Derecho
Las cookies, al ser una herramienta de captación de datos en internet, configuran, en el aspecto legal, un tema relevante en materia de protección de datos personales que atañe tanto a usuarios (en el tema de derechos) como a las entidades (privadas o públicas) titulares de los sitios web o administradores de las cookies (a nivel de obligaciones), explica el abogado Willy Pedreschi.
Características
Pero ¿qué son las cookies y por qué se solicita su aceptación desde una perspectiva de datos personales? El socio del estudio Miranda & Amado responde que son archivos que se descargan en los equipos (computadoras, dispositivos móviles, entre otros) al momento de visitar un sitio web, con la finalidad de almacenar datos que podrá actualizar y recuperar la entidad responsable de su instalación.
“En otras palabras, cada vez que visitamos un sitio web que utiliza cookies, en nuestro equipo se descarga un archivo que almacena datos sobre nuestra interacción con ese sitio. La entidad responsable de este archivo o cookie puede usar esa información con diversas finalidades: optimizar nuestra experiencia en el sitio web la próxima vez que entremos, personalizar la publicidad que se nos muestra, etcétera”, precisa.
Según la entidad que gestione las cookies, se pueden encontrar las propias (manejadas por la entidad responsable del sitio web) y de terceros (a cargo de entidades distintas al responsable del sitio web), agrega.
Asimismo, señala, de acuerdo con su finalidad, existen cookies necesarias (permiten que los sitios web sean utilizables, pues activan funciones básicas sin las cuales no podrían funcionar adecuadamente); y de preferencias (permiten al sitio web recordar determinada información del usuario para perfilar sus patrones de comportamiento o incluso su aspecto, por ejemplo, en lo referido al idioma de preferencia).
Figuran también de estadística (almacenan información con la finalidad de que las entidades responsables de los sitios web conozcan la interacción de sus usuarios en estos sitios); y de marketing (identifican el perfil del usuario, a efectos de que en lo sucesivo se le muestren anuncios personalizados), anota.
Los asociados del bufete, Fabiana Vittoria y Álvaro Gastañaduí, señalan que si bien las cookies son una herramienta de captación de datos en internet, no siempre su uso implica la obtención y almacenamiento de información personal de los usuarios.
No obstante, en los casos en que sí lo haga, habrá un tratamiento de datos personales (cuando se capta, por ejemplo, la dirección IP, hábitos de navegación, etcétera), y, de ser así, las entidades titulares de los sitios web deberán observar e implementar las disposiciones legales en materia de protección de datos personales, comentan.
Así, por ejemplo, mediante el uso de cookies de marketing se podría captar del usuario datos personales como sus preferencias, con fines publicitarios.
Flujo
Otra exigencia legal se vincula con inscribir, de corresponder, el flujo transfronterizo, subrayan los abogados Fabiana Vittoria y Álvaro Gastañaduí.
Siempre que las cookies impliquen un envío internacional de datos personales, ese flujo se deberá inscribir ante el Registro Nacional de Protección de Datos Personales, que se creó por la Ley N° 29733.
Sin embargo, explican, será necesario evaluar si se está ante una cookie propia o de tercero, así como la finalidad de esta, para determinar de quién es la obligación de inscribir ese flujo: del responsable del sitio web o del tercero administrador de la cookie.
Los expertos recordaron que los datos personales, de acuerdo con la Ley N° 29733, que se publicó el 3 de julio del 2011, “constituyen toda información sobre una persona natural que la identifica o la hace identificable a través de medios que pueden ser razonablemente utilizados”.
Cifra
40 artículos tiene la Ley de Protección de Datos Personales, que fija las multas por infracciones.
(FIN) PBQ/MAC
Lea también en El Peruano
?? La @SunarpOficial materializa la seguridad jurídica en el país y acerca el Estado a la población mediante nuevos servicios creados durante los últimos meses, sostiene el titular de la entidad, Armando Subauste Bracesco.
— Diario El Peruano (@DiarioElPeruano) May 2, 2023
?? https://t.co/zpCztCxM13
? Percy Buendía pic.twitter.com/czeCAZwJTO
| Jurídica 849: Compensación por Tiempo de Servicios [Nuevo] Principales lineamientos legales para el próximo depósito del beneficio | |
| Jurídica 848: Sistema Nacional de Pensiones 50 años de existencia. Conozca la evolución de este esquema previsional | |
| Jurídica 847: Deudas tributarias Corte Suprema cierra polémica relativa a la inaplicación de intereses capitalizados |