Publican decreto supremo sobre ATU en beneficio de los usuarios del transporte de Lima y Callao
Con la modificatoria de artículo del reglamento de ATU se podrá obtener resultados en un corto plazo, anunció la ministra Paola Lazarte.
Mediante el Decreto Supremo Nº 007-2023-MTC, publicado en El Peruano, se varía un artículo del ROF de la ATU con la finalidad de mejorar la calidad del servicio de transporte público y orientarlo en resultados, en un corto plazo, en beneficio de los usuarios.
De esta manera, se establece modificar el numeral 12.1 del artículo 12 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2019-MTC.
Dicho apartado está referido a las causales de vacancia o remoción de los miembros del consejo directivo de la ATU. En este punto se agrega la “pérdida de la confianza de la autoridad proponente”, que se suma a las descritas a continuación:
“Fallecimiento, incapacidad permanente, renuncia aceptada, impedimento legal sobreviniente a la designación, remoción por falta grave e inasistencia injustificada a tres sesiones consecutivas o cinco no consecutivas en el periodo de un año, salvo licencia autorizada”, según se lee en el artículo.
La titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) refirió que esta decisión, tomada en el Consejo de Ministros, tiene como real interés mejorar la calidad del transporte en las personas, a quienes les toman más de cuatro horas en ir a trabajar y regresar a sus viviendas.
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