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Empresas deben inscribirse en Sunat para procedimiento de devolución de IGV a turistas

En el registro de establecimientos autorizados.

Este trámite, precisamente, se puede acceder con su clave SOL desde www.sunat.gob.pe.

Las empresas dedicadas a la venta de bienes como textiles, calzados y joyerías podrán inscribirse en este registro y ser considerados establecimientos autorizados (EA) para la venta de sus bienes a turistas extranjeros y que estos puedan solicitar la devolución del IGV al retornar a su país. Este beneficio será vigente siempre que hayan estado en Perú por un período no menor a dos ni mayor de sesenta días calendario.

Solo los inscritos en el REA podrán vender bienes que darán derecho a la devolución del IGV para los turistas extranjeros.

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Las empresas inscritas en el REA deben estar afiliadas a la entidad colaboradora (EC), la que abonará la devolución del IGV. En este caso, Global Blue Perú SAC, que, luego de participar en un concurso público, obtuvo esta calificación.

Devolución del IGV

Este esquema consiste en que el turista extranjero que ingresa al país adquiere los bienes que darán derecho a la devolución del IGV, recibiendo por su compra una factura electrónica y la constancia Tax Free del establecimiento autorizado.

Antes de salir del país por el aeropuerto Internacional Jorge Chávez, se podrá solicitar la devolución del IGV y, de corresponder, la Sunat verificará la salida de estos bienes con la respectiva documentación. Posteriormente, recibirá el importe que será devuelto en la tarjeta de débito o crédito que haya registrado.

 

Este beneficio busca generar un impacto positivo en el sector turismo, incrementando el gasto promedio diario de los turistas extranjeros en el país, pues en la práctica la devolución del IGV funcionará como un descuento sobre el precio final del producto e influirá en su decisión de compra en los establecimientos autorizados.


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