• DOMINGO 29
  • de marzo de 2026

Derecho

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Indecopi pone a consulta directiva sobre reportes

Documento obliga a ciertas empresas a registrar reclamos y quejas.

Conforme a esta directiva, los proveedores con ingresos iguales o superiores a 3,000 UIT deben reportar, mediante aquel sistema, los reclamos y las quejas que dejan los consumidores en su libro de reclamaciones.

Este sistema permite al Indecopi efectuar un seguimiento a los plazos de respuesta de los reclamos y tomar acciones oportunas ante cualquier infracción.

Mejoras

Sin embargo, la institución estatal advierte que están pendientes algunas mejoras a la directiva que regula su uso.

Toda vez que esta se halla desfasada al no recoger lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1246, que aprueba las medidas de simplificación administrativa y tampoco contempla la reducción del plazo de atención de los reclamos y quejas registrados en el libro de reclamaciones por parte de los proveedores (15 días hábiles improrrogables), dispuesto en la Ley N° 31435 y el Decreto Supremo N° 101-2022-PCM.

[Lea también: Indecopi reitera respeto a las normas vigentes de la mano de la Contraloría]

Por consiguiente, el objetivo es mejorar la calidad regulatoria, proceso que permite a las instituciones adoptar medidas eficientes para solucionar problemas públicos, sobre la base de evidencia, indicó el Indecopi.

La institución estatal recogerá sugerencias e información de los proveedores que cumplen con la obligación de reportar en el Sistema de Reporte de Reclamaciones, entidades públicas y privadas y público en general, mediante el correo electrónico controlatusreclamos@indecopi.gob.pe.

Los interesados también se pueden comunicar con el Indecopi al teléfono 224 7800 anexo 5723 para cualquier consulta.

Agenda

Los interesados pueden revisar la citada directiva aprobada por Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del Indecopi N° 119-2014-Indecopi/COD :

Res_ N°119-2014 by Diario Oficial El Peruano on Scribd

Este tema forma parte de la Agenda Temprana 2023, publicada por el Indecopi en enero del presente año. Este instrumento busca generar predictibilidad y transparencia en el proceso de producción normativa. Para más información los interesados pueden acceder aquí.


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Suplemento Jurídica:

Jurídica 844: Devolución de aportes al Fonavi [Nuevo]
Principales fundamentos adoptados por el TC.
Jurídica 843: El teletrabajo
Análisis de una nueva regulación.
Jurídica 842: Día Mundial del Consumidor
Atención al usuario de productos y servicios inmobiliarios.

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