Derecho
Cabe destacar que mediante la Resolución de Superintendencia N.º 295-2022/Sunat se establecieron los nuevos montos, considerando el incremento de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), que pasó de 4,600 soles en el 2022 a 4,950 soles para el año 2023.
La norma también señala que quienes proyecten que sus ingresos durante el año 2023 por Rentas de Cuarta Categoría o por Rentas de Cuarta y Quinta Categorías no superen los S/ 43,313 podrán solicitar la suspensión de las retenciones y/o sus pagos a cuenta del Impuesto a la Renta.
[Lea más adelante los pasos para solicitar la suspensión de retención de la Cuarta Categoría]
En el caso de los directores de empresas, síndicos, mandatarios, gestores de negocios, albaceas o similares, podrán pedir la suspensión cuando los ingresos que proyectan percibir en el ejercicio gravable por Rentas de Cuarta Categoría o por Rentas de Cuarta y Quinta Categorías no superen los S/ 34,650.
En estos dos últimos supuestos, si durante el 2023 se supera el monto antes señalado, según sea el caso, el contribuyente deberá declarar y efectuar el pago a cuenta del Impuesto a la Renta que corresponda, por la totalidad de los ingresos de Cuarta Categoría que obtenga en un determinado mes.
[Lea también:Atención, empleadores y trabajadores: Aumento de la UIT incide en materia fiscal y laboral]
El trámite para solicitar la suspensión de retenciones de Cuarta Categoría es virtual y consta de tan solo tres pasos:
1. Ingresar a Sunat Operaciones en Línea con su Clave SOL y colocar la opción “Mis trámites y Consultas”. Dicho módulo está disponible en el portal www.sunat.gob.pe.
2. Ubicar la sección Otras declaraciones y Solicitudes, “Solicito Suspensión de Retenciones 4ta Categoría” (Formulario Virtual 1609).
3. Precisar la fecha en la que se recibió el primer ingreso por Rentas de Cuarta Categoría y el monto total proyectado para todo el año (se debe registrar solo los ingresos de Cuarta Categoría, como profesional independiente o de Cuarta y Quinta Categorías, si, además, está en planilla).
El sistema verificará “en línea” la información presentada y procederá a autorizar la suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta, de corresponder, emitiendo la constancia correspondiente que se podrá enviar al correo electrónico que desee.
La suspensión tiene efecto desde el día siguiente a la fecha del trámite y es vigente hasta el 31 de diciembre del 2023.
Para obtener más información sobre la suspensión de retenciones, los contribuyentes se pueden comunicar con la central de consultas telefónicas al 0-801-12-100 o 315-0730 y visitar el portal www.sunat.gob.pe, donde encontrará orientación y asistencia sin necesidad de salir de casa.
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? El titular del @MTPE_Peru, Eduardo García Birimisa, reiteró hoy que uno de los ejes de su gestión es la defensa de los derechos laborales fundamentales, con el objetivo de lograr una sociedad justa.
— Diario El Peruano (@DiarioElPeruano) January 3, 2023
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