• SÁBADO 4
  • de abril de 2026

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Agosto tendrá dos días feriados: ¿Cuáles son y cuánto me deben pagar si trabajo en esas fechas?

Feriados en agosto

De acuerdo con el Decreto Legislativo N° 713, este mes el trabajador tiene derecho a dos días de descanso remunerado, el primero será el domingo 6 de agosto, en conmemoración de la Batalla de Junín . Le sigue el miércoles 30 de agosto por el día de Santa Rosa de Lima.

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En caso de que exista necesidad de la empresa de contar con el trabajador y este acuda a su centro de labores o realice teletrabajo, se presentan dos escenarios:

- Que el empleador otorgue un día en compensación por el día trabajado.

- En caso no haya compensación, el trabajador deberá recibir tres remuneraciones: una por el día feriado, otra por el trabajo que realiza y una sobretasa del 100 %.

Si la remuneración diaria de un trabajador equivale a 50 soles, este recibirá 50 soles por dicho día (ya incluido en la remuneración semanal, quincenal o mensual); 50 soles más por el trabajo realizado y 50 soles más como sobretasa. En total, deberá recibir 150 soles por este feriado laborado.

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En caso la empresa incumpla estas disposiciones, se puede presentar una denuncia ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil). Esta infracción es calificada como muy grave y se calcula dependiendo del tipo de empresa y cantidad de trabajadores afectados.

Además de estas fechas, los feriados y días no laborables son los siguientes:

Domingo 8 Octubre: Combate de Angamos

Lunes 9 Octubre: Día no laborable para el sector público

Miércoles 1 Noviembre: Día de Todos los Santos

Jueves 7 Diciembre: Día no laborable para el sector público

Viernes 8 Diciembre: Día de la Inmaculada Concepción

Sábado 9 Diciembre: Batalla de Ayacucho

Lunes 25 Diciembre: Navidad

Martes 26 Diciembre: Día no laborable para el sector público

Lunes 1 Enero: Año Nuevo

Martes 2 Enero: Día no laborable para el sector público


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