Política
En ese sentido, refirió que la entidad electoral se encuentra defendiendo su institucionalidad frente a dicha situación que contravendría los principios de separación de poderes, independencia, autonomía e imparcialidad.
Defensa
“Y lo hacemos porque es parte de la defensa de la democracia, porque queremos legar un JNE independiente que no esté atormentado por los vaivenes de la política”, remarcó.
El magistrado recordó que el JNE es un organismo encargado de proclamar los resultados electorales y resolver procedimientos y controversias jurídicas en los que las organizaciones políticas tienen condición de parte.
Por ello, señaló que, si prosperan las referidas iniciativas legislativas a pesar de lo establecido por la Corte y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), las organizaciones políticas podrían sancionar a las autoridades electorales sobre la base de valoraciones políticas.
“Aquí el derecho a ser juzgado por jueces imparciales desaparece”, subrayó.
Lamentó, igualmente, que después de dos años de realizadas las elecciones generales 2021 siga vigente la teoría del fraude que nunca existió y que es una fantasía alimentada por intereses contrarios a la democracia, con costosas campañas de ataque que no terminan.
Al respecto, hizo referencia a una reciente denuncia sobre tasas de apelación y aclaró que este es un requisito de procedibilidad, que se paga en el Banco de la Nación y no ante el JNE.
Credencial
Jorge Salas Arenas formuló estas precisiones durante el acto de entrega de la credencial de congresista al ciudadano Isaac Mita Alanoca (Perú Libre), quien asume el cargo por el distrito electoral de Tacna, en reemplazo de la suspendida Betssy Chávez Chino, para completar el periodo legislativo 2021-2026.
La acreditación del accesitario se da en conformidad con el artículo 5, literal j, de la Ley Orgánica del JNE, según el cual el organismo electoral es el encargado de expedir las credenciales a los candidatos elegidos en distintos procesos electorales.
Polémica
La sentencia del TC, que declaró fundada la demanda competencial planteada por el Parlamento en contra del Poder Judicial, exhorta al Legislativo a modificar el artículo 99 de la Constitución política a fin de incluir a los jefes del JNE, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) en la lista de funcionarios que pueden ser denunciados constitucionalmente. Cabe indicar que hasta el momento, esos tres altos funcionarios no pueden ser objeto de esa acción debido a que su trabajo no puede ser objeto de observaciones de carácter político.
La Defensoría del Pueblo criticó la posibilidad de que el Parlamento dé ese paso y consideró que ese escenario sería un retroceso para la independencia de las instituciones.