Política
El dispositivo precisa que se oficializa la interpretación del Himno Nacional en todos los actos cívicos, actos militares, eventos o ceremonias; en idioma castellano, así como en la lengua indígena u originaria predominante.
La norma es de aplicación para todas las entidades de la administración pública comprendidas en el artículo I del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
Se señala, además, que el Ministerio de Cultura, a través del Viceministerio de Interculturalidad, es responsable de brindar asistencia técnica a las entidades públicas respecto de la implementación de lo establecido para la interpretación del Himno Nacional en todos los actos cívicos, actos militares, eventos o ceremonias; en idioma castellano y en la lengua indígena u originaria predominante.