Economía
Este cálculo proviene de los convenios colectivos y laudos arbitrales registrados en la planilla única de pagos, aplicativo informático para el registro centralizado de planillas y de datos de los recursos humanos del sector público (AIRHSP).
Sin embargo, advirtió que la cifra podría ser mayor porque muchos convenios y laudos de las entidades públicas con los sindicatos no están registrados en el AIRSHP.
Regiones
Afirmó que esa norma afecta directamente a los gobiernos regionales y locales, debido a que tendrá consecuencias económicas y financieras, lo que redundará en una menor dotación de servicios públicos a la ciudadanía.
El MEF indicó que la ley aprobada, que generará una negociación colectiva en forma desordenada para más de 2,500 entidades públicas en los tres niveles de gobierno, contraviene el principio constitucional de equilibrio presupuestario reiterado por el Tribunal Constitucional.
Debido a la falta de consenso entre el Legislativo y el Ejecutivo, así como la exclusión de la participación de los gobernadores y alcaldes, esta norma, que transgrede disposiciones constitucionales, se aprobó en una coyuntura de pandemia, con dificultades de financiamiento del Estado, desempleo y muy cerca de un cambio de gobierno, destacó.
Excluye, además, a las empresas del Estado, sin tener en cuenta que estas forman parte del sector público, y cualquier acuerdo que no respete las reglas fiscales y presupuestales afectará los escasos recursos públicos.
De acuerdo con la ley, los trabajadores del sector público podrán negociar condiciones de trabajo y empleo, incluyendo la modificación de la estructura remunerativa y otras condiciones de trabajo con incidencia económica, desconociendo así la atribución del Poder Ejecutivo respecto a la administración de la hacienda, expresó.
Arbitraje
El MEF detalló que la ley otorga un poder casi absoluto a los árbitros, que incluso podrán establecer medidas cautelares con el propósito de que la entidad incluya en el proyecto de presupuesto la asignación de recursos para la implementación del laudo arbitral.
“Esta facultad que asigna la ley del Congreso, desconoce que la hacienda pública la administra el Poder Ejecutivo”, agregó.