• LUNES 4
  • de mayo de 2026

Derecho

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Congreso publica ley por insistencia

Aprueban feriado del 7 de junio

Abogado César Puntriano explica las implicancias remunerativas de trabajar en la fecha.

En declaraciones al Diario Oficial El Peruano, el abogado César Puntriano Rosas afirmó que si el trabajador labora esa fecha, percibirá la remuneración por el día trabajado con una sobretasa del 100%, es decir, dos días adicionales de remuneración a fin de mes, salvo que el empleador le otorgue un día de descanso pagado en compensación.

Relación

Con esta nueva ley, refirió, suman 15 los feriados nacionales: Año Nuevo (1° de enero), Jueves Santo y Viernes Santo (movibles), Día del Trabajo (1° de mayo), Batalla de Arica y Día de la Bandera (7 de junio), San Pedro y San Pablo (29 de junio) y Fiestas Patrias (28 y 29 de julio).

Se suman la Batalla de Junín (6 de agosto), Santa Rosa de Lima (30 de agosto), Combate de Angamos (8 de octubre), Todos los Santos (1° de noviembre), Inmaculada Concepción (8 de diciembre), Batalla de Ayacucho (9 de diciembre) y Navidad (25 de diciembre), detalló el socio del estudio Muñiz.

El experto recordó que las últimas modificaciones en la materia ocurrieron durante el 2021 y 2022 para añadir el feriado por la Batalla de Ayacucho (9 de diciembre, Ley N° 31381) y la Batalla de Junín (6 de agosto, Ley N° 31530).

En ambos, el presidente de la República promulgó las normas, “pero en este caso fue aprobada por el Congreso por insistencia, pues el Poder Ejecutivo la había observado”, aseveró.

Puntriano sostuvo que a los feriados nacionales se suman los regionales, aunque tienen un tratamiento legal distinto. Por ejemplo, dijo, figuran el jueves de Corpus Christi de cada año en las ciudades de Cusco y Cajamarca (Ley N° 23418) y el de Cusco, cada 24 de junio (Decreto Ley N° 21860).

Del total de feriados, los que conmemoran eventos cívicos son Batalla de Arica (7 de junio), Fiestas Patrias (28 y 29 de julio), Batalla de Junín (6 de agosto), Combate de Angamos (8 de octubre) y Batalla de Ayacucho (9 de diciembre), puntualizó.

Días recuperables

César Puntriano afirmó que no se “debe perder de vista los días no laborables recuperables fijados para el sector público y cuyo acogimiento es voluntario en el ámbito privado, que restan en este 2023 y uno del 2024”.

Estas fechas son viernes 30 de junio, jueves 27 de julio, lunes 9 de octubre, jueves 7 de diciembre y martes 26 de diciembre de este año, así como el martes 2 de enero del 2024. “A diferencia del nuevo feriado, el trabajo en el sector privado durante los días no laborables no genera pago adicional a la remuneración ordinaria”, explicó Puntriano, quien dijo que para lo que resta del 2023 entre feriados nacionales y días no laborables quedan 16 días.

Así, restan San Pedro y San Pablo (29 de junio), Fiestas Patrias (28 y 29 de julio), Batalla de Junín (6 de agosto), Santa Rosa (30 de agosto), Combate de Angamos (8 de octubre), Todos los Santos (1° de noviembre), Inmaculada Concepción (8 de diciembre), Batalla de Ayacucho (9 de diciembre) y Navidad (25 de diciembre), resumió.

Decisión

El jefe del Gabinete, Alberto Otárola, dijo que se observó la autógrafa sobre el feriado del 7 de junio para avanzar en la reactivación económica del país.

“La mejor manera de rendirle homenaje a la bandera es trabajando y sentar las bases para recuperar la economía”, agregó.