Derecho
Periodista
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La norma precisa que el objetivo es garantizar el desarrollo y plena participación en la vida comunitaria, política, económica, social, cultural y tecnológica de este segmento de la población. En este aspecto, afirma, la familia se constituye en “un agente directamente involucrado en este proceso clave”.
Articulación
“La EBE es una modalidad transversal que se articula de manera flexible con todos los ciclos, niveles y etapas educativas, para la generación de las condiciones necesarias para la atención de las personas con discapacidad y con talento y superdotación [altas capacidades], desde un enfoque inclusivo”, precisa la norma.
Como tal, señala, brinda una respuesta educativa a niños con discapacidad o riesgo de adquirirla menores de 3 años, así como a niños, adolescentes, jóvenes y adultos en condición de discapacidad severa que requieren apoyos permanentes y especializados y a los que presentan altas capacidades.
De la misma forma, la EBE promueve y acompaña la transición de la población con discapacidad y con talento y superdotación hacia la educación básica regular, alternativa, técnico-productiva y educación superior.
Este paso, refiere, se lleva a cabo en el contexto de una educación inclusiva con miras a una enseñanza en la que todos puedan aprender juntos y en la que la diversidad de características, potencialidades y necesidades de la población estudiantil sea un elemento que enriquezca a toda la comunidad educativa y al desarrollo social y cognitivo de cada estudiante.
Objetivos
Las modificaciones en el reglamento de la Ley N° 28044 fijan también que la Educación Básica Especial presenta diversos objetivos, como garantizar la atención oportuna de los niños con discapacidad o riesgo de adquirirla, menores de 3 años, en los programas de intervención temprana.
Además, busca “promover la identificación oportuna de personas en condición de discapacidad que se encuentran fuera del sistema educativo o en riesgo de exclusión para lograr su oportuna incorporación y permanencia, en coordinación con las modalidades, niveles, instancias de gestión educativa descentralizada, gobiernos locales y/o regionales y con otros sectores, según corresponda”.
Otro de los objetivos es brindar una atención oportuna y de calidad a los niños, adolescentes, jóvenes y adultos con discapacidad severa que necesiten apoyo permanente y especializado.
Asimismo, garantizar la identificación y atención oportuna y pertinente de estudiantes con talento y superdotación mediante estrategias de enriquecimiento curricular, programas complementarios no escolarizados, entre otros.
También, promover y asegurar, en coordinación con las demás modalidades y niveles del sistema educativo, la generación de condiciones para atender a la población con discapacidad y altas capacidades y la transición hacia la educación básica regular, alternativa, técnico-productiva y educación superior, en el contexto de una educación inclusiva. Otro objetivo es brindar soporte pedagógico, recursos y materiales a las instituciones y programas educativos para la atención de los estudiantes con discapacidad, con riesgo de adquirirla (de cero a 3 años) y con talento y superdotación, mediante los centros de recursos de la Educación Básica Especial.
El reglamento detalla también que la evaluación psicopedagógica es un proceso sistemático de análisis de información relevante de carácter pedagógico que permite conocer de manera integral a los estudiantes con discapacidad, con altas capacidades u otras demandas educativas.
En este proceso se determinarán sus fortalezas, las barreras educativas que afrontan, los apoyos educativos que requieren, así como el nivel de desarrollo de las competencias, con el objetivo de desarrollar la respuesta educativa más apropiada, según cada caso y en el contexto de una educación integral de calidad.
“Los resultados de la evaluación psicopedagógica se registran en el informe psicopedagógico y permiten la retroalimentación acerca del proceso de enseñanza y aprendizaje. Es un insumo relevante para determinar las necesidades de apoyo al estudiante, la respuesta educativa según sus características y el Plan Educativo Personalizado, de corresponder”, precisa la norma.
Para tal fin, señala, se empleará un conjunto de instrumentos de recojo de información en cuya aplicación intervengan los tutores, los docentes, los estudiantes, sus familias y otros profesionales.
En los programas de intervención temprana (Prite) y centros de educación básica especial (CEBE), la evaluación psicopedagógica la desarrollará un equipo transdisciplinario del servicio educativo, bajo el liderazgo del docente o tutor a cargo.
En las escuelas de educación básica regular y alternativa, este proceso lo ejecutará el docente de aula, para lo cual podrá contar con la asesoría del servicio de apoyo educativo interno o externo, de acuerdo con los lineamientos y criterios que establezca el Ministerio de Educación para tal fin, precisa el reglamento.
Formación
Por otro lado, el reglamento señala que los programas de formación inicial y en servicio de docentes y el fortalecimiento de capacidades de otros agentes educativos (psicólogos, tecnólogos, terapistas, guía intérprete de sordoceguera, intérprete de lengua de señas peruana, modelos lingüístico, entre otros) que atienden a estudiantes con discapacidad o superdotación desarrollarán competencias profesionales en el contexto de la atención a la diversidad desde el enfoque de educación inclusiva.
En este aprendizaje identificarán barreras, usarán marcos e instrumentos pedagógicos flexibles que permitan la generación de respuestas educativas oportunas y pertinentes, como el Diseño Universal para el Aprendizaje, entre otros, y el trabajo con familia y comunidad, anota.
Características de servicios
La modalidad de Educación Básica Especial se brinda mediante los servicios de atención temprana, especializados y complementarios, según el requerimiento de cada población estudiantil, con miras a su inclusión en la institución de educación básica regular, alternativa y técnico-productiva, detalla el reglamento.
La atención temprana se orienta a identificar y reducir el riesgo de adquirir alguna discapacidad o que esta alcance mayor severidad, así como a facilitar el proceso de inclusión a la educación básica regular.
Los servicios especializados brindan una respuesta educativa integral a los estudiantes con discapacidad severa que necesitan apoyos permanentes para contribuir a su transición hacia la educación básica regular, alternativa, técnico-productiva y educación superior.
Los complementarios y de apoyo educativo se articulan con el resto de las modalidades para facilitar la inclusión y desarrollo de los estudiantes, señala la norma.