Bebidas azucaradas: MEF modifica parámetros para Impuesto Selectivo al Consumo
ISC será de 25% para las bebidas con contenido de azúcar de 5 gramos o más por cada 100 mililitros.
Mediante Decreto Supremo Nº 266-2018-EF se aprobó la modificación, con lo cual se aplicará una tasa de 25% del ISC para las bebidas (agua, incluida el agua mineral y la gasificada), así como la cerveza sin alcohol, con un contenido de azúcares totales de 5 gramos o más por cada 100 mililitros.
También se impuso una tasa de 17% del Impuesto Selectivo al Consumo para las bebidas (agua, incluida el agua mineral y la gasificada), así como la cerveza sin alcohol, con un contenido de azúcares totales de 0.5 a 5 gramos por cada 100 mililitros.
El mencionado dispositivo legal indica que quedan exceptuadas aquellas bebidas que cuenten con registro sanitario o autorización excepcional de productos farmacéuticos expedidos de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud.
Además, se exceptúa las bebidas con registro sanitario expedido por la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (Digesa), clasificadas en la categoría de los alimentos destinados a regímenes especiales. (Agencia Andina)
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