Derecho
La disposición contenida en la Resolución Ministerial Nº 199-2021-Mincetur, publicada en el Diario Oficial El Peruano, precisa que el mencionado lineamiento incluye información de la caracterización de la población y la demanda del turismo que requiere condiciones de accesibilidad.
[Lea también:Impulsan financiamiento inmediato para mipymes]Asimismo, aborda temáticas en relación con el diseño universal, turismo accesible y social; así como las recomendaciones que faciliten la implementación de la normatividad en temas de accesibilidad y desarrollo de buenas prácticas en las áreas externas, comunes y específicas (habitaciones, servicios higiénicos privados y salón de comedor) de los servicios turísticos de alcance.
Finalmente, presenta consideraciones generales accesibles para la evacuación y los protocolos de atención para las personas con discapacidad y personas adultas mayores.
Este procedimiento fue elaborado por la Dirección de Innovación de la Oferta Turística (DIOT), perteneciente a la Dirección General de Estrategia Turística del Mincetur, en concordancia con los Lineamientos para el desarrollo del Turismo Social en el Perú, aprobados mediante Resolución Ministerial N° 005-2020-Mincetur.
[Lea también: Víctimas de violencia obtienen protección]Asimismo, el documento precisa que lo dispuesto cumple con la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo, que consagra los principios de 'inclusión' y 'no discriminación' en virtud de los cuales mediante la actividad turística se promueve la incorporación económica, social, política y cultural de los grupos sociales excluidos, vulnerables de cualquier tipo, que limita su desempeño y participación activa en la sociedad.
Del mismo modo, se promueve la práctica del turismo como un medio de desarrollo individual y colectivo, respetando la igualdad de género, diversidad cultural y grupos vulnerables de la población.
A continuación, puede leer la 'Guía de accesibilidad, Turismo para todos'
Resolución Ministerial Nº 1... by Diario Oficial El Peruano
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