Más de 11,600 víctimas de accidentes de tránsito fueron beneficiadas con el Fondo de Compensación del SOAT
El MTC reembolsa los gastos médicos y/o sepelio de las personas que fueron atropelladas por vehículos no identificados cuyos choferes se dieron a la fuga y no fueron identificados.
Desde su creación, en el 2004, hasta la actualidad, las víctimas afectadas recibieron cobertura para gastos médicos y de sepelio. Además, fueron atendidos en los hospitales del Ministerio de Salud, EsSalud y clínicas en todo el país.
En caso de gastos médicos, el reembolso llega hasta los S/ 23 000 (5 UIT) por persona, para cubrir los gastos de atención hospitalaria, quirúrgica, farmacéutica y otros que son necesarios para el tratamiento y rehabilitación de la víctima. Ello se realiza mediante reembolso al beneficiario o directamente al centro de salud que atendió a la víctima.
En el caso de gastos de sepelio, cuya cobertura es hasta S/ 4600 (1 UIT) por persona, se cubren los gastos de ataúd, cremación, tumba, nicho o urna, capilla ardiente o carroza.
Los beneficios que otorga el Fondo únicamente pueden ser reclamados dentro del plazo de un año, el mismo que se computará a partir de la fecha indicada en el cargo de la comunicación por escrito que los establecimientos de salud realicen a la víctima o a sus beneficiarios, según corresponda. El beneficio también aplica para extranjeros.
Para acceder al beneficio se debe reportar el caso a través del formulario Fondo SOAT y CAT, ingresando al enlace: https://fondosoatycat.mtc.gob.pe/ y se adjunta la denuncia policial para que sea evaluado. El trámite es gratuito y se puede acceder virtualmente a nivel nacional.
Una vez aprobado el caso, el beneficiario deberá presentar la documentación en la sede principal del MTC, ubicada en Jr. Zorritos 1203, Cercado de Lima; y en los Centros Desconcentrados Territoriales (CDT) que se encuentran en las principales ciudades. Para mayor información pueden llamar a los teléfonos: 615-7800 anexo 1209 o 934233514. También escribir al correo: fondosoat@mtc.gob.pe. Es posible presentar la documentación en forma virtual siempre y cuando los comprobantes que sustentan el gasto sean electrónicos.
Los beneficios podrán ser solicitados por la víctima o por el cónyuge, hijos mayores de edad, padres, hermanos o representante legal.
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