• JUEVES 7
  • de mayo de 2026

Derecho

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Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo reglamenta entrega de bono extraordinario

Se otorgará al personal formal del sector privado con menores ingresos

La Resolución N° 241-2021-TR precisa que la finalidad es implementar las medidas de índole operativo y económico para cumplir con el otorgamiento del bono extraordinario.

Se encargarán de la aplicación de la norma, de acuerdo con sus competencias, el Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral (VMPECL), la Dirección General de Promoción del Empleo (DGPE), la Dirección de Investigación Socio Económico Laboral (DISEL), la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional (OCII) y la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones (OGETIC).

Se suman el Seguro Social de Salud (Essalud) y a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), organismos adscritos al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

Procedimiento

Así, para el procedimiento de pago del bono extraordinario, el MTPE remitirá a Essalud, con la adopción de medidas de seguridad, el padrón de beneficiarios que incluirá el número de Documento Nacional de Identidad (DNI) del trabajador.

El Seguro Social de Salud determinará los canales de pago de conformidad con el numeral 7.4 del artículo 7 del Decreto de Urgencia N ° 105-2021. Para tal efecto, gestionará acuerdos y/o convenios con el Banco de la Nación y las demás empresas del sistema financiero y compañías emisoras de dinero electrónico.

Además, gestionará, de oficio, el pago preferentemente en la cuenta de titularidad del beneficiario o que oportunamente creen las mencionadas empresas para tal propósito. Esa cuenta tendrá la condición de intangible por 150 días calendario de conformidad con el artículo 11 del Decreto de Urgencia N ° 105-2021.

Essalud aprobará las disposiciones complementarias necesarias para implementar operativamente el pago del bono extraordinario, precisa la resolución.


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