2/7/2017
Mediante un comunicado, el Sernanp sostuvo que el establecimiento de un área natural protegida o su categorización se desarrolla bajo un proceso participativo, y en donde se identifiquen comunidades indígenas se requiere adicionalmente de un proceso de consulta previa, a fin de garantizar el respeto de sus derechos colectivos.
Indicó que este es el caso de la Zona Reservada Yaguas, en cuyos alrededores habitan comunidades de los pueblos indígenas yaguas, bora, tikuna, murui-murunani, ocaina y kichwa.
Etapas
Refirió que entre diciembre del 2016 y mayo del 2017 se iniciaron y concluyeron seis de las siete etapas del proceso de consulta previa.
En este proceso participaron inicialmente 12 comunidades nativas y durante su desarrollo otras 17 solicitaron su inclusión, pedido que no obstante ser extemporáneo fue aceptado por el Sernanp con el fin de garantizar la más amplia participación de los actores locales, en un marco de transparencia, flexibilidad y buena fe.
Voz de pueblos
Sernanp sostiene que con este mecanismo el proceso ha recogido la voz de 29 comunidades indígenas.