Derecho
Esto en aplicación del Decreto Supremo N° 017-2022-TR, teniendo en cuenta que existen ciudadanos que por diversas razones están registrados como electores en circunscripciones electorales diferentes a aquellas en las que residen.
Directrices
Así, los trabajadores miembros de mesa están facultados a no prestar servicios si su jornada laboral coincide con este día de los comicios y tendrán el lunes 5 de diciembre como día no laborable compensable.
Para ello será indispensable presentar el Certificado de Participación entregado por la ONPE, sostiene Miranda & Amado.
En tanto que los electores que tengan que votar en zonas geográficas distintas y alejadas a sus lugares de trabajo no deberán laborar hasta el lunes 5 de diciembre, siempre y cuando acrediten haber ejercido su derecho al voto.
De laborar en el sector privado, el trabajador deberá llegar a un acuerdo con su empleador para establecer la forma de recuperar los días no laborados, y de no llegar a un consenso será la empresa la que decida, indica la citada firma legal.
Mientras que en el sector público, añade, las entidades serán las que adoptarán las medidas necesarias para garantizar la adecuada prestación de los servicios de interés general, disponiendo además la forma para la recuperación de los días dejados de laborar.
El mencionado estudio de profesionales de derecho detalla que en el caso de los electores que les corresponda votar en la misma zona geográfica tienen derecho a un permiso durante la jornada de trabajo para ejercer su derecho al voto, solo si su jornada laboral coincide con hoy, día de la elección.