• MARTES 24
  • de marzo de 2026

Derecho

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MINISTERIO DE TRABAJO REGLAMENTA LEY Nº 31153

¡Atención urgente! Gobierno impulsa inserción laboral de víctimas por la violencia

Fijan disposiciones para el cumplimiento de la cuota de inclusión de no menos del 5%.
El MTPE informará cada año sobre el cumplimiento de la cuota de inclusión.

El Decreto Supremo N° 017-2021-TR recordó que la citada norma tiene por objeto fomentar el acceso de estas peruanas a los programas sociales que llevan a cabo las instituciones estatales dirigidos a promover o generar empleo o a actividades de capacitación para el trabajo.

Plazas

Para tal fin, detalló, las entidades públicas reservarán no menos del 5% de sus plazas disponibles para las mujeres víctimas de toda forma o contexto de violencia.

El decreto rememoró también que la Ley N° 31153 señala que el Ejecutivo aprobará el reglamento, el cual incluirá las reglas para el caso en el que el número de víctimas sea inferior al índice establecido o en el caso de que las mujeres incumplan los criterios de elegibilidad del programa.

El documento, que consta de cuatro capítulos, 16 artículos, cuatro disposiciones complementarias finales y cuatro disposiciones complementarias transitorias, precisa que las normas se ejecutarán en las entidades de la administración pública y todos los niveles de gobierno que cuenten con programas de las características mencionadas.

La cuota de inclusión preferente se aplicará en toda convocatoria que el programa efectúe en cada ámbito territorial de intervención específico y de acuerdo con su cronograma de actividades fijado para el año calendario, detalla.

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo informará cada año sobre el cumplimiento de la cuota de atención preferente, la incorporación efectiva de las mujeres a los servicios específicos de los programas y, de ser el caso, su inserción en un empleo formal.

Además, presentará su informe anual de resultados ante la Comisión de Trabajo y Seguridad Social en sesión conjunta con la Comisión de Mujer y Familia del Congreso de la República, al finalizar la segunda legislatura ordinaria.

Este reporte de cada año dará cuenta de los resultados obtenidos en el período enero-diciembre del año anterior, establece el reglamento que también determina que el MTPE elaborará informes semestrales y los remitirá al Observatorio Nacional de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar.

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