• DOMINGO 22
  • de marzo de 2026

Derecho

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PJ dispone trabajo remoto en órganos jurisdiccionales y administrativos desde este jueves

Las audiencias y vistas de causa que ya están programadas se realizarán a través del aplicativo Google Meet.

Los jueces, juezas, personal jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial venían realizando sus labores en forma presencial y diaria.

Sin embargo, considerando el contexto actual del covid-19 en el país, el CEPJ decidió adoptar medidas preventivas para resguardar la salud de jueces, juezas, personal jurisdiccional y administrativo; así como de los usuarios del sistema judicial, y para garantizar la continuidad del servicio de justicia.

La medida debe efectivizarse en el horario de ocho horas diarias, conforme a lo establecido en la Versión N ° 4 del Reglamento "Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial", aprobado mediante Resolución Administrativa N ° 000408-2020-CE-PJ.

El órgano de gestión acordó, asimismo, que la Presidencia del Poder Judicial y las presidencias de las cortes superiores del país, pueden establecer el trabajo presencial exclusivamente en las áreas que así lo requieran, pero con las medidas de bioseguridad necesarias.

Audiencias no se suspenderán

Además, estableció que bajo ningún concepto se suspenderán las audiencias y vistas de causa programadas, pues estas deben llevarse a cabo a través del aplicativo Google Meet.

La resolución ordena también que los presidentes de las cortes superiores del país, así como las Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura, supervisen la producción jurisdiccional de los jueces y juezas. 

Por su parte, el personal jurisdiccional y administrativo deberá justificar el trabajo diario que realizan ante la jefatura inmediata.

En ambos casos, se señala que la Presidencia de la corte superior de justicia correspondiente emitirá un informe al CEPJ para las acciones respectivas.

Notificados

La referida resolución fue notificada a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, presidentes de las salas de la Corte Suprema, Presidencias de las cortes del país, Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, Oficina de Administración de la Corte Suprema, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.


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