• SÁBADO 13
  • de junio de 2026

Economía

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Ley Fue promulgada por el congreso de la república

Unifican edad de jubilación anticipada a los 50 años

Si obtiene una pensión igual o mayor al 40% del promedio del sueldo.

La iniciativa la aprobó el anterior Parlamento en la sesión plenaria del 2 de julio de este año y no fue observada por el Poder Ejecutivo en el plazo de ley.

“Después de haber transcurrido el plazo legal para que el Poder Ejecutivo pueda pronunciarse y al no existir observación alguna, corresponde al Poder Legislativo promulgarla”, declaró Alva Prieto.

Operatividad

Esta autógrafa, denominada Ley REJA, “establece la edad de 50 años para poder jubilarse anticipadamente, y es una norma que beneficiará a muchos compatriotas en esta coyuntura tan difícil”, precisó la titular del Parlamento.

La norma, que se publicará en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, modifica el literal a) del artículo 1 de la Ley N° 30939, que establece el Régimen Especial de Jubilación Anticipada para Desempleados, para incorporar “que, al momento de solicitar el beneficio, tengan como edad mínima 50 años cumplidos”.

Modifica, asimismo, el artículo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por el Decreto Supremo N° 054-97-EF.

De esta forma, se establece que procede la jubilación cuando el afiliado mayor de 50 años así lo disponga, siempre que obtenga una pensión igual o superior al 40% del promedio de las remuneraciones percibidas y rentas declaradas durante los últimos 120 meses, debidamente actualizadas deduciendo las gratificaciones.

Para el cálculo de esta pensión no se consideran los aportes voluntarios con fin previsional o sin fin previsional que excedan el 20% de la cuenta individual de capitalización (CIC) de aportes obligatorios con una permanencia menor a nueve meses en el sistema.

Antecedentes

La Asociación de AFP se pronunció anteriormente sobre esta iniciativa y afirmó que reduce la posibilidad de tener mejores pensiones a quienes se acojan a esta modalidad.

Señaló que esta medida afectará directamente a los afiliados a las AFP, debido a que perderán 15 años de rentabilidad (la jubilación legal es a los 65 años) y el Perú se convertiría en el único en el mundo con edad de pensionarse a los 50 años.

“Aumenta el riesgo de que los afiliados caigan en una situación de pobreza en la vejez. Ello debido a que el aportante tendrá menos fondo y, a la vez, más años por proteger cuando ya no pueda trabajar”, explicó.