Derecho
Fue mediante la Resolución Administrativa N° 00609-2021-P-CSJLE-PJ publicada en el Diario Oficial El Peruano con la cual se especifica que la competencia territorial de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, comprende los siguientes distritos:
Provincia de Lima
Lurigancho, Chaclacayo, Ate (Vitarte), Santa Anita, San Juan de Lurigancho, El Agustino, La Molina, Cieneguilla y parte del Distrito de Pachacamac que corresponde al Centro Poblado Rural Huertos de Manchay o Zona V- Huertos de Manchay o Quebrada de Manchay.
Provincia de Huarochirí
Matucana, Antioquía, Callahuanca, Carampoma, Chicla, Cuenca, Huachupampa, Huanza, Huarochirí, Lahuaytambo, Langa, Laraos, Mariatana, Ricardo Palma, San Andrés de Tupicocha, San Antonio de Chaclla, San Bartolomé, San Damián, San Juan de Iris, San Juan de Tantaranche, San Lorenzo de Quinti, San Mateo, San Mateo de Otao, San Pedro de Casta, San Pedro de Huancayre, Sangallaya, Santa Cruz de Cocachacra, Santa Eulalia, Santiago de Anchucaya, Santiago de Tuna, Santo Domingo de los Olleros y San Jerónimo de Surco.
Disposiciones
Asimismo, la resolución señala que, a partir de la fecha la Gerencia Administrativa Distrital, otorgará el soporte administrativo al Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Centro Poblado Rural Huertos de Manchay y al Juzgado Civil Transitorio del mismo centro ubicado en el distrito de Pachacámac, pertenecientes a la Corte Superior de Justicia de Lima Este.
A continuación puedes leer las diez disposiciones publicadas en El Diario El Peruano a cerca de la Resolución Administrativa N° 00609-2021-P-CSJLE-PJ :
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N... by Diario Oficial El Peruano
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