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Derecho

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Conoce las diferencias entre un contrato de trabajo y uno de locación de servicios

La relación de subordinación es un factor clave para entender las particularidades de estos acuerdos.

¿Cuál es la diferencia?

Según señala la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), el contrato de trabajo es un tipo de acuerdo que establece una relación de subordinación con el empleador. 

El personal, por la labor realizada, está incluido en planilla y percibe una remuneración, así como beneficios de ley.

La principal característica es que el trabajador está sujeto a las condiciones que pone la empresa: un horario establecido, un desempeño de labores en un área determinada, entre otros.

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A diferencia del primero, el contrato de locación de servicios es un contrato civil donde el prestador tiene autonomía en la ejecución de sus servicios. No existe vinculación laboral, sin embargo, debe cumplir con entregar el producto o servicio requerido y establecido en el contrato.

Al haber autonomía no existe una relación laboral propiamente dicha y, por lo tanto, no se generan derechos laborales. En ese sentido, la persona recibe por su trabajo honorarios o una retribución, mas no una remuneración.

La Sunafil precisa que en algunos casos puede existir una desnaturalización de estos contratos, por ello, la entidad realiza un trabajo preventivo y de fiscalización a fin de fomentar la formalidad.

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