Viernes  17 de mayo de  2019
AÑO DE  LA LUCHA  CONTRA  LA  CORRUPCIÓN  Y LA  IMPUNIDAD
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA
N° 146-2019-CG
DIRECTIVA N° 006 -2019-CG/INTEG
IMPLEMENTACIÓN DEL
SISTEMA DE CONTROL
INTERNO EN LAS
ENTIDADES DEL ESTADO
SEPARATA ESPECIAL
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NORMAS LEGALES
El Peruano
Viernes 17 de mayo de 2019  /
El Peruano / Viernes 17 de mayo de 2019
NORMAS LEGALES
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RESOLUCIÓN DE CONTRALORIA N° 146-2019-CG
Lima, 15 de mayo de 2019
VISTOS:
Las Hojas Informativas N° 000018-2019-CG/GPREDE y N° 000019-2019-CG/GPREDE, de la Gerencia de Prevención
y Detección; y la Hoja Informativa N° 000134-2019-CG/GJN, de la Gerencia Jurídico Normativa, de la Contraloría General
de la República;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 6 de la Ley N° 27785,  Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de
la República, establece que  el control gubernamental consiste en la supervisión,  vigilancia y veri?cación de los actos  y
resultados de la gestión pública, en atención al grado de e?ciencia, e?cacia, transparencia y economía en el uso y destino
de los recursos y bienes del Estado,  así como del cumplimiento de las normas legales y de los  lineamientos de política
y planes de acción, evaluando los sistemas de administración, gerencia y control, con ?nes de su mejoramiento a través
de la adopción de acciones preventivas y correctivas  pertinentes; asimismo, establece que el control gubernamental es
interno y externo y su desarrollo constituye un proceso integral y permanente;
Que, el  artículo 7 de  la citada  Ley Orgánica, establece  que el control  interno comprende  las acciones de  cautela
previa, simultánea y  de veri?cación posterior  que realiza la entidad  sujeta a control, con  la ?nalidad que  la gestión de
sus recursos, bienes y operaciones se efectúe correcta y e?cientemente; siendo responsabilidad del Titular de la entidad
fomentar y supervisar el funcionamiento  y con?abilidad del control interno para la  evaluación de la gestión y el efectivo
ejercicio de la rendición de cuentas, propendiendo a que éste contribuya con el logro de la misión y objetivos de la entidad
a su cargo;
Que, el artículo 10 de la Ley N° 28716, Ley de Control Interno de las Entidades del Estado, establece que la Contraloría
General de  la República  es la entidad  competente para  dictar la normativa  técnica de  control que  oriente la efectiva
implantación y funcionamiento del control interno en las entidades del Estado, así como su respectiva evaluación;
Que, la Centésima Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2019, establece que todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, que
se encuentran bajo los alcances de la Ley N° 28716, tienen la obligación de implementar su Sistema de Control Interno,
en un plazo máximo de dieciocho  (18) meses, conforme a las disposiciones establecidas por  la Contraloría General de
la República;
Que,  conforme a  lo  expuesto  en  las Hojas  Informativas  N°  000018-2019-CG/GPREDE  y N°  000019-2019-CG/
GPREDE de la Gerencia de Prevención y Detección,  en el marco de lo señalado en la Ley N° 28716, resulta necesario
emitir una nueva Directiva que regule el proceso de implementación del Sistema de Control Interno en las entidades del
Estado, por ser de interés público, incorporando un nuevo enfoque que tiene como ?nalidad que las entidades del Estado
implementen el Sistema de Control Interno como herramienta de gestión permanente, que contribuye al cumplimiento de
los objetivos institucionales y promueve una gestión e?caz, e?ciente, ética y transparente;
Que, el Fondo  Nacional de Financiamiento  de la Actividad Empresarial  del Estado - FONAFE  y las empresas  que
se encuentran bajo  su supervisión; y la Superintendencia  de Banca, Seguros y AFP  - SBS y las  entidades ?nancieras
que se encuentran bajo  su supervisión, deben cumplir, entre otros,  con estándares internacionales de control interno  y
supervisión bancaria; por lo que, requieren contar con disposiciones que regulen la implementación de su control interno
bajo los citados  estándares; en tal  sentido, se les exceptúa  del alcance de la  Directiva que se aprueba  a través de  la
presente Resolución;
Que, en mérito de lo expuesto en el párrafo anterior, el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial
del Estado - FONAFE y las empresas que se encuentran bajo su supervisión, y, la Superintendencia de Banca, Seguros
y AFP - SBS y las entidades ?nancieras que se encuentran bajo su supervisión, continúan implementando su Sistema de
Control Interno aplicando  las disposiciones establecidas en la  Directiva N° 013-2016-CG/GPROD “Implementación  del
Sistema de Control Interno en las entidades del Estado”, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 149-2016-CG
y la “Guía para la implementación y fortalecimiento del Sistema de Control Interno en las entidades del Estado”, aprobada
mediante Resolución de Contraloría N° 004-2017-CG, hasta que se emitan las normas  técnicas especiales que regulen
la implementación de su Sistema de Control Interno;
Que, conforme a  lo informado por la  Gerencia Jurídico Normativa mediante  Hoja Informativa N° 000134-2019-CG/
GJN, sustentada en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa N° 000055-2019-CG/NORM de la Subgerencia de
Normatividad en Control Gubernamental,  se considera viable jurídicamente la  emisión de la Resolución de  Contraloría
que aprueba la Directiva “Implementación del  Sistema de Control Interno en las entidades del  Estado”, atendiendo a la
propuesta formulada por la  Gerencia de Prevención y Detección,  a través de sus  Hojas Informativas N° 000018-2019-
CG/GPREDE y N° 000019-2019-CG/GPREDE;
En uso de las atribuciones establecidas por el artículo 32 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi?catorias;
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SE RESUELVE:
Artículo 1.-  Aprobar la Directiva  N° 006 -2019-CG/INTEG  “Implementación del  Sistema de Control  Interno en las
entidades del Estado”, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución, aplicable a las entidades del Estado
señaladas en el artículo 3 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General
de la República, la misma que entrará en vigencia a partir del día hábil siguiente a la publicación de la presente Resolución
en el Diario O?cial El Peruano.
Artículo 2.- Disponer que en lo correspondiente al Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del
Estado - FONAFE y las empresas que se encuentran bajo su supervisión, así como la Superintendencia de Banca, Seguros
y AFP -  SBS y las  entidades ?nancieras que  se encuentran bajo  su supervisión, estas  continúan implementando sus
Sistemas de Control Interno bajo las disposiciones contenidas en la Directiva N° 013-2016-CG/GPROD “Implementación
del Sistema de Control Interno en las entidades del Estado”, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 149-2016-
CG y  la “Guía para  la implementación  y fortalecimiento del  Sistema de  Control lnterno en  las entidades  del Estado”,
aprobada por   Resolución de  Contraloría N° 004-2017-CG,  en tanto se  aprueben las normas  técnicas que regulen  la
implementación del Sistema de Control Interno en las citadas entidades.
Artículo  3.-  Facúltese  a  la  Vicecontraloría de  Gestión  Estratégica  e  Integridad  Pública  a  modi?car,  mediante
Resolución de Vicecontraloría, el Cuadro “Clasi?cación  de entidades”, así como los formatos y anexos  señalados en la
Directiva aprobada a través del artículo primero de la presente Resolución.
Artículo 4.-  Publicar la presente Resolución  y su anexo  en el Diario  O?cial El Peruano,  así como en el  Portal del
Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el Portal Web (www.contraloria.gob.pe) y en la Intranet de la Contraloría General
de la República.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NELSON SHACK YALTA
Contralor General de la República
INDICE
1.
2.
3.
4.
5.
6.
FINALIDAD
OBJETIVOS
ALCANCE
SIGLAS Y REFERENCIAS
BASE LEGAL
DISPOSICIONES GENERALES
6.1.
6.2.
6.3.
6.4.
6.5.
6.6.
De?niciones
Sistema de Control Interno (SCI)
Ejes, Componentes y Principios del Sistema de Control Interno
Clasi?cación de entidades para la implementación del Sistema de Control Interno
Responsables de la implementación del Sistema de Control Interno y funciones
Aplicativo informático del Sistema de Control Interno
7.
DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
7.1.
7.2.
7.3.
7.4.
Procedimiento para la implementación del Sistema de Control Interno
Eje Cultura Organizacional
Eje Gestión de Riesgos
Eje Supervisión
8.
9.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS
10.
ANEXOS
DIRECTIVA DE IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO EN LAS ENTIDADES DEL ESTADO
1.
FINALIDAD
Lograr que las  entidades del Estado implementen  el Sistema de Control  Interno como una herramienta  de gestión
permanente, que  contribuye al cumplimiento  de los objetivos  institucionales y promueve  una gestión e?caz,  e?ciente,
ética y transparente.
2.
OBJETIVOS
-
Regular el procedimiento para implementar el Sistema de Control Interno en las entidades del Estado, estableciendo
plazos y funciones.
Establecer disposiciones para el seguimiento y evaluación de la implementación del Sistema de Control Interno.
-
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3.
ALCANCE
3.1
Las disposiciones  contenidas en  la presente Directiva  son de  obligatorio cumplimiento para  las entidades  del
Estado sujetas a control por el Sistema Nacional de Control, señaladas en el artículo 3 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica
del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República.
3.2
Se encuentran exceptuados de los alcances de la presente Directiva:
a. El Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE y las empresas del Estado
que se encuentran bajo su supervisión.
b. La  Superintendencia de  Banca, Seguros  y AFP –  SBS y  las entidades  ?nancieras que  se encuentran bajo  su
supervisión.
4.
SIGLAS Y REFERENCIAS
Contraloría
Ley N° 27785
:  Contraloría General de la República.
:  Ley
de la Contraloría General de la República y sus modi?catorias.
:  Ley
Estado y sus modi?catorias.
:  Sistema de Control Interno.
27785,
Ley
Orgánica
del
Sistema
Nacional
de
Control
y
Ley N° 28716
SCI
28716,
Ley
de
Control
Interno
de
las
entidades
del
5.
BASE LEGAL
-
Ley N° 27785,  Ley Orgánica del Sistema  Nacional de Control  y de la Contraloría  General de la Republica,  y sus
modi?catorias.
-
-
-
-
-
Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, y sus modi?catorias.
Ley N° 28716, Ley de Control lnterno de las Entidades del Estado, y sus modi?catorias.
Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus modi?catorias.
Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y sus modi?catorias.
Ley N°  30879, Ley  de Presupuesto  del Sector  Público para  el Año  Fiscal 2019,  Centésima Vigésima  Segunda
Disposición Complementaria Final.
Decreto  Legislativo  N°  1440,  Decreto  Legislativo  del  Sistema  Nacional  de  Presupuesto Público,  artículo  16
Programas Presupuestales.
-
-
-
-
2018
Decreto Supremo N° 030-2002-PCM, Reglamento de la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado.
Decreto Supremo N° 092-2017-PCM, que aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción.
Decreto Supremo  N° 044-2018-PCM,  que aprueba el  Plan Nacional  de Integridad y  Lucha contra  la Corrupción
– 2021.
-
-
Resolución de Contraloría N° 320-2006-CG, que aprueba las Normas de Control Interno.
Resolución de Contraloría N° 273-2014-CG, que aprueba las Normas  Generales de Control Gubernamental, y sus
modi?catorias.
-
Resolución  de  Presidencia  de  Consejo  Directivo  N°  033-2017/CEPLAN/PCD,  que  aprueba  la  Guía  para  el
Planeamiento Institucional, y sus modi?catorias.
6.
DISPOSICIONES GENERALES
De?niciones
6.1
Para efecto de la aplicación de la presente Directiva, se debe tener en consideración las siguientes de?niciones:
a. Componentes:  Elementos  del control interno  cuyo desarrollo  permiten  la implementación  del SCI, estos  son:
ambiente de control,  evaluación de riesgos, actividades  de control, información  y comunicación y supervisión.
b. Dependencia:  Órgano, unidad  orgánica que  forma parte o  se encuentra  adscrita a  una entidad y  que, por  su
dimensión o la  magnitud de las actividades a  su cargo, cuenta con  un grado de gestión propia  que le permite adoptar
decisiones e interactuar directamente con los órganos del SCI durante la implementación del SCI.
c. Entidad: Entidad sujeta al Sistema Nacional de Control.
d. Eje: Elementos del procedimiento para  implementar el SCI, que agrupa los componentes del control  interno a ?n
de facilitar su desarrollo. Estos son: cultura organizacional, gestión de riesgos y supervisión.
e. Entrevista: Diálogo  con los actores involucrados para  recoger sus testimonios individuales y  aproximarse a sus
conocimientos y experiencias.
f. Funcionario:  Todo aquel  integrante de  la administración  institucional con atribuciones  de dar  órdenes y  tomar
decisiones  o que  ejecuta  actividades  establecidas por  la  entidad/dependencia  con mayor  nivel  de  responsabilidad
funcional.
g. Impacto:  El resultado o  efecto de un  evento. El impacto  de un evento  puede ser positivo  o negativo sobre  los
objetivos relacionados de la entidad/dependencia.
h. Plan  Estratégico  Institucional  (PEI):  Instrumento  de gestión  que identifica   la estrategia  de la entidad  para
lograr  sus objetivos,   en un  periodo  mínimo de  tres  (3) años,  a través  de  iniciativas  diseñadas  para  producir  una
mejora  en la población  a la cual se  orienta y cumplir  su misión.  Contiene  los Objetivos  y las Acciones  Estratégicas
Institucionales.
i.  Panel  de  expertos:  Reunión  de  expertos  (académicos  o  gestores),  caracterizados  por  su  alto  y  complejo
conocimiento técnico sobre un determinado tema, con el objeto de recoger los argumentos y opiniones de cada uno.
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j. Probabilidad: Posibilidad de que un evento determinado ocurra en un periodo de tiempo dado.
k. Producto: Bien o servicio  que proporcionan las entidades/dependencias del Estado a  una población bene?ciaria
con el objeto de satisfacer sus necesidades.
l. Responsable  de la  dependencia: Servidor  a cargo  de la  dependencia de  la entidad,  que tiene  capacidad de
dirección e interactúa con los órganos del Sistema Nacional de Control, durante la implementación del SCI.
m. Riesgo: Posibilidad de que ocurra un evento adverso que afecte el logro de los objetivos de la entidad/dependencia
n. Servidor público: Persona que, independientemente del  régimen laboral en que se encuentre, mantiene vínculo
laboral, contractual o relación  de cualquier naturaleza con alguna de  las entidades/dependencias del Estado y  que, en
virtud de ello ejerce funciones en tales entidades/dependencias.
o.  Titular: Máxima  autoridad  jerárquica  institucional, de  carácter  unipersonal o  colegiado.  En  caso de  órganos
colegiados, se entenderá por titular a quien lo preside.
p. Taller participativo: Espacio de discusión grupal, en el cual un  conjunto de participantes presenta sus puntos de
vista sobre temas determinados, extraídos a través de herramientas como árboles de problemas, mapas conceptuales o
esquemas de procesos, entre otros.
6.2
Sistema de Control Interno (SCI)
El SCI es el  conjunto de acciones, actividades, planes,  políticas, normas, registros, organización, procedimientos  y
métodos, incluyendo la actitud de las autoridades y del personal, organizado e instituido en cada entidad del Estado, para
la consecución de los siguientes objetivos:
a. Promover y optimizar, la e?ciencia, e?cacia, ética, transparencia y economía de las operaciones de la entidad, así
como la calidad de los servicios públicos que presta.
b. Cuidar y resguardar los recursos y bienes del Estado contra cualquier forma de pérdida, deterioro,  uso indebido y
actos ilegales, así como, en general, contra todo hecho irregular o situación perjudicial que pudiera afectarlos.
c. Cumplir la normatividad aplicable a la entidad y sus operaciones.
d. Garantizar la con?abilidad y oportunidad de la información.
e. Fomentar e impulsar la práctica de valores institucionales.
f. Promover  el  cumplimiento de  los funcionarios  o  servidores públicos  de rendir  cuenta  por los  fondos y  bienes
públicos a su cargo y/o por una misión u objetivo encargado y aceptado.
6.3
Ejes, Componentes y Principios del Sistema de Control Interno
La Ley N° 28716, que aprueba  la Ley de Control Interno de las Entidades del Estado,  establece siete componentes
para el SCI; y bajo el  enfoque establecido por el modelo COSO, mediante Resolución  de Contraloría N° 320-2006-CG,
que aprueba  las Normas de Control  Interno, se agruparon  3 componentes en  uno solo, obteniendo  como resultado 5
componentes.
Las citadas  normas incorporaron  el  marco del  SCI utilizado  por el  Committe of  Sponsoring Organizations  of the
Treadway  Commission  –  COSO,  cuya versión  actualizada  en  el  año  2013  (Modelo  COSO  2013)  comprende  los
siguientes componentes: 1) Ambiente de Control, 2) Evaluación de Riesgos, 3) Actividades de Control, 4) Información  y
Comunicación; y, 5) Supervisión; conforme se presenta en el siguiente grá?co.
Grá?co N° 1
Componentes del Sistema de Control Interno
p
Elaboración propia.
Por  cada componente  se  han establecido  principios  que orientan  y  facilitan  su implementación.  Para  un mejor
entendimiento y desarrollo de los componentes, así como para efectos de lograr una adecuada aplicación de la presente
Directiva, los 5 componentes y sus 17 principios han sido agrupados en 3 ejes: 1) Cultura Organizacional, 2) Gestión de
Riesgos y 3) Supervisión; según se presenta en el siguiente cuadro.
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Cuadro N° 1
Relación entre Ejes, Componentes y Principios del Sistema de Control Interno
Eje
Componente
Principio
La entidad demuestra compromiso con la integridad y los valores éticos.
El órgano o unidad orgánica responsable de la implementación del SCI demuestra
independencia de  la Alta Dirección  y ejerce  la supervisión del  desempeño del
citado sistema.
Ambiente de
Control
La Alta Dirección  establece las  estructuras, las líneas  de reporte  y los niveles
de autoridad y responsabilidad apropiados para la consecución de los objetivos.
La
profesionales competentes en alineación con los objetivos institucionales.
entidad   demuestra   compromiso  para   atraer,   desarrollar   y   retener   a
Cultura
Organizacional
La entidad de?ne las responsabilidades de las personas a nivel de control interno
para la consecución de los objetivos.
La entidad  obtiene o  genera y  utiliza información  relevante y  de  calidad para
apoyar el funcionamiento del control interno.
Información y
Comunicación
La  entidad  comunica  la  información  internamente,  incluidos  los  objetivos  y
responsabilidades que son necesarios para apoyar el funcionamiento del SCI.
La entidad se comunica con las partes interesadas  externas sobre los aspectos
clave que afectan al funcionamiento del control interno
LaEntidadde?nelosobjetivosconsu?cienteclaridadparapermitirlaidenti?cación
y evaluación de los riesgos relacionados.
La entidad identi?ca  los riesgos para la  consecución de sus objetivos  en todos
sus niveles  y los  analiza como base  sobre la  cual determinar cómo  se deben
gestionar.
Evaluación de
Riesgos
La entidad  considera  la probabilidad  de fraude  al  evaluar los  riesgos para  la
consecución de los objetivos
Gestión de
Riesgos
La entidad identi?ca y evalúa los cambios que podrían afectar signi?cativamente
al SCI.
La  entidad  de?ne  y  desarrolla  actividades  de  control  que  contribuyen  a  la
mitigación de  los riesgos hasta niveles  aceptables para la  consecución de sus
objetivos.
Actividades de
Control
La entidad de?ne y desarrolla  actividades de control a nivel de entidad sobre  la
tecnología para apoyar la consecución de los objetivos.
La  entidad  despliega  las   actividades  de  control  a  través   de  políticas  que
establecen las líneas  generales del control interno y  procedimientos que llevan
dichas políticas a la práctica.
La
entidad   selecciona,   desarrolla   y   realiza   evaluaciones   continuas   y/o
independientes para determinar  si los componentes  del SCI están  presentes y
en funcionamiento.
Supervisión
Supervisión
La  entidad  evalúa  y  comunica  las  de?ciencias  de  control  interno  de  forma
oportuna  a  las  partes   responsables  de  aplicar  medidas  de   remediación  y
medidas de control,  incluyendo la Alta Dirección y  el órgano o unidad  orgánica
responsable de la implementación del SCI, según corresponda.
Fuente: Adaptada del Modelo COSO 2013.
Elaboración propia.
Los conceptos y  herramientas desarrolladas en la  presente Directiva son  de?nidos y tienen aplicación  únicamente
para efectos de la implementación del SCI en las entidades del Estado.
6.4
Clasi?cación de entidades para la implementación del Sistema de Control Interno
Para la implementación del SCI,  las entidades del Estado son clasi?cadas en  3 grupos, según su nivel de gobierno
y población. Para el caso de las Municipalidades, se utiliza  como referencia la clasi?cación establecida por el Ministerio
de Economía y  Finanzas (MEF) para el  Programa de Incentivos a  la Mejora de la  Gestión Municipal. En caso  el MEF
disponga la variación de dicha clasi?cación, se procederá a la actualización respectiva.
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Las entidades que integran los grupos se detallan en el siguiente cuadro.
Cuadro N° 2
Clasi?cación de entidades
Grupo de
Entidades que lo integran
entidades
Nacional:  Poderes del  Estado,  Ministerios,  Organismos Constitucionalmente  Autónomos,  Empresas
públicas que no formen parte de  FONAFE, entre otras entidades de similar nivel de gobierno, así  como
sus entidades adscritas y ejecutoras.
Regional: Sede central de los Gobiernos Regionales con excepción de las direcciones regionales y sus
unidades ejecutoras que cuenten con autonomía administrativa y económica.
Grupo 1
Local: Municipalidades de Lima Metropolitana, Municipalidad Provincial del Callao y sus municipalidades
distritales, así como  sus entidades adscritas y unidades  ejecutoras (Empresas públicas que  no formen
parte de FONAFE, Sociedades de Bene?cencia, entre otras.).
Regional: Direcciones regionales y unidades  ejecutoras de los Gobiernos Regionales que cuenten con
autonomía administrativa  y  económica con  excepción de  su sede  central,  entre ellos,  los Hospitales
Regionales, Unidades de Gestión Educativo Local (UGEL), empresas de los Gobiernos Regionales.
Grupo 2
Grupo 3
Local: Las  Municipalidades provinciales  clasi?cadas por  el MEF  como tipo A  y B;  y, municipalidades
distritales que cuenten  hasta con 70%  de población urbana,  clasi?cadas por el  MEF como tipo D  y E,
así como las  entidades adscritas a estas  municipalidades (Empresas públicas que  no formen parte de
FONAFE, Sociedades de Bene?cencia, entre otras.), con excepción de las Municipalidades comprendidas
dentro del Grupo 1.
Local: Las Municipalidades distritales que cuentan con menos de 70% de población urbana, clasi?cadas
por el  MEF  como Tipo  F y  G, así  como  las entidades  adscritas a  estas municipalidades  (Empresas
públicas que no formen parte de FONAFE, Sociedades de Bene?cencia, entre otras).
Elaboración propia.
6.5
Responsables de la implementación del Sistema de Control Interno y funciones
6.5.1
Titular de la entidad
Es la máxima autoridad  jerárquica institucional, responsable de la  implementación del SCI en la entidad  y tiene las
siguientes funciones:
a. Participar en la priorización de los productos que serán incluidos en el SCI, y aprobar los mismos.
b. Revisar y aprobar los documentos que le remitan en aplicación de la presente Directiva.
c. Solicitar a la Contraloría, los accesos al aplicativo informático del SCI.
d.  Ejecutar las  acciones  que aseguren  el  registro,  en el  aplicativo  informático del  SCI,  de la  información  y  los
documentos establecidos en la presente Directiva.
e. Utilizar la información del SCI para la toma de decisiones.
f. Establecer las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Directiva.
6.5.2
Órgano o Unidad Orgánica responsable de la implementación del Sistema de Control Interno
Es el órgano o unidad orgánica que coordina la plani?cación, ejecución, seguimiento y evaluación del  SCI. Según el
nivel de Gobierno de la entidad, el órgano o unidad orgánica responsable de la implementación del SCI es:
a. En Gobierno Nacional, la Secretaría General o la que haga sus veces.
b. En Gobierno Regional, la Gerencia Regional o la que haga sus veces.
c. En Gobierno Local, la Gerencia Municipal o la que haga sus veces.
d. En las otras entidades, será el órgano o unidad orgánica con la máxima autoridad administrativa institucional.
El órgano o unidad orgánica responsable de la implementación del SCI, tiene las siguientes funciones:
a. Dirigir y supervisar la implementación del SCI.
b. Coordinar con  otros órganos o unidades orgánicas  que participan en la implementación  del SCI las acciones de
plani?cación, ejecución, seguimiento y evaluación del SCI, establecidas en la presente Directiva.
c. Registrar en el aplicativo informático del SCI, la información y documentos establecidos en la presente Directiva y
remitirlos al Titular de la entidad.
d. Capacitar a las demás unidades orgánicas, en materia de control interno.
6.5.3
Otros  Órganos o  Unidades Orgánicas  que  participan en  la  implementación del  Sistema  de Control
Interno
Son los órganos  o unidades orgánicas que por  competencias y funciones participan en  la implementación del SCI,
como responsables  del diseño o  ejecución de  los productos priorizados  o áreas  de soporte relevantes  (plani?cación,
presupuesto, logística, contrataciones,  recursos humanos, comunicaciones, integridad pública,  entre otros). Tienen las
siguientes funciones:
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a. Coordinar con el Órgano o Unidad Orgánica responsable de la implementación del SCI, la ejecución de las acciones
necesarias para la implementación del SCI.
b.  Proporcionar  la información  y  documentos  requeridos  por  el  Órgano o  Unidad  Orgánica  responsable  de  la
implementación del SCI, necesaria para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Directiva.
c. Disponer que los funcionarios o servidores públicos, con mayor conocimiento y experiencia sobre la operatividad de
los productos priorizados o áreas de soporte, participen en las acciones necesarias para dar cumplimiento de lo dispuesto
en la presente Directiva.
6.6
Aplicativo informático del Sistema de Control Interno
La Contraloría pondrá a disposición de las entidades del Estado el aplicativo informático del SCI, como una plataforma
de trabajo en el cual se registra la información y adjunta la documentación que evidencie o sustente la implementación del
SCI, con la ?nalidad de facilitar la ejecución de la misma, así como su seguimiento y evaluación.
7.
DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
Procedimiento para la implementación del Sistema de Control Interno
7.1
Para implementar el SCI, las entidades del  Estado deben ejecutar los siguientes pasos para cada uno de los  3 ejes
señalados anteriormente.
Eje Cultura Organizacional
Paso 1: Diagnóstico de la Cultura Organizacional
Paso 2: Plan de Acción Anual – Sección Medidas de Remediación
Eje Gestión de Riesgos
Paso 1: Priorización de productos
Paso 2: Evaluación de riesgos
Paso 3: Plan de Acción Anual – Sección Medidas de Control
Eje Supervisión
Paso 1: Seguimiento de la Ejecución del Plan de Acción Anual
Paso 2: Evaluación Anual de la Implementación del SCI
Los Ejes Cultura Organizacional y Gestión de Riesgos pueden implementarse simultáneamente.
Como resultado de la aplicación de los pasos de?nidos para el Eje Cultura Organizacional, se identi?can situaciones
que pueden limitar el logro de los objetivos institucionales, las cuales son consideradas como de?ciencias, a partir de las
cuales se establecen medidas  de remediación con el objetivo  de revertir o superar las  mismas. Estas medidas forman
parte del Plan de Acción Anual – Sección Medidas de Remediación.
Asimismo, como  resultado de  la aplicación de  los pasos  de?nidos para  el Eje Gestión  de Riesgos,  se identi?can
eventos o factores que pueden afectar la provisión de los bienes o servicios que la entidad brinda a la población, a partir
de los cuales se establecen  medidas de control con el objetivo de  reducir dichos riesgos. Estas medidas  forman  parte
del Plan de Acción Anual – Sección Medidas de Control.
Posteriormente, se  realizará,  como parte  del Eje  Supervisión, un  seguimiento  permanente a  la ejecución  de los
citados planes; y una evaluación anual de la implementación del SCI que permitirá medir el grado de madurez del SCI.
La implementación del SCI se efectúa de manera progresiva, debiendo ejecutarse anualmente los pasos mencionados
anteriormente, hasta lograr su debida implementación, según se muestra en el siguiente grá?co.
Grá?co N° 2
Implementación del Sistema de Control Interno, según ejes y pasos a seguir
Elaboración propia.
10
NORMAS LEGALES
El Peruano
Viernes 17 de mayo de 2019  /
A continuación, se detallan los ejes y pasos que deben ejecutarse.
7.2
Eje Cultura Organizacional
El  eje  Cultura   Organizacional    está  integrado   por  los  componentes    ambiente  de   control  e  información    y
comunicación.   Este   eje  promueve   la  generación    de  condiciones   adecuadas   para   el  logro   de  los  objetivos
institucionales.   Es decir,  que  la entidad  fortalezca   la gestión  con  una  estructura  orgánica  adecuada,  asignación
clara  de responsabilidades,    canales  de comunicación   efectivos,   procesos  para  el reclutamiento   y  retención  del
personal  calificado,   y un  entorno  organizacional  favorable   para el  ejercicio  de  prácticas,  valores  éticos  y  reglas
de conducta.
Para implementar el presente eje, el órgano o unidad orgánica responsable de la implementación del SCI y los demás
órganos o unidades orgánicas que participan en la implementación del mismo, deben ejecutar los siguientes pasos: Paso
1:
Diagnóstico de  la Cultura Organizacional  y Paso 2:  Plan de Acción Anual  – Sección Medidas  de Remediación, los
cuales son detallados a continuación.
7.2.1
Paso 1: Diagnóstico de la Cultura Organizacional
Comprende la identi?cación del estado situacional de la cultura organizacional y sus de?ciencias.
Para ello, se utiliza la información obtenida en la Evaluación Anual de la Implementación del SCI,  correspondiente a
la sección del Eje Cultura Organizacional, efectuada a  la ejecución del año anterior, según lo establecido en el numeral
7.4.2
de la presente Directiva.
En caso se  esté implementando el SCI por  primera vez y, por  tanto, no se cuente  con dicha evaluación, el órgano
o unidad  orgánica responsable  de la  implementación del  SCI deberá  responder las  preguntas de  la sección  del Eje
Cultura Organizacional  del “Cuestionario de  Evaluación de la  Implementación del SCI”,  en base a  la información que
proporcionan  los órganos  o unidades  orgánicas  de la  entidad, conforme  a  sus competencias  funcionales. El  citado
cuestionario se presenta en el Anexo N° 1.
El  registro de  las  repuestas al  cuestionario  y  de su  correspondiente  evidencia o  sustento,  se  efectúa a  través
del  aplicativo informático  del SCI.  Dicha  información permite  a la  entidad  identi?car las  de?ciencias del  eje  Cultura
Organizacional.
7.2.2
Paso 2: Plan de Acción Anual – Sección Medidas de Remediación
a. Establecer las Medidas de Remediación
Por  cada de?ciencia  identi?cada en  el  paso anterior,  deben  establecerse las  medidas que  permitan  remediarla o
superarla, de manera e?caz, oportuna y e?ciente. Estas medidas constituyen las medidas de remediación.
Para establecer dichas medidas pueden utilizarse las siguientes herramientas de recojo de información: entrevistas,
encuestas, talleres participativos,  lluvia de ideas, panel de  expertos, entre otros. A través de estas  herramientas, debe
garantizarse que las medidas establecidas sean aquellas que logren superar la de?ciencia y sean factibles de implementar
por la entidad.
b. Elaborar el Plan de Acción Anual – Sección Medidas de Remediación
Por cada  medida de  remediación  establecida,  debe  asignarse  el órgano  o unidad  orgánica que  estará  a cargo
de su ejecución,   el plazo,  los medios  (evidencia  o sustento)  que permitirán  verificar  su  cumplimiento  y a modo  de
comentarios  u observaciones,   debe señalarse  la información   que sea relevante  para  asegurar  el cumplimiento  de
dicha  medida.
Esta información  se registra en el aplicativo  informático del SCI, según  el formato presentado en el Anexo  N° 2.
c. Aprobar el Plan de Acción Anual – Sección Medidas de Remediación
El órgano  o unidad orgánica responsable  de la implementación  del SCI debe  visar el plan elaborado  y remitirlo al
Titular de la entidad para su revisión y aprobación. Para ello, debe imprimirse el “Plan de Acción Anual – Sección Medidas
de Remediación”, desde el aplicativo informático del SCI.
Aprobado el citado Plan, debe ser  digitalizado (formato PDF) y adjuntado en el aplicativo informático  del SCI, hasta
el último día hábil del mes de marzo de cada año. A continuación, debe ser remitido a los órganos o unidades orgánicas
que se encuentran a cargo de la ejecución de las medidas de remediación.
En el  siguiente grá?co se  muestra el  resumen de los  pasos que  deben seguirse para  implementar el  Eje Cultura
Organizacional.
El Peruano / Viernes 17 de mayo de 2019
NORMAS LEGALES
11
Grá?co N° 3
Pasos para implementar el Eje Cultura Organizacional
Elaboración propia.
7.3
Eje Gestión de Riesgos
El eje Gestión de Riesgos está integrado por los componentes evaluación de riesgos y actividades de control. Este eje
comprende la identi?cación y valoración  de los factores o eventos que pudieran afectar negativamente  el cumplimiento
de los  objetivos institucionales, relacionados  a la  provisión de los  productos que  se brindan a  la población  (bienes o
servicios públicos), así como determinar las medidas de control que reduzcan la probabilidad que se materialicen dichos
factores o eventos.
Para implementar  el  presente eje,  el órgano  o unidad  orgánica responsable  de la  implementación del  SCI y  los
órganos o  unidades orgánicas  que participan  en la  implementación del mismo,  deben ejecutar  los siguientes  pasos:
Paso 1: Priorización de Productos, Paso 2: Evaluación de Riesgos y Paso 3: Plan de Acción Anual – Sección Medidas de
Control; los cuales son detallados a continuación.
7.3.1
Paso 1: Priorización de Productos
a. Identi?car los productos
La identi?cación de los productos que van a ser incorporados en el control interno depende del instrumento de gestión
con el que disponga la entidad:
1.
En  caso  la   entidad  cuente  con  Plan   Estratégico  Institucional   (PEI),  identi?ca   las  Acciones  Estratégicas
Institucionales  que  se  derivan  de  los  Objetivos  Estratégicos  Institucionales   de Tipo  I  (bienes  o  servicios  ?nales
entregados a usuarios  externos a la entidad).  Estas Acciones Estratégicas Institucionales  constituyen los  productos.
2.
En caso la entidad sea parte de uno o varios Programas Presupuestales, según competencia y ámbito geográ?co,
puede considerar la  cadena de valor, contenida en  la matriz del marco lógico  de dicho programa. En dicha  cadena de
valor se pueden  identi?car directamente los productos (en  los programas presupuestales los bienes  o servicios ?nales
entregados a usuarios externos a la entidad se denominan productos).
3.
En caso la entidad no cuente con un PEI o no sea parte de un programa presupuestal, puede utilizar alguno de los
siguientes documentos de gestión para la identi?cación de los productos:
Plan de Desarrollo Institucional.
Plan de Desarrollo Concertado.
Plan Estratégico  Institucional del  pliego o  de la  entidad de  la provincia o  región, en  cuyo ámbito  geográ?co se
encuentran ubicadas.
Es  importante  mencionar  que, si  una  entidad  participa  en  un  Programa  Presupuestal, debe  veri?car  si  existe
vinculación entre los productos de este programa  con las Acciones Estratégicas Institucionales (del PEI), a ?n de evitar
que se registren los mismos productos, debido a que puedan tener denominaciones distintas, pero se re?eran  al mismo
producto. Mayor detalle se presenta en el Anexo N° 3.
De otro lado, si las Acciones Estratégicas Institucionales están conformadas por más de un bien o servicio ?nal, cada
uno de ellos constituye  un producto que debe ser tomado en  cuenta en la priorización, tal como  se explica a través de
un ejemplo en el Anexo Nº 4.
12
NORMAS LEGALES
El Peruano
Viernes 17 de mayo de 2019  /
b. Priorizar los productos
Una vez  completado  el paso  anterior, se  priorizan  los productos  considerando, entre  otros,  uno o  varios de  los
siguientes criterios:
?
Relevancia para la población:  productos que son parte de  las políticas de salud, educación,  transporte, vivienda,
seguridad ciudadana, ambiente, entre otros servicios básicos que brinde directa o indirectamente la entidad, de acuerdo
a su misión institucional.
?
?
Presupuesto asignado al producto: productos cuya asignación presupuestal sea mayor.
Contribución  al logro  del Objetivo  Estratégico  Institucional   de Tipo I (PEI)  o Resultado  Específico  (Programa
Presupuestal):   productos  que  son necesarios   para lograr  los  cambios  o  efectos  esperados  en una  determinada
población.
?
Desempeño: productos  que presentan  bajo desempeño.  Esta cali?cación  es establecida  por la  propia entidad,
tomando en cuenta los niveles de cumplimiento de los indicadores establecidos en el PEI u otro documento de gestión de
la entidad. Asimismo, puede utilizarse información de otras fuentes o?ciales como el Instituto Estadística de Informática,
Ministerio de Economía y Finanzas, Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, entre otros.
Finalmente, se elabora  una propuesta de productos  priorizados, la misma  que es expuesta al  Titular de la entidad
para su conformidad y aprobación.
7.3.2
Paso 2: Evaluación de Riesgos
a. Identi?car los riesgos
Por cada  producto priorizado,  se identi?can  los riesgos que  afecten su  provisión. Para  ello, pueden  utilizarse las
siguientes herramientas de recojo de información: entrevistas, encuestas, talleres participativos, lluvia de ideas, diagrama
o ?cha técnica de procesos, entre otros. Para el desarrollo de dichas herramientas puede tomarse en cuenta las preguntas
guías de identi?cación de riesgos que se presentan en el Anexo N° 5.
La ejecución de dichas herramientas debe ser participativa, objetiva y transparente.
b. Valorar los riesgos
Por cada riesgo identi?cado se procede a valorar su probabilidad de ocurrencia y el impacto que podría generar en la
provisión del producto priorizado. Estos dos  valores se multiplican para obtener el nivel de riesgo, que  puede ser: bajo,
medio, alto y muy alto.
A partir de  dicha información,  el aplicativo del  SCI generará  un mapa de  riesgos que  permite visualizar de  forma
sencilla el nivel de los  riesgos identi?cados. La fórmula y criterios  utilizados para valorar los riesgos se describen  en el
Anexo N° 6.
c. Determinar la tolerancia al riesgo
Identi?cado  los  riesgos  y  sus  niveles,  la entidad   determina  cuáles  de ellos  van  a  ser  reducidos  a  través  de
medidas  de  control,  de  acuerdo  a la  tolerancia  al  riesgo   que  la  entidad  establezca,  según  los  criterios  que  se
proponen  a continuación:
Las entidades del grupo 1, establecen medidas de control, al menos para los riesgos que presentan niveles medio,
alto y muy alto.
Las entidades del grupo 2 y 3, establecen medidas de control, al menos para los riesgos que presentan niveles alto
y muy alto.
Las valoraciones y clasi?cación utilizadas se describen en el Anexo Nº 7.
La  información obtenida  en  el presente  paso  se registra  en  el aplicativo  informático  del  SCI, según  el  formato
presentado en el Anexo Nº 8.
7.3.3
Paso 3: Plan de Acción – Sección Medidas de Control
a. Establecer las Medidas de Control
Por cada riesgo determinado en  el paso anterior, debe establecerse las medidas que  permitan reducirlo de manera
e?caz, oportuna y e?ciente. Estas medidas constituyen las medidas de control y pueden ser de?nidas como las políticas,
procedimientos, técnicas u otros mecanismos que permiten reducir dicho riesgo.
Para establecer dichas medidas pueden utilizarse las siguientes herramientas de recojo de información: entrevistas,
encuestas, talleres participativos, lluvia de ideas, panel de  expertos, entre otros. A través de estas herramientas, deben
realizarse preguntas  orientadas a  identi?car las medidas  que permitan  lograr la  máxima reducción del  riesgo y  sean
factibles de implementar por la entidad.
El Peruano / Viernes 17 de mayo de 2019
NORMAS LEGALES
13
b. Elaborar el Plan de Acción Anual – Sección Medidas de Control
Por cada  medida  de control  que se  ha establecido,  debe  identificarse  al  órgano  o unidad  orgánica  que estará
a  cargo  de su  ejecución,   el  plazo,  los  medios  (evidencia   o sustento)   que  permitirán  verificar   su  cumplimiento
y, a  modo  de comentarios   u observaciones,   debe  señalarse   la información   que  sea relevante   para asegurar   el
cumplimiento  de  dicha medida.  Esta  información  se  tiene que  registrar  según  el formato  presentado  en  el Anexo
N° 2.
c. Aprobar el Plan de Acción Anual – Sección Medidas de Control
Posteriormente, el órgano o unidad orgánica responsable de la implementación del SCI debe visar el plan elaborado
y remitirlo al  Titular de la entidad para  su revisión y aprobación.  Para ello, debe imprimirse  el “Plan de Acción Anual –
Sección Medidas de Control”, desde el aplicativo informático del SCI.
Cabe señalar que la entidad puede aprobar  un plan por cada producto priorizado, tomando en cuenta el número  de
productos que deben priorizar anualmente, y conforme sean aprobados deben ser integrados al Plan de Acción Anual.
Aprobado el citado Plan, debe ser  digitalizado (formato PDF) y adjuntado en el aplicativo informático  del SCI, hasta
el último día hábil del mes de marzo de cada año. A continuación, debe ser remitido a los órganos o unidades orgánicas
que se encuentran a cargo de la ejecución de las medidas de control.
En el siguiente grá?co se muestra el resumen de  los pasos que deben seguirse para implementar el Eje Gestión de
Riesgos.
Grá?co N° 4
Pasos para implementar el Eje Gestión de Riesgos
Elaboración propia.
7.4
Eje Supervisión
El eje Supervisión comprende el componente supervisión. Este eje comprende el conjunto de acciones que permiten
dar cuenta de la implementación del SCI, a través del Seguimiento de la ejecución del Plan de Acción Anual elaborado en
función del desarrollo de los ejes Cultura Organizacional y Gestión de Riesgos, y la EvaluaciónAnual de la implementación
del SCI.
Es importante señalar que las Medidas de Remediación y las Medidas de Control integran el Plan de Acción Anual, el
cual constituye la base para ejecutar los pasos del Eje Supervisión.
Para implementar de manera adecuada el presente eje, el órgano o unidad orgánica responsable de la implementación
del SCI y los órganos o unidades orgánicas que participan en la implementación del mismo, deben ejecutar los siguientes
pasos: Paso 1: Seguimiento de la Ejecución del Plan de Acción Anual y Paso 2: Evaluación Anual de la Implementación
del SCI; los cuales son detallados a continuación.
7.4.1
Paso 1: Seguimiento de la Ejecución del Plan de Acción Anual
El seguimiento de la ejecución del Plan de Acción Anual debe efectuarse de forma permanente y continua, veri?cando
su cumplimiento, a través  de la evidencia o sustento  que se consignan como medios  de veri?cación, según los plazos
establecidos en  el mismo  y teniendo en  cuenta los  criterios para establecer  su estado  de ejecución, criterios  que se
presentan en el siguiente cuadro.
14
NORMAS LEGALES
El Peruano
Viernes 17 de mayo de 2019  /
Cuadro N° 3
Estado de ejecución de las medidas
de remediación y de medidas de control
Estado
Criterio
Cuando ha cumplido la implementación de la medida de remediación o control conforme al Plan
de Acción Anual.
Implementada
No implementada
En proceso
Cuando no ha cumplido con  la implementación de la medida de remediación o  control incluida
en el Plan de Acción Anual y la oportunidad para su ejecución ha culminado.
Cuando ha iniciado  y aún no ha  culminado la implementación de  la medida de remediación  o
control incluida en el Plan de Acción.
Cuando aún no ha iniciado la implementación de la medida de remediación o control incluida en
el Plan de Acción Anual.
Pendiente
Cuando  la  medida de  remediación  o  control  incluida  en el  Plan  de  Acción, no  puede  ser
ejecutada por factores  no atribuibles a la entidad,  debidamente sustentados, que imposibilitan
su implementación.
No aplicable
Cuando la entidad decide no adoptar la medida de remediación o control incluida en el Plan  de
Acción, asumiendo las consecuencias de dicha decisión.
Desestimada
Elaboración propia.
Se registra en el aplicativo informático del SCI, el estado de la ejecución de las medidas de remediación y medidas de
control, así como sus medios de veri?cación, tomando en cuenta los plazos establecidos para la ejecución de las mismas.
Asimismo, se describe la problemática y se proponen recomendaciones de mejora, las  mismas que deben ser tomadas
en cuenta para la implementación del SCI en el siguiente semestre.
Con  la información   obtenida   hasta  el último  día  hábil  del  mes  de  julio  de cada  año,  imprime   del aplicativo
informático  del  SCI el “Reporte  de  seguimiento  del  Plan de Acción  Anual”,  cuya estructura   está establecida  en  el
Anexo  N° 9. Este  documento  debe ser  visado por  el órgano  o unidad  orgánica  responsable  de la  implementación
del SCI,  digitalizado  (en formato  PDF)  y adjuntado  en el citado  aplicativo  informático,   hasta el último  día  hábil del
mes  de agosto  de  cada año.  Asimismo,  debe  ser  puesto  en conocimiento   del  Titular  de la  entidad  en el  mismo
plazo.
7.4.2
Paso 2: Evaluación Anual de la implementación del Sistema de Control Interno
La Evaluación Anual permite a la entidad conocer el nivel de implementación de  su SCI y se realiza desde el primer
hasta el último día hábil del mes  de enero del año siguiente. Para ello, desarrollan el “Cuestionario de  Evaluación de la
Implementación del Sistema de Control Interno” (presentado en elAnexo Nº 1), en base a la información que proporcionan
los órganos o unidades orgánicas  de la entidad, conforme a sus  competencias funcionales, correspondiente al periodo
anterior (con fecha de corte al 31 de diciembre).
Las  respuestas  a las  preguntas  contenidas  en  el citado  cuestionario  y  sus  evidencias o  sustentos  se  valoran
conjuntamente  y se  calcula el  grado  de madurez  del SCI.  Es  importante señalar  que dicho  cálculo  busca medir  la
implementación integral de los 3 ejes. La fórmula y criterios para calcular el grado de madurez de la implementación del
SCI, se describen en el Anexo 10.
Concluido el desarrollo del citado cuestionario, se imprime del aplicativo informático del SCI el “Reporte de Evaluación
Anual de la Implementación del Sistema de  Control Interno”, cuya estructura está establecida en el Anexo N° 11. Dicho
reporte debe ser visado por el  órgano o unidad orgánica responsable de la implementación del SCI  y remitido al Titular
de la entidad para su conocimiento y adopción de acciones que estime pertinentes.
Es importante señalar, que los resultados de la Evaluación Anual de la Implementación del SCI permitirán identi?car
las de?ciencias  del Eje Cultura  Organizacional, sobre las  cuales se deberán  implementar las respectivas  medidas de
remediación. Para ello, deberá ejecutarse el paso 2 establecido para dicho eje y continuar con el resto de pasos descritos
anteriormente.
Las  de?ciencias  del  Eje  Gestión  de   Riesgos  y  Eje  Supervisión  se  atenderán  mediante  el  desarrollo  de   los
correspondientes pasos, en la forma y plazos establecidos por la presente Directiva.
En el  siguiente  grá?co se  muestra un  resumen de  los  pasos que  se tienen  que seguir  para implementar  el  Eje
Supervisión.
El Peruano / Viernes 17 de mayo de 2019
NORMAS LEGALES
15
Grá?co N° 5
Pasos para implementar el Eje Supervisión
p
p
j
p
Elaboración propia.
8
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
Primera.- Publicación de avances de la implementación del Sistema de Control Interno
La Contraloría  publicará, en su  portal web  institucional, el avance  de la implementación  del SCI  de las entidades
del Estado. Dicha publicación se efectuará de manera  semestral, sobre la base de la información que las entidades del
Estado registren en el aplicativo informático del SCI.
Segunda.- Funciones y responsables de la implementación del Sistema de Control Interno
Las entidades que se  encuentran bajo los alcances de  la presente Directiva, deben incorporar  progresivamente en
su Reglamento de Organización y  Funciones, Manual de Organización y Funciones o  documento que haga sus veces,
funciones especí?cas para desarrollar las acciones de implementación del SCI.
Tercera.- Plazo de implementación del SCI
Las entidades del Estado que se encuentran bajo  los alcances de la presente Directiva, deben implementar su SCI,
conforme al plazo establecido en la Centésima Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2019, el cual vence el 30 de junio 2020.
Cuarta.- Generación de usuarios de acceso al aplicativo informático del SCI
El titular  de la  entidad, desde la  entrada en  funcionamiento del  aplicativo informático del  SCI, solicitará  al correo
electrónico controlinterno@contraloria.gob.pe, la generación de los usuarios y accesos al aplicativo informático del SCI.
9
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS
Primera.- Uso de la información en el marco de la Directiva N° 013-2016-CG/GPROD
La información  obtenida por  las  entidades del  Estado para  implementar el  SCI, en  aplicación de  la Directiva  N°
013-2016-CG/GPROD
denominada  “Implementación  del Sistema  de  Control  Interno  en las  entidades  del  Estado”,
aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 149-2016-CG, pueden ser utilizadas para implementar el SCI bajo las
disposiciones contenidas en la presente Directiva.
Segunda.- Plazo para la implementación del aplicativo informático
La Contraloría implementará el aplicativo informático del SCI en un plazo de noventa (90) días calendario, posteriores
a la entrada en vigencia de la presente Directiva.
Considerando los aspectos  que puedan di?cultar  la implementación del aplicativo  informático, la Contraloría podrá
emitir las disposiciones o adoptar las acciones que considere pertinentes a ?n de viabilizar el proceso de implementación
del SCI, no eximiendo a la entidad de iniciar el proceso de implementación de su SCI.
Tercera.- Del Sistema de Seguimiento y Evaluación del Control Interno –SISECI
Desde  la entrada  en vigencia  de  la presente  Directiva, no  será  obligatorio registrar  información  en el  aplicativo
informático denominado “Sistema de Seguimiento y Evaluación del Control Interno – SISECI”.
Cuarta.- Determinación de productos
Las entidades del Estado deben gestionar los riesgos identi?cados en los productos priorizados en el SCI, de manera
progresiva, tomando en cuenta el grupo en el que se encuentra, conforme al cronograma que se señala a continuación.
16
NORMAS LEGALES
El Peruano
Viernes 17 de mayo de 2019  /
Cuadro N° 4
Productos priorizados, según grupo de entidades
Hasta 30/06/2020
Número mínimo de productos priorizados en el SCI, según periodo
Grupo
de entidades
Del 01/12/2019
Hasta el 30/06/2020
Desde el 01/07/2020
Hasta el 31/12/2020
Desde el 01/01/2021
Hasta el 31/12/2021
Hasta el 29/11/2019
Grupo 1
Grupo 2
Grupo 3
1
1
1
3
2
1
4
3
2
6
4
3
Nota: La implementación del SCI es permanente y continuo, por ello, el número de productos priorizados es acumulable en cada periodo.
Quinta.- Plazos excepcionales
Para el  proceso de implementación  del SCI, desde  la entrada en  vigencia de la  presente Directiva hasta  junio de
2020,
se aplicará el siguiente cronograma, que  contiene los plazos para ejecutar los pasos establecidos en  la presente
Directiva.
Cuadro N° 5
Plazos Excepcionales
Entregables
Plazos
Diagnóstico de la Cultura Organizacional
Hasta el último día hábil del mes de setiembre de 2019.
Hasta el último día hábil del mes de octubre de 2019.
Plan de Acción Anual - Sección Medidas de
Remediación
El primer producto, hasta el último día hábil del mes noviembre de 2019.
Plan de Acción Anual – Sección Medidas de
Control
El resto de productos, para los Grupos 1 y 2, hasta el último día hábil del
mes de abril de 2020.
Primer reporte de Seguimiento del Plan de
Acción Anual
Hasta  el último  día  hábil  del mes  de  julio  de  2020, con  información
obtenida con fecha corte al 30 de junio de 2020.
Sexta.- Aprobación de normas técnicas aplicables al FONAFE, SBS y las entidades que se encuentran bajo la
supervisión de ambas entidades
La Contraloría,  dentro  de los  ciento veinte  (120) días  hábiles posteriores  a  la vigencia  de la  presente Directiva,
aprobará las  normas técnicas que  regulará la implementación  del SCI en  el Fondo Nacional  de Financiamiento de  la
Actividad Empresarial  del Estado  – FONAFE y  las empresas  del Estado  que se encuentran  bajo su  supervisión, así
como para la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP – SBS  y las entidades del Estado que se encuentran bajo su
supervisión.
Sétima.- Aplicación excepcional de la Directiva N° 013-2016-CG/GPROD para el FONAFE, SBS y las entidades
que se encuentren bajo la supervisión de ambas entidades
Excepcionalmente,  el  Fondo Nacional  de Financiamiento  de la Actividad Empresarial  del Estado–  FONAFE y las
empresas  que se encuentran  bajo  su supervisión;  así  como la  Superintendencia  de Banca,  Seguros  y AFP –  SBS
y las  entidades  que  se  encuentran  bajo su  supervisión,  continúan   implementando  su  SCI bajo  las  disposiciones
contenidas en la Directiva  N° 013-2016-CG/GPROD “Implementación  del Sistema  de Control Interno en las entidades
del Estado”,  aprobada  mediante  Resolución  de  Contraloría  N°  149-2016-CG  y la  “Guía para  la  implementación  y
fortalecimiento  del Sistema  de Control lnterno en  las entidades del Estado”  aprobada por  Resolución  de Contraloría
N° 004-2017-CG  hasta que  se aprueben las  normas técnicas  a que se re?ere  la Sexta Disposición  Complementaria
Transitoria  de  la  presente  Directiva.  Las  disposiciones   contenidas  en  la normativa   antes  señalada  no serán  de
aplicación  para las demás  entidades.
10
ANEXOS
Anexo N° 1
Anexo N° 2
Anexo N° 3
Anexo N° 4
Anexo N° 5
Anexo N° 6
Anexo N° 7
Anexo N° 8
Anexo N° 9
:
:
:
:
:
:
:
:
:
Cuestionario de Evaluación de la Implementación del Sistema de Control Interno
Plan de Acción Anual
Relación entre el Planeamiento Estratégico y los Programas Presupuestales
Ejemplo de Subdivisiones de las Acciones Estratégicas Institucionales
Preguntas guía para la identi?cación de riesgos
Criterios para la Valoración de Riesgos
Tolerancia al Riesgo
Matriz de Evaluación de Riesgos
Reporte de Seguimiento del Plan de Acción Anual
Anexo N° 10  :   Metodología para el cálculo del Grado de Madurez
Anexo N° 11  :    Reporte de Evaluación Anual de la Implementación del Sistema de Control Interno
El Peruano / Viernes 17 de mayo de 2019
NORMAS LEGALES
17
Anexo Nº 1
Cuestionario de Evaluación de la Implementación del Sistema de Control Interno
Respuesta
Eje
Componente
Pregunta
Valor = 0
Valor = 1
Valor = 2
Durante
el
presente
año,
¿la
entidad/dependencia ha realizado al
menos una charla de sensibilización,
Cultura
Organizacional
1
Ambiente de Control   dirigido
a
sus
funcionarios
y
No
NA
servidores,  sobre  ética,  integridad
y
su
importancia
en
la
función
pública?
¿La
entidad/dependencia
cuenta
con lineamientos o normas  internas
Ambiente de Control   aprobadas que regulen la  conducta
de sus funcionarios  y servidores en
Cultura
Organizacional
2
3
No
No
NA
NA
el ejercicio de sus funciones?
¿La
con
que
contra sus funcionarios y servidores
que vulneran  la  ética o  normas de
conducta?
entidad/dependencia   cuenta
un
procedimiento
aprobado
denuncias
Cultura
Organizacional
permita
recibir
Ambiente de Control
¿Los
que
unidad
funcionarios
y
del
servidores
son
parte
órgano
o
de
orgánica
responsable
Cultura
Organizacional
4
5
Ambiente de Control   la
recibido,  al   menos,  un   curso  de
capacitación
durante los dos últimos años?
implementación
del
SCI
han
No
No
Parcialmente
Parcialmente
en   Control    Interno
¿El
responsable  de  la  implementación
del SCI  en la entidad/dependencia,
órgano   o    unidad    orgánica
Cultura
Organizacional
durante
el
presente
año,
ha
Ambiente de Control
capacitado a  los demás  órganos  o
unidades  orgánicas  que  participan
en la implementación del SCI  sobre
temas de control interno? (*)
¿Laentidad/dependenciacuentacon
al menos  un funcionario  o servidor
que se  dedique  permanentemente,
Ambiente de Control   a  la  sensibilización,   capacitación,
orientación y soporte  a los órganos
Cultura
Organizacional
6
7
No
No
NA
o
implementación del SCI?
unidades
orgánicas
para
la
¿Se
identi?cadas
unidades
de  la  ejecución   de  los  productos
priorizados en el SCI? (*)
encuentran
claramente
los
órganos
o
Cultura
Organizacional
orgánicas   responsables
Ambiente de Control
Parcialmente
¿La
entidad/dependencia
ha
difundido  a   sus  colaboradores   la
información
del   cumplimiento   de
sus  objetivos,  metas o  resultados,
Cultura
Organizacional
8
9
Ambiente de Control   a
través
de
los
canales
de
No
No
Parcialmente
comunicación
e
información
que
dispone (correo electrónico, Intranet,
periódico
mural,
documentos
o?ciales, entre otros)?
¿La
entidad/dependencia
Cultura
Organizacional
Ambiente de Control   realiza  una  Evaluación  Anual   del
desempeño de los funcionarios?
NA
18
NORMAS LEGALES
El Peruano
Viernes 17 de mayo de 2019  /
Respuesta
Eje
Componente
Pregunta
Valor = 0
Valor = 1
Valor = 2
¿Los órganos o unidades orgánicas
responsables de la ejecución de las
medidas de remediación  y medidas
Ambiente de Control   de control  reportan  mensualmente
sus  avances   al  órgano  o   unidad
Cultura
Organizacional
10
No
Parcialmente
orgánica
responsable
de
la
implementación del SCI? (*)
¿La
entidad/dependencia
otorga
reconocimientos,
mediante   carta,
memorando u otras comunicaciones
formales, a  los  responsables de  la
Cultura
Organizacional
11
Ambiente de Control   implementación
de
medidas
de
No
Parcialmente
remediación  y medidas  de  control,
cuando estas  son cumplidas  en su
totalidad en los plazos establecidos?
(*)
¿La
entidad/dependencia
utiliza
Cultura
Organizacional
indicadores   de   desempeño   para
medir  el   logro   de  sus   objetivos,
metas o resultados?
12
13
Ambiente de Control
Ambiente de Control
No
No
Parcialmente
Parcialmente
¿La
tipi?cado
Infracciones
entidad/dependencia
ha
de
del
en
su
y
Reglamento
Sanciones
Cultura
Organizacional
personal,  o  documento   que  haga
sus veces, las conductas infractoras
por incumplimiento de las funciones
relacionadas  a   la  implementación
del SCI?
¿El titular de la entidad/dependencia
ha
presentado
el
Informe
de
Cultura
Organizacional
Información y
Comunicación
Rendición  de Cuentas  de Titulares
de  acuerdo a  las  disposiciones de
la normativa vigente y en los plazos
establecidos?
14
No
NA
¿La
cumplido
ciudadanía
su
entidad/dependencia
ha
la
de
de
con
la
difundir
información
a
Cultura
Organizacional
Información y
Comunicación
ejecución
presupuestal,
15
16
No
No
NA
NA
forma  semestral,  a   través  de  los
canales
de
comunicación
que
dispone  (Internet,  periódico  mural,
documentos o?ciales, entre otros)?
¿La
entidad/dependencia
registra
mensualmente
en
el
aplicativo
Cultura
Organizacional
Información y
Comunicación
INFOBRAS el  avance físico  de  las
obras  públicas  que se  encuentran
en ejecución?
¿La
entidad/dependencia
revisa
mensualmente
funcionarios
la
inhabilitados
relación
en
de
el
Procedimiento
Sancionador,
si  alguno  de   sus  funcionarios  se
encuentra   comprendido  en   dicha
relación y proceder a cumplir con  la
correspondiente normativa?
Administrativo
Cultura
Organizacional
Información y
Comunicación
17
18
a
?n
de
identi?car
No
No
NA
¿La
Alta
Dirección
utiliza
la
Cultura
Organizacional
Información y
Comunicación
información
decisiones?
del
SCI
para
tomar
Parcialmente
El Peruano / Viernes 17 de mayo de 2019
NORMAS LEGALES
19
Respuesta
Valor = 1
Eje
Componente
Pregunta
Valor = 0
Valor = 2
¿Se ha presentado el Plan deAcción
Anual
para
la
Implementación
Cultura
Organizacional
Información y
Comunicación
19
del  SCI   al  Titular  de   la  entidad/
dependencia y demás miembros de
la Alta Dirección? (*)
No
Parcialmente
¿La entidad/dependencia, a través de
los canales de comunicación internos
(correo electrónico, Intranet, periódico
Cultura
Organizacional
Información y
Comunicación
20
mural,
documentos
o?ciales,
entre
No
NA
otros),  informa trimestralmente  a  los
funcionarios   y  servidores   sobre  la
importancia de contar con un SCI?
¿La  entidad/dependencia   incorpora
en
los
una
proveedores   o   consultores
cláusula
contractual
con
la
manifestación  de  ambas partes  del
"rechazo total y  absoluto a cualquier
tipo  de  ofrecimiento,  dádiva,  forma
de soborno nacional o transnacional,
regalo,  atención  o presión  indebida
quepuedaafectareldesarrollonormal
y objetivo de los contratos", o de ser el
caso, solicita  una declaración jurada
bajo los mismos términos? (*)
Cultura
Organizacional
Información y
Comunicación
21
No
NA
¿Se
comunica
formalmente
la
información
del   Plan   de   Acción
Anual  para  la  Implementación  del
Cultura
Organizacional
Información y
Comunicación
22
23
SCI,
según
corresponda,
a
los
No
No
Parcialmente
Parcialmente
órganos o  unidades  orgánicas que
participan en la  implementación del
SCI? (*)
¿La
tomado
entidad/dependencia
en   cuenta    los   criterios
ha
Gestión de    Evaluación de Riesgos de   tolerancia  establecidos   en   la
Riesgos
presente  Directiva,  para  identi?car
los riesgos que van a  ser reducidos
mediante medidas de control?
¿Se
han
determinado
medidas
Gestión de    Evaluación de Riesgos de  control  para  todos  los  riesgos
24
25
No
No
Parcialmente
Parcialmente
Riesgos
valorados  que   estén  fuera   de  la
tolerancia al riesgo?
¿Existe   alineación  entre   el   Plan
Gestión de    Evaluación de Riesgos Operativo  Institucional,   el  Cuadro
Riesgos
de  Necesidades  y  el  Presupuesto
Institucional de Apertura?
¿La
entidad/dependencia
asigna
el  presupuesto   necesario  para   la
Gestión de    Evaluación de Riesgos ejecución de las principalesAcciones
26
27
No
No
Parcialmente
Parcialmente
Riesgos
Estratégicas
Institucionales
(del
PEI)
o   Productos   (del  Programa
Presupuestal)?
¿La
entidad/dependencia
ha
registrado
Institucional
el
de
servicios
Presupuesto
Apertura
(PIA)
salud,
para
los
de
Gestión de
Riesgos
Evaluación de Riesgos educación,
seguridad  ciudadana   o  ambiente,
en los  correspondientes programas
transporte,
vivienda,
presupuestales
con
articulación
territorial, en caso corresponda? (**)
20
NORMAS LEGALES
El Peruano
Viernes 17 de mayo de 2019  /
Respuesta
Eje
Componente
Pregunta
Valor = 0
Valor = 1
Valor = 2
¿La
entidad/dependencia
ha
presentado la información ?nanciera
y contable para la elaboración de  la
Gestión de
Riesgos
28
Evaluación de Riesgos Cuenta General de la República, en
los plazos establecidos y de acuerdo
a las  disposiciones normativas  que
lo regulan?
No
NA
¿Ha
participado
entidad/dependencia
el
Titular
en
de
la
Gestión de
Riesgos
Evaluación de Riesgos la
29
30
No
No
Parcialmente
Parcialmente
priorización de los productos que se
incluirán en el control interno?
¿Se   ha  utilizado   información   de
desempeño  y  presupuesto  público
Evaluación de Riesgos en la  priorización de  los productos
Gestión de
Riesgos
que
se   incluirán    en   el   control
interno?
¿Los  productos   priorizados  en  el
control   interno  son   parte  de   las
Gestión de
Riesgos
31
Evaluación de Riesgos políticas
transporte,
de
salud,
vivienda,
educación,
seguridad
No
Parcialmente
ciudadana o ambiente? (**)
¿Los
productos
priorizados
en
el
contribuyen,
Evaluación de Riesgos con
control
interno
en
de
son
mayor
los
los
medida,
Objetivos
que
Gestión de
Riesgos
32
33
el
logro
No
No
Parcialmente
Parcialmente
Estratégicos Institucionales  de Tipo
I (del PEI) o Resultados Especí?cos
(del Programa Presupuestal)?
¿Se ha  analizado  si los productos
priorizados  son los más relevantes
Gestión de
Riesgos
Evaluación de Riesgos y,  por   tanto,   son   los   que   más
requieren  de controles  internos?
En  la  identificación    y  valoración
de  riesgos,   ¿han  participado   los
órganos
o
unidades
orgánicas
Gestión de
Riesgos
responsables    de   los    productos
priorizados   con  sus   funcionarios
34
Evaluación de Riesgos
No
Parcialmente
y
servidores
con
mayor
conocimiento   sobre  el   desarrollo
de los  mismos?
¿Se
Evaluación de Riesgos participativos
identi?car y valorar los riesgos?
ha
desarrollado
talleres
para
Gestión de
Riesgos
35
36
o
entrevistas
No
No
NA
Durante la  identi?cación de riesgos
de
cada
producto
priorizado,
Gestión de    Evaluación de Riesgos ¿se   ha  analizado   si   los  riesgos
Parcialmente
Riesgos
identi?cados son los que afectan en
mayor medida la provisión  de dicho
producto?
Durante la  identi?cación de riesgos
de  cada  producto   priorizado,  ¿se
ha
Evaluación de Riesgos podrían
el
identi?cado   los   factores   que
Gestión de
Riesgos
37
afectar
negativamente
No
Parcialmente
cumplimiento
de
plazos
y
estándares  establecidos   en  dicho
producto?
El Peruano / Viernes 17 de mayo de 2019
NORMAS LEGALES
21
Respuesta
Valor = 1
Eje
Componente
Pregunta
Valor = 0
Valor = 2
Durante la  identi?cación de riesgos
de  cada  producto   priorizado,  ¿se
Gestión de    Evaluación de Riesgos ha  analizado si  existen  riesgos de
38
No
Parcialmente
Parcialmente
Riesgos
soborno (coima), fraudes ?nancieros
o  contables, entre  otras  clases  de
riesgo de conductas irregulares?
Durante la  identi?cación de riesgos
de cada producto priorizado, ¿se ha
analizado si  se presentan  registros
Evaluación de Riesgos contables y  administrativos  falsos,
Gestión de
Riesgos
39
40
No
No
sobrecostos
o
transferencia
de
al
recursos
original?
para   ?nes   distintos
Durante la  identi?cación de riesgos
de  cada  producto   priorizado,  ¿se
ha
Evaluación de Riesgos y
motivados, in?uenciados,  inducidos
o  presionados   a  recibir  sobornos
(coimas)?
analizado   si   los  funcionarios
servidores
Gestión de
Riesgos
pueden
estar
Parcialmente
Durante la  identi?cación de riesgos
de  cada  producto   priorizado,  ¿se
ha
Evaluación de Riesgos actores
in?uencien sobre  las decisiones  de
los  funcionarios  para   realizar  sus
requerimientos de servicios?
analizado
si
es
posible
externos
que
Gestión de
Riesgos
41
42
o
consultores
No
No
Parcialmente
Parcialmente
En  la  identi?cación  de  riesgos  de
cada  producto  priorizado,   ¿se  ha
Evaluación de Riesgos analizado la  posibilidad  de que  se
realicen pagos  tardíos  (retrasados)
Gestión de
Riesgos
a los proveedores?
En la  identi?cación de riesgos,  ¿se
ha  analizado la  posibilidad de  que
Gestión de
Riesgos
Evaluación de Riesgos losno
correspondientes
funcionarios
43
44
45
No
No
No
Parcialmente
realicen
una      adecuada
supervisión  de la  ejecución  de  las
obras públicas?
En la  identi?cación de riesgos,  ¿se
ha
analizado   la   posibilidad   que
Gestión de
Riesgos
Evaluación de Riesgos en un  proceso  de  contratación  se
favorezca a un postor o postulante?
NA
¿El
órgano   o    unidad    orgánica
responsable de  la ejecución  de las
Gestión de     Actividades de Control medidas de remediación y medidas
Parcialmente
Riesgos
de  control  cuenta  con  adecuados
recursos  ?nancieros   para  cumplir
con su función?
Durante
la
determinación
de
las   medidas  de   control,   ¿se  ha
Gestión de
Riesgos
46
47
Actividades de Control analizado
si
dichas
medidas
No
No
Parcialmente
Parcialmente
permitirán reducir signi?cativamente
los correspondientes riesgos?
Durante
la
determinación
de
las   medidas  de   control,   ¿se  ha
Actividades de Control analizado  si   dichas  medidas   son
Gestión de
Riesgos
factibles
de   implementar   por   la
entidad/dependencia?
22
NORMAS LEGALES
El Peruano
Viernes 17 de mayo de 2019  /
Respuesta
Eje
Componente
Pregunta
Valor = 0
Valor = 1
Valor = 2
¿Se
han
desarrollado
talleres
Gestión de
Riesgos
participativos,  entrevistas   o  panel
48
49
Actividades de Control de   expertos  para   determinar   las
medidas de control?
No
Parcialmente
¿La
con
entidad/dependencia   cumple
registrar
la
información
del
la
Gestión de
Riesgos
Actividades de Control Plan
de
Acción
Anual
para
en
No
No
No
Parcialmente
Parcialmente
Parcialmente
Implementación
del
SCI
el
aplicativo informático del SCI, según
los plazos establecidos?
¿La
determinado
entidad/dependencia
ha
o
los
órganos
Gestión de     Actividades de Control unidades  orgánicas   responsables
50
51
Riesgos
de la  ejecución  de las medidas  de
control  contenidas   en  el  Plan  de
acción?
¿En
el
Reporte   de   Seguimiento
del
la
han
recomendaciones
Plan
Implementación
establecido,
de   Acción  Anual
para
se
3
del
SCI
Supervisión
Supervisión
al
de
menos,
mejora
por
cada producto priorizado?
¿El
órgano
o
unidad
orgánica
responsable  de  la  implementación
del SCI ha  cumplido con la revisión
de  los medios  de  veri?cación  y  el
registro del  estado  de la  ejecución
de  las  medidas  de  remediación  y
control?
52
53
Supervisión
Supervisión
Supervisión
Supervisión
No
No
Parcialmente
Parcialmente
¿La
entidad/dependencia
ha
logrado implementar  los 3  ejes  del
SCI para el  presente año, tomando
en cuenta  todos los  productos que
han sido priorizados?
¿La
los
entidad/dependencia   cumple
plazos
establecidos   para   la
implementación de  las medidas  de
remediación  y medidas  de  control,
contenidas  en  el   Plan  de  Acción
Anual  para  la  Implementación  del
SCI?
54
55
Supervisión
Supervisión
Supervisión
Supervisión
No
No
Parcialmente
¿La
entidad/dependencia   cuenta
por lo menos con un 70 % de grado
de cumplimiento del Plan de Acción
Anual  para  la  Implementación  del
SCI?
NA
¿Se
remite
el
Reporte
de
Seguimiento   del  Plan   de   Acción
56
57
Supervisión
Supervisión
Supervisión
Supervisión
Anual
del  SCI a  los miembros  de  la Alta
Dirección?
para
la
Implementación
No
No
NA
¿Se
Evaluación
Implementación
remite
el
Anual
Reporte
de
de
la
Parcialmente
del
SCI
a
los
miembros  de la Alta  Dirección?
El Peruano / Viernes 17 de mayo de 2019
NORMAS LEGALES
23
Respuesta
Valor = 1
Eje
Componente
Pregunta
Valor = 0
Valor = 2
¿Al   menos  una   vez   al  mes   se
reportan
seguimiento
los
de   la   ejecución
Acción
resultados
del
del
la
58
Supervisión
Supervisión
Plan
de
Anual
para
No
Parcialmente
Implementación  del  SCI  al  Titular
de la entidad/dependencia y  demás
miembros de la Alta Dirección?
Notas:
NA: No aplica.
Esta pregunta no aplica para las entidades que no cuenten con la Evaluación Anual de la Implementación del SCI
(*)
debido a que están iniciando por primera vez con la implementación de su SCI, y se encuentren en el Paso 1: Diagnóstico
de la Cultura Organizacional, conforme a las disposiciones de la presente Directiva.
(**)
Preguntas aplicables solo a entidades del Gobierno Regional y Gobierno Local.
Anexo N° 2
Plan de Acción Anual
1.
Sección Medidas de Remediación
Determinación de medidas de remediación
De?ciencias
del SCI
Comentarios u
observaciones
Plazo de implementación
Órgano o
ej E
Medida de
remediación
Medios de
Veri?cación
Unidad Orgánica
Responsable
Fecha de
Fecha de Inicio
Término
2.
Sección Medidas de Control
Determinación de medidas de control
Plazo de implementación
Productos
Priorizados
Riesgo
Identi?cado      Medida de
control
Comentarios u
observaciones
Órgano o
Medios de
Veri?cación
Unidad Orgánica
Responsable
Fecha de
Término
Fecha de Inicio
Firma del Titular de la entidad
Cargo
Nombres y Apellidos
DNI N°
V°B° del funcionario a cargo de la UO
responsable de implementar el SCI
Cargo
Nombres y Apellidos
DNI N°
Anexo N° 3
Relación entre el Planeamiento Estratégico y los Programas Presupuestales
La Cadena  de  Valor es  la estructura  de  una intervención  pública, la  cual identi?ca  el  resultado que  se logra  a
través de la  provisión de productos (bienes o  servicios que se entregan  a la población), los que  se obtienen a través
de actividades, que  son acciones articuladas  que transforman determinados  insumos (o recursos) para  alcanzarlos.
Busca expresar el incremento del valor producido en la sociedad en la medida que satisface las demandas ciudadanas.
A continuación, se muestran dos ejemplos de cadena de valor.
24
NORMAS LEGALES
El Peruano
Viernes 17 de mayo de 2019  /
Ejemplos de cadena de valor
Insumo
Actividad
Producto
Resultado
traslado
sólidos.
Recursos  humanos  para  el   recojo,
residuos Servicio  continuo  del  recojo, Gestión
integral
del Mejoramiento            la
de
y   disposición   de
traslado y disposición  ?nal de manejo
de
residuos calidad  de  vida  de  la
residuos sólidos municipales.  sólidos municipales.
población
Recursos de equipamiento y otros.
abastecimiento de agua.
Recursos
humanos
para
el Abastecimiento    permanente Acceso
de  agua  de  calidad  para   el agua
al
potable
servicio
para calidad  de  vida  de  la
de Mejoramiento
de
la
consumo humano.
consumo humano.           población
Recursos de equipamiento y otros.
Dicha cadena  de valor  es utilizada  para  estructurar los  programas presupuestales  y está  contenida en  la matriz
de marco  lógico de dichos  programas. El Programa  Presupuestal es una  categoría presupuestaria y  es una  unidad
de programación de  las Actividades de las entidades  públicas, las que integradas y  articuladas se orientan a proveer
Productos  (bienes y  servicios), para  lograr  un Resultado  Especí?co a  favor  de una  población  determinada y  así
contribuir al logro de un Resultado Final asociado a un objetivo de política pública. Además, existen otras dos categorías
presupuestales:  las Acciones  Centrales, que  comprenden  las actividades  orientadas  a la  gestión  de los  recursos
humanos, materiales y  ?nancieros de la entidad; y  los las asignaciones presupuestarias  que no resultan en  productos
(APNOP).
De otro lado, los Planes Estratégicos Institucionales contienen los Objetivos Estratégicos Institucionales (OEI),
que son resultados  que la entidad espera  lograr en las condiciones  de vida de la  población a la que  atiende y en  sus
condiciones internas en cumplimiento de sus funciones, a través de la entrega y uso de los bienes o servicios provistos,
denominados Acciones Estratégicas Institucionales (AEI). Los  OEI se clasi?can en dos tipos: Tipo I y Tipo II.  El OEI
Tipo I se re?ere a la población a la cual sirve  la entidad y cuyas condiciones se busca mejorar. El OEI Tipo II se re?ere
a las condiciones internas que la entidad busca mejorar o fortalecer.
A continuación se muestra la  relación entre las AEI y las  categorías presupuestales, y de esta  manera se visualiza
el vínculo entre  el Plan Estratégico Institucional  y los Programas  Presupuestales, aunque sus estructuras  no sean las
mismas.
Relación entre AEI y categorías presupuestales
Acciones Estratégicas Institucionales
AEI de OEI Tipo I (bien o servicio ?nal)
Categorías Presupuestales
Programa Presupuestal (productos) y APNOP (*)
Acciones Centrales, Programa Presupuestal y APNOP
AEI de OEI Tipo II (bien o servicio intermedio)
(*)
Considerando la progresividad de la implementación de los programas presupuestales, en las APNOP se pueden
estar registrando actividades que aún no han sido identi?cadas como parte de un programa presupuestal, pero sí forman
parte de un proceso para la producción de un bien o servicio que se entrega a una población determinada.
Fuente: CEPLAN.
Elaboración propia.
De lo anterior, se  puede identi?car la relación que  existe entre la Cadena de  Valor, Programas Presupuestales y el
Plan Estratégico Institucional, que es necesaria comprender para la identi?cación y priorización de productos en el SCI.
Relación entre Cadena de Valor, Programa Presupuestal y Plan Estratégico Institucional
Cadena de Valor
Programa Presupuestal
Resultado Especí?co
Plan Estratégico Institucional
OEI Tipo I
AEI de OEI Tipo I
Resultados
Productos
Productos
Elaboración propia.
Anexo N° 4
Ejemplo de Subdivisiones de las Acciones Estratégicas Institucionales
Entidad: Contraloría General de la República (CGR)
El PEI  2019 –  2024 de la  CGR establece  3 Objetivos  Estratégicos Institucionales (OEI)  Tipo 1  los mismos que
contienen 9 Acciones Estratégicas Institucionales (AEI).
Se  prioriza  la AEI  “Servicios  de  Control  efectivos  y  oportunos  a  entidades  públicas”,  aplicando  los criterios
establecidos en el numeral 7.3.1 de la Directiva.
El Peruano / Viernes 17 de mayo de 2019
NORMAS LEGALES
25
La referida  AEI tiene un  alcance amplio  debido a que  se subdivide  en varios servicios  ?nales (servicios  que se
entregan a una determinada población): 1)Auditoría de Cumplimiento, 2)Auditoría Financiera, 3)Auditoría de Desempeño,
Control Concurrente, 5) Visita de Control y 6) Orientación de O?cio.
4)
En este caso, la citada AEI no puede constituir un único producto, sino 6 productos.
Anexo N° 5
Preguntas guía para la identi?cación de riesgos
Las siguientes preguntas sirven de guía u orientación para identi?car  los riesgos que pueden afectar negativamente
la provisión del producto priorizado:
1)
¿Cuáles son los factores, situaciones o eventos que podrían afectar negativamente el cumplimiento de los objetivos
del producto priorizado?
2)
¿Cuáles son los factores, situaciones o  eventos que podrían afectar en mayor medida el cumplimiento de  plazos
y estándares del producto priorizado?
3)
¿Qué acciones, hitos o procesos del producto priorizado se encuentran expuestos a riesgos de corrupción (comisión
de delitos contra la administración pública:  cobro indebido, colusión, peculado, malversación, soborno, cohecho, trá?co
de in?uencias, enriquecimiento ilícito, entre otros)?
4)
5)
¿En qué casos, un funcionario podría tener incentivos para solicitar o recibir un soborno (coima)?
¿Cuáles son  los riesgos que  están relacionados  a posibles abusos  de poder o  alteración de información  de la
gestión de la institución?
Anexo N° 6
Criterios para la Valoración de Riesgos
1.
Fórmula para determinar el valor del riesgo
Para la determinación del valor del riesgo se debe utilizar la siguiente fórmula:
Valor del riesgo (Vr) = Po x I
Donde
Vr : Valor del riesgo
Po : Probabilidad de ocurrencia del riesgo
I : Impacto del riesgo
Valores para determinar la probabilidad del riesgo
Nivel
Valor
Baja
4
6
Media
Alta
8
Muy Alta
10
Para determinar la probabilidad de ocurrencia del riesgo (Po), debe efectuarse la siguiente
pregunta: ¿Cuál es la probabilidad de ocurrencia del riesgo en el producto priorizado?
Valores para determinar el impacto de riesgo
Nivel
Valor
Bajo
4
6
Medio
Alto
8
Muy Alto
10
Para determinar el impacto del riesgo (i), debe efectuarse la siguiente pregunta: ¿Cuál es
el impacto del riesgo en el cumplimiento del objetivo del producto priorizado?
2.
Mapa de riesgos
En base  a los  valores utilizados  para determinar la  probabilidad e  impacto, se  construye una  matriz que permite
visualizar los distintos niveles de riesgo por colores. Esta herramienta es denominada como el mapa de riesgos.
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NORMAS LEGALES
El Peruano
Viernes 17 de mayo de 2019  /
Impacto
Bajo
4
Medio
6
Alto
8
Muy Alto
10
Muy Alta
10
40
60
80
100
Alta
Media
Baja
8
6
4
32
24
16
48
36
24
64
48
32
80
60
40
3.
Valores y Niveles del riesgo por intervalos
Para determinar el nivel de riesgo por intervalo, debe efectuarse la siguiente pregunta: ¿A qué intervalo pertenece el
valor del riesgo obtenido?
RB
RM
RA
RMA
(Riesgo Bajo)
(Riesgo Medio)
(Riesgo Alto)
(Riesgo Muy Alto)
16-24
32-40
48-64
80-100
Anexo N° 7
Tolerancia al Riesgo
a. Para entidades del Grupo 1
Las entidades que se encuentran en el  Grupo 1 deben asegurar al menos la adopción de controles  para reducir los
riesgos que se encuentran en los niveles medio, alto y muy alto.
Impacto
40
32
24
16
60
48
36
24
80
64
48
32
100
80
60
40
b. Para entidades de los Grupos 2 y 3
Las entidades que se encuentran en los Grupos 2 y 3 deben asegurar al menos la adopción de controles para reducir
los riesgos que se encuentran en los niveles alto y muy alto.
Impacto
40
32
24
16
60
48
36
24
80
64
48
32
100
80
60
40
El Peruano / Viernes 17 de mayo de 2019
NORMAS LEGALES
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Anexo N° 8
Matriz de Evaluación de Riesgos
Entidad:
Objetivo:
Identi?cación de Riesgos
Valoración de Riesgos
Impacto           Nivel del Riesgo
Productos Priorizados
Riesgo Identi?cado
Probabilidad
Anexo N° 9
Reporte de Seguimiento del Plan de Acción Anual
1.
Sección Medidas de Remediación
Determinación de medidas de remediación
Estado de la
Medida de
Remediación
De?ciencias
del SCI
Plazo de implementación
Órgano o
Unidad Orgánica
Responsable
Eje
Medida de
remediación (1)
Medios de    Comentarios u
Fecha de
Inicio
Fecha de
Término
Veri?cación  Observaciones
2.
Sección Medidas de Control
Determinación de medidas de control
Plazo de implementación
Estado de la
Medida de
Control
Productos
Priorizados
Riesgo
Identi?cado      Medida de
control (2)
Comentarios u
Observaciones
Órgano o
Medios de
Fecha de     Veri?cación
Término
Unidad Orgánica
Responsable
Fecha de
Inicio
3.
Problemática y Recomendaciones de Mejora para la implementación del SCI
Problemática (3)                                                      Recomendaciones de Mejora (4)
(1)
Cada medida de remediación puede contener más de una acción que la entidad/dependencia debe implementar para superar la de?ciencia,
pueden ser establecidas por hitos, etapas, entre otros.
Cada medida de control puede  contener más de una acción que la entidad/dependencia  debe implementar para reducir el riesgo, pueden
ser establecidas por hitos, etapas, entre otros.
(2)
(3)
(4)
Listar todos los factores, hechos o situaciones que limitaron, impidieron o di?cultaron la implementación de los 3 ejes del SCI.
Por cada problemática listada, recomendar una medida, acción o decisión que permita solucionar dicha problemática.
Anexo N° 10
Metodología para el cálculo del Grado de Madurez
1.
Valores para cali?car las preguntas del cuestionario
Los valores para cali?car (V) son 0, 1 ó 2, según se puede ver en el ejemplo que se muestra en el siguiente cuadro.
Clasi?cación
Principio
Pregunta
0
1
2
Principio 2: El órgano o unidad orgánica ¿Al
responsable  de la  implementación del o
SCI  demuestra   independencia  de   la dedique
menos   hay   un   funcionario
servidor
público
que
se
la
permanentemente
a
No
Parcialmente
Si
dirección  y  ejerce   la  supervisión  del implementación
desempeño del citado sistema
del
Entidad/dependencia?
SCI
en
la
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NORMAS LEGALES
El Peruano
Viernes 17 de mayo de 2019  /
2.
Peso o Ponderación de cada pregunta
El?peso?  o ponderación (P) es el mismo para todas las preguntas y se calcula de la siguiente forma:
?
??
??
Donde:
=
Número total de preguntas
3.
Valor Máximo
El valor máximo (Vm) es la cali?cación más alta que se le puede otorgar a la respuesta de una pregunta. En el ejemplo
mostrado: Vm = 2.
4.
Cobertura de Productos priorizados
La Cobertura (C) es la relación entre los productos priorizados en el SCI para un determinado año que tienen Plan de
Acción Anual aprobado con respecto al  número de productos priorizados en el SCI  el mismo año, tal como se muestra
a continuación.
C = Nº productos priorizados en el SCI con Plan de Acción Anual aprobado en el año X
Nº  productos priorizados en el SCI en el año X
5.
Fórmula de cálculo del Grado de Madurez del SCI
??????????????
?
???
?
?
?????
??
Donde:
V : Valor de la cali?cación
Vm : Valor máximo de cali?cación
P : Peso de la pregunta
C : Cobertura de Productos priorizados
Anexo N° 11
Reporte de Evaluación Anual de la Implementación del Sistema de Control Interno
Eje
Componente
Pregunta
Respuesta
Puntaje Total
Grado de Madurez del Sistema de Control Interno
V°B° del funcionario a cargo de la UO responsable de
implementar el SCI
Cargo
Nombres y Apellidos
DNI N°
Se debe identi?car las de?ciencias  en las respuestas que no cumplan  o cumplan parcialmente lo solicitado en las
preguntas.
Las de?ciencias identi?cadas en  las preguntas del Eje Cultura  Organizacional deben ser remediadas a  través del
procedimiento establecido en el numeral 7.2.2.
Las de?ciencias identi?cadas en las preguntas de los Ejes Gestión de Riesgos y Supervisión deben ser remediadas
con la ejecución de los citados ejes de acuerdo a las disposiciones de la Directiva.
1770118-1