• SÁBADO 7
  • de marzo de 2026

Derecho

FOTOGRAFIA
DERECHO

Gratificación por Navidad: Aplicativo de la Sunafil facilita el cálculo de este pago

Moderna herramienta resolvió más de 110,000 consultas desde su lanzamiento en 2021.

La gratificación es un beneficio social que se otorga dos veces al año, tanto en julio como en diciembre, con ocasión de las Fiestas Patrias y la Navidad, respectivamente, para todos los trabajadores de este régimen.

El monto debe ser equivalente a una remuneración mensual íntegra, en caso el trabajador haya laborado el semestre completo del 1 de julio al 31 de diciembre. En caso no se tenga este periodo completo, la gratificación será equivalente a 1/6 de la remuneración computable por cada mes laborado.

[Lea también: Tribunal aclara sobre el trabajo en sobretiempo ]

Además de la gratificación, el empleador debe abonar una bonificación extraordinaria equivalente al 9 % del aporte al Seguro Social de Salud que hubiese correspondido efectuar con relación a la gratificación de diciembre.

En caso el trabajador esté cubierto por una Entidad Prestadora de Salud (EPS), la bonificación extraordinaria será igual al 6.75 %.

¿Cómo acceder al aplicativo?

Para acceder al aplicativo, puede ingresar a la página web www.gob.pe/sunafil, dirigirse hacia la sección "Enlaces de Interés" y luego hacer clic en el apartado "Calculadora Laboral". Una vez adentro, el sistema brindará herramientas diferenciadas para calcular las gratificaciones o la CTS.

Para continuar con el cálculo, el sistema le pedirá datos como el monto de su remuneración, las horas extras y las comisiones ganadas en el último semestre, por lo que se recomienda tener a la mano las boletas de pago.

[Lea también:Guía laboral: Aquí los aspectos legales del próximo feriado del jueves 8 y viernes 9 de diciembre]

En el caso de las microempresas, estas no están obligadas al pago de gratificaciones, sin embargo, las pequeñas empresas (cuyas ventas anuales oscilan entre las 150 y las 1700 UIT) sí las deben pagar, y el monto debe ser igual a media remuneración. Para ello, la empresa debe estar debidamente registrada en el Remype.

Los trabajadores de la pequeña empresa tienen derecho a recibir una bonificación extraordinaria del 9 %, conforme a la Ley N.° 30334.


Lea también en El Peruano

Suplemento Jurídica

Líneas horizontales


Jurídica 832: Gratificaciones por navidad [Nuevo]
Apuntes acerca del tratamiento laboral
Jurídica 831: El ejercicio de la defensa del administrado
La recalificación del recurso administrativo y el debido procedimiento
Jurídica 830: Desgravamen en tiempos del covid-19
Empresas aseguradoras y obligaciones de cobertura

Noticias relacionadas:

Líneas horizontales


Fijan precedentes sobre aplicación de principio
Notificación electrónica facilita el cumplimiento
Mimp promueve gestión corporativa responsable con la igualdad de género