• SÁBADO 14
  • de marzo de 2026

Economía

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Reglamento favorece continuidad de créditos a mypes

Fortalecerán patrimonio de las microfinancieras

Ejecutivo facilita programa temporal de hasta S/ 1,679 millones.

La medida se dispuso mediante Resolución Ministerial 188-2021-EF/15, publicada en el Diario Oficial El Peruano.

Operatividad

Este reglamento tiene por objetivo regular los aspectos operativos y disposiciones complementarias necesarias para la implementación del citado programa, establecido en el Decreto de Urgencia (DU) 037-2021, a fin de proteger los ahorros del público, preservar la estabilidad macroeconómica y mantener la cadena de pagos, mediante el fortalecimiento patrimonial y/o reorganización societaria de las empresas del sistema financiero especializadas en microfinanzas.

Se determinó que el programa está conformado por tres siguientes rubros; el primero referido al fortalecimiento de cajas municipales, dirigido a facilitar el fortalecimiento patrimonial de estas entidades mediante la participación temporal del Estado en el capital social, en forma de acciones preferentes.

El segundo aspecto es el fortalecimiento de las instituciones privadas especializadas en microfinanzas (financieras, cajas municipales, caja municipal de crédito popular y cajas rurales), dirigido a facilitar el fortalecimiento patrimonial por medio de la compra temporal del Estado con instrumentos representativos de deuda subordinada.

Un tercer punto es la facilitación de la reorganización societaria de instituciones especializadas en microfinanzas (IEM).

Participación

Los recursos totales de todas las medidas que se implementarán como parte del programa (es decir, en los tres rubros) no deben exceder el monto de la emisión interna de bonos autorizado hasta por 1,679 millones de soles.

La norma precisa además que Cofide, Banco de Desarrollo del Perú, es el encargado de la administración del programa mediante la constitución de un fideicomiso de gestión, por el cual el MEF le transfiere a esta entidad, en dominio fiduciario, los recursos que se asignen para la participación en las IEM.

Elegibilidad

Las cajas municipales son elegibles para participar en el subprograma, siempre que cumplan con todas las condiciones de elegibilidad como la evaluación de suficiencia de capital.

A solicitud de la IEM, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) emitirá un oficio que señale la fecha de la evaluación de suficiencia de capital para determinar la antigüedad de esta; y que el análisis de la entidad y la necesidad de capital se calculen conforme a los parámetros del reglamento.