Opinión
Abogada y exviceministra de la Mujer
Con esta modificación, Sedapal, cuya función es “brindar servicios de agua potable, alcantarillado, tratamiento… con altos estándares de calidad para satisfacer las necesidades de la población atendida” estaría actuando como juez y parte, lo cual coloca a los consumidores en indefensión cuando se verifique el estado en el que se encuentran los medidores de agua instalados en sus hogares.
La actividad de verificación de medidores de agua, según dicho proyecto, sería realizada tomando como base el muestreo y cada tres años, lo cual afecta a los usuarios del servicio que somos todos los consumidores de agua, el Estado está obligado a defender los intereses de todos los consumidores en forma permanente y no únicamente de una muestra de los consumidores cada tres años.
Hoy ya existen empresas privadas independientes de Sedapal y no vinculadas entre sí que desarrollan la actividad de verificación de los medidores de agua, los usuarios necesitan que se les garantice dicha independencia, que proteja efectivamente sus derechos y asimismo que esta sea permanente y no como pretende el proyecto que sea condicional, como sería el caso de las verificaciones realizadas por Sedapal.
No menos grave es que con dicho proyecto de resolución, Sunass vulnera la Constitución, que reconoce y garantiza la actividad subsidiaria del Estado en función de que la población pueda contar con los servicios básicos de calidad. Existiendo empresas privadas que ya brindan dicho servicio, no corresponde que el Estado desarrolle la misma actividad, menos aún si las empresas estatales tienen funciones que aún no desarrollan a cabalidad, como es en el caso de Sedapal.
Pretender destinar recursos de Sedapal para asumir actividades que ya desarrollan empresas privadas afecta directamente los derechos humanos fundamentales de acceso al agua potable y alcantarillado y deja de lado la atención de las necesidades de un gran sector de la población. Ampliar el acceso de agua potable y alcantarillado en función de elevar la calidad de vida de la población y proteger la salud que ello implica es lo primordial. Resulta fundamental que desde el Ejecutivo analicen a profundidad dicho proyecto de resolución a fin de evitar vulneraciones a los derechos esenciales y fundamentales de la población que aún no cuenta con el servicio de agua potable.
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