Objetivo prioritario 2 de la PNIG.
lineamientos (máx. 4 líneas)
Política Nacional de Igualdad de Género
Política nacional con la que se compara/analiza
Objetivo prioritario Lineamiento
Objetivo prioritario
Lineamiento
Nombre de la política
OP5:
Reducir
las
barreras
Objetivo estratégico 1
Acciones estratégicas
socioculturales 1. Fortalecimiento de capacidades en la formación inicial
relaciones y en servicio del profesorado para la prevención de la
5.4.
Desarrollar las competencias para
igualdadinstitucionalesen losqueámbitosobstaculizanpúblicolay la aplicación del enfoque de género en
Cambiar
que
patrones
reproducen
privado entre hombres y mujeres. los/as servidores/as públicos/as.
desiguales
jerárquicas
de poder y
diferencias violencia de género.
que
legitiman
y Acciones estratégicas
1.2.
prevención de la violencia contra las
mujeres en favor de la ciudadanía.
Implementar
medidas
de
exacerban la violencia de género, 2. Implementación de acciones de prevención de la violencia
OP1: Reducir la violencia hacia
las mujeres
que afecta desproporcionadamente
de género en la comunidad educativa: padres y madres de
Comunicacional Nacional para prevenir la violencia de
género, articulada a nivel intersectorial, interinstitucional
con e intergubernamental.
6.2. Implementar estrategias de
indígenas,
mestizas;
y rurales;
OP6: Reducir la incidencia de
los patrones socioculturales
discriminatorios en la población.
comunicación masiva orientadas a la
igualdad de género y no discriminación
en la población.
afrodescendientes
y
mujeres
urbanas
mujeres heterosexuales, lesbianas,
bisexuales
y
trans;
mujeres
discapacidad;
mujeres
migrantes; Acciones estratégicas
mujeres viviendo con VIH y mujeres 5.
Fortalecimiento de capacidades y empoderamiento
privadas de libertad), en la familia, de agentes comunitarios dinamizadores para promover
sociedad e instituciones públicas y cambios en los patrones socioculturales que generan
OP5: Reducir las barreras
institucionales que obstaculizan la 5la aplicación del enfoque de género en
.4. Desarrollar las competencias para
igualdad en los ámbitos público y
privado entre hombres y mujeres. los/as servidores/as públicos/as.
Plan
Nacional
contra privadas.
la Violencia de Género
- 2021
violencia de género.
Acciones estratégicas
2016
1.
Implementación de un proceso integral y articulado de
prevención, atención, protección y recuperación de personas
afectadas y sanción y reeducación de personas agresoras.
1.1.
Implementar medidas de atención
Acciones estratégicas
y
protección
para
mujeres
víctimas
Objetivo estratégico 2
Garantizar a las personas
3
Fortalecimiento
de
capacidades
de
los
y
las
de violencia e integrantes del grupo
familiar.
1.2.
prevención de la violencia contra las
mujeres en favor de la ciudadanía.
OP1: Reducir la violencia hacia
las mujeres
operadores/as de servicios.
afectadas por violencia de género
el acceso a servicios integrales,
articulados, oportunos y de calidad,
destinados a la protección, atención
y recuperación de las personas
afectadas por la violencia de
género; y la sanción y reeducación
de las personas agresoras.
Acciones estratégicas
Implementar
medidas
de
4.
Implementación
o
fortalecimiento de servicios
de
atención,
recuperación y rehabilitación de personas
afectadas por violencia de género.
Acciones estratégicas
5.
Ampliación de servicios de atención para la re-
educación de personas agresoras.
6.3.
Difundir conocimiento sobre la
OP6:
los
discriminatorios en la población. desigualdad de género y su progresiva
transformación en la población.
Reducir
patrones
la
incidencia
socioculturales discriminatorios
de in?uencia de los patrones socioculturales
Acciones estratégicas
6. Establecimiento de un sistema de información de la
violencia de género
que
sustentan
la
Breve explicación de la relación Los Objetivos prioritarios 1, 5 y 6 de la PNIG contienen lineamientos sobre violencia contra las mujeres que son concordantes con los objetivos estratégicos del
y/o
lineamientos (máx. 4 líneas)
complementariedad entre
Plan Nacional contra la Violencia de Género 2016-2021.
36
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 4 de abril de 2019 /
Política Nacional de Igualdad de Género
Política nacional con la que se compara/analiza
Objetivo prioritario
Lineamiento
Nombre de la política
Objetivo prioritario
Lineamiento
Lineamiento estratégico 1: Mejorar el acceso de las mujeres y niñas víctimas de
violencia a una justicia especializada
Objetivo 1: Fortalecer el marco jurídico e institucional de acceso a la justicia incluyendo
una sanción efectiva de los actos de violencia contra las mujeres y niñas
Objetivo 2: Establecer mecanismos de articulación y coordinación del sistema de N/A
justicia para mejorar la calidad de la atención a las víctimas de violencia de género.
Objetivo 3: Avanzar en la implementación del sistema especializado de justicia para la
protección y sanción de la violencia contra las mujeres.
1.1.
atención
mujeres víctimas de violencia
OP1: Reducir la violencia hacia efamiliar.
Implementar medidas de
y protección para
integrantes
del
grupo
las mujeres
Lineamiento estratégico 2: Protección a las mujeres, niños, niñas y adolescentes
víctimas de violencia.
Acción
Objetivo 1: Garantizar la atención en salud de las mujeres víctimas de violencia
Objetivo 2: Brindar protección policial a aquellas mujeres que se encuentran en alto
1.2.
Implementar
medidas
Plan
Conjunto para prevenir
la
las mujeres, así como
brindar
atención a las víctimas
de
de
de prevención de la violencia
contra las mujeres en favor de
la ciudadanía.
violencia
contra
riesgo.
N/A
Objetivo 3: Garantizar la atención especializada a niños, niñas y adolescentes víctimas
protección y
de violencia.
con Objetivo 4: Mejorar la detección y atención de las mujeres y niñas indígenas víctimas
énfasis en los casos de de violencia
las alto riesgo
violencia,
OP5:
Reducir
las
barreras 5.4. Desarrollar
institucionales que obstaculizan competencias
ámbitos aplicación
para
la
Lineamiento estratégico 3: Prevención integral de la violencia contra las mujeres.
Objetivo 1: Garantizar procesos educativos libres de violencia y patrones N/A
la
igualdad
en
los
del
enfoque
de
público y privado entre hombres género en los/as servidores/as
y mujeres. públicos/as.
discriminatorios hacia las niñas, niños, adolescentes y mujeres.
6.2.
Implementar
estrategias
de de comunicación masiva
socioculturales orientadas
Lineamiento estratégico 3: Prevención integral de la violencia contra las mujeres.
Objetivo 2: Promover la igualdad entre hombres y mujeres erradicando la discriminación
hacia las mujeres, a través de herramientas comunicacionales y de movilización y N/A
participación ciudadana.
OP6:
los
Reducir
patrones
la
incidencia
a la igualdad de
discriminatorios en la población. género y no discriminación en
la población.
Breve
de
complementariedad
explicación
la
relación
y/o Los Objetivos prioritarios 1, 5 y 6 de la PNIG contienen lineamientos sobre violencia contra las mujeres que son concordantes con el Plan de Acción Conjunto
entre para prevenir la violencia contra las mujeres.
lineamientos (máx. 4 líneas)
Política Nacional de Igualdad de Género
Objetivo prioritario
Política nacional con la que se compara/analiza
Objetivo prioritario
Lineamiento
Nombre de la política
Lineamiento
6.3.
Difundir
conocimiento
sobre
OP6: Reducir la incidencia de la in?uencia
socioculturales socioculturales discriminatorios que
la sustentan
y su progresiva transformación en la
población.
de
los
patrones
OE
diferenciada sobre los impactos del cambio climático en mujeres y N/A
hombres.
1.1: Promover la producción, el acceso y uso de información
los
discriminatorios
población.
patrones
en
la desigualdad de género
OP5:
Reducir las barreras
institucionales
obstaculizan
los ámbitos público y privado los/as servidores/as públicos/as.
entre hombres y mujeres.
que 5.4. Desarrollar las competencias para
igualdad en la aplicación del enfoque de género en
OE 2.1: Fortalecer las capacidades de las/os funcionarias/os públicos
para incorporar el enfoque de género en las políticas e instrumentos de N/A
gestión.
la
Plan de Acción en Género y
Implementar para garantizar la
3.1.
OP3: Garantizar el acceso y participación en espacios de toma de Cambio Climático del Perú
decisiones de las mujeres.
participación
de
las
mujeres
OE 2.2: Promover la igualdad en el acceso de mujeres y hombres a N/A
espacios de diálogo, capacitación y toma de decisiones.
3.2.
Implementar medidas de acción
en
espacios de toma
de a?rmativa
para
garantizar el acceso
decisiones
a espacios de toma de decisiones de
las mujeres.
OE.3.1. Incorporar el enfoque de género en las políticas e instrumentos N/A
de gestión relacionados al cambio climático.
OP5:
institucionales
obstaculizan
los ámbitos público y privado
entre hombres y mujeres.
Reducir las barreras
que
en
5.3.
de género en las entidades públicas.
Reducir brechas de desigualdad
la
igualdad
OE 4.1: Incorporar el enfoque de género en el diseño e implementación
de los proyectos y programas de adaptación y gestión de emisiones de N/A
GEI.
Breve
de
explicacióny/o El Plan de Acción en Género y Cambio Climático contempla lineamientos referidos a la incorporación del enfoque de género en la gestión institucional, la
relación
la
capacitación de los/as servidores/as públicos y la participación igualitaria en espacios de toma de decisiones. Esto también se contempla en los lineamientos de
entre
complementariedad
lineamientos (máx. 4 líneas) los Objetivos prioritarios 3, 5 y 6 de la PNIG.
Política Nacional de Igualdad de Género
Objetivo prioritario
Política nacional con la que se compara/analiza
Objetivo prioritario Lineamiento
Lineamiento
Nombre de la política
6.2.
Implementar
Lineamiento
Reducción de la tolerancia
general
3:
OP6: Reducir la incidencia de estrategiascomunicación
de Política Nacional
masiva contra la Trata
la de Personas y
los patrones socioculturales
orientadas
social
y
cultural
de
las OP6: Reducir la incidencia de los patrones socioculturales discriminatorios en
a
discriminatorios en la
población.
prácticas asociadas a la trata la población.
de personas y sus formas de
explotación.
igualdad
no discriminación en la Explotación
población.
de género y sus Formas de
Breve explicación
de la relación y/o
La trata es una forma de violencia contra las mujeres que se basa en patrones discriminatorios.
La generación de una cultura de rechazo a la trata de personas está vinculada a la cultura de conocimiento de derechos fundamentales que busca impulsar la
complementariedad entre
lineamientos (máx. 4 líneas) PNIG.
El Peruano / Jueves 4 de abril de 2019
NORMAS LEGALES
37
Política Nacional de Igualdad de Género
Política nacional con la que se compara/analiza
Nombre de la
política
Objetivo prioritario
Lineamiento
Objetivo prioritario
Lineamiento
OP5: Reducir las barreras
institucionales que
Lineamiento estratégico 1: Promoción de una cultura de derechos humanos y la paz.
5.4. Desarrollar las competencias para la
obstaculizan la igualdad en aplicación del enfoque de género en los/
los ámbitos público y privado as servidores/as públicos/as.
entre hombres y mujeres.
Objetivo estratégico 1: Estudiantes de educación básica conocen y promueven el
enfoque de derechos humanos, reconociendo la igualdad y la dignidad humana,
promoviendo una cultura de paz y no violencia en la escuela.
N/A
OP6: Reducir la incidencia de
los patrones socioculturales
discriminatorios en la
población.
6.2.
comunicación
igualdad de género y no discriminación
en la población.
Implementar
masiva
estrategias
orientadas
de
la
Objetivo estratégico 2: Estudiantes del sistema de educación superior son formados
en derechos humanos y derecho internacional humanitario, incentivando su
investigación y enseñanza, rechazando discursos que promuevan toda forma de
violencia
a
N/A
N/A
5.1.
en las entidades públicas que brindan
bienes y servicios públicos.
Incorporar el enfoque de género
OP5: Reducir las barreras
institucionales que
obstaculizan la igualdad en género en las entidades públicas.
los ámbitos público y privado
5.3. Reducir brechas de desigualdad de
Objetivo estratégico 3: Servidores/as y funcionarios/as civiles incorporan el enfoque
de derechos humanos y el derecho internacional humanitario en la gestión pública,
promoviendo el ejercicio pleno de la ciudadanía y la cultura de paz.
entre hombres y mujeres.
5.4. Desarrollar las competencias para la
aplicación del enfoque de género en los/
as servidores/as públicos/as.
1.1.
Implementar medidas de atención
y protección para mujeres víctimas de
violencia e integrantes del grupo familiar.
1.2. Implementar medidas de prevención
de la violencia contra las mujeres en
favor de la ciudadanía.
Lineamiento estratégico 2: Diseño y fortalecimiento de la política pública de
promoción y protección de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales,
culturales y ambientales.
OP1: Reducir la violencia
hacia las mujeres
N/A
Objetivo estratégico 6: Garantizar un país libre de discriminación y violencia.
1.1.
Implementar medidas de atención
y protección para mujeres víctimas de
violencia e integrantes del grupo familiar.
Lineamiento estratégico 3: Diseño y ejecución de políticas a favor de los grupos de
especial protección
4. Mujeres
Objetivo estratégico 1: Reducir la violencia contra las mujeres.
OP1: Reducir la violencia
hacia las mujeres
N/A
N/A
1.2. Implementar medidas de prevención Plan Nacional
de la violencia contra las mujeres en de Derechos
Humanos 2018
favor de la ciudadanía.
–
2021
Lineamiento estratégico 3: Diseño y ejecución de políticas a favor de los grupos de
especial protección
OP3: Garantizar el acceso y
3.2. Implementar medidas de acción
participación de las mujeres a?rmativa para garantizar el acceso a
espacios de toma de decisiones de las
mujeres.
4.
Mujeres
en espacios de toma de
decisiones
Objetivo estratégico 2: Promover la participación de las mujeres en espacios de
toma de decisiones.
Lineamiento estratégico 3: Diseño y ejecución de políticas a favor de los grupos de
especial protección
OP2:
Garantizar
derechos
el
a
ejercicio 2.1.
Mejorar los servicios de salud
sexual y reproductiva de las mujeres.
Ampliar el acceso a los servicios
de
los
la salud
2.3.
N/A
sexual y reproductiva de las
mujeres.
4. Mujeres
Objetivo estratégico 3: Garantizar el ejercicio de los derechos sexuales y
reproductivos de las mujeres.
especializados
de salud sexual y
reproductiva de las y los adolescentes.
4.2.
los
Incrementar el acceso y control de
Lineamiento estratégico 3: Diseño y ejecución de políticas a favor de los grupos de
especial protección
OP4: Garantizar el ejercicio
recursos
naturales,
productivos
y
de los derechos económicos patrimoniales de las mujeres.
4. Mujeres
N/A
y sociales de las mujeres.
4.3. Fortalecer la inserción laboral formal
de las mujeres.
Objetivo estratégico 4: Garantizar la generación de ingresos propios para las
mujeres.
1.1.
Implementar medidas de atención
Lineamiento estratégico 3: Diseño y ejecución de políticas a favor de los grupos de
especial protección
y protección para mujeres víctimas de
violencia e integrantes del grupo familiar.
1.2. Implementar medidas de prevención
de la violencia contra las mujeres en
favor de la ciudadanía.
OP1: Reducir la violencia
hacia las mujeres
N/A
5. Niños, niñas y adolescentes
Objetivo estratégico 1: Lograr el desarrollo de las niñas, niños y adolescentes en
entornos seguros y libres de violencia.
4.2.
los
Incrementar el acceso y control de
recursos naturales, productivos y
Lineamiento estratégico 3: Diseño y ejecución de políticas a favor de los grupos de
especial protección
OP4: Garantizar el ejercicio
de los derechos económicos patrimoniales de las mujeres.
8. Trabajadoras y trabajadores del hogar
N/A
y sociales de las mujeres.
4.3. Fortalecer la inserción laboral formal
de las mujeres.
Objetivo estratégico 1: Garantizar y promover el trabajo decente, libre de violencia
de género y discriminación de los trabajadores y trabajadoras del hogar.
Breve
de
complementariedad
explicación
la
relación
y/o El Plan Nacional de Derechos Humanos contiene diversos objetivos estratégicos sobre igualdad y no discriminación y sobre derechos de las mujeres. Todos ellos
entre se vinculan a lineamientos correspondientes a los 6 objetivos prioritarios de la PNIG.
lineamientos (máx. 4 líneas)
Política Nacional de Igualdad de Género
Objetivo prioritario
Política nacional con la que se compara/analiza
Objetivo prioritario
Lineamiento
Nombre de la política
Lineamiento
6.4
Brindar acompañamiento y
consejería en igualdad de género,
OP6:
los
discriminatorios en la población.
Reducir
patrones
la
incidencia
socioculturales
de
Objetivo Estratégico 3.1
las
responsabilidades familiares
Promover
el
ejercicio
igualitario
de
las
compartidas
y el respeto a los
responsabilidades familiares
derechos humanos, entre los y las
integrantes de las familias
Plan Nacional de
Fortalecimiento a las
en Familias 2016-2021
género para personas
OP4: Garantizar el ejercicio de los 4.1.
Implementar
Nacional de Cuidado con enfoque
el
Sistema
Objetivo Estratégico 3.2
Garantizar condiciones para que las personas
puedan conciliar su vida familiar y el trabajo
derechos económicos y sociales de
las mujeres.
de
situación de dependencia.
1.2.
OP1: Reducir la violencia hacia las de
contra las mujeres en favor de la
ciudadanía.
Implementar
prevención de la violencia
medidas
Objetivo Estratégico 4:
Fortalecer a las familias como espacios libres de
violencia.
mujeres
Breve explicación de la relación
y/o complementariedad entre
lineamientos (máx. 4 líneas)
El Plan Nacional de Fortalecimiento a las Familias contempla objetivos referidos al equilibrio entre la vida familiar y laboral y a la prevención de la violencia
contra las mujeres, lo cual coincide con los Objetivos Prioritarios 1, 4 y 6 de la PNIG.
38
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 4 de abril de 2019 /
Política Nacional de Igualdad de Género
Política nacional con la que se compara/analiza
Objetivo prioritario
Lineamiento
Nombre de la política
Objetivo prioritario
Lineamiento
6.1.
OP6: Reducir la incidencia de especí?cas y fortalecimiento Proyecto Educativo
socioculturales de capacidades para el logro Nacional al 2021:
la de la igualdad de género
en las y los estudiantes de
educación básica.
Desarrollar competencias
a. Programa permanente de matrícula oportuna y retención de niñas y
adolescentes, así como de aquellos que tienen algún tipo de discapacidad,
en zonas de mayor pobreza y en los diferentes niveles de educación básica
regular, básica alternativa y escuelas especiales, apoyado en campañas
nacionales de sensibilización acerca de su derecho a la educación.
los
discriminatorios
población
patrones
en
La Educación que
queremos para el Perú
Política 4.3. Superar
discriminaciones por
género en el sistema
educativo
OP2:
de
Garantizar
los derechos
el
a
ejercicio 2.2. Fortalecer la
la salud implementación de la
sexual y reproductiva de las educación sexual integral en el
b. Programa intercultural de educación sexual, para estudiantes de ambos
sexos que culminan la primaria y secundaria, técnicamente asistido por los
programas de apoyo y acompañamiento pedagógico a las escuelas.
mujeres.
sistema educativo.
Breve explicación
de la relación y/o
El desarrollo de competencias y fortalecimiento de capacidades para la igualdad de género en la educación básica está vinculado con el lineamiento a) de la
Política 4.3 del Proyecto Educativo Nacional al 2021: La Educación que queremos para el Perú, a cargo del MINEDU. Asimismo, la implementación de la ESI está
complementariedad entre
lineamientos (máx. 4 líneas) contemplada como lineamiento b) de la misma política.
Política Nacional de Igualdad de Género
Política nacional con la que se compara/analiza
Lineamiento
Objetivo prioritario
Lineamiento
Nombre de la política Objetivo prioritario
Eje
EJE
II. 2.Promover
la
salvaguarda
de
los
saberes
y
R E C O N O C I M I E N T O conocimientos
de
las
distintas
culturas del país,
POSITIVO
DE
LA valorizando la memoria colectiva de los pueblos.
DIVERSIDAD CULTURAL 2.6. Impulsar el reconocimiento, valorización y recuperación
Y LINGÜÍSTICA
de saberes y conocimientos tradicionales y populares de los
diversos grupos culturales del país, en articulación y diálogo
con las comunidades dueñas y poseedoras del saber.
OP3: Garantizar el
acceso y participación
de las mujeres en
espacios de toma de
decisiones
3.2.
de
garantizar el acceso a espacios
de toma de decisiones de las
mujeres.
Implementar
medidas
para
acción
a?rmativa
N/A
2.7. Asegurar la distribución equitativa de los bene?cios
derivados del aprovechamiento de saberes y conocimientos
tradicionales y populares.
2.8.
Contribuir con los diversos grupos étnicos para el fomento,
apropiación y transmisión de los saberes y conocimientos
tradicionales, asegurando el diálogo intergeneracional, y la
protección de los lugares de importancia para la memoria
colectiva de las comunidades indígenas y afroperuanas.
OP5: Reducir las
EJE
III:
ELIMINACIÓN 1.Garantizar el derecho a la igualdad, no discriminación y
DE LA DISCRIMINACIÓN la prevención del racismo
1.5 Fomentar la coordinación, cooperación y el seguimiento
barreras institucionales 5.1. Incorporar el enfoque
que obstaculizan la de género en las entidades
igualdad en los ámbitos públicas que brindan bienes y
ÉTNICO-RACIAL
N/A
de las actuaciones
público y privado entre
hombres y mujeres.
servicios.
de las instancias públicas y privadas en materia de la lucha
contra la discriminación étnico-racial.
Política Nacional para
la Transversalización
del Enfoque
EJE
DE LA DISCRIMINACIÓN interculturales
ÉTNICO-RACIAL
III:
ELIMINACIÓN 2. Promover la formación de ciudadanos y ciudadanas
2.7 Promover una ciudadanía intercultural, a través del
Intercultural
intercambio
cultural entre los diferentes grupos sociales
6.1.
Desarrollar contenidos
y culturales del país, garantizando herramientas para
educativos especí?cos y
fortalecimiento de capacidades
para el logro de la igualdad de
género en las y los estudiantes
de educación básica.
mejorar la comunicación y comprensión mutua, así como su
interacción en diálogo intercultural.
2.8 Promover, en el sistema educativo formal y no formal, el
intercambio, la valoración y apropiación social y sensibilización
sobre las diversas manifestaciones culturales del país.
N/A
2.9
Promover la difusión y expresión equitativa de los valores,
cosmovisiones y
perspectivas de los diversos grupos culturales del país en los
medios de comunicación.
OP6: Reducir la
EJE
III:
ELIMINACIÓN 1.Garantizar el derecho a la igualdad, no discriminación y
DE LA DISCRIMINACIÓN la prevención del racismo
1.2 Desarrollar e incorporar en los planes, programas y proyectos
acciones orientadas a prevenir y eliminar actos de discriminación
étnico -racial en los ámbitos públicos y privados.
1.3 Desarrollar acciones que garanticen el acceso libre
de discriminación étnico racial a los servicios públicos en
instancias públicas y privadas.
incidencia de los
patrones socioculturales
discriminatorios en la
población.
ÉTNICO-RACIAL
6.2.
de
orientadas
género y no discriminación en
la población.
Implementar
comunicación
a la igualdad de
estrategias
masiva
N/A
1.6
Promover acciones para combatir la difusión de ideas,
contenidos, publicidad o propaganda que fomente el racismo
y otras formas de discriminación.
6.3.
Generar
y
difundir
EJE III: ELIMINACIÓN
conocimiento sobre la in?uencia
DE LA DISCRIMINACIÓN 1. Garantizar el derecho a la igualdad, no discriminación
de los patrones socioculturales
ÉTNICO-RACIAL
y la prevención del racismo.
discriminatorios
que
sustentan
N/A
1.4 Generar mecanismos que permitan prevenir, erradicar y
sancionar la reproducción de discursos racistas y prácticas
discriminatorias en instituciones públicas y privadas.
la desigualdad de género y su
progresiva transformación en la
población.
Breve
explicación El Plan Nacional para la Transversalización del Enfoque Intercultural contiene 4 ejes temáticos esenciales para la gestión de la interculturalidad, de los cuales los eje II y III
y/o contiene cada uno lineamientos de política orientados a precisar resultados concretos vinculados a garantizar el derecho a la igualdad y no discriminación correspondiente
complementariedad a los objetivos 3, 5 y 6 de la PNIG.
de
la
relación
entre
lineamientos
(máx. 4 líneas)
2.
OBJETIVOS PRIORITARIOS Y LINEAMIENTOS
Debido al tipo de problema público al que se busca dar solución, la Política Nacional de Igualdad de Género, propone
atacar tanto los factores causales como los efectos de la discriminación estructural contra las mujeres.
En ese sentido, los objetivos prioritarios que propone esta política responden a los 4 efectos de la discriminación
estructural contra las mujeres, que se identi?có en el modelo del problema público. Así también, propone abordar las
causas identi?cadas (Ver Grá?co 1). Es así que se plantean seis objetivos prioritarios y se desarrollan los lineamientos
para las intervenciones del Estado en relación con los objetivos prioritarios según el siguiente detalle:
El Peruano / Jueves 4 de abril de 2019
NORMAS LEGALES
39
OBJETIVOS PRIORITARIOS Y LINEAMIENTOS
Responsable del
Objetivo
Objetivos prioritarios
Indicadores
Logro Esperado
2.40%
Lineamientos
1.1.
Implementar medidas de atención y protección para mujeres víctimas de
violencia e integrantes del grupo familiar.
1.2. Implementar medidas de prevención de la violencia contra las mujeres en
favor de la ciudadanía.
OP1: Reducir la violencia 1. Porcentaje de mujeres víctimas de violencia
hacia las mujeres
MIMP
hacia las mujeres.
el 1. Porcentaje de mujeres que utilizan métodos
anticonceptivos.
2.1. Mejorar los servicios de salud sexual y reproductiva de las mujeres.
2.2. Fortalecer la implementación de la educación sexual integral en el sistema
educativo.
2.3. Ampliar el acceso a los servicios especializados de salud sexual y
reproductiva de las y los adolescentes.
OP2:
ejercicio de los derechos
Garantizar
84.90%
a
la
salud
sexual
de
y 2. Proporción de mujeres con demanda
MINSA
1.68%
reproductiva
mujeres.
las
insatisfecha de plani?cación familiar
3.
Porcentaje de embarazo adolescente
7.16%
OP3:
Garantizar
el 1. Índice
acceso y participación de
las mujeres en espacios 2. Porcentaje de participación de servidoras
de
mujeres.
empoderamiento
político
de
las
27.42%
3.1. Implementar medidas para garantizar la participación en espacios de toma
de decisiones de las mujeres.
3.2. Implementar medidas de acción a?rmativa para garantizar el acceso a
espacios de toma de decisiones de las mujeres.
MIMP
29
38.17%
92.25%
de toma de decisiones
civiles funcionarias y directivas
1.
Índice de empoderamiento económico de las
mujeres
4.1. Implementar el Sistema Nacional de Cuidado con enfoque de género para
personas en situación de dependencia.
OP4: Garantizar el
4.2.
Incrementar el acceso y control de los recursos naturales, productivos y
patrimoniales de las mujeres.
Fortalecer la inserción laboral formal de las mujeres.
ejercicio de los derechos 2. Índice de empoderamiento social de las
97.10%
96.45%
PRODUCE
30
económicos y sociales de
las mujeres.
mujeres
4.3.
3
. Índice de empoderamiento social de niñas y
4.4. Implementar medidas para asegurar el ejercicio de los derechos sociales
de las mujeres
adolescentes
1.
OP5: Reducir las barreras incorporan el enfoque de género en la gestión
Porcentaje
de
entidades
públicas
que
5.1. Incorporar el enfoque de género en las entidades públicas que brindan
bienes y servicios públicos.
5.2. Incorporar el enfoque de género en las organizaciones privadas.
5.3. Reducir brechas de desigualdad de género en las entidades públicas.
5.4. Desarrollar las competencias para la aplicación del enfoque de género en
los/as servidores/as públicos/as.
54.00%
7.81%
institucionales
que
igualdad
institucional.
obstaculizan
la
2. Brecha salarial entre el hombre y la mujer en el
MIMP
31
en los ámbitos público y
privado entre hombres y
mujeres.
sector público.
3. Porcentaje de participación de la mujer en el
servicio civil.
5.5 Prevenir el hostigamiento sexual laboral en las entidades públicas y
privadas.
54.72%
6.1.
Desarrollar competencias especí?cas y fortalecimiento de capacidades para
el logro de la igualdad de género en las y los estudiantes de educación básica.
Implementar estrategias de comunicación masiva orientadas a la igualdad
de género y no discriminación en la población.
6.3. Difundir conocimiento sobre la in?uencia de los patrones socioculturales
6.2.
OP6:
incidencia
patrones
discriminatorios
población.
Reducir
de
socioculturales
la
los
4.
Índice de tolerancia social a patrones socio
culturales discriminatorios
36.81%
MIMP
32
discriminatorios
que sustentan la desigualdad de género y su progresiva
en
la
transformación en la población.
6.4
Brindar acompañamiento y consejería en igualdad de género, las
responsabilidades familiares compartidas y el respeto a los derechos humanos,
entre los y las integrantes de las familias
3.
PROVISIÓN DE SERVICIOS Y ESTÁNDARES
Los lineamientos de la Política Nacional de Igualdad de Género se materializan a través de los siguientes servicios:
Objetivos
prioritarios
Lineamientos
Servicio
Persona
Proveedor
1.1.1
Atención integral, accesible, oportuna, articulada, disponible y
de calidad a niñas, niños y adolescentes, víctimas de maltratos y Niños, niñas, adolescentes
violencia (MAMIS).
MINSA
1.
2.
de feminicidio.
Mujeres, niñas/os y adolescentes víctimas de violencia.
Familiares directos de víctimas de feminicidio y tentativa
1.1.2.
con pertinencia cultural (Centro de salud mental comunitario - CSMC).
Atención de la salud mental a nivel comunitario, oportuna, ?able y
Mujeres e integrantes del grupo familiar afectados por
geográ?camente, con pertinencia cultural y de calidad, a mujeres
e integrantes del grupo familiar afectadas por hechos de violencia hechos de violencia física, psicológica, sexual y económica
MIMP
física, psicológica, sexual y económica o patrimonial, así como o patrimonial.
2.
Víctimas de violencia sexual.
cualquier persona afectada por violencia sexual (CEM).
1.1.4. Registro y seguimiento de las medidas de protección de víctimas Mujeres víctimas de violencia y los integrantes del grupo
MININTER
de violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar.
Implementar
1.1.5.
Otorgamiento de las medidas de protección a las mujeres e Mujeres (en su diversidad y ciclos de vida) e integrantes del
integrantes del grupo familiar, víctimas de violencia, recepcionadas
familiar
1.1.
medidas
protección para mujeres
víctimas
integrantes
familiar.
de
atención
y
OP1: Reducir la
violencia hacia
las mujeres
Poder Judicial
grupo familiar víctimas de violencia
violencia e a través de diferentes canales institucionales.
de
grupo 1.1.6. ?scalías
del
Investigación
oportuna
en
las
especializadas
Ministerio Público
en violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar Mujeres e integrantes del grupo familiar víctimas de violencia - Fiscalía de la
(Fiscalías penales especializadas).
Nación
1.1.7.
Defensa Pública especializada intercultural, accesible, 1. Mujeres e integrantes del grupo familiar víctimas de violencia.
oportuna, efectiva, disponible y de calidad para la protección y 2. Niños, niñas y adolescentes víctimas de delitos sexuales.
sanción de la violencia contra las mujeres, integrantes del grupo 3. Personas integrantes de grupos de especial protección,
familiar y en delitos sexuales en agravio de niños, niña y adolescente. que sean víctimas de violencia de género.
MINJUS
MTPE: empresa
privada.
y mujeres trabajadores/as víctimas de acoso
intercultural, accesible, oportuna, efectiva, disponible y de calidad, sexual laboral, en su centro de trabajo.
a víctimas de acoso sexual laboral.
1.1.8.
Atención, orientación, asistencia legal y psicológica,
Hombres
SERVIR:
Administración
pública
1.1.9.
Desarrollo de capacidades y competencias para operadores/ Operadores/as
as de justicia en violencia contra las mujeres para el ejercicio de sus Interior, Ministerio Público) en materia de violencia contra las
funciones (Centro de Altos Estudios-MIMP). mujeres y los integrantes del grupo familiar.
de justicia (Poder judicial, Ministerio del
MIMP
29
30
31
32
Participan para el cumplimiento del Objetivo Prioritario 3: ONPE y JNE.
Participan para el cumplimiento del Lineamiento 4.4: MIDIS
Participan para el cumplimiento del Objetivo Prioritario 5: PCM-SERVIR.
Participan para el cumplimiento del Objetivo Prioritario 6: MINEDU.
40
NORMAS LEGALES
El Peruano
Proveedor
MIMP
Jueves 4 de abril de 2019 /
Objetivos
prioritarios
Lineamientos
Servicio
Persona
1.2.1.
Estrategia comunitaria de prevención de la violencia
Población
en general en los distritos de intervención
contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, considerando
prioritariamente aquellas en situación de vulnerabilidad
priorizados.
1.2.2.
Formación de redes de hombres para promover la
yigualdad,discriminatorias,nuevas masculinidadesaccesibles geográy erradicar?camenteprácticasy con pertinenciamachistas Hombres de 18 años a más en las zonas de intervención
cultural.
MIMP
MIMP
1.
Hombres y mujeres de acuerdo a la zona de intervención.
Provisión, a nivel nacional y con enfoque intercultural, de 2. Niños, niñas y adolescentes de zonas urbanas y rurales.
información que promueva el ejercicio del derecho a la denuncia de 3. Personas adultas mayores.
1.2.3.
Implementar la violencia contra las mujeres, e informe sobre los mecanismos de 4. Mujeres viviendo con VIH, mujeres privadas de libertad
1.2.
medidas
prevención prevención, protección y sanción existentes.
de
y otros grupos vulnerables (Recomendación general N° 24
del Comité CEDAW)
de la violencia contra las
mujeres en favor de la 1.2.4.
ciudadanía.
Promoción
prevención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes en las Niños, niñas y adolescentes en edad escolar
instituciones educativas.
de una convivencia escolar democrática y la
MINEDU
MIMP
1.
2.
3.
Adolescentes y jóvenes.
Mujeres e integrantes del grupo familiar.
Personas que conocen de casos de violencia contra la
1.2.5.
prevención de la violencia contra las mujeres en adolescentes y
jóvenes (Chat 100/Acoso Virtual), ?able y con pertinencia cultural.
Información en plataforma virtual para la detección y
mujer e integrantes del grupo familiar.
1.2.6.
Programa especializado de intervención interdisciplinario
para el tratamiento de la agresión sexual - TAS para disminuir Personas encarceladas por delitos contra la libertad sexual
riesgo en su modalidad de violación sexual o tentativa y actos
criminógeno en casos de delitos de violencia sexual a través de los contra el pudor
procesos de resocialización.
la
probabilidad
de
reincidencia
delictiva
o
factores
de
MINJUS
MINSA
2.1.1
Producción y difusión de información a nivel nacional y con
enfoque
intercultural, sobre los derechos a la salud sexual y
métodosreproductivaanticonceptivos,y el derechobenea una?ciosviday libreriesgos,de violencia,parto vertical,incluyendoaborto Público en general, incluyendo adolescentes
terapéutico, consentimiento informado, libre y voluntario, violencia
obstétrica y derecho de los y las usuarias de los servicios de salud.
2.1.2.
Atención y consejería integral en salud sexual y reproductiva, Mujeres incluyendo las que viven con VIH, mujeres privadas
Mejorar los servicios para ejercer el derecho a una vida libre de violencia, promoviendo de
libertad y otros grupos vulnerables y desfavorecidos
2.1.
de
MINSA
relaciones
igualitarias,
con
pertinencia
cultural,
calidad
y de
mujeres
(Recomendación general N° 24 del Comité
salud
sexual
de
y
oportunidad.
CEDAW).
reproductiva
mujeres.
las
MINSA - Todos
Mujeres incluyendo las que viven con VIH, mujeres privadas los niveles de
2.1.3.
familiar, oportuna, con pertinencia cultural y de calidad.
Provisión,
a
nivel
nacional,
de
métodos
de
plani?cación de
de
CEDAW).
libertad
mujeres (Recomendación general N° 24 del Comité
y
otros
grupos
vulnerables
y
desfavorecidos
atención del
sistema de
salud, según
corresponda
OP2:
Garantizar
de
a
el
ejercicio
los
derechos
la salud sexual y
reproductiva
las mujeres.
de
2.1.4.
oportuna.
Provisión de anticoncepción oral de emergencia, ?able y Mujeres víctimas de violación sexual en riesgo de embarazo
que declaran consentimiento para su uso.
MINSA
MINEDU
MINEDU
2.2.1.
Orientación e información a niños/as y adolescentes, padres/ Madres y padres de familia, tutoras/es y cuidadores/as de
madres de familia, tutores/as y cuidadores/as en educación sexual
niños, niñas y adolescentes.
2.2.
implementación
la
integral
Fortalecer
la
de
integral (ESI), con pertinencia cultural, efectiva y oportuna.
educación
sexual
en
el
sistema 2.2.2. Formación en educación sexual integral (ESI) a estudiantes Estudiantes de educación básica.
educativo.
de educación básica, de manera ?able y con pertinencia cultural.
MINSA. Todos
los niveles de
atención del
sistema de
salud, según
corresponda
2.3.
acceso
Ampliar
serviciosel 2.3.1.
a los
Atención
y
salud
consejería
especializada población
reproductiva libre de violencia,
para
adolescente,
en
sexual
y
especializados de salud
relaciones igualitarias, de manera oportuna,
con Adolescentes
sexual y reproductiva de promoviendo
enfoque de género y con pertinencia cultural.
las y los adolescentes
3.1.1.
Asistencia técnica electoral a las organizaciones políticas y
Educación electoral dirigida a grupos priorizados, para fortalecer la Mujeres
participación de las mujeres a través de medidas a?rmativas para la
Implementar
igualdad de género y erradicación del acoso político; con pertinencia organizaciones políticas.
de
organizaciones
sociales
de
base
y
ONPE
JNE
3.1.
medidas para garantizar
la
espacios
participación
en cultural y oportuna.
de
Garantizar de
decisiones de
y mujeres.
toma
3.1.2. Formación y asistencia técnica a organizaciones sociales
las y políticas para el fortalecimiento de la participación política de Personas integrantes de organizaciones políticas.
las mujeres, sin discriminación y sin acoso político, de manera Personas integrantes de organizaciones sociales con énfasis
OP3:
el
participación
acceso
de
en
permanente,
e?caz,
con
pertinencia
cultural
y
con
enfoque
de en sus lideresas.
las
mujeres
género y de derechos humanos.
espacios de toma
de decisiones
3.2.
Implementar
medidas
a?rmativa
garantizar
de
acción
para
Este lineamiento
no está asociado
a ningún servicio
según la de?nición
de CEPLAN.
Este
lineamiento
no
está
asociado
a
ningún
servicio
según
la Este lineamiento no está asociado a ningún servicio según la
de?nición de CEPLAN.
el
acceso
a
espacios
de
toma de?nición de CEPLAN.
de
decisiones de las
mujeres .
33
33
De acuerdo con la Guía de Políticas Nacionales, las políticas no se implementan únicamente a través de servicios, dado que pueden emplear instrumentos de otra
naturaleza (CEPLAN, 2018: 38). En este caso, las medidas de acción a?rmativa se implementan a través de normas. Según la Guía, las funciones de tipo técnico
o normativo son distintas de la prestación de bienes y servicios.
El Peruano / Jueves 4 de abril de 2019
NORMAS LEGALES
41
Objetivos
Lineamientos
prioritarios
Servicio
Persona
Proveedor
MIMP, como
órgano rector,
preside el Sistema
Personas en situación de dependencia (niñas, niños, Nacional de
4.1.
Sistema
Cuidado
Implementar
Nacional
con
el
de
1.
enfoque 4.1.1. Cuidado para personas en situación de dependencia, ?able, personas adultas mayores, personas con discapacidad).
Cuidados, en
de
género
para de calidad y con enfoque de género. 2. Mujeres que tienen a su cargo personas en situación de coordinación con
personas en situación de
dependencia.
dependencia.
los sectores con
competencias en
la materia (MIDIS,
GR y GL).
4.2.1.
individuales para mujeres dedicadas a la actividad agraria.
Formalización de la propiedad agraria de los predios rurales Mujeres de áreas rurales.
MINAGRI
MVCS
4.2.
el
de
Incrementar 4.2.2.
Formalización de la propiedad de predios urbanos para Mujeres de áreas urbanas
control mujeres.
acceso
los
y
recursos
naturales,
y
productivos 4.2.3. Otorgamiento de derechos vinculados al agua y sus bienes 1. Mujeres en áreas rurales.
patrimoniales de
las asociados en zonas rurales, para su uso doméstico y productivo. 2. Mujeres integrantes de juntas de usuarios/as
MINAGRI
mujeres.
4.2.4.
Gestión de la conservación, recuperación y uso sostenible de
los ecosistemas y los recursos naturales, con participación de las Mujeres de áreas rurales y urbanas.
mujeres, en un contexto de cambio climático.
MINAM
4.3.1.
Certi?cación
de
Competencias
Laborales
para
el
reconocimiento
mujeres que dominan un o?cio.
documentado
de
la
experiencia
laboral
de
las Mujeres de 18 años a más.
MTPE
MTPE
OP4:
el
Garantizar
ejercicio
de
4.3.2.
empleabilidad y la inserción laboral de las mujeres.
Capacitación y Asistencia Técnica para el mejoramiento de la Mujeres de 14 años a más.
los
derechos
económicos
y
sociales
mujeres.
de
las
4.3.3.
Formación técnico-productiva y superior de mujeres en
1.
tecnológica, artística y universitaria
2. Mujeres de 14 años a más
Mujeres en educación técnico-productiva, superior
carreras tradicionalmente masculinizadas y/o mejor remuneradas,
con enfoque de género, que fomente el acceso, permanencia y
titulación
MINEDU
MVCS
4.3.4.
la (construcción),
Formación técnica superior en áreas no tradicionales
4.3.
Fortalecer
implementando
medidas
a?rmativas para Mujeres en edad de trabajar (14 años a más)
inserción
laboral formal incrementar la participación de mujeres.
de las mujeres.
4.3.5.
empresarial, productividad con innovación tecnológica, y para la Mujeres que lideran y participan en actividades económicas.
internacionalización de las empresas, dirigidas a las mujeres.
Capacitación
y
asistencia
técnica
en:
gestión
PRODUCE.
MINCETUR.
MINAGRI.
PRODUCE.
MINCETUR.
MINAGRI.
4.3.6.
empresas, de manera sostenible y efectiva.
Financiamiento para mujeres que lideran emprendimientos y Mujeres que lideran emprendimientos y empresas
Comisión
1.
Seguimiento y monitoreo para el cumplimiento de la
privadas.
Mujeres madres trabajadoras en entidades públicas y Multisectorial de
4.3.7.
implementación y funcionamiento de los lactarios institucionales.
Lactarios (MINSA,
MTPE, SERVIR y
MIMP) - MIMP
2.
Entidades públicas y privadas.
4.4.
Implementar
medidas para asegurar
el ejercicio de los
Aseguramiento de la culminación de la educación secundaria Titularesde 11 a 19deañoslos hogares(y para lasconvisitas,niñas niñasy adolescentesy adolescentesmujeresde
4.4.1.
derechos sociales de las de las mujeres en edad normativa a través de programa JUNTOS. 11 a 19 años con autorización de sus padres).
MIDIS
mujeres
5.1.
Incorporar el
enfoque de género en 5.1.1. Asistencia técnica para transversalizar el enfoque de género
las entidades públicas en la producción de bienes y servicios entregados a la ciudadanía Todas las entidades de la administración pública.
MIMP/DGTEG
que brindan bienes y
servicios.
por las entidades públicas, oportunas y ?ables.
5.2.
Incorporar el
enfoque de género
en las organizaciones y/o responsabilidad social empresarial, así como en la vigilancia provinciales
5.2.1.
género en el desarrollo de programas de formación e investigación consejos regionales de la mujer, federaciones (regionales,
Asistencia
técnica
para
la
incorporación
del
enfoque
de Organizaciones privadas como: universidades, empresas,
MIMP/DGTEG
MIMP/DGTEG
y
distritales) de mujeres lideresas, juntas
Reducir privadas.
barreras
ciudadana y rendición de cuentas.
vecinales y organizaciones no gubernamentales.
OP5:
las
5.3.
de
Reducir brechas
5.3.1. Asistencia técnica para la incorporación del enfoque de género
institucionales
que obstaculizan
desigualdad
de
en los sistemas administrativos de la gestión pública, de manera Todas las entidades de la administración pública.
género en las entidades
públicas.
ámbitos
la
los
igualdad
en
oportuna y ?able.
público y privado 5.4.
Desarrollar las
entre hombres y competencias para la
mujeres.
aplicación del enfoque 5.4.1. Desarrollo de capacidades y competencias en gestión pública Servidores/as y funcionarios/as públicos/as.
PCM – SERVIR
de género en los/as
servidores/as públicos/
as.
con enfoque de género para servidores/as públicos/as.
MTPE: empresa
privada.
SERVIR:
Administración
pública
5.5
hostigamiento
laboral en las entidades
públicas y privadas.
Prevenir
el 5.5.1. Producción y difusión de información a nivel nacional y con Servidores/as y funcionarios/as públicos/as.
sexual
enfoque intercultural sobre la denuncia y sanción del hostigamiento
sexual laboral.
Trabajadores/as del sector privado.
42
NORMAS LEGALES
El Peruano
Proveedor
MINEDU
Jueves 4 de abril de 2019 /
Objetivos
prioritarios
Lineamientos
Servicio
Persona
6.1.1.
educación
intercultural.
Programas educativos para la igualdad de género en la Estudiantes de EB, con énfasis en la población educativa de
enfoque
básica,
de
manera ?able,
adaptable
y
con
zonas rurales y pueblos indígenas u originarios.
6.1.
Desarrollar
competencias
especí?cas y
1.
Estudiantes de Institutos y Escuelas de Educación
6.1.2. Programas de formación inicial y programas de formación en Superior Pedagógica.
fortalecimiento de
capacidades para el
logro de la igualdad
de género en las y
los estudiantes de
educación básica.
2.
Docentes Formadores de los Institutos y Escuelas de
Educación Superior Pedagógica.
Docentes en servicio.
MINEDU
MINEDU
servicio a docentes con enfoque de igualdad de género.
3.
6.1.3. Asistencia técnica a especialistas de DRE/UGEL y miembros
de Comisión de Procesos Administrativos Disciplinarios - IES y Especialistas
de
Instancias
de
gestión
educativa
EES
públicos, para capacitar en los procesos
administrativos descentralizada DRE / UGEL
disciplinarios sobre violencia de género
6.2.
Implementar
estrategias
comunicación
orientadas
de
masiva
la
1.
Mujeres y hombres en todo su ciclo de vida y diversidad
Información y comunicación para la igualdad de género, étnico cultural
2. Mujeres y hombres que hablan lenguas originarias
Mujeres y hombres privadas/os de su libertad.
6.2.1.
y violencia contra la mujer y no discriminación.
a
MIMP
igualdad
de
género
3.
no discriminación en la
población.
6.3.1.
Producción
de
información
estadística
sobre
relaciones 1. Mujeres y hombres en todo su ciclo de vida y diversidad
sociales, periódica y accesible - Encuesta Nacional de Relaciones étnico cultural
2. Mujeres y hombres que hablan lenguas originarias
PCM-INEI-MIMP
PCM-INEI
OP6: Reducir
la incidencia
de los patrones
socioculturales
discriminatorios
en la población.
Sociales.
6.3.2.
Difundir periódica y accesible - Encuesta Nacional de Uso del Tiempo
sobre
Producción de información estadística sobre uso del tiempo, 1.
Mujeres y hombres en todo su ciclo de vida y diversidad
étnico cultural
6.3.
conocimiento
la
2.
Mujeres y hombres que hablan lenguas originarias
in?uencia
de
los
1. Autoridades y servidores/as públicos/as
patrones socioculturales 6.3.3. Estudios e investigaciones sobre igualdad y no discriminación, 2. Investigadores/as, académicos/as
MIMP
d i s c r i m i n a t o r i o s así como violencia contra las mujeres, periódica y accesible.
3. Universidades y centros de investigación
4. Sector privado
que
sustentan
la
desigualdad
género y su progresiva 6.3.4. Sistema de estadística o?cial con datos desagregados por
transformación
población.
de
1.
2.
3.
4.
Autoridades y servidores/as públicos/as
Investigadores/as, académicos/as
Universidades y centros de investigación
Sector privado
en
la sexo, área geográ?ca, auto identi?cación étnica, discapacidad y
PCM-INEI
MIMP -MEF
edad; accesible y ?able.
1.
2.
3.
4.
Autoridades y servidores/as públicos/as
Investigadores/as, académicos/as
Universidades y centros de investigación
Sector privado
6.3.5.
igualdad de género (Taxonomía del gasto e inversión pública en
igualdad de género).
Información periódica sobre del gasto público e inversión en
6.4
Brindar
a c o m p a ñ a m i e n t o
y
igualdad
consejería
de
en 6.4.1.
género,
las responsabilidadesAcompañamientodeycuidado,consejeríadesarrollara las familiasrelacionesparaigualitarias,compartir 1. Familias pobres y en riesgo social
las
responsabilidades inclusivas, respetuosas y libres de violencia entre sus integrantes, 2. Familias jefaturadas por mujeres
elfamiliaresrespeto acompartidaslos derechosy y transformar patrones y prácticas socioculturales de subordinación
3. Familias y comunidades de pueblos originarios
4. Familias afrodescendientes
MIMP y GR/GL
humanos,
entre los
y femenina.
las
integrantes de las
familias.
Los estándares nacionales de cumplimiento para cada servicio, su de?nición e indicadores se encuentran detallados
en el Anexo Nº 5, “Matriz de consistencia de la Política Nacional de Igualdad de Género.
4.
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN
4.1.
SEGUIMIENTO
La O?cina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada (OGMEPGD) liderará el proceso
de seguimiento de la PNIG y será el órgano responsable de emitir los reportes de seguimiento, en coordinación con la
Dirección de Políticas de Igualdad de Género y no Discriminación (DPIGND) y la O?cina General de Planeamiento y
Presupuesto (OGPP).
El seguimiento de las políticas nacionales se realiza a través del aplicativo informático CEPLAN V.01, el cual permite
generar reportes de seguimiento estandarizados. Como herramienta adicional, los indicadores de la PNIG se incorporan
en el tablero de desempeño del MIMP, el cual está diseñado para hacer seguimiento al desempeño de las políticas,
planes especiales multisectoriales, programas y proyectos, en el cumplimiento de las metas establecidas referidas a sus
indicadores estratégicos, gestión ?nanciera y administrativa, y otros que la OGMEPGD considere pertinentes.
Los reportes de seguimiento tendrán una periodicidad semestral y anual, y contendrán la información provista por los
ministerios intervinientes. Estos reportes se generarán en el mes de noviembre del mismo año y en el mes de abril del
año posterior, respectivamente y servirán de insumo para la elaboración de los reportes de cumplimiento.
4.2.
EVALUACIÓN
La PNIG ha programado cuatro (4) tipos de evaluaciones durante su vigencia:
A) Evaluación de diseño. CEPLAN tiene la función de realizar la evaluación de diseño de la PNIG, que formará parte
del informe técnico de aprobación de la política nacional.
B) Evaluación de implementación. La O?cina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión
Descentralizada (OGMEPGD) liderará el proceso de evaluación de implementación de la PNIG dos (02) veces al año, en
coordinación con la Dirección de Políticas de Igualdad de Género y no Discriminación (DPIGND) y la O?cina General de
Planeamiento y Presupuesto (OGPP).
C) Evaluación de resultados. La O?cina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada
(OGMEPGD) liderará el proceso de evaluación de resultados de la PNIG una (01) vez al año, en coordinación con la
Dirección de Políticas de Igualdad de Género y no Discriminación (DPIGND) y la O?cina General de Planeamiento y
Presupuesto (OGPP).
El Peruano / Jueves 4 de abril de 2019
NORMAS LEGALES
43
D) Reportes de cumplimiento. En cumplimiento del artículo 25 del Decreto Supremo N°029-2018-PCM, el MIMP
elabora dos reportes anuales de cumplimiento:
a) Como política nacional priorizada en la PGG: hasta el 30 de noviembre de cada año, el MIMP remite a
CEPLAN un reporte parcial de cumplimiento de la PNIG, correspondiente al primer semestre del año. Como se mencionó
anteriormente, este informe contiene la evaluación de implementación que se realiza con información al primer semestre
del año.
b) Como política nacional: hasta el 30 de abril de cada año, el MIMP remite a CEPLAN un reporte de cumplimiento
de la PNIG que incluya i) La evaluación de implementación (con información anual); y ii) La evaluación de resultados.
El contenido de los informes de evaluación de implementación y de evaluación de resultados es el establecido en
la Guía de Políticas Nacionales aprobada por CEPLAN mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N°
00047-2018/CEPLAN/PCD.
5.
GLOSARIO Y ACRÓNIMOS
GLOSARIO DE TÉRMINOS
5.1.
TÉRMINO
CONCEPTO
Acciones a?rmativas
Son mecanismos correctivos de una situación anómala, con el ?n de disminuir las distancias económicas,
sociales y de otra índole, entre integrantes de una sociedad. Establecen medidas temporales encaminadas a
favorecer a determinados grupos de personas, con el propósito de corregir discriminaciones o desigualdades
que resultan de los sistemas sociales, políticos o económicos (Torres, 2008, 235).
Autonomía económica Es la capacidad de generar riqueza y decidir sobre su destino. Para alcanzar la autonomía económica,
las mujeres necesitan ejercer control sobre los bienes materiales y los recursos naturales, intelectuales y
culturales.
Autonomía física
Es la capacidad de decidir sobre el cuerpo y las relaciones interpersonales. Implica el control y las decisiones
sobre la afectividad, la sexualidad y la reproducción, así como la autoprotección de la integridad física y
psicológica
Brechas de género
Son las diferencias que exhiben los sexos en cuanto a oportunidades, acceso, control y uso de los recursos
que les permiten garantizar su bienestar y desarrollo humano. Son producto histórico de actitudes y prácticas
discriminatorias tanto individuales como sociales e institucionales, que obstaculizan el disfrute y ejercicio
equitativo de los derechos ciudadanos por parte de hombres y mujeres.
Conciliación entre la
vida laboral y familiar
Expresa el deseo y el derecho de todas las personas a vivir integralmente: de poder trabajar y obtener un
ingreso - produciendo los bienes y servicios que permiten el sustento de las economías -,y al mismo tiempo
poder hacerse cargo de las responsabilidades familiares y de cuidado respondiendo a la demanda del desarrollo
humano de la generación actual y aquel de las generaciones futuras". (Extraido de Responsabilidades para
compartir: La conciliación trabajo-familia en Perú. Jeanine Anderson. OIT. Chile 2011.
Corresponsabilidad en Se re?ere al reparto de las responsabilidades domésticas entre mujeres y hombres, es decir a favorecer la
las labores domésticas participación total de las mujeres en la vida pública potenciando la corresponsabilidad de los hombres en
las actividades de ámbito familiar. Para ello es necesario cambiar la relación que existe entre lo público y lo
privado, considerando que ambos espacios, interdependientes y complementarios en la vida, tienen la misma
importancia. (Proyecto Equal “En Clave de Culturas”, 2007, 7).
Derechos a la salud
Se entienden por derechos a la salud sexual y reproductiva a los relacionados al cuerpo, la sexualidad y
sexual y reproductiva reproducción. En el Perú, estos se enmarcan en cuatro principios fundamentales: equidad, universalidad,
integridad del cuidado de salud y solidaridad.
Discriminación
Explican desigualdades de derecho o de hecho como resultado de una situación de exclusión social o de
estructural o sistémica sometimiento de grupos vulnerables por otros, en forma sistemática y debido a complejas prácticas sociales,
prejuicios y sistemas de creencias.
Discriminación contra Toda distinción, exclusión a restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o
la mujer
anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base
de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas
política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera.
Discriminación por
razón de sexo
Cualquier tipo de distinción, exclusión o restricción, basada en el sexo, que tenga por objeto o por resultado
menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos, en las esferas política, económica,
social, cultural o en cualquier otra. (Ley Nº 28983).
División sexual del
trabajo
Asignación diferenciada de roles (productivos a los hombres y reproductivos a las mujeres), “…espacios y
actividades a las personas según las características sexuales; ello implica una división jerárquica y binaria del
trabajo, separando el ámbito de producción del de la reproducción” (Pávez, 2013, 127).
Enfoque de género en Herramienta de análisis que permita identi?car los roles y tareas que realizan los hombres y las mujeres en una
las políticas públicas
sociedad, así como las asimetrías, relaciones de poder e inequidades que se producen entre ellos. Al observar
de manera crítica las relaciones de poder y subordinación que las culturas y las sociedades construyen entre
hombres y mujeres y explicar las causas que producen las asimetrías y desigualdades, el enfoque de género
aporta elementos centrales para la formulación de medidas (políticas, mecanismos, acciones a?rmativas,
normas, etc.) que contribuyen a superar la desigualdad de género, modi?car las relaciones asimétricas entre
mujeres y hombres, erradicar toda forma de violencia de género, origen étnico, situación socioeconómica,
edad, la orientación sexual e identidad de género, entre otros factores, asegurando el acceso de mujeres y
hombres a recursos y servicios públicos y fortaleciendo su participación política y ciudadana en condiciones
de igualdad (MIMP, 2016, 5).
Empoderamiento de
Tener poder y control sobre sus propias vidas (ONU Mujeres, s/f). Implica concienciación, desarrollar
las mujeres y las niñas autoestima, ampliar sus opciones, acceso y control de los recursos, y acciones para transformar las estructuras
e instituciones que refuerzan y perpetúan la discriminación y la desigualdad de género. Implica tener las
mismas capacidades e igual acceso a los recursos y oportunidades, así como poder usarlos para optar y tomar
decisiones estratégicas.
44
NORMAS LEGALES
El Peruano
Jueves 4 de abril de 2019 /
TÉRMINO
CONCEPTO
Estereotipos de género Son generalizaciones simplistas de los atributos de género, las diferencias y los roles de las mujeres y los
hombres. Por ejemplo, los hombres se describen como competitivos, autónomos, independientes, beligerantes,
asociados al espacio público; mientras que las mujeres cooperadoras, acogedoras, atentas, comunicativas,
orientadas al grupo, asociadas el espacio privado. La Corte IDH ha de?nido al estereotipo de género como
una preconcepción de atributos o características poseídas o papeles que son o deberían ser ejecutados por
hombres y mujeres, respectivamente. La subordinación de la mujer está asociada a prácticas basadas en
estereotipos de género socialmente dominantes y socialmente persistentes (Corte IDH. Caso Gonzáles y otras
[“Campo
algodonero”] vs. México, sentencia de 16 de noviembre de 2009, párr. 401).
Muerte de mujeres a manos de hombres motivada por el odio, desprecio, placer o sentido de propiedad sobre
la mujer, es decir sexismo (Russel, 2009, 27).
Feminicidio
Género
Son las identidades, las funciones y los atributos construidos socialmente de la mujer y el hombre, así como
al signi?cado social y cultural que la sociedad atribuye a esas diferencias biológicas, situación que da lugar a
relaciones jerárquicas entre hombres y mujeres en las que se distribuyen facultades y derechos en favor del
hombre y en menoscabo de la mujer (Recomendación General N° 24 del Comité CEDAW).
Hostigamiento sexual El hostigamiento sexual típico o chantaje sexual consiste en la conducta física o verbal reiterada de naturaleza
sexual o sexista no deseada o rechazada, realizada por una o más personas que se aprovechan de una
posición de autoridad o jerarquía o cualquier otra situación ventajosa, en contra de otra u otras, quienes
rechazan estas conductas por considerar que afectan su dignidad, así como sus derechos fundamentales.
Mientras el hostigamiento sexual ambiental consiste en la conducta física o verbal reiterada de carácter sexual
o sexista de una o más personas hacia otras con prescindencia de jerarquía, estamento, grado, cargo, función,
nivel remunerativo o análogo, creando un clima de intimidación, humillación u hostilidad. (Ley N° 29430,
artículo 4 inciso 4.1 y 4.2).
Identidad de género
Es la vivencia interna e individual del género, la cual podría corresponder o no con el sexo asignado al
momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo (que podría involucrar la modi?cación de
la apariencia o la función corporal a través de medios médicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que la
misma sea libremente escogida) y otras expresiones de género, incluyendo la vestimenta, el modo de hablar
y los modales (MIMP, 2016, 45).
Igualdad de género
Implica la misma valoración de los diferentes comportamientos, aspiraciones y necesidades de los hombres
y las mujeres. La igualdad de género propone que los derechos, responsabilidades y oportunidades de las
mujeres y los hombres no dependen de su naturaleza biológica y por lo tanto tienen las mismas condiciones
y posibilidades para ejercer sus derechos y ampliar sus capacidades y oportunidades de desarrollo personal,
contribuyendo al desarrollo social y bene?ciándose de sus resultados (MIMP, 2013, 17).
Igualdad de
oportunidades
Igualdad de oportunidades, según John Roemer, signi?ca garantizar el desarrollo de las capacidades de las
personas, de tal manera que circunstancias como el género, la etnia, el lugar de nacimiento, o el entorno
familiar, que están fuera del control personal, no ejerzan in?uencia sobre las oportunidades de vida de una
persona ni sobre los resultados de los esfuerzos que realiza (Acuña y Zúñiga, s/f, 2).
Igualdad y no
discriminación
La igualdad se conceptualiza en una doble dimensión: de un lado, como un principio rector de todo el
ordenamiento jurídico del estado democrático de derecho, siendo un valor fundamental y una regla básica que
éste debe garantizar y preservar. Y, de otro lado, como un derecho constitucional subjetivo, individualmente
exigible, que con?ere a toda persona el derecho de ser tratado con igualdad ante la ley y de no ser objeto de
forma alguna de la discriminación. (Eguiguren, 1997, 63).
En relación con ello, una distinción resulta discriminatoria cuando carece de justi?cación objetiva y razonable, la
que -a su vez- debe apreciarse y justi?carse en relación con la ?nalidad y los efectos de la medida examinada.
(Eguiguren, 1997, 66).
Índice de Desigualdad El Índice de Desigualdad de Género (IDG) es un indicador de la desigualdad. Mide las desigualdades de
de Género
género en tres aspectos importantes del desarrollo humano: i) la salud reproductiva, que se mide por la tasa
de mortalidad materna y la tasa de fecundidad entre las adolescentes, ii) el empoderamiento, que se mide por
la proporción de escaños parlamentarios ocupados por mujeres y la proporción de mujeres y hombres adultos
de 25 años o más que han cursado como mínimo la enseñanza secundaria, y iii) la situación económica,
expresada como la participación en el mercado laboral y medida según la tasa de participación en la fuerza
de trabajo de mujeres y hombres de 15 años o más. El IDG se basa en el mismo marco que el Índice de
Desarrollo Humano ajustado por la Desigualdad IDH-D, a ?n de re?ejar mejor las diferencias en la distribución
de los logros entre mujeres y hombres. Mide el costo que supone la desigualdad de género para el desarrollo
humano; así pues, cuanto más alto sea el valor del IDG, más disparidades habrá entre hombres y mujeres y
también más pérdidas en desarrollo humano (INEI, 2017, 17-19).
Interculturalidad
La interculturalidad, desde un paradigma ético-político, parte del reconocimiento de las diferencias culturales
como uno de los pilares de la construcción de una sociedad democrática, fundamentada en el establecimiento
de relaciones de equidad e igualdad de oportunidades y derechos.
El enfoque Intercultural implica que el Estado valorice e incorpore las diferentes visiones culturales,
concepciones de bienestar y desarrollo de los diversos grupos étnico-culturales para la generación de
servicios con pertinencia cultural, la promoción de una ciudadanía intercultural basada en el diálogo y la
atención diferenciada a los pueblos indígenas y la población afroperuana (Política de Transversalización del
enfoque intercultural, 2015).
Machismo
Es un conjunto de creencias, actitudes, valores y conductas que caracterizan la masculinidad hegemónica y
tienen como propósito transmitir un mensaje de dominio, superioridad o reto a los demás, en especial a las
mujeres; afectando todas las relaciones interpersonales, el amor, el sexo, la amistad, el trabajo, el tiempo libre,
la política, entre otros, expresando así un manejo del poder. (MIMP, 2016, 5).
Mujeres en su
diversidad
Incluye a las niñas, adolescentes, adultas y adultas mayores; mujeres indígenas, nativas, originarias,
afrodescendientes y mestizas; mujeres urbanas y rurales; mujeres heterosexuales, mujeres lesbianas,
bisexuales, trans e intersex; mujeres con discapacidad física o mental; mujeres migrantes, refugiadas y
desplazadas internas; mujeres viviendo con VIH; mujeres privadas de libertad; mujeres que trabajan en la
prostitución; entre otras.
El Peruano / Jueves 4 de abril de 2019
NORMAS LEGALES
45
TÉRMINO
CONCEPTO
Orientación sexual
Se re?ere a la capacidad de cada persona de sentir atracción emocional, afectiva y sexual por otras personas.
Es un concepto complejo cuyas formas cambian con el tiempo y di?eren a través de las diferentes culturas. La
orientación sexual no guarda relación con la identidad de género (MIMP, 2016, 5-6).
Patriarcado
Forma tradicional de organización social que suele ser la base de la desigualdad de género. Según este tipo
de sistema social, se le con?ere más importancia a los hombres o a lo que se considera masculino, que a
las mujeres o a lo que se considera femenino. Tradicionalmente, las sociedades han sido organizadas de tal
manera que la propiedad, la residencia, y la descendencia, así como la adopción de decisiones con respecto
a la mayoría de las áreas de la vida, han sido dominio de los hombres (ONU Mujeres, s/f; MIMP, 2016, 6).
Orden social “basado en la preeminencia absoluta de los hombres respecto de las mujeres, de los adultos
respecto a los niños, y de la identi?cación de la moralidad con la fuerza, con la valentía, con el dominio del
cuerpo, sede de las tentaciones y los deseos”. (Bourdieu, 2007).
Patrones
socioculturales
Son un conjunto de normas que rigen el comportamiento de un grupo organizado de personas, en función
de sus tradiciones, costumbres, hábitos, creencias, ubicación geográ?ca y experiencias, para establecer
modelos de conductas. Se van formando de acuerdo con la región donde vivan las personas, las actividades
económicas que se realicen allí, entre otros factores, hasta establecer un modelo de valores (Romero, s/f).
Pueblos indígenas
Si bien este concepto aún no cuenta con una de?nición exacta en el Derecho Internacional (CIDH, 2009b, 10),
el artículo 1 del Convenio N° 169 de la OIT establece 3 elementos objetivos para identi?car si un grupo humano
constituye un pueblo indígena: i) continuidad histórica; dado que son sociedades anteriores a la conquista o la
colonización; (ii) conexión territorial, dado que los ancestros de dichos pueblos habitaban el país o la región;
(iii) instituciones políticas, culturales, económicas y sociales distintivas, lo que supone que mantienen algunas
o todas sus instituciones propias (OIT, 2009, 9).
Roles de género
Salud mental
Conjunto de normas y prescripciones que dicta la sociedad y la cultura acerca del comportamiento femenino
o masculino (Lamas, 1986, 188).
Según la OMS, la salud mental es más que la mera ausencia de trastornos mentales. Los conceptos de
salud mental incluyen bienestar subjetivo, autonomía, competencia, dependencia intergeneracional y
reconocimiento de la habilidad de realizarse intelectual y emocionalmente. También ha sido de?nida como
un estado de bienestar por medio del cual los individuos reconocen sus habilidades, son capaces de hacer
frente al estrés normal de la vida, trabajar de forma productiva y fructífera, y contribuir a sus comunidades.
(OMS, 2004, 7).
Sexo
Término que hace referencia a las diferencias biológicas entre la mujer y el hombre (MIMP, 2016d, 6).
Sistema de seguridad Un sistema de protección social, que incluye el derecho a prestaciones familiares e infantiles cuando el/la
social
bene?ciario/a es menor, a un subsidio por maternidad, enfermedad o invalidez cuando es adulto/a, o a una