• LUNES 16
  • de marzo de 2026

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Guía laboral: Los precedentes vinculantes y la antigüedad como criterio de distinción salarial

Editor
Carlos Cadillo Ángeles

Socio de Miranda & Amado Abogados


Desde el 19 de noviembre último rigen los nuevos criterios vinculantes aprobados por la Sala Plena del Tribunal de Fiscalización Laboral de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (TFL). Han sido emitidos a través de la Resolución de Sala Plena N° 002-2021-SUNAFIL/TFL, en la cual, por unanimidad, se han aprobado los precedentes de observancia obligatoria en los siguientes temas: el incumplimiento de las disposiciones relacionadas con el trabajo de menores de edad, la antigüedad para establecer las diferencias salariales, la modalidad de entrega de la documentación laboral requerida por los inspectores de trabajo, la inexigibilidad de la audiencia oral ante el TFL y la aplicación del principio de culpabilidad para determinar la responsabilidad de los empleadores. 

En esta oportunidad, nos centramos en el tema de la antigüedad para establecer las diferencias salariales, respecto del cual recogemos cuatro aspectos relevantes (los dos primeros como parte de la motivación de la resolución y los dos últimos calificados como parte del precedente). Primero, el TFL señala que la diferenciación se encuentra constitucionalmente admitida, pues no todo trato desigual es discriminatorio; no obstante, la igualdad será vulnerada cuando el trato desigual carezca de una justificación objetiva y razonable. 

Segundo, la antigüedad en el puesto de trabajo es un motivo de distinción objetivo y razonable; por ello, puede utilizarse para el otorgamiento de mejoras salariales. Sin embargo, dicho motivo debe encontrarse sustentado en las escalas o jerarquías remunerativas para comprobar su compatibilidad con el principio de igualdad.

Tercero, por decisión unilateral del empleador o por convenio colectivo de trabajo, pueden establecerse diferencias salariales entre trabajadores pertenecientes a una misma categoría a partir de la antigüedad en el puesto de trabajo, entre otros motivos objetivos y razonables. 

Cuarto, por lo indicado, cuando la Inspección del Trabajo fiscalice los casos de diferenciación salarial basados en la antigüedad, deberá establecer las trayectorias de los trabajadores en situación comparable, detectar si generan situaciones de discriminación indirecta (especialmente, en el caso de las mujeres, quienes podrían sufrir un número mayor de interrupciones en su récord laboral para atender responsabilidades familiares) y motivar adecuadamente sus decisiones, no pudiendo basarse en razonamientos presuntivos. 

Como los precedentes de observancia obligatoria contienen criterios vinculantes, la resolución comentada debe ser considerada por todas las autoridades del sistema de Inspección del Trabajo, desde el 19 de noviembre y en cualquier etapa o instancia en que se encuentre la inspección laboral. De esta manera, el TFL busca uniformizar los criterios laborales que deben seguir las autoridades a nivel nacional, al momento de aplicar la normativa laboral y de emitir sus pronunciamientos. 

Además, con la publicidad de los mismos, permite que los trabajadores y los empleadores tomen decisiones alineadas con dichos criterios o eviten denuncias o conflictos innecesarios, así como que los empleadores revisen los criterios de distinción salarial que vienen utilizando y su defensa legal en las inspecciones laborales que tengan en trámite. 

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