Derecho
La norma andina de protección de las “Marcas País”, gestionada coordinadamente entre Mincetur, la Cancillería del Perú, Promperú y el Indecopi, en el marco de dicho Régimen Común sobre Marca País (Decisión 876), la DSD logró obtener la protección de la marca que identifica a nuestro país en los países mencionados, a fin de proteger este signo dentro de esos territorios.
En ese sentido, el 10 de setiembre del presente año, la Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia emitió la Resolución N° 58750 que resolvió “Conceder la protección de la Marca País Perú, desde el 14 de junio de 2021”, respondiendo así el oficio enviado por la DSD solicitando su protección.
Asimismo, con fecha 08 de setiembre, el Servicio Nacional de Derechos Intelectuales (Senadi) de Ecuador emitió la Resolución N° 005-2021-Senadi-DNPI-MP, en virtud de la cual otorgó la protección de la Marca País Perú. Con dicha Resolución dieron respuesta al oficio emitido por la DSD el 16 de agosto de 2021, por el que solicitamos su protección.
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De otro lado, el 07 de julio de 2021, la DSD remitió el Oficio N° 000024-2021/DSD-Indecopi al Viceministerio de Comunicación del Ministerio de la Presidencia de Bolivia, a fin de solicitar la protección de la Marca País Perú. En vista que transcurrieron tres (03) meses sin que se presente objeción a dicha solicitud, la protección de este signo en dicho país rige desde la fecha en que nuestra solicitud fue comunicada, esto es, desde el 07 de julio de 2021.
De esta manera, la Marca País Perú se encuentra debidamente protegida en todos los países miembros de la Comunidad Andina por tiempo indeterminado, siendo imprescriptible e inembargable.
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