Derecho
Se trata del Formulario Virtual N° F-104 "Comunicación de operaciones inusuales", el cual se encontrará a disposición en SUNAT Operaciones en Línea, a partir de la fecha de vigencia de la Resolución de Superintendencia N° 000111-2023/Sunat publicada hoy en Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
El Decreto Legislativo 1126 establece medidas de control en los insumos químicos y productos fiscalizados, maquinarias y equipos utilizados para la elaboración de drogas ilícitas.
En ese contexto, el artículo 76 de su reglamento (aprobado mediante Decreto Supremo N° 044-2013-EF) indica que el usuario de insumos químicos fiscalizados comunicará a la Sunat las operaciones inusuales que tome conocimiento durante el desarrollo de sus actividades.
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De acuerdo con la mencionada resolución de superintendencia el usuario de insumos químicos fiscalizados deberá presentar el Formulario Virtual F-104 así como adjuntar la documentación que estime pertinente, mediante SUNAT Operaciones en Línea.
Una vez presentado el formulario y, de ser el caso, la respectiva documentación que lo sustente, el sistema generará la constancia de presentación respectiva.
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