Política
Mediante la Ley N° 31571 se declara de interés nacional y necesidad pública la adopción de medidas del Poder Ejecutivo que garanticen la culminación de la presa Palo Redondo, que es componente del contrato de concesión para el diseño, construcción y mantenimiento de las obras del Proyecto Chavimochic-III Etapa.
Asimismo, por medio de las disposiciones complementarias finales se autoriza al Gobierno, mediante el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Middagri), en su calidad de concedente, a negociar y acordar modificaciones en el contrato de concesión para ese proyecto.
Proceso
Además, precisa que las modificaciones contractuales que se acuerden como parte de la renegociación del contrato de concesión que se autoriza deben incluir cláusulas anticorrupción y no podrán reconocer el pago de intereses o prestaciones adicionales que no hayan sido expresamente establecidos.
De igual modo, deben cumplirse los aspectos del procedimiento de modificación contractual establecidos en el Decreto Legislativo N° 1362 y su reglamento.
También establece que corresponde, de manera excepcional, a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (Proinversión) evaluar y emitir opinión exclusivamente sobre si las modificaciones contractuales pueden afectar la posibilidad de estructurar un nuevo esquema de concesión bajo la modalidad de asociación público-privada.
Por otro lado, precisa que el Ministerio de Economía y Finanzas emite opinión previa en los temas de su competencia a la referida modificación contractual presentada por el Midagri, el cual adjunta la opinión de Proinversión antes señalada.
“Luego de recabada la opinión previa favorable del Ministerio de Economía y Finanzas, el Midagri solicita a la Contraloría General de la República la emisión del informe previo sobre la modificación contractual, en el marco de sus competencias”, se agrega en la norma.