• SÁBADO 13
  • de junio de 2026

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Consumidores: sepan qué hacer si no reciben servicios básicos en situaciones de emergencia

Indecopi cuenta con una guía para orientar a los ciudadanos y puedan hacer valer sus derechos.

Así, por ejemplo, el documento precisa que si se presenta alguna situación que impida o retrase un viaje por las rutas nacionales, el usuario tiene el derecho a que se le informe, de manera oportuna, sobre las razones de cancelación, y si se trata de un retraso, el tiempo probable de espera.

Los proveedores de los servicios de transporte interprovincial deben exhibir sus listas de precios y respetarlas, además de cumplir con entregar las encomiendas en el plazo ofrecido, señala la guía.


En caso de accidentes, refiere, la empresa activará, de forma inmediata, el seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT) o certificado contra accidentes de tránsito (CAT) respectivo, brindará asistencia a los heridos (pasajeros e implicados en el accidente) e informará a los familiares.

Si el ciudadano tiene problemas con el proveedor del servicio de transporte, debe solicitar el Libro de Reclamaciones. Asimismo, también podrá acudir a la oficina más cercana de atención al ciudadano del Indecopi a presentar su caso, detalla el documento.

Clases

En cuanto al servicio educativo, es importante que el ciudadano se mantenga actualizado sobre las medidas que dicta el Gobierno, las cuales se comunican mediante los canales oficiales: portal gob.pe del Ministerio de Educación (Minedu), las direcciones regionales de educación o las unidades de gestión educativa local.

Sobre posibles eventuales suspensiones de clases, detalla, los colegios particulares tienen la libertad de establecer la forma en recuperarlas y esa información se comunicará oportunamente a los padres de familias y alumnos. 

El colegio podrá cobrar la pensión por aquellas horas que inicialmente se perdieron, pero que se deben recuperar. Si el ciudadano observa que el colegio no está cumpliendo puede presentar un reclamo directamente ante la institución educativa y/o a la unidad de gestión educativa local correspondiente; o, de manera alternativa, un reclamo o denuncia ante el Indecopi. 


En el caso de los colegios públicos, serán las direcciones regionales de educación y las unidades de gestión educativa local las que verificarán el cumplimiento de la recuperación de las clases no dictadas. Igual, podrán denunciar los incumplimientos ante la unidad de gestión educativa local o la dirección regional de educación de tu localidad.

La guía recuerda que bajo ningún escenario se encuentra permitido que las instituciones educativas realicen cobros por montos adicionales a los permitidos (cuota de ingreso, matrícula y pensiones mensuales), por lo cual, ante estos casos se puede presentar un reclamo por el libro de reclamaciones de la escuela; o de manera alternativa, presentar un reclamo o denuncia ante el Indecopi.

De otro lado, si debido a la suspensión de clases no se hizo efectiva la prestación del servicio de movilidad escolar contratado, el usuario deberá coordinar con los encargados la forma en que se recuperará ese servicio.

Básicos

Si el servicio de electricidad se interrumpe injustificadamente por periodos superiores a cuatro horas continuas, en el recibo del próximo mes se deberá compensar la energía que se dejó de recibir durante el periodo anterior.

Respecto al suministro del servicio eléctrico o de gas natural, la población cuenta con el derecho a presentar un reclamo, el cual debe ser atendido por la empresa concesionaria del servicio. 

Cuando el ciudadano se encuentre disconforme con la respuesta brindada por su compañía, podrá presentar un recurso de apelación ante la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin).

En cuanto a la prestación del servicio de telefonía fija, móvil, internet o tv por cable que brindan las empresas operadoras, el usuario se comunicará con la compañía a fin de formular el reclamo correspondiente en caso se presente algún inconveniente. 

“Si no te encuentras conforme con la respuesta que te brinda la empresa puedes apelar ante el Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL), la cual revisará en última instancia administrativa”, indica la guía.

Ahora bien, si se cortó el servicio de abastecimiento de agua, la empresa prestadora de servicios (EPS) no podrá cobrar por el tiempo que no brindó el suministro. 

Para situaciones sobre la facturación de la EPS, se presentará un reclamo ante la empresa y si el ciudadano está disconforme con la respuesta brindada, acudirá al Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos (Trass) de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass), que resolverá tu recurso de apelación presentado.

La ‘Guía para los consumidores en situaciones de emergencia en el Perú’ del Indecopi incluye una serie de canales ante esta institución y los organismos reguladores que permitirán a los usuarios o ciudadanos formular sus reclamos correspondientes.

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