Derecho
Se trata de la Resolución de Secretaría de Integridad Pública Nº 001-2022-PCM/SIP, que contiene las indicaciones para programar, validar y consignar tanto los actos de gestión de intereses y las visitas que reciben los servidores en las entidades del Estado mediante el Registro de Visitas en Línea, así como el detalle de las actividades que efectúan los titulares y funcionarios de alta dirección dentro y fuera de sus instituciones, mediante el Registro de Agendas Oficiales, a fin de elevar los estándares de integridad y transparencia en el Estado.
Al respecto, el secretario de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), Eloy Munive, sostuvo que ahora los servidores deben rendir cuenta sobre quiénes ingresan a sus instalaciones, con quiénes se reúnen y por qué motivo se dan dichas visitas; así como garantizar la veracidad de la información que se consigna en el registro de visitas en línea y en las agendas oficiales.
“Para ello, hemos desarrollado un marco que precisa los mecanismos para facilitar este proceso. Los servidores, funcionarios y visitantes deben conocer y aplicar estas normas para fortalecer una cultura de integridad pública”, señaló.
Así, la directiva, acorde con la Ley N° 28024, que regula la gestión de intereses, y otras normas vinculadas con la materia, fija un conjunto de definiciones operativas y normas específicas para efectuar un correcto registro de las visitas que se producen en las entidades, asignando roles y responsabilidades para tal fin.
Entre otras medidas, la norma fija que las visitas podrán categorizarse en cuatros posibles motivos: reunión de trabajo, provisión de servicios, gestión de intereses y otros motivos, debiéndose especificar en este último caso si la visita corresponde a un acto público/protocolar, motivo académico o visita personal. Dichas visitas deberán ser autorizadas y validadas por los servidores y funcionarios que las reciban, independientemente de si hubieran sido o no programadas.
Los funcionarios que incurran en el incumplimiento de la directiva serán pasibles de las acciones y sanciones en el ámbito administrativo disciplinario, sin perjuicio de las acciones civiles y penales correspondientes.
La máxima autoridad administrativa será responsable de monitorear y supervisar la implementación y cumplimiento de estos registros, contando con el apoyo de la oficina de integridad institucional o la que haga sus veces.
La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) recordó además que como parte de las medidas establecidas en el D. S. N° 180-2021-PCM, a fin de año todos los ministerios y entidades adscritas al Ejecutivo deberán implementar un Registro Estándar de Visitas en Línea, lo que permitirá contar con información interoperable y el uso de datos abiertos con altos estándares de seguridad informática.
Por otro lado, la directiva dispuso un plazo de implementación del registro de visitas en línea y del registro de agendas oficiales. Así, señala que ambas herramientas deberán estar habilitadas en el interior de los ministerios a más tardar el 31 de agosto de este año. Y en el resto de las entidades pertenecientes al Ejecutivo, hasta el 31 de diciembre. Seis meses después deberá estar listo en los gobiernos locales, y al 31 de diciembre del 2023 en el Congreso, PJ y organismos constitucionales autónomos.
En el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, se implementará en breve un registro de solicitudes de atención de audiencias de gestiones de intereses.
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