Derecho
Así, mediante la Ley Nº 31297 se aprobó la nueva normativa del servicio de serenazgo municipal, la cual establece los mecanismos de apoyo y coordinación del serenazgo municipal con la Policía Nacional del Perú, la sociedad civil y las instituciones vinculadas con la seguridad ciudadana, a fin de cumplir sus funciones. Esto en concordancia con lo dispuesto en la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (Nº 27933) y la Ley Orgánica de Municipalidades (Nº 27972).
LEY Nº 31297 by Diario Oficial El Peruano
Entre las funciones del servicio de serenazgo municipal se detallan contribuir en el mantenimiento de la tranquilidad, orden y seguridad del vecindario, en el marco de los planes de acción de seguridad ciudadana de las respectivas municipalidades.
Por ello, en este servicio se considerarán las modalidades de sereno a pie, sereno de patrullaje motorizado, sereno de patrullaje no motorizado (en bicicletas y medios similares) y sereno especialista en vigilancia mediante cámaras.
De esta forma, corresponderá a los serenos municipales, entre otras funciones, prestar su servicio de manera eficiente y responsable en el puesto de servicio o sector asignado, y mantener reserva de la información que obtengan en el ejercicio de sus funciones, por lo que no podrán hacer declaraciones a la prensa, salvo que cuenten con la autorización en el ejercicio de sus funciones.
El @MTPE_Peru aprobó el reglamento de la ‘Ley que promueve la inserción laboral de las mujeres víctimas de toda forma de violencia en los programas que ejecutan las entidades de la administración pública’ (N° 31153). ?? https://t.co/vkmvjGKEr3 pic.twitter.com/HLFOjbvOyl
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?? Código Civil - Decreto Legislativo N.º 295.¬ Mantente informado con lo último de las Normas Legales Actualizadas. ? Ingresa a: https://t.co/SxJcknKH9a pic.twitter.com/etk7eFZcY2
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