Economía
De acuerdo con el ente regulador, la velocidad de descarga (dowstream) experimentó una caída durante los primeros meses del 2020; el registro más bajo fue el de abril con 23 Mbps.
Sin embargo, de mayo a diciembre del 2020 se registraron ocho meses de aumento consecutivo de la velocidad de descarga de internet fijo, sostuvo el ente regulador.
Con este último registro, el Perú ocupa la sexta ubicación en la región, antecedido por Argentina (48.5 Mbps).
Al igual que en el caso de la velocidad de descarga, la velocidad de carga (upstream) experimentada en diciembre es la mayor de todo el 2020 con 21 Mbps.
Velocidad móvilDe acuerdo con el reporte de Ookla, la velocidad de descarga de internet móvil en el Perú cerró diciembre del 2020 en 23.18 Mbps, 4.8% más que la velocidad registrada en enero del mismo año (22.1 Mbps).
Con este registro, el Perú mantiene el cuarto lugar en Sudamérica, antecedido por Argentina (28.19), Brasil (29.26) y Uruguay (36.96).
Similar a lo ocurrido en internet fijo, la velocidad de descarga en internet móvil registró una caída durante los primeros meses del 2020; el registro más bajo fue el de abril con 18.7 Mbps. A partir de mayo, la velocidad de descarga tuvo registros por encima de los 21.3 Mbps.En relación con la prestación del servicio de internet fijo y móvil, Osiptel continuará supervisando y vigilando la calidad del servicio brindado por las empresas operadoras a escala nacional en el marco de sus objetivos institucionales.
EmpoderamientoEl Osiptel alista nuevas medidas para dotar a los usuarios de mayor y mejor información, así como el acceso a herramientas digitales que les permitan gestionar sus servicios de telecomunicaciones según sus necesidades.
A raíz de la pandemia, hay mayor conciencia de la necesidad de las telecomunicaciones para el usuario, toda vez que resultan indispensables para trabajar, estudiar y relacionarse, usando servicios como el internet y la telefonía móvil.
Dictamen
Recientemente, la Comisión Permanente del Congreso aprobó el dictamen que por medio de modificaciones en diversas leyes busca garantizar para los usuarios de internet el mantenimiento de una velocidad mínima que les permita acceder de manera adecuada a dicho servicio.
Por ejemplo, el dictamen introduce en la Ley de Promoción de la Banda Ancha y Construcción de la Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica (Ley N° 29904) la especificación de que la velocidad de bajada y de subida de internet “no puede ser menor al 70%” de aquella que figura en el contrato de servicios firmado con las empresas proveedoras.