Derecho
Así lo establece el artículo 132 del Código Penal , el cual indica que si alguien atribuye a una persona, un hecho, una cualidad o una conducta que pueda perjudicar su honor o reputación mediante un libro, la prensa u otro medio de comunicación social, la pena será privativa de libertad no menor de uno ni mayor de tres años y de 120 a 365 días de multa.
Dañar el honor o reputación de una persona a través de videos, transmisiones en vivo por redes sociales u otros medios de comunicación masivos, es delito. La #difamación se sanciona hasta con 3 años de pena privativa de libertad. ???? pic.twitter.com/NMSJDu9p8v
— Poder Judicial Perú (@Poder_Judicial_) January 19, 2023
Al momento de hacer la denuncia, debes recopilar lo siguiente:
- Testimonios de personas que hayan sido testigos de las acusaciones.
- Grabaciones.
- Pantallazos
- Publicaciones de redes sociales que demuestren el delito.
Recuerda, todas estas pruebas darán sustento a tu denuncia.
Luego envía una carta notarial a quién te ha agraviado para que se rectifique.
En caso de no rectificarse, puedes presentar tu demanda de querella (declaración escrita) ante un juez penal.
Lea también en El Peruano
Poder Judicial dispone labores en modalidad remota para hoy jueves 19 en Palacio de Justicia, así como en la Gerencia General del @Poder_Judicial_ ?? https://t.co/zK3lSZKKaz pic.twitter.com/HfC1RTivoX
— Diario El Peruano (@DiarioElPeruano) January 19, 2023
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