Minedu: Certificado de estudios ya no será requisito para verificar trayectoria educativa
Normativa fue publicada mediante Decreto Supremo para acceder o continuar en la Educación Básica, Educación Técnico-Productiva y Educación Superior no universitaria.
De esta manera, esto permitirá que los estudiantes puedan presentar documentos alternativos al certificado de estudios, tales como la Constancia de Logros de Aprendizaje (CLA).
Asimismo, el Ministerio de Educación implementará mecanismos digitales y gratuitos para que la escuela pueda verificar la trayectoria educativa a través del Sistema de Información de Apoyo a la Gestión de la Institución Educativa (Siagie).
El D. S. N° 009-2021 Minedu, publicado hoy en El Peruano, modifica el Reglamento de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, y el Reglamento de la Ley N° 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes.
Esto permite que los requisitos asociados a la verificación de la trayectoria educativa se flexibilicen al eliminar la mención del certificado de estudios para acceder a la educación secundaria y a la Técnico-Productiva y Educación Superior no universitaria.
No será obligatorio
Cabe indicar que, si bien las escuelas públicas podrán seguir aceptando los certificados para verificar la trayectoria educativa de las/los estudiantes, este documento ya no será obligatorio, ya que se podrán aceptar la constancia de logros de aprendizaje o, en el caso de escuelas de nivel secundaria, podrán ser verificadas en Siagie.
En el caso de los colegios privados, se seguirá aplicando la normativa que corresponde sobre los certificados de estudios.
El objetivo de estas modificaciones, es poder flexibilizar el requisito asociado a la culminación de la educación básica, enfocándose más a su verificación, que a la presentación de documentos específicos.
Beneficios
De esta forma, tanto los ciudadanos y cuidadanas podrán utilizar la constancia de logros de aprendizaje tanto para el acceso a institutos y escuelas de educación superior y CETPROS, como para verificar la culminación de su trayectoria educativa.
No obstante, para verificar la culminación del nivel primaria, en concordancia con la norma técnica de matrícula, se podrá realizar la verificación a través del Siagie.
Hasta el 2020, el certificado de estudios era el único documento que acreditaba la trayectoria educativa de las/los estudiantes del país.
Su emisión se hacía en un formato en papel de color amarillo impreso por el Ministerio de Educación, cuyos costos eran asumidos, finalmente, por los propios ciudadanos.
Además, al no contar con un dispositivo de verificación se requería un visado de la UGEL lo que implicaba tiempo y costos para el usuario, esta visación ya no es necesaria.
Implementación
Ante ello, y con el objetivo de facilitar los procesos administrativos para todas/todos, se implementó la plataforma para obtener de forma virtual la constancia de logros de aprendizaje, así como también para solicitar el certificado oficial de estudios y que este sea emitido a través del Siagie, sin requerir el visado de la UGEL.
Para conocer más sobre estos trámites puedes revisar la web del sector "Ministerio de Educación", sección trámites.
Cabe señalar que, en el marco de la emergencia sanitaria, y según lo dispuesto en el D.S. Nº 001-2021-MINEDU, el certificado de estudios no requerirá de la firma y el sello del directivo de la escuela para su validez, salvo que esto sea solicitado expresamente por el estudiante.
El Minedu reveló que a la fecha, se han emitido 97,800 constancias de logros de aprendizaje y 859,964 certificados de estudios a través de estos nuevos canales digitales.
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