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Ley Nº 31785: fortalecen facultad coactiva de Sernanp para sancionar a infractores del ecosistema

La norma coadyuva a que los organismos responsables cumplan el mandato del artículo 68° de la Constitución, sobre la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas.

La Ley Nº 31785, publicada hoy en el boletín de normas legales del Diario Oficial El Peruano, cambia el literal d) del numeral 2 de la segunda disposición complementaria final del Decreto Legislativo 1013.

Al respecto, se precisa que el Sernanp tiene entre sus funciones básicas establecer los mecanismos de fiscalización y control y las infracciones y sanciones administrativas correspondientes, ejercer la potestad sancionadora en los casos de incumplimiento, aplicando las sanciones de amonestación, multa, comiso, inmovilización, clausura o suspensión, de acuerdo al procedimiento que se apruebe para tal efecto. 

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El documento legal establece además que está facultado para ejercer la potestad de ejecución coactiva, en los casos que corresponda.

En su momento, la congresista Diana Gonzales Delgado (Avanza País) sostuvo que  la presente norma coadyuva a que los organismos responsables cumplan y hagan cumplir el mandato establecido en el artículo 68° de la Constitución Política, sobre conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas; y se alinea con el Convenio sobre Diversidad Biológica, los Objetivos del Desarrollo Sostenible, así como con las recomendaciones de la OCDE acerca de las áreas naturales protegidas.

“La comisión considera la necesidad de que se otorgue al Sernanp un mecanismo legal para garantizar la conservación de las ANP, reducir el alto número de sanciones de multa impagas, subsanando así un vacío normativo, y contribuyendo de esta manera a fortalecer los mecanismos para conservar la biodiversidad y el medioambiente”, dijo.

El Sernanp es el organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal adscrito al Ministerio del Ambiente. Es el ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sinanpe) y se constituye en su autoridad técnico-normativa.


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