Editorial
El fallo del Décimo Primer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima no tiene precedentes en la historia jurídica de nuestro país. Al tratarse de un asunto controversial, ha generado opiniones encontradas en diversos sectores de la sociedad.
Quienes respaldan la sentencia judicial consideran que el Perú ha logrado un evidente progreso en materia de derechos humanos. Desde este punto de vista, todas las personas deben tener la libertad de decidir con responsabilidad el destino de sus propias vidas, incluso el momento en que esta debe terminar.
En la otra orilla, los que critican el pronunciamiento de la sala judicial recurren en su mayoría a argumentos basados en credos religiosos. Para estos sectores, nadie, salvo Dios, tiene la facultad de decidir sobre la vida de una persona y quien opte por lo contrario contraviene los preceptos divinos. Asimismo, desde un análisis más jurídico, se ha dicho que dar luz verde a la eutanasia en nuestro país demandaría una reforma de la Constitución, modificación que de momento no se ha producido.
Como vemos, el debate sobre este fallo judicial tiene varias aristas y puede abordarse con múltiples argumentos, todos, seguramente, atendibles. No obstante, al margen de las opiniones a favor y en contra, es preciso en primer lugar respetar el deseo de una persona que considera, en libre ejercicio de sus facultades mentales, que la enfermedad que la aqueja de forma irreversible le impide mantener una vida digna y libre de sufrimiento.
Lo que pide la ciudadana en mención es el derecho de poder elegir sobre su existencia y que las personas que eventualmente puedan ayudarla a materializar su deseo enfrenten problemas ante las autoridades. Se trata, sin duda, de una lucha valiente, solitaria e incomprendida en muchos aspectos que debe ser respetada al margen de si se está a favor o en contra.
En ese contexto, sería bueno que los legisladores aborden el tema por estar estrechamente vinculado con los derechos humanos. Tal como ocurrió en otras latitudes, dicha discusión debería llevarse a cabo sin tomar en cuenta argumentos decimonónicos y, más bien, basarse en consideraciones legales, constitucionales y doctrinarias en materia de derechos humanos, entre otros.
Ningún aspecto vinculado con los derechos de las personas debería ser postergado o considerado inútil o impropio. Las sociedades más avanzadas del planeta ya han tenido este debate y nuestro país no debería quedarse al margen, sea cual fuere la decisión final.
En tanto ello ocurra y mientras no se defina el caso que nos ocupa, la ciudadana Ana Estrada merece respeto y empatía.