• LUNES 30
  • de marzo de 2026

Derecho

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Aprueban dictamen para futura Ley de fomento de masculinidades igualitarias dentro del Estado

Comisión de la Mujer y Familia también aprobó texto sustitutorio que propone incorporar la agravante de desaparición en el delito de feminicidio.

El dictamen recaído en el Proyecto de Ley 7575 con texto sustitutorio, refiere que el Poder Ejecutivo, los gobiernos regionales y locales, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de implementar estrategias que involucren a los hombres en las políticas públicas así como la acción del Estado para impulsar la igualdad entre las mujeres y los hombres, al igual que la prevención de la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar.

La iniciativa además promueve la formación de redes de hombres para la reflexión sobre masculinidades, machismo, paternidad activa y afectiva, corresponsabilidad en las tareas domésticas, así como del control de emociones.

También busca implementar servicios de reeducación y tratamiento de agresores que cometieron actos de violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, conforme lo establece el artículo 30 de la Ley N° 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar; además de promover estudios e investigaciones sobre masculinidades.

Al respecto, la congresista Rocío Silva Santisteban , autora de la propuesta de ley, señaló que no solo basta con hacer una serie de cambios normativos para promover el empoderamiento de las mujeres y para controlar y sancionar las conductas violentas de los varones, sobre todo las conductas delictivas.

Detalló que esta propuesta plantea un marco normativo que promueve la masculinidad igualitaria dentro del ámbito del Estado peruano, que era lo que preocupaba.

Asimismo la legisladora Arlette Contreras manifestó que las masculinidades basadas en igualdad entre hombres y mujeres son formas de prevención de la violencia contra las mujeres.

Incluso considero importante incluir la priorización de una planificación sexual o familiar y reproductiva para fomentar los métodos anticonceptivos para los hombres.

“Sabemos que la responsabilidad, el uso de métodos anticonceptivos y toda planificación familiar se carga a las mujeres, lamentablemente, en nuestro país; en el mundo entero, hay mínimos esfuerzos de fomentar la responsabilidad a nivel sexual y reproductiva en hombres. Consideraría incluir ello en este predictamen”,sostuvo.

MODIFICACIÓN AL CÓDIGO PROCESAL PENAL

El grupo de trabajo también aprobó, por unanimidad, el texto sustitutorio que propone la ley que incorpora la agravante de desaparición en el delito de feminicidio y modifica el artículo 446 del Código Procesal Penal respecto al proceso inmediato.

Según la proyectada norma, dispone la modificación de los artículos 15, 16, 22-A y 23-Ade la Ley 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contralas mujeres y los integrantes del grupo familiar.

Indica que para interponer una denuncia no es exigible presentar resultados de exámenes físicos, psicológicos, pericias de cualquier naturaleza o mostrar huellas visibles de violencia.

Si la víctima o denunciante cuenta con documentos que sirvan como medios probatorios, estos se reciben e incluyen en el informe de la Policía Nacional del Perú, del Ministerio Público o en el expediente del Poder Judicial. En periodos excepcionales, como estados de emergencia, la recepción de las denuncias es obligatoria, independientemente del nivel de riesgo.

En el caso de no recibirse la denuncia policial, señala precedentemente que el efectivo policial que se halle responsable será posible de sanción administrativa.

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