País
El Decreto Supremo N° 168-2021-PCM, que actualiza las medidas de convivencia social en medio de la pandemia por el covid-19, detalla que “los mayores de 18 años que deseen ingresar a espacios cerrados deberán presentar su carné físico o virtual que acredite haber completado su vacunación [...]”.
Cobertura
Esta disposición rige para todo el país y los cuatro niveles de alerta frente a la pandemia, de acuerdo a la disposición.
La misma norma recuerda a la población que se deberán mantener los protocolos de prevención de contagios de covid-19, como el uso de mascarilla de forma permanente, según las condiciones indicadas en el numeral 8.4 de la disposición legal.
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En este numeral se indica que es obligatorio el uso de una mascarilla KN95, o en su defecto una mascarilla quirúrgica de tres pliegues y encima de esta una mascarilla comunitaria (tela) para circular por las vías de uso público y en lugares cerrados, o en lugares donde no se pueda mantener el distanciamiento físico o corporal.
Las personas solo se sacarán la mascarilla cuando se encuentren en restaurantes o similares y únicamente mientras se ingiera alimentos, a fin de no ponerse en riesgo de contagiarse.
ChóferesEs fundamental destacar que la misma norma determina que a partir del 15 de diciembre los chóferes y cobradores de todo servicio de transporte público, así como los choferes que brindan servicios de delivery, solo podrán trabajar si acreditan su dosis completa de vacunación contra el covid-19.
Fija además que las empresas con más de diez (10) trabajadores solo podrán operar de manera presencial si todos sus trabajadores acreditan su dosis completa de vacunación. Esta disposición regirá desde el 15 de diciembre del 2021 (Para información detallada sobre este punto ver la página 10).
Transporte interprovincial
A partir de hoy 15 de noviembre las personas mayores de 45 años necesitarán tener las dos dosis de la vacuna contra el covid-19 para realizar viajes interprovinciales.
El anuncio, hecho en octubre por el ministro de Salud, Hernando Cevallos Flores, se oficializó mediante el Decreto Supremo Nº 167-2021-PCM publicado en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
“A partir del 15 de noviembre del 2021, los pasajeros del servicio de transporte interprovincial terrestre mayores de 45 años, en los cuatro niveles de alerta, solo podrán abordar la unidad si acreditan su dosis completa de vacunación”, detalló la norma.