Derecho
El documento señala que, el proceso de Expediente Judicial (no electrónico), en materia del trámite del recurso de casación genera la existencia de tres cuadernos: de ejecución que en fotocopia se envía al juzgado de origen, el expediente principal que se eleva a la Corte Suprema de Justicia de la República y el cuadernillo de casación que se forma en la Sala Suprema. RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000344-2021-CE-PJ by Diario Oficial El Peruano on Scribd También sostiene que, la digitalización de todos los recursos de casación en materia laboral deben compatibilizarse con el artículo 38° de la Ley N° 29497, Nueva Ley Procesal del Trabajo, que prevé la ejecución anticipada de la sentencia, dado que, incluso interpuesto el recurso de casación, es posible que el trabajador ejecute el mandato contenido en la sentencia de vista. [Lea también: Salas penales exponen avances ] Esto por que el principio de los derechos laborales tienen un contenido alimentario de atención urgente, de manera que no se puede esperar a que la sentencia quede ejecutoriada con la decisión de la Corte Suprema de Justicia de la República. Medidas De este modo, la normativa precisa que cuando exista una sentencia de segunda instancia y con recurso de casación en materia laboral, corresponderá a las salas superiores de las Cortes Superiores de Justicia del país remitir el expediente original de oficio al juez que conoció la demanda para que proceda a la ejecución de las sentencias. Igualmente, dispone remitir únicamente a la Corte Suprema de Justicia de la República fotocopias certificadas digitales del expediente original, las cuales deben contener mínimamente la demanda, subsanación, contestación de demanda, sentencia de primera instancia, apelaciones, sentencia de vista, y recurso de casación. Excepcionalmente, la Sala Suprema que conozca el recurso de casación en materia laboral, podrá solicitar la remisión completa del expediente original; debiendo la Corte Superior de Justicia remitir dichas fotocopias certificadas en forma digital.
Noticias relacionadas:
| Susalud: Ocurrencia del daño condiciona la subsanación de las infracciones | |
| El Indecopi envía a la Contraloría información sobre vocales de sala | |
| Instalan botón de pánico en celulares |
Suplemento Jurídica
| Jurídica 782: En defensa de los recursos públicos[Nuevo] El tribunal constitucional y la facultad sancionadora de la contraloría. | |
| Jurídica 781: Días no laborables 2021 Impacto en las relaciones de trabajo, el empleo y la economía. | |
| Jurídica 780: Tecnología, negocios y derecho La invención del sector retail en el 2021 | |
Lea también en El Peruano
Consejero visita Corte Superior de Puno para coordinar acciones con enfoque intercultural ?? https://t.co/0sp5d8XNOw
— Diario El Peruano (@DiarioElPeruano) October 20, 2021
?? Vicente Espinoza Santillán estuvo en juzgado de paz de las islas de Los Uros, ubicado en el lago Titicaca, y otros. pic.twitter.com/tVAB1KdPTR
¡Entérate de más!
¿Quieres estar informado sobre las normas legales y otras publicaciones en El Peruano? Ingresa a nuestra sección de noticias aquí.