• MIÉRCOLES 27
  • de mayo de 2026

Editorial

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La importancia del TC

Como supremo intérprete de la Constitución, el Tribunal Constitucional (TC) desempeña un papel de suma relevancia en nuestro ordenamiento jurídico. Entre sus funciones, la principal tal vez sea la de velar porque las leyes, las instituciones del Estado y las personas en general no vulneren con sus actos o disposiciones lo establecido en la Carta Magna. En los procesos de constitucionalidad, por ejemplo, sus sentencias son de obligatorio cumplimiento para todos, incluyendo los poderes del Estado.

Con el fin de tener una idea más completa sobre la importancia de este colegiado, es necesario recordar los asuntos en los que ha intervenido. En el 2019, por ejemplo, cerró la discusión sobre la constitucionalidad del cierre del Congreso dispuesta por el presidente Martín Vizcarra al declarar infundada la demanda competencial interpuesta para dejar sin efecto la medida.

Asimismo, hace pocos días declaró inconstitucional la norma aprobada por el Parlamento que suspendía el cobro de peajes durante el actual estado de emergencia al considerar que violaba la libertad de contratar. En octubre del 2018 hizo lo propio con la ley que regulaba la publicidad del Estado en los medios de comunicación por vulnerar los principios de libertad de contratación y de información.

Como vemos, el TC muchas veces tiene la última palabra en asuntos que conllevan una sustancial trascendencia política, económica y social en nuestro país. Por tanto, esa responsabilidad exige que sus integrantes cuenten con las más altas calificaciones académicas y aptitudes profesionales, además de un explícito compromiso con la defensa de la democracia y del Estado de derecho.

Por ello, cobra significación el nombramiento de los miembros que reemplazarán a los seis magistrados que ya cumplieron con su período de funciones. Dicho proceso es competencia del Congreso, que ha designado a una comisión especial cuya función es definir los criterios y la forma de evaluar a los postulantes.

El actual Parlamento modificó la norma para que la elección de los miembros del TC se haga por concurso público de méritos, y ya no por invitación. Es fundamental, por tanto, que la recomposición del TC sea inobjetable desde el punto de vista de la transparencia y en función estricta a las capacidades profesionales de los candidatos. Podría considerarse irreal que en un foro político como el Congreso las consideraciones de ese ámbito queden totalmente al margen. No obstante, es imprescindible que así sea en la medida de lo posible, pues como hemos visto, las decisiones del TC muchas veces están vinculadas con el quehacer político. Por tanto, la independencia de los profesionales que asuman esta valiosa función debe estar plenamente asegurada, a fin de evitar que sus fallos corran el riesgo de ser objetados.

El Congreso tiene, mediante la mencionada comisión, una buena oportunidad para demostrarle al país que puede cumplir este encargo con eficiencia y responsabilidad. Además, compete a la sociedad civil ejercer una labor vigilante en el propósito de garantizar que el proceso cumpla los estándares de transparencia y los elegidos sean los más idóneos.