Derecho
Esto a tono con una interpretación más favorable al principio pro actione, exigible por la garantía de tutela jurisdiccional, y el artículo 139, numeral 11, de la Constitución.
Este constituye el principal lineamiento jurisprudencial que se desprende de la resolución correspondiente al Recurso de Queja N° 1230-2021/Cajamarca emitida por la Sala Suprema Penal Permanente a tono con la postura asumida por el Tribunal Constitucional en el auto recaído en el Expediente N° 03180-2021-PA/TC.
Con ello el supremo tribunal replantea la interpretación que respecto del artículo 155-C de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), había expuesto en ocasiones anteriores.
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El precepto en cuestión tiene un enunciado normativo confuso, que se aleja de las expresiones lingüísticas habitualmente utilizadas por las leyes procesales al señalar que la resolución judicial surte efecto desde el segundo día siguiente en que se ingresa su notificación a la casilla electrónica, advierte el colegiado, al atender que la regla es que el plazo se cuenta desde el día siguiente de la notificación.
Por consiguiente, la sala suprema colige que si se trata de la notificación electrónica, lo que tal precepto procura es dar un tiempo de dos días tras este acto procesal para contar el plazo para su impugnación. Así debe entenderse el vocablo: “desde” del referido artículo, puntualiza.
En todo caso, el tribunal señala que ante una duda hermenéutica lo aconsejable es aportar por aquella interpretación más favorable al principio pro actione.
En ese contexto, advierte que en la STC 3180-2021-PA/TC, del 3 de agosto del 2022, se optó por este criterio interpretativo (vid.: párrafo 17). Esto resulta lo adecuado, en vía de mantener una interpretación única de las leyes del ordenamiento, propia del rol de la Corte Suprema, precisa.
El Poder Judicial prepara la Primera Cumbre Internacional de Justicia Penal “Hacia una Justicia 4.0”, que se desarrollará del 16 al 18 de noviembre. Así, durante este certamen se analizarán temas como la justicia penal y las nuevas tecnologías de la información; la cibercriminalidad en el contexto global; la transformación digital del sistema de justicia; las tipologías delictivas asociadas al cibercrimen así como los avances y desafíos en la transformación digital. El encuentro finalmente cuenta con el apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), entre otros.
Conforme al artículo 155-C de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la resolución judicial surte efectos desde el segundo día siguiente en que se ingresa su notificación a la casilla electrónica.
esto último, con excepción de las que son expedidas y notificadas en audiencias y diligencias especiales y a las referidas en los artículos 155-E y 155-G, refiere la decisión citada.
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La presidenta del Poder Judicial, Elvia Barrios, descartó de manera tajante haber tenido un comportamiento antiético o haber faltado a su deber como jueza suprema. ??https://t.co/iSpv4ozQJ2 pic.twitter.com/VTEYpAso0X
— Diario El Peruano (@DiarioElPeruano) November 2, 2022
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