“Muchas veces, ocurre que no es necesario practicar pruebas porque están todos los documentos con contestación sobre los hechos.”
¿Cómo ha evolucionado el derecho procesal en el mundo?
–En los últimos 20 años se han registrado muchos cambios, sobre todo en los sistemas procesales europeos y latinoamericanos. En el sistema procesal inglés se produjeron cambios en 1999; el modelo procesal estadounidense, en cambio, no ha cambiado mucho porque Estados Unidos lo considera perfecto y, por ende, no hace reformas profundas.
–¿A dónde han apuntado los cambios?
–A asegurar una justicia civil más rápida y más eficiente. El problema general, en muchos casos, es que la justicia, sobre todo civil y a veces también la penal, es muy lenta, y una tutela jurisdiccional que llegue después de muchos años no sirve de nada. Entonces, la tendencia general es modificar los sistemas procesales existentes para generar cambios en esa dirección: asegurar una justicia con más eficiencia.
–¿Qué cambios recomendaría al país y la región para agilizar los procesos civiles?
–No hacer de la oralidad una religión, a veces es más eficiente y más rápida la escritura y no la oralidad. Establecer un sistema procesal concentrado en dos audiencias, no más, porque en muchos casos es suficiente la primera, como hacen los alemanes. En Alemania, el juez lee la demanda y decide qué tipo de procedimiento se aplica, oral o escrito.
Oral si es sencillo, escrito si es complejo; y se llega a una audiencia que teóricamente solo es de preparación del caso. Muchas veces, ocurre que no es necesario practicar pruebas porque están todos los documentos con contestación sobre los hechos, y en la primera audiencia el juez dicta sentencia. Si hay pruebas que necesitan ser practicadas, entonces se programa una u otra audiencia para hacerla y, finalmente, el juez dicta sentencia.
–¿Recomienda el modelo procesal alemán en lo que respecto a la casación?
–Es el llamado a imitar para replantear el tratamiento del recurso de casación, pues en Europa es el que está dando los mejores resultados. Bajo dicho sistema existe una corte suprema de revisión, no de casación, con un mecanismo de selección de los recursos en función a criterios establecidos por ley que permite que solo lleguen tres mil causas a la máxima instancia judicial alemana. No es posible admitir el recurso de casación por cualquier causal, pero sí debe ser admitido cuando exista en juego una cuestión jurídica de interés fundamental que no constituye solo un problema de las partes.
Planteamientos
“Para mejorar el tratamiento del derecho procesal, entender y aplicar mejor los sistemas procesales, se requiere que los procesalistas conozcan más de historia, sociología, lógica y tengan más criterio de eficiencia”, señala.
En opinión de Taruffo, el juez debe orientar su actuación “hacia la búsqueda de la verdad de los hechos como condición básica para fundamentar racionalmente la decisión que adopte, porque si los hechos no se establecen de manera verdadera bajo las pruebas respectivas, ninguna decisión puede ser legítima ni justa.”