Derecho
Según un informe de la Cámara de Comercio de Lima, este proyecto normativo establece que las empresas de este rubro que contraten uno o más trabajadores nuevos podrán beneficiarse de una deducción adicional en la determinación del impuesto a la renta del ejercicio gravable 2024.
Esta corresponderá al 50% de la remuneración básica que se pague al nuevo trabajador, sin importar su jornada laboral o su modalidad contractual. De esta manera, se busca incentivar la generación de empleo en el sector y promover su reactivación económica.
Para acogerse a este beneficio, las empresas deberán cumplir los siguientes requisitos:
La remuneración básica del nuevo trabajador no debe superar los 1700 soles mensuales (fija o variable).
El empleador no debe ser beneficiario de uno o más subsidios laborales y/o pensionarios que otorgue el Estado en el ejercicio gravable 2024.
La relación laboral debe iniciarse el 1° de enero del 2024 y el plazo mínimo de vigencia del contrato de trabajo debe ser de un mes.
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El MEF precisó que este beneficio alcanzará a los contribuyentes sujetos al régimen general del impuesto a la renta o al régimen Mype Tributario, que desarrolle actividades de fabricación de productos textiles, como la preparación y la hilatura de fibras textiles.
Así como la tejedura de productos textiles; fabricación de tejidos de punto y ganchillo, entre otros. También comprende actividades de fabricación de prendas de vestir y la fabricación de artículos de punto y ganchillo, etcétera.
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El segundo beneficio del proyecto de ley será la depreciación de la maquinaria y equipos adquiridos el próximo año para sus procesos productivos aplicando una tasa máxima de 20% por año.
Es así que esta aceleración de la depreciación no implica una renuncia permanente de los ingresos fiscales, sino un diferimiento en el pago del impuesto a la renta.
Esta industria genera 821.6 millones de soles en tributos internos, representando el 7.3% del PBI industrial y 16.900 millones de soles en exportaciones.
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