¡Ya es oficial! Publican ley que permite atención inmediata a mujeres gestantes en EsSalud
La Ley N° 31469 precisa que tanto las afiliadas directas como las derechohabientes (es decir, las afiliadas a EsSalud por su vínculo o parentesco con una persona también afiliada) que se encuentren en estado de gestación, tendrán cubierta la atención médica “de forma inmediata”.
“En caso de accidente basta que exista afiliación. EsSalud podrá establecer períodos de espera para contingencias que este determine; con excepción de los regímenes especiales”, se indica en el único artículo de la referida norma.
Esta disposición legal modifica el artículo 10° de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud (Ley N° 26790)
En su única disposición complementaria final, esta norma establece que, en un plazo de 90 días calendario, el Poder Ejecutivo adecuará el reglamento de la Ley N° 26790 a lo aquí establecido.
La Ley N° 31469 fue promulgada en la víspera por el Congreso de la República. Su puesta en vigencia permitirá que las mujeres gestantes afiliadas a EsSalud puedan ser atendidas de inmediato en esta entidad, sin esperar los períodos de carencia o previos que generalmente se fijan luego de que se concreta la afiliación.
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