Derecho
Afectará a las empresas más pequeñas que colocan sus créditos a tasas más altas.
Así lo declaró al Diario Oficial El Peruano el socio del Área Financiera y del Área de Seguros de Miranda & Amado, Rafael Corzo de la Colina, quien alertó que la ‘ley, que protege de la usura a los consumidores de los servicios financieros’, incrementará el costo y dificultará el acceso al crédito de los citados clientes.
Colocaciones
“Por otro lado, afectará a las empresas más pequeñas del sistema financiero que colocan sus préstamos a tasas más altas en comparación con las instituciones más grandes. Se atentará contra la competencia”, asevera.
El especialista alerta que, a la par, se generará una “exclusión financiera” para cierto grupo de clientes pequeños como un efecto inverso a la “inclusión financiera”, que el Perú incentivó y logró en las últimas décadas.
“Además, se presentaría una mayor concentración en el sistema financiero de las empresas que son más grandes, solventes y competitivas. Entonces, al final, ¿a quién protegerá de manera efectiva y en la práctica esta ley aprobada por insistencia por el Congreso?”, se pregunta.
El abogado recordó que, según lo manifestado por sus autores, uno de los objetivos de esta ley es generar una suerte de marco de “protección” para los clientes del segmento de créditos de consumo “de bajo monto”, equivalente o menor a dos unidades impositivas tributarias (UIT), que hoy suman 8,800 soles (cerca de 2,410 dólares) y para los créditos destinados a las pequeñas y las microempresas.
Regulación
La norma determina que el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) fije topes máximos de interés en estas modalidades crediticias cada seis meses. Así como se establecerá un régimen de regulación de las comisiones y de los gastos que las empresas financieras pueden cobrar a sus clientes, lo que requerirá de una aprobación administrativa previa de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), señala.
Corzo de la Colina expresa que otro aspecto relevante incluido en la Ley N° 31143 se refiere a la regulación de las tarifas y comisiones en el sistema de seguros, los que deben ser puestos en conocimiento del público usuario. “Nos parece razonable regular dicha puesta en conocimiento del público, pero no lo es que la SBS tenga que aprobar otros aspectos de estas actividades reguladas como el régimen de comisiones y gastos”, anota el especialista.
Sobrecostos
Rafael Corzo de la Colina sostiene que la ley generará sobrecostos en las operaciones y servicios que prestan las empresas del sistema financiero al crear un esquema excesivo de regulación y de aprobación administrativa de contratos, comisiones, costos, cargos y gastos.
De la misma forma, refiere, se impone una “carga regulatoria” muy importante a la SBS, pues se aprobaron disposiciones que requieren de su participación, incluso de manera previa, para que las empresas operen y presten sus servicios de intermediación financiera de manera regular y fluida.
Esta situación afectará, al final de cuentas, a los que se pretendería y debería proteger, recalca.